06 septiembre 2016

ALCALDE PARTICIPÓ DEL INICIÓ DE CAMPAÑA DE DESPISTAJE CONTRA EL CANCER EN UNIDADES MOVILES ITINERANTES DE ESSALUD 

Con bastante expectativa se inició la campaña de despistaje de cáncer en unidades móviles itinerantes, siendo el alcalde de la provincia de cañete, Alex Bazán quien diera la bienvenida a los médicos de Essalud encargados de este programa. 
Los asegurados podrán realizarse chequeos preventivos de cáncer de mama, próstata y cuello uterino durante una semana; en ese sentido, el Alcalde Provincial Alex Bazán Guzmán se sumó a esta campaña y «recomendó a la ciudadanía participar de estos controles, porque con la detección temprana se puede vencer al cáncer». 
Por su parte el Dr. Guillermo Bustamante, mencionó que «esta campaña cuenta con equipos de última generación como un mamógrafo digital y se estima atender un promedio de 100 pacientes al día». 
Desde el lunes y martes la unidad móvil estará ubicada a espaldas de la municipalidad y desde el miércoles hasta el sábado en la plaza de armas de san Vicente.
Finalmente el alcalde indicó que buscará gestionar ante Essa-lud, la posibilidad que este tipo de campañas, también incluya a las personas no aseguradas.

SE REANUDA CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS, PARA DOCENTES, 2016-II... EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

La Comisión Organizadora habiendo cumplido las directivas emanadas del Ministerio de Educación, con relación al concurso de docentes hace de conocimiento a la opinión pública la reanudación de la convocatoria que fue suspendida con fecha 01 de agosto del presente año.
Para las Carreras profesionales de:
Administración
Contabilidad
Administración de Turismo y Hotelería
Ingeniería de Sistemas Y
Agronomía
La Venta de Bases, es en la Sede Administrativa de la Universidad Nacional de Cañete, ubicada en Calle Mariscal Castilla N° 162, urb. Casuarina grande, San Vicente de Cañete.
Ver cronograma en www.undc.edu.pe/convocatorias
La Universidad Nacional de Cañete, es una institución pública de educación superior, dedicada a la formación de profesionales y la investigación académica, inspirada y difusora de valores para la consolidación de una sociedad pluricultural, democrática, inclusiva y equitativa, en un marco donde prevalecen los derechos humanos y del medio ambiente.

MOVIMIENTO FUERZA REGIONAL SE REACTIVA EN LA REGIÓN LIMA


El fin de semana los dirigentes, militantes y simpatizantes de la provincia de Yauyos, convocado por el Ing. Isaías Ravichagua, se reunieron con el líder de esta agrupación política, Ing. Ricardo Chavarìa Oria.
La cita fue en el complejo deportivo Los Claveles de San Vicente en donde compartieron un almuerzo de camaradería con un objetivo claro que consiste en trabajar con miras a las próximas contiendas electorales.
Luego de realizar un análisis de las fortalezas y las debilidades de la campaña anterior, el grupo humano pretende ganar tiempo para alcanzar su objetivo y ser gobierno en el próximo periodo.
Son conscientes que la situación no será fácil. Saben también que hay muchos candidatos que cuentan con ingentes sumas de dinero para afrontar una campaña en las nueve provincias. «Pero, haciendo las cosas con tiempo, podemos lograr nuestros objetivos», expresó Chavarrìa.

REVOCATORIA A CARLOS PARIONA SE PONE EN MARCHA EN IMPERIAL...

Al parecer, por las firmas recolectadas en el primer día, se podría decir, que bien puede ser sometido a la Consulta Popular de Revocatoria, el burgomaestre imperialino, Carlos Pariona Lizana... y es que del 100% de personas intervenidas, casi un 95% accedieron a firmar por la salida de Carlos Pariona Lizana del municipio imperialino.
En ese sentido, hay que señalar que los sectores visitados este último fin de semana fueron Casa Pintada, San Isidro, Las Lomas, Villa Real, Los Molles y parte de la zona urbana de la ciudad, así lo manifestó el promotor de la consulta popular de la revocatoria, el Ing. Ludwing Aguado Gálvez.
Aguado Gálvez, también dio a conocer al personal, encargados de la recolección de rúbricas quienes hasta la fecha han comprometido más de dos mil quinientas firmas, exhortando a la población no dejarse sorprender, y no firmar planillones que sean copias por seguridad.
En otro momento dejó en claro, no tener el respaldo de la mayoría de medios de comunicación para informar a la población, por el contrario ellos tratan de desvirtuar y confundir a ciudadano.
Si el alcalde de Imperial mejora y la población le da una oportunidad, aceptaría la decisión del pueblo y aportaría para el desarrollo de su distrito, y si el resultado fuera otro deberá irse a su casa, concluyó.

BALLENA VARADA EN PLAYA DE ASIA ES PRUEBA DE LA IRRACIONAL PESCA EN ALTAMAR

Totalmente enmallada con una pesada red de pesca de altamar, varó una ballena en las playas del distrito de Asia.
Curiosamente el cetáceo y la misma red están aseguradas con soguillas, que hicieron imposible que pudiese zafarse el espécimen, murió por ahogamiento.
Al parecer se les habría caído de las embarcaciones o se habría fugado con toda la red de sus depredadores.
En Asia (distrito de Cañete), por lo menos no se conoce la pesca de ballenas, por lo que podría tratarse de pescadores de altamar, de mayor envergadura, tal vez industrial. No se trataría de una pesca local. Por los amarres de las soguillas, se descarta un enmallamiento fortuito, no ha sido una trampa casual. El agua, las olas, no echaría nudos a las sogas. Es evidente una pesca ballenera. El ejemplar varado es adulto, de unos 8 metros de largo, de por lo menos 5 toneladas de peso, hallándose muy cerca de los roquedales de Pasamayito, como quien se va a la playa Sarapampa, a la altura del kilómetro 107 de la Panamericana Sur.
Si bien, los varamientos no son nada nuevo, ya que existen registros desde la antiguedad; en esos tiempos, las ballenas, por ejemplo, varaban por razones naturales, morían por enfermedad o desorientación. Así, ballenas enfermas o que sufren ataques de otros animales marinos, pierden sus fuerzas y terminan en las costas. Otra razón, es que la ballena se choque fuerte contra algún roquedal y afecte su excelente sentido de orientación, lo que le lleva a un destino incorrecto. Los biólogos marinos han detectado que actualmente las ballenas se exponen a otros peligros que las conducen a las playas. Es que las ballenas usan la ecolocación para fijar su rumbo. Cuando los barcos usan sonares arruinan el proceso de ecolocación, por lo que las ballenas se ven desorientadas y, pensando que van en la dirección correcta, terminan en un banco de arena.
La contaminación del agua también tendría algún nivel de culpa en este problema, ya que los ácidos y químicos presentes en los océanos las intoxican, enferman e incluso matan. Otra teoría habla de que los cambios en el campo magnético de la Tierra estarían desorientando a las ballenas, lo mismo con el calentamiento global, que las obliga a relocalizarse en busca de alimentos, proceso en que pueden perderse.
Sin embargo, lo encontrado en la playa de Asia es una nueva razón, que conlleva a señalar, lo que para nadie es un secreto, que existen los cazadores y pescadores de ballenas en altamar. Algunos con arpones y otros con redes. Por lo general furtivos, ilegales, depredadores, que por desgracia siempre son los inescrupulosos, muchas veces protegidos por gobiernos. Hay que tener en cuenta, que al encontrarse un cetáceo varado en la playa es porque al morir fue expulsado por la corriente. Según los entendidos, es necesario retirarlo de la playa y enterrarlo, ya que el cuerpo tarda unos dos meses en descomponerse acumulando gas en su interior, pudiendo incluso explotar el mismo cuerpo. Se requiere la oportuna intervención de las autoridades de Asia, el reporte de las instituciones conservacionistas de estas especies.

ONPE: CUOTA DE GÉNERO HA SIDO INSUFICIENTE PARA GARANTIZAR ACCESO DE LA MUJER A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR...

La Ley de cuota de género no ha sido suficiente para garantizar la participación política de la mujer en igualdad de condiciones, y tampoco para contribuir a un mayor acceso a cargos de elección popular, de acuerdo a los datos de elecciones recientes, señaló la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
En los siete últimos comicios presidenciales solo un total de 10 mujeres disputaron la Presidencia de la República frente a un total de  74 postulantes varones.
El número más alto de candidatas mujeres (3) a la Presidencia se registró en las elecciones generales del año 2006, cuando postularon Martha Chávez, Susana Villarán y Lourdes Flores. En los comicios de 2011 y 2016 el número de candidatas fue solo de dos; mientras que en las elecciones de 1990, 1995 y el 2001 solo hubo una mujer candidata.
 
Elecciones parlamentarias
En los comicios parlamentarios, la cuota de género sí bien ha permitido incrementar el número de candidatas, no lo ha hecho de manera significativa. Del 30% que se presentaron en el 2001, el porcentaje se elevó al 38.5% en el 2006; luego pasó  al 39.3% en el 2011; y finalmente al 39.7% en los recientes comicios de este año.
Tampoco ha significado un mayor porcentaje de mujeres electas. En las elecciones generales de 1995 el porcentaje de escaños ocupados por mujeres fue del 12%, en el 2000 se incrementó al 22%, en el 2001 fue de 18.3%; mientras que en el 2006 subió al 29%.
En las elecciones generales de 2011 se eligieron 28 parlamentarias (23%) y en los comicios de este año 36 (27.8%).

Elecciones municipales y regionales  
En elecciones subnacionales, el porcentaje de mujeres electas todavía sigue siendo muy reducido. En el 2010, se eligió a 9 alcaldesas provinciales  (4.62% del total) y  62 alcaldesas distritales (3.86%); mientras que en el 2014, se eligió a 6 alcaldesas provinciales (3.13%)  y 45 alcaldesas distritales (2,78%).
Un panorama similar se observa en las elecciones regionales. En los comicios del 2010 no resultó electa ninguna mujer para dirigir una región y cuatro años después solo una mujer (4.00%) fue elegida.
La cuota  de género se imple-mentó en el Perú el año 1977, estableciendo la obligatoriedad de incluir el 25% de candidatas mujeres en las listas de candidatos, porcentaje que a partir del año 2000 se incrementó al 30%.
 
Propuesta de la alternancia
A fin de mejorar la participación política de la mujer, el Sistema Electoral ha propuesto discutir la alternancia de género en las listas de candidatos a cargos de elección popular, hasta cumplir la cuota del 30 por ciento.
En esta línea, la ONPE, el Movimiento «Manuela Ramos» y el Centro de la Mujer Peruana «Flora Tristán» organizan este martes 6 de setiembre un conversatorio para reflexionar sobre lo avanzado en materia de participación política de la mujer, los aspectos que todavía la limitan y los desafíos a enfrentar.
«Participación política de la mujer. Balance y Desafíos» es el título de este evento que se desarrollará en el local de Petroperú, a partir de las 09:30 de la mañana, en el marco del ciclo de conferencias «Diálogo Electoral».

ALCALDE DE LUNAHUANÁ INAUGURÓ TROCHA CARROZABLE HACIA LOS ANEXOS DE RAMADILLA Y CON CON

En el marco de las celebraciones por el 168 aniversario de creación del anexo de Rama-dilla - Lunahuaná se dió por aperturado la trocha carrozable de 1 Km. de distancia desde el anexo de caltopilla hasta el local comunal de Ramadilla.
Se contó con la presencia del Alcalde Provincial Lic. Alexan-der Bazán Guzman, el Presidente de la Junta de riego Sub Distrito Cañete Ing. Miguel Oscomima, Directora y alumnos de la I.E.P. Nº 20230, el Presidente de la comisión de aniversario Sr. Alberto Bustamante y la madrina de Inauguración Sra. Adelina Zapata Audante.
«Seguiremos realizando gestiones para efectuar el encauzamiento del rio cañete, así como para conseguir la construcción de un puente para Uds.», expresò el burgomaestre lunahuaneño a los vecinos presentes quienes se mostraban muy contentos por los trabajos realizado, teniendo como visión un anexo de Ramadilla diferente, con ecoturismo vivencial y oportunidad de desarrollarse mejor.
El alcalde Provincial se comprometió en donar Cloruro de Calcio para de esta manera mantener en buen estado dicha trocha, felicitando a su colega Distrital por todos los trabajos que viene realizando, en especial por los anexos olvidados y más alejados.
Finalmente un agradecimiento especial a la buena disposición del Ing. Miguel Oscorima por brindarnos la maquinaria tipo Oruga.
FE DE ERRATAS DEL
CRONOGRAMA DEL CONCURSO CAS N° 001-2016-MDI
Publicado el día 05 de Setiembre del 2016, en el
Diario «Al Día Con Matices»

SEGÚN EL CRONOGRAMA
DICE:
*EXAMEN PSICOLOGICO LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
19 DE SETIEMBRE DEL 2016 – HORA 8:30 A 13:00 HORAS

DEBERIA DECIR:
*EXAMEN DE CONOCIMIENTO Y CULTURAL GENERAL LOCAL DE LA MUNICPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
19 DE SETIEMBRE DEL 2016 – HORA: 08:30 A 12:00 HORAS
* EXAMEN PSICOLOGICO LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
19 DE SETIEMBRE DEL 2016 – HORA: 13:00 A 17:00 HORAS

EDICTOS

EDICTO PENALES (03 DIAS)
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE YAUYOS - CAÑETE: Juez Dr. Julio Cesar Parvina Melgar: Secretaria: Katherine Márquez Mendoza: Ha ordenado la publicación siguiente:
EXP. N° 0002-2016: Notifica al demandado JAVIER ULISES JARAMILLO BLAS, los anexos de la demanda y la resolución N° 01 y 03 RESUELVE ADMITIR A TRAMITE EN VIA DE PROCESO ESPECIAL LA DEMANDA PROMOVIDA POR NASHA LOURDES VARILLAS QUISPE SOBRE filiación judicial de paternidad extramatrimonial como pretensión principal, en consecuencia DECLARO que el demandado JAVIER ULISES JARAMILLO BLAS es padre biológico del menor EDWIN OCTAVIO JARAMILLO VARILLAS nacido el siete de abril del año dos mil catorce, en el distrito de Allauca de la provincia de Yauyos, departamento de Lima; y, PRESTACIÓN ALIMENTARIA como PRETENSIÓN ACCESORIA, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que indica y agréguese a los autos los anexos que adjunta. Y conforme el cuarto párrafo de la ley 29821, notifíquese al demandado a fin de que en el termino de DIEZ DÍAS pueda formular OPOSICIÓN y ABSOLVER el traslado de la pretensión de alimentos, sujetándose a lo establecido en el artículo 565° del Código Procesal Civil; bajo apercibimiento de convertirse el presente mandato en declaración judicial de paternidad y dictarse sentencia sobre la pretensión de alimentos, conforme a los previsto en el quinto párrafo de la ley acotada.

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LUNAHUANA - CAÑETE: Juez Dr. Luis Chávez Acharte: Especialista: Laura Rodríguez Belleza: Ha ordenado la publicación siguiente:
EXP. N° 0027-2015-52: Se Notifica al imputado VICTOR A LEXANDER CUBA MENDOZA con la resolución numero 24 de fecha 26.08.2016en la cual se reprograma la audiencia de control de acusación para el día DOCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Centro Penitenciario de Nuevo Imperial – Ex Cantera. Investigación seguida en su contra por el presunto delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de Javier Francisco Bartra Carreño y otros. Juzgado de Investigación preparatoria de Lunahuana ubicado en Jr. Grau N° 265 distrito de Lunahuana – Cañete, Lunahuana, 26 de agosto de 2016.
3, 5 y 6 de Setiembre

JUZGADO MIXTO PERMANENTE DE CAÑETE
Expediente N° 0071-2015, en los seguidos por JUAN BAUTISTA ALARCON, contra JOAQUÍN EVARISTO AYALA CALLAÑAUPA y EMILIO VIDAL QUISPE RIOS, sobre INTERDICTO DE RECOBRAR Y OTRO, el Señor Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha dispuesto la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, de fecha veintiocho de Setiembre del dos mil quince, (parte pertinente) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre INTERDICTO DE RECOBRAR E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS, presentada por JUAN BAUTISTA ALARCON, contra JOAQUÍN EVARISTO AYALA CALLAÑAUPA y EMILIO VIDAL QUISPE RÍOS, debiendo tramitarse la misma en la vía del PROCESO ABREVIADO (…) y de un extracto del a RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO, de fecha veinticinco de Mayo del dos mil dieciséis (parte pertinente). SUSPENDER: la tramitación del presente proceso hasta que se establezca correctamente la relación jurídica procesal, EMPLAZÁNDOSE a la SUCESIÓN DE EMILIO VIDAL QUISPE RÍOS, mediante EDICTOS, para que en el plazo de treinta días, cumplan con apersonarse al proceso y haga valer su derecho conforme a ley, bajo apercibimiento de designarse un Curador Procesal, en caso de incumplimiento (…), publicándose un extracto en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Al Día Con Matices de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días. Fdo. Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. Percy Edwin García Paredes – Secretario Judicial.
Cañete, 25 de Agosto de 2016.
Percy Edwin García Paredes - Secretario Judicial
Juzgado Mixto Permanente de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 06, 12 y 16 de Setiembre.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
Unidad de Registros Civiles
AVISO MATRIMONIAL
Art. 250 – Código Civil
Nombre del Contrayente: JEAN PAULINO ALLCCA ROJAS, natural de Mala - Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación u oficio Obrero, de 24 años, domiciliado en Urb. Cerro de Oro Mz. A Lote 12 – Chilca.
Nombre de la Contrayente: YREISY RIVAS SANTIAGO, natural de Valencia – Venezuela, de nacionalidad venezolana, profesión, ocupación u oficio ama de casa, de 25 años de edad, domiciliada en Urb. Cerro de Oro Mz. A Lote 12 – Chilca.
Lugar del Matrimonio: Local Municipal.
NOTA: El Art. establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Sr. Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 05 de Setiembre de 2016
Mariela Marina Ramón Francia
Registradora Suplente

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTROS DEL ESTADO CIVIL
EDICTO N° 016-2016-MDSA
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, se hace saber que ante el Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio, se han presentado don Boris Junior Vela Vásquez, de 25 años de edad, de estado civil soltero, ocupación Arq. de Interiores, natural de Iquitos - Maynas - Loreto, de nacionalidad peruana, residente en Mz. G., Lt. 01, Condominio Costa del Campo - San Antonio; y doña Caroll Alexandra Soto Paredes, de 20 años de edad, de estado civil soltera, ocupación Estudiante, natural de Santiago de Surco - Lima, de nacionalidad peruana, residente en Mz. G., Lt. 01, Condominio Costa del Campo - San Antonio, con el fin de contraer Matrimonio Civil.
Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlo dentro del término de Ley.
San Antonio, 24 de Agosto del 2016
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe de Registro Estado Civil
Miguel Florencio Yaya Lizano
Alcalde

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA CIVIL
SALA CIVIL - Sede Central
RELATOR : PANDO POLANCO SARA PATRICIA
SECRETARIO : JUAN SIGUAS FUENTES
EXPEDIENTE : 00245-2015-0-0801-JM-LA-01
MATERIA : PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O
INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS
ECONOMICOS
DEMANDADO : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE ,
DEMANDANTE : ROJAS SANCHEZ, PAUL RICHARD
RESOLUCION NUMERO DOS
Cañete, treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis.-
AUTOS Y ATENDIENDO: Viene en apelación la sentencia (resolución número cinco) de fecha once de marzo del dos mil dieciséis, expedida por el Juzgado Mixto Permanente de San Vicente de Cañete, que falla :
1° Declarando fundada en parte la demanda interpuesta por Paul Richard Rojas Sánchez en contra de la Municipalidad Provincial de Cañete sobre Pago de Beneficios Sociales y otros. En consecuencia ordena que la demandada pague al demandante los beneficios sindicales (costo de vida, movilidad y refrigerio o racionamiento) la suma de OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON 66/100 SOLES(S/.85,833.66)por concepto de reintegros derivados de los convenios colectivos, efectuada las deducciones que se detallan en la liquidación; así como el pago de las incidencias por concepto de reintegro de compensación por tiempo de servicios, gratificaciones y vacaciones por la suma de VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 83/100 SOLES (S/.29,787.83),precisándose que respecto a la compensación por tiempo de servicios el accionante debe indicar a la demandada la institución bancaria en la que debe procederse a realizarse el depósito. E INFUNDADO
en cuanto al exceso demandado. Se condena al pago de intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia previo peritaje contable. Con costos y sin costas.-

Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que conformaron Colegiado para el conocimiento del presente proceso, según Acta de Registro de Audiencia de Vista dela Causa con los señores Jueces Superiores de la Sala Civil: Francisco Enrique Ruiz Cochachin (Presidente), Jacinto Arnaldo Cama Quispe y, completándose por compensación vacacional de la doctora Judith Lucía Marcelo Ciriaco con el doctor Federico Quispe Mejía – Juez Superior de la Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria.—
SEGUNDO: Que de acuerdo a los votos emitidos, se tiene que los votos de los Jueces Superiores Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Federico Quispe Mejía, es porque se CONFIRME la sentencia expedida por el Juzgado Mixto Permanente de San Vicente de Cañete que declara: 1° FUNDADA EN PARTE LA DEMANDA y ordena a la Municipalidad Provincial de Cañete abone en favor del demandante los beneficios sindicales (costo de vista, movilidad y refrigerio o racionamiento), así como el pago de incidencias por concepto de reintegro de compensación por tiempo de servicios, gratificaciones y vacaciones; condena a la demandada al pago de intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia previo peritaje contable; con costos y sin costas; 2° Y SE REVOQUE en el extremo que ordena el pago de ochenticinco mil ochocientos treintitres soles con sesentiséis céntimos por concepto de beneficios sindicales (costo de vida, movilidad y refrigerio o racionamiento); y de veintinueve mil setecientos ochenta y siete soles con ochenta y tres céntimos por concepto de incidencias por concepto de reintegro de compensación por tiempo de servicios, gratificaciones y vacaciones; 3° SE REFORME ordenando el pago de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA SOLES por concepto de beneficios sindicales (costo de vida, movilidad y refirgerio o racionamiento) y la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS SETENTICINCO SOLES CON CERO TRES CENTIMOS por concepto de incidencias (reintegro) de compensación por tiempo de servicios, gratificaciones y vacaciones.——————
TERCERO: Que el voto del Juez Superior Francisco Enrique Ruíz Cochachin, es porque se CONFIRME en todos sus extremos la sentencia (resolución número cinco) que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Paul Richard Rojas Sánchez contra la Municipalidad Provincial de Cañete sobre Pago de Beneficios Sociales y otros.—————————————————————————————
CUARTO: De lo que se colige, que en cuanto al extremo de la sentencia apelada que fija el MONTO por concepto beneficios sindicales (costo de vida, movilidad y refrigerio o racionamiento) y fija el MONTO por concepto de incidencias (reintegro) de compensación por tiempo de servicios, gratificaciones y vacaciones no existen tres votos conformes que se requieren para hacer resolución de conformidad a lo estipulado en el artículo 141 del texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia habiéndose producido discordia en los actuados, se debe llamar a un Juez Superior dirimente para que dirima la causa, emitiendo pronunciamiento sólo en el extremo señalado.———————————————
QUINTO: El artículo 144° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial , señala que «Si resulta discordia, se publica y notifica en punto que la motiva, bajo sanción de nulidad. En la misma resolución se llama al Vocal dirimente expedito y se señala día y hora para la Vista de la Causa por él».———————
SEXTO: Que encontrándose reincorporada a sus funciones, luego de concluida su compensación vacacional, la doctora Judith Lucía Marcelo Ciriaco - Juez Superior de la Sala Civil, y no encontrándose impedida de conocer el presente proceso, resulta ser la llamada a dirimir la presente discordia.—————————————
Por las consideraciones expuestas; RESOLVIERON:
1°LLAMAR como JUEZ SUPERIOR DIRIMENTE a la doctora JUDITH LUCIA MARCELO CIRIACO, para que dirima la discordia suscitada; en consecuencia; SEÑALARON fecha para la VISTA DE LA CAUSA el día VEINTE de SETIEMBRE del año dos mil dieciséis a horas OCHO Y CUARENTA DE LA MAÑANA, diligencia que se entenderá con la Juez Superior dirimente nombrada en la presente resolución.
2° Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial «Al Día Con Matices», y notifíquese a las partes procesales
J.S.
RUIZ COCHACHIN
CAMA QUISPE.