21 junio 2008

NO HABRA HUELGA DE OBREROS EN MUNI IMPERIALINA...
Aumento de Próximo Año Será Según Disponibilidad... Pero Tendrán Un Bono Extraordinario En El Presente Año... De S/. 300.00 En Dos Partes...

Finalmente, no habrá huelga de obreros en la Municipalidad Distrital de Imperial, luego de llegar a un buen entendimiento entre las autoridades ediles con el Sindicato de Obreros de la MDI. El burgomaestre distrital explicó a los obreros que no había forma de ampliar el presupuesto para poder solucionar sus demandas laborales, toda vez que escaseaban los recursos económicos en el presente año. Lo que si quedó claro es que se analizará la situación en los meses que quedan del año, a fin de poder presupuestar un incremento a la masa obrera de la Municipalidad imperialina, que será desde el primer mes del próximo año.
La autoridad edil, más bien se comprometió a otorgar un Bono de carácter extraordinario por única vez, de S/. 300.00 nuevos soles, el mismo que se dará en dos partes, en el transcurso del presente año. Igualmente se comprometió a cumplir con el otorgarmiento del Bono Extraordinario dispuesto por el estado.
De otro lado, se supo que el Gerente de la Municipalidad Distrital de Imperial, sigue gestionando un fraccionamiento con la SUNAT, por la deuda generada por la gestión anterior, fraccionamiento que espera se logre finiquitar en el transcurso de la próxima semana.
En cuanto a las denuncias formuladas contra dos regidores de la municipalidad imperialina, las mismas quedaron desechadas, al existir incongruencias en las mismas, en cuanto a los datos señalados por el denunciante.
CAMPAÑA DE VACUNACION CONTRA LA HEPATITIS "B" EN SU SEGUNDA DOSIS: DEL 1º AL 30 DE JUNIO...

La Microrred de Salud de Imperial, viene cumpliendo con la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B, en su 2da. Dosis, del 1º al 30 de Junio del presente año.
Esta vacuna se viene aplicando en forma gratuita, a la población comprendida entre los 02 a 19 años de edad; principalmente a los estudiantes de Instituciones Públicas y Privadas de nuestra jurisdicción: Imperial, Nuevo Imperial y Quilmaná.
Asimismo la vacunación se realiza casa por casa, hasta completar la meta programada por la Microred de Salud. Se recuerda a la población acercarse a los establecimientos de salud, para la aplicación de la segunda dosis de esta vacuna; y así evitaremos las complicaciones de enfermedades como la cirrosis hepática y el cáncer de hígado.
FESTIVIDAD EN HONOR A JOSE MARIA ESCRIVA DE BALAGUER SE REALIZA EN SAN VICENTE..

Las celebraciones en honor a San José María Escrivá de Balaguer se viene realizando en la parroquia de San Vicente; desde el pasado 17 de junio en que se iniciaron sus novenas. Para la víspera a realizarse el próximo 25 de Junio, se llevará a cabo una retreta con la banda de músicos en la Plaza de Armas; luego por la noche se dará inicio a la santa misa y a partir de las 8:00 pm., se llevará cabo la proyección de un video de San Josemaría.
En el día central, el santo rosario se iniciará a las seis de la tarde en el Santuario Madre del Amor Hermoso, una hora después se dará inicio a la santa misa presidida por Mons. Ricardo García García. Luego de culminar el acto litúrgico los fieles acompañarán en procesión la imagen del santo por las principales calles de nuestra ciudad.
AUTORIDADES AGRARIAS DE CAÑETE PROGRAMAN DIVERSAS ACTIVIDADES PARA RENDIR HOMENAJE Y CONMEMORAR EL DIA DEL AGRICULTOR...

Diversas actividades de carácter cultural social y deportivo ha programado el gobierno regional de Lima a través de la Dirección Regional de Agricultura, la Dirección de la Oficina Agraria de Cañete y la Administración Técnica del Distrito de Riego-ATDR- para conmemorar y celebrar el próximo martes 24 de junio el Día del Agricultor en nuestra provincia de Cañete.
Las referidas actividades se iniciaron el jueves 05 de junio de 2008 y las mismas han comprendido seminarios, encuentros y conversatorios, eventos donde se han abordado temas como "Contaminación del agua de riego en zonas urbanas", "Intercambio de experiencias entre organizaciones de usuarios de agua de las cuencas de los ríos Cañete- Mala – Omas" y "Tratado de libre comercio – TLC - y su implicancia en las organizaciones de usuarios de agua de riego" entre otros contenidos.
De otro lado, autoridades del sector agrario anunciaron que el martes 24 de junio Día Central del Aniversario, los campesinos participarán en la Plaza de Armas de San Vicente en la ceremonia cívica de la procesión de la bandera e izamiento del Pabellón Nacional con la asistencia del Director Regional de Agricultura Ing. Luis Jiménez Sánchez y funcionarios de la Agencia Agraria de Cañete Ing. Fausto Santiago Munayco y de la Administración Técnica del Distrito de Riego Ing. Lucio Estrada Arrasco.
Los actos culminarán con sorteos y entrega de diversos premios consistente en equipos e insumos agrícolas para beneficiar y apoyar a los agricultores.
Sostiene ex Consejero Regional Ricardo Ibañez Orellana...
"PRESIDENTE REGIONAL, NELSON CHUI MEJIA, NO TIENE LA VIRTUD DE ESTAR CON EL PUEBLO"...

SAN VICENTE.-"El presidente del gobierno regional de Lima, Ing. Nelson Chui Mejía, no tiene la virtud de juntarse con la población", así lo expresó el ex consejero Dr. Ricardo Ibáñez Orellana.
Precisó que a él tan sólo se le observa en alguna actividad o aparece en algún periódico, pero no confronta con el pueblo que es una obligación de toda autoridad.
"Su obligación como presidente regional es estar permanentemente en las obras donde se realizan y coordinar con los concejos municipales para planificar las obras que necesitan los pueblos", manifestó.
"Yo noto ausencia, no sólo del presidente de la región sino de sus otros miembros. Es lamentable, que la gente se pregunte: ¿Qué pasa con este presidente regional?", precisó Ibáñez.
Puntualizó que la actitud de Nelson Chui, obedece porque está actuando como presidente regional "sin serlo", tras la desaprobación de las regiones que deberían estar formadas por dos o tres departamentos.
El ex consejero aprista, manifestó que ese es uno de los problemas donde los presidentes regionales actúan como alcaldes departamentales y planteó que las regiones se deben reducir a nueve de los 24 que existen en el país.
Puntualizó que una vez que se concretice esta iniciativa, recién los presidente regionales tendrán la autoridad suficiente para conversar con su pueblo, mientras tanto será difícil su labor.
"Él, Nelson Chui, se siente corto. Más aún como no pertenece a un pueblo, se asustan y no vienen a conversar con la gente", manifestó Ricardo Ibáñez.
Invocó que el presidente regional debe reunirse con las personas que entiendan los problemas para tomar contactos con la población para demostrar que su labor no sólo sea de escritorio.
"Hemos tenido la desgracia del terremoto. Se ha llevado ayudas del gobierno regional, pero la presencia de ellos, ahí es necesario", precisó Ibáñez.
Llevar el calor humano, estar al lado de los damnificados, padecer junto a ellos de la inclemencia del tiempo, estar unido a la niñez; debe ser la labor primordial del presidente regional.

GOBIERNO CENTRAL APOYA…
Puntualizó que el gobierno está brindando todo el apoyo a los pueblos del interior del país, gracias a las ganancias de las mineras, pero falta la presencia de las autoridades del gobierno regional.
Citó como ejemplo la carretera que unirá con la región Junín y lo que actualmente se viene realizando la nueva vía de la panamericana sur hacia la ciudad de Ica.
"El gobierno regional debe planificar sus obras con los distritos para que conecten con los pueblos, sobre todo con los de la sierra y exista una vía, tal igual que la Panamericana Sur", manifestó.
Puntualizó que algunos estudios, incluso, ya existen y tan sólo el gobierno regional debería de tomar la iniciativa, planteando y escuchando las necesidades del pueblo para buscar los canales ante el gobierno central.
"Por eso, al no existir este nexo, el pueblo no lo siente suyo. Entonces, no ve obras y se quejan", manifestó Ricardo Ibáñez quien incluso está presto para tratar estos temas.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2008-MDA

Asia, 18 de junio del 2008.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA.

POR CUANTO:
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 450-2008-MSCZ-ODUR/MDA correspondiente a la Oficina de Desarrollo Urbano y Rural, y el Informe Nº 115-2008/AL-MDA de la Oficina de Asesoría Legal, respectivamente;

CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creación, modificación y supresión de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, de conformidad con los Artículos 191º y 192º incisos 2) y 3) de la Constitución Política del Perú, concordantes con las Normas III y IV del Título Preliminar del Código Tributario;

Que, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, artículo 69º inciso a) señala que son Rentas Municipales las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen su ingreso propio; asimismo la Ley de Tributación Municipal-Decreto Legislativo Nº 776, artículo 60º inciso a) establece que la creación y modificación de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza, con los límites dispuestos por el presente titulo; así como por lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, corresponde al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de dispositivos, entre los que se encuentran las Ordenanzas, que tienen rango de Ley, conforme lo reconoce el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, en ese sentido, la Municipalidad Distrital de Asia al gozar de autonomía económica sobre sus rentas, puede establecer beneficios y/o facilidades de pago para aquellas personas naturales y/o jurídicas que soliciten Licencia de Obra para Edificación Nueva, debido al aumento de construcciones que se realizan en nuestro Distrito en el período de invierno y así evitar que incurran en construcciones informales;

De Conformidad con los Arts. 9º, Inc. 8) 40º de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se emitió la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FACILIDADES DE PAGO DE LAS LIQUIDACIONES DE OBRA PARA EDIFICACIÒN NUEVA
ARTÍCULO PRIMERO.- Considerar beneficiados con las Facilidades de Pago para la Liquidación de Obra para Edificación Nueva, a todos los propietarios de inmuebles cuya obra este destinado al uso Comercial y/o Multifamiliar.

ARTICULO SEGUNDO.- Para efecto de determinar el monto materia de las facilidades de pago, se tendrá en cuenta el estado de Hoja de Liquidación de Licencia de Obra para Edificación Nueva.

ARTÍCULO TERCERO.- La solicitud de Facilidades de Pago será dirigida a la Oficina de Rentas, la cual al verificar los requisitos exigidos por la presente Ordenanza, aprobará la solicitud para lo cual el beneficiario firmará un Convenio de Facilidades de Pago.

ARTÍCULO CUARTO.- Las Facilidades de Pago se concederá con un plazo máximo de diez (10) cuotas, a ser pagadas en diez meses, debiendo abonar la Cuota Inicial que significa el 10% del monto total al momento de suscribir el convenio.

ARTICULO QUINTO.- Que, habiendo efectuado el pago de la cuota inicial, la Municipalidad cumplirá con expedir la Licencia de Obra correspondiente.

ARTICULO SEXTO.- En el caso de persona natural, los requisitos para las Facilidades de Pago son los siguientes:
a) Solicitud firmada por el interesado o representante.
b) Fotocopia del documento de identidad y/o RUC.
c) Copia certificada por fedatario o Notario Público, de la Carta Poder en el caso que la solicitud u otro sea suscrita por representante.

ARTICULO SEPTIMO.- En el caso de persona jurídica, son requisitos para las Facilidades de Pago:
a) Solicitud firmada por el representante legal o apoderado de la persona jurídica.
b) Fotocopia de RUC de la empresa y del Documento Nacional de Identidad del repre-sentante legal de la empresa.
c) Copia del documento que acredite al repre-sentante legal de la persona jurídica como tal o poder debidamente legalizado notarialmente, con facultades para dicho fin.

ARTÌCULO OCTAVO.- Se considerará perdido el derecho a las Facilidades de Pago, cuando incumpla con el pago del integro de dos (02) cuotas consecutivas o alternas.

ARTÍCULO NOVENO.- El beneficiado dará en garantía al momento de firmar el convenio, una letra de cambio por el valor de cada cuota que adeuda, a favor de la Municipalidad Distrital de Asia.

ARTÌCULO DECIMO.- Extinguida la obligación tributaria con el pago de la última cuota, la Oficina de Rentas, procederá a la cancelación de la cuenta de origen y al archivamiento definitivo del mismo. Asimismo, de ser el caso, procederá a la devolución de las letras de cambio que hubiera presentado el Solicitante

ARTÌCULO DECIMO PRIMERO.- La vigencia de la presente Ordenanza será al día siguiente de su publicación hasta el 31 de diciembre del presente año.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la oficina de Secretaria General, Oficina de Rentas y a la Oficina de Desarrollo Urbano, su cumplimiento, publicación y difusión.

POR TANTO:
Mando Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.

Agapito Ramos Campos
Alcalde
Municipalidad Distrital de Asia
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ACUERDO DE CONCEJO N° 054-2008-MDI

Imperial, 02 de Junio del 2008

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE.

VISTO:
En Sesión Ordinaria de fecha 27.May.08, el Informe Nº 121-2008-GM-MDI, sobre la aprobación de las Bases del Concurso Público de Mérito Nº 001-2008-MDI, para la designación de un Auxiliar Coactivo, con referencia a la Reactivación de la Oficina de Ejecutoria Coactiva;

CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 048-2008-MDI, de fecha 05.05.2008, se acuerda en Sesión Ordinaria de fecha 25.03.2008 la Reactivación de la Oficina de Cobranza Coactiva;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 261-2008-MDI, de fecha 22.05.2008, se designa a la Comisión que tendrá a cargo el Concurso Público de Méritos para la designación del Auxiliar Coactivo para contratación temporal, en el Area de Cobranza Coactiva;

Que, mediante Informe Nº 121-2008-GM-MDI, de fecha 22.05.2008, se anexa las Bases del Concurso Público de Mérito Nº 001-2008-MDI, para la designación de un Auxiliar Coactivo;

Que, el numeral 32 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el "Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo";

Que, el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley N° 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, señala que "La designación del Ejecutor, como la del Auxiliar, se efectuará mediante concurso público de méritos";

Que, el nuevo Organigrama Estructural y Reglamento de Organización y Funciones – ROF aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 007-2008-MDI, contempla tanto la existencia de una Oficina de Ejecutoria Coactiva, dependiente del Área de Rentas, encontrándose vacante el cargo de Auxiliar Coactivo, por lo que resulta necesario aprobar las bases del Concurso Público de Méritos para ocupar dicho cargo;

Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú, y las facultades dadas por el Artículo 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el concejo por mayoría de fecha 27 de Mayo del 2008:

ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos para la selección de un Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial, para contratación Temporal, las mismas que forman parte integrante del presente Acuerdo de Concejo.

ARTICULO SEGUNDO.- CONVOCAR a Concurso Público de Méritos para cubrir la Plaza de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial, para contratación temporal.

ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR al Gerente Municipal, Jefatura de Personal, y a la Jefatura de Rentas el cumplimiento del presente acuerdo.

ARTICULO CUARTO.- PUBLIQUESE el presente Acuerdo en el Diario Oficial de mayor circulación de la Provincia de Cañete.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde

BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITO Nº 001-2008-MDI PARA LA DESIGNACIÓN DE UN AUXILIAR COACTIVO

I.- MARCO DE REFERENCIA:
El Auxiliar Coactivo tiene como función colaborar con el Ejecutor Coactivo, delegándole éste las siguientes facultades:
a) Tramitar y custodiar el expediente coactivo a su cargo;
b) Elaborar los diferentes documentos que sean necesarios para el impulso del Procedimiento;
c) Realizar las diligencias ordenadas por el Ejecutor Coactivo;
d) Suscribir las notificaciones, actas de embargo y demás documentos que lo ameriten;
e) Emitir los informes pertinentes;
f) Dar fe de los actos en los que interviene en el ejercicio de sus funciones.
De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 28165 que modifica la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, que establece que su cargo es indelegable.

II.- OBJETIVOS:
La Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete, requiere contratar a un Auxiliar Coactivo, en la condición de Funcionario Contratado, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 1° de la Ley 27204.

III.- BASE LEGAL:
· Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de Septiembre de 1998.
· Ley Nº 27204 – Que precisa que el cargo de Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza.
· Ley Nº 28165 – Que modifica e incorpora diversos artículos a la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979.
· Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.
· D.S. Nº 005-90-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 276
· Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.

IV.- DEL CONCURSO:
El Concurso Público de Méritos para la Contratación de un Auxiliar Coactivo comprende las fases de convocatoria y selección.
La fase de convocatoria comprende:
· El Requerimiento formulado por la Jefatura de Rentas.
· Conformidad Presupuestal
· Publicación del Aviso de Convocatoria
· Divulgación de las Bases del Concurso
· Verificación Documentaria
· La inscripción del Postulante
La fase de selección comprende:
· La calificación curricular
· La prueba de aptitud y/o conocimiento
· La entrevista personal
· Publicación del Cuadro de Méritos
· Contratación de postulante que resulte ganador

V.- DE LA INSCRIPCIÓN:
· Los postulantes deberán presentar en Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Imperial una solicitud dirigida al Presidente de la Comisión del Concurso Público de Méritos.
· Una foto tamaño carné.
· Copia simple de su Documento de Identidad (DNI).
· Copia simple debidamente documentado de su Currículo Vitae.

VI.- REQUISITOS:
a) Ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles;
b) Acreditar por lo menos el tercer año de estudios universitarios concluidos en especialidades tales como Derecho, Contabilidad, Economía o Administración, o su equivalente en semestres;
c) No haber sido condenado ni hallarse procesado por delito doloso (Declaración jurada);
d) No haber sido destituido de la carrera judicial o del Ministerio Público o de la Administración Pública o de empresas estatales por medidas disciplinarias ni de la actividad privada, por causa o falta grave laboral (Declaración Jurada);
e) Tener conocimiento y experiencia en derecho administrativo y/o tributario;
f) No tener vínculo de parentesco con el Ejecutor, hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo de afinidad (Declaración Jurada);
g) No tener ninguna otra incompatibilidad señalada por ley.

VII.- DEL ACTO DE CONCURSO:
El acto del Concurso Público se realizará en el Palacio Municipal sito Jr. 28 de Julio Nº 335 - Imperial - Cañete, en el día y hora establecidas en las presentes bases.
El Concurso Público de Méritos se efectuará ante la Comisión de Concurso designada por Resolución de Alcaldía, la acotada Comisión estará encargada de todo el proceso del concurso, desde la convocatoria hasta la declaratoria de postulante ganador, acto que concluirá con la contratación, materializado con resolución del Titular de la Entidad.

VIII.- ENTREGA DE BASES:
· Las bases, y todos los avisos referidos al concurso, serán publicados en el panel de la Municipalidad Distrital de Imperial, así como su publicación en el diario de mayor circulación dentro de la localidad.

IX.- INFORMACIÓN Y CONSULTAS:
Los postulantes podrán solicitar información y/o efectuar cualquier consulta sobre el Concurso ante la Presidencia de la Comisión, en el horario de 09:00 a 12:00 horas en días laborables.

X.- EVALUACIÓN CURRICULAR (20 PUNTOS)
· Se calificará sólo los Currículos que reúnan los requisitos mínimos - Puntaje Máximo (10 puntos)
· Se calificará en relación a la documentación y certificación que acrediten mayor experiencia - Puntaje Máximo (10 puntos)

XI.- PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS (60 PUNTOS)
La prueba será escrita y se realizará en el lugar que oportunamente se comunicará, abarcará las materias siguientes:
· Constitución Política del Perú.
· Ley Orgánica de Municipalidades.
· Texto Único Ordenado del Código Tributario y su Reglamento, aprobado
por D.S. N° 135-99-EF.
· Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva – Ley N° 26979, D.S. N°
036-2001-EF, D.S. N° 069-2003-EF y su modificatoria Ley N° 28165.
· Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444.
· Código Procesal Civil.

XII.- ENTREVISTA PERSONAL (20 PUNTOS)
La Entrevista Personal, se realizará en la oficina de la Gerencia Municipal de la Municipalidad, en el día y hora establecidos en las presentes bases.
Conceptos valorativos:
· Presentación personal y grado de seguridad en el desenvolvimiento
durante la entrevista.
· Capacidad para comunicarse verbalmente en forma acertada y
convincente.
· Cultura General
· Conocimientos Generales y Situación del Distrito de Imperial.

XIII.- PUNTAJE (MAXIMO 100)
· Calificación Curricular 20 puntos
· Prueba de Conocimiento 60 puntos
· Entrevista Personal 20 puntos
El puntaje mínimo para cubrir la plaza vacante será de 60 puntos sobre 100, que es el puntaje máximo.

XIV.- CRONOGRAMA:
· Publicación de bases por la página Web de la Municipalidad: 20 de Junio del 2008.
· Recepción de currículum por trámite documentario: Del 23 al 27 de Junio del 2008 de 08:00 a.m. à 01:00 p.m. y de 2.30 p.m. à 5.30 p.m. en Mesa de Partes con Atención al Presidente de la Comisión de Concurso.
· Publicación de resultados de evaluación curricular: 01 de Julio del 2008.
· Evaluación escrita: 03-07-08 / 10.00 horas
· Publicación de resultados de evaluación escrita: 04-07-08/17.00 horas
· Entrevista personal: 07-07-08 / 10:00 horas
· Publicación final de resultados del concurso: 08-07-08 / 17:00 horas

XV.- CONDICIÓN DE LOS GANADORES DEL CONCURSO:
El ganador del Concurso para cubrir el cargo de Auxiliar Coactivo, asumirá las funciones a partir del 15 de Julio del 2008; asimismo estará sujeto a una evaluación periódica del desempeño laboral.

XVI.- RÉGIMEN LABORAL:
El ganador del Concurso será contratado bajo los alcances de la Ley de Presupuesto Nº 29142, contrato a plazo fijo.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL:
Todo lo no complementado en el presente documento será resuelto, en el día, por la Comisión del Concurso y sus decisiones deberán constar en Actas, las mismas que son inapelables para estos efectos.
LA COMISIÓN
JUDICIALES

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL
SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA
En San Vicente, provincia de Cañete, a los doce días del mes de Junio del dos mil ocho.- AUTOS Y VISTOS: En aplicación del artículo primero del Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setentiseis, artículo segundo de la Resolución Administrativa número veintidós guión dos mil ocho guión PJ guión CSJC/P, de fecha tres de enero del dos mil ocho; SEÑALARON: Fecha y hora para la verificación de la SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA para el día TREINTA DE JUNIO del año en curso, a horas NUEVE DE LA MAÑANA.- MANDARON: Se solicite a la Fiscalía Superior en lo Penal, Juzgados Especializados en lo Penal, Fiscalías Provinciales en lo Penal de Cañete, Fiscalía Provincial Mixta de Yauyos y Mala y Juzgado Mixto de Yauyos y Mala la relación total de las instrucciones con reos en cárcel, que se siguen en sus respectivos despachos y se oficie al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, Yauyos e Ica, para que remitan la respectiva relación de detenidos, cuyas causas se encuentran pendientes de audiencia; ORDENARON: se realice las respectivas notificaciones y se publique el aviso respectivo en el Diario "El Peruano" y "Al Día Con Matices" de esta provincia por el término de ley; oficiándose y notificándose.
S.S.
Martínez Meza (Pdte.);
Paredes Dávila y Durando Prado.
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente – Cañete, se presentó don VIDAL CESAR MENESES SANDOVAL, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Distrital de Zúñiga – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Madre: dice: YSABEL SANDOVAL MARTINEZ.- debe decir: ISABEL FLORENCIA SANDOVAL MARTINEZ. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 13 de Junio del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUEL OCTAVIO RAMOS CHUMPITAZ, con DNI 08180496, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en el que existe la consonante "Y" entre sus apellidos dice: MANUEL OCTAVIO RAMOS Y CHUMPITAZ, debe decir: MANUEL OCTAVIO RAMOS CHUMPITAZ, asimismo en la anotación marginal existe error material en lo que concierne al sexo dice: FEMENINO debe decir: VARON. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, JULIA PADILLA NOLASCO, identificada con DNI 15370765, solicita la SUCESION INTESTADA de su padre PORFIRIO PADILLA RAMOS, fallecido el 08 de Julio del 2007, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 19 de Junio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 San Vicente – Cañete – Lima, GRACIELA FRANCISCA ARIAS DURAND, con DNI Nº 09113875, solicita se rectifique la PARTIDA DE DEFUNCION, de quien en vida fuera su cónyuge: ADAN MEDINO ARIAS GARCIA inscrito en la Municipalidad de Villa María del Triunfo – Lima, en el ácapite concerniente a: "CASADO CON" falta su segundo nombre pues dice: ARIAS DURAND GRACIELA, debe decir: ARIAS DURAND GRACIELA FRANCISCA. Lo que se publica para los fines de ley. Cañete, 20 de Junio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MARITZA MERCEDES ARIAS ARIAS, con DNI Nº 08986599, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad de Villa María del Triunfo – Lima, en el que existe omisión de apellido materno de su progenitor, dice: ADAN MEDINO ARIAS G. debe decir: ADAN MEDINO ARIAS GARCIA. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 20 de Junio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada
Notario de Cañete

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que don FELIPE PABLO YAYA de 35 años, natural de Quilmaná – Cañete, de ocupación Abogado, con DNI Nº 15439118, domiciliado en Urb. Villa Santa María Mz. M Lote 11 San Vicente; y doña ALBERTA GRACIELA CARBONERO LAZARO, de 41 años, natural de Quilmaná – Cañete, con DNI Nº 07443934, de ocupación Profesora, domiciliada en Urb. Villa Santa María Mz. M Lote 11 San Vicente; van a contraer MATRIMONIO en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 28 de Junio del 2008. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 10 de Junio del 2008.
Ofelia Lévano Carrillo
Jefe

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, ADAN DANIEL ARIAS ARIAS, DNI 10076158, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el que existe omisión de segundo nombre y apellido materno de su progenitor, dice: ADAN ARIAS debe decir: ADAN MEDINO ARIAS GARCIA. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 20 de Junio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO
Ante mi se ha presentado CARMEN ROSA SOTO VIUDA DE AGAPITO, solicitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Pacarán – Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del Padre dice: ALEJANDRO SOTO SANCHEZ
Debe Decir: MANUEL ALEJANDRO SOTO SANCHEZ
Nombre de la Madre dice: CARMEN PADILLA
Debe Decir: CARMEN AURORA NATIVIDAD PADILLA SANCHEZ
Lo que se notifica en cumplimiento de la ley 26662
Cañete, 18 de Junio del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario

EDICTO
Ante mi se ha presentado TERESA ESPERANZA SOTO PADILLA, solicitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Pacarán – Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del Padre dice: ALEJANDRO SOTO SANCHEZ
Debe Decir: MANUEL ALEJANDRO SOTO SANCHEZ
Nombre de la Madre dice: CARMEN PADILLA SANCHEZ
Debe Decir: CARMEN AURORA NATIVIDAD PADILLA SANCHEZ
Lo que se notifica en cumplimiento de la ley 26662
Cañete, 18 de Junio del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado - Notario