Unica Aseguradora Cañetana Que Se Proyecta En La Región Lima...
MTC AUTORIZA A "NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCION" PARA SEGUIR EXPIDIENDO AFOCAT...
SAN VICENTE.- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Directoral Nº 8029 – 2008 – MTC/15, declaró fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Asociación de Fondos Contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT), "Nuestra Señora de la Asunción", permitiendo de esta manera su operatividad en todo los pueblos de la región Lima.
La resolución deja sin efecto la caducidad que había pesado en un primer instante en esta AFOCAT de origen cañetana, por no haber cumplido con algunos requisitos de orden estrictamente administrativo.
El Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre, Julio César Chávez Bardales, reiteró que el objetivo final de las AFOCAT, consiste en atender oportunamente a las víctimas de accidentes de tránsito con el pago oportuno de los beneficios e indemnizaciones por muertes o lesiones.
Precisamente la Corporación Financiera de Desarrollo Sociedad Anónima, COFIDE, entidad encargada de administrar los fondos de las AFOCAT, confirma los depósitos realizados a la cuenta recaudadora, para cumplir con esta tarea que es de Ley.
Precisamente en esta última parte fue la observación que hizo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin embargo, la oportuna reconsideración presentada por la AFOCAT "Nuestra Señora de la Asunción", le fue resuelto a su favor.
NO DEJO DE ATENDER A ACCIDENTADOS…
A pesar del "impase" que se suscito el pasado 29 de Abril, la AFOCAT "Nuestra Señora de la Asunción" en ningún momento dejó de atender a los transportistas o pasajeros que sufrieron percance alguno en su trajín diario.
"Nosotros teníamos la firme convicción que íbamos a seguir operando y, ahí está la prueba más palpable de la resolución aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones", expresó el gerente Dr. Thomas Chauca Navarro.
Mostró su agradecimiento a todos los transportistas por la confianza depositada en esta entidad cañetana, cuyo origen fue el distrito de Chilca, a través de un sueño hecho realidad por los mototaxistas.
El presidente de la ORDETT – Cañete, Italo Maldonado Montoya, dio su más amplio respaldo a esta empresa aseguradora que desde esta provincia se proyecta a los pueblos de la región Lima.
"Tenemos que ser regionalistas. Hay que apoyar a las instituciones de nuestra provincia y a esta AFOCAT Nuestra Señora de la Asunción, que es netamente cañetana", acotó Italo Maldonado.
18 junio 2008
DEMORA DE ENTREGA DE BONOS ES RESPONSABILIDAD DE REGISTROS PUBLICOS POR LENTITUD EN EL TRABAJO Y NO POR INDIFERENCIA DE ALCALDES...
El alcalde de la provincia de Cañete Javier Alvarado Gonzáles del Valle en rueda de prensa al culminar el Tercer Directorio Descentralizado del Fondo de Reconstrucción del Sur FORSUR realizado en la ciudad de San Vicente, capital de Cañete, expresó su preocupación por la falta de entrega de bonos a los damnificados en los 16 distritos de la provincia.
"Específicamente en la capital provincial, más de tres mil damnificados y solo se han entregado 179 bonos, y eso se lo he transmitido al Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento y Presidente del Forsur Enrique Cornejo Ramírez" sostuvo la primera autoridad municipal de Cañete.
Agregó que si bien es cierto que ello generó un poco de incomodidad en Cornejo Ramírez, pero es necesario decir las cosas cuando estas no se vienen realizando de la mejor manera, porque más incomodidad viene sufriendo la población afectada que no tiene dónde abrigarse, que tiene hambre y no tiene vivienda.
"Como alcalde de la provincia no puedo permitir que se esté trabajando de una manera tan informal, como lo viene haciendo el directorio de Forsur" indicó Alvarado Gonzáles del Valle, quien al aperturar la reunión, recordó que la primera traba que se encuentra para la entrega de los bonos es la lentitud con que viene trabajando la Oficina de Registros Públicos.
Indicó que es fácil señalar que la demora de la entrega de los bonos de seis mil soles, es responsabilidad de los alcaldes, cuando lo que sucede es que existe falta de seriedad por parte de las autoridades competentes, quienes deben asumir su responsabilidad.
MINISTRO FUE ABORDADO POR DAMNIFICADOS…
Es importante indicar que al arribar el Ministro Cornejo Ramírez, al Salón de Recepciones Cañete, lugar donde se realizó el Tercer Directorio Descentralizado, fue abordado por un grupo de damnificados, quienes exigieron la entrega inmediata de los
bonos que hasta el momento, a cerca de diez meses de la tragedia, no se cumple con entregar a los beneficiarios de esta provincia.
Al dialogar con los manifestantes que sumaban alrededor de un centenar, el presidente del Forsur señaló que la demora de la entrega de los bonos era responsabilidad de los alcaldes, lo que fue desmentido categóricamente por la autoridad municipal.
Agregó que este jueves 19 de junio a las cuatro de la tarde el titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se reunirá con los alcaldes, provincial y distritales de Cañete para analizar temas relacionados a las obras prioritarias de la población afectada en la tarea de reconstrucción.
NUEVO ROL DE ENTREGA…
Consultado el Profesor Alberto Neyra Bolívar, representante de los damnificados, indicó que luego del Directorio Descentralizado de FORSUR, se tuvo el compromiso de parte del Viceministro del sector, de que en la presente semana se entregarían 184 Bonos, y en la próxima semana 201 Bonos, para totalizar los 566 Bonos que se han programado entregar para el mes de Junio. Indicó además que si bien es cierto reconoce la lentitud que ha tenido la MPC en enviar los documentos, obligado por la demora en Registros Públicos, señaló por ejemplo que en otros distritos se ha actuado tratando de simplificar los trámites, es así, por ejemplo que en diversos distritos cañetanos los documentos fueron entregados en los meses de Noviembre y Diciembre, y la entrega de sus Bonos se empezó a dar desde el mes de Abril; en cambio en San Vicente, los documentos saneados recién han sido entregados en el mes de Abril, y por ello la demora en la entrega.
Ahora, esperaremos que el gobierno cumpla con el rol señalado y se entregue los bonos a los damnificados, expresó.
El alcalde de la provincia de Cañete Javier Alvarado Gonzáles del Valle en rueda de prensa al culminar el Tercer Directorio Descentralizado del Fondo de Reconstrucción del Sur FORSUR realizado en la ciudad de San Vicente, capital de Cañete, expresó su preocupación por la falta de entrega de bonos a los damnificados en los 16 distritos de la provincia.
"Específicamente en la capital provincial, más de tres mil damnificados y solo se han entregado 179 bonos, y eso se lo he transmitido al Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento y Presidente del Forsur Enrique Cornejo Ramírez" sostuvo la primera autoridad municipal de Cañete.
Agregó que si bien es cierto que ello generó un poco de incomodidad en Cornejo Ramírez, pero es necesario decir las cosas cuando estas no se vienen realizando de la mejor manera, porque más incomodidad viene sufriendo la población afectada que no tiene dónde abrigarse, que tiene hambre y no tiene vivienda.
"Como alcalde de la provincia no puedo permitir que se esté trabajando de una manera tan informal, como lo viene haciendo el directorio de Forsur" indicó Alvarado Gonzáles del Valle, quien al aperturar la reunión, recordó que la primera traba que se encuentra para la entrega de los bonos es la lentitud con que viene trabajando la Oficina de Registros Públicos.
Indicó que es fácil señalar que la demora de la entrega de los bonos de seis mil soles, es responsabilidad de los alcaldes, cuando lo que sucede es que existe falta de seriedad por parte de las autoridades competentes, quienes deben asumir su responsabilidad.
MINISTRO FUE ABORDADO POR DAMNIFICADOS…
Es importante indicar que al arribar el Ministro Cornejo Ramírez, al Salón de Recepciones Cañete, lugar donde se realizó el Tercer Directorio Descentralizado, fue abordado por un grupo de damnificados, quienes exigieron la entrega inmediata de los
bonos que hasta el momento, a cerca de diez meses de la tragedia, no se cumple con entregar a los beneficiarios de esta provincia.
Al dialogar con los manifestantes que sumaban alrededor de un centenar, el presidente del Forsur señaló que la demora de la entrega de los bonos era responsabilidad de los alcaldes, lo que fue desmentido categóricamente por la autoridad municipal.
Agregó que este jueves 19 de junio a las cuatro de la tarde el titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se reunirá con los alcaldes, provincial y distritales de Cañete para analizar temas relacionados a las obras prioritarias de la población afectada en la tarea de reconstrucción.
NUEVO ROL DE ENTREGA…
Consultado el Profesor Alberto Neyra Bolívar, representante de los damnificados, indicó que luego del Directorio Descentralizado de FORSUR, se tuvo el compromiso de parte del Viceministro del sector, de que en la presente semana se entregarían 184 Bonos, y en la próxima semana 201 Bonos, para totalizar los 566 Bonos que se han programado entregar para el mes de Junio. Indicó además que si bien es cierto reconoce la lentitud que ha tenido la MPC en enviar los documentos, obligado por la demora en Registros Públicos, señaló por ejemplo que en otros distritos se ha actuado tratando de simplificar los trámites, es así, por ejemplo que en diversos distritos cañetanos los documentos fueron entregados en los meses de Noviembre y Diciembre, y la entrega de sus Bonos se empezó a dar desde el mes de Abril; en cambio en San Vicente, los documentos saneados recién han sido entregados en el mes de Abril, y por ello la demora en la entrega.
Ahora, esperaremos que el gobierno cumpla con el rol señalado y se entregue los bonos a los damnificados, expresó.
También Exigieron a Javier Alvarado Los 200 Mil soles...
UNIVERSITARIOS MARCHARON Y PROTESTARON CONTRA ALCALDE DE LUNAHUANA POR INCUMPLIMIENTO DE PROMESAS...
LUNAHUANA.- Alumnos de la universidad "José Faustino Sánchez Carrión", Sede Lunahuaná, salieron ayer a las calles para exigir al burgomaestre Ovidio Espinoza Escajadillo, el cumplimiento de lo ofrecido con esta casa de estudios.
Aproximadamente a las diez de la mañana cerca de 300 alumnos portando pancartas, banderolas y lanzando arengas en contra de las autoridades edilicias, los alumnos demandaron la solución inmediata a sus reclamos.
Los alumnos al llegar al frontis del palacio municipal de Lunahuaná, se dieron con la ingrata sorpresa que no se encontraba ninguna autoridad edilicia, hecho que motivó más aún la protesta.
Fue allí que apareció oportunamente el regidor Javier Sebán que se encontraba realizando gestiones particulares en una entidad crediticia, a quien no le quedó otra alternativa que recibir a la Comisión universitaria para conocer sus reclamos.
Los alumnos ya más calmados reiteraron el pedido del cumplimiento de lo ofrecido por el alcalde Ovidio Espinoza, consistente en un laboratorio multifuncional, construcción de aulas, losa deportiva, terreno agrícola y otros.
"Estamos cansados de muchas promesas y consuelos y le damos un plazo para que el alcalde, Ovidio Espinoza cumpla con los ofrecido, de lo contrario radicalizaremos nuestras medidas de fuerza", expresó el representante estudiantil Luis Goicochea Huari.
Por su parte, el regidor Javier Sebán, se comprometió a que en la sesión de concejo de mañana, hará de conocimiento a través de un escrito al pleno y que le responda: ¿qué es lo que ha ocurrido con los alumnos?
"Siempre el alcalde, ofrece y no cumple. Yo no sé porqué el señor Ovidio Espinoza, promete a los estudiantes y, al final, cosecha estas protestas. Son jóvenes y tenemos que entenderlos y atenderlos", dijo en tono irónico.
¿Y LOS 200 MIL SOLES DE JAVIER ALVARADO…?
Del bullicio, tampoco se salvó el alcalde provincial Javier Alvarado, de quien se dijo que hasta la fecha no cumple con los 200 mil soles que aprobó en el pleno del concejo a principios del presente año en Mala.
"El señor Javier Alvarado ha sido gestor y propulsor de esta universidad. No creo que se haya olvidado. Estamos esperando su apoyo… pero, no llega", expresaron los alumnos.
Los alumnos prácticamente tuvieron su día libre, algunos fueron al río, otros retornaron a sus aulas, mientras que el resto se fue a almorzar, pero con la consigna de volver otra vez a las calles, si no cumplen lo ofrecido.
UNIVERSITARIOS MARCHARON Y PROTESTARON CONTRA ALCALDE DE LUNAHUANA POR INCUMPLIMIENTO DE PROMESAS...
LUNAHUANA.- Alumnos de la universidad "José Faustino Sánchez Carrión", Sede Lunahuaná, salieron ayer a las calles para exigir al burgomaestre Ovidio Espinoza Escajadillo, el cumplimiento de lo ofrecido con esta casa de estudios.
Aproximadamente a las diez de la mañana cerca de 300 alumnos portando pancartas, banderolas y lanzando arengas en contra de las autoridades edilicias, los alumnos demandaron la solución inmediata a sus reclamos.
Los alumnos al llegar al frontis del palacio municipal de Lunahuaná, se dieron con la ingrata sorpresa que no se encontraba ninguna autoridad edilicia, hecho que motivó más aún la protesta.
Fue allí que apareció oportunamente el regidor Javier Sebán que se encontraba realizando gestiones particulares en una entidad crediticia, a quien no le quedó otra alternativa que recibir a la Comisión universitaria para conocer sus reclamos.
Los alumnos ya más calmados reiteraron el pedido del cumplimiento de lo ofrecido por el alcalde Ovidio Espinoza, consistente en un laboratorio multifuncional, construcción de aulas, losa deportiva, terreno agrícola y otros.
"Estamos cansados de muchas promesas y consuelos y le damos un plazo para que el alcalde, Ovidio Espinoza cumpla con los ofrecido, de lo contrario radicalizaremos nuestras medidas de fuerza", expresó el representante estudiantil Luis Goicochea Huari.
Por su parte, el regidor Javier Sebán, se comprometió a que en la sesión de concejo de mañana, hará de conocimiento a través de un escrito al pleno y que le responda: ¿qué es lo que ha ocurrido con los alumnos?
"Siempre el alcalde, ofrece y no cumple. Yo no sé porqué el señor Ovidio Espinoza, promete a los estudiantes y, al final, cosecha estas protestas. Son jóvenes y tenemos que entenderlos y atenderlos", dijo en tono irónico.
¿Y LOS 200 MIL SOLES DE JAVIER ALVARADO…?
Del bullicio, tampoco se salvó el alcalde provincial Javier Alvarado, de quien se dijo que hasta la fecha no cumple con los 200 mil soles que aprobó en el pleno del concejo a principios del presente año en Mala.
"El señor Javier Alvarado ha sido gestor y propulsor de esta universidad. No creo que se haya olvidado. Estamos esperando su apoyo… pero, no llega", expresaron los alumnos.
Los alumnos prácticamente tuvieron su día libre, algunos fueron al río, otros retornaron a sus aulas, mientras que el resto se fue a almorzar, pero con la consigna de volver otra vez a las calles, si no cumplen lo ofrecido.
REGION ENTREGA COCINAS A FAMILIAS DAMNIFICADAS POR EL SISMO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL...
En un breve acto protocolar que se llevó a cabo en la Oficina de Coordinación Zonal en el distrito de San Vicente, el Vicepresidente del Gobierno Regional de Lima Dr. Luis Custodio Calderón entregó cocinas a kerosene a un grupo de madres de familias damnificadas a consecuencia del sismo del año pasado.
Las madres beneficiadas que habitan en el CPM Laura Caller del distrito de San Luis entre ellas: Norka Esther Sánchez Borjas, Agapita Santana Quintana, Viviana Gutiérrez Campo, Augusta García Julián y Gladis Quispe Cavero, agradecieron la donación de estas cocinas y destacaron el apoyo que reciben del Presidente del Gobierno Regional Nelson Chui Mejía.
El Vicepresidente Regional en el acto de entrega sostuvo que "nosotros hubiéramos querido hacer una entrega pública pero a veces nos es difícil coincidir todos en el mismo momento; por esta razón no queremos postergar por más tiempo esta donación a la familia de Laura Caller. Reciban este apoyo como parte del Gobierno Regional por encargo del mismo presidente y a través de la Gerencia de Desarrollo Social"
Reveló la autoridad regional que en la siguiente semana continuará este programa de apoyo solidario con la entrega de cocinas a kerosene para los damnificados provenientes de zonas rurales y cocinas a gas para familias de áreas urbanas de diversos distritos de Cañete.
En un breve acto protocolar que se llevó a cabo en la Oficina de Coordinación Zonal en el distrito de San Vicente, el Vicepresidente del Gobierno Regional de Lima Dr. Luis Custodio Calderón entregó cocinas a kerosene a un grupo de madres de familias damnificadas a consecuencia del sismo del año pasado.
Las madres beneficiadas que habitan en el CPM Laura Caller del distrito de San Luis entre ellas: Norka Esther Sánchez Borjas, Agapita Santana Quintana, Viviana Gutiérrez Campo, Augusta García Julián y Gladis Quispe Cavero, agradecieron la donación de estas cocinas y destacaron el apoyo que reciben del Presidente del Gobierno Regional Nelson Chui Mejía.
El Vicepresidente Regional en el acto de entrega sostuvo que "nosotros hubiéramos querido hacer una entrega pública pero a veces nos es difícil coincidir todos en el mismo momento; por esta razón no queremos postergar por más tiempo esta donación a la familia de Laura Caller. Reciban este apoyo como parte del Gobierno Regional por encargo del mismo presidente y a través de la Gerencia de Desarrollo Social"
Reveló la autoridad regional que en la siguiente semana continuará este programa de apoyo solidario con la entrega de cocinas a kerosene para los damnificados provenientes de zonas rurales y cocinas a gas para familias de áreas urbanas de diversos distritos de Cañete.
EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PROFESIONALES DE LA SALUD...
Escribe: Víctor Tomas Quispe Campos
Observamos de manera cotidiana a través de los medios de comunicación, las múltiples denuncias realizadas por víctimas o familiares de victimas por negligencia médica, muchos de ellos comprobados por ser hechos evidentes y en otros mas complejos que requieren de mayor debate y análisis respecto de la responsabilidad del profesional de la salud, en aplicación a la mínima diligencia en su desempeño profesional.
Se establece que todo aquel que cause un daño a otro esta obligado a indemnizarlo. Este es el principio rector de la disciplina de la responsabilidad civil. La reparación de los daños causados es una exigencia del derecho, bien se trate de aquellos producidos del incumplimiento de una obligación voluntaria (contractual) o de daños que sean resultado de una conducta carente de vínculo obligacional (extracontractual).
Los médicos, al igual que cualquier otro profesional, están sometidos a los principios generales de la responsabilidad civil en tanto cometan daños en el ejercicio de su profesión.
Mientras en otras profesiones, como la de los abogados, contadores, ingenieros, el objeto de la actividad requerida es de trascendencia puramente patrimonial, pleitos, escrituras, construcciones, en el caso de la medicina mas allá de la repercusión económica de la muerte, la enfermedad o la incapacidad, se hallan en juego bienes que se sitúan fuera del comercio, inalienables e imprescriptibles; calificados como derechos de la personalidad; su salvaguarda o protección compromete el orden social.
Uno de los aspectos más importantes de la responsabilidad civil lo constituye la de los profesionales de la salud, quienes por dolo, imprudencia o negligencia, pueden ocasionar perjuicios en la persona o bienes de quien ha adquirido sus servicios.
La negligencia médica se da en aquellos casos de mala praxis en el ejercicio médico y en las cuales ocasionen daños o lesiones causados por la incorrecta ejecución de sus obligaciones, los pacientes víctimas tienen derecho a recibir una indemnización por los daños causados, en los casos de error, negligencia, impericia u omisión que causen lesiones o invalidez temporal o permanente.
Al producirse los hechos precedentemente descritos, la víctima o familiares de los mismos afectados, acuden al órgano jurisdiccional a efectos de obtener tutela jurisdiccional a su derecho afectado, a través de una demanda de indemnización por daños y perjuicios, no encontrando en la justicia peruana agilidad en el tratamiento de estos casos, dilatándose por años para finalmente recibir una suma irrisoria de indemnización, encontrándose con una real impunidad e injusticia.
La necesaria y oportuna indemnización a las victimas o familiares de victimas en casos de negligencia médica comprobada, se asemeja a la propuesta de un seguro obligatorio para accidentes de transito (SOAT), que cubre riesgos de muerte y lesiones físicas que sufran las personas como consecuencia de un accidente de tránsito en el que participe el vehículo.
La propuesta de establecer un seguro obligatorio para los profesionales de la salud como una alternativa a efectos de indemnizar oportunamente a las víctimas de negligencia médica, determinar si es aplicable a nuestra realidad, así como proponer modificaciones legislativas en torno a la sanción ejemplar que debe aplicársele a un profesional de la salud ante la gravedad comprobada de su acto negligente, en torno a las sanciones administrativas que reciben los profesionales de la salud en sus respectivos colegios profesionales, por ante la comisión especializada de salud, que investigue los casos de denuncias por negligencia medica que al ser confirmadas por la citada comisión propuesta, las víctimas puedan ser resarcidas oportunamente, tomando en cuenta las experiencias de legislaciones extranjeras.
La responsabilidad médica es la obligación de los profesionales de la salud de sufrir las consecuencias jurídicas de sus actos, cuando sin intención dolosa causan daño a las personas por una actuación culpable, por lo que tiene el deber de reparar los daños ocasionados.
No debemos dejar de analizar las condiciones laborales con las que se desempeña el profesional de la salud en el sector público y la falta de infraestructura, en el desempeño de sus funciones, que si bien no atenúa la responsabilidad de los profesionales de la salud en los casos de negligencia médica; sin embargo, estamos ante una realidad que es común en nuestra sociedad, la falta de recursos e infraestructura son además obstáculos que debe ser superados por los profesionales de la salud.
Escribe: Víctor Tomas Quispe Campos
Observamos de manera cotidiana a través de los medios de comunicación, las múltiples denuncias realizadas por víctimas o familiares de victimas por negligencia médica, muchos de ellos comprobados por ser hechos evidentes y en otros mas complejos que requieren de mayor debate y análisis respecto de la responsabilidad del profesional de la salud, en aplicación a la mínima diligencia en su desempeño profesional.
Se establece que todo aquel que cause un daño a otro esta obligado a indemnizarlo. Este es el principio rector de la disciplina de la responsabilidad civil. La reparación de los daños causados es una exigencia del derecho, bien se trate de aquellos producidos del incumplimiento de una obligación voluntaria (contractual) o de daños que sean resultado de una conducta carente de vínculo obligacional (extracontractual).
Los médicos, al igual que cualquier otro profesional, están sometidos a los principios generales de la responsabilidad civil en tanto cometan daños en el ejercicio de su profesión.
Mientras en otras profesiones, como la de los abogados, contadores, ingenieros, el objeto de la actividad requerida es de trascendencia puramente patrimonial, pleitos, escrituras, construcciones, en el caso de la medicina mas allá de la repercusión económica de la muerte, la enfermedad o la incapacidad, se hallan en juego bienes que se sitúan fuera del comercio, inalienables e imprescriptibles; calificados como derechos de la personalidad; su salvaguarda o protección compromete el orden social.
Uno de los aspectos más importantes de la responsabilidad civil lo constituye la de los profesionales de la salud, quienes por dolo, imprudencia o negligencia, pueden ocasionar perjuicios en la persona o bienes de quien ha adquirido sus servicios.
La negligencia médica se da en aquellos casos de mala praxis en el ejercicio médico y en las cuales ocasionen daños o lesiones causados por la incorrecta ejecución de sus obligaciones, los pacientes víctimas tienen derecho a recibir una indemnización por los daños causados, en los casos de error, negligencia, impericia u omisión que causen lesiones o invalidez temporal o permanente.
Al producirse los hechos precedentemente descritos, la víctima o familiares de los mismos afectados, acuden al órgano jurisdiccional a efectos de obtener tutela jurisdiccional a su derecho afectado, a través de una demanda de indemnización por daños y perjuicios, no encontrando en la justicia peruana agilidad en el tratamiento de estos casos, dilatándose por años para finalmente recibir una suma irrisoria de indemnización, encontrándose con una real impunidad e injusticia.
La necesaria y oportuna indemnización a las victimas o familiares de victimas en casos de negligencia médica comprobada, se asemeja a la propuesta de un seguro obligatorio para accidentes de transito (SOAT), que cubre riesgos de muerte y lesiones físicas que sufran las personas como consecuencia de un accidente de tránsito en el que participe el vehículo.
La propuesta de establecer un seguro obligatorio para los profesionales de la salud como una alternativa a efectos de indemnizar oportunamente a las víctimas de negligencia médica, determinar si es aplicable a nuestra realidad, así como proponer modificaciones legislativas en torno a la sanción ejemplar que debe aplicársele a un profesional de la salud ante la gravedad comprobada de su acto negligente, en torno a las sanciones administrativas que reciben los profesionales de la salud en sus respectivos colegios profesionales, por ante la comisión especializada de salud, que investigue los casos de denuncias por negligencia medica que al ser confirmadas por la citada comisión propuesta, las víctimas puedan ser resarcidas oportunamente, tomando en cuenta las experiencias de legislaciones extranjeras.
La responsabilidad médica es la obligación de los profesionales de la salud de sufrir las consecuencias jurídicas de sus actos, cuando sin intención dolosa causan daño a las personas por una actuación culpable, por lo que tiene el deber de reparar los daños ocasionados.
No debemos dejar de analizar las condiciones laborales con las que se desempeña el profesional de la salud en el sector público y la falta de infraestructura, en el desempeño de sus funciones, que si bien no atenúa la responsabilidad de los profesionales de la salud en los casos de negligencia médica; sin embargo, estamos ante una realidad que es común en nuestra sociedad, la falta de recursos e infraestructura son además obstáculos que debe ser superados por los profesionales de la salud.
Gobernador de Mala, lamenta falta de seriedad...
ALCALDES DE LA ZONA NORTE DE CAÑETE NO PARTICIPARON EN JORNADA DE SEGURIDAD CIUDADANA CONVOCADO POR LA REGION...
MALA.- El gobernador de Mala, Vidal Chumpitaz Ávila, calificó de falta de seriedad la ausencia de los alcaldes de la zona norte de Cañete en la reciente convocatoria que hizo el gobierno regional de Lima para tratar un tema de vital importancia, como lo es, el de la Seguridad Ciudadana.
Precisó que ningún alcalde de los distritos de esta parte de Cañete, participaron en la convocatoria que hizo el secretario técnico de seguridad ciudadana del Gobierno Regional de Lima, Julio Díaz Zulueta.
"A excepción de la Municipalidad Distrital de Mala que envío a un representante, el resto de los municipios, no tomaron el interés debido, lo que llama poderosamente la atención", comentó Vidal Chumpitaz.
Destacó a los gobernadores distritales que conjuntamente con sus tenientes gobernadores, se hicieron presente en esta reunión que se llevó a cabo el pasado jueves en la comuna de Mala.
"A pesar de todo, se abordó temas importantes en la jornada de sensibilización, capacitación y fortalecimiento de los comités de seguridad ciudadana", manifestó.
Precisamente tocaron temas como el diagnóstico delincuencial de su jurisdicción y diagnóstico de los bares clandestinos, problemas que son sumamente álgidos en esta parte de Cañete.
"Creemos que los alcaldes que son los presidentes del Comité de Seguridad Ciudadana, deben asumir el rol que les compete para afrontar los problemas sociales que azotan a la comunidad", indicó.
Vidal Chumpitaz, destacó al Gobierno Regional por esta iniciativa y expresó que su persona próximamente gestionará un taller con la participación del gobierno central.
"Todos tenemos que trabajar por el desarrollo de nuestros pueblos y sobre todo Mala que en los últimos tiempos está cediendo a los delincuentes, prostitución y el desorden ante la falta de autoridad", comentó.
ALTO A LA CONTAMINACIÓN SONORA…
Por otro lado, Vidal Chumpitaz, manifestó que viene tratando de dar cumplimiento a la Ordenanza Municipal Nº 006 – 2003, en su Art. 22 que prohíbe tajantemente la contaminación sonora.
Dijo que la disposición es bien clara al señalar que está prohibido el uso del altoparlantes, bocinas o amplificadores con fines de venta ambulatoria, así como la emisión de todo tipo de ruido que altere la tranquilidad del vecindario y transeúntes.
"Muchas de las ordenanzas no se cumplen, vamos a coordinar con el municipio para hacerlas cumplir", manifestó Vidal Chumpitaz Ávila.
ALCALDES DE LA ZONA NORTE DE CAÑETE NO PARTICIPARON EN JORNADA DE SEGURIDAD CIUDADANA CONVOCADO POR LA REGION...
MALA.- El gobernador de Mala, Vidal Chumpitaz Ávila, calificó de falta de seriedad la ausencia de los alcaldes de la zona norte de Cañete en la reciente convocatoria que hizo el gobierno regional de Lima para tratar un tema de vital importancia, como lo es, el de la Seguridad Ciudadana.
Precisó que ningún alcalde de los distritos de esta parte de Cañete, participaron en la convocatoria que hizo el secretario técnico de seguridad ciudadana del Gobierno Regional de Lima, Julio Díaz Zulueta.
"A excepción de la Municipalidad Distrital de Mala que envío a un representante, el resto de los municipios, no tomaron el interés debido, lo que llama poderosamente la atención", comentó Vidal Chumpitaz.
Destacó a los gobernadores distritales que conjuntamente con sus tenientes gobernadores, se hicieron presente en esta reunión que se llevó a cabo el pasado jueves en la comuna de Mala.
"A pesar de todo, se abordó temas importantes en la jornada de sensibilización, capacitación y fortalecimiento de los comités de seguridad ciudadana", manifestó.
Precisamente tocaron temas como el diagnóstico delincuencial de su jurisdicción y diagnóstico de los bares clandestinos, problemas que son sumamente álgidos en esta parte de Cañete.
"Creemos que los alcaldes que son los presidentes del Comité de Seguridad Ciudadana, deben asumir el rol que les compete para afrontar los problemas sociales que azotan a la comunidad", indicó.
Vidal Chumpitaz, destacó al Gobierno Regional por esta iniciativa y expresó que su persona próximamente gestionará un taller con la participación del gobierno central.
"Todos tenemos que trabajar por el desarrollo de nuestros pueblos y sobre todo Mala que en los últimos tiempos está cediendo a los delincuentes, prostitución y el desorden ante la falta de autoridad", comentó.
ALTO A LA CONTAMINACIÓN SONORA…
Por otro lado, Vidal Chumpitaz, manifestó que viene tratando de dar cumplimiento a la Ordenanza Municipal Nº 006 – 2003, en su Art. 22 que prohíbe tajantemente la contaminación sonora.
Dijo que la disposición es bien clara al señalar que está prohibido el uso del altoparlantes, bocinas o amplificadores con fines de venta ambulatoria, así como la emisión de todo tipo de ruido que altere la tranquilidad del vecindario y transeúntes.
"Muchas de las ordenanzas no se cumplen, vamos a coordinar con el municipio para hacerlas cumplir", manifestó Vidal Chumpitaz Ávila.
APRUEBAN USO DE PADRONES ELECTORALES PARA ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES EN CENTROS POBLADOS "PUEBLO NUEVO DE CONTA" Y "LOS ANGELES"...
La Municipalidad Provincial de Cañete, cumpliendo con el cronograma establecido para las elecciones de nuevas autoridades municipales en los Centros Poblados "Pueblo Nuevo de Conta" de Nuevo Imperial y "Los Angeles" de Quilmaná, aprobó el uso de los padrones electorales correspondientes, los mismos que fueran elaborados y remitidos por las Comisiones de Empadronamiento correspondiente.
Mediante informe la Comisión de Empadronamiento del Centro Poblado "Pueblo Nuevo de Conta" cumplió con presentar el Acta de Publicación del Padrón Electoral Actualizado con 1,696 electores, cumpliendo con el cronograma electoral, encontrándose debidamente firmadas por los integrantes de la comisión de empadronamiento, representantes de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, vecinos y el Juez de Paz del Centro Poblado.
Similar situación se cumplió en el Centro Poblado "Los Angeles", presentándose el Acta de Publicación del Padrón Electoral Actualizado con 411 electores, firmado por los integrantes de la comisión de empadronamiento, representantes de la Municipalidad Distrital de Quilmaná, vecinos y Juez de Paz del distrito.
La comuna provincial, ha dispuesto a través de la Gerencia de Secretaría General, la impresión de un ejemplar del Padrón de los respectivos Centros Poblados, para ser entregados a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal que será utilizado para la conformación del Comité Electoral conforme al artículo 13º de la Ordenanza Nº 011-2007-MPC Reglamento de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete.
Posteriormente a ello, sobre la base de los respectivos padrones aprobados, se procederá a imprimir un ejemplar de las listas de electores de las mesas de sufragio y un ejemplar de las listas de electores que servirá para que los electores identifiquen las mesas en que le corresponde sufragar, el próximo 17 de agosto de 2008.
La Municipalidad Provincial de Cañete, cumpliendo con el cronograma establecido para las elecciones de nuevas autoridades municipales en los Centros Poblados "Pueblo Nuevo de Conta" de Nuevo Imperial y "Los Angeles" de Quilmaná, aprobó el uso de los padrones electorales correspondientes, los mismos que fueran elaborados y remitidos por las Comisiones de Empadronamiento correspondiente.
Mediante informe la Comisión de Empadronamiento del Centro Poblado "Pueblo Nuevo de Conta" cumplió con presentar el Acta de Publicación del Padrón Electoral Actualizado con 1,696 electores, cumpliendo con el cronograma electoral, encontrándose debidamente firmadas por los integrantes de la comisión de empadronamiento, representantes de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, vecinos y el Juez de Paz del Centro Poblado.
Similar situación se cumplió en el Centro Poblado "Los Angeles", presentándose el Acta de Publicación del Padrón Electoral Actualizado con 411 electores, firmado por los integrantes de la comisión de empadronamiento, representantes de la Municipalidad Distrital de Quilmaná, vecinos y Juez de Paz del distrito.
La comuna provincial, ha dispuesto a través de la Gerencia de Secretaría General, la impresión de un ejemplar del Padrón de los respectivos Centros Poblados, para ser entregados a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal que será utilizado para la conformación del Comité Electoral conforme al artículo 13º de la Ordenanza Nº 011-2007-MPC Reglamento de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete.
Posteriormente a ello, sobre la base de los respectivos padrones aprobados, se procederá a imprimir un ejemplar de las listas de electores de las mesas de sufragio y un ejemplar de las listas de electores que servirá para que los electores identifiquen las mesas en que le corresponde sufragar, el próximo 17 de agosto de 2008.
COMUNICADO
La Corte Superior de Justicia de Cañete, hace de conocimiento lo siguiente:
Mediante la Resolución Administrativa N° 253-2007-P-CSJCÑ-PJ de fecha 19 de diciembre del 2007, estableció EL RADIO URBANO para el Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, el mismo que debe comprender las vías que se detallan: Calle Real, cuadra 3,4,5; Calle Ciprés, una cuadra; Calle Suspiros, una cuadra; Pasaje comprendido entre la Calle Real y la Plaza de Armas; todo el perímetro de la Plaza de Armas; Calle Syawne; Pasaje Real; Carretera Antigua Panamericana Sur, cuadras 2,3,4,5,6, y 7; y la Cuadra de la Manzana "A" con frente a la Panamericana Sur y la primera cuadra de la Calle Tupac Amaru; los mismos que se ha señalado en el "Plano de la Ciudad".
Cañete, 02 de Junio del 2008.
Corte Superior de Justicia de Cañete
Oficina de Imagen Institucional
La Corte Superior de Justicia de Cañete, hace de conocimiento lo siguiente:
Mediante la Resolución Administrativa N° 253-2007-P-CSJCÑ-PJ de fecha 19 de diciembre del 2007, estableció EL RADIO URBANO para el Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, el mismo que debe comprender las vías que se detallan: Calle Real, cuadra 3,4,5; Calle Ciprés, una cuadra; Calle Suspiros, una cuadra; Pasaje comprendido entre la Calle Real y la Plaza de Armas; todo el perímetro de la Plaza de Armas; Calle Syawne; Pasaje Real; Carretera Antigua Panamericana Sur, cuadras 2,3,4,5,6, y 7; y la Cuadra de la Manzana "A" con frente a la Panamericana Sur y la primera cuadra de la Calle Tupac Amaru; los mismos que se ha señalado en el "Plano de la Ciudad".
Cañete, 02 de Junio del 2008.
Corte Superior de Justicia de Cañete
Oficina de Imagen Institucional
JUDICIALES
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL
SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA
En San Vicente, provincia de Cañete, a los doce días del mes de Junio del dos mil ocho.- AUTOS Y VISTOS: En aplicación del artículo primero del Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setentiseis, artículo segundo de la Resolución Administrativa número veintidós guión dos mil ocho guión PJ guión CSJC/P, de fecha tres de enero del dos mil ocho; SEÑALARON: Fecha y hora para la verificación de la SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA para el día TREINTA DE JUNIO del año en curso, a horas NUEVE DE LA MAÑANA.- MANDARON: Se solicite a la Fiscalía Superior en lo Penal, Juzgados Especializados en lo Penal, Fiscalías Provinciales en lo Penal de Cañete, Fiscalía Provincial Mixta de Yauyos y Mala y Juzgado Mixto de Yauyos y Mala la relación total de las instrucciones con reos en cárcel, que se siguen en sus respectivos despachos y se oficie al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, Yauyos e Ica, para que remitan la respectiva relación de detenidos, cuyas causas se encuentran pendientes de audiencia; ORDENARON: se realice las respectivas notificaciones y se publique el aviso respectivo en el Diario "El Peruano" y "Al Día Con Matices" de esta provincia por el término de ley; oficiándose y notificándose.
S.S.
Martínez Meza (Pdte.); Paredes Dávila y Durando Prado.
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 26/06/2008, Hora: 12:30 PM, por el Delito: Asociación Ilicita para Delinquir y Otros; agraviado: Caja Municipal de Ahorro y Credito de Chincha y Otros i. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordene su ubicación y captura. Cañete, 09/06/2008.
Secretario: Castillo
EXP. 2005-0654, a LUIS MARIO GAMARRA ARONES; para LECTURA DE SENTENCIA, Dentro del Tercer Día de Publicado el presente Edicto, por el Delito: Fraude de las Personas Jurídicas; agraviado: Asociación de Vivienda y Defensa de los Moradores del Centro Poblado Nuevo Ayacucho. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordene su ubicación y captura. Cañete, 05/06/2008.
EXP. 2006-0736, a GILBERTO REQUEJO MENDOZA; para LECTURA DE SENTENCIA, Dentro del Tercer Día de Publicado el presente Edicto, por el Delito: Lesiones Culposas; agraviado: Moisés Sandoval Ramos. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordene su ubicación y captura. Cañete, 05/06/2008.
Secretario: Flores
18, 19 y 20 de Junio
EDICTOS
LA SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 2006-0838, a VICTOR SERGIO VILCHEZ CHUMBIAUCA; para que se apersone el Dia: 24-06-2008 a horas: 09:30 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado; agraviado: Luisa Liliana Martínez. Cañete, 05/06/2008.
EXP. 2006-0028, a JORGE ARMANDO RAMOS MANCO; para que se apersone el Dia: 24-06-2008 a horas: 10:00 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Violación a la Libertad Sexual; agraviado: D.K.C.A. Cañete, 03/06/2008.
EXP. 2006-0422, a LORENZO MIGUEL ZAMUDIO CARDENAZ; para que se apersone el Dia: 25-06-2008 a horas: 09:00 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Violación a la Libertad Sexual; agraviado: K.P.C.A. Cañete, 05/06/2008.
EXP. 2005-0210, a CARLOS ALBERTO HUAYLUPO ALCAZAR; para que se apersone el Dia: 27-06-2008 a horas: 10:00 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Peculado Doloso; agraviado: El Estado Peruano. Cañete, 03/06/2008.
EXP. 2006-0714, a GIOVANNY EMERSON FLORES SANTOS; para que se apersone el Dia: 25-06-2008 a horas: 09:30 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa; agraviado: Luis Miguel Herrera Moreno. Cañete, 05/06/2008.
Presidente: Martínez, Secretario: Peña
18, 19 y 20 de Junio
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0596, a UBALDO JACINTO LOZANO LOZANO Y JUAN MIGUEL TAPIA PALOMINO; para DECLARACION DE INSTRUCTIVA, Día: 24/06/2008, Hora: 8:30 AM Y 10:00 AM, por el Delito: Libertad – Coacción; agraviado: Simon Calcina Uchiri. Bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordene su ubicación y captura. Cañete, 02/06/2008.
EXP. 2007-0452, a ELISEO EDWIN ARIAS PALOMINO; para DECLARACION DE INSTRUCTIVA, Día: 24/06/2008, Hora: 3:00 PM, por el Delito: Omision a la Asistencia Familiar; agraviado: Fiorella R. Arias Campos. Bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenarse ubicación y captura. Cañete, 09/06/2008.
Secretario: Astohuaman
18, 19 y 20 de Junio
EDICTO
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2005-0978, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA Y ANACLETO VALENTE ROBLES; Delito: Estafa; agraviado: Pablo Napaga Gutierrez. Cañete, 09/06/2008.
EXP. 2007-0425, a RICHAR SANTOS HUAMAN; Delito: Acto Contra el Pudor; agraviado: D.E.L.P. Cañete, 09/06/2008.
EXP. 2005-0247, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA Y JUAN FELIPE LOLI DEL RIO; Delito: Estafa; agraviado: Oscar Sanchez Saman. Cañete, 09/06/2008.
Secretario: Ferrer
18, 19 y 20 de Junio
EDICTOS
LA SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 2007-0047, a FREDDY WILFREDO NOLASCO CARBAJAL Y OTROS;, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado con Subsecuente Muerte; agraviado: Julio Misajel Ramos y Otros. Cañete, 12/06/2008.
Presidente: Martínez, Secretario: Peña
18, 19 y 20 de Junio
EDICTO
EXP. 2008-0145; EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, RESOLUCIÓN N° 01, fecha 20/02/2008: SE RESUELVE: ADMITIR la Demanda interpuesta contra DOMINGO HUANCACHOQUE CANCHI sobre Violencia Familiar –Maltrato Físico en agravio de NATIVIDAD CUSIMAYTA TTICA, vía proceso ÚNICO, córrase traslado al presunto agresor por el Término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de tenerse por contestada en su rebeldía. RESOLUCIÓN N° 07, fecha 06/06/2008: DADO CUENTA: SE DISPONE NOTIFICAR al Demandado y agraviada las presentes resoluciones. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Claudio. Cañete 06/06/2008.
18, 19 y 20 de Junio.
EDICTO
Ante mí se ha presentado Emiliano Eugenio Quispe Arcos, solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento, expedida por la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en el siguiente extremo:
NOMBRE DEL PADRE: DICE: Juan Quispe. DEBE DECIR: Juan Quispe Romero. Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTO
Ante mí se ha presentado Marcelino Fortunato Quispe Arcos, solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento, expedida por la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en el siguiente extremo:
NOMBRE DEL PADRE: DICE: Juan Quispe. DEBE DECIR: Juan Quispe Romero. Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTO
Ante mí se ha presentado Marcelino Fortunato Quispe Arcos, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fue su padre Juan Quispe Romero, fallecido el día 01 de Octubre de 1945, a fin de que se declare como heredero universal al solicitante y a sus hermanos: ISMAEL, EMILIANO EUGENIO, TIMOTEA SECUNDINA, ANTONIA VICTORIA y JUANA BAUTISTA QUISPE ARCOS. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662. Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTO
Exp. Nº 191-2008.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José de la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, doña MARGARITA ROSA YAYA VICENTE, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su padre don FORTUNATO YAYA QUISPE fallecida el 21-05-1975 en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 17 de Junio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
EDICTO
Exp. Nº 192-2008.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José de la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, doña MARGARITA ROSA YAYA VICENTE, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su madre doña JUANA VICENTE HUAMAN fallecida el 28-12-1983 en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 17 de Junio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
EDICTO
En los seguidos por Carlos Chuquispuma Manrique contra Roberto Fidel Mendoza Huamanlazo, Iraida Arata Mendieta, María Concepción Chuquispuma Manrique, Maximina Hilaria Chuquispuma Manrique, Germán Julio Chuquispuma Manrique, Julia Anselma Chuquispuma Manrique, Máxima Chuquispuma Manrique y Marcos Chuquispuma Manrique, sobre NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA Y VENTA, Expediente Nº 2007-114, la Señora Juez del Juzgado Mixto de Cañete, y el Secretario Judicial JULIO PARVINA MELGAR, ha ordenado se publique la siguiente Resolución Nº 02.- Cañete, 13 de Agosto del 2007.- A la fecha que admitió a trámite la demanda y se ordenó; EMPLAZAR a los codemandados ROBERTO FIDEL MENDOZA HUAMANLAZO, IRAIDA ARATA MENDIETA, a fin de que en el plazo de sesenta días, comparezca al proceso y se haga valer su derecho con arreglo a Ley; bajo apercibimiento de proseguirse el proceso con un Curador Procesal.- Firmando Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, Fdo. Sec. Julio Parvina Melgar.
Cañete, 07 de Mayo del 2008.
Dr. Luis A. Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Cañete
12, 16 y 18 de Junio.
DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.- EXP. N° 2003-00061-0-0801-JM-CI-1.- Agrario – Prescripción Adquisitiva de Dominio.-
RESOLUCION NUMERO CINCO.- Cañete, tres de junio del dos mil ocho.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Vocal doctora Luz Roque Montesillo (Ponente), emite su VOTO para que se APRUEBE la consulta de la sentencia de fecha treinta y uno de octubre del dos mil siete de fojas doscientos dieciséis a doscientos veintiocho que resuelve declarar fundada la demanda presentada por Pablo Carrasco Casaverde y Florentina De La Cruz Vargas, que corre a fojas veintidós a venticinco, subsanada con escrito presentado el diecinueve de mayo del dos mil tres, a fojas treinta a treinta y uno sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. En consecuencia: 1) Declara que Pablo Carrasco Casaverde y Florentina De La Cruz Vargas, han adquirido por Prescripción Adquisitiva la propiedad del predio rústico de unidad catastral número 10710 de tres hectáreas, con las colindancias y medidas perimétricas especificadas en la presente resolución, ubicado en el distrito de Quilmaná, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, que forma parte del predio mayor denominado Lote número seiscientos veintinueve de un área de veinte hectáreas que se encuentra inscrito a fojas trescientos cuarenta y tres, Tomo nueve del Registro de Propiedad Inmueble a nombre de María, Gilberto, Demetrio, Erlinda, Silvano, Luzmila, Manuel y José Espinoza Ruiz, consentida y/o ejecutoriada que sea la presente; 2) Ordena que se cancele el referido asiento de inscripción que corre a nombre de dichos propietarios respecto de la parte del terreno que mediante la presente se ha adquirido por prescripción y consecuentemente se inscriba la propiedad adquirida a favor de la sociedad conyugal formada por Pablo Carrasco Casaverde y esposa.———SEGUNDO.- Que, los señores Vocales doctores Ricardo Astoquilca Medrano y Silvia Rueda Fernández, emiten su VOTO para que se DESAPRUEBE la sentencia consultada (resolución número cuarenta y uno) de fecha treinta y uno de octubre del dos mil siete, que declara Fundada la demanda sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio interpuesta por Pablo Carrasco Casaverde y Florentina De La Cruz Vargas contra María Espinoza Ruiz y Otros, con todo lo demás que contiene; en consecuencia SE DECLARE NULA la citada sentencia, disponiéndose que la A quo emita nueva resolución, programando las diligencias y actos procesales que resulten pertinentes para el mejor esclarecimiento de los hechos, conforme a los considerandos de la presente resolución.
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes, necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.—————————————————————————————
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que debe omitirse la publicación en el diario oficial "El Peruano", debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.———
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor VÍCTOR DURAND PRADO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo VEINTICUATRO DE JUNIO, a horas OCHO de la mañana con QUINCE MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia "Al Día con Matices" por el término de UN DIA.- En los seguidos por Pablo Carrasco Casaverde y Otra con María Espinoza Ruiz y Otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Notificándose.-
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNÁNDEZ
ROQUE MONTESILLO
ASOCIACION DE CONCILIACION Y JUSTICIA SOCIAL
CONVOCATORIA
La última Presidente, en virtud a lo señalado en el Art. 1 de la Resolución Nº 202-2001-SUNARP, y los estatutos de la asociación, cita a sus asociados a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 25 de Junio del 2008, en nuestro local institucional sito en calle Primavera 399, del distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete y departamento de Lima, a efecto de tratar la siguiente agenda:
AGENDA:
1.- Presentación y Aprobación del Reglamento General de Elecciones.
2.- Actualización del Padrón General de Socios.
Primera Convocatoria: Horas 07:00 p.m.
Segunda Convocatoria: Horas 08:00 p.m.
Se premiará su gentil asistencia.
Cerro Azul, 18 de Junio del 2008.
La Presidente
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL
SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA
En San Vicente, provincia de Cañete, a los doce días del mes de Junio del dos mil ocho.- AUTOS Y VISTOS: En aplicación del artículo primero del Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setentiseis, artículo segundo de la Resolución Administrativa número veintidós guión dos mil ocho guión PJ guión CSJC/P, de fecha tres de enero del dos mil ocho; SEÑALARON: Fecha y hora para la verificación de la SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA para el día TREINTA DE JUNIO del año en curso, a horas NUEVE DE LA MAÑANA.- MANDARON: Se solicite a la Fiscalía Superior en lo Penal, Juzgados Especializados en lo Penal, Fiscalías Provinciales en lo Penal de Cañete, Fiscalía Provincial Mixta de Yauyos y Mala y Juzgado Mixto de Yauyos y Mala la relación total de las instrucciones con reos en cárcel, que se siguen en sus respectivos despachos y se oficie al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, Yauyos e Ica, para que remitan la respectiva relación de detenidos, cuyas causas se encuentran pendientes de audiencia; ORDENARON: se realice las respectivas notificaciones y se publique el aviso respectivo en el Diario "El Peruano" y "Al Día Con Matices" de esta provincia por el término de ley; oficiándose y notificándose.
S.S.
Martínez Meza (Pdte.); Paredes Dávila y Durando Prado.
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 26/06/2008, Hora: 12:30 PM, por el Delito: Asociación Ilicita para Delinquir y Otros; agraviado: Caja Municipal de Ahorro y Credito de Chincha y Otros i. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordene su ubicación y captura. Cañete, 09/06/2008.
Secretario: Castillo
EXP. 2005-0654, a LUIS MARIO GAMARRA ARONES; para LECTURA DE SENTENCIA, Dentro del Tercer Día de Publicado el presente Edicto, por el Delito: Fraude de las Personas Jurídicas; agraviado: Asociación de Vivienda y Defensa de los Moradores del Centro Poblado Nuevo Ayacucho. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordene su ubicación y captura. Cañete, 05/06/2008.
EXP. 2006-0736, a GILBERTO REQUEJO MENDOZA; para LECTURA DE SENTENCIA, Dentro del Tercer Día de Publicado el presente Edicto, por el Delito: Lesiones Culposas; agraviado: Moisés Sandoval Ramos. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordene su ubicación y captura. Cañete, 05/06/2008.
Secretario: Flores
18, 19 y 20 de Junio
EDICTOS
LA SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 2006-0838, a VICTOR SERGIO VILCHEZ CHUMBIAUCA; para que se apersone el Dia: 24-06-2008 a horas: 09:30 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado; agraviado: Luisa Liliana Martínez. Cañete, 05/06/2008.
EXP. 2006-0028, a JORGE ARMANDO RAMOS MANCO; para que se apersone el Dia: 24-06-2008 a horas: 10:00 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Violación a la Libertad Sexual; agraviado: D.K.C.A. Cañete, 03/06/2008.
EXP. 2006-0422, a LORENZO MIGUEL ZAMUDIO CARDENAZ; para que se apersone el Dia: 25-06-2008 a horas: 09:00 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Violación a la Libertad Sexual; agraviado: K.P.C.A. Cañete, 05/06/2008.
EXP. 2005-0210, a CARLOS ALBERTO HUAYLUPO ALCAZAR; para que se apersone el Dia: 27-06-2008 a horas: 10:00 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Peculado Doloso; agraviado: El Estado Peruano. Cañete, 03/06/2008.
EXP. 2006-0714, a GIOVANNY EMERSON FLORES SANTOS; para que se apersone el Dia: 25-06-2008 a horas: 09:30 AM, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa; agraviado: Luis Miguel Herrera Moreno. Cañete, 05/06/2008.
Presidente: Martínez, Secretario: Peña
18, 19 y 20 de Junio
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0596, a UBALDO JACINTO LOZANO LOZANO Y JUAN MIGUEL TAPIA PALOMINO; para DECLARACION DE INSTRUCTIVA, Día: 24/06/2008, Hora: 8:30 AM Y 10:00 AM, por el Delito: Libertad – Coacción; agraviado: Simon Calcina Uchiri. Bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordene su ubicación y captura. Cañete, 02/06/2008.
EXP. 2007-0452, a ELISEO EDWIN ARIAS PALOMINO; para DECLARACION DE INSTRUCTIVA, Día: 24/06/2008, Hora: 3:00 PM, por el Delito: Omision a la Asistencia Familiar; agraviado: Fiorella R. Arias Campos. Bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenarse ubicación y captura. Cañete, 09/06/2008.
Secretario: Astohuaman
18, 19 y 20 de Junio
EDICTO
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2005-0978, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA Y ANACLETO VALENTE ROBLES; Delito: Estafa; agraviado: Pablo Napaga Gutierrez. Cañete, 09/06/2008.
EXP. 2007-0425, a RICHAR SANTOS HUAMAN; Delito: Acto Contra el Pudor; agraviado: D.E.L.P. Cañete, 09/06/2008.
EXP. 2005-0247, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA Y JUAN FELIPE LOLI DEL RIO; Delito: Estafa; agraviado: Oscar Sanchez Saman. Cañete, 09/06/2008.
Secretario: Ferrer
18, 19 y 20 de Junio
EDICTOS
LA SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 2007-0047, a FREDDY WILFREDO NOLASCO CARBAJAL Y OTROS;, para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado con Subsecuente Muerte; agraviado: Julio Misajel Ramos y Otros. Cañete, 12/06/2008.
Presidente: Martínez, Secretario: Peña
18, 19 y 20 de Junio
EDICTO
EXP. 2008-0145; EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, RESOLUCIÓN N° 01, fecha 20/02/2008: SE RESUELVE: ADMITIR la Demanda interpuesta contra DOMINGO HUANCACHOQUE CANCHI sobre Violencia Familiar –Maltrato Físico en agravio de NATIVIDAD CUSIMAYTA TTICA, vía proceso ÚNICO, córrase traslado al presunto agresor por el Término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de tenerse por contestada en su rebeldía. RESOLUCIÓN N° 07, fecha 06/06/2008: DADO CUENTA: SE DISPONE NOTIFICAR al Demandado y agraviada las presentes resoluciones. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Claudio. Cañete 06/06/2008.
18, 19 y 20 de Junio.
EDICTO
Ante mí se ha presentado Emiliano Eugenio Quispe Arcos, solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento, expedida por la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en el siguiente extremo:
NOMBRE DEL PADRE: DICE: Juan Quispe. DEBE DECIR: Juan Quispe Romero. Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTO
Ante mí se ha presentado Marcelino Fortunato Quispe Arcos, solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento, expedida por la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en el siguiente extremo:
NOMBRE DEL PADRE: DICE: Juan Quispe. DEBE DECIR: Juan Quispe Romero. Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTO
Ante mí se ha presentado Marcelino Fortunato Quispe Arcos, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fue su padre Juan Quispe Romero, fallecido el día 01 de Octubre de 1945, a fin de que se declare como heredero universal al solicitante y a sus hermanos: ISMAEL, EMILIANO EUGENIO, TIMOTEA SECUNDINA, ANTONIA VICTORIA y JUANA BAUTISTA QUISPE ARCOS. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662. Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTO
Exp. Nº 191-2008.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José de la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, doña MARGARITA ROSA YAYA VICENTE, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su padre don FORTUNATO YAYA QUISPE fallecida el 21-05-1975 en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 17 de Junio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
EDICTO
Exp. Nº 192-2008.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José de la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, doña MARGARITA ROSA YAYA VICENTE, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su madre doña JUANA VICENTE HUAMAN fallecida el 28-12-1983 en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 17 de Junio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
EDICTO
En los seguidos por Carlos Chuquispuma Manrique contra Roberto Fidel Mendoza Huamanlazo, Iraida Arata Mendieta, María Concepción Chuquispuma Manrique, Maximina Hilaria Chuquispuma Manrique, Germán Julio Chuquispuma Manrique, Julia Anselma Chuquispuma Manrique, Máxima Chuquispuma Manrique y Marcos Chuquispuma Manrique, sobre NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA Y VENTA, Expediente Nº 2007-114, la Señora Juez del Juzgado Mixto de Cañete, y el Secretario Judicial JULIO PARVINA MELGAR, ha ordenado se publique la siguiente Resolución Nº 02.- Cañete, 13 de Agosto del 2007.- A la fecha que admitió a trámite la demanda y se ordenó; EMPLAZAR a los codemandados ROBERTO FIDEL MENDOZA HUAMANLAZO, IRAIDA ARATA MENDIETA, a fin de que en el plazo de sesenta días, comparezca al proceso y se haga valer su derecho con arreglo a Ley; bajo apercibimiento de proseguirse el proceso con un Curador Procesal.- Firmando Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, Fdo. Sec. Julio Parvina Melgar.
Cañete, 07 de Mayo del 2008.
Dr. Luis A. Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Cañete
12, 16 y 18 de Junio.
DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.- EXP. N° 2003-00061-0-0801-JM-CI-1.- Agrario – Prescripción Adquisitiva de Dominio.-
RESOLUCION NUMERO CINCO.- Cañete, tres de junio del dos mil ocho.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Vocal doctora Luz Roque Montesillo (Ponente), emite su VOTO para que se APRUEBE la consulta de la sentencia de fecha treinta y uno de octubre del dos mil siete de fojas doscientos dieciséis a doscientos veintiocho que resuelve declarar fundada la demanda presentada por Pablo Carrasco Casaverde y Florentina De La Cruz Vargas, que corre a fojas veintidós a venticinco, subsanada con escrito presentado el diecinueve de mayo del dos mil tres, a fojas treinta a treinta y uno sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. En consecuencia: 1) Declara que Pablo Carrasco Casaverde y Florentina De La Cruz Vargas, han adquirido por Prescripción Adquisitiva la propiedad del predio rústico de unidad catastral número 10710 de tres hectáreas, con las colindancias y medidas perimétricas especificadas en la presente resolución, ubicado en el distrito de Quilmaná, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, que forma parte del predio mayor denominado Lote número seiscientos veintinueve de un área de veinte hectáreas que se encuentra inscrito a fojas trescientos cuarenta y tres, Tomo nueve del Registro de Propiedad Inmueble a nombre de María, Gilberto, Demetrio, Erlinda, Silvano, Luzmila, Manuel y José Espinoza Ruiz, consentida y/o ejecutoriada que sea la presente; 2) Ordena que se cancele el referido asiento de inscripción que corre a nombre de dichos propietarios respecto de la parte del terreno que mediante la presente se ha adquirido por prescripción y consecuentemente se inscriba la propiedad adquirida a favor de la sociedad conyugal formada por Pablo Carrasco Casaverde y esposa.———SEGUNDO.- Que, los señores Vocales doctores Ricardo Astoquilca Medrano y Silvia Rueda Fernández, emiten su VOTO para que se DESAPRUEBE la sentencia consultada (resolución número cuarenta y uno) de fecha treinta y uno de octubre del dos mil siete, que declara Fundada la demanda sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio interpuesta por Pablo Carrasco Casaverde y Florentina De La Cruz Vargas contra María Espinoza Ruiz y Otros, con todo lo demás que contiene; en consecuencia SE DECLARE NULA la citada sentencia, disponiéndose que la A quo emita nueva resolución, programando las diligencias y actos procesales que resulten pertinentes para el mejor esclarecimiento de los hechos, conforme a los considerandos de la presente resolución.
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes, necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.—————————————————————————————
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que debe omitirse la publicación en el diario oficial "El Peruano", debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.———
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor VÍCTOR DURAND PRADO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo VEINTICUATRO DE JUNIO, a horas OCHO de la mañana con QUINCE MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia "Al Día con Matices" por el término de UN DIA.- En los seguidos por Pablo Carrasco Casaverde y Otra con María Espinoza Ruiz y Otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Notificándose.-
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNÁNDEZ
ROQUE MONTESILLO
ASOCIACION DE CONCILIACION Y JUSTICIA SOCIAL
CONVOCATORIA
La última Presidente, en virtud a lo señalado en el Art. 1 de la Resolución Nº 202-2001-SUNARP, y los estatutos de la asociación, cita a sus asociados a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 25 de Junio del 2008, en nuestro local institucional sito en calle Primavera 399, del distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete y departamento de Lima, a efecto de tratar la siguiente agenda:
AGENDA:
1.- Presentación y Aprobación del Reglamento General de Elecciones.
2.- Actualización del Padrón General de Socios.
Primera Convocatoria: Horas 07:00 p.m.
Segunda Convocatoria: Horas 08:00 p.m.
Se premiará su gentil asistencia.
Cerro Azul, 18 de Junio del 2008.
La Presidente
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