28 diciembre 2012

POR COMENTARIOS ANTOJADIZOS, PERCY ALCALA RENUNCIARIA AL WALTER ORMEÑO

Cuando uno no sabe o no conoce el manejo económico que se da en una tarde deportiva, nos puede llevar a decir sandeces, y a señalar que alguien se lleva la plata, sin siquiera tener conocimiento de cómo son las cosas.
Ayer en el programa de Rubén Auqui, intervino «pechito» García para respaldar un comentario de Auqui, referente a doble facturación en un municipio foráneo, ligándolo con el Departamento de Rentas de la Municipalidad Distrital de Imperial.
En su comentario señaló de que en el Balance presentado por Percy Alcalá Mateo y su directiva a sus asociados, se habló de que el Ormeño había generado un ingreso a las arcas ediles imperialinas de aproximadamente 50 mil nuevos soles, y que dicha cantidad no había llegado en su totalidad a las arcas ediles, señalando que solo habría ingresado el 30%, agregando que en este «robo» estaría comprometido un dirigente ormeñista.
Ello motivo la respuesta de Percy Alcalá en el programa del mismo «pechito» en horas de la tarde. Alcalá allí le señaló de que hablaba por desconocimiento, aclarando también que en el Baile que organiza el Walter Ormeño, el día 31 de Diciembre en su local institucional, la participación de Isaias Peña es como proveedor de las cervezas que se van a vender, lo que originará los ingresos para cubrir el espectáculo.
Alcalá Mateo, indicó además que tanta desinformación que se viene ventilando en diferentes medios, ha provocado que su familia le solicite renunciar al elenco albo, agregando que lo ha pensado seriamente y lo hará porque está cansado de tanta difamación por parte del periodismo, que ni siquiera llega a la fuente.
Agregó Alcalá Mateo, que esta desinformación incluso ha provocado en los últimos días el alejamiento de Víctor Hugo Carbajal Gonzales; que está pensando seriamente en dar un paso al costado, en la institución ormeñista.
De otro lado, señaló que ante todos estos hechos, y la propuesta que le han hecho para gerenciar el Municipio de Loreto, ve su futuro inmediato lejos de la provincia de Cañete.

Hay que señalar a nuestros amigos lectores, que estos comentarios se dan por desconocimiento en el manejo económico de un partido. En todas las etapa de la Copa Perú, los encargados de la liquidación de las tardes deportiva son los organizadores del torneo; más no así, los delegados o dirigentes de los clubes participantes, cuya función se limita a recepcionar lo que producto de la taquilla le corresponde. Son pues, los Comisarios de los partidos los encargados de la tarde deportiva, y los Liquidadores, los que se encargan de, obviamente, la liquidación de la tarde deportiva.
La distribución del dinero, que ya hemos tocado en éste medio, es como sigue: 10% es para el ente organizador; 10% se paga por concepto de alquiler del Estadio, en este caso, en el Oscar Ramos Cabieses es el municipio de Imperial; 5% se llevan las Ligas a las que pertenece el elenco participante. Comisario y Liquidador reciben entre 100 a 200 nuevos soles, dependiendo del lugar. Arbitro, entre 80 y hasta 600 nuevos soles, dependiendo de la Etapa, y de la distancia. Se paga también vendedores y recibidores de boletos, cantidad que varía en 40 a 50 nuevos soles y hasta 100 nuevos soles por persona. Marcación de cancha, camilleros, porteros, recobebolas, y también seguridad. Hay que señalar que se recompensa el trabajo de la policía con S/. 20.00 por cada efectivo, según sea el caso. El boletaje también se paga, es decir lo que llega a las arcas de cada club, es en una tarde de una asistencia masiva, casi el 30% del total que ingresa. Hablemos con un ejemplo. Cinco mil espectadores, arrojarían un ingreso bruto de 50,000 nuevos soles; de los cuales 12,500 se van en los 3 porcentajes señalados; aproximadamente unos dos mil quinientos nuevos soles en gastos varios, haciendo un total de 15 mil nuevos soles, quedando 35 mil nuevos soles, tocándole a cada club aproximadamente unos 17,500 nuevos soles, en el mejor de los casos.
Siendo el Liquidador quien da la plata al municipal a la hora de pagarle por el alquiler del estadio, no encontramos el punto de contacto entre la dirigencia ormeñista con el municipal para alterar o desviar dinero alguno. Es más, el municipal le otorga un recibo al liquidador como sustento del dinero que recibe. Ahora que el municipal maneje un doble recibo, es solo responsabilidad de él y lógicamente de sus superiores.
Para mañana daremos a conocer partido por partido lo que ha generado el Ormeño al municipio edil.
Por lo demás, esperamos que Percy Alcalá Mateo recapacite sobre su anunciada renuncia al elenco albo.

PREVEEN AUMENTAR EN 50% COBRO DE REPARACIONES CIVILES POR CORRUPCION

La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción tiene previsto para el año 2013 aumentar en 50 por ciento el cobro efectivo de reparaciones civiles por la comisión de estos ilícitos, dijo hoy su titular, Julio Arbizu. Sostuvo que esa meta es ambiciosa, pero a la vez factible, considerando que a lo largo de este año se pudo cobrar dos millones 595 mil 744 nuevos soles por concepto de reparación civil en favor del Estado. Ese monto, detalló, representa un incremento de más de 100 por ciento en relación con el año 2011.
Al realizar un balance de los logros obtenidos durante el presente año, el abogado del Estado precisó que ese monto cobrado en 2012 por reparaciones civiles supera en más de un millón 300 mil soles lo recaudado por ese mismo concepto durante todo el todo el año 2011. “Hemos cumplido las metas trazadas al inicio de la gestión, cuando dijimos que podíamos elevar los cobros en 30 por ciento y lo hemos incrementado en más de 100 por ciento. Muchos de los condenados incluso empezaron a pagar y a hacer cronogramas de pago”, remarcó.
Estos cobros, en gran medida, fueron posibles gracias al ordenamiento y actualización de la data sobre las deudas pendientes a favor del Estado, así como al reimpulso de los casos en ejecución de sentencia para los cobros efectivos de reparaciones civiles, embargos y otros, explicó.
“Tenemos una data ordenada de deudas y cobros, es decir, ahora sabemos cuánto nos deben y cuánto nos han pagado”, expresó al recordar que la deuda total pendiente de cobro por este concepto supera en la actualidad los mil millones de soles. Otro de los factores que ayudó a cobrar reparaciones civiles en favor del Estado fue la emisión de un decreto de urgencia, que dispone que los sentenciados por corrupción no puedan acceder a beneficios penitenciarios hasta que cumplan con el pago de dicha obligación.
El procurador anticorrupción indicó que en cuanto al cobro y repatriación de dinero obtenido de manera ilícita por la corrupción, se pudo recuperar entre los años 2001 y 2006 un total de 171 millones de soles; mientras que en el periodo 2006-2011 se recuperaron 13 millones de soles. Además, dijo que entre otras metas de la procuraduría a su cargo para el año 2013 figuran la repatriación de una cuenta de Vladimiro Montesinos en Luxemburgo, por un monto aproximado de 15 millones de dólares, y la ejecución de siete embargos pendientes de bienes de la corrupción. De igual forma, adelantó que se prevé crear la Subunidad de Investigación como parte de la Unidad de Análisis de Información (Observatorio), así como la creación de las subunidades de Prófugos de la Justicia, y de Recuperación de Activos.

REBROTE SUBVERSIVO EN EL PERU NO ESTA MUY LEJOS…

Ex Procurador de la República Contra el Terrorismo, Daniel Espichan Tumay, advirtió que el Perú no está muy lejos de volver a vivir la violencia subversiva como en la década de los años 80 y 90. Expresó que la liberación de casi 5 mil presos por terrorismo y la falta de estrategias para evitar su rebrote pueden poner nuevamente al país en peligro.
«Cuando yo me retiro en el año 1994, deje cinco mil presos por terrorismo en los penales. Hoy no existe ni cien de los cinco mil que dejamos», enfatizó, tras indicar que nadie se ha preocupado por conocer dónde están y que actividades desarrollan en la actualidad.
Espichan Tumay, manifestó que lo registrado en el VRAE en los últimos años es una muestra que algo está por suceder en el Perú. Refirió que la subversión estratégicamente nuevamente está ingresando a Lima a través de las universidades públicas, organizaciones civiles, colectivos ciudadanos y sindicatos para asegurar su reaparición.
A pesar del tiempo transcurrido, dijo que las nuevas generaciones deben conocer que Sendero Luminoso (SL) y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) fueron organizaciones asesinas, cuyo único objetivo es generar violencia, terror, destrucción y muerte en el Perú, para tomar el poder.
«El Estado lamentablemente se ha olvidado de difundir quienes son subversivos y el daño que le hicieron a todo el país», acotó, tras lamentar que los últimos gobiernos estén permitiendo que la juventud este cayendo en la seducción de las organizaciones pro terroristas. (PROGRAMA «SIN LIMITE»)

EJERCITO DE PAPANOELES TOMO PENAL DE CANTERA...

Contagiados del espíritu navideño, más de 100 internos del penal de Canteras en Cañete se vistieron de Papá Noel para participar de un singular concurso promovido por el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) y que tuvo como propósito animarlos a celebrar estas fiestas de una manera positiva.
Los reclusos bailaron y cantaron coros navideños por más de una hora ante el jurado que aplaudió su creatividad, compromiso y talento.

META ERA LLEGAR A 100 PAPANOELES
Según el Director del penal, Jorge Mateo Suyo, los internos se prepararon desde noviembre y coordinaron detalles de cómo proveerse de los disfraces y lograr la meta de llegar a 100 papanoeles.
El concurso incluyó el armado de nacimientos, en el que participaron los cuatro pabellones y sacaron a relucir el lado artístico de algunos de sus internos.
Con mucho ingenio los presos decoraron su pabellón con cortinas blancas, luces rojas y azules, y usaron cuerdas invisibles para suspender las enormes manos en el aire.

CONGRESISTA IQUEÑO AHORA QUIERE DECIDIR DONDE EL GORE LIMA DEBE INVERTIR Y DONDE NO…

Sigue asumiendo funciones que no le corresponden. El Congresista de la República, José Luis Elías Avalos, mediante oficio dirigido al Gobierno Regional de Lima (GORE LIMA), solicitó a su titular Javier Alvarado Gonzáles del Valle, se abstenga de realizar cualquier tipo de inversión en la zona donde se ubica la Institución Educativa «Andrés Avelino Cáceres», cuya población estudiantil no supera los 80 alumnos.
El controversial personaje representante de la región Ica en el Congreso, afirmó por cuenta propia que dicha infraestructura educativa se encuentra situada ilegalmente dentro de los terrenos del Colegio Nº 22766 «Luis Lorenzo Canepa Pachas», jurisdicción de la provincia de Chincha.
A través del oficio N 394, Elías Avalos, advierte al mandatario de Lima Provincias que podría ser denunciado por administrar de manera incorrecta el presupuesto púbico en jurisdicciones que supuestamente no le corresponden.
A pesar de conocer que la I.E. Andrés Avelino Cáceres, se ubica dentro de la jurisdicción de San Vicente de Cañete, el torpe parlamentario una vez más demostró sus continuas intromisiones al indicar al Presidente regional de Lima donde puede y donde no puede ejecutar proyectos de inversión.
Elías Avalos, anotó que la Ministra de Educación ya tiene conocimiento de cada uno de os reclamos que viene realizando como representante de la región Ica.

MARÍA MONTOYA AÚN NO PAGA AGUINALDO A TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD DE CAÑETE

“Primero serán mis obreros, luego mis trabajadores y funcionarios de confianza; por último seré yo quien cobre mis honorarios”, fueron algunas de las tantas frases que acuñó en su campaña electoral la hoy alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Cañete, María Montoya Conde.
Sin embargo, por vez primera en la historia de la comuna, los trabajadores ediles se quedaron sin su aguinaldo navideño que por ley le corresponde recibir antes de la quincena de diciembre, motivándoles una serie de cuestionamientos.
En un primer momento le dijeron que se posponía para el día 20… Y nada. Luego para el día 22… y tampoco. Por último, le manifestaron que percibirían el 24, por lo tanto, deberían hacer un “sacrificio” trabajando la víspera para captar ingresos y luego cancelarlos.
Ya estamos 27 y los trabajadores, aún no perciben sus aguinaldos, aunque algunos no pierden las esperanzas que se pueda hacer realidad antes del fin de año, mientras que otros señalan que en la “gestión de María Montoya, cualquier cosa puede pasar”.
Son muchas las interrogantes que se escuchan en los pasillos del Palacio Municipal del por qué la gestión de María Montoya no ha solucionado los haberes económicos de los trabajadores, concluyendo en una sola palabra: “incapacidad”.
Los obreros que a diario limpian la ciudad, a pesar que no cuentan con las indumentarias respectivas, menos con la logística requerida, son los más perjudicados ante esta deficiencia edil, y no le faltan razón de hacerle un plantón en cualquier momento.
A pesar que el presupuesto que recibe María Montoya, es superior a la gestión anterior, sin embargo, pareciera que sus cuestionados funcionarios de confianza (Cuenca, Palma y Cubillas), más se dedican a “maquillar” la alicaída imagen de María Montoya.
Se sabe que los municipios anualmente presupuestan su economía para cumplir con los gastos de los diversos rubros, no sólo hacer caja en forma desesperada para cancelar a los proveedores, sino primordialmente con sus trabajadores.
La alcaldesa María Montoya, debe saber que el aguinaldo no es un regalo de Navidad del patrón, ni una cantidad de dinero que se tenga que recompensar con mayor número de horas de trabajo o una condición para no gozar de vacaciones debidamente pagadas.
Es un derecho irrenunciable, que se tiene independientemente del tiempo que se haya laborado, y de que haya o no de por medio un contrato individual firmado; este derecho está fundamentado en nuestras leyes. (Wilfredo Cayllahua).

TÉCNICOS DE LA UNIDAD EJECUTORA LIMA SUR EVALUARON DAÑOS DE CARRETERA ARRASADA POR CRECIDA DE RIO EN TANA YAUYOS

Por encargo del Sr. Presidente del Gobierno Regional de Lima Javier Alvarado Gonzales del Valle, el Gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur Ing. Genaro De Paz Moreno, inspeccionó y evaluó los daños de la carretera en el sector Chuicas del centro poblado Tana, distrito de Lincha en la provincia de Yauyos.
La caída de las primeras lluvias en las partes altas y la repentina crecida del Rio Lincha sorprendió a los pobladores de las localidades de Tana, Lincha y Hongos dejándolos incomunicados, la fuerza del agua removió la plataforma de la carretera en un trecho de más de un kilómetro incluso una unidad de transporte público quedo varado en plena vía entre piedras y agua por el incremento rápido del rio sin consecuencias que lamentar.
El jefe de la sede regional en Cañete acompañado de los alcaldes de Cacra Edison Sulca, de Hongos Mauro Túpac, del gobernador de Lincha Juan de Dios Vicente, del Ing. Alfredo García Villena y Andrés Cama de la oficina de Defensa Civil ambos de la Unidad Ejecutora Lima Sur, también supervisaron la carretera a la altura el Puente Hulalla, el aumento del caudal del río debilitó una de sus márgenes y urge trabajos de reforzamiento.
Culminado los trabajos de inspección y evaluación en la zona de inmediato el Ing. Genaro De Paz Moreno se comunicó con el jefe regional de Defensa Civil Cesar García Solano afín de destinar en las próximas horas maquinarias de gran tonelaje un tractor oruga D8 y una excavadora para recuperar prontamente la carretera dañada y lograr la transitabilidad.

“CHAKANOS” RENOVARÁN SUS CUADROS DIRECTIVOS EN ELECCIONES INTERNAS DEL 13 DE ENERO

Los militantes del Perú Posible, indefectiblemente acudirán a las elecciones internas el próximo 13 de Enero para la renovación de sus cuadros directivos a nivel distrital, provincial y regional.
Así lo dispuso el Comité Electoral Nacional de dicha agrupación política, invocando a todos la militancia a participar en esta justa democrática y comenzar a trabajar para las próximas contiendas electorales.
El aún secretario general provincial de Perú Posible, Paul Arias Pachas, busca una vez más su reelección para continuar con las riendas del Perú Posible, que dicho sea de paso ya gobernó el país una vez con el Dr. Alejandro Toledo.
En San Vicente las elecciones se realizarán en el restaurante “El Gato Félix” del Dr. Félix Luyo Salhuana, ex subprefecto en la época “toledista”, sito en la calle San Vicente, a espaldas del Palacio Municipal de Cañete.
En los distritos de la provincia, los comités electorales, adecuarán los locales de votación para que los militantes puedan participar en esta fiesta democrática, eligiendo a sus nuevos directivos.
Para la secretaría regional, hay dos candidatos que se disputarán el trono. Ahí está el conocido Walter Gago Rodríguez y Oswaldo Vargas. Este último representa la transformación y el cambio que requiere Perú Posible.
La fiesta electoral ya comienza. Y los “chakanos” inauguran en el grupo de los partidos políticos. Pronto seguramente les seguirán los pasos sus pares para convertirse en poco en un verdadero carnaval electoral.

PRESIDENTE JAVIER ALVARADO INFORMÓ LOGROS ALCANZADOS DURANTE EL SEGUNDO AÑO DE SU GOBIERNO AL FRENTE DE LA REGION LIMA

En presencia de las autoridades de Lima Provincias y representantes de la sociedad civil organizada; el Gobierno Regional de Lima llevó a cabo la II Audiencia Pública Rendición de Cuentas 2012 desarrollado en el Coliseo Cerrado del distrito de Santa María, en cumplimiento a la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
El presidente Javier Alvarado inició su exposición dando cuenta de los logros y perspectivas de su gestión institucional regional, destacando la capacidad de ejecución de los proyectos de inversión pública que está logrando el Gobierno Regional de Lima, con un 89.5% de avance presupuestal 2102.
Luego, explicó los trabajos desarrollados en Educación, donde a la fecha se ha capacitado y entregado sus respectivas laptops a cuatro mil profesores; la participación de más de dos mil maestros inscritos en los concursos de Comprensión Lectora desarrollados en Cañete y Huacho, que otorga premios a los primeros lugares.
También, destacó el crecimiento de la región Lima en Comprensión Lectora donde se logró un avance del 26.4% al 32.1%, siendo una de las primeras jurisdicciones en registrar tal mejora. Resaltó la participación de más de dos mil 100 niños en las Escuelas de Idiomas, donde se enseñan francés, inglés, chino mandarín y quechua.

SALUD Y SEGURIDAD CIUDADANA
En Salud, dio a conocer la transferencia de un millón 500 mil soles a los hospitales de la región Lima para la modernización de los equipos médicos; el próximo inicio de la construcción de la I etapa del Hospital Regional de Cañete con 38 millones de inversión, las 73,395 atenciones gratuitas a través del Programa Salud Móvil.
El mandatario regional informó al público asistente que su gestión ya inició la entrega de ambulancias a los 128 distritos de la región Lima. Para Seguridad Ciudadana, se han otorgado cámaras de videovigilancia en las provincias de Barranca, Huaral y Cañete. Para inicios del 2013 se hará lo propio en distritos de la jurisdicción de Huaura.

OBRAS
El presidente Alvarado informó la participación -durante todo el año- de 14 mil 621 niños en las Escuelas Regionales Deportivas y la respectiva implementación de uniformes a cada uno de ellos. De otro lado, señaló que se han invertido más de 33 millones de soles en 63 proyectos agropecuarios (canales e infraestructuras de riego, defensas ribereñas, represas).
Se ha invertido 39 millones para la construcción de centros educativos, institutos, coliseos y áreas deportivas. También se destinaron 79 millones de soles para 25 proyectos de servicio de salud (construcción, mejoramiento y rehabilitación).
Luego, precisó que se han invertido 20 millones de soles para hacer realidad carreteras y puentes; mientras que se destinó 14 millones 900 mil soles para 26 obras de agua y alcantarillado. Finalmente, para electrificación se transfirió cerca de seis millones de soles para doce proyectos de energía eléctrica.
Después de ello, el gerente regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. José Villarán Valdivia, dio a conocer que el ritmo de inversión de Lima Provincias permite la pronta ejecución de los proyectos. “La gestión del presidente Javier Alvarado está demostrando una tendencia a seguir creciendo, ello se observa con más y mejores carreteras, colegios, servicios básicos, canales de regadío, represas y otras obras”, aseguró.
Por su parte, el Gerente General Regional Dr. Luis Fernández Estrella, también explicó las acciones que ha realizado su área con el propósito de fortalecer el sistema administrativo institucional del Gobierno Regional de Lima.
Una de esas jornadas -aseveró- es la política de puertas abiertas que ha implementado el presidente Javier Alvarado, la misma que ha logrado el entendimiento con diversos sindicatos de trabajadores de las unidades ejecutoras de la entidad regional y también de la empresa privada.
Tras ello, cada uno de los funcionarios de la entidad regional respondieron las interrogantes que hicieron las autoridades y representantes de la sociedad civil, que previamente se inscribieron en la II Audiencia Pública Regional Rendición de Cuentas 2012.
En este encuentro democrático estuvieron presentes los consejeros regionales Liliana Torres (Cañete), Marcial Palomino (Huaura), Anselmo Ventocilla (Cajatambo), Oswaldo Merino (Huaral), Beatriz Castillo (Barranca), Olmer Torres (Oyón); alcaldes provinciales, distritales y sociedad civil organizada.

A POCOS DIAS DE CULMINAR EL 2012 LA REGION LIMA ALCANZÓ EL SEGUNDO LUGAR EN CAPACIDAD DE INVERSIÓN A NIVEL DE LOS 26 GOBIERNOS REGIONALES DEL PAIS

En la II Audiencia Pública -Rendición de Cuentas 2012 llevado a cabo en el Coliseo Cerrado de Santa María; el presidente Javier Alvarado dio a conocer el record histórico que Lima Provincias está alcanzando en capacidad de inversión, que incluye actividades y ejecución de proyectos, a pocos días de cerrar este año fiscal.
Precisó -ante la masiva presencia de autoridades de la región Lima y representantes de la sociedad civil organizada- que su gestión se ubica en el segundo lugar del ranking nacional de gobiernos regionales, con un 92.1%, de avance presupuestal; según lo mostrado hoy en el portal web del Ministerio de Economía y Finanzas.
«El esfuerzo de nuestros funcionarios y trabajadores realizado durante el año se ve reflejado hoy en las cifras que publica el MEF. Aún tenemos dos días para culminar el 2012 y continuar invirtiendo más dinero y, por ende, reafirmarnos en los primeros lugares del ranking nacional de gobiernos regionales», afirmó el presidente Javier Alvarado.
Luego, añadió que estas cifras se ven expresadas en la capacidad de ejecución de diversos proyectos relacionados a infraestructura vial, agricultura, saneamiento básico, construcciones de centros educativos e institutos, áreas deportivas y otros programas que su gestión viene desarrollando a favor de las nueve provincias.

OTRAS CIFRAS
En otro momento de su exposición, señaló que su gobierno se ubica en el tercer lugar del ranking nacional de gobierno regionales en capacidad de ejecución de proyectos de inversión pública con un 89.5%, de avance presupuestario. No obstante, anunció que desea culminar el 2012 invirtiendo el 93% del gasto público anual.
«La capacidad de inversión que estamos alcanzando nos va a permitir recibir incentivos económicos del Gobierno Central para acelerar la ejecución de proyectos públicos que no cuentan con financiamiento», comentó la máxima autoridad regional.

ENTRE LOS PRIMEROS
De otro lado, adelantó al público asistente que para junio del 2013 el Gobierno Regional de Lima estará ubicado en el grupo de los tres primeros lugares del ranking nacional sobre la capacidad de ejecución de proyectos de inversión pública.
En otro momento de la II Audiencia Pública Rendición de Cuentas 2012, el presidente Javier Alvarado comparó las cifras de capacidad de inversión de anteriores gestiones con las que su gobierno está alcanzando. «En el 2007 se ejecutó el 31% del presupuesto anual; en el 2008, un 39%; en el 2009, 48.6% y en el 2010, un 65%. Sin embargo, en mi primer año de gestión invertimos el 72.9% y ahora estamos alcanzando el 89.5%», enfatizó.
Cabe mencionar que este espacio democrático normado por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, congregó a los consejeros regionales, alcaldes provinciales, distritales, funcionarios del Gobierno Regional de Lima y representantes de la sociedad civil organizada.

BELLEZAS AL SUR DE LIMA: CERRO AZUL, NASCA Y PARACAS LO ESPERAN PARA SU DESCANSO

Ruta al sur. A solo unas horas de la capital también puede disfrutar de Lunahuaná, la Laguna de la Huacachina, sitios arqueológicos y otros atractivos que están cerca, vía la Panamericana Sur.
Por Geraldine García.

En este fin de semana largo que incluye la celebración del fin de año y el inicio del próximo, hay diversas opciones que puede tener en cuenta. A solo unas horas fuera de Lima, muchas son las riquezas naturales que invitan a cumplir varias actividades, entre ellas el turismo de aventura. Si usted aún no ha definido qué hará en esos días, aquí le ofrecemos algunas recomendaciones.

CERRO AZUL
A los 131 kilómetros al sur de la capital está la bella Cerro Azul, uno de los destinos favoritos por su soleado y reparador clima. Es un buen destino para la práctica del surf , la pesca y bicicleta de montaña.
¿Cómo llegar? Vía la Panamericana Sur dirigirse hacia Cañete. Puede optar por subirse a los buses o combis que lo llevan por S/.5 o S/.6, aunque si se aproxima el Año Nuevo subirán los costos.
Si es que solo busca quedarse un día y seguir en su ruta al sur, puede comprar algún paquete que le incluya un servicio completo para un provechoso full day.
Actualmente hay muchas agencias que le ofrecen este servicio, que inclusive incluye darse una vuelta por el tradicional Lunahuaná por S/.80. Aquí es imperdonable no practicar el canotaje, una experiencia que le dejará huellas.
Esta última alternativa le incluye el desayuno, un guía y recorrido por Mala, Balneario de Cerro Azul, Tambo de Incahuasi Lunahuaná y principales bodegas vitivinícolas, etc.

MÁS OPCIONES
Más allá, en el kilómetro 303 de la Panamericana Sur, otra de las opciones es sin duda Ica. Aquí, las líneas de Nasca o la Laguna de la Huacachina se prestan como una interesante alternativa. El viaje dura unas cuatro horas, si es que parte desde Lima. Para ello, hay cuatro empresas dedicadas al transporte público interprovincial y más de 20 centros de hospedaje para elegir.
Durante su estadía puede degustar de una rica carapulcra, chupe de pallares verdes, sopa seca, cóctel de camarones, ensaladas de garbanzos, etc., ricos platillos que lo esperan. El costo por persona varía entre los S/.101 y S/.250 aproximadamente.
Pero si su gusto es más marino puede conocer las Islas Ballestas, cuyo tour cuesta alrededor de s/.40 por persona y su visita dura unas tres horas.
En este recorrido se puede observar el candelabro, grutas y playas, y admirar la gran diversidad de fauna marina como los pingüinos de Humboldt, lobos marinos y pelícanos. Cabe resaltar que por normas ya establecidas no podrá bajar a las islas.
Tome en cuenta que dentro de la Reserva Nacional de Paracas hay unos 100 restos arqueológicos. Separe un tiempo para visitar algunos de ellos. En Pisco y Paracas hay unos 40 hospedajes con tarifas que van desde los S/.12.
Anímese y no se quede en casa, diviértase conociendo lo mejor de nuestro Perú.

UN DESTINO SI PREFIERE LA SIERRA
Si no gusta del mar y prefiere dirigirse más hacia la sierra de Lima, puede conocer Matucana para la práctica de largas caminatas. Aquí predominan reservas naturales, paisajísticas y sitios arqueológicos de importante testimonio cultural.
El paseo se inicia por la Plaza Grau y recorre parajes de gran belleza como el vallecito de los Olivos, donde es posible adquirir leche fresca y deliciosos quesos.
Para llegar, puede hace uso de los servicios de transporte que salen desde Chosica, en una esquina del Ex Parque Echenique.
El tiempo de viaje es de 1 hora 50 minutos y el costo del pasaje es S/.4. Hay más de cuatro hospedajes, cuyos precios oscilan entre los S/.15 a S/.20 la noche.

REVOCAN COMPARECENCIA Y DICTAN PRISION PREVENTIVA PARA MUJER QUE INTENTÓ INGRESAR 8 CELULARES AL PENAL DE CANTERA

La Segunda Fiscalía Superior Penal de Cañete, a cargo de la Dra. Alicia Palomino Villaverde, logró que se dicte la medida de prisión preventiva en la audiencia donde sustentó el Dr. David Teodoro Cerna Camones, fiscal adjunto superior penal, resultando que la Sala Penal de Apelaciones de este distrito judicial revoque la medida de comparecencia con restricciones, reformándola y dictaminando la medida de prisión preventiva para Verónica Elizabeth Acuña Quintana, mujer que intentó ingresar 8 equipos celulares y 3 baterias al Establecimiento Penitenciario de Cantera, camuflados en un saco de papas.
Los hechos ocurrieron en el mes de octubre y fue conocido en primera instancia por parte el Primer Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Coorporativa, quien se encuentra a cargo de las investigaciones, resultando haber recabado para estas fechas, nuevos elementos de convicción que ameritan se detenga preventivamente a la imputada.
La Fiscalía Superior en segunda instancia, hizo hincapié en que debe considerarse este caso, por ser uno de las primeras investigaciones en este distrito judicial donde se debe aplicar el art. 368-A, del Código Penal, norma recientemente incorporada en la Ley N° 29867 que entró en vigencia en mayo del presente año y que sanciona las conductas de ingresar, intentar o permitir el ingreso a un centro de detención o reclusión, equipos o sistemas de comunicación.
De este modo el Ministerio Público, cumple con su deber de contrarrestar y combatir la delincuencia, toda vez que se ha tenido conocimiento que se pretenden ingresar celulares al Establecimiento Penitenciario, con la finalidad de dirigir actos delictivos como secuestro, extorsión y otros.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO
Nº 107-2012-MPC

Cañete, 18 de diciembre de 2012.

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

Visto:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 480-2012-MDSA y Oficio Nº 541-2012-MDSA, por los cuales la Municipalidad Distrital de San Antonio, solicita la Ratificación de la Ordenanza Nº 016-2012-MDSA que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el año 2013, y;

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y las sentencias recaídas en los Expedientes Nº 0041-2004-AI/TC, 0053-2004-PI/TC y 0018-2008-PI/TC, establecen que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del Art. 68º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal – Decreto Legislativo Nº 776, los arbitrios municipales son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente;

Que, asimismo el Art. 69º del referido Decreto Supremo, dispone que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación en función del costo efectivo del servicio a prestar. En consecuencia, estando dentro del plazo de ley, corresponde al Concejo Provincial de Cañete proceder a ratificar la ordenanza en mención, conforme a sus atribuciones;

Que, Subgerencia de Asesoría Legal mediante Informe Legal Nº 456-2012-AJ-MPC, opina por la procedencia de la ratificación de la Ordenanza Nº 016-2012-MDSA que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el año 2013;

Que, la Comisión de Administración, Economía y Finanzas, con Dictamen Nº034-2012-CPEAM/MPC, de fecha 13 de diciembre de 2012, recomienda ratificar la Ordenanza Nº 016-2012-MDSA que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el año 2013;

Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

SE ACORDÓ:

Artículo 1º.-
RATIFICAR la Ordenanza Nº 016-2012-MDSA que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el año 2013 de la Municipalidad Distrital de San Antonio, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo.

Artículo 2º.-
Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de San Antonio y a las unidades orgánica que corresponda para los fines correspondientes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.


MARÍA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN ANTONIO

ORDENANZA Nº 016-2012-MDSA

San Antonio, 13 de Octubre del 2012

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO – CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, en la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha; visto el informe de la Oficina de Administración Tributaria Nº 032-2012/OAT-MDSA respecto a la Ordenanza de Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el año 2013.

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional Nros. 27680 y 28607, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; aspecto concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

Que el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas municipales; y el Artículo 40ª de la misma norma señala que, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites que establece la ley, señalando que las ordenanzas son normas de carácter general mediante las cuales se regula las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el literal a) del Artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que las Municipalidades podrán imponer tasas por servicios públicos o arbitrios, definiéndose como aquellos que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; y el Artículo 69º -B de dicho Texto, prescribe que, las Ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad beneficiada, así como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso, deberán ser publicadas a más tardar el 31 de Diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación; y su difusión se realizará conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, para efectos legales de las Municipalidades en cuanto la potestad tributaria municipal en la aprobación y determinación de arbitrios municipales, y criterios vinculantes de constitucionalidad material de las ordenanzas municipales, rige como jurisprudencia las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional Nº 0041-2004-AI/TC, Nº 00053-2004-PI/TC y Nº 00018-2005-PI/TC;

Que, conforme lo dispone el marco legal sobre la materia, la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, cuenta con el Informe Técnico 01-2012-MDSA que sustenta el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal Ejercicio del año 2013;

Que, la Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad, mediante Informe Nº 046-2012-OAL/MDSA brinda su opinión favorable con relación a la emisión de la Ordenanza de sustento de cobranza de Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2013, por cuanto se encuentra enmarcado conforme al marco legal vigente para dicho caso;

Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º inc. 9), y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación del acta, y contando con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA
EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2013

Artículo 1: AMBITO DE APLICACIÓN.-
La presente ordenanza establece el marco legal de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública en las modalidades de Barrido de Calles y de Recolección de Residuos Sólidos; de Parques y Jardines, y Serenazgo para el año 2013, en la jurisdicción del distrito de San Antonio.

Artículo 2.- HECHO IMPONIBLE
El hecho imponible de la obligación tributaria de los Arbitrios Municipales está constituido por la prestación, implementación y/o mantenimiento de los servicios públicos locales que se prestan a los predios ubicados en la jurisdicción del Distrito de San Antonio, de acuerdo con el siguiente detalle:

a.- LIMPIEZA PÚBLICA:
El arbitrio de Limpieza Pública es el servicio público brindada por la Municipalidad de San Antonio a los Contribuyentes se divide en:
1.- Barrido de Calles y Plazas, comprende el servicio de limpieza y barrido de calles, veredas y plazas del distrito.
2.- Recolección domiciliaria de Residuos Sólidos, comprende recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos generados por los contribuyentes del distrito.

b.- PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS
El Arbitrio de Parques y Jardines Públicos es el servicio público brindado por la Municipalidad de San Antonio que comprendió los servicios de implementación, recuperación, mantenimiento, compra e insumos de suministros y mejoras de Parques y Jardines de uso público, recolección de maleza de origen domiciliario, transporte y disposición.

c.- SEGURIDAD CIUDADANA Y PARTICIPACION VECINAL:
Es el servicio público brindado por la Municipalidad de San Antonio para el mantenimiento de la Seguridad Ciudadana, control de la tranquilidad pública vecinal, acciones disuasivas de combate a la delincuencia común y al pandillaje pernicioso dentro de la jurisdicción distrital.

Artículo 3º : CONTRIBUYENTES Y OBLIGACION.-
Están obligados al pago de los Arbitrios Municipales, en calidad de contribuyentes, los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados y/o cuando un tercero use el predio bajo cualquier titulo o sin él. Excepcionalmente, cuando no es posible identificar al propietario, adquirirá la calidad de responsable por el pago del tributo el poseedor del predio. Son también obligados al pago de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza en calidad de contribuyentes los mercados y aquellas personas que desarrollen actividades económicas en la vía pública y/o en área de dominio público.

Artículo 4º: CONDICION DE CONTRIBUYENTE.-
La condición de contribuyente se adquiere el primer día calendario del mes al que corresponda la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier trasferencia de dominio, la obligación tributaria para el nuevo propietario nacerá en el mes siguiente que se adquirió la condición de propietario.

Artículo 5º: PERIODICIDAD Y DETERMINACION.-
Los arbitrios de Limpieza Pública, en las modalidades de Recolección de Residuos Sólidos, de Parques y Jardines, y de Serenazgo son de periodicidad y determinación en su recaudación mensual, debiéndose cancelarse hasta el último día hábil de cada mes.

Artículo 6º: DEFINICIONES.-

a.- PREDIO.-
Para efectos del cálculo de los arbitrios, se entiende por Predio a toda vivienda o unidad habitacional, local comercial, oficina, mercado, terreno sin construir que esté ubicado en la jurisdicción de San Antonio. No tendrá la calidad de predio aquellas unidades que forman parte de accesoria a la unidad inmobiliaria como las azoteas, aires, depósitos, closet o tendales.

b.- ZONAS:
Es la división técnica o segmentación metodológica del Distrito, determinada por la intensidad de la prestación o disfrute de un Arbitrio Municipal de San Antonio, y no por factores colindancia geográfica.
Artículo 7º.- INAFECTACIONES
Se encuentran inafectos al pago de los arbitrios municipales, los predios de propiedad de la Municipalidad Distrital de San Antonio, cuando ésta utiliza directamente los predios de su propiedad para las actividades que le son propias y para el cumplimiento de sus fines.
Las personas naturales o jurídicas a quienes la Municipalidad hubiera cedido o ceda la posesión de sus predios o extienda autorización para la ocupación temporal de áreas de dominio público, se encuentran obligadas al pago de los Arbitrios Municipales con arreglo a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 8º: CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN.-
Para efectos de la determinación del importe de los Arbitrios se distribuirá el costo de acuerdo a los siguientes criterios:

a.- Limpieza Pública: Se desagrega en:

· Servicio de Barrido de Calles
En función al tamaño del área promedio del frontis del predio, expresada en metros lineales y condicionada a la frecuencia de barrido de frontis

· Servicio de Recojo de Residuos Sólidos domiciliario
El tipo de Uso del predio como indicador por su actividad de mayor o menor generación de residuos, tamaño del predio en función al área construida, en base a la información estadística del pesaje promedio de basura generado por cada grupo económico, obtenido de la muestra estadística ejecutada y el tamaño del predio expresado en metros cuadrados de área construida presumiéndose que a mayor o menor área construida existe una mayor o menor prestación del servicio.

b.- Parques y Jardines.-El costo del servicio de Arbitrios de Parques y Jardines fue determinado en función del criterio de ubicación del predio respecto de las áreas verdes, en la medida que se considera que la cercanía del predio de un contribuyente a un área verde mantenida por la Municipalidad le permitiría obtener un beneficio mayor de disfrute de dicha áreas verdes.

c.- Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal.- A los servicios del Arbitrio y de Serenazgo se aplicará el criterio de uso y ubicación del predio, en la medida que la prestación del servicio de Seguridad Ciudadana se intensifica en las zonas de mayor peligrosidad y mayor frecuencia en lugares adyacentes a áreas públicas como las playas, bares y discotecas.

Artículo 9º: IMPORTES DE ARBITRIOS.-
Apruébese los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2013, que deben pagar los contribuyentes, los mismos que se calcularán en base a las Tasas establecidas en el Informe Técnico Nº 001, el que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 10º: APROBACION DE INFORME TÉCNICO.-
Se APRUEBA el Informe Técnico que sustenta la presente Ordenanza, y donde se explica los costos efectivos ejecutados y proyectados de los servicios prestados de Limpieza Pública, (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2013.

Artículo 11º : APROBACIÓN DE CUADROS.-
Se APRUEBA el Cuadro de Estructura de Costos ejecutados hasta octubre del 2012 y los proyectados para los meses de Noviembre y Diciembre del 2012, para la prestación del servicio durante el año 2013, el mismo que en Anexo dos forma parte integrante de la presente Ordenanza.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarios necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.

Segunda.- Deróguese todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza.

Tercero.- La Ordenanza tendrá vigencia a partir del 01 de Enero del año 2013, previa publicación del Acuerdo de Ratificación del Concejo Provincial de Cañete.

Regístrese, publíquese, Cúmplase y archívese.


CPC Loel Carlos Salazar Yance
Alcalde

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CERRO AZUL

«Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de nuestra Diversidad»

ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007– 2012/MDCA

Cerro Azul, 26 de Diciembre de 2012

EL ALCALDE DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Cerro Azul, en sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Diciembre de 2012;

Visto: El informe Nº 058-2012-OREC-MDCA, de la Jefatura de Registro Civil, respecto al Proyecto de Ordenanza sobre Matrimonio Civil Comunitario en el Distrito de Cerro Azul; en Ocasión a la Celebración del Día de San Valentín, Día del Amor y de la Amistad, fortaleciendo la unión familiar en nuestro Distrito de Cerro Azul.

CONSIDERANDO:
Qué; la Constitución Política del Estado establece en su artículo 74º que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley, y el articulo 195º inciso 4) señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley;

Que, es propósito de este Gobierno Municipal, coadyuvar al fortalecimiento de la unidad familiar, por cuanto la familia constituye el núcleo básico de la sociedad, y en este sentido, debe brindarse las facilidades del caso a fin de regularizar la situación del estado civil mediante la unión matrimonial de aquellas parejas que se encuentran en condiciones de convivencia, exonerándose de las tasas que por Matrimonio Civil se consignan en el Texto único Ordenado de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado por Ordenanza Nº 007-2002/MDCA;

Que, con tal fin y con ocasión de celebrarse el Día de San Valentín, Día del Amor y de la Amistad, y dar mayor realce de unión familiar y comprensión en las parejas de contrayentes en el Distrito de Cerro Azul, debe programarse la realización del Matrimonio Civil Comunitario para el día jueves 14/02/2013.

Que, asimismo el artículo 252º del Código Civil establece que el alcalde puede dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siembre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248º;

De conformidad con el articulo 9º numeral 8,) de la ley 27972 Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente Ordenanza;

Artículo Primero.- Autorizar la celebración del Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse el día jueves 14 de febrero de 2013;

Artículo Segundo.- Exonerar el pago de las tasas por concepto de apertura de expedientes, Ceremonia, Edicto y Constancia matrimonial, a los contrayentes que se inscriban para la Ceremonia Civil Comunitaria, así como de la publicación de los avisos en el Diario de mayor circulación.

Artículo Tercero.- Dentro del periodo de inscripciones a que se refiere el artículo primero, los contrayentes deberán presentarse ante la Municipalidad, Oficina de Registro Civil, con dos testigos y los siguientes documentos:
- Solicitud de matrimonio
- Documento de Identidad (DNI)
- Copias Certificadas de Partidas de Nacimiento Actualizadas
- Certificado de Salud y Constancia de Consejería.
- Diligenciar Formato de Declaración Jurada de Soltería y de Domicilio.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Judicial de la Provincia de Cañete «Al Día con Matices», diario de mayor circulación en la Provincia de Cañete.
Artículo Quinto.- Disponer que el Área de Registro Civil y la Oficina de Imagen Institucional se encarguen del fiel cumplimiento de la presente Ordenanza.

POR CUANTO:
REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE

HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016 -2012-A/MDA

Asia, 20 de Diciembre del 2012

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA - CAÑETE

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de Diciembre del 2012.

CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 194°, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 2 de su Título Preliminar, prescriben que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, se estableció el marco jurídico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 2° de la Ley de la Mancomunidad Municipal define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de municipalidades, para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, con los fines de promover desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; en el artículo 5°, se establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por ordenanza municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes técnicos que den viabilidad a su creación;

Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046 - 2010 - PCM, establece el procedimiento para la constitución de las mancomunidades municipales; se señala que la ordenanza municipal aprueba la constitución de la mancomunidad municipal, con la ratificación del contenido del Acta de Constitución, su Estatuto, y la designación del primer presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General;

Que, mediante Informe Técnico del Consultor se declara la viabilidad para la constitución de la «Mancomunidad Municipal de la Zona Norte de Cañete;

Que, a través de sendas actas firmadas el 20 de septiembre del año 2010, el 24 de mayo del 2011 y el 15 de junio del 2012 diversos alcaldes del Norte de Cañete señalaron el propósito de constituir la Mancomunidad Municipal de la zona Norte de Cañete. Finalmente, los alcaldes de las Municipalidades Distritales de Asia, Calango, Coayllo, Chilca, Mala, San Antonio y Santa Cruz de Flores decidieron llevar a cabo este proceso de constitución legal ante la Presidencia del Consejo de Ministros.

De conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, la Ley de la Mancomunidad Municipal - Ley N° 29029, modificada por la Ley N° 29341 y el Informe Técnico respectivo, aprobó la siguiente ordenanza:

ORDENANZA
QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DEL
NORTE DE CAÑETE

ARTÍCULO PRIMERO.- La presente Ordenanza Municipal tiene por finalidad aprobar la constitución de la «Mancomunidad Municipal de la Zona Norte de Cañete», según Acta de fecha 13 de Octubre de 2012, suscrita por los Señores Alcaldes de las Municipalidades de los siguientes distritos que en orden alfabético se indican:
- Asia.
- Calango.
- Coayllo.
- Chilca.
- Mala
- San Antonio.
- Santa Cruz de Flores

La Mancomunidad Municipal del Norte de Cañete tiene por objeto:
a) El fomento y revalorización de los espacios turísticos, culturales, de recreación y esparcimiento.

b) El desarrollo territorial y económico productivo para fomentar la competitividad de los servicios.
c) La participación en la gestión ambiental para la conservación de las cuencas de los ríos Mala y Omas así como las playas del ámbito de los distritos de la mancomunidad.
d) La participación en el diseño e implementación de políticas públicas para la erradicación de la pobreza, la extrema pobreza y la desnutrición crónica.
e) La promoción de la planificación del desarrollo urbano, rural y la actividad agrícola en coordinación con los órganos competentes.
f) La seguridad ciudadana y promoción de una cultura de paz.
g) La modernización de la institucionalidad municipal en sus diferentes aspectos, incluyendo la conectividad y el gobierno electrónico.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Delegar las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal de la Zona Norte de Cañete, las que se detallan a continuación:

Funciones exclusivas:
a) Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca, en el ámbito de la Mancomunidad Municipal.
b) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico e integral.
c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales.
d) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846.
e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF.
f) Organizar un servicio de Serenazgo o vigilancia intermunicipal, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial.

Funciones específicas compartidas:
a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la Municipalidad Provincial, el Gobierno Regional y los organismos nacionales competentes.
b) Participar en la elaboración de los planes de gestión de los recursos hídricos de las cuencas de los ríos Mala y Omas.
c) Fomentar estrategias sostenibles de promoción del turismo, la gastronomía, la recreación paisajística - cultural, la utilización de playas de la zona y apoyar la regulación de los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes.
d) Participar de la elaboración y ejecución de un proyecto de gestión de residuos sólidos para beneficio de los cinco distritos de la mancomunidad.
e) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad.
f) Participar en el diseño, promoción y ejecución de programas y proyectos de lucha contra la pobreza, en especial contra la desnutrición infantil, en coordinación con la Municipalidad Provincial y el Gobierno Regional.
g) Contribuir a la elaboración y aplicación de instrumentos de gestión ambiental.
h) Promover la educación ambiental y vial, la participación ciudadana y una ciudadanía ambientalmente responsable.

ARTÍCULO TERCERO.- Aprobar el Estatuto de la «Mancomunidad Municipal de la Zona Norte de Cañete» ratificando el contenido del Acta de Constitución, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTÍCULO CUARTO.- Designar al Señor Víctor Hugo Carbajal Gonzales en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, y al Señor Esteban Jesús Agapito Ramos, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal de la Zona Norte de Cañete, de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución.

ARTICULO QUINTO.- Dejar sin efecto alguna disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEXTO.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

POR TANTO:

MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA

José Arias Chumpitaz
Alcalde

EDICTOS

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
CUARTA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los diecinueve días de diciembre del dos mil doce siendo ocho y treinta de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores Ángel Polanco Tintaya (Presidente de la Sala), Kelvin Alejos Silva, y María Esther Limas Uribe, a fin de programar la fecha para realizar la CUARTA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, de conformidad a lo previsto en la Resolución Administrativa Nº 031–2012–P–CSJCÑ-PJ del nueve de enero del dos mil doce, señalándose para el VIERNES VEINTIOCHO DE DICIEMBRE del año en curso a las OCHO Y DIEZ DE LA MAÑANA, a efecto que se garantice que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro del plazo fijado por la ley, y el derecho de todo procesado a ser juzgado en plazos razonables o de ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 25476; en consecuencia OFICIESE al Juzgado Penal Liquidador de Cañete, Segundo Juzgado Mixto de Cañete, Juzgado Penal Liquidador de Mala, Juzgado Mixto de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, a efecto que INFORMEN antes de la fecha de audiencia, el PLAZO DE DETENCION de los acusados hasta el 28 de diciembre del año en curso, cuyos procesos estén pendientes de dictar sentencia y/o dictamen. Oficiando y mandándose publicar la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano», y el de mayor circulación de ésta localidad.
POLANCO TINTAYA
ALEJOS SILVA
LIMAS URIBE

PRIMER REMATE JUDICIAL
PRIMER REMATE JUDICIAL: Expediente Nº 6210-2011, en los seguidos por BANCO CONTINENTAL contra ARTURO GERARDO BARRON ARANA y ELSA ESTHER STUCHO ORELLANA DE BARRON, sobre Ejecución de Garantías, ante el DECIMO SEGUNDO JUZGADO CIVIL SUBESPECIALIDAD COMERCIAL DE LIMA, Juez Dr. Bacilio Luciano Cueva Chauca, Especialista Legal: Alfredo Arellano Alvan, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en la Mz. Q, Lote 6, Urbanización Costa del Campo – IV Etapa, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 21127575, del Registro de Predios de Cañete. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 294,000.00 (Doscientos noventa y cuatro mil y 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 196,000.00 (Ciento noventa y seis mil y 00/100 Dólares Americanos,que son las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA constituida por Arturo Gerardo Barrón Arana y Elsa Esther Siucho Orellana de Barrón a favor del Banco Continental hasta por la suma de US$ 307,000.00 Dólares Americanos, otorgado por Escritura Pública del 07/01/2011, extendida ante Notario Público de Lima Jorge Luis Gonzales Loli, inscrita en el Asiento D00003 de la Partida Electrónica Nº 21127575 del antes citado registro; 2) ANOTACIÓN DE DEMANDA de Medida Cautelar sobre el Proceso de Ejecución de Garantía interpuesta por el Banco Continental contra Arturo Gerardo Barrón Arana y Elsa Esther Siucho Orellana de Barrón ordenada por el Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, inscrita en el Asiento D00004 de la Partida Electrónica Nº 21127575 del antes citado registro. FECHA Y HORA DEL REMATE: 07 de Enero de 2013, a las 15:30 horas, LUGAR DEL REMATE: en la Sala de Remates de los Juzgados Comerciales ubicada en la Av. Petit Thouars Nº 4979 Miraflores – Lima. POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán arancel judicial (con copia de arancel y DNI) consignando número de expediente, juzgado, el acto procesal a realizar, documento nacional de identidad y firma respectiva. Adjudicatario cancelará honorarios de Martillero Público más IGV conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil. J. David Saldaña Leon – Martillero Público a nivel nacional Reg. 199, T. 425-0184, #953534301, (99)838*5026, Especialista Legal: Alfredo Arellano Alvan – Décimo Segundo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima.
Alfredo Arellano Alván
Secretario Judicial
Duodécimo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
J. David Saldaña Leon
Martillero Público Nº Reg. 199
Publicar: 22, 23, 24, 26, 27 y 28 de Diciembre.

EDICTOS (3 DIAS)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA; Dra. Castillo cita a:
EXP.- 063-2008; a LUIS ALBERTO JHONG RAFFO para Lectura de sentencia, para el día 21.01.2013 a horas 02:30p.m. bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y, ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia; En caso de inconcurrencia de su abogado defensor designado, se le asignará un abogado defensor Público. Delito; Homicidio Culposo. Agraviado; Humberto Corbera Vilcarromero. Secretario Caceda. Mala 13.12.2012.
EXP.- 136-2008; a LUIS JAVIER CACERES PEVES para Lectura de sentencia, para el día 21.01.2013 a horas 03:30p.m. bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y, ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia; En caso de inconcurrencia de su abogado defensor designado, se le asignará un abogado defensor Público. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Concesión Minera no Metálica Gigia. Secretario Caceda. Mala 13.12.2012.

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA; Dra. Perez cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2011-741; a través de sus Padres UBALDO WILMER CHAVEZ GUTIERREZ y MARIA ALFONZA QUISPE CHULLUNCUY al adolescente de iniciales A.U.CH.Q., para que se apersone al Juzgado por haber sido declarado ADOLESCENTE CONTUMAZ y responsa por los cargos formulados en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado Lita Elia Cárdenas Yaya. Secretario Vargas. San Vicente 17.12.2012.
28, 29 y 31 de Diciembre

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don VICTOR
JAVIER ATOCHE CARHUAPOMA, de 19 años de edad, natural de Piura, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 47861311, con domicilio en Jr. San Martín cuadra 7 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación obrero y YANETT YOHANETT MARCATINCO ROMAN, de 29 años de edad, natural de Ica, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 42640939, de estado civil soltera, de profesión u ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. San Martín cuadra 7 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 18 de Enero del 2013 a horas 1:00 p.m. en el Salón de Actos de la Municipalidad. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 26 de Diciembre de 2012.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don ANGEL CARLOS QUISPE MANRIQUE, con DNI 45885314, de 23 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en Cerro Azul – Puente Tabla, y doña ZULIA LUZ CELESTINO SANTOS, con DNI 47236770, de 21 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión cosmetóloga, de nacionalidad peruana, domiciliada en Fundo Don Oscar Mz. A Lote 7 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 26 de Diciembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Rosario M. Sueng Chávez - Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don ALEXIS OMAR ZEGARRA GONZALES, con DNI 46665531, de 22 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en Asoc. Nuevo Comercio s/n – San Luis, y doña YESSICA MARILY AYAUCAN LUYO, con DNI 48400063, de 18 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en AA.HH. Ramos Larrea – Imperial – Cañete. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 26 de Diciembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Rosario M. Sueng Chávez - Registro Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa del a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12338-2012, don Juan Carlos Quispe Peña, solicita la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento de Luisa Florentina Peña Calagua, inscrito en el libro 111, folio 126, año 1954, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular Jorge Peña, siendo lo correcto Jorge Carlos Peña Casas, y de la madre del titular Irene Calagua, siendo lo correcto Irene Calagua Arcaya. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 21 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa del a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12339-2012, don Juan Carlos Quispe Peña, solicita la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento, de Iris Judith Peña Calagua, inscrito en el libro 122, folio 117, año 1957, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular Jorge Peña, siendo lo correcto Jorge Carlos Peña Casas y de la madre del titular Irene Calagua, siendo lo correcto Irene Calagua Arcaya. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 21 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa del a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12340-2012, don Juan Carlos Quispe Peña, solicita la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento, de Freddy Orlando Peña Calagua, inscrito en el libro 130, folio 167, año 1958 en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular Jorge Peña, siendo lo correcto Jorge Carlos Peña Casas y de la madre del titular Irene Calagua, siendo lo correcto Irene Calagua Arcaya. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 21 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa del a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12341-2012, don Juan Carlos Quispe Peña, solicita la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento de Eduardo José Peña Calagua, inscrito en el libro 142, folio 38, año 1961, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular Jorge Peña, siendo lo correcto Jorge Carlos Peña Casas, y de la madre del titular Irene Calagua, siendo lo correcto Irene Calagua Arcaya. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 21 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa del a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12342-2012, don Juan Carlos Quispe Peña, solicita la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento, de Rosa María Peña Calagua, inscrito en el libro 159, folio 48, año 1964, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular Jorge Peña, siendo lo correcto Jorge Carlos Peña Casas, y de la madre del titular Irene Calagua, siendo lo correcto Irene Calagua Arcaya.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 21 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa del a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12337-2012 don Juan Carlos Quispe Peña solicita la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento de Jorge Luis Peña Calagua inscrito en el libro 104, folio 198, año 1952, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular Jorge Peña, siendo lo correcto Jorge Carlos Peña Casas, y de la madre del titular Irene Calagua, siendo lo correcto Irene Calagua Arcaya.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 21 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa del a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12343-2012 don Juan Carlos Quispe Peña solicita la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento de Jorge Miguel Peña Calagua, inscrito en el libro 182, folio 233, año 1970 en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular Irene Calagua arcalla, siendo lo correcto Irene Calagua Arcaya.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 21 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Exp. Nº 2006-104.- El Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Señor Juez Dr. Elmer Nicolas Velásquez Carbajal, ha ordenado se publique la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCUENTA Y DOS (parte pertinente) SEÑÁLESE fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA para el día OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, RESOLUCIÓN NÚMERO CINCUENTA Y TRES.- AUTORÍCESE LA PUBLICACIÓN de la Resolución cincuenta y dos, en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Local «Al Día Con Matices», por tres días consecutivos a efectos de la NOTIFICACIÓN de los demandados JOBINA GUZMAN BELAHONIA, ZAVALA AEDO, JOHNNY, EVANGELISTA GUZMAN, ALICIA SUSANA, sin perjuicio de la notificación ordenada en autos, en los seguidos por Segundo Manuel Sánchez Paredez con Jobina Guzman Belahonia y otros sobre Desalojo. Fdo. Esther Lázaro Vicente.- Secretaria Judicial
Dra. Esther Yovana Lázaro Vicente
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 28, 31 de Diciembre de 2012 y 02 de Enero de 2013.

EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2012-177-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, que despacha como Juez la Doctora Tereza E. Zamudio Ojeda, y el Secretario Judicial que suscribe, mediante resolución N° dos del cuatro de Setiembre del dos mil doce, se admitió a trámite en la vía de Proceso Abreviado, la demanda interpuesta por Grupo Cinco SAC, debidamente representado por su Gerente General, Don Julio César Ormeño Malome contra la Comunidad Campesina de Chilca, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble ubicado en la Zona Playa Vieja Zona Comunal Lapa Lapa y Aspita a la altura del kilómetro 70 de la Panamericana Sur (Playa Puerto Viejo) del distrito de Chilca, provincia de Cañete, inscrita en la ficha N° 2405 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, en la que se corre traslado al demandado por el término de DIEZ DIAS para que se absuelva la demanda, bajo apercibimiento de seguirse la causa en su rebeldía, se realiza la presente publicación atendiendo la naturaleza del proceso de conformidad con el artículo 506° de la norma adjetiva por tres veces con intervalo de tres días en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulación de esta provincia, se hace la presente publicación para los fines de Ley. Mala, 04 de Setiembre del 2012.
Dr. Edgar Mallma Vargas
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala
17, 21 y 28 de Diciembre