14 abril 2010

Ha programado Segundo Curso Gratuito Sobre Nuevas Tendencias y Avances de Atención A Los Clientes...
DIRCETUR LIMA CONTINUA CAPACITACIONES A PERSONAL DE RESTAURANTES CAÑETANOS...
Desde el 15 al 17 de abril, se desarrollará –en el hotel Villasol de Lunahuaná (Cañete)– el segundo curso de capacitación gratuita denominado «Desarrollo de Habilidades y Destrezas para la Atención de Clientes en Restaurantes», luego de la buena acogida que tuvo el primer evento organizado también por la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Lima.
La jornada tiene como finalidad capacitar al personal de estos establecimientos en las nuevas tendencias y avances de atención a los consumidores, para que estén preparados sobre todo en las fechas de celebración como el Día de la Madre que es la más próxima.
«El evento se ha programado gracias a una alianza estratégica con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), gobiernos locales y organizaciones públicas y privadas», afirmó el gerente de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lima, Freddy Jordán Medina.
El curso se realizará de 4 de la tarde a 9 de la noche y al término de los tres días se entregarán certificados a quienes hayan asistido a todas las sesiones.
Para la inauguración se ha confirmado la presencia de la directora nacional de Normatividad y Supervisión del Mincetur, Econ. Isabel Mendoza Navarro; el alcalde de Lunahuaná, Ovidio Espinoza Escajadillo; y del director regional de Comercio Exterior y Turismo, Emilio Díaz Mori.
De otro lado, la Dircetur ha programado asistencias técnicas a los prestadores de servicios turísticos –alojamiento, restaurante, agencia de viajes y turismo– del distrito de Lunahuaná, con el objetivo de asesorarlos y orientarlos en el uso de las buenas prácticas en las empresas de este sector.
Aquellas personas interesadas en obtener mayor información, pueden llamar a la Dircetur (telefax 239-030, anexo 26) o escribir a wtrujillano@regionlima.gob.pe ó diregturismo@regionlima.gob.pe



FERIAS AGROPECUARIAS DE PROVINCIAS DE HUAURA Y CAÑETE SON CONSIDERADAS A NIVEL NACIONAL
El Ministerio de Agricultura aprobó el calendario nacional de ferias y eventos agropecuarios del año 2010, con efectividad al 01 de enero de este año. En la región Lima Provincias fueron consideradas 02 actividades de un total de 112.
En la provincia de Cañete, distrito de San Vicente, se realizará la «III Feria Regional Agropecuaria Expo Cañete 2010», con una duración de 04 días, desde el 23 al 26 de setiembre del 2010. La feria estará a cargo de la Agencia Agraria Cañete, la Municipalidad Provincial de Cañete y la Asociación de Productores Agrarios.
La «VII Feria Regional Agropecuaria y Expo Huacho 2010» se llevará a cabo en la provincia de Huaura, con una duración de 04 días desde el 04 al 07 de noviembre del 2010. Contará como comité organizador la Agencia Agraria Huacho, la Municipalidad Provincial de Huaura y la Asociación de Productores Agropecuarios.
El dispositivo ha quedado formalizado a través de la Resolución Ministerial Nº 0247-2010-AG, publicado en el diario el peruano.
Además, el artículo 2º de la resolución establece que el comité organizador de cada feria o evento, dentro de los 30 días calendarios posteriores a su finalización, presentará al Ministerio de Agricultura o a las Direcciones Regionales de Agricultura los resultados de su gestión.
«Esperamos que la realización de estas ferias consideradas a nivel nacional sean una plataforma de presentación de los productos que producen nuestros agricultores. Además sirven para el intercambio de ideas y conocimientos sobre nuevas tendencias agrícolas» afirmo el Ing. Luís Jiménez Sánchez, Director Regional de Agricultura.
Las sanciones benignas que dictan los magistrados alimentan la comisión de más delitos
ALCALDES QUE COMETEN PILLAJE MUNICIPAL NUNCA SON SENTENCIADOS A SEVERAS PENAS DE RECLUSION

Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez – CPP Reg. N° 681

En los momentos actuales en que campea toda la gama de delitos cometidos por quienes se ubican al margen de la ley y de las buenas costumbres, terreno en el que también están incursos muchos alcaldes y regidores de las provincias de Cañete y Yauyos, porque ellos habiendo sido favorecidos por el voto popular han defraudado y traicionado a su distrito y han despilfarrado el dinero público sin rendir cuenta a nadie y no es justo que signa gozando la impunidad de la justicia.

AYER SIGUIO EL JUICIO ORAL POR CASO MUNICIPAL DE MADEAN
La decena de implicados sobre el delito contra la administración pública en la modalidad de peculado en agravio de la municipalidad distrital de Madeán, siendo el principal responsable el ex alcalde Alejandro Chulluncuy y otros, ayer Martes 13 de Abril en curso estuvieron todos ellos en el banquillo de los acusados en cumplimiento de una fecha más de la audiencia pública en horas 9 y 40 de la mañana; pero luego de la lectura de las piezas principales del proceso la Sala penal presidido por el Dr. Moisés Martínez e integrada por los Drs. Jorge Villanueva y Durand Proado, suspendió la audiencia señalando la nueva fecha de reiniciación de la diligencia el día Jueves 15 de Abril en curso a horas 3 de la tarde posiblemente para la lectura de sentencia.

CUATRO DE LOS COACUSADOS AUSENTES SE BURLAN DE LA JUSTICIA
Conforme hemos informado con anterioridad, curiosamente cuatro de los implicados que viven en Lima y no son naturales de Madeán, no se presentaron al Tribunal en la audiencia pasada del 6 de Abril, igualmente en la audiencia de ayer nuevamente brillaron por su ausencia o estarían burlándose de la justicia, pese a que en las notificaciones enfatizan la obligatoriedad de su asistencia en el día y hora señalada, y conminándolos: «BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSELE REO CONTUMAZ Y ORDENAR SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL E INTERNAMIENTO…» Estos acusados que desacatan la citación judicial (o es que no les han notificado), corresponden a los nombres de Juan Antonio Matta Marín, Olinda Mendoza Rubina, Elías Cadillo Anaya y Susana Conde de Matta.

ACUSADOS SE ACOGEN A LA LEY DE CONCLUSION ANTICIPADA DE JUICIO
El principal acusado a fin de evitar mayores complicaciones penales en su contra, valiéndose de las tinterilladas y artificios de la ley ha promovida pronunciarse o acogerse por la «ley sobre conclusión anticipada del proceso penal» conforme estipula la Ley N° 28122. Sin embargo, esta misma ley en su Artículo 2° referente a la improcedencia de la conclusión anticipada, en su numeral 2 dice textualmente: «cuando el delito ha sido cometido por más de cuatro (4) personas, o a través de una banda u organización delictiva». Todos sabemos que en este proceso penal, directa o indirectamente tienen participación once personas; pero tiene la palabra la Sala Penal, si aplica la severidad de la ley, o mantiene la benevolencia punitiva; aunque «la justicia la encontramos en nosotros mismos, en la serenidad de la conciencia, en el sueño sin pesadillas».
Ismaelito y su primera vez en el ciberespacio
DE CARAPULCRA CHINCHANA A «PAN CON CAMOTE»...

SAN VICENTE.- No se olvida de sus ancestros para nada. En cada centro comensal siempre suele pedir su plato favorito: la rica sopa seca y la carapulcra chinchana y luego asentar con una gaseosa e ir a la faena diaria.
Pero, en otras oportunidades, cuando el tiempo le gana y la comisión de trabajo está primero, se acerca al stand de «Ventarrón» o «Gira» para pedir su vaso de chicha y su pan con camote para paliar el hambre.
Sus nombres y apellidos pueden delatar que es de origen chinchano, pero no. Él es más cañetano que el camote morado que se cosecha en las parcelas de La Quebrada.
Alejandro Vicente, popular «cien por ciento» cañetano», le queda chico porque sus proyectos y ambiciones tienen una dimensión mayor en esta pequeña aldea.

ISMAELITO…
Nos referimos a Ismael Tasayco Munayco, joven periodista, que en los últimos tiempos ha impuesto un novedoso estilo de enfocar la noticia en nuestra localidad.
Sus comentarios en la radio o sus artículos en las revistas, han generado más de una polémica en la comunidad, incomodando a nuestras autoridades que están más desubicadas que payaso en velorio.
Los destapes y los debates que ha desatado en diferentes medios de comunicación, han generado más de un dolor de cabeza, no sólo a los titulares del pliego sino a sus propios «chupes», calificativo con que suele llamar a sus incondicionales.
Hasta aquí nomás con el preámbulo de Ismaeilto quien ahora amenaza con lanzar al mercado del ciberespacio su blog al que le ha denominado http://www.panconcamote.blogspot.com/
«Amigos del rico Cañete. Ésta no es una página de noticias… Lo sentimos pero aquí no encontrará aburridos artículos, ni detallados análisis políticos, Nos llega. Puede entonces hacer click y huya a llorar a otra parte.», suele decir su blog.
¿Pero que novedoso tendrá el blog?. El propio Ismael Tasayco nos responde «si desea quedarse lo invitamos a leernos y disfrutar de nuestros apasionados comentarios y datos de primera mano recogidos de fuentes nada oficiales. ¡Que la pasen bien!.
Extraoficialmente se sabe que Pan con Camote, se inaugura el próximo lunes. ¿Y quiénes serán sus colaboradores?... Ayayayy… Nos dicen que estará Rubén Auqui… ¡Sí, usted, leyó bien!. También Karen Meléndez… Ay… ¿Otros? Ahí namá. ¡Provecho… ismaelito en este nuevo proyecto. (wilfredo cayllahua)
ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES 2010... EN PRIMERA LINEA…

ESTE FIN DE SEMANA PATRIA JOVEN LANZA CANDIDATURAS
La virtual candidata a la alcaldía provincial de Cañete por la agrupación política «Patria Joven», María Montoya Conde, anunció que este sábado 17 de abril hará el lanzamiento oficial de su candidatura hacia el sillón edil en compañía del líder de este movimiento y candidato a la Presidencia Regional de Lima, Javier Alvarado González del Valle.
Manifestando que la perseverancia de trabajar por el bienestar de todos los cañetanos, la llevara en esta oportunidad al triunfo en las próximas elecciones de octubre próximo, indicó que el lugar de la presentación de su candidatura será la explanada ubicada entre las calles San Agustín y Bellavista a partir de las 8.00 de la noche.
Señaló que el plan de Gobierno que se viene elaborando esta basado en las necesidades propias de cada zona de la provincia, informando que ya ha iniciado las visitas a distintos puntos de la jurisdicción cañetana para recoger las opiniones de la propia población.
Lamentó que la postergación de la construcción del recordado mercado modelo de San Vicente, sea consecuencia de la pésima actuación de gestiones anteriores que irresponsablemente negociaron un terreno sin haber sido legalmente saneado.
Si bien existe la posibilidad de edificar un nuevo centro de abastos en otro punto de la ciudad de San Vicente, agregó que su administración municipal no dejará de lado aquellos comerciantes que confiaron en la Municipalidad Provincial para hacer realidad el sueño de tener su propio mercado.
Finalmente, adelantó que el sábado 17 de marzo, la ciudadanía en general conocerá personalmente a los candidatos distritales que participaran por «Patria Joven» en estas nuevas contiendas electorales del 03 de octubre próximo.

JAVIER ALVARADO PROPONE MAS DEBATES Y MENOS DISCUSION ENTRE CANDIDATOS A LA REGION LIMA
De otro lado, el candidato a la Presidencia Regional de Patria Joven, Javier Alvarado Gonzales del Valle indicó que, «La gente tendrá que elegir a sus candidatos por su propuesta de trabajo y trayectoria política»; estas declaraciones las manifestó al exhortar a sus adversarios a competir limpiamente en esta carrera hacia el sillón de la Presidencia del Gobierno Regional de Lima.
«Al pueblo no le interesa escuchar discusiones entre candidatos, la gente quiere temas puntuales a favor del sector educación, salud, deporte, cultura, promoción de la inversión privada y generación de nuevos puestos de trabajo», manifestó Alvarado González del Valle, quien dijo estar preparado para recibir» por encargo» los ataques en su contra en esta campaña electoral.
Alvarado, dijo ser partidario de promover los debates de propuestas de quienes aspiran en convertirse en el Presidente Regional de Lima para el periodo 2011-1014, para que el ciudadano saque sus propias conclusiones y se incline por la mejor alternativa el próximo 03 de octubre.

SEGUNDO DIAZ SOSTIENE QUE LA RAZON Y LAS LEYES A FAVOR DE CAÑETE COMO SEDE REGIONAL DE LIMA
El candidato a la alcaldía provincial de Cañete, Segundo Díaz De la Cruz, calificó como una falta de respeto la presencia de los consultores del Gobierno Regional de Lima en Cañete para organizar una conferencia de prensa y hacer publico la posición de la zona norte de la Región en torno al traslado de la Sede de Regional.
Para el candidato de Miguel Ángel Mufarech Nemy, el fallo otorgado por el Tribunal Constitucional que declara improcedente el recurso de queja contra la sentencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete que ordena el traslado de la Sede Regional de Huacho hacia San Vicente, es el resultado de la estrategia política que se le pretendió dar en la zona norte de la Región.
Lamentó que personajes importantes de la política regional como el Alcalde de la Provincia de Huaura, Pedro Zurita Paz, se hayan prestado al juego sucio para buscar el entrampamiento judicial y evitar el cumplimiento del artículo 32 de la Ley de Bases de la Descentralización.
«La razón, las leyes y las normas, indican con total claridad que la provincia con mayor población es la capital de la región», puntualizó, tras indicar que el resto solo es capricho de algunas autoridades municipales del norte de la Región y del propio Presidente Nelson Chui para no cumplir con la Ley y buscar que dilatar un derecho que le corresponde a la provincia de Cañete.

CANDIDATO DE RUFINA LEVANO QUIERE UNA SEDE PARA CADA PROVINCIA DE LIMA
De otro lado, los candidatos de la Familia no se ponen de acuerdo. Y es que por ejemplo, Fausto Paucar Manrique, candidato a la Alcaldía Distrital de Zúñiga por la agrupación que lidera el cuestionado Presidente Regional de Lima, Nelson Chui Mejía, consideró que en cada provincia debería existir una Sub Sede del Gobierno Regional con autonomía económica y política.
Aunque reconoció no estar muy informado sobre el asunto del traslado de la Sede Regional de Huacho hacia San Vicente de Cañete, Paucar Manrique, instó a Nelson Chui cumplir con la Ley de Bases de la Descentralización y respetar también la orden judicial que determina a la cuna y capital del Arte Negro como la Sede de Lima Provincias.
Sobre la posición asumida por Nelson Chui para que Huacho continúe siendo el centro de operaciones del Gobierno Regional, el ex alcalde de Zúñiga, dejo entrever que el líder de la agrupación «La Familia»·, le esta dando un giro político a este controvertido asunto.
Paucar, aclaró tener una posición muy independiente a la que pueda asumir la cabeza visible de la agrupación política «La Familia», anotando que si esta participando dentro de este grupo, es porque tiene la necesidad de utilizar el símbolo partidario para participar de las elecciones municipales de octubre próximo.

Desde Huacho: ALBERTO TUESTA INSTA A NELSON CHUI ACATAR FALLO JUDICIAL Y TRASLADAR SEDE REGIONAL
Por vivir dentro de un Estado democrático, el ex Candidato a la Presidencia Regional de Lima, Dr. Alberto Tuesta Zuta, instó a su amigo Nelson Chui Mejía a respetar el orden jurídico del país y cumplir con acatar el fallo judicial que ordena el traslado de la sede del Gobierno Regional de Huacho hacia San Vicente de Cañete.
Al tener el artículo 32 de la Ley de Bases de la Descentralización una serie de vacios legales, dijo, una vez instalada la Sede en Cañete, la Presidencia del Gobierno Regional de Lima, puede proceder convertirla en la Sub Sede Regional «considerando que la sentencia Judicial no determina a la provincia de Cañete como Sede principal».
Indicó que el fallo emitido por la autoridad judicial no indica tampoco la desactivación de la Sede Regional de Huacho y tampoco indica cual es el destino real de las Direcciones Regionales y el futuro laboral de los trabajadores de la Región y mucho menos ordena que Nelson Chui tenga que despachar desde Cañete
En tal sentido, dijo: «Se abre la Sede Regional en Cañete, le da posteriormente la categoría de Sub Sede y asunto concluido», anotó, tras asegurar que de esta forma las aguas volverán a su cauce, evitando mayores enfrentamientos entre las provincias de la zona norte con Cañete y Yauyos.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

“AÑO DE LA CONSOLIDACION ECONOMICA Y SOCIAL DEL PERU"

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2010-MDI

Imperial, 26 de Enero del 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL


POR CUANTO:

VISTO.- En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 26 de Enero del 2010, el Proyecto de Ordenanza sobre Infracciones y Sanciones. La escala de multa, al Reglamento del Servicio Público de Pasajero de Transporte Público de Vehículos menores del Distrito de Imperial, adecuado al nuevo Código de Transito.

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 191 de la Constitución Política del Perú, que establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, conforme a Ley, son los órganos de gobierno local, tiene autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia
Que mediante Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores se faculto a las Municipalidades a otorgar las autorizaciones para la prestación del mencionado servicio;
Que, el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados, en donde indica que las Municipalidades Distritales en su jurisdicción donde se presta el servicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos menores, encargada de autorizar dicho servicio así como de aplicar sanciones por infracción al presente Reglamento y a las disposiciones complementarias que dicte en ejercicio de su función reguladora del servicio especial.
Que, en el Artículo 11º.- de Reglamento prescribe, el control del Servicio Especial regulado por este Reglamento, es atribución exclusiva de la Municipalidad Distrital competente, debiendo la Policía Nacional del Perú brindar el apoyo que resulte necesario.
Que en el Articulo 18.- del mismo Reglamento indica, constituyen infracciones al presente Reglamento de transgresión de las disposiciones por acción u omisión lo que serán tipificada y sancionada por la Municipalidad Distrital.
Que, en el Artículo 104º.- del Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, indica el conductor de un vehículo menor automotor o no motorizado, no debe llegar carga o pasajero que dificulten su visibilidad, equilibrio y adecuada conducción. Podrán viajar en el vehículo únicamente el número de personas que ocupen asientos especialmente acondicionados para tal efecto.
Que, el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por decreto Supremo Nº 033-2001-MTC prescribe normas que regulan el uso de las vías públicas terrestres, aplicable a los desplazamientos de personas, vehículos y animales y a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relaciona con el transito en todo el territorio de la República;
Que, la calificación de las infracciones no ha logrado cumplir el objetivo disuasivo perseguido a fin de reducir los accidentes de tránsito y las consecuencias fatales que se producen a nivel nacional, sino que contrariamente se ha incrementado el índice de mortandad originados por los accidentes de tránsito en los últimos años, siendo las principales causas de las mismas el exceso de velocidad, estado de ebriedad del conductor imprudencia temeraria y el desacato a las señales de tránsito, todas ellas de responsabilidad directa del conductor del vehículo motorizado.
Que, en reunión sostenida el día 15 de Julio del 2009, a horas 10: 30 a. m. en el Área de Transporte de la Municipalidad Distrital de Imperial, con los señores Gerentes de Vehículo menores (moto taxis) y rectificada el día 11 de Agosto del 2009, se acordó modificar la nueva escala de sanciones e infracciones adecuándolo al nuevo Código de Transito.
Que, por otra parte, es necesario simplificar el procedimiento sancionador que actualmente se sigue, a fin de hacer más efectivas y eficaces las sanciones que resulten aplicable como consecuencia de la detección de infracciones al tránsito.










Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú y las facultades otorgadas por la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Enero del 2010, aprobó por mayoría la siguiente:

O R D E N A N Z A:

ARTICULO PRIMERO.- Aprobar la presente Ordenanza de Cuadro de Infracción y sanciones, escala de Multas, adecuadas al Nuevo Código de Tránsito y al Reglamento de Servicio Público de Transporte de pasajeros en Vehículos Menores del Distrito de Imperial.
ARTICULO SEGUNDO.-Las infracciones Y-01; Y-17; Y-18 por ser consideradas faltas excesivamente graves, que van en contra de la Salud Pública y seguridad de las personas no tendrán el descuento (del 50%).
ARTÍCULO TERCERO.-La Policía Nacional del Perú, Los Inspectores de Transporte, velarán para que se cumpla la presente Ordenanza.
ARTICULO CUARTO.- Queda terminantemente prohibido la retención de documentos. La infracción debe ser sancionada al instante con la papeleta respectiva, salvo infracciones consideradas muy graves y excesivamente graves.
ARTÍCULO QUINTO.- Aquel conductor que supere durante el año un máximo de 12 infracciones, será automáticamente anulado su autorización de circulación y no podrán ser renovadas.
ARTÍCULO SEXTO.- Las infracciones serán clasificadas de la siguiente manera: Leve 1% - 3% No Internamiento del Vehículo
Grave 4% - 6% Internamiento del Vehículo
Muy grave 7% - 20% Internamiento del Vehículo
Excesivamente grave 21% - 100% Internamiento del Vehículo
ARTICULO SEPTIMO.-Si existe reconocimiento voluntario de la infracción, el conductor podrá abonar el diecisiete por ciento (17%) del importe previsto para la infracción cometida, dentro de los siete día hábiles (07 ) , contados a partir del día siguiente de su notificación y/o sanción respectiva; Consignando dicho reconocimiento en la papeleta de infracción.
ARTICULO OCTAVO.- Queda derogada las Ordenanzas Municipales y Acuerdos de Concejos que se opongan a la presente Ley.
ARTÍCULO NOVENO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete.

Por tanto:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.





RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde


CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES – ESCALA DE MULTAS AL REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES DEL DISTRITO DE IMPERIAL – ACTUALIZADO.
















MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2010 MDI

Imperial, 25 de Marzo de 2010-04-09

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 98(102) de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, define la composición del Consejo de Coordinación Local, al mismo tiempo que debe de estar integrado por el Alcalde Distrital, los regidores del distrito, los Alcaldes de Centro Poblados, la jurisdicción y los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios de trabajadores, organización del adulto mayor, organizaciones de personas con discapacidad, organizaciones juveniles, organizaciones estudiantiles, organizaciones deportivas, organizaciones de mujeres, organizaciones educativas, gremios empresariales, profesionales, universidades, juntas vecinales, entre otros miembros de la sociedad civil, democráticamente elegidos.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 026-2010-MDI, se aprobó la Ordenanza reglamentaria, que regula el proceso de elección de los representantes de a sociedad civil del Consejo de Coordinación distrital de Imperial.

Que, el Artículo N° 11 de la citada Ordenanza Municipal, establece que mediante decretos de alcaldía se convoca a la elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Distrital, debiendo publicar las convocatorias además de notificar a las organizaciones inscritas en el registro de la Sociedad Civil de la Municipalidad.

Que, la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante le Consejo de Coordinación local debe realizarse por haberse cumplido el segundo periodo del CCL. Y cambio de gobierno distrital.

Que, en cumplimiento del Capítulo VI, del proceso electoral Artículos N° 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, de la Ordenanza Reglamentaria.

Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades que confiere al alcalde en el numeral 6 del Artículo N 20 de la ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

DECRETA:
Artículo N° 1.- La conformación del Consejo de Coordinación Local CCLD de Imperial de la naturaleza, composición, y mandato del Consejo de Coordinación Distrital.

Artículo N° 2.- Dispóngase el cumplimiento del Artículo 3-O.M N° 26-2009-MDI de la naturaleza del Consejo de Coordinación local es un órgano consultivo, de coordinación y de concertación de las autoridades municipales con las representantes de la Sociedad Civil elegidos de acuerdo a la Ley y la presente Ordenanza, encargados de velar y promover el desarrollo integral del ámbito territorial del gobierno distrital.

Artículo N° 3.- Disponer el cumplimiento del Artículo N° 004-OM-N° 026-2009-MDI, de la composición del CCLD.
Conformación de la siguiente manera:
1.- Richard Andrés Yactayo Duran Alcalde
2.- Angélica Arata Tasso Tnt. Alcaldesa
3.- Hebert Raúl Huamaní Sermeño Regidor
4.- Greta Narda Stucchi Peña Regidora
5.- Florentino Campos Egui Regidor
6.-Andrés Oré Cárdenas Regidor
7.- Luis Enrique Candela Ochoa Regidor
8.- Ovidio Julián Castillón Matos Regidor
9.- Carlos Arias Briceño Alcalde del CP San Isidro
10.- Dionio Pareja Noa Alcalde del CP San Benito
11.- Dionicia Monica Candela Espinoza Alcaldesa del CP Cerro Alegre
12.- Roxana Vargas Poma Sociedad Civil
13.- Próspero Vega De la Cruz Sociedad Civil
14.- Edith Julissa Cuzcano Sandoval Sociedad Civil
15.- Luis Alberto Rosales Rojas Sociedad Civil

Artículo N° 4.- Su mandato es de 2 (dos) años según el Artículo N° 06 OM-N° 026-2009-MDI, cuarto período del 2010.

Artículo N° 05.- Deberá instalarse en sesión de consejo a los 15 días calendarios del resultado electo de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD.
Artículo N° 06.- Transcribir el presente a las unidades orgánicas de la Municipalidad, así como a los entes rectores para conocimiento y fines.

REGISTRESE Y COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Richard Andrés Yactayo Duran
Alcalde- Imperial
EDICTO
Exp. N° 155-2010.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez, Dra. Alicia Valdivieso Roque; Secretaria Belka Saravia Santana; BERTHA GALVAN ROMERO, solicita se rectifique la PARTIDA DE DEFUNCION de su esposo MELQUIADES PECEROS PALOMINO, en el sentido que se rectifique su estado civil de soltero, debiendo quedar como “CASADO”.
Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 05 de Abril del 2010.
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e)
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS - CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don Alan Blasco Romanos, con C.E 2912353-Q, de 32 años de edad, de esado civil divorciado, ocupación/profesión Ingeniero, de nacionalidad español, domiciliado en Calle Comercio N° 326, San Luis, Cañete; y doña Johanna Paola Cuenca Gonzales, con DNI 42646009, de 25 años de edad, de estado civil soltera, de ocupación/profesión docente, de nacionalidad peruana, domiciliada en Calle Comercio N° 326, San Luis - Cañete; pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Luis, 12 de Abril del 2010.
Leyda Mariela Carlos Herrera
Registrador Civil

EDICTO PENAL
EXP.2009-0085.-EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA.-Juez CHIPANA; ordenó publicar lo siguiente, DECLARA: CONSENTIDA LA RESOLUCION N° 09, de fecha 09-03-2010, en consecuencia REMITASE al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Cañete en los seguidos por CLAUDIO ADELINO GARCIA ANGULO contra ADAN LOAYZA REVILLA sobre Faltas Contra la Persona. Resolución N°10 de fecha 29-03-2010. Fdo.Secretraria: Medina. Asia, 09.04.2010.
13, 14 y 15 de Abril del 2010.

EDICTO
Exp. N° 2009-816.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial de la provincia de Cañete, que despacha la Dra. Alicia Valdivieso Roque; Secretaria Dra. Belka Saravia Santana, solicita VICTOR BASURTO OCHOA, la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su señora madre PAULA OCHOA CASTILLA, fallecida el 04-04-2009, en el distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 15 de Marzo del 2010
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e)
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Jesús Gonzalo Canales Alfaro - Abogado - Reg. CAL 12159

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte, y Secretaria María R. Sánchez Soriano, Exp. 2010-0063, WILLIAM FREDDY SANCHEZ CANDELA, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, a fin de que se rectifique el prenombre “DORA” de su progenitora por la de “TEODORA”, debiendo figurar correctamente como “TEODORA CANDELA CARBONEL”.
Lunahuaná, 12 de Abril del 2010.
María R. Sánchez Soriano
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0845.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado notificar al demandado con la RESOLUCION N° 24, de fecha 12-11-2009; ADMITIR la demanda contra ELIZARDO ALBERTO NOLAZCO VICENTE, como presunto autor de los actos de Violencia Familiar-Maltrato sin lesión en agravio de CARMEN ROSA OCHOA NOLAZCO, y contra ella en agravio de ELIZARDO ALBERTO NOLAZCO VICENTE como presunta autora de Actos de Violencia Familiar-Maltrato Psicológico, y CÓRRASE traslado al demandado por el término de QUINCE DIAS, a efectos de que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- fdo.Secretario: Calagua. Cañete, 25.03.2010.
13, 14 y 15 de Abril del 2010.