31 enero 2009

NELSON CHUI AMORDAZA A LA PRENSA CAÑETANA…
Escribe: ROBERTO C LAZARO OJEDA - CONDUCTOR DE HORACERO TV - CANAL 33 DE CAÑETE                                      

El 28 de enero, se podría considerar un negro día para la prensa Cañetana… Y es que al periodista Elías  Cárdenas Achata uno de los tantos  comunicadores que viajaron hasta YAUYOS para  cubrir información sobre la IV mesa de dialogo entre CELEPSA, EL PUEBLO DE YAUYOS Y EL GOBIERNO REGIONAL se le negó el ingreso al local en donde se llevaría a cabo la mencionada mesa de dialogo entre nuestros hermanos YAUYINOS, gobierno regional y los representantes de la empresa CELEPSA, y aparentemente con la orden y anuencia de NELSON CHUI se cerraron las puertas para la prensa; pero la sagrada misión de informar de algunos periodistas hizo que se exigiera respeto al cumplimiento de su labor, pero la orden debería cumplirse, es que existen cosas raras, oscuras y hasta de mal gusto… preguntamos señor presidente regional NELSON CHUI usted fue elegido por el pueblo para defender los intereses del pueblo, pero su actitud como presidente de la mesa de dialogo hace pensar que usted esta jugando por la camiseta de la empresa el PLATANAL, que en esta oportunidad esta representada por CELEPSA al parecer empresa especialista en tratos por debajo de la mesa… le recordamos que el impacto ambiental será tan grande que las próximas generaciones no podrán disfrutar de la riqueza natural que Dios nos dio y que usted no lo defiende con el coraje que el caso amerita, por lo tanto será recordado por tan pasible actitud y cuestionada administración como  presidente de la región; El PLATANAL una empresa con mucho poder económico posiblemente destruyendo conciencia destruya totalmente el habitat natural de nuestro río Cañete, pero jamás podrá destruir la conciencia de un pueblo aguerrido como YAUYOS, porque el amor de sus hijos es mas grande que las ambiciones y apetitos personales, por lo que exigimos respeto a los medios de prensa y el desagravio personal a todos los periodistas, que solo fueron a cumplir con su deber de cubrir información que es un derecho constitucional  que no se puede negar… hasta pronto... hay que tener cuidado con las campanas por que cuando retumban mandan a  mucha gente a la tumba.
UNIVERSIDAD JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION CONVOCA A EXAMEN DE ADMISION 2009 - I        

La Oficina de Coordinación Académica de la Universidad Nacional “José Faustino Sánchez Carrión” del Distrito de Imperial viene realizando la convocatoria a todos los jóvenes egresados de Educación Secundaria de toda la provincia de Cañete, para participar del proceso de admisión 2009-I.
Cabe señalar que las carreras profesionales que brinda esta casa superior de estudios, en esta sede distrital, para el presente año son: 
Ingeniería de Zootecnia, con un total de 30 vacantes; y Ciencias contables con un total de 60 vacantes.
Asimismo se pone en conocimiento de los jóvenes que el examen de admisión se  llevará a cabo el día 29 de marzo del presente.  
Para mayor información, los interesados pueden acercarse a la sede de la institución educativa CNI, en horario de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 1:00 p.m. y de  2:30 p.m. a 5:30 p.m.
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

ORDENANZA  Nº 001-2009/MDCA

Cerro Azul, 29 de Enero de 2009

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de  fecha 29 de Enero de 2009, la Moción de Orden del día, presentada por la Comisión de Asuntos Legales; sustentado en los Informes Nros. 569-2008-GSG-MDCA y 100-2009-GSG-MDCA de la Gerencia de Servicios Generales, de fechas 22 de noviembre del 2008 y 29 de enero del presente año respectivamente, Informe Nro. 015-2009-SG/MDCA emitido por la Secretaría General del 28 de enero del 2009 y  el Informe de la Asesoría Legal Externa de fecha 29 de enero del 2009; referidos al Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Cerro Azul; y

CONSIDERANDO: 
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2008-MDCA de fecha 12 de abril del 2008, se aprobó el “Reglamento para la Prestación de Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores” en el Distrito de Cerro Azul, fijándose el número máximo de sesenta (60) vehículos para la prestación de dicho Servicio, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27189, su Reglamento mediante D.S. 004-2000-MTC y su modificatoria a través del D.S. 009-2000-MTC;

Que, de acuerdo a los Informes de “Vistos”, se ha determinado que a la fecha no se ha cubierto el numero máximo de vehículos establecidos en dicha Ordenanza; debido a la existencia de una barrera normativa contenida en el Articulo Quinto, que impide la formalización de los prestadores del servicio; razón por el cual es necesario modificar, a fin de garantizar la libertad de trabajo y la libertad de empresa consagrado en el Art. 59 de la Constitución Política del estado;

Que, la Ley Nº 28996 - “Ley de eliminación de trabas y restricciones a la Inversión Privada”, define como barrera burocrática, los actos y disposiciones de las entidades de la Administración Pública que establecen exigencias, requisitos y prohibiciones, para la realización de actividades económicas que afecten los Principios y Normas de Simplificación Administrativa y que limitan la competitividad empresarial en el Mercado; 

Que, de acuerdo al “Principio de Informalismo” previsto en el Art. IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, las normas del Procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados; cuyos actos administrativos deben actuarse con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho; 

Que, en tal razón, el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones conferidas por el Art. 9 inciso 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.-  Modifíquese el Articulo Quinto de la Ordenanza Municipal Nro. 006-2008-MDCA de fecha 12 de abril del 2008, por el siguiente texto:

“ARTICULO QUINTO. Las Personas Naturales que obtuvieron autorización al amparo de la Ordenanza Nro. 014-2006-MDCA, deberán adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza en el plazo máximo de 30 días Útiles, contados a partir de su publicación, dentro del limite máximo de vehículos aprobados.”

ARTICULO SEGUNDO. Disponer que la norma modificatoria aprobada en el Articulo Primero de la presente Ordenanza, se aplicara a las Personas Jurídicas que hayan presentado solicitudes de Permisos de Operación, antes de la publicación de la presente Ordenanza y que aun estuviere pendiente de resolver; hasta cubrir el numero máximo de 60 Vehículos establecidos en la Ordenanza Municipal Nro. 006-2008-MDCA; caso en el cual se le otorgara el Permiso correspondiente, dentro del plazo de ley.

ARTICULO TERCERO.  Los Transportadores que a la fecha cuentan con Permiso  de Operación vigente, conforme a lo establecido en los Artículos 10 y 11 del Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 006-2008 /MDCA, se mantendrán con el número de vehículos que integran su flota. De producirse una reducción de vehículos por motivo de cancelación del permiso de operación o  retiro voluntario u otros motivos, las empresas autorizadas estarán obligados a presentar las solicitudes para cubrir la flota, cumpliendo con los requisitos que señala el Reglamento, en un plazo máximo de veinte días hábiles, vencido el cual la Municipalidad adoptara las acciones necesarias para cubrir dichas vacantes o  disponer lo conveniente.

ARTICULO CUARTO.  Quedan vigentes las disposiciones de la Ordenanza No.006-2008/MDCA, en todo lo que no se oponga a la presente; debiéndose Publicar la presente Ordenanza, en el Diario de mayor circulación de la Provincia de Cañete.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JUANA RASPA DE PAIN
Alcaldesa
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2009/MDCA

Cerro Azul, 29 de Enero de 2009

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de  fecha 29 de Enero de 2009, el Informe Nº 02-2009-RRCC-MDCA; de la Oficina de Registro de Estado Civil, respecto a la Campaña de tramitación y expedición del DNI en forma gratuita aprobada por el RENIEC;

CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado establece en su artículo 74 que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley y el  Artículo 195º inciso 4 señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley;

Que, la RENIEC viene ejecutando una campaña de tramitación y expedición del DNI de menores en forma gratuita, para niños, niñas y adolescentes menores de 17 años, de padres que se encuentran inscritos en ESSALUD;

Que, es conveniente prestar las facilidades del caso a fin de que los niños, niñas y adolescentes del distrito de Cerro Azul se documenten dentro del marco de la campaña; por lo que exclusivamente para dicho evento, debe rebajarse el monto de la tasa prevista en el Texto Único  de Procedimiento Administrativos TUPA aprobado por Ordenanza Nº 07-2002/MDCA para la obtención de la partida de nacimiento de s/. 14.20 (catorce con 20/100 Nuevos Soles) a S/. 2.00 (dos y 00/100 Nuevos Soles);

Que, dichas facilidades deben ser aplicables también a niños, niñas y adolescentes de padres que no se encuentren inscritos en ESSALUD;

De conformidad con el Artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, con el Voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente;

ORDENANZA
Artículo Primero.- Disponer una rebaja de la tasa para la expedición de partida de nacimiento de niños, niñas y adolescentes hasta los 17 años de edad, previsto en el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA, de S/ 14.20 (catorce con 20/100 Nuevos Soles) a S/. 2.00 (dos y 00/100 Nuevos Soles), exclusivamente con fines de obtener el DNI dentro de la Campaña organizada por el RENIEC en beneficio de niños, niñas y adolescentes.
 
Artículo Segundo.- El beneficio concedido en el artículo precedente, tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2009.

Artículo Tercero.- Encárguese a las Oficinas de Registro Civil y de Defensoría del Niño y Adolescente de la Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
 
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
JUANA ROSA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
JUDICIALES

EDICTOS
LA  SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE,  cita  y  emplaza  a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por  los cargos  que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 1995-0423, a EMILIANO JULIO ESPINOZA CUEVA e ISMAEL FELIX ESPINOZA CUEVA; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: LESIONES GRAVES;  agraviado: JUVENAL ESPINOZA HUAMANLAZO, 26/01/2009.
EXP. 1995-0606, a DONATO CURI SAUÑE; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL;  agraviado: M.L.L.F., 26/01/2009.
EXP. 1996-0115, a CARLOS JUSTINIANO CAVERO EGUSQUIZA FLORES; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: FALSIFICACION DE DOCUMENTOS Y OTROS;  agraviado: ESTADO PERUANO, 26/01/2009.
EXP. 1996-0267, a JULIO CLAUDIO HERNANDEZ PALVINA; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: HERMINIO FLORES SANDOVAL Y OTRO., 26/01/2009.
EXP. 1996-0336, a AUDENCIA ANGELICA HILARIO BECERRA Y CARMEN REYNALDA HILARIO BECERRA; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: FALSIFICACION DE DOCUMENTOS;  agraviado: EL ESTADO PERUANO., 26/01/2009.
EXP. 1996-0390, a CASIMIRO EMETERIO CASTRO SORIANO; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: LESIONES GRAVES;  agraviado: ANGEL LARCE CASTRO TORRES., 26/01/2009.
EXP. 1996-0427, a MANUEL DONATO CUYA MANCO; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA;  agraviado: J.E.A.B., 26/01/2009.
EXP. 1997-0036, a ELADIO FLORES VICENTE; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: ASESINATO;  agraviado: ADRIAN VICENTE MAURICIO Y OTROS., 26/01/2009.
EXP. 1997-0166, a JUAN AJIRICO CONTRERAS PEÑA; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: PECULADO;  agraviado: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLONIA PAMPAS Y EL ESTADO., 26/01/2009.
EXP. 1999-0058, a LEOANDRO BASILIO CHULLUNCUY GIRON; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA;  agraviado: F.L.V.Q., 26/01/2009.
EXP. 2001-0022, a JUAN DE DIOS DAMIANO ROJAS; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL;  agraviado: C.M.CH.C.., 26/01/2009.
EXP. 2001-1169, a SAMUEL GONZALES PEÑA; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: CESAR ALVINO ESPINOZA PASACHE., 26/01/2009.
EXP. 2001-1800, a DELCY VICTORIA GUZMAN SANCHEZ; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: PECULADO Y OTROS;  agraviado: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUNAHUANA Y OTROS., 26/01/2009.
EXP. 2002-0711, a CARLOS ROBERTO ARAGON ARIAS; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: HOMICIDIO CALIFICADO;  agraviado: MILTON JAVIER FRANCIA TALLA., 26/01/2009.
EXP. 2002-0768, a LUIS HERNAN NAPAN RIOS Y RICARDO FELIX NAPAN RIOS; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: HORACIO HINOSTROZA HUAMAN, 26/01/2009.
EXP. 2003-0061, a SALDAÑA GALVEZ CONSTANTINO AURELIO; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: PECULADO;  agraviado: EL ESTADO PERUANO., 19/01/2009.
EXP. 2004-0033, a RUBEN ANDRES ROQUE MARAVI; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: LA COMUNIDAD CAMPESINA DE HUANTAN., 13/01/2009.
Presidente: Martínez.  Secretario: Peralta
30, 31 de Enero, y 02 de Febrero

EDICTOS
EXP.-2008-0145.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; y la Secretaria Dra. Claudio, ordena se notifique a la agraviada NATIVIDAD CUSIMAYTA TTICA, RES. 15 de fecha 04-12-2008, RESUELVE: CORREGIR LA RES.14 de fecha 24-11-2008, debiendo quedar por consignado los siguiente: “SEÑALAR fecha para AUDIENCIA UNICA el día 09-04-2009 a horas 08:15 AM con citación de las partes; por tres días hábiles.- Cañete 04/12/2008.
EXP.-2005-0991.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; y la Secretaria Dra. Yeren, RES. 01 de fecha 29-09-2005, ADMITIR a tramite la demanda seguida por el MINISTERIO PUBLICO contra JOSE RUIZ GUZMAN en Agravio de ELIZABETH NACIMIENTO LOMAS RES. 14 de fecha 21-01-2009, Emplacese a la Agraviada ELIZABETH NACIMIENTO LOMAS con RES.01 de fecha 29-09-05.por tres días hábiles.- Cañete.
EXP.-2008-0755.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; y la Secretaria Dra. Herrera, ordena publicar extracto de RES. 01 de fecha 01-12-2008, RESUELVE 1.) ADMITIR a tramite la demanda interpuesta por JHONY HANS CONTRERAS CUZCANO, Fiscal Provincial Titular de la 2da Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Cañete, sobre INTERDICTO CIVIL Y NOMBRAMIENTO DE CURADOR, contra NN, debiendo tramitarse la misma en la VIA DEL PROCESO SUMARICIMO.- 2.) TRASLADO de la demanda al demandado NN y demás familiares del presunto interdicto, de los cuales desconoce sus nombres y apellidos, por el termino de 15 días, quienes al absolver la misma deberá pronunciarse sobre cada punto expuesto y PARA EL EFECTO NOTIFIQUESE POR EDICTO; bajo apercibimiento de nombrarse curador procesa, .por tres días hábiles.- Cañete.01-12-2008
31 de Enero, 2 y 3 de Febrero