15 junio 2010

NELSON CHUI PIERDE CON ELECCIÓN DE VICTOR MANCINI ECHEVARRÍA Y ROBINSON ÁVALOS JARA…
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)

A esta hora los otros partidos políticos deben estar festejando el craso error político cometido por Nelson Chui Mejía, candidato a la reelección de la Presidencia del Gobierno Regional de Lima, por el Movimiento Independiente Concertación Para el Desarrollo Regional Lima, en el propio norte chico se han levantado voces de protesta inmediata de sus escasos partidarios, es que esto jamás se lo esperaban, el caso de la candidatura a la Vice presidencia de Víctor Mancini Echevarría es hartamente conocida en Cañete por su ineficiencia como coordinador por donde se lo mire, no es un líder o algo que se parezca, nadie duda de su lealtad hacia Chui, por lo menos es la impresión vaga que nos deja, pero en trabajo, orden y producción, cero a la izquierda, claro está que en la región éste duro revés prácticamente le deja «offside» y fortalecen las posibilidades para Javier Alvarado, Vicente Sánchez, Miguel Mufarech y otros candidatos, que seguramente sabrán aprovechar las circunstancias; en cuanto al joven candidato Asiano Robinson Avalos Jara para concejero regional por Cañete, sorprende querer llevarlo al «matadero político» o hará de «kamikaze» inmolándose por Chui en agradecimiento por una candidatura que jamás se lo esperaba, en vista que es un joven que no ha trascendido en la actual administración edilicia del alcalde, Agapito Zacarías Ramos Campos; viendo desde otro ángulo, Mancini Echevarría (actual Jefe de la Oficina Zonal de Cañete), se convirtió en el fiel escudero de Chui, personificando su labor apasionadamente por su líder y no interesándole la visión presente y futuro de Cañete, al que debería amar sin contemplaciones, cuando pasen los días, los años y llegue la verdadera reflexión en el ocaso, recordará al ver pasar un niño, joven o anciano cañetano, que el no cumplió con ellos en el momento que más lo necesitaban, sea en el tema de defender la sede del gobierno regional, o en el de monitorear a sus funcionarios en la provincia de Cañete para una gestión eficiente, en todos las áreas esta desaprobado esta administración, salvo mejor parecer; otro claro ejemplo es en el cono norte de Cañete, donde los funcionarios de agricultura «han perjudicando» al distrito de Mala con informes técnicos amañados (caso Los Platanales Vs Aprils), debe quedar muy en claro, que éste sable con tinta, no es utilizada por la coyuntura electoral, porque desde hace dos años, en éste medio (ver Archivos) se solicitaba la presencia del «coordinador» por estas tierras, nunca lo vimos, salvo para la foto en las visitas de Chui, por lo tanto éste análisis debe servir como ilustración para que el elector esté alerta con su decisión a tomar el 3 de octubre, si alguien duda de estos conceptos pregunten a los maleños si la administración Chui deja una sola obra de envergadura para éste lugar y obtendrán una mejor respuesta, no olvidemos que su candidato a la Alcaldía, el destacado empresario Alfredo Gonzales Alzamora renunció a su candidatura, justamente por la escasa aceptación de Chui en estas tierras, al que se suma la falta de cuadros orgánicos (ausencia de lideres), Mala no olvida que la Administración Chui luego de haber aprobado en el concejo regional más de 1 millón de soles para construir una obra colectora y de mejoramiento de las aguas servidas (lagunas de oxidación) simplemente se la quitó, aduciendo falta de sustento técnico, hacer el ridículo y burlarse de la confianza de todo un valle que se iba a beneficiar es suficiente castigo que no se puede soportar, pues hoy Mala desde el puente camino al pueblo hasta la bica del rio «apesta» seguramente el día que tengan que votar los ciudadanos al pasar por éste lugar se acordarán de Chui.

ELLOS SON LOS CANDIDATOS DE «LA FAMILIA»…
Candidato a Presidente del Gobierno Regional, Ing. Nelson Chui Mejía, Vicepresidente Víctor Mancini Echevarría, buscan la reelección los actuales consejeros Beatriz Castillo Ochoa (Barranca), Nelly Tang Sánchez (Huaral y Ulises Rodríguez Lázaro (Yauyos), Anselmo Ventocilla Villarreal (Cajatambo), Judith Quispe Berrocal, (Canta) Robinson Ávalos Jara (Cañete) Marcial Palomino García Milla, (Huaura); Hugo Gonzales Carhuavilca, (Huarochirí) y Ólmer Torres Albornoz (Oyón).
SE INSTALA EN CAÑETE, COMISION PARA IMPLEMENTAR GERENCIA SUBREGIONAL LIMA SUR...

A través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 406-2010-PRES con fecha 03 de junio, el Gobierno Regional de Lima ha dispuesto la conformación de la Comisión de Trabajo para la implementación de la Gerencia Subregional Lima sur, la misma que ya quedó instalada desde ayer, lunes, en la Oficina Zonal de Cañete.
La Comisión de trabajo está conformada de la siguiente manera:
como Presidente, Jorge Arturo Basauri Rodríguez; y tiene como integrantes a Joel Antero Bolivia Revolledo, Víctor Mancini Echevarría; Heriberto Quispe Lifonso y Antonio Alencastre Calderón.
La referida comisión de carácter temporal, tiene como encargo realizar todas las acciones necesarias que permitan garantizar la implementación de dicha gerencia y el inicio de una gestión operativa de orden administrativo, de acuerdo a las normas legales vigentes.
Se informó que la Gerencia Subregional tiene como ámbito administrativo las provincias de Cañete y Yauyos en las que promoverá y ejecutará proyectos de inversión que permitirá agilizar la gestión pública regional en beneficio de diversos sectores de la población. Indicaron asimismo que la Gerencia Subregional dependerá de la Gerencia General del Gobierno Regional.
Después de una exposición de motivos, voceros de la Comisión sostuvieron que la indicada Gerencia subregional iniciará sus funciones ejecutivas a partir del 01 de julio de este año.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2010/MDCA

Cerro Azul, 09 de Junio de 2010

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Por cuanto:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CERRO AZUL

VISTO:
En sesión Ordinaria de Concejo de fecha nueve de Junio del 2010, el Proyecto de Ordenanza sobre preservación y mantenimiento del Muelle ubicado entre el Malecón José Olaya y Puerto Viejo, en el Distrito de Cerro Azul, en su calidad de recurso integrante del Patrimonio Turístico del Distrito.

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 82º inciso 15) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, compete a la Municipalidad: Fomentar el Turismo sostenible y regular los servicios destinados a dicho fin.

Que las playas del Distrito de Cerro Azul, constituyen importante recurso turístico natural, encontrándose entre el Malecón José Olaya y Puerto Viejo, el Muelle construido en el año 1925, en el cual hasta la década del sesenta se desarrollaban actividades de embarque y desembarque en apoyo del comercio internacional, siendo utilizado como puerto menor y que hoy constituye un lugar apacible desde donde se disfruta de la brisa marina y de un bello paisaje.

Que, mediante Convenio suscrito entre el Gobierno Regional de Lima Provincias, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul y la Empresa Perú LNG, se ha ejecutado el proyecto de «Rehabilitación, Iluminación y construcción de escalera de servicios en el referido muelle, obra que ha sido entregada a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, con fecha 02 de junio del presente e año. Y que tiene una importancia especial para el desarrollo del turismo en el Distrito;

Que, es propósito de esta Gestión Municipal, la promoción y difusión del turismo interno y receptivo, para lo cual se deben dictar las disposiciones necesarias dirigidas a la preservación y mantenimiento del Muelle en su condición de Patrimonio Turístico del Distrito en optimas condiciones, medidas que deben compatibilizarse con el desarrollo de las actividades de pesca artesanal;

Que, asimismo debe tenerse en cuenta, que siendo un recurso de la colectividad, al adoptarse las medidas debe primar el interés general sobre el interés particular;

De conformidad con los artículos 80º acápites 3.1 y 3.2; 82º inciso 15; 83º acápite 3.1 y 3.5 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; aprobó la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR al MUELLE ubicado entre el Malecón José Olaya y Puerto viejo del Distrito de Cerro Azul, Cañete; como PATRIMONIO TURÍSTICO DEL DISTRITO.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Permitir la Pesca Artesanal desde el muelle con atarraya en el siguiente horario: de 7.00 p.m. a 06.00 a.m. del día siguiente; exceptuándose los días de festividades de Semana Santa y Año Nuevo, en los cuales no se podrá pescar.

ARTÍCULO TERCERO.- Los pescadores que hagan uso del Muelle conforme al artículo anterior, deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Contribuir con el Ornato del Muelle y su mantenimiento en óptimas condiciones.
b) Respetar el horario establecido en el artículo segundo de la presente Ordenanza.
c) Proteger el área del muelle a utilizar con una manta de plástico de no menos de 4 X 4 metros
d) Limpiar con agua dulce las áreas que utilizan para la pesca artesanal. Retirar todo tipo de desechos, desperdicios y objetos inservibles (no arrojarlos al mar).
e) Retirar todos los aparejos de pesca o cualquier otro objeto de su uso.
f) Reportar al personal de servicio de guardianía cualquier hecho o situación anómala que requiera ser de conocimiento de la autoridad municipal o en su caso policial.
g) Acatar las recomendaciones del personal de Vigilancia de la Municipalidad, así como las señales de riesgo respectivas.
h) Prohibido el uso de vehículos (triciclos, motos lineales y moto taxis)

ARTÍCULO CUARTO.- El incumplimiento de las obligaciones previstas en el Artículo Tercero de la presente ordenanza dará lugar a la aplicación las siguientes sanciones:
1.- Notificación de requerimiento.
2.- Aplicación del 5% de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria).
3.- En caso de reincidencia se aplicará el doble del valor de la multa.

ARTÍCULO QUINTO.- DEJAR SIN EFECTO las Ordenanzas Nº 011-2008/MDCA de fecha 25 de julio del 2008 y 017-2009/MDCA, de fecha 16 de octubre del 2009.

ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Generales, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEPTIMO.- Transcribir la presente Ordenanza a la Capitanía de Puerto y Comisaría PNP de Cerro Azul para conocimiento y fines.

ARTÍCULO OCTAVO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Cañete «Al día con Matices».

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
EDICTO
Exp. N° 2010-017-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el doctor Luis Gustavo de la Cruz Mallaupoma y secretario John Galarza Silva. Por Resolución número uno de fecha dieciséis de Marzo del dos mil diez, en la vía del proceso abreviado se ADMITIO a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por SERGIO WONG KCONT contra la sucesión de JOSE MANUEL RODRIGUEZ ARNAIZ y de CESIRA GHIBELLINI FILIPPIN DE RODRIGUEZ ARNAIZ representado por: Diego Francisco, Gino Alfredo, José Manuel, Maria Elena, Maria Verónica Rosalía, Milagros del Carmen, Patricia Gloria Maria de Fátima RODRIGUEZ ARNAIZ GHIBELLINI, Paulo ANDRES Da Cruz RODRIGUEZ ARNAIZ, JOAQUIN DEL CASTILLO RODRIGUEZ ARNAIZ para que se le declare propietario del predio denominado FUNDO CALIFORNIA parcela N° 07 – Unidad Catastral N° 13318 ubicado a la altura del Km. 67 de la carretera autopista Panamericana Sur, en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima; ordenándose notificar a los demandados para que contesten la demanda. Mala, 27 de Mayo de 2010.
John L. Galarza Siva
Secretario Judicial
Juzgado Mixto y Juzgado Penal Unipersonal de Mala
Publicar: 03, 09 y 15 de Junio

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA
En los seguidos por RODOLFA NOSIGLIA PAUCAR, contra ROSARIO ANGELICA FERNANDEZ NOSIGLIA, CESAR GUSTAVO FERNANDEZ NOSIGLIA, y como litisconsorte CARLOS ADAN RAMIREZ MENDOZA, sobre DIVISION Y PARTICION, Expediente N° 181-2005 el 1° JUZGADO CIVIL DE CAÑETE, que despacha el Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Dr. Omar Velásquez Ochoa, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble (casa habitación) sito en el Lote N° 18, Mz. T (Jr. Hipólito Unanue N° 120 – 118), Urbanización Santa Rosa de Hualcará, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 21014398 del Registro de Predios de la Zona Registral IX, sede Lima, oficina Cañete.
VALOR DE TASACION: S/. 159,155.00 (ciento cincuenta y nueve mil ciento cincuenta y cinco y 00/100 nuevos soles);
PRECIO BASE: las dos terceras partes de dicha tasación ascendente a: S/. 106,103.33 (ciento seis mil ciento tres y 33/100 nuevos soles); diligencia que será conducida por el Martillero Público Rómulo Encarnación Vásquez.
AFECTACIONES: ninguna
LUGAR DEL REMATE: Local del 1° Juzgado Civil de Cañete, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima.
DIA Y HORA DEL REMATE: 01 de Julio del 2010 a horas 11:30 a.m.
Los postores oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre (sin sello de no negociable) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del Adjudicatario, conforme a la Tabla de Arancel establecido por el Reglamento de la Ley del Martillero Público. Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, más el IGV. Cañete, 31 de Mayo de 2010.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial - Juzgado Civil de Cañete
Publicar: Del 14 al 19 de Junio.

EDICTO PENAL
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez SULCA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2004-0832, a JESUS RAUL RIVAS PACHAS, para que cumpla con el pago de la reparación civil ordenada en la sentencia, a favor de la agraviada Chachith Rodríguez Pinedo (S/.4,000.00) bajo apercibimiento de trabarse embargo sobre los bienes de su propiedad. Cañete 02.06.2010.
Secretario: Kuan

LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0388, a JORGE ISIDORO ROJAS NOLAZCO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado, Agraviado: Jeferson Serafin Villanueva y otro. Cañete 08.06.2010.
EXP.-2007-0388, a JOSE ANTONIO CHAVEZ HUARI, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado, Jeferson Serafin Villanueva y otro. Cañete 08.06.2010.
Secretario: Miranda.
14, 15 y 16 de Junio

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, don MARIO CARLOS VARGAS MEINEL, solicita la Inscripción de la Partida de Defunción de quien en vida fuera su padre LUIS MARIO VARGAS AVILA, fallecido el ocho de Julio del dos mil seis, en el condado de Los Angeles, estado de California, Estados Unidos de América. Lo que se publica para los fines legales pertinentes. Mala, 21 de Mayo del 2010.
César Alejandro Antezana Canchos
Secretario Judicial - Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente de Cañete, se presentó doña LITA BIVIANA SANCHEZ TEJADA, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Provincial de Melgar - Ayavirí, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL PADRE DE LA TITULAR DE LA PARTIDA: DICE: ADOLFO SANCHEZ. DEBE DECIR: GUSTAVO ADOLFO SANCHEZ SALAS. DATOS DE LA MADRE DE LA TITULAR DE LA PARTIDA: DICE: JOSEFINA TEJADA. DEBE DECIR: MARIA JOSEFINA TEJADA FARFAN. Lo que comunico para los fines de Ley. 10 de Junio del 2010.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 - San Vicente - Cañete, se presentó doña BENILDA CLARA GALLEGOS ABURTO, manifestando ser cónyuge de quien fuera en vida don SANTIAGO WALTER MANCO GERMAN; quien falleció AB-INTESTADO el día 19 de Octubre del año 2007, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite doña BENILDA CLARA GALLEGOS ABURTO y a sus hijos: ROSA DEL PILAR MANCO GALLEGOS, RICARDO SANTIAGO MANCO GALLEGOS, JAIR MARTING MANCO GALLEGOS y FAVIO ALONZO MANCO GALLEGOS, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 26 de Mayo de 2010
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción del servicio eléctrico.

LUGAR: C. P. San Juan Alto
ZONAS AFECTADAS: San Juan Bajo, San Juan Alto, Espíritu
Santo de Palo, La Isla Alta, La Isla Baja del
Distrito de San Vicente de la provincia de
Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS: PDS 32170
DIA: Lunes 14 de junio de 2010.
HORA DE INICIO: 10:37 hrs. Lunes 14 de junio de 2010..
HORA FINAL: 12:32 hrs. Lunes 14 de junio de 2010..

La interrupción del servicio fue causada por daños en la red de M.T., ocasionada pos Avería por Terceros (tala de árboles), lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización de los circuitos afectados.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.