02 junio 2010

CANDIDATOS A GOBIERNOS REGIONALES DEBERAN RENUNCIAR A CARGOS PUBLICOS 90 DIAS ANTES...

La Comisión de Constitución acordó el martes 1 reducir de 120 a 90 días previos a las elecciones el plazo que tendrán los candidatos a las elecciones de gobiernos regionales para solicitar licencia sin goce de haber a los cargos que ocupen en la administración pública.
Para tal efecto, aprobó por amplia mayoría, con la sola excepción de los congresistas nacionalistas que se abstuvieron de votar, el proyecto de ley que propone modificar el artículo 14 inciso 4 de la Ley de Elecciones Regionales 29470, que modificó la Ley 27683.
La disposición -de ser sancionada por el Pleno del Congreso- será aplicable a los presidentes y vicepresidentes regionales; alcaldes, regidores; gerentes y directores regionales; gerentes generales municipales; gobernadores y tenientes gobernadores.
El grupo de trabajo legislativo, que preside la congresista Mercedes Cabani-llas Bustamante (PAP), modificó, además, otros dos incisos de la misma ley, para reducir los plazos establecidos respecto a otros funcionarios.
Así, el numeral b) del inciso 5 del mismo artículo 14 fue modificado para que igual plazo de 90 días antes de la fecha de las elecciones rija para que los funcionarios que administran o manejan fondos del Estado y los funcionarios de empresas públicas soliciten licencia sin goce de haber.
El otro inciso i) del numeral 3 del artículo 14, modificado también por mayoría, propone extender a los titulares y directivos de los órganos regionales, proyectos especiales y cargos inherentes a la función de presidente y vicepresidente regional, el plazo que tienen los titulares y miembros del directorio de los organismos públicos y directores de empresas estatales para solicitar licencia sin goce de haber.
El predictamen proponía inicialmente establecer un plazo de 45 días, que el congresista José Vargas (PAP) propuso extender a 60 días, para finalmente aceptarse la propuesta de su colega Édgard Reymundo (BP) de fijarlo en 90 días.
La propuesta no contó con el respaldo de los legisladores Marisol Espinoza y Daniel Abugattás (GPN), que en el primer caso votaron en contra y en las segundas modificaciones se abstuvieron de pronunciarse, argumentando que era una mala señal hacer modificaciones a la ley en pleno proceso electoral. En la sesión se hicieron presentes varios presidentes regionales, presuntamente interesados en postular a la reelección, caso de los titulares de las regiones Ica, Huánuco y Lima, entre otros.

Requisitos para candidatear
De otro lado, la Comisión pospuso el debate de otros proyectos que tiene en agenda, como el que propone modificar la Ley de Partidos Políticos 28094, para facultar al Jurado Nacional de Elecciones a verificar el funcionamiento de los comités de los partidos políticos, movimientos regionales y organizaciones políticas, así como a suspender por seis meses la inscripción de los que no demuestren que sus comités de base estén funcionando y realizando actividades partidarias.
Igualmente, la iniciativa, remitida por el JNE, propone modificar el artículo 23 de la norma para fortalecer la necesidad de buscar una mayor transparencia en la declaración jurada de la hoja de vida de los candidatos a elección popular, sean elegidos en sus partidos o invitados por ellos.
Conforme a la iniciativa, los candidatos tendrán que precisar su experiencia en el ejercicio de oficios, ocupaciones o profesiones, que hubiesen desempeñado en el sector público y privado, precisando períodos, lugares y cargos ocupados.
Igualmente, deberán señalar los estudios realizados, incluyendo títulos y grados si los tuviere, especificando las instituciones educativas y el periodo en que realizaron tales estudios; y la relación de sentencias condenatorias recibidas por delitos dolosos emitidas en segunda instancia, si las hubiere.
Los candidatos que hubiesen cumplido con alguna condena por delito deberán adjuntar su certificado de rehabilitación, según precisa el documento.
DE EX TRABAJADORAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL A ASESORAS EXTERNAS DE EMAPA CAÑETE...
De intrascendente trabajo en la comuna provincial ahora asumen grandes responsabilidades en la empresa municipal. ¿Por mérito o recomendación?


«Dos ex trabajadoras de la Municipalidad Provincial de Cañete ahora están al servicio de Emapa Cañete, como asesoras externas» fue lo primero que nos indicó el polémico Rómulo Pardo Ortega, a través del programa «Línea Directa» de Radio JCM que tenemos a bien dirigir haciendo hincapié que se trataba de una ex jefa de Ejecutoría Coactiva y luego responsable de administración tributaria RAQUEL URIOL ARANA y una ex asistente de la Oficina de Procuraduría Municipal MILAGROS ESPICHÁN.
Inmediatamente procedimos a cruzar la información, como solemos hacer como parte de nuestra labor seria y responsable, la misma que fue corroborada por el Ing. Alberto Llona Álvarez miembro del directorio de la Empresa Municipal Administradora de Agua Potable de Cañete S.A, quien confirmó que ambas ex funcionarias ediles ahora formaban parte de la única empresa municipal de la provincia.
«Lo que sí es cierto, es que han ingresado dos señoritas a trabajar en el área de asesoría externa de Emapa Cañete. Me parece que han sido convocadas por el gerente bajo alguna forma de contratación. Una de ellas está encargándose de lo que es el área de ver la titulación de predios de Emapa Cañete, porque hay una serie de terrenos que no están inscritos y la han contratado para ese trabajo específico; y la otra señorita está apoyando el área de asesoría legal: Ambas está trabajando desde hace quince o veinte días» señaló Llona, quien al mismo tiempo indico, ante nuestra suspicacia que él como representante de la comuna provincial en el directorio, haya mediado para el ingreso de las personas mencionadas, negó tajantemente haber realizado alguna coordinación al respecto.
«Lo que yo quiero dejar bien en claro, es que yo no he recomendado a nadie,absolutamente a nadie, porque esa es una política que estamos implementando en Emapa Cañete y es lo que yo estoy exigiendo que ningún director contractúe o exija al gerente a que recomienda tal persona, porque queremos darle la libertad para que éste señor trabaje y luego exigirle producción y el cumplimiento de metas» sentencio Alberto Llona.
Al respecto tratamos de comunicarnos con el presidente del directorio de dicha empresa CPC Erly Lázaro Vicente, responsable de la implantación de la línea directriz en la empresa, para que nos indique que es lo que había sucedido en torno a estas «flamantes contrataciones», porque por voces de la misma entidad a la cual antes pertenecían se recogieron nada alagüeños comentarios sobre su paso por los cargos que ocuparon, motivo suficiente para saber entonces cual fue la motivación para que el gerente, dicho sea de paso nuevo también en el cargo, las haya considerado en los puestos de asesoría externa, habiendo seguramente en el mercado laboral local profesionales de nuestra propia tierra con mejores pergaminos. ¿Hubo al menos un simulado proceso de selección? si fuese así, contra quiénes compitieron estas dos «asesoras»; respuestas que estamos seguros mañana trataremos de escuchar. (Elarquim)
Lo recuerdan como un líder regional que no marcó diferencias.
SEGUROS CAT «NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN» CONSTERNADO POR DECESO DE PEDRO ZURITA


SAN VICENTE.- El presidente de Seguros CAT – «Nuestra Señora de la Asunción», Armando Palacios Eustaquio, dio las muestras de condolencias a los familiares del quien vida fue don Pedro Julio Zurita Paz, alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaura que falleció ayer en un nosocomio limeño.
«Nos dejó una de las autoridades más honestas y correctas, no sólo de Huaura sino de la región Lima, que tuve la oportunidad de conocerlo»; fue el comentario que hizo Palacios Eustaquio al ser abordado por los hombres de prensa.
Palacios se enteró del deceso a través de la web, precisos instantes en que desarrollaba sus labores habituales en su oficina central, ubicado en el distrito de Chilca, distrito de la hermana provincia de Cañete.
«No lo pude creer. Llamé a los agentes de venta de Huacho y nos confirmaron que el deceso había sido en la ciudad de Lima», precisó Palacios sumamente consternado.
Mencionó que Zurita a comparación de otras autoridades de la región, jamás le puso obstáculos para expender los certificados de seguro a los transportistas de la provincia de Huaura.

RESPETUOSO DE LA LEY...
«Era respetuoso de la Ley. No vio distingo alguno a nuestra empresa a pesar de ser origen de Cañete. Más bien nos otorgó todas las facilidades y ahí supimos que era una persona con principios y de eso podemos dar fe», precisó Palacios.
Siempre guardarán un grato recuerdo de su persona y como tal su representada, en su momento, le hará un justo y merecido reconocimiento.
Indicó que una comitiva viajará a la ciudad de Huacho para participar en las exequias de uno de los líderes de la región.
«No es un adiós sino un hasta pronto. Reitero mis condolencias, no sólo a los familiares de Pedro Zurita sino a la población en general de Huaura por esta irreparable pérdida de uno de sus hijos porque don Pedro Zurita fue el genuino representante de este lugar », musitó Armando Palacios.
ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES MAYORISTAS PRIMERO DE ENERO
CONVOCATORIA

El último Presidente inscrito de la Asociación de Comerciantes Mayoristas «Primero de Enero» al amparo de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 202.2001SUNARP, cita a Ud. a la Asamblea General Extraordinaria de nuestra Asociación, a llevarse a cabo el día 07 de Junio del 2010 a horas 6:00 de la tarde en el local de propiedad de la Asociación «Mercado Mayorista de Frutas – Primero de Enero» ubicado en CAU Tercer Mundo Parcela 38 de San Vicente de Cañete, a efectos de tratar la siguiente agenda:
AGENDA:
1.- Nombramiento del Comité Electoral
DE LA CONVOCATORIA
Fecha de la 1ra. Convocatoria: Lunes 07 de Junio de 2010 a horas 6:00 p.m.
Fecha de la 2da. Convocatoria: Lunes 07 de Junio de 2010 a horas 6:30 p.m.
Se ruega puntual asistencia.
Cañete, 02 de Junio de 2010.
Jorge Agüero Cuya
Último Presidente inscrito
Asociación de Comerciantes Mayoristas «Primero de Enero»
DNI N° 15353658
CHILCA: EL 10 DE JUNIO DE 1813 SE INSTALÓ EL PRIMER CUERPO EDILICIO…
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)

Compilando los hechos históricos y sirviendo como puente para las generaciones, transmito la riqueza milenaria del pueblo chilcano, precisamente en la obra ECOLOGÍA PREHISTÓRICA ANDINA: «El Hombre, su Establecimiento y el Ambiente de los Andes» de Frederic André Engel, descubre en sus investigaciones, que el horticultor más antiguo de América precolombina, es nativo de éste lugar (6,000 a 10,000 años a.C); otro dato que encontramos, es la trascendencia del gran templo, que se encuentra en la plaza principal, y que fue construida en el siglo XVII, por la Orden Agustina, en aquella época fue la más hermosa del Perú y aún según los entendidos está entre las cinco más bellas por su calidad arquitectónica; Chilca, es un pueblo muy antiguo, madre de los pueblos de Pucusana hacia el norte y Mala por el sur (visitar www.poderpolitico.info); los cronistas refieren que los conquistadores tuvieron a éste distrito como uno de los candidatos para fundar la ciudad capital del Perú, ello explica el porque le dieron importancia y años más tarde, aunque no fue elegida por carecer de agua, construyeron el templo con aires de catedral, reconociendo su valor histórico; un acontecimiento importante sin lugar a dudas, es que antes de la independencia nacional, en el año 1813 tenían Alcalde y Regidores legítimamente elegidos como constan en documentos (Leer Acta Memorable), no podemos dejar de mencionar la fundación de la ASAMBLEA DE ALCALDES DE LA PROVINCIA DE CAÑETE (por coincidencia era alcalde de la época, Pablo Nalda Quiroz, actual burgomaestre del distrito), el mismo que se cristalizó en Sesión Solemne del 30 de abril de 1982 en el distrito de Chilca, teniendo como nombre original de «COMISIÓN DE ALCALDES DISTRITALES DE LA PROVINCIA DE CAÑETE», con funcionamiento obligatorio por Ley Orgánica N° 23853 con vigencia desde junio de 1984, hasta el 27 de mayo de 2003, cuando se publica en el Diario Oficial «El Peruano» la Ley N° 27972 vigente hasta el día de hoy; entonces podemos decir que CHILCA siempre fue un pueblo vanguardista por excelencia y que los cañetanos debemos sentirnos orgullosos que uno de sus 16 distritos obtente ese privilegio.

ACTA MEMORABLE…
En el Pueblo de Chilca, a los diez días del mes de junio de 1813 años, estando congregados los diecisiete electores en esta Casa Consistorial y ante mi el Presidente de ésta Junta procedieron a nombrar un Alcalde, seis Regidores y un Procurador Síndico, que son los que les corresponde según el último censo y habiéndose hecho la votación en público, por aquellos por lo que se escrutó; los escrutadores recayó por todos los votos para Alcalde a Don Ignacio Chumpitaz y Regidores, Don Narcizo Chauca, Don Celedonio Caycho, Don Melchor Francia, Don Esteban Toribio, y Don Norberto Llaya y Procurador Síndico, Don Juan Nepomuceno Manco, en cuyas personas recayeron los cargos concejiles prevenidos por la Constitución y Reglamento del 23 de mayo de 1812, con lo cual quedó evacuada ésta diligencia, cerrándose éste acto en el libro respectivo. (Firmado): Antonio M. Bazo - Manuel Andrés Villanueva -Sacramento Culla - Ignacio Chumpitaz - José Gavino Carrillo - Mauro Caycho - Fernando Quispe - Presentación Huapaya - Toribio Huapaya - Pablo Culla - Blas caycho - Marcos Valeriano - Celedonio Caycho - Juan Clímaco Huapaya, por no saber firmar lo hago yo: José Gavino Carrillo. ES COPIA FIEL. El actual cuerpo edilicio 2007 – 2010 lo conforman: Alcalde, Pablo Nalda Quiroz; 1º Regidor, José Nicolás Ávila Huapaya; 2º Regidora, María Victoria Camacho García; 3º Regidor, Desiderio Chumpi-tazi Conde; 4º Regidora, Paula Vega Espichan; y 5º Regidor, Guido Figari Garfías. Para éste 10 de junio, como todos los años se han programado diversas autoridades de índole cultural para rememorar el acontecimiento, estamos todos invitados.
SÍNTESIS
El Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento del artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094 y artículo 16° del Reglamento de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE, pone en conocimiento de la ciudadanía que con fecha 06 de Abril del 2010 se ha presentado ante este registro especial, el ciudadano Víctor Luzciardo Marcelo Yactayo, Personero Legal Titular de la organización política local distrital “AGRUPACION NUEVA FUERZA IMPERIALINA” cuya sigla es ANFI, del distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento Lima, solicitando la inscripción de la referida organización política local distrital en el registro especial que conduce el Registro de Organizaciones Políticas. Para ello ha acreditado el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17º de la referida Ley, cuya síntesis es la siguiente:

Denominación: “AGRUPACION NUEVA FUERZA IMPERIALINA” cuya sigla es ANFI.
Nombres de fundadores: Aedo Copara Kelly, Arteaga Román Creotilde Reyna, Atao Salazar Rosaura Maribel, Ávila Rea Julia Rosa, Ayllón Luyo Luis, Bernaola Valencia José Luis, Bustamante Campos Gavi, Carbonel Hurtado Diana Milagros, Carbonel Hurtado Silvia Esther, Carrasco Santaria Bertha, Casas Rivas José Luis, Cueva Hurtado Priscilla Juana, Cuzcano Palomino Carlos Alfonso, Flores Oré Rafael Deivid, Flores Oré Roberto Angel, Flores Oré Rosalinda Floriada, Francia Cárdenas Luis Wilfredo, García de Yaya Juana Rosa, Gómez Díaz Anner Delon, Gonzáles Coaguila Elizabeth María, Gonzáles Coaguila Paula, Huamán Cárdenas Gloria Alicia, Huamán Zegarra Rita Isabel, Huari Huarancca Santa Yrenia, Jayo Huari Elizabeth, León Vicente Carmen Yaneth, Manero Huamán María Magdalena, Marcelo Yactayo Víctor Luzciardo, Martínez Mendoza María del Pilar, Mayta Luyo Ceberiano Gervacio, Melchor Ortega María Elena, Mendoza Albino Orlando Martín, Mendoza Luyo Lorenzo, Mio Villanueva Fausto Martín, Neira Quiroz Luis Alberto, Peña Canchari Paula Lucila, Pino Borjas Flor de Maria, Quispe Sánchez Luisa Maria, Ramos Yactayo José Martín, Rivera Castillo Yolanda, Sánchez Chumpitaz Alfredo Mateo, Sánchez Florián Flor de Maria, Sánchez Quispe Juan Carlos, Sánchez Yataco Luz Giovanna, Torres Leiva Korey Zulema, Trujillo Ambrosio Ángel Jaime, Yactayo Cama Omar Jesús, Yalle Huari Carlos Damián, y Zegarra Arcos Felicita.
Dirigentes:
Presidente: Yactayo Cama Omar Jesús.
Vicepresidente: Mayta Luyo Ceberiano Gervacio.
Secretario General: Bernaola Valencia José Luis.
Secretario de Acta: Matos Santos Alyssa Jocelyn.
Secretario de Organización: Peña Canchari Paula Lucila.
Secretario de la Juventud: Trujillo Ambrosío Ángel Jaime.
Secretario de Economia: Sánchez Chumpitaz Alfredo Mateo.
Secretario de Prensa:García Mendieta Elvis Johan.
Secretaría de la Mujer: Sánchez Yataco Luz Giovanna.
Secretario de Turismo: Neira Quiróz Luis Alberto.
Apoderado: Yactayo Cama Omar Jesús.
Nombres de Personeros:
Personero Legal Titular: Marcelo Yactayo Víctor Luzciardo.
Personero Legal Alterno: Aedo Copara Kelly.
Personeros Técnicos:
Personero Técnico Titular: Quispe Sánchez Luisa Maria.
Personero Técnico Alterno: Ramos Yactayo Jose Martín.
Representante Legal: Yactayo Cama Omar Jesús.
Domicilio Legal: Jirón 28 de Julio Nº 788, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento Lima.

La publicación tiene por objeto que cualquier persona natural o jurídica pueda formular tacha contra la solicitud de inscripción, la cual deberá estar fundamentada en el incumplimiento de la Ley Nº 28094 y el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE.

Lima, 31 de Mayo del 2010

KAREN NUÑEZ KCOMT
Registradora Delegada del Registro de
Organizaciones Políticas – Callao y Lima Provincias
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Los familiares, tienen el penoso deber de comunicar el sensible fallecimiento de quien en vida fue
Sonia Paulett de Cuzcano
(Q.E.P.D. y Q.D.D.G.)
Acaecido el día de ayer, 01 de Junio, en la ciudad de Lima. Sus restos se encuentran velándose en el “Velatorio de la Policía”, ubicado en la Av. Brasil.
Igualmente, hacen de su conocimiento, que sus restos serán sepultados el día de hoy, en el “Parque del Recuerdo”, ubicado en Lurín, a partir de las 04:00 p.m.
La familia, agradece las muestras de condolencia, pesar y dolor que nos han hecho llegar.
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Expediente N° 150-57, seguido por PAULA VITALIA ORE LUYO contra MIGUEL ORE DONAYRE, JOSE DEMETRIO ORE DONAYRE, MARIA SOFIA ORE DONAYRE Y MARIA JOSEFINA ORE DONAYRE, sobre CONTRADICCION DE SENTENCIA, DECLARATORIA DE PATERNIDAD y NULIDAD DE INSCRIPCION DE PARTIDA; el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 18-05-2010.- AUTOS Y VISTOS: (…): Se resuelve: PRIMERO: ORDENO UNA REALIZACIÓN DE UNA INVESTIGACION SUMARIA a efectos de ubicar el expediente judicial, notificándose a los secretarios adscritos a este juzgado, y oficiándose a los juzgados de este Distrito Judicial, para que en plazo de tres días informen si en sus Secretarías y/o Despachos a sus cargos existe el proceso judicial seguido por doña PAULA VITALIA ORE LUYO contra MIGUEL ORE DONAYRE, JOSE DEMETRIO ORE DONAYRE y MARIA JOSEFINA ORE DONAYRE, sobre CONTRADICCION DE SENTENCIA, DECLARATORIA DE PATERNIDAD y NULIDAD DE INSCRIPCION DE PARTIDA. SEGUNDO: PONGASE EN CONOCIMIENTO DE LA OFICINA DESCONTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA para que proceda conforme a sus atribuciones, oficiándose. TERCERO: ORDENO LA RECOMPOSICION del expediente seguido por doña PAULA VITALIA ORE LUYO contra MIGUEL ORE DONAYRE, JOSE DEMETRIO ORE DONAYRE y MARIA JOSEFINA ORE DONAYRE, sobre CONTRADICCION DE SENTENCIA, DECLARATORIA DE PATERNIDAD y NULIDAD DE INSCRIPCION DE PARTIDA. CUARTO: NOTIFIQUESE a las partes para que en el plazo de tres días entreguen a este juzgado copias de los escritos y resoluciones que obren en su poder relacionados al expediente antes indicado. QUINTO: NOTIFIQUESE a los demandados MIGUEL ORE DONAYRE, JOSE DEMETRIO ORE DONAYRE, MARIA SOFIA ORE DONAYRE y MARIA JOSEFINA ORE DONAYRE, la parte Resolutiva de la presente mediante Edictos a través del Diario Oficial «El Peruano» y «Al Día Con Matices» por tres días consecutivos.- Una firma doctor Jacinto Cama Quispe – Juez.- Una firma, doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 18 de Mayo de 2010.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Publicar: 31 de Mayo, 01 y 02 de Junio.

EDICTOS FAMILIA
EXP.2009-0446- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez GARNICA; ha ordenado, publicar extracto de RESOLUCION N°09: de fecha 04-03-2010, 1° DECLARAR NULO todo lo actuado a fojas 21. 2° ADMITIR la presente demanda interpuesta contra AURELIA ELIZABETH SAAVEDRA VALERIANO sobre VIOLENCIA FAMILIAR, Maltrato Físico, en agravio de DAVID CAÑARI BALVIN, en consecuencia tramítese vía del proceso UNICO; Córrase TRASLADO a la presunta autora, por el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de tenerse por contestada la demanda en su rebeldía.3° ORDENÓ: como MEDIDA DE PROTECCION que la demandada se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar-Maltratos físicos y/o psicológicos, en agravio de DAVID CAÑARI BAVIN; BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENARSE SU DETENCION POR 24 HORAS. RESOLUCION N°12, de fecha 19-04-2010: NOTIFIQUESE al agraviado con la Resolución N°09, 12 y 14, mediante EDICTOS, confiérase traslado por el plazo especial de QUINCE DIAS para que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Resolución N° 14, de fecha 03-05-2010: CORREGIR la Resolución N°12, de fecha 19-04-2010, en el extremo que debe entenderse notificar al agraviado con la Resolución 09 y 12, dejándose intacto lo demás que contiene. Fdo.Secretaria: Hernández. Cañete, 03.05.2010.
EXP.2010-0054- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez GARNICA; ha ordenado, publicar extracto de RESOLUCION N°02: de fecha 28-01-2010, 1° ADMITIR la demanda interpuesta contra Doris Uriarte Bustamante, tramítese conforme a las pautas del proceso SUMARISIMO; 2° confiérase TRASLADO a DORIS URIARTE BUSTAMANTE, por el término de CINCO DIAS, debiendo contestar la demanda en el plazo indicado y pronunciarse sobre cada punto expuesto, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento nombrársele curado procesal; NOTIFIQUESE a los familiares de la presunta interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE, a fin de que se apersonen al proceso; y en su caso sean notificados con la presente demanda. Fdo.Secretaria: Mesias. Cañete, Mayo de 2010.
EXP.2009-0727.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado, publicar extracto de RESOLUCION N°01: de fecha 22-09-2009, 1° ADMITIR la demanda interpuesta contra ALEXANDER JUNIOR LAZO CHARUN, en agravio de LOURDES INOCENTA MEDINA RODRIGUEZ, y contra LOURDES INOCENTA MEDINA RODRIGUEZ en agravio de THALY NAOMI LAZO MEDINA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, como presunto autor de Actos de Violencia Familiar-Maltrato PSICOLOGICO, y CORRASE traslado a los presuntos agresores por el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía.- RESOLUCION N°05, de fecha 21-05-2010, notifíquese al demandado por el plazo de QUINCE DIAS, a efectos de que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- Fdo.Secretario: Calagua. Cañete, 21 de Mayo de 2010.
2, 3 y 4 de Junio

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha la señora Juez Dra. Alicia I. Valdivieso Roque y Secretaria María R. Sánchez Soriano, Exp. 2010-0078, MAXIMILIANO CASTRO CARDENAS, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO; a fin de que se RECTIFIQUE el prenombre de su difunta madre ANGELA por «ANGELICA, debiendo figurar en lo sucesivo como «ANGELICA CARDENAS LEVANO».
Lunahuaná, 22 de Mayo de 2010.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
EDICTO PENAL
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez SULCA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0677, a YAURI BAUTISTA LUIS, Reo Contumaz, para LECTURA DE SENTENCIA, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Mansur Sauri Manrique; para que se constituya a este despacho dentro de los 3 días de la última publicación, se dispondrá su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Cañete 18.05.2010. Secretaria: Flores
2, 3 y 4 de Junio

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra: EXP.-2008-0322, a MARIA NAPA DE ROJAS, para LECTURA DE SENTENCIA, Delito: Contra el Patrimonio-Usurpación Agravada, Agraviado: Arsenio Marcos López Zapata. Cañete 24.04.2010. Secretario: Astohuaman.

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL, Juez VALDIVIESO, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra: EXP.-2009-0397, a PEDRO SARAVIA JIMENEZ, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Edelmira Paulina Peve Espichan. Imperial 25.05.2010. Secretario: Lovera.
2, 3 y 4 de Junio

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA: «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente – Cañete, se presentó doña TERESA DOMINGA VICENTE VIZARRETA, quien solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la madre de la titular de la Partida: dice: CARMEN VIZARRETA HUAMAN, debe decir: CARMEN ROSA VIZARRETA HUAMAN.- Datos de la titular de la Partida: dice: TERESA DOMINGA VICENTE, debe decir: TERESA DOMINGA VICENTE VIZARRETA. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 19 de Mayo de 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA: «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente – Cañete, se presentó doña ELISA VICENTE VIZARRETA, quien solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la madre de la titular de la Partida: dice: CARMEN VIZARRETA HUAMAN, debe decir: CARMEN ROSA VIZARRETA HUAMAN. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 19 de Mayo de 2010
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA: «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente – Cañete, se presentó don JUAN CARLOS VICENTE VIZARRETA, quien solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la madre del titular de la Partida: dice: CARMEN VIZARRETA HUAMAN, debe decir: CARMEN ROSA VIZARRETA HUAMAN. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 19 de Mayo de 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

EDICTO JUDICIAL
OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA
Exp. 2010-107.- Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Dr. Jacinto A. Cama Quispe, Secretario Judicial Omar Velásquez Ochoa; en lo seguido por Saravia López Carmen Rosa, Saravia López José Omar, Saravia López Irene Patricia y Saravia López Sara Jeens con Dolorier de Carrillo María Carmen y Sucesión Carrillo Apolaya Felipe Grimaldo, sobre Otorgamiento de Escritura Pública, con Resolución N° 02 se ha ordenado NOTIFICAR vía EDICTOS a la demandada SUCESIÓN CARRILLO APOLAYA FELIPE GRIMALDO, con la demanda interpuesta en el presente proceso, cuyo extracto del petitorio es el siguiente: «… venimos a interponer demanda de otorgamiento de escritura pública, a efectos que por sentencia o conciliación se ordene a los emplazados otorgar la escritura pública de compraventa del inmueble ubicado en Av. Mariscal Benavides 350 - 370, del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, bajo apercibimiento de que sea otorgada por el Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete,…»; bajo apercibimiento de nombrarse su CURADOR PROCESAL, en caso no se efectúe la respectiva contestación de la demanda. Lo que se NOTIFICA vía edictos, conforme al Artículo 165° y 479° del Código Procesal Civil.
San Vicente de Cañete, 26 de Mayo de 2010.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial - Juzgado Civil de Cañete
Publicar: 02, 03 y 04 de Junio.

EDICTO
Exp. N° 2009-211-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del Distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos y Secretario Elmer Flores Vilchez, por Resolución número tres, de fecha 22 de Enero 2010, en la vía del proceso ABREVIADO se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por CARLOS ALEGRE SALAZAR contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA, para que se declare propietario del predio ubicado en el Lote SL-10, Los Acantilados de Bujama Baja, distrito de Mala, provincia de Cañete, de un área de doscientos dos punto cuarenta metros cuadrados; ordenándose notificar al demandado, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, notificándose asimismo a los propietarios de los predios colindantes y publicándose un extracto de la presente resolución, por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos.
Mala, 22 de Enero de 2010.
Elmer V. Flores Vílchez
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Publicar. 02, 08 y 14 de Junio

Movimiento Político Independiente
Concertación para el Desarrollo Regional Lima
COMUNICADO
El Comité Electoral Regional del Movimiento de Concertación para el Desarrollo Regional de Lima, pone en conocimiento de sus afiliados que la elección interna de los delegados distritales y provinciales, quienes a su vez elegirán a los candidatos que nos representarán en el Proceso Electoral de Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional de Lima, Consejeros Regionales, Alcaldes Provinciales y Distritales y Regidores, se llevará a cabo el próximo Domingo 06 de Junio desde las 9:00 a.m. hasta las 16:00 horas, en los locales de los comités provinciales de las nueve provincias de la jurisdicción territorial de la Región Lima.