22 marzo 2007

MATICES CICLO CLUB CAMPEONO EN CATEGORIA SUB 10… EN TORNEO DE FULBITO…

Matices Ciclo Club consiguió su primer título del año… y los que consiguieron ese galardón, fueron los chibolitos de la Categoría Sub 10… motivo más que suficientes para que la plana maticera se sienta super contenta… y es que es bueno empezar con un título en el año… y que mejor si lo consiguen los menores…
Ellos se presentaron en el Campeonato de Fulbito que se ha venido realizando en este verano, en las instalaciones del Coliseo imperialino… y la verdad, es que supieron ganar un torneo, sin necesidad de recurrir a reclamo alguno… pero por qué de esto último…
En el torneo, se presentaron ocho equipos… el único partido que perdió Matices fue contra el elenco de Deportivo Sucón… que hizo alinear a algunos chiquitos de más edad… En el partido que Sucón enfrentó a Rabito Corazòn… fue reclamado, y los puntos ganados por Sucón fueron quitados y cedidos a Rabito Corazón… Con este reclamo, el torneo terminó con un triple empate, entre Deportivo Supón, Rabito Corazón y Matices Ciclo Club, y se tuvo que ir a un desempate.
El primer partido jugado al inicio de la semana, el elenco de Deportivo Sucón y Rabito Corazón, empataron 0 a 0 y tuvieron que ir a los penales… allí ganó Deportivo Sucón…
El segundo encuentro jugado entre Matices Ciclo Club y Rabito Corazón también terminó empatado 0 a 0 y tuvieron que ir a los penales, en donde Matices le ganó a Rabito por 2 a 1.
Ayer en la final, el elenco de Matices Ciclo Club venció al Deportivo Sucón por 2 goles a 0, con anotaciones de Aldair Ascensión Zapata Chumpitaz, el popular “waldir”, y el otro gol lo consiguió Michael Jordan Sánchez Díaz.
Un dos a cero, que significó el primer título para Matices Ciclo Club en el año…
Integraron el elenco de Matices Ciclo Club, Campeón de la Categoría Sub 10, Jeanpier Guerra Rodríguez, Michael Jordan Sánchez Díaz, Aldair Ascensión Zapata Chumpitaz, Gerson Paul Vicente Sulluchuco, Marvin Christopher Amasifuen Sacsa, Bryan Marlon Carpio Urquizo, y el popular “machetito” Lino Fabricio Quispe Contreras, hermano de los ex maticeros José Luis y Carlos Quispe Contreras.
Hay que precisar que el elenco campeón de Matices Ciclo Club estuvo dirigido en esta categoría por “Beto” Quispe. A todos ellos felicidades por el primer lauro conseguido en el año. VAMOS MATICES…

DECRETO SUPREMO QUE DISPONE REDUCCION DE SUELDOS Y DIETAS DE ALCALDES Y REGIDORES...

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28212, ordena en su Segunda Disposición Final, que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, se establecerá el rango de niveles posibles de remuneración en función de la población electoral de los Gobiernos Regionales y Locales, dentro de cuyos términos los Consejos Regionales y Concejos Municipales decidirán la remuneración mensual de sus Presidentes y Alcaldes;

Que, asimismo, el artículo 4° literal e) de la Ley N° 28212 dispone que los Alcaldes Provinciales y Distritales reciben una remuneración mensual, que es fijada por el Concejo Municipal correspondiente, en proporción a la población electoral de su circunscripción hasta un máximo de cuatro y un cuarto de la Unidad de Ingreso del Sector Público, por todo concepto;

Que, en consecuencia, debe establecerse el rango de niveles posibles de remuneración dentro de cuyos términos los Concejos Municipales decidirán el monto de la remuneración de sus Alcaldes;

Que, los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales deben fijarse en función de la Unidad de Ingreso del Sector Público, en el marco del Decreto de Urgencia N° 038-2006, que modificó la Ley N° 28212;

De conformidad con lo establecido por el artículo 118º numeral 8) de la Constitución Política, la Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas, Ley N° 28212 y el Decreto de Urgencia Nº 038-2006;

DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
La presente norma tiene por objeto establecer las disposiciones que permitan a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales, en el marco de la Ley N° 28212 modificada por el Decreto de Urgencia N° 038-2006.

Artículo 2°.- De la remuneración
El ingreso máximo mensual por todo concepto, comprende a la remuneración que se otorga a los Alcaldes Provinciales y Distritales de acuerdo a la normatividad legal vigente.

Artículo 3°.- Cuadro para la determinación de los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales
3.1 Los ingresos máximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son fijados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el cuadro que contiene parámetros para la determinación de sus ingresos, que como Anexo es parte integrante de la presente norma.
3.2 Los Concejos Municipales, para efecto de aplicar el Anexo señalado en el numeral precedente, deben tomar en cuenta los pasos siguientes:
a) Determinar la proporción de la población electoral de su circunscripción, de acuerdo a la información de población electoral emitida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), la misma que está publicada en la página web de dicha entidad (www.reniec.gob.pe), conforme a lo establecido en el artículo 4° literal e) de la Ley N° 28212.
b) Ubicar la proporción de la población electoral en la escala para determinar el monto del ingreso máximo mensual que corresponda a dicha escala.
c) Otorgar a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Departamento y de la Provincia Constitucional del Callao, a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Provincia, así como a los Alcaldes de Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, según corresponda, una asignación adicional conforme a los porcentajes y límites establecidos en el Anexo que forma parte de la presente norma.
d) Verificar que en ningún caso la sumatoria de los montos determinados en los pasos señalados en los literales b) y c) precedentes, superen las 4 ¼ Unidades de Ingreso del Sector Público, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 28212 modificada por el Decreto de Urgencia N° 038-2006.
3.3 El Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 28212, percibe un ingreso mensual, por todo concepto, equivalente a 5 ½ Unidad de Ingreso del Sector Público.

Artículo 4º.- Impuestos y Descuentos Previsionales
Los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales se encuentran sujeto al pago de los impuestos de ley y a los descuentos de carácter previsional, según corresponda.

Artículo 5°.- De las Dietas
Las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fijado por los respectivos Concejos Municipales, por sesión efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, en ningún caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde correspondiente.

Artículo 6°.- Adecuación
La adecuación de los ingresos que por todo concepto perciben los Alcaldes Provinciales y Distritales a lo dispuesto en la presenta norma, se sujeta a lo siguiente:
Las reducciones de ingresos deberán ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo, dentro de los quince (15) días de entrada en vigencia de la presente norma.
La presente norma no autoriza incremento de ingresos, de conformidad a las medidas de austeridad dispuestas por el artículo 4°, numeral 1, de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007, Ley N° 28927.

Artículo 7º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.

CAÑETE SERÁ SEDE DE LA TERCERA REUNION DEL COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL…

La Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza Región Lima, continuando con sus reuniones descentralizadas, mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación, da a conocer a las autoridades y comunidad en general de la Región Lima, que el día jueves 22 de marzo del 2007, de horas 10:30 a.m. á 1:00 p.m. , estará llevando a cabo su Tercera Reunión del Comité Ejecutivo Regional, en las instalaciones del Salón de Actos de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Están convocados a esta importante reunión; los miembros del Estado y Sociedad Civil integrantes de la Mesa Regional, así como miembros de la Mesa Provincial de Cañete, autoridades de la región y de las provincial de Cañete y Yauyos.
Los temas de agenda son: Informe de los acuerdos del IX Encuentro Nacional de Mesas de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza; Informe de los acuerdos del IV Encuentro Regional de Jóvenes; Proceso de fortalecimiento de las Mesas Locales y Compromisos institucionales en la ejecución del Plan de Trabajo 2007.
La bienvenida la dará el Alcalde de la Provincia, Javier Jesús Alvarado del Valle; luego del cual la Economista Gloria Merino Villagaray, Coordinadora de la Mesa Región Lima, presentará los objetivos y agenda de la reunión; igualmente dará a conocer a los integrantes del Comité Ejecutivo Regional.
Seguidamente se pasará a la Lectura del Acta anterior a cargo de la Lic. Martha Castillo, Secretaria Ejecutiva de la Mesa Regional; luego del cual se presentará un video de la Asamblea Nacional así como el Informe de los Acuerdos del IX Encuentro Nacional, y del IV Encuentro Regional de Jóvenes.
Posteriormente se llevará a cabo el Proceso de Fortalecimiento de las Mesas Locales, avance y prioridades; así como se presentarán los compromisos institucionales en la Ejecución del Plan de Trabajo del 2007. Finalmente se darán a conocer las conclusiones y acuerdos.

“La tuberculosis se puede curar, la discriminación también. Contágiate de comprensión y solidaridad”…
Por: Lic. César Calagua Gutiérrez

Essalud, fiel a su programación de campañas de prevención y promoción de enfermedades, viene desarrollando de acuerdo a lo establecido, en base a trabajos dentro y fuera del Hospital, en algunas oportunidades de manera abierta (para todos) y en otras solamente para la población asegurada que se encuentra en la zona periférica la campaña contra la tuberculosis.
El 24 de Marzo de cada año se ha instituido como el “Día Mundial de la Lucha contra la Tuberculosis”, para promover la sensibilidad, el conocimiento y la motivación por las acciones contra la tuberculosis alrededor del mundo, es un momento privilegiado del año para movilizar a la comunidad, opinión pública nacional e internacional, en aras de un esfuerzo intensificado para detectar, diagnosticar y brindar tratamiento supervisado a los enfermos con tuberculosis, a través de la correcta aplicación de la estrategia para el control de este daño. Para este año se está manteniendo el lema del año anterior “La tuberculosis se puede curar, la discriminación también. Contágiate de comprensión y solidaridad”
Por tal razón la Gerencia Central de Prestaciones de Salud ha programado la Campaña de Prevención de la Infección por Tuberculosis y entre los principales componentes de la campaña esta la promoción de estilos de vida saludables para la prevención de la enfermedad; la detección y diagnóstico precoz de la tuberculosis, a través de la búsqueda de sintomáticos respiratorios y sensibilización a las autoridades para la provisión, fortalecimiento de la Red de laboratorio para la entrega resultados con calidad y oportunidad.
Esta campaña tiene por objetivo que el pronóstico este directamente ligado a la oportunidad del diagnóstico para proporcionar un tratamiento adecuado, eficiente y oportuno, porque la detección temprana de la tuberculosis tiende a reducir la morbilidad y la calidad de sobrevida es mayor. Esto traen consigo la reducción de costos en los tratamientos.
Esta labor tiene como finalidad contribuir a disminuir los índices de morbilidad por tuberculosis en el país y tiende a promover el autocuidado, previniendo, detectando precozmente la tuberculosis y sensibilizando a las autoridades y funcionarios a tomar decisiones para el fortalecimiento de los centros asistenciales en el manejo de la TBC.
Las campañas que desarrolla Essalud tienen sus objetivos específicos con un estilo de vida saludable para prevenir la TBC y promover una gestión de calidad en el manejo integral de la tuberculosis, por lo que el objetivo es la población en general, especialmente los adolescentes, adultos y adultos mayores, los familiares de pacientes con la tuberculosis, líderes y promotores de comunidades y los trabajadores de Essalud.
Por ello se viene educando a los pacientes que concurren al hospital de Essalud con charlas sobre el tema, con rotafolios y dípticos que se entrega a los asistentes, donde se les indica la manera sencilla de detección en base a un exámen baciloscópico (que debe ser procesada en 24 horas) a los sintomáticos respiratorios que tienen tos por más de 15 días.
Se les hace hincapié que deben evitar el consumo excesivo de licor; tabaco; drogas; además que deben cubrirse la boca cada vez que tosen; tener una alimentación saludable; viviendas limpias, ventiladas y con luz natural; vigilar que toda persona enferma termine su tratamiento; no escupir en el suelo y finalmente vacunar a todo recién nacido antes que entre en contacto con uan persona enferma.
Igualmente debe ser motivo de preocupación cuando se tiene una persona con mucha sudoración por las noches, con fatiga y cansancio al caminar como también falta de apetito.
En el caso de una persona con TBC, es importante el apoyo a la persona que está en tratamiento para que evite el abandono. y mucho más importante es evitar la discriminación, importancia de la comprensión y solidaridad con las personas que tienen TBC.

EL ALCALDE PROVINCIAL DE CAÑETE SOLO GANARA S/. 5,070.00…

Mientras Que Richard Yactayo, Alcalde de Imperial, Solo Ganará S/. 3,900.00…

Los alcaldes y regidores de mil 124 municipios, de un total de mil 839 que existen en el país, deberán reducirse sus sueldos, anunció el presidente Alan García al promulgar un Decreto Supremo que establece topes a las remuneraciones de estas autoridades teniendo en cuenta la población electoral.
A través de un mensaje a la Nación, García señaló que el alcalde de un distrito que tiene hasta 500 electores, no deberá tener un sueldo mayor a mil 040 soles. En el caso de los regidores, agregó el jefe de Estado, recibirán como máximo 300 soles por mes.
“(En los distritos) de 500 a 750 electores, el sueldo del alcalde podrá aumentar a mil 300 soles, de 750 a mil electores hasta mil 500 soles y así sucesivamente hasta llegar a los grandes distritos que tienen 450 mil electores", explicó.
Recordó que la Ley Nº 28212 del año 2004 ordena al Ejecutivo que, a través de un Decreto Supremo, fije los sueldos máximos de alcaldes y regidores de acuerdo a la población electoral que tiene cada distrito.
Aunque García reconoció que esta decisión podría generarle problemas, consideró que existen alcaldes y regidores que han cometido excesos al momento de establecer sus remuneraciones, generando molestía en la población.
A modo de ejemplo, dijo que el alcalde del distrito de Vilcabamba (Cusco)- donde hay un 44% de desnutrición infantil- se ha fijado un sueldo de 10 mil 050 soles cuando sólo tiene una población electoral de 7 mil electores.
“Queremos aplicar la Ley Nº 28212 con todo severidad porque para fortalecer el sistema político, hay que acercar a los gobernantes al pueblo”, sostuvo.
Finalmente, el mandatario enfatizó que la medida permitirá un ahorro de casi 45 millones de soles y además que “los ciudadanos de cada uno de esos distritos no van a ver que se esté burlando su voluntad”.

ALGUNOS SUELDOS A NIVEL DE CAÑETE…
En Asia, por ejemplo, el sueldo que estaba autorizado para dicho municipio es de S/. 5,000, ahora tendrá que ganar S/. 2,340.00; el mismo sueldo ganará el municipio de Cerro Azul.
En el caso de Chilca, Quilmaná y San Luis, su sueldo será de S/. 2,600.00. Por su parte, Nuevo Imperial y Mala estarán ganando S/. 3,250.00; mientras que el Alcalde de Imperial ganará S/. 3,900.00.
Finalmente, el Alcalde Provincial que tenía un sueldo de S/. 8,750.00 percibirá aproximadamente S/. 5,070.00.