27 octubre 2012
PROYECTO ARQUEOLÓGICO PISQUILLO – LAS SHICRAS REVELA PRIMEROS RASGOS DE DOS FARDOS FUNERALES DE LA CULTURA CHANCAY.
Los expertos del proyecto arqueológico Pisquillo -Las Shicras que promueve el Gobierno Regional de Lima en la provincia de Huaral, lograron el histórico desenfardelamiento de dos de los tres fardos funerarios hallados a principios de este año, pertenecientes a la cultura Chancay que se desarrolló entre el año 1,100 a 1,480 después de Cristo.
Tras un trabajo científico de dos días, el grupo de profesionales integrado por bioarqueólogos, conservadores y expertos textiles descubrieron los principales rasgos de ambos personajes bautizados como «Chata» y «Chiqui»; la primera, una mujer adulta y la segunda, una niña.
El jefe del proyecto arqueológico Pisquillo -Las Shicras, arqueólogo. Walter Tosso, contó que durante el desenfardelamiento de los restos de la mujer adulta se encontró a sus extremidades flexionadas, que fueron cubiertas con varios textiles. «Es muy probable que «La Chata» haya sido enterrada en otro lugar y luego trasladada al sector de Las Shicras. También se halló huesos de otros seres en ese fardo, así como semillas de algodón», concluyó.
Además, los especialistas, entre ellos la jefa del equipo de investigación, Patricia Landa mostró su sorpresa por el estado de preservación en el que fue encontrado la lengua de «la Chata», toda vez que esa zona del cuerpo humano es una de las primeras en degradarse cuando fallece una persona. Al respecto de «Chiqui», el arqueólogo Tosso explicó que dicho fardo funeral fue enterrado cubierto de pocos telares, por lo que fue de facilidad su desenfardelamiento. Las investigaciones no han determinado que ambos personajes tengan parentescos. Esta última jornada científica contó con la presencia del gerente general Regional Dr. Luis Fernández Estrella, quien señaló que «Pocas veces la opinión pública es testigo de un desenfardelamiento, hoy se ha podido revelar algo más de la historia de la cultura Chancay. La ejecución del proyecto Pisquillo -Las Shicras es una muestra del interés del presidente Javier Alvarado por ejecutar proyectos de preservación, puesta en valor y difusión de nuestros sitios arqueológicos». Los restos de ambos fardos funerales fueron depositados en recipientes bajo un cuidado especial, dado que el proceso de investigación continuará posteriormente en la ciudad de Lima a fin de conocer mayores detalles de sus entierros, edades, características físicas, entre otros.
Al término del desenfardelamiento, los integrantes del proyecto Pisquillo –Las Shicras en compañía del Dr. Fernández Estrella e invitados especiales realizaron el tradicional pago a la Pachamama, para darle una ofrenda a la tierra por haberle dado las facilidades de conocer la historia de la cultura Chancay.
ECLARAN DESIERTO EL CONCURSO PARA CONSTRUIR EL HOSPITAL REGIONAL
Por Edgar Cama Quispe
Uno de los ofrecimientos electorales del Pdte. Regional de Lima, Javier Alvarado, fue la construcción del Hospital Regional de Cañete; una obra anhelada por años, impulsada luego a raíz del terremoto del 2007 y concretada su financiamiento a través del Decreto de Urgencia 016-2012 por el que se destinó 33’900,000 nuevos soles.
Hoy podemos decir que es una realidad, toda vez que ya se está convocando a Licitación Pública la ejecución de la Obra denominada «CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL EN LA PROVINCIA DE CAÑETE – META I».
La Licitación Pública Nº 16-2012/GRL/CE se convocó el 10 de setiembre del 2012, teniendo la obra un valor referencial de 38 millones 110 mil 960.72 nuevos soles y el Periodo de Ejecución de la Obra es de Doscientos Diez (210) días calendarios.
La presentación, calificación y evaluación de propuestas fue el 22 de octubre pasado, en los ambientes de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en la ciudad de Huacho.
El proceso estuvo a cargo de la Ing. Miriam Mullisaca en su calidad de Presidente del Comité, asistiendo el Dr. Marco Antonio Montoya Cieza, el Sr. Ángel Matos, el Notario Público Carlos Reyes y como representante del OCI el Ing. Julio Martínez.
Al proceso de presentaron 20 postores, de los cuales desistieron 17 (diecisiete) quedando solo tres postores: Consorcio Ejecutor Cañete; Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú; y, Consorcio Constructora Cañete.
De la evaluación de las propuestas se observó el siguiente resultado:
1.- Consorcio Ejecutor Cañete, no fue admitida su propuesta técnica, porque su propuesto Residente de Obra no cumplió con acreditar siete de diez actividades en obras similares.
2.- Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú, no fue admitida su propuesta técnica, porque en el certificado de trabajo de su Residente de Obra no contiene los datos de la entidad o empresa privada a la que prestó sus servicios.
3.- Consorcio Constructora Cañete, no fue admitida su propuesta, pues no cumplió con adjuntar la copia simple del título profesional del residente de obra, adjuntando solamente la copia simple del grado de Bachiller.
Ante la no admisión de los tres únicos postores que se presentaron al Concurso, el Comité Especial declaró «DESIERTO el proceso de selección LICITACIÓN PÚBLICA Nº 016-2012-GRL/CE, EJECUCIÓN DE OBRA ‘CONSTERUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL, EN LA PROVINCIA DE CAÑETE. META – I’»
Ante esta situación y de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado, el Comité Especial resolverá los reclamos presentados por algunos postores y si son declarados improcedentes se fijará un nuevo cronograma de Licitación.
UNA NECESARIA PRECISIÓN.
Hace unos días se ha difundido la noticia de la gestión del congresista Elard Melgar ante el Ministerio de Salud sobre la partida económica para el Hospital Regional, una «noticia» que encierra el afán de protagonismo del congresista Elard Melgar, toda vez que la partida económica se dispuso a través del Decreto de Urgencia Nº 016-2012 del 25 de Junio del 2012 y publicada en El Peruano el 26 de Junio 2012. Este desembolso económico, a diversos gobiernos regionales y locales (uno de ellos es la obra de saneamiento de La Florida - Nuevo Imperial) que hizo el Gobierno fue como parte de contarestar la crisis mundial e impulsar el dinamismo de la economia nacional.
Uno de los ofrecimientos electorales del Pdte. Regional de Lima, Javier Alvarado, fue la construcción del Hospital Regional de Cañete; una obra anhelada por años, impulsada luego a raíz del terremoto del 2007 y concretada su financiamiento a través del Decreto de Urgencia 016-2012 por el que se destinó 33’900,000 nuevos soles.
Hoy podemos decir que es una realidad, toda vez que ya se está convocando a Licitación Pública la ejecución de la Obra denominada «CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL EN LA PROVINCIA DE CAÑETE – META I».
La Licitación Pública Nº 16-2012/GRL/CE se convocó el 10 de setiembre del 2012, teniendo la obra un valor referencial de 38 millones 110 mil 960.72 nuevos soles y el Periodo de Ejecución de la Obra es de Doscientos Diez (210) días calendarios.
La presentación, calificación y evaluación de propuestas fue el 22 de octubre pasado, en los ambientes de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en la ciudad de Huacho.
El proceso estuvo a cargo de la Ing. Miriam Mullisaca en su calidad de Presidente del Comité, asistiendo el Dr. Marco Antonio Montoya Cieza, el Sr. Ángel Matos, el Notario Público Carlos Reyes y como representante del OCI el Ing. Julio Martínez.
Al proceso de presentaron 20 postores, de los cuales desistieron 17 (diecisiete) quedando solo tres postores: Consorcio Ejecutor Cañete; Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú; y, Consorcio Constructora Cañete.
De la evaluación de las propuestas se observó el siguiente resultado:
1.- Consorcio Ejecutor Cañete, no fue admitida su propuesta técnica, porque su propuesto Residente de Obra no cumplió con acreditar siete de diez actividades en obras similares.
2.- Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú, no fue admitida su propuesta técnica, porque en el certificado de trabajo de su Residente de Obra no contiene los datos de la entidad o empresa privada a la que prestó sus servicios.
3.- Consorcio Constructora Cañete, no fue admitida su propuesta, pues no cumplió con adjuntar la copia simple del título profesional del residente de obra, adjuntando solamente la copia simple del grado de Bachiller.
Ante la no admisión de los tres únicos postores que se presentaron al Concurso, el Comité Especial declaró «DESIERTO el proceso de selección LICITACIÓN PÚBLICA Nº 016-2012-GRL/CE, EJECUCIÓN DE OBRA ‘CONSTERUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL, EN LA PROVINCIA DE CAÑETE. META – I’»
Ante esta situación y de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado, el Comité Especial resolverá los reclamos presentados por algunos postores y si son declarados improcedentes se fijará un nuevo cronograma de Licitación.
UNA NECESARIA PRECISIÓN.
Hace unos días se ha difundido la noticia de la gestión del congresista Elard Melgar ante el Ministerio de Salud sobre la partida económica para el Hospital Regional, una «noticia» que encierra el afán de protagonismo del congresista Elard Melgar, toda vez que la partida económica se dispuso a través del Decreto de Urgencia Nº 016-2012 del 25 de Junio del 2012 y publicada en El Peruano el 26 de Junio 2012. Este desembolso económico, a diversos gobiernos regionales y locales (uno de ellos es la obra de saneamiento de La Florida - Nuevo Imperial) que hizo el Gobierno fue como parte de contarestar la crisis mundial e impulsar el dinamismo de la economia nacional.
AGENDA LOCAL Y REGIONAL ANTE «BURRADA ADMINISTRATIVA POLICIAL»
Escribe: Vladimir Alexander Rojas Hinostroza
El Gral. Raúl Salazar las verá verde estas horas, no sólo por la violencia y saqueo registrado en Gamarra (La Victoria – Lima), sino además, por la decisión que han tomado el Consejo Regional de Lima, con un pedido stentado por la Consejera Regional Liliana Torre, y las autoridades locales de Cañete.
Dichas instancias han coincidido (a Dios gracias), en rechazar la resolución «Salazar» que merma de manera ilegal, usurpadora, y sin argumentos, la jurisdicción policial de Cañete; sino además en plantear las impugnaciones respectivas ante el Ministro del Interior, quien al parecer desconocía lo hecho por el Gral. Salazar.
A estas horas, nuestras autoridades ya cuentan con los elementos de juicio necesarios para que se corrija el «error grosero» en que incurre el mandamás del aparato policial. Restablecer la vigencia de la Resolución Directoral 511-2003-DIRGEN/EMG, es el primer camino. Presionar para que se defina legalmente la demarcación territorial es un camino más complejo. Esto último debieron hacerlo hace tiempo, y no esperar las argucias del «tonto cacique congresal» llamado José Elías.
Porque inducir a cometer un error a un oficial (de más alto rango de la PNP) debe ser catalogado como crimen. Lástima que ello no esté tipificado en el Código Penal.
Debió acordarse además, exigir que nuestros 4 congresistas formulen acusación ante la Comisión de Ética del congreso, para que se suspenda al citado personaje de Ica, porque no sólo ha sorprendido a un oficial de la PNP, sino que con su actitud está mermando la paz pública entre dos provincias con un diferendo limítrofe por subsanar en dicho órgano del Estado.
¿POR QUÉ NUESTRAS AUTORIDADES NO SE ATREVEN A PARARLE EL «MACHO» A ESTE CONGRESISTA IQUEÑO, SI CUENTAN CON TODO PARA HACERLO?, ¿O ACASO, LOS CONGRESISTAS DE LIMA – PROVINCIAS LE TEMEN A UN FUNCIONARIO QUE GOZA DE LAS MISMAS PRERROGATIVAS QUE ELLOS? Veremos el desenlace, pero no se extrañen, si en las próximas horas recibimos «nuevas noticias» del falso líder de la Región Ica. — con Vicente Sanchez Vasquez y 18 personas más.
El Gral. Raúl Salazar las verá verde estas horas, no sólo por la violencia y saqueo registrado en Gamarra (La Victoria – Lima), sino además, por la decisión que han tomado el Consejo Regional de Lima, con un pedido stentado por la Consejera Regional Liliana Torre, y las autoridades locales de Cañete.
Dichas instancias han coincidido (a Dios gracias), en rechazar la resolución «Salazar» que merma de manera ilegal, usurpadora, y sin argumentos, la jurisdicción policial de Cañete; sino además en plantear las impugnaciones respectivas ante el Ministro del Interior, quien al parecer desconocía lo hecho por el Gral. Salazar.
A estas horas, nuestras autoridades ya cuentan con los elementos de juicio necesarios para que se corrija el «error grosero» en que incurre el mandamás del aparato policial. Restablecer la vigencia de la Resolución Directoral 511-2003-DIRGEN/EMG, es el primer camino. Presionar para que se defina legalmente la demarcación territorial es un camino más complejo. Esto último debieron hacerlo hace tiempo, y no esperar las argucias del «tonto cacique congresal» llamado José Elías.
Porque inducir a cometer un error a un oficial (de más alto rango de la PNP) debe ser catalogado como crimen. Lástima que ello no esté tipificado en el Código Penal.
Debió acordarse además, exigir que nuestros 4 congresistas formulen acusación ante la Comisión de Ética del congreso, para que se suspenda al citado personaje de Ica, porque no sólo ha sorprendido a un oficial de la PNP, sino que con su actitud está mermando la paz pública entre dos provincias con un diferendo limítrofe por subsanar en dicho órgano del Estado.
¿POR QUÉ NUESTRAS AUTORIDADES NO SE ATREVEN A PARARLE EL «MACHO» A ESTE CONGRESISTA IQUEÑO, SI CUENTAN CON TODO PARA HACERLO?, ¿O ACASO, LOS CONGRESISTAS DE LIMA – PROVINCIAS LE TEMEN A UN FUNCIONARIO QUE GOZA DE LAS MISMAS PRERROGATIVAS QUE ELLOS? Veremos el desenlace, pero no se extrañen, si en las próximas horas recibimos «nuevas noticias» del falso líder de la Región Ica. — con Vicente Sanchez Vasquez y 18 personas más.
JUZGADO DE PAZ DE NUEVO AYACUCHO ALISTA SHOW INFANTIL PARA EL 31 DE OCTUBRE...
SAN VICENTE.- El Juzgado de Paz del Centro Poblado de «Nuevo Ayacucho», en coordinación con algunas instituciones caritativas, realizará un show infantil dirigido a los niños de nivel primario de la IEP 20795 «Andrés Avelino Cáceres» de esta localidad.
Susana Carrera Viuda de Flores, Juez de paz del CP «Nuevo Ayacucho», expresó que la fiesta infantil se realizará el próximo 31 del mes en curso en la misma institución educativa.
La autoridad judicial, precisó que el show artístico consistirá en la presentación de payasos, animaciones, concurso de bailes, regalos, bocaditos y muchas sorpresas más.
«Realizamos esta actividad con el propósito de brindar un momento de sano esparcimiento a los niños de Nuevo Ayacucho que son el futuro de nuestra frontera», precisó Susana Carrera.
Mostró su agradecimiento a las instituciones como la Asociación Cultural «Frontera Viva», Familia Alina Mora, Federación de Apafas de Cañete, Amancio Astorayme Flores, Ing. Esteban Vega, Lic. Max Cuzcano Reyes y otros.
Precisa que la fiesta infantil consistirá en el inicio de una campaña de sensibilización a cargo de un grupo de moradores con el objeto que nuestras autoridades provincial y de la región brinden mayor prioridad a Nuevo Ayacucho.
AÑO DE LA FE
IV. La estructura del «Catecismo de la Iglesia Católica»
13 El plan de este catecismo se inspira en la gran tradición de los catecismos, los cuales articulan la catequesis en torno a cuatro «pilares»: la profesión de la fe bautismal (el Símbolo), los sacramentos de la fe, la vida de fe (los Mandamientos), la oración del creyente (el Padre Nuestro).
P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com
13 El plan de este catecismo se inspira en la gran tradición de los catecismos, los cuales articulan la catequesis en torno a cuatro «pilares»: la profesión de la fe bautismal (el Símbolo), los sacramentos de la fe, la vida de fe (los Mandamientos), la oración del creyente (el Padre Nuestro).
P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007-2012-A-MDM
Mala, 18 de Octubre del 2012
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del Distrito de Mala, de fecha 18 de Octubre del 2012, respecto al Informe Nº 04-2012-CPIMGM-MDM, emitido por el Coordinador del Plan de Incentivos a la mejora de la Gestión y Modernización de la Municipalidad Distrital de Mala, donde se solicita la implementación de la Ciclovía Recreativa de 2 Km en el Distrito de Mala», de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos de Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, donde la Municipalidad de Distrital de Mala deberá cumplir metas, siendo unas de ellas la «Identificación de las Zonas de Riesgo de Accidentes de Tránsito en el distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud».
Que, el Ministerio de Salud ha establecido un instructivo, donde establecen los pasos a seguir para el cumplimiento de la meta antes mencionada. Siendo uno de ellos, la conformación de un equipo de trabajo, conformado por la Municipalidad Distrital de Mala, la Policía Nacional, Personal de Establecimiento de Salud, y otras organizaciones afines, quienes tendrán la facultad de tomar decisiones para el cumplimiento de la Meta «Implementación de la ciclovía recreativa en el Distrito de Mala» de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud.
Que, mediante R.A. Nº 639-2012-A-MDM de fecha 03/09/12 se conforma el equipo de trabajo, para el cumplimiento de la meta antes citada, con representantes de la Municipalidad, Policía Nacional, del sector salud y otras instituciones.
Que, estando de conocimiento de las responsabilidades que la Ley asigna en condición de Titular del Pliego, en base a las atribuciones conferidas por el voto unánime del Concejo Municipal, se ha aprobado la siguiente Ordenanza Municipal;
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Implementación de la Ciclovía de 2 Km en el Distrito de Mala, la cual comprenderá desde la Plaza de Armas (Municipalidad) salida por Pasaje Plaza de Armas, Jirón Real hasta la intersección con la Calle Coronel Castillo, giro a la derecha hasta vía auxiliar de la Antigua Panamericana Sur, de allí continua en dirección sur hasta intersección con Av. Alfonso Ugarte, dobla a la izquierda hasta llegar a prolongación Real, giro al sur hasta llegar al acceso a la Comunidad Campesina de San Marcos de la Aguada por el sector de Lumbreras, haciendo los 2 km, requisito para el cumplimiento de la meta.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer como fechas para el evento durante los días domingos, comprendidos a partir del 28 de los corrientes, hasta el 16 de diciembre del presente año, entre las 7.00 a las 13.00 horas.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar al Coordinador y el Equipo de Trabajo, designados mediante Resolucion de Alcaldía Nº 639-2012-A-MDM, para el logro de la presente meta, de acuerdo a los lineamientos y plazos establecidos por el Ministerio de Salud.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007-2012-A-MDM
Mala, 18 de Octubre del 2012
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del Distrito de Mala, de fecha 18 de Octubre del 2012, respecto al Informe Nº 04-2012-CPIMGM-MDM, emitido por el Coordinador del Plan de Incentivos a la mejora de la Gestión y Modernización de la Municipalidad Distrital de Mala, donde se solicita la implementación de la Ciclovía Recreativa de 2 Km en el Distrito de Mala», de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos de Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, donde la Municipalidad de Distrital de Mala deberá cumplir metas, siendo unas de ellas la «Identificación de las Zonas de Riesgo de Accidentes de Tránsito en el distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud».
Que, el Ministerio de Salud ha establecido un instructivo, donde establecen los pasos a seguir para el cumplimiento de la meta antes mencionada. Siendo uno de ellos, la conformación de un equipo de trabajo, conformado por la Municipalidad Distrital de Mala, la Policía Nacional, Personal de Establecimiento de Salud, y otras organizaciones afines, quienes tendrán la facultad de tomar decisiones para el cumplimiento de la Meta «Implementación de la ciclovía recreativa en el Distrito de Mala» de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud.
Que, mediante R.A. Nº 639-2012-A-MDM de fecha 03/09/12 se conforma el equipo de trabajo, para el cumplimiento de la meta antes citada, con representantes de la Municipalidad, Policía Nacional, del sector salud y otras instituciones.
Que, estando de conocimiento de las responsabilidades que la Ley asigna en condición de Titular del Pliego, en base a las atribuciones conferidas por el voto unánime del Concejo Municipal, se ha aprobado la siguiente Ordenanza Municipal;
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Implementación de la Ciclovía de 2 Km en el Distrito de Mala, la cual comprenderá desde la Plaza de Armas (Municipalidad) salida por Pasaje Plaza de Armas, Jirón Real hasta la intersección con la Calle Coronel Castillo, giro a la derecha hasta vía auxiliar de la Antigua Panamericana Sur, de allí continua en dirección sur hasta intersección con Av. Alfonso Ugarte, dobla a la izquierda hasta llegar a prolongación Real, giro al sur hasta llegar al acceso a la Comunidad Campesina de San Marcos de la Aguada por el sector de Lumbreras, haciendo los 2 km, requisito para el cumplimiento de la meta.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer como fechas para el evento durante los días domingos, comprendidos a partir del 28 de los corrientes, hasta el 16 de diciembre del presente año, entre las 7.00 a las 13.00 horas.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar al Coordinador y el Equipo de Trabajo, designados mediante Resolucion de Alcaldía Nº 639-2012-A-MDM, para el logro de la presente meta, de acuerdo a los lineamientos y plazos establecidos por el Ministerio de Salud.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
EDICTOS
EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS SAN LUIS OBISPO DE TOLOZA S.A.
JUNTA GENERAL DE SOCIOS ACCIONISTAS
Se convoca a todos los socios accionistas de la Empresa de Transporte de Pasajeros San Luis Obispo de Toloza S.A., a la reunión que se llevará a cabo el día Miércoles 07 de Noviembre del 2012, a horas 8:00 p.m. en la casa del socio Alejandro Centeno (Calle Comercio – San Luis – Cañete); para tratar la siguiente Agenda:
- Disminución del capital social según mandato de ley.
Cañete, 27 de Octubre de 2012.
El Directorio.
*****
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Polanco; Comunica:
EXP.- 2000-3661; Cita y emplaza a JESUSI MATEO ABNER ABRAHAM, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo agravado. Agraviado: Cesar Daniel Jorge Wong. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0352; Cita y emplaza a BUENDIA ANTIALON JUAN CARLOS, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2004-0342; Cita y emplaza a CAYLLAHUA DURAN RUBEN LEONCIO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad de iniciales D.J.S.A. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0321; Cita y emplaza a ROSENDO TAPIA VASQUEZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0496; Cita y emplaza a CALDERON SANCHEZ SEGUNDO GASPAR TITO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2005-0587; Cita y emplaza a ALCAHUAMAN SAPALLANAY WILMER, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Tenencia Ilegal de Armas. Agraviado: La Sociedad. Secretario: Miranda.
EXP.- 2010-0185; Cita y emplaza a DE LA CRUZ PALOMINO HECTOR ALEJANDRO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2009-0182; Cita y emplaza a RICHARD ALBERTO GOICOCHEA MIRANDA, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Homicidio Calificado y otro. Agraviado: Carlos A. Negron Vicente y otro. Secretario: Miranda.
EXP.- 2002-0954; Cita y emplaza a JORGE LUIS CASTILLO PEREZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0005; Cita y emplaza a RUIZ BONILLA OTTMAR DIDI, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Cohecho Propio. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0023; Cita y emplaza a HUARACA CHINCHON MARCOS ANTONIO y RAMOS TORALBA ENRREY, se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Antolina Zenteno Vda. De Ramos. Secretario: Miranda.
EXP.- 2007-0719; Cita y emplaza a RICARDO CUADROS CUCHO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0156; Cita y emplaza a CANCHARI RODRIGUEZ JESUS MIGEL, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2000-2032; Cita y emplaza a PELAGIO VILLAGARAY CRISANTE, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Andrés Sánchez Celestino. Secretario: Miranda.
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE; Juez: García; Comunica:
EXP.- 0539-2000; Cita, llama y emplaza a JOSE FERNANDO ARMAS DURAND, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Seguridad Pública. Agraviado: La sociedad. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0579-2004; Cita, llama y emplaza a SANTOS ROMAS QUISPE LAZARO, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra el Orden Financiero y Monetario – Falsificación de monedas y billetes falsos. Agraviado: Banco de Reservas del Perú. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0945-2009; Llama y emplaza a JOSE QUISPE ARONI, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves. Agraviada: Adriana Bertha Rojas Cuadros. Secretario: Astohuaman.
26, 27 y 29 de Octubre
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Jueza: Guzmán; Comunica:
EXP.- 2012-0556; Cita, llama y emplaza al adolescente RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), con la RES. 09 (09.10.12); se resuelve PRIMERO: AMPLIAR la investigación por 30 días y SEÑALAR fecha para la CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS para el día 06.11.2012 a horas 11:30 a.m; a fin: 1) RECIBASE la declaración referencial del investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), quien deberá concurrir a dicha diligencia acompañado de uno de sus progenitores y un abogado de su elección y en caso no tenerlo el juzgado le designará un abogado de oficio; 2) RECIBASE la declaración testimonial de la madre de la menor agraviado doña LEANDRA PALOMINO GUERRA; 3) RECABESE la ratificación del CERTIFICADO MEDICO LEGAL por la profesional pertinente; SEGUNDO: DECLARAR ADOLESCENTE CONTUMAZ al investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE; y responda a los cargos que se han formulado en su contra, en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Libertad Sexual en grado de Tentativa en agravio de la menor de iniciales Y.L.C.P (11). Secretaria: Katherine Claudio.
EXP.- 2012-01000; Res. 01(10.10.12). Resuelve: ADMITASE a tramite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO SIN LESIÓN, interpuesta por el Ministerio Publico contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS en agravio de su conviviente SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA, debiendo tramitarse en la via de PROCESO UNICO: Notificar al demandado DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS para que en el plazo especial de QUINCE DÍAS se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a Ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretaria: Katherine Claudio.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; Comunica:
EXP.- 2011-0021-02; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA con el auto de enjuiciamiento contenido en la Res. 09 (18.07.12), investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez.
EXP.- 2012-0037; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, la Res. 01(09.07.2012), en la cual se le concede tres días para que designe abogado defensor y señale domicilio procesal, bajo apercibimiento de nombrarle abogado defensor de oficio, investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Asistente: Rodríguez.
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00570-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña VICTORIA ILLACCANQUI MALDONADO, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se rectifique su apellido paterno ILLACCANQUI siendo lo correcto «HIYAJANQUI» y además se rectifique el nombre y apellido paterno de su padre ELOY ILLACCANQUI TORRES siendo lo correcto «EULOGIO HIYAJANQUI TORRES», debiendo figurar que la titular de la partida es VICTORIA HIYAJANQUI MALDONADO y que es hija de EULOGIO HIYAJANQUI TORRES. Lo que se publica para conocimiento. Cañete, 24 de Octubre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO
Ante mí se ha presentado JOSE ALEJANDRO ESPINOZA CANDELA, solicitando la RECFTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su hermana: MARIA ELENA ESPINOZA CANDELA, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el siguiente extremo: Nombre del Padre dice: JOSE ESPINOZA, debe decir: JOSE TEOFILO ESPINOZA Y CUADROS. Nombre de la madre dice: AUGUSTA CANDELA, debe decir: AUGUSTA LUCIA CANDELA SANCHEZ.
Lo que se notifica en cumplimiento de la ley 26662.
Cañete, 25 de Octubre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña BENITA PORTUGUEZ SANCHEZ, quien falleció AB-INTESTADA el día 20 de Setiembre del año 2008, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su hijo NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia
Cañete, 11 de Octubre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete
JUNTA GENERAL DE SOCIOS ACCIONISTAS
Se convoca a todos los socios accionistas de la Empresa de Transporte de Pasajeros San Luis Obispo de Toloza S.A., a la reunión que se llevará a cabo el día Miércoles 07 de Noviembre del 2012, a horas 8:00 p.m. en la casa del socio Alejandro Centeno (Calle Comercio – San Luis – Cañete); para tratar la siguiente Agenda:
- Disminución del capital social según mandato de ley.
Cañete, 27 de Octubre de 2012.
El Directorio.
*****
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Polanco; Comunica:
EXP.- 2000-3661; Cita y emplaza a JESUSI MATEO ABNER ABRAHAM, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo agravado. Agraviado: Cesar Daniel Jorge Wong. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0352; Cita y emplaza a BUENDIA ANTIALON JUAN CARLOS, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2004-0342; Cita y emplaza a CAYLLAHUA DURAN RUBEN LEONCIO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad de iniciales D.J.S.A. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0321; Cita y emplaza a ROSENDO TAPIA VASQUEZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0496; Cita y emplaza a CALDERON SANCHEZ SEGUNDO GASPAR TITO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2005-0587; Cita y emplaza a ALCAHUAMAN SAPALLANAY WILMER, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Tenencia Ilegal de Armas. Agraviado: La Sociedad. Secretario: Miranda.
EXP.- 2010-0185; Cita y emplaza a DE LA CRUZ PALOMINO HECTOR ALEJANDRO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2009-0182; Cita y emplaza a RICHARD ALBERTO GOICOCHEA MIRANDA, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Homicidio Calificado y otro. Agraviado: Carlos A. Negron Vicente y otro. Secretario: Miranda.
EXP.- 2002-0954; Cita y emplaza a JORGE LUIS CASTILLO PEREZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0005; Cita y emplaza a RUIZ BONILLA OTTMAR DIDI, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Cohecho Propio. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0023; Cita y emplaza a HUARACA CHINCHON MARCOS ANTONIO y RAMOS TORALBA ENRREY, se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Antolina Zenteno Vda. De Ramos. Secretario: Miranda.
EXP.- 2007-0719; Cita y emplaza a RICARDO CUADROS CUCHO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0156; Cita y emplaza a CANCHARI RODRIGUEZ JESUS MIGEL, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2000-2032; Cita y emplaza a PELAGIO VILLAGARAY CRISANTE, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Andrés Sánchez Celestino. Secretario: Miranda.
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE; Juez: García; Comunica:
EXP.- 0539-2000; Cita, llama y emplaza a JOSE FERNANDO ARMAS DURAND, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Seguridad Pública. Agraviado: La sociedad. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0579-2004; Cita, llama y emplaza a SANTOS ROMAS QUISPE LAZARO, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra el Orden Financiero y Monetario – Falsificación de monedas y billetes falsos. Agraviado: Banco de Reservas del Perú. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0945-2009; Llama y emplaza a JOSE QUISPE ARONI, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves. Agraviada: Adriana Bertha Rojas Cuadros. Secretario: Astohuaman.
26, 27 y 29 de Octubre
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Jueza: Guzmán; Comunica:
EXP.- 2012-0556; Cita, llama y emplaza al adolescente RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), con la RES. 09 (09.10.12); se resuelve PRIMERO: AMPLIAR la investigación por 30 días y SEÑALAR fecha para la CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS para el día 06.11.2012 a horas 11:30 a.m; a fin: 1) RECIBASE la declaración referencial del investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), quien deberá concurrir a dicha diligencia acompañado de uno de sus progenitores y un abogado de su elección y en caso no tenerlo el juzgado le designará un abogado de oficio; 2) RECIBASE la declaración testimonial de la madre de la menor agraviado doña LEANDRA PALOMINO GUERRA; 3) RECABESE la ratificación del CERTIFICADO MEDICO LEGAL por la profesional pertinente; SEGUNDO: DECLARAR ADOLESCENTE CONTUMAZ al investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE; y responda a los cargos que se han formulado en su contra, en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Libertad Sexual en grado de Tentativa en agravio de la menor de iniciales Y.L.C.P (11). Secretaria: Katherine Claudio.
EXP.- 2012-01000; Res. 01(10.10.12). Resuelve: ADMITASE a tramite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO SIN LESIÓN, interpuesta por el Ministerio Publico contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS en agravio de su conviviente SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA, debiendo tramitarse en la via de PROCESO UNICO: Notificar al demandado DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS para que en el plazo especial de QUINCE DÍAS se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a Ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretaria: Katherine Claudio.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; Comunica:
EXP.- 2011-0021-02; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA con el auto de enjuiciamiento contenido en la Res. 09 (18.07.12), investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez.
EXP.- 2012-0037; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, la Res. 01(09.07.2012), en la cual se le concede tres días para que designe abogado defensor y señale domicilio procesal, bajo apercibimiento de nombrarle abogado defensor de oficio, investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Asistente: Rodríguez.
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00570-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña VICTORIA ILLACCANQUI MALDONADO, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se rectifique su apellido paterno ILLACCANQUI siendo lo correcto «HIYAJANQUI» y además se rectifique el nombre y apellido paterno de su padre ELOY ILLACCANQUI TORRES siendo lo correcto «EULOGIO HIYAJANQUI TORRES», debiendo figurar que la titular de la partida es VICTORIA HIYAJANQUI MALDONADO y que es hija de EULOGIO HIYAJANQUI TORRES. Lo que se publica para conocimiento. Cañete, 24 de Octubre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO
Ante mí se ha presentado JOSE ALEJANDRO ESPINOZA CANDELA, solicitando la RECFTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su hermana: MARIA ELENA ESPINOZA CANDELA, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el siguiente extremo: Nombre del Padre dice: JOSE ESPINOZA, debe decir: JOSE TEOFILO ESPINOZA Y CUADROS. Nombre de la madre dice: AUGUSTA CANDELA, debe decir: AUGUSTA LUCIA CANDELA SANCHEZ.
Lo que se notifica en cumplimiento de la ley 26662.
Cañete, 25 de Octubre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña BENITA PORTUGUEZ SANCHEZ, quien falleció AB-INTESTADA el día 20 de Setiembre del año 2008, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su hijo NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia
Cañete, 11 de Octubre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 008-2012-MDM
Mala, 18 de Octubre del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de Octubre del 2012, el Informe N° 347-2012-GAT/MDM de la Gerencia de Administración Tributaria e Informe Nº 509-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal respecto al Proyecto de Ordenanza que Otorga Beneficios para el Pago de Deudas de Arbitrios Municipales, para los contribuyentes del distrito de Mala.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú.
Que, a su vez el artículo 195° de la Constitución Política del Estado reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la ley.
Que, el artículo 2° del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2004-EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, asimismo establece en el Artículo 41° en su segundo párrafo que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administra.
Que, es política de la Municipalidad Distrital de Mala incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes mediante un régimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias.
Que, estando a lo expuesto y a lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, el Concejo Municipal por unanimidad con las observaciones del caso y con la dispensa de lectura de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES
ARTÍCULO PRIMERO: OBJETIVO
El objeto de la presente Ordenanza es establecer un beneficio temporal para el pago de las deudas de Arbitrios Municipales.
ARTÍCULO SEGUNDO: ALCANCES DEL BENEFICIO
Los contribuyentes que se acojan a la presente ordenanza tendrán los siguientes beneficios:
a) Condonación del 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por deudas de arbitrios municipales vencidos.
b) Descuento especial en porcentajes por años conforme al cuadro adjunto:
Años 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
% a descontar 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30%
ARTÍCULO TERCERO: PAGOS EFECTUADOS
Los pagos realizados por los contribuyentes con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza son válidos, por lo cual no son materia de devolución y/o compensación.
ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 03 de Noviembre y vence el 30 de Noviembre del 2012.
ARTÍCULO QUINTO: Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL Y ÚNICA
Facultar al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 008-2012-MDM
Mala, 18 de Octubre del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de Octubre del 2012, el Informe N° 347-2012-GAT/MDM de la Gerencia de Administración Tributaria e Informe Nº 509-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal respecto al Proyecto de Ordenanza que Otorga Beneficios para el Pago de Deudas de Arbitrios Municipales, para los contribuyentes del distrito de Mala.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú.
Que, a su vez el artículo 195° de la Constitución Política del Estado reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la ley.
Que, el artículo 2° del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2004-EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, asimismo establece en el Artículo 41° en su segundo párrafo que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administra.
Que, es política de la Municipalidad Distrital de Mala incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes mediante un régimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias.
Que, estando a lo expuesto y a lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, el Concejo Municipal por unanimidad con las observaciones del caso y con la dispensa de lectura de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES
ARTÍCULO PRIMERO: OBJETIVO
El objeto de la presente Ordenanza es establecer un beneficio temporal para el pago de las deudas de Arbitrios Municipales.
ARTÍCULO SEGUNDO: ALCANCES DEL BENEFICIO
Los contribuyentes que se acojan a la presente ordenanza tendrán los siguientes beneficios:
a) Condonación del 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por deudas de arbitrios municipales vencidos.
b) Descuento especial en porcentajes por años conforme al cuadro adjunto:
Años 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
% a descontar 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30%
ARTÍCULO TERCERO: PAGOS EFECTUADOS
Los pagos realizados por los contribuyentes con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza son válidos, por lo cual no son materia de devolución y/o compensación.
ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 03 de Noviembre y vence el 30 de Noviembre del 2012.
ARTÍCULO QUINTO: Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL Y ÚNICA
Facultar al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
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