21 junio 2014

QUÉDATE CON NOSOTROS SEÑOR... CORPUS CHRISTI

Escribe: P. Arnaldo Alvarado - Jr. Unanue 300

La historia nuestra está teñida de luces y sombras, de alegrías y dificultades, pero siempre procuramos estar alegres pero ¿cómo es posible? Con la presencia de lo alto. Somos conscientes que las cosas más importantes de la vida son de índole espiritual pero real, no son las materiales aunque son necesarias. Hay valores altos como la amistad, la verdad, la libertad, la fidelidad al compromiso asumido. Ese valor alto para un cristiano es la Eucaristía. Instituido por Jesús en la última Cena.
La fiesta del Cuerpo y Sangre de Cristo (Corpus Christi) se inició en los países bajos (Lieja) a mediados del siglo XIII. La celebración fue extendiéndose poco a poco de diversas formas, pero lo más resaltante siempre ha sido la procesión de la Eucaristía. Durante la procesión mostramos nuestro profundo silencio de admiración, gratitud y adoración. Incluso la actual liturgia de esta fiesta se debe al gran santo y teólogo santo Tomás de Aquino (1224/5-1274).
Por este sacramento recibimos al mismo Señor con su cuerpo, sangre y divinidad. Pero tenemos una dificultad y es que nuestra medida humana siempre es lo cuantificable, medible, visible. Fácilmente entramos en esta lógica, pero hay que superarla; para entender acudamos a San Agustín: «aquellas cosas visibles de la vida de Cristo, ahora lo recibimos de modo invisible por los sacramentos».
Recordemos que las cosas más importantes de la vida no lo podemos ver y calcular con los ojos simplemente humanos. Apreciar las realidades más allá de lo sensible nos resulta fatigoso, porque estamos demasiado herméticos, sólo vemos el aquí. Hay realidades que superan nuestra mente y medida. Por eso la fe abre el panorama de la visión. Vemos donde nuestra vista no alcanza su objetivo. El misterio Eucarístico es una de ellas.
La Eucaristía ocupa el centro y la cima de la vida cristiana. Ella debe ser como un imán que todo lo atrae. En efecto, toda la actividad de la Iglesia y del cristiano parte (fuente) y tiende (fin) a la Eucaristía. Las palabras de Cristo son reales: «Yo soy el pan vivo que ha bajado del Cielo, si alguno come de este pan vivirá eternamente; y el pan que yo le daré es mi carne para la vida del mundo... Quien come mi carne y bebe mi sangre tiene vida eterna» (Jn 6, 51-54). Aquí no hay ninguna simbología. Estas palabras expresan la realidad del misterio eucarístico.
La Iglesia no puede olvidar jamás la presencia real de Cristo en la Eucaristía. Si hay belleza y riqueza en cantos, música, objetos, himnos, arte, liturgia es precisamente porque hay alguien a quién lo dedicamos todo. Dice santo Tomás: «en la cruz se escondía la divinidad, pero aquí se esconde también la humanidad». Más adelante escribe también: «Aquí se equivocan la vista, el tacto, el gusto, sólo con el oído se llega a tener fe segura; creo todo lo que ha dicho el Hijo de Dios: nada más verdadero que esta palabra de Verdad» (Himno adoro te devote).
Estas palabras conmueven el corazón. Es bueno que seamos conscientes que: «Cristo Jesús está presente de múltiples maneras en su Iglesia: en su Palabra, en la oración de su Iglesia (Mt 18, 20), en los pobres, los enfermos, los presos (Mt 25, 31-46), en los sacramentos. Pero, sobre todo, está presente bajo las especies eucarísticas» (CEC, 1373). Una vez más hay que considerar la presencia real de Cristo en la Eucaristía. Parece que no está, pero está. Cristo se ha quedado y quiere quedarse con nosotros; digámosle entonces «¡quédate con nosotros señor porque el día va de caída!».

BLOQUE DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS LOCALES ENCABEZARÁN CÉDULAS DE SUFRAGIO PARA ELECCIONES DE OCTUBRE...

El bloque de organizaciones políticas locales encabezará la cédula de sufragio que se utilizará en las Elecciones Regionales y Municipales del próximo 05 de octubre para elegir a más de 12 mil autoridades que gobernarán en el periodo 2015-2018, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Así se determinó luego del sorteo público que realizó el organismo electoral y mediante el cual se ubicó en el segundo bloque a los partidos políticos y en el tercero a los movimientos regionales.
En el caso del primer bloque de organizaciones políticas locales, primero aparecerán las organizaciones políticas locales distri-tales y luego las organizaciones políticas locales provinciales.
El sorteo de los bloques se realizó con presencia de la Notaria Pública de Lima,  Ruth Ramos, y representantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y de la Asociación Civil Transpa-rencia.También estuvieron presentes los personeros legales de diversas organizaciones políticas.

19 DE AGOSTO: SORTEO ENTRE ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN SUS RESPECTIVOS BLOQUES
El 19 de agosto se realizará el sorteo para la ubicación de las diversas organizaciones políticas en su respectivo bloque.
La cédula de sufragio permitirá a los electores emitir su voto por la lista de candidatos de su preferencia, por lo cual la ONPE les recomienda informarse bien antes de sufragar y así adoptar una decisión responsable y consciente.

198 ORGANIZACIONES POLÍTICAS INSCRITAS
Hasta el momento se han inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE, 198 movimientos regionales, 26 organizaciones provinciales, 89 organizaciones distritales y una alianza electoral.
La ONPE, como autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, tiene a su cargo el diseño de la cédula de sufragio del proceso electoral, de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones.
En las Elecciones Regionales y Municipales, más de 21 millones de peruanos acudirán nuevamente a las urnas para elegir a 12,692 autoridades que ejercerán sus cargos durante el periodo 2015-2018.

DATOS
La fecha límite para la presentación de las listas de candidatos es el 7 de julio, de lo contrario, no podrán participar en las elecciones.

ALVARADO Y ROMÁN ESTÁN ENFRENTADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PROVINCIAS

Luego de los enfrentamientos en la audiencia pública realizada hace dos semanas en Huacho, se hizo evidente que algo ocurría en el Gobierno Regional de Lima Provincias.
Antes aliados políticos, hoy adversarios acérrimos. La vicepre-sidenta Lita Román Bustinza es una de las máximas detractoras del presidente regional de Lima, Javier Alvarado, a quien ha denunciado por abuso de autoridad, malversación de fondos por más de un millón de soles y despido de trabajadores.
Postularon juntos, incluso Román aportaba regularmente al partido político de Alvarado, en formación, Triunfa Perú, pero en octubre del 2011 empezó el quiebre. En dicho año, el presidente regional viajó a Israel con licencia para llevar un curso sobre riego tecnificado, sin embargo, regresó unas semanas después, porque se enteró de que Román –quien lo reemplazaba en la presidencia– despidió a sus funcionarios de confianza.
Desde entonces, Román, quien ahora postula a la presidencia regional, justificó su decisión de apartar a los funcionarios asegurando que durante el tiempo que permaneció en la presidencia descubrió malos manejos de los recursos.
Ante ello, Alvarado ordenó impedirle el ingreso a la oficina que ocupaba como vicepresidenta y allí empezaron las pugnas.

Los encargos
Luego de este incidente, Román denunció una presunta malversación de fondos de la región y es que según un informe del sub gerente regional de la Administración del Gobierno Regional de Lima, Max Velarde, desde marzo del 2011 hasta setiembre de ese año, varios funcionarios de dicha entidad no habían rendido cuentas por 36 encargos (solicitudes de dinero). En ese período se les entregó la suma de S/. 976.176.84. Estos fondos fueron solicitados para programas sociales, actividades del gobierno regional, entre otros. Los funcionarios que recibieron el dinero tenían que dar cuenta de estos recursos, pero nunca lo hicieron.
Ante estos cuestionamientos y sin mostrar documentos, Alvarado afirmó a La República que se rindió cuenta del dinero de acuerdo al plazo de ley.
«Cada año tenemos una audito-ría, y si hubiera existido esa irregularidad habría salido allí. Los dos primeros años de nuestro gobierno han sido auditados», aseguró Alvarado, pese a que se sabe que la mayoría de Órganos de Control Institucional (OCI) que realizan estas auditorías no responden  completamente a la Con-traloría de la República, sino a los mismos gobiernos regionales auditados.
Además, aseveró que su vice-presidenta removió funcionarios, porque ella quería cometer irregularidades. «Al regresar encontré que estaba  tramitando un cheque de 100 mil soles en administración», sostuvo. A lo que Román respondió que se trata de una acusación falsa que solo busca desacreditarla.
A esto se le suman las denuncias del cuestionado presidente del Colectivo Anticorrupción de la Región Lima, Rogger Taboada, quien fue despedido del gobierno regional por Alvarado y hoy es un personaje cercano a Román. Afirma que hubo irregularidades en la compra de medicinas, sobrevaloración de laptops y ambulancias y en la ejecución de la Represa y Canales de Irrigación Laguna Cancaya, que recién se concluyó este año.
Para el presidente regional, todas estas denuncias tienen un tinte político y quieren manchar su gestión. «No voy a permitir que mi gobierno lo lleven abajo por un tema político, porque es un gobierno eficiente y muy transparente», puntualizó.
En tanto, Román –quien enfrenta una denuncia por enriquecimiento ilícito durante la gestión de Nelson Chui– aseguró que decidió postular al gobierno regional para deslindarse de la actual gestión. «Pensábamos asumir la presidencia si el señor Alvarado postulaba y tenía que pedir licencia, pero al no hacerlo. Nosotros decidimos lanzarnos», dijo.

En investigación
Más allá de las pugnas entre ambos frentes, Alvarado enfrenta diversos cuestionamientos a su gestión, que se encuentran en etapa preliminar, aunque algunos casos han sido misteriosamente archivados por las Fiscalía Provincial de Huaura.
La Procuraduría Anticorrupción ha recibido dos documentos que dan cuenta de las denuncias contra Alvarado.
Según conoció este diario, la fiscalía de ese distrito solo informó del archivamiento de la denuncia contra el proceso de licitación de laptops para el plan piloto de la Región Lima. En ella se acusa a Alvarado; al gerente regional, Luis Enrique Fernández Estrella; y al gerente de Desarrollo Social, Marcelo Lévano, por los delitos de peculado, falsificación de documentos, omisión de autoridad y omisión de actos funcionales.
Mientras que el otro documento da cuenta de una investigación sobre abuso de autoridad y omisión de funcionarios, que involu-cra a nueve consejeros regionales por el incidente con su vice-presidenta, ocurrido en el 2011.
El 3 de junio del año pasado, la Procuraduría Anticorrupción pidió mayor información sobre este caso, a fin de poder evaluar si correspondería abrir un proceso judicial contra Alvarado, pero hasta ahora no reciben respuesta.
También llama la atención que pese a que la ley indica que estas denuncias deben ser informadas a las procuradurías correspondientes en esta región, no hay rastro de la investigación sobre la compra de 99 ambulancias, ni sobre la sobrevaloración en la compra de medicamentos que la Fiscalía de Huaura terminó por archivar.

CLAVES
En la Segunda Fiscalía Provincial de Santa Anita existe una investigación fiscal contra Javier Alvarado por falsificación docu-mentaria. El proceso lo sigue el fiscal Carlos Castañeda Barrios.
La Contraloría General de la República detectó que el Gobierno Regional de Lima Provincias cuenta con 15 incidentes de presuntos casos de corrupción de funcionarios.

Al menos seis candidaturas
En medio de este escenario ya se publicitan a lo largo y ancho de Huacho, sede del Gobierno Regional de Lima, al menos siete candidaturas para el sillón regional. Además de la vicepresidenta, Lita Román, por Siempre Unidos, y de Andrés Tello, de Patria Joven (movimiento por el que fue elegido el presidente regional de Lima, Javier Alvarado), también está en marcha la postulación de la ex autoridad regional Nelson Chui, quien irá por el movimiento La Familia. Se rumorea que Miguel Ángel Mufarech –ex aliado de la gestión de Alvarado– integrará la plancha de Chui.
Entre los otros candidatos que han invadido las calles de Huacho con pintas de sus partidos o campañas en las redes sociales están Marcial Palomino, por Alianza por el Progreso (APP); Ángel Manero, por Acción Popular; Paul Caro Gamarra, por el Partido Humanista; y Ricardo Chavarría, por Fuerza Regional.

PRESIDENTE REGIONAL JAVIER ALVARADO SUPERVISÓ CONSTRUCCIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 20147 ELADIO HURTADO DE IMPERIAL

Continuando con el trabajo de supervisión de obras en diversas provincias de la región, el Presidente del Gobierno Regional de Lima Javier Alvarado Gonzales del Valle, inspeccionó el avance de los trabajos de construcción de la Institución Educativa 20147 «Heladio Hurtado Vicente» del Distrito de Imperial.
La obra que demandará una inversión de 8 millones 900 mil nuevos soles, beneficiará a una población aproximada de 80 mil habitantes con las que cuenta la populosa localidad, que por muchos años sufrió la carencia de una buena infraestructuras educativas a consecuencia del terremoto del 2007 o la desidia de los últimos gobernantes.
La autoridad regional acompañado de la gerente regional de infraestructura Ing. Miriam Mullisa-ca y de los técnicos y supervisores de la Unidad Ejecutora Lima Sur, recorrieron las instalaciones donde pudieron comprobar la edificación de los primeros pabellones de 1, 2 y 3 pisos para los niveles de inicial, primaria y secundaria.
«Estamos supervisando conjuntamente con los técnicos de la entidad regional la construcción del colegio Eladio Hurtado de Imperial, es impresionante el avance de la obra, hace 2 meses colocamos la primera piedra y hoy podemos ver la cimentación de las aulas para los tres niveles tanto para inicial, primaria y secundaria», señaló el presidente Javier Alvarado.
Entre las metas físicas de la obra comprende la construcción de pabellones de aulas, bibliotecas, depósitos, salas de psicomotri-cidad, servicios higiénicos, cocina, dirección, sala de espera, secretaria, tópico, servicios higiénicos para discapacitados, ascensores de 2 y 3 paradas, laboratorios, sala de audio visuales, oficinas, taller de electricidad, taller de vestido, pórticos de ingreso y Juegos infantiles.

INVERTIMOS MÁS DE 4 MILLONES DE NUEVOS SOLES:EN MEJORAMIENTO, MANTENIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE CARRETERA DE ACCESO A HONGOS – YAUYOS

Promoviendo el crecimiento y desarrollo de toda la región, con una inversión de 4 millones 352 mil nuevos soles y un avance de obra de 56%, la presente gestión a cargo de Javier Alvarado Gonzales del Valle y, a través de la Unidad Ejecutora Lima Sur, ejecuta los trabajos de mejoramiento, mantenimiento y ampliación de la carretera de acceso al distrito de Hongos en la provincia de Yauyos.
Como resultado, la obra permitirá mejorar las condiciones técnicas de la vía, y consecuentemente el nivel de servicio, permitiéndole a la población del distrito de Hongos, gozar de una adecuada infraestructura de transporte, brindando las mayores facilidades para el traslado de sus productos a los mercados de Cañete, Lima y de otras regiones del país.
Cabe señalar, que los trabajos en la citada carretera comprenderán un aproximado de 13 kilómetros y tendrán como meta el ensanchamiento de la vía, perfilado, compactado y afirmado, así como la construcción de alcantarillas, edificación de muros de mampostería de piedra, cunetas revestidas, colocación de postes kilométricos, y la respectiva ubicación tanto de las señales reglamentarias como de las preventivas.
Del mismo modo, mencionar que la obra avanza con el movimiento de tierra corte y perfilado, desquinchado, relleno y eliminación en general; entre los tramos comprendidos desde el km 0+180.00 hasta el km 11+050.00. Trabajos que se vienen realizando con maquinaria apropiada para su ejecución, permitiendo así mismo la construcción de los muros de contención, paralelo a las labores de regado de la plataforma vial. De tal modo que nos permite contribuir con la mitigación del impacto ambiental, a la par con los trabajos del proceso de modernización en infraestructura vial.

SOLIDARIDAD NACIONAL PRESENTÓ CANDIDATOS DE LA PROVINCIA

El Ex congresista y Ex Ministro de Trabajo Dr. Carlos Almeri, Candidato a la Presidencia Regional de Lima Provincia  por el partido  Solidaridad Nacional presentó a sus candidatos en la provincia de Cañete.
El Hotel Huarco vistió de amarillo por el Sol de Solidaridad Nacional que resplandeció por las bases democráticas del Sur chico de Lima.
Los candidatos son: Pablo Nalda por Cañete; y  Luis Saavedra – Consejero regional por Cañete.
Solidaridad Nacional tiene ya 12 candidatos de los 16 distritos de Cañete
Cabe resaltar que el Dr. Carlos Almeri está en política 17 años. Ha sido congresista y ministro de estado. Su plan de gobierno tiene como prioridad concentrar  un clima favorable para que las empresas agroindustriales  inviertan en la región, y aprovechar los tratados internacionales  para dar trabajo a los pobladores del Sur y Norte de Lima. «Las obras hablaran por nosotros. Tenemos claro que solo el trabajo real y no la palabras cambiaran la Región Lima Provincias. Luis Castañeda en Lima y Yo en Lima Provincias haremos una dupla goleadora que nos llevara a cam-peonar en desarrollo, prosperidad y trabajo». A la vez Pablo Nalda que ha sido 3 veces alcalde de Chilca y conocido como un buen hombre con mucha sensibilidad social, menciono:  «Yo lucho por la nueva generación de jóvenes, para que ellos puedan tener oportunidades de trabajo en su lugar de origen y no tengan que migrar a otras regiones para consolidarse económica y socialmente». «Voy a luchar contra la corrupción y fiscalizaremos estos actos.»
EDICTO PENAL (03 DÍAS).
JUZGADO MIXTO PERMANENTE DE CHILCA  Dr. García.  Sec. Vera
EXP. N° 086-2014: El Juez ha dictado la Resolución 01 de fecha 22.05.2014, aperturando investigación de abandono, en los seguidos por el Ministerio Publico contra Moralba  de Jesús Granada Cruz y Orlando Moreno Londoño sobre INVESTIGACION TUTELAR a favor del menor JUAN CAMILO MORENO GRANADA, de 13 años de edad; SE DISPONE como medida de protección a su favor el internamiento en forma provisional en el albergue de menores Centro Preventivo del Niño y del Adolescente PNP San Juan de Miraflores- Lima, a tal efecto cúrsese los oficios correspondientes, debiendo la entidad albergante remitir los informes del equipo técnico multidisciplinario conforme a ley. MANDO actuar las siguientes diligencias: 1.-Tómese la declaración del menor en audiencia inmediata. 2.- Notifíquese a los padres del menor mediante edictos, para que en el plazo de 24 horas de notificados se presenten al Juzgado de Chilca para prestar su declaración y determinar la situación del mismo; sin perjuicio de notificárseles vía exhorto al vecino país de Colombia. 3.- Cumpla la asistenta social de la Corte de Cañete (de ser el caso) con realizar una visita social en el hogar del menor y presentar el informe correspondiente. 4.- Póngase en conocimiento de la presente a la embajada de Colombia, Perú, a efecto de ser el caso proceda a la repatriación del menor tutelado. Chilca, 10-06-2014.- 

SALA PENAL LIQUIDADORA DE CAÑETE.  El Presidente.  Sec. Gonzales, Cita y emplaza:
EXP. N° 2007-0719: Al acusado RICARDO CUADROS CUCHO,  a efecto que se  apersone  a la Sala de Audiencia el día  01.07.2014, a horas 12:30 del día y responda por los cargos que se le imputa por el delito de violación de la libertad sexual, en agravio de menor de edad de identidad reservada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Cañete, 16.06.2014.- 
EXP. N° 2009-0274: Al acusado CHRISTIAN JESUS CHAVEZ COSME, a efecto que se apersone a la Sala de Audiencias el día 01-07-2014 a horas DOCE DEL DIA, responda por los cargos imputados por el delito de Violación de la Libertad Sexual, en agravio de menor de edad de identidad reservada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Cañete, 16.06.2014.- 
EXP. N° 2009-0300: Al acusado GRIMALDO EUSEBIO CALDERON APOLAYA, a efecto que se apersone a la Sala de Audiencias el día 01-07-2014 a horas 12:45 de la mañana y responda por los cargos imputados por el delito de Violación de la Libertad Sexual. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Cañete, 16.06.2014.- 
EXP. N° 2009-0363: Al acusado ALEJANDRO BERNABE GERONIMO RAMOS, a efecto que se apersone a la Sala de Audiencias el día 01-07-2014 a horas 12:15 de la mañana y responda por los cargos imputados por el delito de Violación de la Libertad Sexual. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Cañete, 16.06.2014.- 
EXP. N° 2011-0112: Al acusado ALEJANDRO TOMAS FLORES HUARI, a efecto que se apersone a la Sala de Audiencias el día 01-07-2014 a horas 09:00 de la mañana y responda por los cargos imputados por el delito de Robo Agravado, en agravio de Juan Enrique Francia Magallanes.  Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Cañete, 16.06.2014.- 

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA. Dr. Chipana.  Sec. Calderón.
EXP. N° 2014-07-FALTAS: Notifica al agraviado Charles Nixon Chuán Huamán. Res. N° 07 de fecha 13.06.2014; «Se declara CONSENTIDA la resolución numero cinco, que tiene por desistido tácitamente al agraviado Charles Nixon Chuan Huamán del proceso penal contra Santos Dioses Garay, remítase al Archivo definitivo». Asia, 13.06.2014.-

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ASIA. Dr. Chipana.  Esp. Fajardo.
EXP. N° 2014-06-02: Resolución N° 03.- Comunica a JHONY EMILIO HERNANDEZ TORRES y le emplaza a fin de que tome conocimiento que se ha ADMITIDO a tramite dicha solicitud de constitución en ACTOR CIVIL, en la investigación seguida contra Jhonny Emilio Hernández Torres, por la presunta comisión del delito de Actos contra el Pudor en menor de edad, en agravio de la menor de edad de inicial M.L.H.Z. Haciéndole presente que se le ha designado Abogado Defensor Publico, pudiendo concurrir con Abogado Defensor de su libre elección. Asia, 18.06.2014.-
EXP. N° 2014-06-01. Resolución N° 04.- Comunica a JHONY EMILIO HERNANDEZ TORRES, y le emplaza a fin de que concurra a la Audiencia de Prisión Preventiva. Día: 07.08.2014. Hora: 10:00 a.m. Lugar: km. 97.5 Panamericana Sur (frente al Boulevard de Asia). Delito: Actos contra el Pudor en Menor de Edad. Agraviado: Menor de inicial M.L.H.Z. Haciéndole presente que se le ha designado Abogado Defensor Publico, pudiendo concurrir con Abogado Defensor de su libre elección. Asia, 18.06.2014.-
21, 23 y 24 de Junio

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2014/MDM

Mala,   20   de  Junio del 2014

EL CONCEJO DISTRITAL DE MALA

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de Junio del  2,014, la propuesta de Ordenanza para otorgar Licencia de Edificación Nueva y/o Regularización de Edificaciones ejecutadas sin Licencia, Certificado de Conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica en Zonas Rurales y Urbanas de la Jurisdicción del Distrito de Mala, Memorándum Nº 161-2014-GDU/MDM de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Nº 558-2014-SGOPHU/GDU-MDM de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas e Informe Nº 398-2014-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal de esta Municipalidad.

CONSIDERANDO:
Que, el derecho de requerir a los administrados la previa Licencia para efectuar una construcción, nace del artículo 92° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, que establece que toda obra de construcción, reconstrucción, conservación, refacción ó  modificación, sea pública o privada,  requiere de una Licencia de Construcción expedida por la Municipalidad distrital dentro de cuya jurisdicción se halla el inmueble, dejándose establecido que el ámbito de aplicación es en toda la jurisdicción incluido el área rural del distrito de Mala.  De lo que se colige que las construcciones en áreas rurales también se encuentran sometidas a control del gobierno local por imperio de la Ley, ya que estas no constituyen una isla al enmallado jurídico, ni se encuentran exonerados de cumplir la ley;

Que, conforme se establece en el artículo 3.4 de la Norma G-050 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), la definición de Construcción abarca las siguientes acepciones, edificaciones, incluidas las excavaciones, las construcciones provisionales, las transformaciones estructurales, la renovación, la reparación, el mantenimiento y la demolición de todo tipo de edificios y estructuras, obras de uso y servicio público, movimientos de tierras trabajos de demolición, obras viales, cunetas, terminales, intercambios viales, aeropuertos, muelles, puertos, canales, embalses, obras pluviales y marítimas, carreteras y autopistas, ferrocarriles, puentes, túneles, trabajos de subsuelo, viaductos y obras relacionadas con la prestación de servicios como comunicaciones, desagüe, alcantarillado, y suministro de agua y energía. Montaje electromecánico, montaje y desmontaje de edificios y estructuras de elementos prefabricados. Procesos de preparación, habilitación y transporte de materiales;

Que, conforme se detalla en el Informe Nº 558-2014-SGOPHU/GDU/MDM de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, se propone el Reglamento para otorgamiento de Licencia de Edificación, Certificado de Conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica, en vista que se carece de dicho reglamento en el ámbito rural y basado en la base normativa antes mencionada;

Que, a fin de incentivar la formalidad integral en el distrito, también  se debe de contemplar la situación de terceros de buena fe que han adquirido propiedades en situación irregular o pendiente de formalización ante los registros públicos. Teniendo en cuenta la magnitud del problema, es conveniente establecer un régimen especial transitorio que permita la regularización de estas edificaciones dentro de ciertos parámetros de excepción;

Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 74º y en el inciso 3) del Articulo 192º de la Constitución Política del Perú, así como la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción, con los límites que señala la ley;

Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, se le reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con las facultades establecidas en los artículos 9, numeral 8) y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades  Nº 27972, el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones – Ley N° 29090 y su Reglamentación, y estando a lo expuesto en el Informe Nº 558-2014-SGOPHU/GDU/MDM de la Sub Gerencia de Obras Privadas  y  Habilitaciones Urbanas, el cual cuenta con Informe Nº 398-2014-GAL/MDM  de la  Oficina  de Asesoría Legal que opina por la procedencia previa evaluación del Concejo Municipal, el mismo que con 06 votos  a favor y un voto de abstención  por mayoría, en Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprueba lo siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA LA EMISIÓN DE LicenciaS de Edificación NUEVA y/o regularizaciÓn de edificaciones ejecutadas sin licencia, Certificado de Conformidad de Obra y Declaratoria de FABRICA en ZONAs RURALes Y URBANA DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE MALA

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo Primero.- objeto de la ordenanza
Establecer la Ordenanza que regula la Emisión de Licencias de Edificación Nueva y/o Regularización de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia, Certificado de Conformidad de Obra y Declaratoria de Fabrica, en zonas Rurales y Urbanas de la Jurisdicción del Distrito de Mala, sean para el uso vivienda Unifamiliar - Multifamiliar, Vivienda – Comercio, Vivienda – Taller, comercio y de servicios (Educativo, Salud, Alojamiento, Recreacional), industria. Sean estas Obras Nuevas, Ampliaciones y/o Remodelaciones, Refacciones, Modificaciones. Regularizaciones, Demoliciones y Cercos Perimétricos, de acuerdo a lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Para el caso de edificaciones ejecutadas sin autorización municipal, podrán regularizar las edificaciones concluidas hasta el 30 de Abril del 2014 y que se encuentren en proceso constructivo (a nivel de casco habitable y/o acabados), pudiendo ser regularizadas al amparo de la presente norma legal.

Artículo SEGUNDO.- ambito de aplicación
La norma será de aplicación en toda la zona rural (denominadas como Unidades Catastrales, Parcelas y Otros) y zona Urbana de la Jurisdicción del distrito de Mala, siendo NO APLICABLE la zona Arqueológica, del distrito. Asimismo es inaplicable a los aportes y áreas proyectadas para vías y otros de uso público.

TÍTULO II
DE LA EMISIÓN DE Licencias de Edificación, Certificado de Conformidad de Obra y Declaratoria de FABRICA en zonas RURALES Y URBANAS DE LA Jurisdicción del distrito de MALA.

Artículo TERCERO.- ÓRGANOS COMPETENTES
El órgano competente para conocer los procedimientos normados en el presente título en aspectos administrativos y técnicos es la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas. Siendo la Comisión Técnica Administrativa Calificadora de Edificaciones, la encargada de evaluar los proyectos de Licencia de Edificación y/o Regularización de Edificaciones ejecutadas sin Licencia, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 11° del D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29090.

Artículo Cuarto.- requisitos

LICENCIA DE EDIFICACIÓN NUEVA Y/O REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES EJECUTADAS SIN LICENCIA.
a) Formulario Único de Edificación – FUE, por triplicado firmado por el administrado y los Profesionales por especialidad según corresponda.
Nota.- Para los casos de Persona Jurídica, adjuntar Vigencia de Poderes no mayor de 30 días hábiles.

b) Dos Juegos de Planos de Arquitectura: Plano de Ubicación – Localización, a escala 1/500, 1/5000; Plano de Distribución y Plano de Cortes - Elevaciones, a escala  1/50, debidamente suscritos por el Administrado y Arquitecto Colegiado.
Nota.- Deberá de adjuntar Copia de Declaratoria de Fábrica ó Licencia de Construcción anterior y sus Planos aprobados, de corresponder.

c) Dos Juegos de Planos de Especialidades: Estructuras, Instalaciones Eléctricas e Instalaciones Sanitarias, a escala 1/50, debidamente suscritos por el Administrado e Ingenieros Colegiados. (Obviar en casos de solicitudes de Regularización de Edificaciones ejecutadas sin Licencia).

d) Copia del Título de Propiedad. Para el caso de propiedades en situación  irregular o pendiente de formalización ante los registros públicos, presentar copia de las Minutas ó Escrituras Públicas de transferencia, tanto de el o los propietarios actuales del predio como el de los propietarios que lo transfieran, o cualquier otro documento que acredite el derecho de propiedad sobre el inmueble materia de trámite. Los posesionarios deberán de adjuntar copia de la Constancia de Posesión emitida por la Municipalidad Distrital de Mala. Si el inmueble está sujeto al Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común, en los casos de afectarse áreas de propiedad común se deberá de adjuntar la autorización de la Junta de Propietarios, de no haber Junta de Propietarios, deberá de contar con las firmas del 50% + 1 de los Copropietarios de las zonas afectadas.

e) Declaración Jurada de Habilitación Profesional firmada por el  Profesional o los Profesionales según corresponda (Ley N° 29566 – Art. 6°).

f) Memoria Descriptiva de Arquitectura y de Especialidades (según corresponda), con carácter de declaración jurada, firmada por el (los)  Profesionales que intervienen en el Proyecto.

g) Carta de Seguridad de Obra a regularizar con carácter de declaración jurada, firmada por el Profesional Constatador (Solo en casos de solicitudes de Regularización de Edificaciones ejecutadas sin Licencia).

h) Comprobante(s) de pago cancelado(s).

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN.
a) Los requisitos a presentar para estos Procedimientos Administrativos, serán los estipulados en los Ítems 7 y 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Urbano – Sub Gerencia de Obras Privadas, exceptuándose lo dispuesto en la Ley N° 29566, Art. 5° y 6°.

b) Comprobante de pago cancelado por derecho de trámite.

Artículo SEXTO.-ALCANCES DE LA REGULARIZACIÓN de edificaciones ejecutadas sin licencia – BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS.
Los administrados serán objeto del beneficio de la EXONERACIÓN del pago de multas administrativas impuestas por ejecutar construcciones sin Licencia de edificación, equivalente al 10% del Valor de la obra a regularizar, prevista en el artículo 69º Inciso K) del D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
La Resolución emitida en base a la presente Ordenanza, es título suficiente, para que se deje sin efecto las multas y demás sanciones, cualquiera sea el estado en que se encuentren, incluso si se encuentran en cobranza coactiva.

Artículo SÉPTIMO.- derecho de TRÁMITE.
El monto a pagar por concepto de Obras Nuevas, Ampliaciones y/o Remodelaciones,
Refacciones, Modificaciones y Demoliciones será de acuerdo a lo estipulado en el TUPA Vigente, considerándose solo:
a) Trámite Administrativo: 0.15% de la UIT (S/. 5.70 N.S.).
a) Liquidación de Licencia de Obra: 1.2% del V.O.

El monto a pagar por concepto de Cercos Perimétrico, será de acuerdo a lo estipulado en el TUPA Vigente, considerándose solo:
b) Trámite Administrativo: 0.15% de la UIT (S/. 5.70 N.S.).
c) Liquidación de Licencia de Obra: 1.2% del V.O.

REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIÓN EJECUTADA SIN LICENCIA (PAGO ÚNICO)
El monto a pagar por concepto de derecho de trámite del procedimiento de Regularización de Edificación ejecutada sin Licencia será, de acuerdo a lo estipulado en el TUPA vigente, considerándose solo:
a) Trámite Administrativo: 0.15% de la UIT (S/. 5.70 N.S.).
b) Liquidación de Licencia de Obra: 1.2% del V.O.

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE OBRA (PAGO ÚNICO)
El derecho administrativo por expedición de Certificado de Conformidad de Obra será de acuerdo a lo estipulado en el TUPA vigente:
a) Trámite Administrativo: 0.15% de la UIT (S/. 5.70 N.S.).
b) Certificado Finalización de Obra: S/. 177.50 Nuevos soles.

DECLARATORIA DE FÁBRICA (PAGO ÚNICO)
El derecho administrativo por expedición de Certificado de Conformidad de Obra será de acuerdo a lo estipulado en el TUPA vigente:
a) Trámite Administrativo: 0.15% de la UIT (S/. 5.70 N.S.).
b) Declaratoria de Fábrica: S/. 249.92 Nuevos soles

Artículo OCTAVO.- beneficios adicionales
Se indicará de manera expresa en un artículo de la parte resolutiva de la Resolución Gerencial, que el acto administrativo es inscribible ante el Registro de Predios de la SUNARP, a partir de la fecha que quede inscrita la habilitación urbana. No se comprenden en los beneficios señalados, las sanciones que sean impuestas por infracciones cometidas con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza.

Artículo NOVENO.- ACOGIMIENTO DE EXPEDIENTES EN TRÁMITE
Los titulares de procedimientos administrativos, sobre regularización de obras ejecutadas sin licencia, que se encuentren en trámite y que hayan sido iniciados antes de la vigencia de la presente Ordenanza, podrán acogerse a los beneficios contenidos en el Artículo Primero, previa solicitud de acogimiento.

Artículo DÉCIMO.- DE LAS SANCIONES
En caso que los Propietarios y/o Posesionarios de los Inmuebles construidos sin Licencia de Edificación NO SE ACOJAN a la presente Ordenanza, se dispondrá la expedición de Resoluciones de Multa Administrativa por el 100% de la Multa Administrativa, de acuerdo a lo mencionado en el artículo Sexto, la cual deberá de ser cancelada sin beneficios.

Artículo DÉCIMO PRIMERO.- DE LAS OBLIGACIONES
La presente Ordenanza NO EXIME al Administrado de gestionar la Licencia de Habilitación Urbana del Predio Rural de su Propiedad ó Posesión.

Artículo DÉCIMO SEGUNDO.-GERENCIAS ENCARGADAS DE SU CUMPLIMIENTO
Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas - Subgerencia de Tesorería, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza y la efectiva promoción y difusión de los alcances de la presente ordenanza.

Artículo DÉCIMO TERCERO.- VIGENCIA
La vigencia de la presente Ordenanza será desde el día siguiente a su publicación y vence el 30 de Agosto del 2014.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Primera.- Dispóngase la anulación de la multas u otras sanciones impuestas, incluso en proceso de ejecución coactiva a quienes hubiesen sido notificados por CONSTRUIR SIN CONTAR CON LICENCIA DE EDIFICACIÓN MUNICIPAL, infringiendo el Reglamento de Aplicación de Sanciones (R.A.S.), siempre y cuando se de cumplimiento a la presente Ordenanza.

Segunda.- Facúltese al Señor Alcalde emitir las disposiciones reglamentarias necesarias para la ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza, vía Decreto de Alcaldía.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde