24 junio 2010

JEEC DECLARA INADMISIBLE INSCRIPCION DE RUFINA LEVANO A ALCALDIA PROVINCIAL...
¡Mal augurio para el Ing. Nelson Chui!. El Jurado Electoral Especial de Cañete, declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la candidata a la alcaldía provincial de Cañete por el movimiento Concertación Para el Desarrollo Regional de Lima, Rufina Lévano Quispe, porque dos de sus regidores no han cumplido con los requisitos que estipula el Jurado Nacional de Elecciones.
Según la Resolución Nº 01-JEE-2010 que firman los colegiados, expresan que el candidato a regidor de «La Familia», Miguel Ángel Zapata Garayar, figura como militante del Partido Político Somos Perú desde el 22 de noviembre del 2004.
Igualmente la aspirante a regidora de La Familia, Ana María Peña García, presentó el DNI ilegible, por lo que deberán subsanar las observaciones dentro de los dos días naturales, tal como estipula la norma del JNE.
La presidenta del Jurado Electoral de Cañete, Dra. Judith Marcelo Ciriaco, fue tajante al señalar, “de no levantar las inscripciones dentro de las 48 horas de su notificación, se declarará nula la Lista de Rufina Lévano”.
PERSONEROS DEL PPC OBSERVADOS...
Por otro lado, el Jurado Electoral Especial de Cañete, también declaró inadmisible la solicitud de inscripción de los dos personeros del Partido Popular Cristiano al no cumplir con los dispositivos que exige la ley.
Explica que el Personero Legal del PPC, José Luis Rodríguez Morales, solicitó la inscripción de sus personeros alternos: Jaime Juan Lostaunau Cama y Cristhian Eduardo Vicente Aliaga, sin embargo, ambos no ostentan los requisitos que exige el JNE.
En este mismo punto, Judith Marcelo, dijo que sólo los grupos políticos de Confianza Perú y «La Familia», han cumplido con la acreditación de sus personeros legales: Juan Carlos Godoy y Carlos Alberto Ruiz Magallanes, respectivamente
Como se sabe, la única persona autorizada para solicitar la inscripción de los postulantes a los municipios y gobiernos regionales, hacer los reclamos y otros aspectos relaciona-dos con el ente electoral, es el Personero Legal de cada organización política. “Faltan sólo diez días para el cierre de inscripción. No habrá prórroga. Es preocupante que hasta ahora, no exista ningún grupo político inscrito en el Jurado Electoral Especial de Cañete“, precisó Judith Marcelo.


PERÚ POSIBLE, OFICIALIZA CANDIDATURAS DE FÉLIX MENDOZA A LA PROVINCIAL... AGAPITO RAMOS, A ASIA... Y RAFAEL ESPINOZA A IMPERIAL...
El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Perú Posible, oficializó a los candidatos distritales, provincial y regional que postularán en las contiendas electorales de octubre próximo, tras superar algunos inconvenientes que se produjeron al interior de este grupo político. El secretario general provincial, Segundo Paul Arias Pachas, indicó que la proclamación de los candidatos se realizó en el VIII Congreso Nacional Extraordinario del Partido Perú Posible, realizado recientemente en la ciudad de Lima.
Los candidatos elegidos fueron: Numa Rueda Caycho (Chilca), Kojira Ikeda Iris Elena (Mala), Julio Roberto Jara Manco (Calango), Agapito Zacarías Ramos Manco (Asia), Alberto Ciriaco Campos (Cerro Azul) y Martha Aurora Panchano Petrovich (San Luis).
Igualmente, Rafael Halmar Espinoza De Thomas (Imperial), Juan Ochoa Nolazco (Lunahuaná), Ethel Julia Gonzáles Carranza (Pacarán), Martín Yangali Cóndor (Quilmaná), Leoncio De La Cruz Castillón (Nuevo Imperial) y Félix Hugo Mendoza Saravia (Cañete).
Paúl Arias, indicó que en los distritos que no han sido elegidos o no hubo el consenso para designar a los candidatos, el Comité Ejecutivo Provincial, hará la invitación al buen vecino.
Paúl Arias, indicó también que para la presidencia del Gobierno Regional de Lima, ha sido designado el Ing. Roberto Rojas, tras superar a los pre candidatos Walter Gago y Carlos Almerí.
La inscripción ante el Jurado Electoral Especial de Cañete, se realizará el próximo lunes con la asistencia del congresista de la república, David Waisman.


OSCAR SAAVEDRA, SOLO ESPERA OFICIALIZACIÓN COMO CANDIDATO DEL APRA EN CAÑETE
SAN VICENTE.- Luego de recibir el respaldo mayoritario en las contiendas internas del APRA, el Econ. Oscar Saavedra Chaupin, está sólo a la espera de la oficialización de su candidatura a la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Cañete y participar en las contiendas del tres de octubre.
Indicó que es muy respetuoso de las decisiones de su agrupación política, pero que confía de encabezar la lista del APRA a nivel provincial y llevar un equipo compacto para ganar las elecciones.
Sumamente optimista y confiado en el triunfo electoral, Oscar Saavedra, anuncia realizar el gobierno más exitoso que haya tenido la historia de Cañete.
“Le he dicho a mis compañeros. Una vez que oficialicen mi candidatura, tengan la plena seguridad que vamos a gobernar y hacer una gestión exitosa porque conocemos de administración municipal”, acotó.
Tras indicar que tiene el respaldo del candidato a la región, Dr. Andrés Tello Velazco, indicó que el próximo lunes se inscribirá la lista regional en el Jurado Electoral de Huacho.
“Estamos a punto de cambiar la historia de Cañete y la región Lima”, indicó Oscar Saavedra quien se encontraba rodeado de un buen número militantes apristas de la base de San Vicente.


PERÚ LNG INVENTÓ DENOMINACIÓN DE PAMPA MELCHORITA, QUE AHORA UTILIZA GOBIERNO REGIONAL DE ICA PARA CREAR CONFUSIÓN.
Así lo reconoció en el 2008 su propia Gerente General Bárbara Bruce, pero nuestras autoridades no hicieron nada al respecto...
Por: Eladio Quispe Muchotrigo - Registro 5532 FPP
El pasado jueves 10 de junio, se procedió con el acto de inauguración y puesta en operación la Planta de Licuefacción del Gas de Camisea, proyecto promovido por Perú LNG, en terrenos que se ubican entre los kilómetros 167 al 170 de la panamericana sur, jurisdicción del distrito de San Vicente, importante obra que permitirá exportar el gas natural licuado a mercados de México, Estados Unidos y Europa.
La gran mayoría de medios de comunicación nacional, recogiendo una información errónea de la agencia oficial de noticias ANDINA, que fue notificada por la oficina de prensa de Palacio de Gobierno, consignaba que tan trascendental acto se realizaría en jurisdicción iqueña perteneciente a la vecina provincia de Chincha, aflorando nuevamente a la actualidad un diferendo limítrofe que surgió mal intencionadamente de unas malas autoridades sureñas, que al tener conocimiento de la ejecución de este proyecto a inicios de la década del 90, pretendieron confundir a la población, generando un DIFERENDO LIMÍTROFE, donde histórica y legalmente nunca ha existido, puesto que toda la documentación vigente así como la cartografía nacional señalan clara y contundentemente que la línea divisoria Cañete (Lima) – Chincha (Ica) ha estado siempre perfectamente delimitada por la QUEBRADA TOPARÁ ubicada en el kilómetro 179.369 de la panamericana sur.
Lamentablemente, esta intención expansionista chinchana, tuvo su mejor aliado a la propia empresa promotora del proyecto PERÚ LNG, puesto que fueron ellos, quienes INVENTARON la denominación de PAMPA MELCHORITA (curiosamente colocando el mismo nombre al proyecto tal como lo vienen promocionando por la televisión nacional) soslayando la toponimia propia del lugar que señala toda documentación cartográfica peruana utilizada por los estamentos del gobierno en el mundo entero, que perfectamente corresponde a PAMPA EL VITUCO o PAMPA LARGA.
Y ha sido la propia PERU LNG, quien reconoció esta situación, mediante documento cursado por su gerente general Bárbara Bruce (PLNG-GM-0376-08 del 02 de septiembre de 2008) y dirigido al Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima Luis Aguilar Ramos. En señala textualmente: «La denominación pampa Melchorita fue creada por PERÚ LNG para identificar el terreno de su propiedad, donde se construirá la Planta de Licuefacción de Gas Natural y no para designar o cambiar el nombre de una pampa de la zona, como Pampa El Vituco, debidamente reconocida como tal en las Cartas nacionales y en la cual se encuentra comprendido en parte el terreno de PERÚ LNG».
Si ya existía una denominación perfectamente conocida y reconocida en la zona, cuál era la necesidad de crear una nueva, que curiosamente, contrariamente a los legítimos derechos cañetanos, identifica a una beata chinchana. Porqué no se buscó un nombre que identifique o reafirme nuestra legítima propiedad, sin ningún tipo de confusión, como la que ahora se vive, en virtud a esta antojadiza actitud asumida por esta empresa.
Pero, la representante de PERÚ LNG, como pretendiendo decir que ellos no fueron culpable de la confusión, que generó por ejemplo la desinformación del día de la inauguración, agrega en su misiva: «Resulta inexacto afirmar que el uso de la denominación Pampa Melchorita por parte de PERÚ LNG causaría confusión respecto a la toponimia utilizada en las Cartas Nacionales del Instituto Geográfico Nacional para las pampas ubicadas en la zona en mención, pues el nombre de Pampa Melchorita es la denominación utilizada válidamente por PERÚ LNG para designar el terreno de su propiedad y no una pampa o zona geográfica en particular».
La respuesta en evidente y con lo sucedido en la fecha inaugural de la planta, ante la desinformación, que esperemos no haya sido intencionada por alguien, queda en los suelos lo antes afirmado. En todo caso si el Gobierno Regional de Lima, desde al año 2008 conocía esta respuesta, qué fue lo que hizo para exigir que toda información oficial sobre el proyecto consigne la información que los terrenos donde se ha edificado la infraestructura pertenecen a la provincia de Cañete, porque así LEGALMENTE lo confirman los documentos oficiales. Les hubiera gustado a los de PERÚ LNG que en el documento de compra de los terrenos se hubiera consignado que las hectáreas adquiridas se encontraban en la jurisdicción de Chincha, no les hubiera gustado ni lo habrían permitido, porque ese dato ERRÓNEO invalidaría toda transacción comercial.
Ya es tiempo que las autoridades regionales y locales exijan de una vez por todas, que PERÚ LNG consigne en toda información oficial que identifique al proyecto, que se encuentran en la provincia de CAÑETE y no en la zona limítrofe de frontera, porque ellos no están ubicados en la Quebrada Topará.
¡RESPETO EXIGIMOS LOS CAÑETANOS!


CORTE DE CAÑETE ORGANIZA SEMINARIO SOBRE LA NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
En el marco de pronta implementación de la Ley N° 29497

Con la asistencia de Magistrados, Operadores Jurisdiccionales y Administrativos del Distrito Judicial de Cañete, se realizó el martes 22 de junio en el auditorio de la Corte Superior de Justicia de Cañete (Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente de Cañete), el seminario sobre: «La Nueva Ley Procesal del Trabajo» e «Inspección Administrativa Laboral», a cargo del Dr. Francisco Gómez Valdez y de la Inspectora del Ministerio de Trabajo, Dra. Elizabeth Ponce Martínez.
El evento se inició con las palabras de bienvenida e inauguración del mismo, a cargo de la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández, para seguidamente la Presidenta de la Comisión de Capacitación de Magistrados Dra. Luz Gladys Roque Montesillo agradecer a los expositores y a los asistentes.
El Doctor Francisco Gómez Valdez, abogado experto en materia laboral, señaló que la Ley Procesal Laboral constituye un instrumento que plantea en conjunto una nueva concepción del proceso laboral basado fundamentalmente en la oralidad, modelo que a la luz de las experiencias del derecho comparado y a la luz de la innovación efectuada recientemente en el Proceso Penal Peruano tiende precisamente a lograr que los procesos puedan ser resueltos en forma mas rápida y eficaz con el objeto de que los justiciables puedan hacer efectivos sus derechos sustanciales.
La nueva norma introduce una justicia laboral que comprende a todo conflicto jurídico nacido de una prestación personal de servicios, de naturaleza laboral, formativa, cooperativista y administrativa; sean estos individuales, plurales o colectivos, referidos a aspectos sustanciales o conexos, previos o posteriores a la prestación efectiva de los servicios.
Por su parte, la Dra. Elizabeth Ponce Martínez señaló que «La Inspección del Trabajo es un servicio público y tiene por finalidad: Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas de orden sociolaboral y de la seguridad social, exigir las responsabilidades administrativas que procedan, además de Orientar y asesorar técnicamente en dichas materias, de conformidad con el Convenio Nº 81 de la OIT.
Al finalizar las exposiciones, continuó la rueda de preguntas que los magistrados y el auditorio formuló a los ponentes. Asimismo, cabe señalar que la Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, Juez del 1er. Juzgado Mixto de la Corte Superior de Cañete, aportó como Panelista en el Seminario.
SE NECESITA ALQUILAR LOCAL
El Ministerio Público del Distrito Judicial de Cañete necesita contratar el servicio de arrendamiento de local para el funcionamiento de la Morgue de la División Médico Legal de Cañete, que reúna las siguientes características:
En Cañete
. Area construida mínima de 150 m2
. Ubicado en zona periférica.
. De preferencia con 02 ambientes y con 02 baños, 01 piso
. De preferencia con servicio de luz, agua,y desagüe
. Construcción de material noble y con acabado de cerámica
Las propuestas serán recibidas en 02 sobres cerrados que contendrán la Propuesta Económica (merced conductiva mensual) y la Propuesta Técnica (copia del plano,copia de partida registral y/o compra venta y fotos del local) hasta el día Miércoles 30 de Junio del presente en Jr. Sepúlveda 215 - San Vicente - Cañete Teléfono: 5813009 Anexo 3135.

QUINTA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los autos seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU – SUCURSAL DE CAÑETE contra CELESTINO YACTAYO VILLALOBOS y MARIA MAGDALENA CAYCHO CALAGUA DE YACTAYO, sobre Ejecución de Garantías, Exp. 1770-2000, el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Secretaria Judicial Dra. Daisy Guzmán Sánchez, por resolución N° 84 de fecha 07 de Junio 2010, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN QUINTA CONVOCATORIA el siguiente inmueble: ubicado en CAU Cerro Blanco Unanue número de Parcela 11D Proyecto Cerro Blanco Valle Cañete, distrito San Vicente de Cañete, provincia Cañete y departamento de Lima, con un área de 1 Ha. 5,000.00 m2. linderos, medidas perimétricas y declaración de fábrica de grifo de combustibles y lubricantes que corren inscritos en la Partida Electrónica N° P03139403, del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
VALOR DE TASACION: US$ 373,694.80 (TRESCIENTOS SETENTITRES MIL SEISCIENTOS NOVENTICUATRO Y 80/100 DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 130,083.89 (CIENTO TREINTA MIL OCHENTITRES Y 89/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a los dos tercios del valor de tasación, menos cuatro veces la deducción del 15% por tratarse de Quinta Convocatoria.
AFECTACIONES VIGENTES: 1).- HIPOTECA, AS.00006 de la Partida Electrónica N° P03139403, constituida a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU OFICINA DE CAÑETE, hasta por la suma de US$ 373,694.80 Dólares Americanos. 2).- INSCRIPCION DE EMBARGO, AS. 00007 de la misma Partida, hasta por la suma de US$ 7,500.00 (Siete mil quinientos y 00/100 Dólares Americanos). En los seguidos por PRIMAX S.A. con Celestino Yactayo Villalobos y María Magdalena Caycho de Yactayo sobre Medida Cautelar. 3).- INSCRIPCION DE CARGAS, AS. 00008 de la misma Partida, Inscripción de Resolución Administrativa N° 078-94-DERP de fecha 09/12/1994, referente a la inscripción de adjudicación, hipoteca legal y cancelación de la misma efectuada con fecha 21/04/1994, es decir con posterioridad a que el Registro Predial asumiera jurisdicción sobre la CAU CERRO BLANCO UNANUE. Dicha Resolución dispone que la Oficina de Asesoría Jurídica remita los antecedentes al Procurador Público para que interponga las acciones legales pertinentes en relación a las irregularidades detectadas en el traslado de fojas 157 asiento 1 y 2 del Tomo 83 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete. 4).- INSCRIPCION DE SERVIDUMBRE, AS. 00009 de la misma Partida, se constituye una servidumbre de Desague de Regadío con una extensión de 145 m2. a favor de Jorge Roberto Asato Kina.
DIA Y HORA DEL REMATE: 09 de Julio 2010 a las 11:00 a.m.
LUGAR DEL REMATE: Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, sito en Avenida Mariscal Benavides N° 657, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignará el N° de Exp. Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18° D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Lima, 10 de Junio 2010. Martillero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio. Telf. 99410-4456.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Orlando Roca C. - Martillero Público - Reg. NAC. N° 205
Publicar: 24, 25 y 30 de Junio.
AVISO JUDICIAL
Exp. N° 2010-99-CI.- Ante el 2° JPLCÑ, que despacha el Dr. Daniel A. Soto Borjas, solicita ANA YSABEL CHAMORRO CANALES la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que el apellido materno de su padre, por error se ha consignado solo «SILVIO CHAMORRO», debiendo figurar correctamente «SILVIO CHAMORRO CLAROS» y el nombre de su madre, donde se ha consignado «NATIVIDAD CANALES», debiendo figurar correctamente «PASCUALA NATIVIDAD CANALES VASQUEZ», quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 15 de Junio de 2010.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0045, a CARLOS STEVE CARDENAS PEREZ, para INSTRUCTIVA, delito: Hurto Agravado, Agraviado: María Esmeralda Pachas Chumpitaz. Cañete 14.06.2010.
Secretaria: Zevallos

EXP. 2009-0111.- EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA; RESUELVE: NO HA LUGAR A LA APERTURA DE INSTRUCCIÓN en los seguidos contra ELOY FLORES FLORES, por Faltas Contra la Persona-Lesiones Dolosas en agravio de Hilda Mendoza Huamán, Soledad Robles Abarca y Aurelio Tumba Vilca, en consecuencia ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE la denuncia dejando a salvo los derechos de las partes respecto de la acción civil. Resolución N° 26 del 31-05-2010.
Secretaria: Medina.
23, 24 y 25 de Junio

EDICTO
Exp. N° 2010-197.- Dte: Leoncio Soto Robles, Ddo.: Maximina Aliaga Huamán. Mat.: Divorcio por Causal; por ante el 1° Juzgado de Familia - Cañete, la Juez ha dictado la resolución que se transcribe Resl. N° 02, (20/04/2010) Admitir la demanda incoada por Leoncio Soto Robles por Divorcio por Causal de Adulterio (Pretensión Principal) e Indemnización por Daños y Perjuicios y Liquidación de Sociedad de Gananciales (Pretensiones Accesorias), contra Maximina Aliaga Huamán y Ministerio Público, Vía Procedimental de conocimiento. EMPLAZECE a la demandada MAXIMINA ALIAGA HUAMAN por el PLAZO ESPECIAL DE SESENTA DIAS para que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.. Fdo. Juez: Garnica. Sec. Hernández. Cañete, 20 de Abril del 2010.
Jovanna E. Hernández Vásquez
Secretaria Judicial
1° Juzgado de Familia de Cañete
24, 25 y 26 de Junio

EDICTOS PENALES
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MALA, Juez CUENTAS, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0202, a GERMAN FELIPE BUSTINZA ORE, para INSTRUCTIVA, por Faltas contra la persona-Lesiones Culposas, Agraviado: Elvis Esteban Chumpitaz Cuya. Mala 07.06.2010. Secretario: Raymondi
EXP. 2010-0007.- EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA; RESUELVE: NO HA LUGAR A LA APERTURA DE INSTRUCCIÓN contra DESCONOCIDOS por Falta contra la Persona en agravio de CORNEJO ANAIZ ALONSO JOSE, en consecuencia, ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE la denuncia. Asia 08-06-2010, Secretaria: Medina.
22, 23 y 24 de Junio del 2010.

EDICTO FAMILIA
EXP.2010-0186.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado, publicar extracto de RESOLUCION N° 01, de fecha 09-03-2010, 1° ADMITIR la demanda interpuesta contra HECTOR CRESCENCIO LUME GUTIERREZ, como presunto autor de Actos de Violencia Familiar-Maltrato físico, en agravio de AMADEO FELIX LUME CHAVEZ Y CORRASE traslado al demandado por el término de QUINCE DIAS, a efectos de que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley , bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Fdo.Secretaria: Herrera. Cañete, 01-06-2010.
22, 23 y 24 de Junio del 2010.

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-1089, a DAVID CHILQUILLO LANDEO, ALICIA CENTENO GIRON y LUIS GUSTAVO QUISPE RAMIREZ, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado, Agraviado: Juan Saul Remuzgo Sanchez y Marino Ramiro Quispe. Cañete 08.06.2010.
EXP.-2005-0293, a WILDER RAFAEL GALLARDO VELASQUEZ, MARIA FELICITA GARCIA VASQUEZ, TONY SECHIFINO ROJAS CUZCANO, DANIEL SANCHEZ FELIPE, ALEX WILIIAMS FERNANDEZ YACTAYO, LUIS NERY SANTOS MORALES, DIANA LEONOR GUZMAN QUISPE, MARTHA ELIZABETH NAPAN MUÑOZ Y JORGE EDWARD MARROQUIN CAYCHO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Usurpación Agravada, Agraviado: Asociación Civil El Alto Quilmaná-El Rosario. Cañete 07.06.2010.
EXP.-2006-0978, a JOSE JULIAN SOTO MAGALLANES, para INSTRUCTIVA, Delito: Conducción en estado de ebriedad, Agraviado: La Sociedad. Cañete 08.06.2010.
EXP.-2007-0489, a WALTER LUIS ARTEAGA QUISPE, para INSTRUCTIVA, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviado: Luis Ángel Arteaga Quispe. Cañete 08.06.2010.
EXP.-2008-0028, a JUAN ANTONIO CASTILLO SANCHEZ y MIRIAM MAGDALENA DE LA CRUZ CASTILLO, para INSTRUCTIVA, Delito: Turbación a la Posesión, Agraviado: Luis Virgilio Llanos Sánchez. Cañete 08.06.2010.
EXP.-2006-0578, a ANDRES ELEODORO FERNANDEZ VALENCIA, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Hurto Agravado, Agraviado: Telefónica del Perú S.A.C. Cañete 10.06.2010.
EXP.-2007-0058, a FELIX SATURNINO EUGENIO CHUMPITAZ, para INSTRUCTIVA, Delito: Apropiación Ilícita, Agraviado: Ramon Erubino Rivas Muchotrigo. Cañete 08.06.2010.
Secretaria: Zevallos.
22, 23 y 24 de Junio del 2010.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2010-036 por ante el Segundo Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cañete, 30 de Abril del año 2010. ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA sobre DIVISION Y PARTICION del Inmueble situado en el Distrito Agrícola de Victoria de la Irrigación de Imperial Lote N° 583-G interpuesto por ROQUE DAPELO RAMIREZ, contra JOSE LUIS CALVO ALFONSO y LA SUCESION DE DOÑA SOFIA ALFONSO LUYO debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. (…) EMPLÁCESE la demanda a la SUCESIÓN DE DOÑA SOFIA ALFONSO LUYO para que dentro de TREINTA DÍAS de notificado por EDICTO absuelva la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad un extracto de la presente Resolución (Auto Admisorio); por TRES VECES con intervalo de TRES DIAS. José De La Cruz Vargas. Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón – Secretario Judicial.
Cañete, 23 de Junio de 2010.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial - Segundo Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 30 de Junio y 05 de Julio.

EDICTO
Exp. N° 2010-141 Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial de la provincia de Cañete, que despacha la Dra. Alicia Valdivieso Roque; Secretaria Dra. Belka Saravia Santana, solicita YENY ZULLY MENDOZA CARDENAS, la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fueron su señor padre MANUEL RUFINO MENDOZA SOTO fallecido el 03-04-2008, fallecido en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima; se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a la herencia.
Imperial, 22 de Junio de 2010.
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e)
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrfa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EVA DORIS CHUMPITAZ DE FRANCIA, con DNI N° 15364700, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre OFELIA MARIA GUADALUPE VARGAS LA MADRID, fallecida el 30 de Setiembre de 1989, teniendo como último domicilio el distrito de Cerro Azul – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 18 de Junio de 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, RAUL CESAR BERNARDO VILCA, con DNI N° 15343969, solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe error material en los nombres de sus progenitores dice: ALFONSO MAXIMO BERNARDO CARHUACUSMA, EDUVINA EUSEBIA VILCA SALHUANA, debe decir: ALFONSO BERNARDO CARHUACUSMA, EDUVINA VILCA SALHUANA, lo que se publica para los fines de ley. Cañete, 19 de Junio de 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, WALTER MAXIMO BERNARDO VILCA, con DNI N° 15347628, solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite los apellidos maternos de sus progenitores dice: ALFONSO BERNARDO C., EDUVINA VILCA, debe decir: ALFONSO BERNARDO CARHUACUSMA, EDUVINA VILCA SALHUANA, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 22 de Junio de 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

SUCESIÓN INTESTADA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte y Sec. María R. Sánchez Soriano. Exp. 2010-0086 VICTOR SANCHEZ LUYO, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre FELICIA LUYO SANCHEZ, quien falleciera el 24 de Diciembre de 1994 y que tuviera como su último domicilio en el Anexo San Jerónimo s/n del distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que comunico a todas las personas que se consideren con derecho a ser incluidos en esta sucesión, para los fines de ley.
Lunahuaná, 16 de Junio de 2010.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO – ABANDONO DE MENOR
EXP. 2010-0100-FA.- EL JUZGADO MIXTO DE MALA, Juez DE LA CRUZ, en la Investigación Tutelar sobre Abandono moral y material a favor de los Menores JHONATAN HUAMAN AMBROSIO (06), JUAN NICOLAS ESPINOZA GUERRA (09), SAMUEL ROSALES GRANADOS (09), CRISTIAN PUMAYLLE SOLIS (11), ERICK PUMAYLLE SOLIS (08), CARLOS PUMAYLLE SOLIS (13), JULIO CESAR GARCIA LEGUIA (10), NANDO MAURICIO CHILIPIO CARRION (12), DIEGO EDUARDO ESPINO ESTEBAN (12), NESTOR ELI TIRADO HERRERA (14), EMILIO MARINO QUISPE CHUJANDAMA (13), GIAN MARCO GARCIA LEGUIA (13), RENZO ISAAC PARIGUANA ESPINOZA (13), JHON ALEXANDER QUISPE TIBURCIO (16), HUBERT JANAMPA POCCO (16), WILLIAM RICARDO JAUREGUI MONTOYA (15), JULIO VENTOCILLA UGARTE (14), JORGE VENTOCILLA UGARTE (12), JUNIOR CHRISTIAN LUCIO TELLO (16), JOEL HUAMAN BACA (14), LUIS ALBERTO JAYO FLORES (16), WILMER CCOICCA HUAMAN (14), EMERSON CCOICCA HUAMAN (17), RICARDO REYNAGA HUAMAN (08); Mediante RESOLUCION N°01, MALA, de fecha 14-06-2010; DISPONGO: Se reciba la declaración de los padres: SANTUOSA HUAMAN MAUCAYLLE, JULIO REYNAGA RIVAS y BENEDICTA AMBROSIO DE LA CRUZ, quienes deberán acercarse al Juzgado a una Audiencia especial el día Lunes 12-07-2010, hora: 10.00 am; BERTHA LEGUIA LEGUIA, SABAS GARCIA MORETO y CARLOS PUMAYLLE QUISPE quienes deberán acercarse al Juzgado a una Audiencia especial el día Martes 13-07-2010, hora: 10.00 am; IRENE VALENTINA ESPINOZA GUERRA, NICOLAS LOAYZA, VICTORIA DINA VENTOCILLA UGARTE, ROXANA GRANADOS DOMA, RODOLFO ROSALES, NATIVO JAYO QUICHCA y JULIA ANTONIETA FLORES HUAMANCHA, quienes deberán acercarse al Juzgado a una Audiencia especial el día Miércoles 14-07-2010, hora: 10.00 am, NANCY ADA ESTEBAN TOLENTINO, EDUARDO MOISES ESPINO LEON, EULOGIA CARRION PASTOR, FELIX CHILIPIO CARRASCO, FELICITA POCCO YUPANQUI, PEDRO HECTOR JANAMPA QUISPE, NELLY LEONCIO MONTOYA AGUILAR, JORGE JAUREGUI SILVA, HILTER CHUJANDAMA PIZANGO, quienes deberán acercarse al Juzgado a una Audiencia especial el día Jueves 15-07-2010, hora: 10.00 am; ROMAN LUCIO RAMIREZ, MARIA ISABEL TELLO SARMIENTO, MAXIMO QUISPE GOMEZ, GLORIA ZOILA TIBURCIO CAYETANO, MARIA NELIDA HERRERA VASQUEZ, GUILLERMO TIRADO LOZANO, ISAAC PARIGUANA, YOLANDA ESPINOZA ALGOVER y HERNAN HUAMAN GAMARRA, quienes deberán acercarse al Juzgado a una Audiencia especial el día Viernes 16-07-2010, hora: 10.00 am. Fdo.Secretaria: Valiente, Mala 14.06.2010.
23, 24 y 25 de Junio