09 julio 2008

Gremios se plegan hoy a la protesta bajo la bandera de la CGTP...
PARO CIVICO POPULAR... UN DIA HISTORICO PARA LA PROVINCIA DE CAÑETE...

SAN VICENTE.- Los gremios sindicales y organizaciones sociales de la provincia, se plegarán hoy a un paro nacional de 24 horas, convocado por la Confederación General de Trabajadores del Perú, CGTP, contra el incremento del costo de vida, las privatizaciones, la defensa del campo entre otros.
Para la lucha sindical en Cañete, la medida de fuerza toma un ribete histórico, toda vez que por vez primera los gremios sindicales saldrán a las calles con el membrete de la CGTP, base de reciente creación.
El secretario general de la CGTP - Base Cañete, Favio Carbonero, expresó que a la medida de fuerza se plegarán los diferentes gremios sindicales de la provincia de Cañete.
Precisó que la flamante base, tiene una plataforma de lucha propia de acuerdo al contexto de su realidad y exigen, no sólo al régimen actual, sino a las autoridades municipal y regional.
Entre sus demandas están: la no construcción de más penales, solución inmediata del diferendo limítrofe, atención inmediata a los damnificados del terremoto del 15 de agosto con los bonos seis mil y no al alza de precisos de los materiales de construcción.
Igualmente, plantean no al remate de tierras agrícolas de las comunidades campesinas y nativas; menos del alza de precios de los fertilizantes y apoyo a los parceleros beneficiarios de la reforma agraria que se encuentran abandonados.
Sí a la promulgación de la Ley Preda y créditos especial al Agro, no a la privatización ni concesión de agua potable y alcantarillado; no a la privatización de la Educación y Salud, vía municipalización; y justa compensación a los pescadores artesanales.
La base de la CGTP – Cañete, exige también el compromiso serio y responsable de parte de las autoridades regionales y municipales en la construcción de un desembarcadero como fuente de trabajo.
El respeto a las concesiones de rutas del transporte público; alto a las estafas y maltratos con evaluaciones tramposas en el sector educación, son otro de los puntos que demandan los gremios sindicales de nuestra provincia.

DIA HISTORICO PARA CAÑETE…
La movilización de hoy es histórica, toda vez que se realiza por vez primera esta jornada reivindicativa agrupados en un solo gremio la CGTP, Provincial – Cañete.
Hubo muchos intentos a lo largo de la historia sindical de Cañete para conformar la base de la CGTP.
Como es de conocimiento el pasado mes de mayo, se consolidó este histórico gremio contando con el esfuerzo de muchos sindicalistas experimentados, incluidos hasta personajes de filiación aprista.
Esta flamante organización sindical, se convertirá en el baluarte de la clase trabajadora de Cañete, bajo la bandera de la Confederación General de Trabajadores del Perú, CGTP.
HOY SE APLICARA TOLERANCIA ESPECIAL PARA TRABAJADORES QUE LLEGUEN TARDE A LABORAR...

Los trabajadores del sector público y privado que hoy miércoles 9 de julio incurran en tardanza en su horario de ingreso habitual a su centro de labores, no estarán sujetos a sanciones ni descuentos en sus remuneraciones e ingresos que perciban.
Al respecto, el viceministro de Trabajo, Jorge Villasante, sostuvo que por el paro convocado para hoy por la CGTP pueden existir causas que originen una demora en la llegada de los trabajadores a su centro de labores y para ello se creo, mediante el Decreto de Urgencia N° 031, una tolerancia especial y sin descuentos, pero si esta demora es razonable.
Asimismo, indicó que la norma autoriza a que en el sector privado el empleador pueda entregar una bonificación extraordinaria por movilidad para posibilitar que sus trabajadores lleguen a tiempo, refirió.
Agregó que en este aspecto el Estado también ha dispuesto que las autoridades del Sector Público de Lima y Callao otorguen una bonificación de 15 nuevos soles para sus trabajadores por concepto de transporte.
"El derecho de huelga está normado en el país, pero debe responder a aspectos reivindicativos para los trabajadores. Esta plataforma de paro responde a reclamos ajenas al ámbito laboral", comentó.
EMAPA CAÑETE S.A.

COMUNICADO
"LO QUE HACE EMAPA CAÑETE S.A. POR CHILCA"

1.- ACCIONES REALIZADAS EN CHILCA:
1.1.- Apoyo para la elaboración del Proyecto Integral del AA HH 15 de Enero y Olof Palme.
EMAPA CAÑETE S.A. dio la Viabilidad Técnica en corto tiempo (3 meses), al Proyecto Integral de Instalación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en el AA HH 15 de Enero y Olof Palme, y a la vez el compromiso para efectuar el mantenimiento de dicha obra, que será financiado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el monto de S/. 12´000,000.00 (doce millones de nuevos soles).
Los montos que serán transferidos a la Municipalidad de Chilca para el Proyecto Integral son fondos del estado, destinados a mejorar el abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado (desagüe). Siendo la responsabilidad del gobierno local priorizar sus problemas en tema de saneamiento básico y buscar fondos para su atención en coordinación con la Empresa de Administración de Agua Potable y Alcantarillado EMAPA CAÑETE S.A.
1.2.- Viabilidad Técnica del Proyecto de Instalación de la Línea de Conducción y Electrificación al Reservorio R-1 Chilca.
EMAPA CAÑETE S.A. formuló y dio Viabilidad Técnica en el SNIP para el Proyecto de Instalación de Red que empalma la Red existente de abastecimiento de agua en la localidad de Chilca, por un monto de S/. 1´665,047 (un millón seiscientos sesenta y cinco mil cuarenta y siete nuevos soles), siendo financiado por el Gobierno Regional de Lima y el Programa Agua Para Todos.
1.3.- Proyecto de Electrificación para activación de nuevo pozo.
Así también EMAPA CAÑETE S.A. gestionó y autorizó el uso del punto de diseño del Proyecto de Electrificación del Reservorio R-1 (Pozo Nuevo), en coordinación con Luz del Sur, cuyo monto es de S/. 530,600 (quinientos treinta mil seiscientos nuevos soles), que forma parte del proyecto anterior (1.2), transferido por el Gobierno Regional de Lima.
1.4.- Instalaciones de Conexiones Domiciliarias del Estadio.
Se instaló a pedido del Alcalde Pablo Nalda Quiróz, la conexión de agua en el Estadio del Distrito de Chilca (febrero del 2008).
Para la instalación de la Conexión del Desagüe se remitió a la Municipalidad Distrital de Chilca, dicha propuesta tiene que ser aceptada por el municipio, siendo que hasta hoy no hay respuesta al documento remitido del oficio Nº 029-08-DPO-EMAPA CAÑETE S.A.; de fecha 03 de Marzo del 2008.
2.- ANTE LAS DECLARACIONES DEL ALCALDE DE CHILCA SOBRE LA RUPTURA DEL POZO Y BOMBA DE AGUA
Dicha versión no es cierta con respecto a la ruptura de la Bomba de Agua del Pozo, siendo el problema de Chilca la falta de agua en el subsuelo, y esto se debe a la gran cantidad de empresas que tienen pozo en esta localidad, que hasta el momento no se controla, como son: granjas de pollos, cultivos agrícolas y el pozo de SEDAPAL que abastece a Pucusana y Santa María. Esta sobreexplotación de agua hace que nuestro actual pozo no tenga agua suficiente para abastecer al pueblo de Chilca.
3.- ANTE LAS DECLARACIONES DEL ALCALDE DE CHILCA SOBRE LA AUTORIZACION DE EMAPA CAÑETE S.A. DE VERTIMIENTO DE RESIDUOS TOXICOS A LAGUNA DE OXIDACION
Primero.- EMAPA CAÑETE S.A. no autorizó el vertido de residuos tóxicos (ácido sulfúrico) a la laguna de oxidación de Chilca.
Segundo.- El ácido sulfúrico al contacto con el agua genera una reacción exotérmica, lo cual significa la liberación de calor y gases que ocasionaría la muerte de vegetación e intoxicación de los habitantes de la zona, y muerte de peces y agua. Así mismo, se hubiera destruido la infraestructura de la laguna de oxidación.
Tercero.- La comercialización y transporte de ácido sulfúrico es un producto controlado por el estado, por lo que no puede ser manejado por cualquier empresa.
Cuarto.- El ácido sulfúrico en el mercado tiene un costo elevado.
Por lo que se indica que no hay evidencia de vertimiento de líquido de ácido sulfúrico a la Laguna de Oxidación.
Siendo sustentado por los resultados de los análisis realizados a las aguas residuales de la Laguna de Oxidación los cuales fueron efectuados por el Laboratorio J. Ramón del Perú S.A., acreditado por INDECOPI; así mismo fue analizado el cuerpo receptor (mar litoral) lo cual indica que no hay evidencia de contaminación alguna de producto químico tóxicos, cumpliendo por la Ley General de Aguas (Clase VI - que se refiere a las aguas de zona de preservación de fauna y pesca recreativa o comercial).
Finalmente EMAPA CAÑETE S.A. está apoyando a las acciones de gestión que necesita el pueblo de Chilca controlando la calidad de agua que abastece y en ningún momento se ha autorizado a ninguna empresa para esparcir líquidos tóxicos en la Laguna de Oxidación, habiéndose autorizado solo la descarga de los residuos domésticos de tanques sépticos o similares.
Es necesario dejar en claro que desde los inicios de la gestión de la alta dirección de la Empresa EMAPA CAÑETE S.A. se ha venido coordinando con todos los alcaldes accionistas y más aún con el Alcalde del distrito de Chilca, dejando las puertas abiertas para continuar con ese trabajo, en aras de mejorar el servicio de agua potable y alcantarillado de nuestra provincia de Cañete.
"EMAPA CAÑETE CUIDA EL MEDIO AMBIENTE"
Oficina de Imagen Institucional
JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO
En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra BANU S.A., JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ y CARMEN AMADA NORIEGA DE NUÑEZ y como terceros BANCO CONTINENTAL (ACREEDOR NO EJECUTANTE) e IMAGEN EMPRESARIAL SAC (ENTIDAD LIQUIDADORA) sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente Nº 7569-2007, el CUARTO JUZGADO CIVIL- SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL DE LIMA a cargo de la Señora Juez Dra. Ana Maria Prado Castañeda, especialista legal Juan Merino Bustamante, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes inmuebles:
I. A las 3:00 p.m.- departamento "K" Duplex sétimo y octavo piso edificio frente de la Av. Ricardo Navarrete Nº 451, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 46225775, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao.-
VALOR DE TASACION: US$ 81,206.26 (Ochenta y un mil doscientos seis con 26/100 Dólares Americanos).
BASE DEL REMATE: US$ 54,137.50 (Cincuenta y cuatro mil ciento treinta y siete con 50/100 Dólares Americanos) (dos tercios del valor de tasación).
AFECTACIONES:
a) Hipoteca a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de US$115,000.00, según escritura pública del 01.07.94 por ante Notario Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, inscrita en el Asiento 5d;
b) Embargo a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de US$100,000.00 ordenado por el 3º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, por resolución del 11.11.96, Juez Elizabeth A. Moreano Sisley, secretaria Gloria Aguilar Guzmán, inscrito en el Asiento 6d; Actualizada en Asiento D 00001, hasta por US$ 136,800.00 ordenado por el 50º Juzgado Corporativo en lo Civil de Lima, mediante resolución Nº 14 del 27.10.98, Juez Alfredo V. Catacora Acevedo, secretario Luis Alberto Focacci Checa, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Banu S.A. y la sociedad conyugal conformada por Núñez Rodríguez Julio Eduardo y Noriega Puente Carmen Amada, sobre obligación de dar suma de dinero.
c) Embargo a favor de BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS, hasta por la suma de US$ 30,000.00, Asiento 7D, ordenado por el 19º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, por resolución Nº 2 del 22.01.97 y acta de embargo del 13.02.97, Juez G. Amparo Fernández Rodríguez, secretaria Miriam Robladillo Bravo, en los seguidos por Banco Interamericanos de Finanzas S.A.E.M.A, contra Banu S.A., Julio Eduardo Núñez Rodríguez, Carmen Amada Noriega Puente y Avisa (Artículos Varios Importaciones S.A.) sobre proceso cautelar.
d) Hipoteca a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de US$173,000.00 según escritura pública del 20.05.97 por ante Notario Ricardo Ortiz de Zevallos, inscrita en el Asiento 9d;
e) Por escritura pública del 05.07.1999 otorgada ante Notario de Lima don Jorge E. Velarde Sussoni, se modifica el porcentaje de participación en las zonas comunes del inmueble a 10.886%, inscrito en el asiento B0001.
II.- A las 3:30 p.m.- el 33.33% de los derechos y acciones del Estacionamiento Nº 13 primer piso ubicado en la Av. Ricardo Navarrete Nº 451, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la ficha N° 233766 y continuando en la Partida Electrónica N° 46221397, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao los mismos que corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ.-
VALOR DE TASACION: US$1,808.33 (Mil ochocientos ocho y 44/100 Dólares Americanos)
BASE DEL REMATE: US$1,205.62 (Mil doscientos cinco y 62/100 Dólares Americanos) (dos tercios del valor de tasación).
AFECTACIONES:
a) Embargo a favor del BANCO DEL SUR DEL PERU hasta por la suma de S/. 10,000.00 Nuevos Soles, sobre las acciones y derechos que le corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ, según auto del 19.08.96 y acta del 20.08.96 ordenado por el 26º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, Juez José Fernando Soberón R, secretario Augusto Baltierrez Morán, inscrito en el Asiento 3d, en los seguidos por el Banco del Sur del Perú S.A. contra Artículos Varios Importaciones S.A. y otros, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero.
b) Embargo a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, por la suma de US$8,000.00 sobre las acciones y derechos que corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ, ordenado por la Dra. Catherine Barriga Barriga Juez del 3º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, según resolución del 11.11.96 y acta de embargo del 12.11.96 levantada por el secretario Gloria Aguilar Guzmán, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Banu S.A. sobre obligación de dar suma de dinero, oficio del 15.11.96 suscrito por la Dra. Elizabeth A. Moreano Sisley, Juez del 3º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, inscrito en el Asiento 4d; Actualizado en Asiento D 00001, hasta por US$8,000.00 ordenado por el 50º Juzgado Corporativo en lo Civil de Lima, mediante resolución Nº 14 del 27.10.98, Juez Alfredo V. Catacora Acevedo, secretario Luis Alberto Focacci Checa, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Banu S.A. y la sociedad conyugal conformada por Núñez Rodríguez Julio Eduardo y Noriega Puente Carmen Amada, sobre obligación de dar suma de dinero.
c) Embargo a favor del BANCO CONTINENTAL, por la suma S/. 20,000.00 Nuevos Soles, sobre las acciones y derechos que le corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ, ordenado por la Dra. Teresa Urbina Carranza Juez del 23º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, según resolución del 07.01.97 y acta de embargo del 22.01.97 levantada por el secretario Ulises A. Yaya Zumaeta, en los autos seguidos por el Banco Continental sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, inscrito en el Asiento 5d;
d) Embargo a favor de BANCO DEL SUR DEL PERU hasta por la suma US$5,000.00, ordenado por la Dra. Dorila Montenegro Saldaña, Juez del 43º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, mediante re0del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Informes: 995353565
Lima, 05 de junio de 2008
SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ
MARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional Nº 119
Del 02 al 09 de Julio del 2008.

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 189-2003 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MAXIMO FAUSTO ALARCON ROMAN Y DEMETRIA DELIA LOPEZ DE ALARCON sobre ejecución de garantías, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Jirón Puno Nº 154 distrito de Mala, provincia de Cañete del departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
TASACIÓN: US$. 49,028.65 (cuarenta y nueve mil veintiocho con 65/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 32,685.76 (treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco con 76/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de US$. 49,028.65 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU inscrita en el asiento D00001 de la partida registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008, a las 09:00 a.m. (nueve de la mañana).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original con copia y tasa judicial en original con copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal, Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti
Martillero Público
Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 07 al 14 de Julio del 2008.


CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don Pedro Angel Riojas La Rosa de 35 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación chofer, estado civil soltero, domiciliado en Calle Comercio 704, Cerro Azul, hijo de don Teodilo Eudocio Riojas Ramírez, y doña Nelly Pilar La Rosa Fernández, con DNI 09531071; y doña Rosa Julia Chumpitaz Balarezo, de 31 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación su casa, domiciliado en Calle Comercio 704, Cerro Azul, estado civil soltera, hija de don Juan Vicente Chumpitaz Francia y doña Rosa Esther Balarezo La Madrid; pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley. Cerro Azul, 08 de Julio del 2008.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe

CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don Lizardo Luis García Santiago de 25 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación Mecánica, estado civil soltero, domiciliado en Calle Santo Solano 325, San Luis, hijo de don Emiliano García Castillo y doña Isabel Olivia Santiago Castro, con DNI 41732295; y doña Antonia Chumbes Huamaní, de 30 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación comerciante, domiciliado en Tranquera de Fierro s/n. Cerro Azul, estado civil soltera, hija de don Antonio Chumber Martínez y doña Jesusa Huamaní Gonzales, con DNI Nº 15436751, pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley.
Cerro Azul, 08 de Julio del 2008.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: Carretera Imperial - Quilmaná, altura Fdo. Remanso; Carretera Imperial - Quilmaná, Km. altura CP Compradores Altos; y Camino carrozable al CPM San Benito.
ZONAS AFECTADAS: CAU El Chilcal, Urb. Ramos Larrea, Urb. Melchorita, Urb. San Antonio, CP Cerro Alegre, CAU Casa Pintada, CP San Benito, CP San Isidro, Anexo Cantagallo, Fundo Rotondo, CP San Isidro, CP Compradores, CP Carmen Alto, CP Pueblo Nuevo de Conta, CP Bellavista de Conta, CP Rinconada de Conta, Anexo San Fernando, CP La Quebrada, CP San Francisco, Anexo La Victoria, Fundo Pacayales, CP La Huerta, CP Los Angeles, Anexo Cinco Esquinas, CP Buenos Aires, Anexo Puente Negro, CP Roldán, y toda la zona céntrica del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-02
CIRCUITOS AFECTADOS: Todo el Alimentador CÑ-02
DIA: Martes 08 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 01:00 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 14:27 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Hurto de Conductores y Acto Vandálico, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después no constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.

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EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: CP Casa Blanca
ZONAS AFECTADAS: CP Laura Caller del distrito de San Luis, todo el distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del distrito de Asia de la provincia de Cañete del departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 5020
DIA: Martes 08 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 02:27 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 12:16 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después no constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005- 2008 – MDSL

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de San Luís de Cañete, en Sesión Ordinaria de concejo de fecha 30 de Junio de 2008, respecto a la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B.

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se establece las competencias Municipales, donde los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, la Ley de Salud Nº 26842 contempla en su Titulo preliminar que la salud es condición indispensable del derecho humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que con la promoción de la salud tiene como objetivo conservar y mejorar las condiciones deseables de salud para la construcción colectiva de una cultura de salud orientada a la generación de estilos de vida y entornos saludables.

Que, el Estado Peruano, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional, los Gobiernos Provinciales y Locales, consideran la prioridad sanitaria la "Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B", siendo necesario alcanzar coberturas del 100% en todos sus Distritos, por grupos de edad: Hombres y Mujeres comprendidos en las edades de 02 a 19 años de edad, se asume la corresponsabilidad del desarrollo y conducción de dicha campaña que se realizara de la siguiente manera:

Primera Dosis ………….. 01 al 30 de Abril
Segunda Dosis ………….. 01 al 30 de Junio
Tercera Dosis …………… 01 al 31 de Octubre

Que, es preciso garantizar el compromiso del Gobierno Local del Distrito de San Luís, garantizando el apoyo político, legal, técnico, administrativo y los recursos en el desarrollo de las acciones a favor de la "Campaña de Vacunación Contra la Hepatitis B", con la finalidad de proteger la salud de la población de 02 años a 19 de edad, del Distrito de San Luís por ello que la Municipalidad Distrital de San Luís.

RESUELVE:
ARTICULO 1.- DECLARAR de Interés Municipal la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B en el Municipio de San Luís.

ARTICULO 2.- INICIAR el proceso de sensibilización a la población, haciendo uso de comunicación de concertación sobre la importancia de la Campaña de Vacunación.

ARTICULO 3.- INCORPORAR en la Agenda Pública el tema de Vacunación en coordinación con el sector salud.

ARTICULO 4.- FACILITAR al personal de salud la información de las Organizaciones, Vasos de Leche, Comedores Populares, otros para la respectiva vacunación.

ARTICULO 5.- PROMOVER la corresponsabilidad y participación social de las diferentes organizaciones y actores claves en las acciones y educación durante el proceso de la vacunación.

ARTICULO 6.- INVOLUCRAR a la sociedad civil organizada, organizaciones sociales de base de grupos juveniles, deportivos, comedores populares, instituciones educativas, sector privado en las acciones de movilización social y participación comunitaria.

ARTICULO 7.- GARANTIZAR el apoyo político legal, técnico administrativo en la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B, siendo esta actividad de Interés Nacional, Regional y Local, en beneficio para la población actual y futura del Distrito de San Luís.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE

PAULINO ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís