21 junio 2013

11 AÑOS PIDEN PARA JAVIER ALVARADO EN PROCESO JUDICIAL CONTRA TELEFONICA

Escribe: Ceguferno

Después de sentenciado el caso de Telefónica de Asia con la resolución condenatoria de José Arias de seis años de pena privativa de libertad y de la Consejera Rosa Liliana Torres por cuatro años de pena suspendida y dos de inhabilitación a ejercer y postular a cargo público; hoy concita la atención de la Región el proceso del Presidente Regional Javier Alvarado por el caso Telefónica de Lunahuaná que días atrás dio termino en la etapa de control de acusación y acaba de emitirse el auto de citación a juicio oral.

LA ETAPA INTERMEDIA
La etapa intermedia se dividió en dos ante los requerimientos de la fiscal Vadillo que defendió el control de sobreseimineto (primera parte de etapa intermedia) y como quiera que fue declarado infundado su pedido de sobreseimiento, el fiscal superior se vio obligado a remplazarla por la fiscal Lita Sánchez que fue quien defendió (personalmente o a través de su adjunto) el control de acusación (segunda parte de la etapa intermedia). El 14 de junio fue la última audiencia del control de acusación.

LAS PARTES
Durante la última audiencia de control de acusación ante el juez de investigación preparatoria Luis Chávez Acharte, comparecieron el fiscal Jonattan Hernández, el procurador Armando Azañedo, el abogado de Alvarado, Luis Flores Valderas y los abogados de los demás acusados.

LOS MEDIOS PROBATORIOS DE LOS PROCESADOS
Bernal Saavedra (recluido en Cantera) ofreció un peritaje contable de parte, a la perito contable Mónica Yadira Yaya. Alvarado por su parte ofreció el peritaje del contador Martín Angulo Valdez. El Ministerio Público ofreció a los peritos contables Walter Condorchoa, Ronald Molarte, Manuel Arancel y María Pinto para que defiendan los informes de la DIRCOCOR.
El juez declaró inadmisible la declaración testimonial del Gerente Regional Enrique Fernández Estrella por extemporánea.

RECLUIDOS EN CANTERA
Luis Bernal Saavedra(56) y Esteban Falcón Tenorio(39) están actualmente recluidos en Cantera por condenas de los casos de Telefónica de Chilca y Telefónica de Asia.

ACUSADOS POR COLUSIÓN
Autor: Javier Alvarado Gonzales Del Valle (45). Cómplices primarios: Bernal Saavedra (59) y Falcón Tenorio (40), ambos recluidos en Cantera. Cómplices secundarios: José Espinoza (47), Manuel Hurtado (65), Pascuala Chuqispuma (57) y Felipe Sánchez (70).

ACUSADO POR MALVERSACIÓN
Es acusación alternativa y solo se acusa a Javier Alvarado en su calidad de alcalde como autor.

ACUSADOS POR PECULADO DOLOSO
Coautores: Javier Alvarado (45) y Rolando Luyo (55), el tesorero.

ACUSADA CONTRA LA FE PÚBLICA
En la modalidad de falsificación de documentos contra la ciudadana sanvicentina, Amelia Tovar Nolasco (51), secretaria de la municipalidad de Lunahuaná.

PRESCRIPCIÓN Y PRECLUSIÓN
La causa contra Javier Alvarado en el delito de falsificación de documentos (falsedad ideológica) prescribió por el paso del tiempo y claro, responsabilidad de la fiscal Elizabeth Vadillo. En el caso del actual gerente Regional y entonces asesor, Enrique Fernández Estrella, a pesar de que está suficientemente documentada su participación en el delito de peculado, ya no se le puede acusar porque la acusación precluyo en la etapa de investigación preparatoria y nuevamente la responsabilidad es de la fiscal Vadillo.
LAS PRETENSIONES PUNITIVAS (PENAS)
A Javier Alvarado: once años de pena privativa de libertad efectiva, inhabilitación por tres años y el pago de 70 mil de reparación civil.
A Bernal Saavedra: cuatro años de pena suspendida A Falcón Tenorio: seis años de pena efectiva
Amelia Miriam Tovar Nolasco y Rolando Luyo: cinco años de pena privativa de libertad efectiva.
A José Espinoza (47), Manuel Hurtado (65), Pascuala Chuqispuma (57) y Felipe Sánchez (70), a cada uno, cuatro años de pena privativa de libertad suspendida.

MEDIDAS CAUTELARES
Hay medidas de coerción real que afectan bienes de los procesados hasta por tres millones de nuevos soles.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL TRIBUTARÁ UN JUSTO RECONOCIMIENTO AL CAMPESINO CAÑETANO EN SU DÍA

Como un justo reconocimiento al campesino, que es el propulsor y generador de la riqueza agrícola en el país ya que por su esfuerzo se logra mantener alimentada a la población, la Municipalidad Provincial de Cañete en coordinación con la Unidad Ejecutora Lima Sur, ha programado el lunes 24 de junio del año en curso, el desarrollo de diversas actividades conmemorativas por la celebración del «Día del Campesino».
Las actividades se iniciarán a las 8 de la mañana con una solemne misa en la Catedral de San Vicente de Cañete y posterior izamiento del Pabellón Nacional en la Plaza de Armas de la capital provincial.
Seguidamente se llevará a cabo el VI Concurso de Producción Agraria, evento al que han sido invitados a participar los productores y asociaciones agropecuarias de la provincia en donde se conferirán premios a los mejores ganadores por parte de la autoridad edil.
En memoria del expresidente de la República Juan Velasco Alvarado que un 24 de junio de 1969 promulgó la Ley de la Reforma Agraria, se colocará una ofrenda floral por parte de las autoridades locales y campesinos cañetanos ante el busto que se erige en su honor en la Urb. Tercer Mundo de San Vicente.
La actividades culminarán en horas de la tarde con un almuerzo de confraternidad además de un show artístico y baile general.
Acompañan a la alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Cañete Lic. María Magdalena Montoya Conde en la comisión organizadora, la regidora Flor de María Ramos Arias, presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico y María del Pilar Cayahuallpa Luyo, gerente de Desarrollo Económico de la comuna provincial.
Integran además este grupo de trabajo el Ing. Juan Suárez Gómez, director de la Agencia Agraria de Cañete; Marcela Angulo Pacheco, encargada de la Oficina Agraria; Gumercindo Napa Felipe, representante de los Productores Agrícolas de Cañete; Ing. Edgar Ríos, representante de la Empresa Transportadora de Gas del Perú y Marcelino Bustamante López, presidente de la Confederación Nacional Agraria.

SEGUNDO PAQUETE DE MEDIDAS ASEGURARA CRECIMIENTO IMPORTANTE, AFIRMA MEF

El primer paquete de medidas anunciado hace unas semanas por el gobierno fue el inicio de un proceso de cambios importantes para el país, y el segundo paquete, con cuatro bloques bien definidos, asegurará un crecimiento importante, señaló hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, indicó que se trata de un proyecto de ley que se discutirá con los asesores de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República pues el objetivo es aprobarlo en esta legislatura ampliada.

CUATRO
BLOQUES
Manifestó que el primer bloque busca seguir facilitando la inversión privada mediante la eliminación de las barreras o trabas burocráticas, fortaleciendo la capacidad del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
«Indecopi será fortalecido y podrá sancionar a las entidades públicas y funcionarios públicos que abusan del poder que tienen, para lo cual actuará de oficio», explicó.
Añadió que se tiene que ir hacia reformas de eliminación de permisos en las municipalidades y se impondrá el silencio administrativo positivo otorgándoles cinco días hábiles para entregar los permisos correspondientes, por ejemplo, para habilitación urbana y edificaciones.
Castilla mencionó que el segundo bloque de medidas apunta a lograr mejoras de la productividad en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
«Se busca impulsar el crecimiento empresarial, para lo cual se redefinen las categorías empresariales y se elimina el criterio del número de trabajadores para definir una micro, pequeña y mediana empresa, lo cual les permitirá concentrarse en los costos de producción y sus ventas sin restringir la contratación de personal», dijo.
Consideró que, por lo tanto, se incentiva la reducción de costos y el aumento de la productividad, promoviendo que las microempresas se conviertan en pequeñas y medianas compañías (pymes).
Asimismo, anunció la creación de programas de gestión de calidad y emprendimiento de alto impacto para este sector, dando apoyo a la liquidez empresarial, impulsando mecanismos de facturas negociables y mecanismos de control para que el Estado se convierta en un pagador previsible y a tiempo.
«En ese sentido, se facilita el uso de las facturas por cobrar para obtener financiamiento para capital de trabajo, lo cual es muy importante para las mipymes», dijo.
El ministro añadió que, bajo este marco, el Estado deberá pagar a sus proveedores de inmediato, sin dilación, para evitar restarles liquidez a estas compañías.
También se dispone la adecuación de los contratos laborales del régimen de la Ley N° 28015, que vence dentro de poco, al régimen del Decreto Legislativo N° 1086 que es mucho más flexible hecho a la medida de las micro y pequeñas empresas (mypes), entre otros aspectos.
«Pensamos, además, que hay una serie de fondos para emprendimiento dinámicos, de capital de riesgo, para que estas empresas puedan crecer», anotó.
Resaltó que es importante incrementar la productividad dado que el 99 por ciento de las empresas en el país son mipymes.
Adelantó que el tercer bloque de medidas se centra en aspectos tributarios para mejorar la competitividad empresarial, las cuales apuntan a la inversión en ciencia, tecnología e innovación, y en capacitación de la mano de obra.
En este caso se plantea la deducción total de inversión en investigación vinculada al giro del negocio y otros giros, y crédito tributario hasta por uno por ciento de la planilla para programas de capacitación laboral en la mype.
En este marco, destacó la mejora en el funcionamiento del régimen de recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), que permitirá reducir a la mitad el plazo, pudiendo ser inferior a los 12 meses.
Igualmente, anunció que algunas multas tributarias quedarían en stand by por tres años y se plantea simplificar el esquema del Régimen Unico Simplificado (RUS), alentándose la factura electrónica y reduciéndose los libros contables para las microempresas. 
Manifestó que el cuarto bloque se centra en seguir promocionando la inversión privada, de manera que se agilicen los proyectos de inversión pública con gestión privada; y, en ese marco, se realizan importantes cambios a la Ley de Obras por Impuestos.
De este modo, se plantea la ampliación del concepto de proyectos de infraestructura a proyectos de inversión pública, como escuelas, postas de salud, etc.
Igualmente, se propone ampliar el régimen de obras por impuestos a actividades de mantenimiento, incluyendo la participación de universidades públicas, y permitiendo el reembolso de gastos realizados en la etapa de preinversión.

ORGANISMOS ELECTORALES GARANTIZAN VOLUNTAD POPULAR…

El Jurado Nacional de Elecciones, a través del presidente del Jurado Electoral Especial de Cañete, exhortó a los ciudadanos confiar en que los organismos electorales actuarán con imparcialidad, transparencia y legalidad en los procesos de consulta de revocatoria y Nuevas Elecciones Municipales del domingo 07 de Julio, de manera que los resultados sean el auténtico reflejo de la voluntad popular.
En ese contexto, invocó a acudir masivamente a las urnas a ejercer su derecho, así como a esperar los resultados oficiales con calma y respetar la voluntad de las mayorías.
Señaló que la participación responsable y consciente de los ciudadanos es vital para el normal desarrollo de la consulta popular de revocatoria en diez (10) distritos y de las Nuevas Elecciones Municipales en cinco (5) distritos ubicados en la jurisdicción del JEE de Cañete.
El Presidente de esta instancia electoral, Dr. Elmer Soel Rebaza Parco, formuló tal declaración luego de participar en una actividad en la que se informó sobre la campaña educativa que viene desarrollando la Dirección Nacional de Educación del JNE con el fin de reforzar el voto consciente de la población en los referidos procesos electorales.
Rebaza Parco explicó que se busca que los ciudadanos de zonas rurales accedan a información relevante sobre los procesos electorales, a través de diversas acciones educativas – comunicacionales.
La campaña educativa, anotó, incluye diversas actividades en espacios de participación masiva tales como plazas, mercados, institutos, festivales, incursiones informativas, caravanas ciudadanas y ferias ciudadanas. Asimismo, se instalarán módulos informativos en puntos de confluencia de ciudadanos.
Rebaza Parco precisó que además se está impulsando la suscripción del Pacto Etico Electoral en cada una de las localidades que participarán en la jornada democrática, a fin de garantizar un proceso limpio y transparente, así como el Pacto Social para establecer alianzas con instituciones públicas, privadas y medios de comunicación.

ESTEBAN LOO LINCH PRESENTÓ SU LIBRO «PRELUDIO A LA AVENTURA» EN CAÑETE

Con la asistencia de personalidades identificadas con la literatura, canto, poesía y deporte, además de autoridades educativas y edilicias, el escritor cañetano Esteban Loo Linch, presentó su más reciente producción literaria «Preludio a la Aventura».
La presentación del libro estuvo a cargo del otrora cofundador del SUTEP, Lic. Néstor Vicente Quiroz, mientras que el análisis del contenido lo hizo el prestigioso historiador Dr. Luciano Correa Pereyra.
La noche cultural se desarrolló en el auditórium «Jesús Garro Muñante» de la Biblioteca Municipal «Hipólito Unánue» de San Vicente, construida hace dos décadas para desarrollar actividades eminentemente culturales y educativas.
«Preludio a la aventura», prologa el vate universal Enrique Verástegui,  quien se atreve de afirmar que Loo Linch es «continuador de un género de  la literatura peruana  iniciada por Ciro Alegría y José María Arguedas, dado que plasma los valores humanos y familiares en el texto.
Una obra de aprendizaje y autodescubrimiento que narra con prosa poética la infancia y primera adolescencia de Luciano, «alter ego» del autor de la obra, que al leerla arrulla los sentimientos más profundos del alma. «Preludio a la aventura», sintetiza la época de las haciendas de Cañete de los años 40, principalmente la de Hualcará, narrando con lujos y detalles sobre el «modus vivendi» de su gente y los «mal tratos» que recibía la «peonada».
Dicta la juventud del gran cañonero de todos los tiempos Teodoro «Lolo» Fernández Meyzán, quien tiene vínculo de familiaridad con el autor de Preludio a la Aventura, dado que el ex crac de la «U» Jorge «Cholo» Fernández es su cuñado y son de Hualcará.

UGEL O8 DESTACA LABOR
El director de la UGEL 08 – Cañete, José Caico, le otorgó una moción de saludo por su destacada trayectoria en el mundo literario y resaltó las cualidades de Esteban Loo Lynch por no rendirse ante la adversidad al producir sus libros.
Exhortó a los  jóvenes descubrir en la lectura las cualidades innatas del autor, comprometiéndose coordinar en el Programa del Plan Lector de los colegios exista un ejemplar de la obra.
Como una buena iniciativa, José Caico, ordenó la adquisición de los primeros cien ejemplares para distribuir en los colegios, gesto que fue aplaudido por los asistentes.    
Por su parte, el regidor provincial, Alexander Bazán, destacó el trabajo de Loo Linch, y se comprometió interceder sus buenos oficios ante la Municipalidad Provincial de Cañete y el Gobierno Regional de Lima para ver la promoción de «Preludio a la aventura».

ESCENA DE LA OBRA
Al lugar también asistió la Jueza de Paz del CP Nuevo Ayacucho, Susana Carrera, quien destacó la promoción literaria en Cañete, pero recomendó a  futuro poner en escena los pasajes más importantes de la obra, tal como lo hacen en centros culturales de la ciudad de Ayacucho.
A la reunión acudieron: los escritores Juan Carlos Guerrero, Luis Quispe Cama y César Chambergo Rojas; también el decimista Miguel Fernández, el ex crack Jorge Fernández, además de periodistas, docentes y promotores culturales. (Wilfredo Cayllahua)

DERECHO A LA VIDA DEL EMBRION: Concepciones médicas y jurídicas

Abog. Karina Liliana Hidalgo Ciña - Abogada en el Ilustre Colegio de Abogados de La Libertad. Doctorando en Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos- UNMSM.

En la actualidad es común escuchar que muchas parejas ante la imposibilidad de procrear de manera natural sea por alguna razón médica o genética, recurran a diversas técnicas de reproducción asistida, la cual aparentemente no tendría mayor repercusión jurídica en tanto que responden a sus necesidades de perpetuar la especie humana, siendo que además se encuentra regulado en el artículo 7° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, empero había de preguntarse si cada uno de estos procedimientos tutelan el derecho a la vida de quienes son objeto de su estudio de dichas técnicas, esto es si se afecta o no el derecho a la vida de los embriones.
Precisamente, el presente artículo centra su discusión en el llamado derecho a la vida de los embriones, y para tal fin interesa analizar la naturaleza del embrión humano tanto en su sentido médico como en su acepción jurídica; y así determinar si la vida embrionaria es o no una vida humana y como tal sujeto de derecho.

INICIO DE LA VIDA HUMANA DESDE EL ENFOQUE MÉDICO
En ese contexto correspondería determinar cuando se inicia la vida humana desde el punto de vista médico, teniendo en cuenta que en la actualidad y con el avance de los tiempos y de la tecnología, existen diversas teorías que pretenden explicar y comprender el mismo.
Así tenemos, la primera teoría (sobre la fecundación) que afirma que el inicio de la vida humana se origina cuando el espermatozoide hace contacto con el óvulo, luego el espermatozoide penetra el interior del óvulo valiéndose de una enzima para perforar la membrana ovular. Tan pronto como la cabeza del espermatozoide penetra, se produce en la célula fecundada (cigoto) (VARSI, ENRIQUE [1996] Derecho y manipulación genética. Universidad de Lima. Lima- Perú, p.54). Por su parte, la segunda teoría (sobre la anidación) señala que la vida inicia cuando el cigoto (denominado así al embrión en su primer estadio de formación) se fija en el útero de la mujer, proceso que dura alrededor de 07 días, lo cual se concretará si el endometrio es suficientemente receptivo, culminándose el proceso a los 14 días; y finalmente la tercera teoría (sobre la formación del sistema nervioso central), sostiene que la vida se inicia con la primera actividad cerebral o encefálica del embrión humano, que precisamente se da aproximadamente a los 48 días de producida la concepción o fecundación.
Como es de verse, la ciencia médica no tiene un criterio uniforme respecto del inicio de la vida humana, empero la comunidad médica (F. Garay Cunningham, Norman F. Gant, Kenneth J. Leveno, Larry C. Gilstrap III, Jhohn C. Hauth y Katherine D. Wenstrom) acepta que la vida humana se origina en el proceso de concepción, debiendo entenderse que el embrión constituye vida humana.

INICIO DE LA VIDA HUMANA DESDE EL ENFOQUE JURÍDICO
Recogiendo esta misma postura, nuestro ordenamiento jurídico nacional consagra en su artículo 1º en concordancia con el artículo 2° inciso 1) de la Constitución Política del Perú, que toda persona tiene derecho a la vida. La defensa de la persona humana y la defensa de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Respecto de la dignidad humana del embrión en tanto persona, debe entenderse como un valor supremo, principio nuclear o valor último el cual tiene como sujeto al ser humano, pues todo individuo por el hecho de serlo tiene dignidad, y como tal merece darle un tratamiento acorde a su naturaleza (MONIKA GIANNINA NAVARRO CUIPAL. La dignidad humana como valor supremo de la Constitución 1993. Revista Nº 05. Justicia y Derecho Social).
Igualmente el artículo 1° del Código Civil, prescribe que la persona humana es sujeto de derechos desde su nacimiento.
La vida humana comienza con la concepción. El concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. Así también la Convención sobre los Derechos del Niño, establece en el artículo 1° que «el niño, por su falta de madurez física y mental necesita protección legal, tanto antes como después del nacimiento»; pauta que fue recogida en el artículo I del Título Preliminar del Código de Niños y Adolescentes, definiendo que se considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad y adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho años de edad.
Bajo ese marco normativo, se puede colegir que nuestro ordenamiento jurídico nacional reconoce al embrión como persona, posee dignidad humana; y, por ende es titular de derechos, conforme lo determina el artículo 2° inciso 1) de la Constitución Política del Perú, el artículo 1° del Código Civil y el inciso 1) del artículo 4° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por tanto sus derechos, entre otros el derecho a la vida, se encuentran reconocidos y garantizados por el Estado.
Así lo reconoce el Tribunal Constitucional del Perú (STC Nº 2005-2009-PA/TC, de fecha 16/10/2009), al señalar: «(…) resulta evidente que la vida es protegida desde la concepción; siendo ésta, por lo menos desde la perspectiva del Derecho aplicable a nuestro país una cuestión ya determinada (...) la persona está consagrada como un valor superior, y el Estado está obligado a protegerla.
El cumplimiento de este valor supremo supone la vigencia irrestricta del derecho a la vida, pues este derecho constituye su protección; resulta el de mayor connotación y se erige en el presupuesto ontológico para el goce de los demás derechos, ya que el ejercicio de cualquier derecho, prerrogativa, facultad o poder no tiene sentido o deviene en inútil ante la inexistencia de vida física de un titular al cual puedan serle reconocidos tales derechos».
Entonces, si el embrión es ser humano y por ende tiene derecho a la vida ¿Qué sucede con las diversas técnicas y procedimientos de reproducción asistida? ¿Cuál es el destino de los embriones que bajo estas técnicas no fueron implantados en el útero de la mujer?, ¿Es que acaso dichos procedimientos atentan contra el derecho a la vida de los mismos?, son alguna de las interrogantes que luego del análisis de la naturaleza médica y jurídica del embrión, saltan a la luz.
Según lo expuesto líneas arriba, es claro que las técnicas de reproducción asistida no constituyen por sí mismas, procedimientos que vulneren los derechos inherentes y fundamentales de todo ser humano.
El problema radica cuando son varios los óvulos que se fecundan y posteriormente sólo alguno de ellos serán transplantados al útero de la mujer, entonces el destino del embrión será la crioconservación o de ser el caso la experimentación, por lo que debería entenderse que existe una grave vulneración del derecho a la vida de éstos embriones «sobrantes».
En tal sentido, siendo que la práctica de la crioconservación de embriones en el ámbito médico es permitida y difundida a nivel mundial, aunque en algunos países se encuentra prohibida la manipulación y eliminación de los mismos, es menester que nuestro derecho interno regule dicha situación, para determinar si está o no permitido congelar embriones, de ser permitido que requisitos o condiciones previas se requiere para hacerlo, cuáles son las consecuencias y/o complicaciones de dicho procedimiento, el mismo que debe ser informado a los padres que opten por dicha técnica; y por último regular el destino de los embriones que se hallan en crioconservación cuando los padres se divorcian, se separan o alguno de ellos o ambos fallezcan.

CONCLUSIONES
Finalmente, podemos afirmar que el embrión tiene derecho a una evolución intrauterina y un nacimiento acorde a su naturaleza de persona humana.
El derecho nacional vigente le reconoce dicho status jurídico, por tanto merece una protección especial por encontrarse en plena etapa de formación y desarrollo de su ser; es por ello que las consecuencias que deriven de los avances médicos y tecnológicos no deben de ningún modo lesionar la vida e integridad del embrión como etapa germinativa del ser humano.
Ello no implica, oponerse a los progresos de la ciencia, sino más bien asegurar que dichos avances en la ciencia y en la tecnología se compatibilicen con un orden social que deba tener como base el respeto de la dignidad y de los derechos humanos.

BIBLIOGRAFÍA:
1) ELIOZONDO. CID (2007). Principios Básicos de la Salud. Segunda Parte. Limusa Noriega Editores. México.
2) F. GARAY CUNNINGHAM Y OTROS (2002). Williams Obstetricia. 21° Edición. Editorial Médica Panamericana. España.
3) NAVARRO CUIPAL, MONIKA. La dignidad humana como valor supremo de la Constitución de 1993. Revista Nº 05 Justicia y Derecho Social.
4) VARSI, ENRIQUE (1996). Derecho y manipulación genética. Universidad de Lima. Lima- Perú.

CAÑETANA TRIUNFA EN LA NASA: ROSA ÁVALOS CHUMPITAZI (23) VISITA PERÚ

 POR: MARCELINO ANTONIO AGAPITO MANCO

La hija ilustre de Cañete Rosa Ávalos Chumpitazi (23 – Chilca), Irma Aracely Quispe Neira (30 – Trujillo) y Melissa Soriano Horny (31 años – Virginia EE.UU hija de peruanos) son las científicas peruanas – estadounidenses que se encuentran en nuestro país gracias a la Universidad de Ingeniería y Tecnología (UTEC) y la Embajada de Estados Unidos de América están de visita en la ciudad imperial del Cusco. Ellas compartieron su experiencia de vida y el trabajo que realizan diariamente en las instalaciones de la NASA con estudiantes universitarios y alumnos de los colegios: Humberto Luna, Santa Rosa y El Carmelo.
Luego las científicas dieron un paseo por la ciudad de Cusco y contemplaron los principales atractivos turísticos. Aracely Quispe, Melissa Soriano y Rosa Ávalos estuvieron en Puno y el viernes estarán en Lima para participar de la II Feria Internacional de Tecnología, Informática y Comunicaciones (EXPOTIC 2013).
Cabe señalar que será la primera vez que las científicas y la NASA, estarán presentes en esta feria para mostrar los últimos adelantos de la ciencia aeroespacial donde se apreciará un traje espacial, réplica a escala de cohetes y videos sobre los hechos y descubrimientos más importantes de la agencia espacial.

CAÑETANA EN LA NASA
ROSA ÁVALOS CHUMPITAZI (23 AÑOS):
Ingeniera Aeroespacial, estudió en la Universidad Virginia Polytechnic Institute and State University (Virginia Tech), graduándose en Ingeniería Aeroespacial, Nuclear y Matemáticas Aplicadas. Ha sido parte de proyectos de investigación como: Lunabotics, Truss Braced Wing Project y Diseño de Aeronave. En la actualidad trabaja en el Lyndon B. Johnson Space Center de NASA, en el equipo de Estructuras y Operaciones de Mecanismos y Análisis Integrado en el programa de la Estación Espacial Internacional (International Space Station). Es Ingeniera en el área de evaluaciones de misiones durante eventos de visitas vehiculares y responsable de mecanismos en la estación.
Rosa Ávalos Chumpitazi (23) nacida en el distrito de Chilca – Chilca, se convirtió en la primera latinoamericana en graduarse en Ingeniería Aeroespacial y trabaja en la NASA. Tras ganar una de las cuatro becas que se ofrecían, Ávalos se graduó en Virginia Tech, dio el discurso de honor de su promoción cuya madrina fue Michelle Obama.

MELISSA SORIANO HORNY (31 AÑOS):
Ingeniera en Electricidad, Electrónica y Economista. Estudió en el Instituto de Tecnología de California CALTECH, en donde logró obtener dos grados académicos: Ingeniera Eléctrica y de Sistemas y Economista. Además, ostenta un máster en Sistemas Terrestres y Ciencias de Geo-información de la Universidad George Mason. Desde el año 2003 trabaja en el Jet Propulsion Laboratory de la NASA como ingeniera dentro del Grupo de Trabajo de Sistemas de Rastreo, grupo responsable por las comunicaciones directamente a la Tierra durante el aterrizaje de Curiosity.

ARACELY QUISPE NEIRA (30 AÑOS):
Ingeniera con maestría en Ciencias en Ingeniería Astronáutica. Ingeniera en Sistemas, en Tecnología Eléctrica y Espacial. Estudió ingeniería de sistemas en el Perú. En Estados Unidos estudió Ingeniería Astronáutica y también obtuvo una maestría en ciencias en Ingeniería Astronáutica en el Capitol-College, posee especializaciones en Ingeniería Tecnológica Espacial, y Eléctrica en Prince Georges ‘s Community College (EE.UU). Actualmente trabaja en el Centro de Vuelos Espaciales Goddard de la NASA en Maryland (EE.UU.), integrando el equipo de ingenieros de la misión Lunar Reconnaissance Orbiter (LRO) como ingeniera certificada de vuelos y operaciones espaciales, responsable de controlar y comandar el satélite LRO y también de realizar el planeamiento de Misión y encargada adjunta del sistema de comunicaciones de la aeronave LRO. Recientemente ha culminado un estudio de investigación científica sobre la desglaciación del Nevado Quelccaya en el Cusco próximo a publicar. La II EXPOTIC 2013 se desarrollará en el centro de Convenciones del Jockey Plaza del 20 al 23 de junio del presente año. Las tres son un ejemplo a seguir por todos los peruanos. ¡FELICITACIONES!

EDICTOS

EDICTOS PENALES (3 DIAS )
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Durand; Sec. Gonzáles, Cita y Emplaza:
EXP.-2010-0140.- a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA; para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; delito: Peculado Doloso; agraviados: Municipalidad de Huantan y El Estado Peruano. Cañete,31-05-2013.
EXP.-1994-0400: a PRUDENCIO VIDAL CANCHO MOQUILLAZA; para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; delito: Homicidio; agraviado: Rosa Camacho Chacon. Cañete,03-05-2013.
EXP.-2007-0634: a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA; para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; delito: Homicidio Calificado, agraviado: Valerio Zacarias Gerónimo. Cañete,31-05-2013.-
EXP.-2010-0271.- a BOVIS YAPIAS JULIO ALBINO para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; delito: Peculado Doloso; agraviado: El Estado Peruano. Cañete,01-05-2013.
EXP.-2010-0274.- a JOSE AURELIO PAUCAR HUARACA, para que ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra. delito: Robo Agravado; agraviado: Juan Carlos Rojas Rojas. Cañete,03-05-2013.
EXP.-2007-0078;a SANCHEZ BERNALES WALTER JAVIER, para que ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra la Libertad Sexual; agraviado:Menor de Identidad Reservada. Cañete,03-05-2013.
EXP.-2007-0031.- a HUAPAYA AUDANTE AVIGAIL CONSUELO, para que ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; Delito: Contra la Administracion Publica-Defraudacion Tributaria; agraviado: Sunat. Cañete 03-05-2013.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco, Sec. Gonzales; Cita y Emplaza:
EXP.-2007-0578: a ALEJANDRO MEDINA HERNANDEZ, a que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora; Día: 10.07.2013; hora: 10:00a.m. y responda por los cargos que se le imputa; delito: Violacion de la Libertad Sexual de menor de Edad ; agraviado: menor de edad de identidad reservada; bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ en caso de su inconcurrencia. Cañete,11-06-2013.
EXP.-2010-0037.- a CURI CAMBILLO TEODORO OBED, a efecto que se apersone a Sala de Audiencia; día: 03.07.2013; hora: 11:00a.m., responda los cargos que se le imputa; delito: Contra la Administracion Publica-Peculado Doloso Agravado; agraviado: El Estad, bajo apercibiiento de ser declararado REO CONTUMAZ y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Cañete 12-06-2013.
EXP.-2011-0057: a CURILLA SANES WALTER RODOLFO, para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados. Delito: Contra la Administracion Publica-Cohecho Activo Generico; agraviado: El Estado. Cañete,10-06-2013.
EXP.-2004-0302: a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados. Delito: Contra la Adminsitracion Publica-Cohrcho Activo Generico; agraviado: El Estado. Cañete,10-06-2013.

PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE: Juez Dr. Ventura, notifica y ordena publicar:
EXP.-0270-2012-0-0801-JR-PE-01: a CRISTIAN EDDY SOTOMAYOR CHAVEZ; notifica la resolucion 03 (08-11-2013), que resuelve: Tener presente la comunicación Fiscal de Formalizacion y Continuacion de la Investigacion Preparatoria seguido en su contra; delito: Contra la Fe Publica-Falsedad Ideológica (2do. párrafo art. 428 C.P.l); agraviado: El Estado-RENIEC; en mérito a lo cual el magistrado del 1°JIP asume competencia material. Asist. Anchiraico Cañete 12-06-2013.
20, 21 y 22 de Junio

EDICTOS PENALES (3 DIAS )
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA: Juez Dr. Acharte, notifica:
EXP.-2012-0036-JIPL-CSJCÑ-PJ: a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO, el acta que contiene la Resolucion 14 (11-06-2013), que REPROGRAMA la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DIRECTA; para el día: 16-07-2013; Hora: 10.00 a.m. en la Sala de Audiencia del Juzgado, ubicado en Jr. Grau N° 265-Distrito de Lunahuana, proceso seguido contra Herbet Patrick Rojas, por el delito de Fuga del Lugar de Accidente de Transito,agraviado Hans Gilder De La Cruz Alcala y el Estado. Sec. Rodriguez, Lunahuaná,11-06-2013.
EXP.-2012-0036-JIPL-CSJCÑ-PJ: a HERBERT PATRICK ROJAS APOLINARIO, acta que contiene la Resolucion 14 (11-06-2013), que REPROGRAMA la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DIRECTA; Día: 16-07-2013; Hora: 10:00 a.m. en la Sala de Audiencia del Juzgado, ubicado en Jr. Grau N° 265-Distrito de Lunahuana, proceso seguido en su contra, por el delito de Fuga del Lugar de Accidente de Transito,agraviado Hans Gilber De La Cruz Alcala y el Estado. Sec. Rodriguez; Lunahuaná,11-06-2013.
EXP.-2013-0019-JIPL-CSJCÑ-PJ: a MANUEL HERNAN LUYO QUISPE, notifica la resolucion 01 (03-05-2013); que dispone: que en el PLAZO de TRES días, designe abogado de libre eleccion y señale domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de designársele abogado defensor de oficio. Proceso seguido en su contra por el delito de Conduccion en Estado de Ebriedad, agraviado de la Sociedad. Sec. Rodriguez. Lunahuaná,13-06-2013

JUZGADO MIXTO - PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE YAUYOS; Juez Dr. Vargas, notifica y ordena publicar:
EXP.-0050-1989.- a los sentenciados: ANTIGONO WILMER HUARI GUTIERREZ Y RUBIT ALBERTO HUARI CENTENO; notifica Resolución 12 (12.10.2012) la REHABILITACIÓN en la instrucción seguida en su contra por Delito: Robo Agravado en agravio de William Benito Aguado Flores y Abraham Vega Rojas, y delito: Contra la Libertad Sexual en agravio de Elizabeth Doris Barahona Rojas. Sec. Castro. Yauyos, 17.05.2013.
EXP.-0071-2011.- Resolución 10 (18.05.2013), Declara extinguida la acción penal por prescripción, en el proceso seguido por Infracción Penal Contra la Persona-Lesiones Leves al menor de iniciales Y.R.R.C.; agraviado: Alberto Cesar Gutierrez Centeno; consentida la resolución, archívese definitivamente la causa. Sec. Castro; Yauyos 20.05.2013.
EXP.-0095-2006.- Resolución 30 (03.07.2013), DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN, en el proceso seguido por Infracción Penal Delito Contra la Libertad Sexual contra el menor Eduardo Hilario Bejarano; consentida la resolución, archívese definitivamente la causa. Sec. Castro; Yauyos 15.05.2013.
EXP.-0027-2009.- Resolucion 11 (20-05-2012): declarese consentida la resolucion 06 (19-05-2012) a favor de NATHALIA GUMERCINDA ALBERTO MATICORENA, en el proceso seguido en su contra por infraccion a la ley penal; agraviados: Antonia Fausta Arenas Vivas, Karin Anastasia Reyes y Delfina Vivas Arenas; archívese. Sec. Castro. Yauyos, 20-05-2013.
EXP.-0141-2011.- Resolucion 07 (03-09-2012): Hace efectivo el apercibimiento señalado en la quinta clausula del acta de conciliacion de fecha 03-01-2012, en el extremo de las visitas o ingresos de LEOVEGILDO PASCACIO TARMEÑO CONTRERAS al domicilio de la agraviada Marcelina Palante Curo y la prohibicion de aproximarse a la agraviada, bajo apercibimiento de seguirse aplicando los demas apercibimientos señalados en la referida acta de conciliación. Sec. Castro, Yauyos, 20-05-2013.-
20, 21 y 22 de Junio

EDICTOS POR AUXILIO JUDICIAL (3 DIAS )
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Dra. Rangel, notifca y ordena publicar:
EXP.-0866-2012: notifica la Resolucion 01 (21-08-2012),resuelve: ADMITIR la demanda interpuesta por elMinisterio Publico, contra JOSE MARTIN MUNGUIA GARCIA, como presunto autor de Actos de Violencia Familiar – Maltrato Fisico en agravio de su conviviente MARIA INES ARTEAGA CARDENAS; disponiendose correr traslado al demandado por el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento ded eclarse su rebeldia, ditandose las medidas de proteccion a favor d ela parte agraviada. Sec. Calagua. Cañete 07-06-2013.

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza Dra. Pérez, notifica y ordena publicar:
EXP.-2011-0741: a través de sus padres UBALDO WILMER CHAVEZ GUTIERREZ Y MARIA ALFONZA QUISPE CHULLUNCUY, al adolescente de iniciales A.U.CH.Q., que se apersone a este juzgado, por haber sido declarado ADOLESCENTE CONTUMAZ, y responda a los cargos que se han formulado en su contra en la investigación que se le sigue por Infracion contra el Patrimonio-Robo Agravado en agravio de Lita Cardenas Yaya. Sec. Vargas. 03-06-2013.

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA; Juez Dr. Chipana, Notifica y Emplaza:
EXP.-2013-18; a JESUS JOSE TAPIA ROJAS; notifica la RESOLUCION 06 (04/06/2013): «Tengase por desistido tacitamente, en su condicion de agraviado del presente proceso penal por faltas». Sec. Calderon.04-06-2013.
EXP.-06-2013-Faltas: a ANDREA GILARDO CASTILLO, ANDREA RESTREPO MONTOYA; Notifica Resolucion 05 (22/05/2013) Tengase por desistidas tacitamente a las presuntas ofendidas de su facultad de interponer denuncia penal, archivese consentida y/o ejecutoriada» Sec. Calderon. 22-05-2013.
20, 21 y 22 de Junio

EDICTOS PENALES ( 2 DIAS )
2° JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA -YAUYOS: Juez; Dr. Soto, Cita y Emplaza:
EXP.-2012-040-0: a WALTER ELADIO MATOS MADUJANO y CHRISTIAN DANIEL SOTO BORJAS, resolucion que dispone: conceder tres días para que se apersone y designe un abogado defensor de libre eleccion, de lo contrario en salvaguarda de su derecho defensa se le designara un abogado defensor de Oficio; y concede dos días de notificado al Representante del Ministerio Publico a efectos que indique el domicilio real del imputado Christian Daniel Soto Borjas, y de las partes agraviadas, para su notificacion de la presente resolucion.Sec. Fajardo, Yauyos 03-06-2013.
EXP.-2012-040-0: a WALTER ELADIO MATOS MADUJANO y CHRISTIAN DANIEL SOTO BORJAS, notifica resolucion que da cuenta, escrito (27-05-2013), y Oficio N° 338-2011-2013-01-FPPY-MP-FN, (03-06-2013), al primero: Tengase presente los domicilios reales del imputado y de los agraviados señalados por el Representante del Ministerio Publico. Al segundo: Tengase presente la comunicación de la disposicion 02 (29-05-2013), y notifiquese con la resolucion uno (28-11-2012);Sec. Fajardo, Yauyos 03-06-2013.
20 y 21 de Junio

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 4983-2013, don Severo Sanchez Ascencio, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Francisca Tomasa Ascencio Pasache, inscrito en el libro Def. 132, folio 188632, año 1997, en el extremo que se ha consignado como prenombre de la fallecida FRANCISCA, siendo lo correcto FRANCISCA TOMASA, quedando intacto los demás datos que contiene.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Junio de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0686-2013, doña Dora Maria Elena Lliuyacc Talavera, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Hania Kelly Guzman Lliuyacs, inscrito en el libro Of. 32, folio 149, año 1991, en el extremo que se ha consignado el apellido paterno de la madre y apellido materno de la titular como LLIUYACS, siendo lo correcto LLIUYACC, quedando intacto los demás datos que contiene.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Junio de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Exp. Nº 2012-178.- El Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha ordenado se publique un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE de fecha veintiséis de Abril del año dos mil trece (parte pertinente): SE RESUELVE: INCORPORAR en el presente proceso a la SUCESIÓN de EPIFANIA JIMENEZ LAUPA para que en el plazo de TREINTA DÍAS se apersonen al proceso BAJO APERCIBIMIENTO de NOMBRARSE Curador Procesal en caso de incumplimiento.
Cañete, 12 de Junio de 2013.
Dra. Esther Yovana Lázaro Vicente - Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 17, 21 y 27 de Junio.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los diecisiete días de junio del dos mil trece siendo ocho y treinta de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores Ángel Polanco Tintaya (Presidente de la Sala), María Guadalupe Garnica Pinazo y María Esther Limas Uribe, a fin de programar la fecha para realizar la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, de conformidad a lo previsto en la Resolución Administrativa Nº 031–2012–P–CSJCÑ-PJ del nueve de enero del dos mil doce, señalándose para el MIÉRCOLES VEINTISÉIS DE JUNIO del año en curso a las OCHO Y DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias, ubicada en la Panamericana Sur Km. 144.5, a efecto que se garantice que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro del plazo fijado por la ley, y el derecho de todo procesado a ser juzgado en plazos razonables o de ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 25476; en consecuencia, OFICIESE al Juzgado Penal Liquidador de Cañete, Segundo Juzgado Mixto de Cañete, Juzgado Penal Liquidador de Mala, Juzgado Mixto de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, a efecto que INFORMEN antes de la fecha de audiencia, el PLAZO DE DETENCIÓN de los acusados, cuyos procesos estén pendientes de dictar sentencia y/o dictamen. Oficiando y mandándose publicar la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano», y el de mayor circulación de ésta localidad.
POLANCO TINTAYA
GARNICA PINAZO
LIMAS URIBE