26 septiembre 2008

PUNTO DE VISTA...
DONACION DE ORGANOS...
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez

EsSalud, continúa con fuerza las diversas campañas que viene realizando a lo largo de cada año y en esta oportunidad ha lanzado la campaña correspondiente a “DONACION DE ORGANOS Y TEJIDOS”, en la que nos hace ver muy claramente que “TODOS SOMOS DONANTES, PORQUE TODOS PODEMOS SER RECEPTORES” y en cada uno de nosotros está la esperanza de una mejor calidad de vida para muchos peruanos, que están esperando de nuestra decisión de ser donantes.
Hoy queremos decirles inicialmente que la donación es un acto solidario que permite el milagro de salvar vidas, al entregar nuestros óganos y tejidos depues de muerto, que no es otra cosa que la sustitución de un órgano enfermo por otro que funciona adecuadamente y que es necesario para una persona que ha sufrido un daño irreversible de algunos de sus órganos o tejidos.
En el país la situación es muy delicada por cuanto los donantes son muy escasos, lo que origina una extensa larga lista de espera de pacientes cuya vida depende de cada uno de nosotros.  
En el país hay 1 donante por cada millón de habitantes, mientras que en otros países es de 33 donantes por cada millón de personas.  Nosotros podríamos salvar muchas vidas si tomamos la decisión de donar y compartir con nuestros familiares la decisión de donar, por ello es que existren dos condiciones básicas para ser donantes: a.- diagnóstico de muerte encefálica  y,  b.- contar con el consentimiento de nuestros familiares.
La muerte encefálica es cuando el daño es irreversible, es decir que la persona haya fallecido y no tenga ninguna probabilidad de vivir, y el consentimiento familiar es la autorización de la familia del paciente con muerte encefálica, para que se efectue la donación.  Por ello es necesario que nos inscribamos en el centro hospitalalrio más cercano a nuestro domiclio, llenando una ficha y recepcionando un carnet que nos identifica como donantes.  Indistintamente cuando uno se acerca a la RENIEC para sacar su DNI, a la persona que nos está tomando los datos de identificación debemos hacerle saber que somos donantes, para que en nuestro documento de identificación se coloque que somos donantes y lógicamente hacerlo saber a nuestros familiares.
En nuestro país se hace trasplantes de: corazón, hígado, riñón y pulmón, lo mismo que de córnea, huesos, piel y médula ósea.  La decisión que tomemos cada uno es muy importante y no se debe temer por cuanto la donación esta autorizada por la ley de donación de órganos y tejidos Nº  28189.  
Asimismo las religiones y credos del mundo apoyan la donación, porque consideran que esto es un acto de amor  y deprendimiento.  En nuestra provincia pueden acecarse a la oficina de servicio social de Essalud o llamar al teléfono 5813404 - 5812023 anexo 222.
Igualmente, hay que aclarar que la donación no desfigurará  a nuestro ser querido, porque se realiza en un quirófano como cualquier otra intervención quirúrgica.
VECINOS DE SANTA TERESA DENUNCIAN CIERRE DE VIA DE ACCESO QUE PERMITE INGRESO DE MAQUINARIAS PARA REALIZAR TRABAJOS EN DEFENSA DEL RÍO...

SAN VICENTE.- El Dr. Federico Quispe Mejía, realizó una inspección judicial en el sector de Santa Teresa para ver la comisión del libre tránsito que habrían ocasionado un grupo de vecinos del lugar en agravio de los agricultores de la parte baja.
La diligencia se realizó el último miércoles pasada las 12 del día en presencia de los demandantes y demandados donde el magistrado constató que la mayoría de los vecinos expresaron la vía que data de hace 35 años, fue cerrada sorpresivamente.
Los lugareños expresaron que el lugar sirve de acceso para el ingreso de maquinarias pesadas y realizar los trabajos de reforzamiento de la rivera del río en la época de avenida.
El abogado de la parte demandante, Alex Castillón, confía que la demanda del Habeas Corpus presentado por los moradores en contra del señor Pascual Quispe, se declarará fundada.
“El ha apreciado objetivamente que sí ha afectado toda una calle con palos y esteras. Y los moradores, expresan objetivamente que toda la vida este lugar ha sido una calle para que los pobladores de la parte baja puedan circular en forma continua y pacífica”, manifestó Castillón.
El magistrado, Dr. Federico Quispe Mejía, tras recibir también la denuncia de los demandados que dicen lo contrario, resolverá a más tardar el día lunes con su fallo inapelable.
Cabe señalar que en este sector la mayoría son moradores que provienen del distrito chinchano de Chavín, que datan de hace más de cuatro décadas y en su mayoría tienen un estrecho ligazón familiar. Los ecologistas que acudieron al lugar también alzaron su voz de protesta y expresaron, «si realmente se quiere hacer justicia en defensa del río, pues que respeten el margen de los 50 metros».
Contó con la Participación de diferentes Instituciones Educativas Públicas y Privadas.
DEMUNA QUILMANEÑÁ EFECTUÓ LA CAMPAÑA “DERECHO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE”

La Municipalidad Distrital de Quilmaná, a través de la DEMUNA, efectuó la campaña denominada “Derecho del Niño y del Adolescente”; evento que se realizó el día de ayer, 25 de Setiembre del presente año y, contó con la participación de las diferentes Instituciones Públicas y Privadas.
Por su parte, el Jefe de la DEMUNA de nuestra localidad, Psicólogo Huber Agustín Candela Cubillas, se mostró muy contento y agradecido al contar con la asistencia de las instituciones a las que se les había solicitado su participación, ya que estas respondieron no sólo con su presencia, sino también con la actuación de los menores quienes mostraron pancartas y coloridos globos concernientes al mencionado evento.
Mientras tanto, para el desarrollo de la campaña “Derecho del Niño y del Adolescente” los participantes se desplazaron por las principales arterias quilmaneñas, teniendo como punto de inicio el Jr. Arequipa cuarta cuadra, donde se encuentra la Oficina Central de la DEMUNA, para luego arribar hasta e Jr. Tacna y llegar a la Av. Lima para finalmente establecerse en el frontis del Palacio Municipal donde se les brindó un ágape a los presentes. Las Instituciones educativas que intervinieron en la pasantilla fueron: la I.E. Privada “Jesús Nuestro maestro” y el Niño Jesús; asimismo se hicieron presente las I.E. Públicas Nº 20178 “Santa Rosa de Lima” y el Nº 20177 “San Martín de Porres” de nuestra jurisdicción.

CURSO TALLER DE 
CAPACITACIÓN DOCENTE 2008 SE DESARROLLA EN EL I.S.T.P. DE CAÑETE.
De otro lado, con la finalidad de obtener una adecuada actualización para la implementación del nuevo diseño curricular básico del sistema modular de los Institutos Superiores Tecnológicos; la Unidad de Costeo Nº 01 del Gobierno y Dirección de Educación Regional de Lima, a través del Instituto Superior Tecnológico Público de Cañete se encuentran organizando el “Curso Taller de Capacitación 2008”.
El evento se inició el Miércoles 24 de Setiembre del presente año, y se contó con la participación de los Institutos Superiores: “San Pedro del Valle de Mala”, “Jayán Yauyos”, “Amauta Julio C. Tello” y “Pacarán”, siendo la sede principal el I.S.T.P. “Cañete”; teniendo como ponente al Magíster Enrique Salinas Pinto Consultor del MED cuyo tema central fue el “Diseño Curricular Básico en el Sistema Modular”. 
Ayer jueves 25 se efectuaron Talleres brindados en las especialidades de: Agropecuaria, Enfermería, Contabilidad, Formación y Computación e Informática.
Para hoy, día Viernes 26 del presente, se ha programado efectuar los temas: “Experiencia Exitosa del IST “Huando” – Huaral por el Lic. Alfonso Vigo Quiñones; “Clima Institucional y Trabajo en Grupo” y “Recursos Propios y Actividades Productivas” por el Lic. Freddy Peve Palomino. 
Finalmente, el curso culminará con un Almuerzo de Camaradería y una jornada deportiva interinsti-tucional.
PRODUCTORES DE ALGODON SERAN PRIMEROS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE COMPENSACIONES POR TLC...

El ministro de Agricultura, Ismael Benavides, informó que los productores de algodón serán los primeros beneficiados del Programa de Compensaciones para la Competitividad (PCC), que se otorgarán a partir del próximo año, para que puedan afrontar la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos.
“Quiero anunciar que ya estamos trabajando con los agricultores de algodón para que ellos sean los primeros beneficiados y los primeros con los que trabajemos en la costa peruana en el PCC”, comentó.
Destacó  que el algodón es un producto que requiere mayor apoyo que otros, debido a que se necesita aumentar su rentabilidad y eficiencia en la producción con miras a la apertura comercial con Estados Unidos.
El Minag destinará 160 millones de soles el próximo año para la ejecución del PCC, programa que tendrá una duración de cinco años y en total se espera gastar 1,800 millones de soles.
Con dichos recursos se espera mejorar la productividad de 350 mil hectáreas y 150 mil cabezas de ganado.
Asimismo, indicó que en dos semanas se publicará el reglamento del Decreto Legislativo que creo el PCC, y además confirmó que los fondos del programa serán entregados mediante concurso público.
“Los agricultores tendrán que poner una contrapartida para que se asignen los recursos del PCC”, explicó.
Asimismo, Benavides adelantó que el Ministerio de Agricultura (Minag) está gestionando ante el Banco Mundial un préstamo para rehabilitar 200 mil hectáreas que están salinizadas, que son aquellas maltratadas por fenómenos climatológicos.
Precisó los terrenos que buscan rehabilitarse se ubican principalmente en la parte baja de los valles de la costa y cercanas al mar.
“Está en evaluación el proyecto (en el Banco Mundial) y todavía no se ha dimensionado el monto del préstamo, pero si quisiéramos trabajar en 100 mil hectáreas estaríamos hablando de una inversión de 200 millones de dólares”, expresó.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

SALA CIVIL
 
CRONICA JUDICIAL DEL MES DE AGOSTO DEL 2008
  
DIA: 01 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2008-600-Familia.- En la Investigación promovida por el Ministerio Público contra Edgar Sánchez Espichan, por Infracción a la Ley Penal; CONFIRMARON la resolución número dos que ordena el internamiento preventivo del adolescente infractor. R.F.
 
DIA: 05 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2006-0242-Laboral.- En los autos seguidos por Blanca Castillo Ramírez con Unidad de Gestión Educativa Local Número Ocho de Cañete y otros, sobre Proceso Contencioso Administrativo: CONFIRMARON la sentencia que declara Infundada la demanda, voto en dirimencia. P.D.
Exp. N° 2007-185-Civil.- En los autos seguidos por Luis Arias Malasquez con Justo Arias Arias, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; Declararon: NULO el recurso de apelación que rechaza la demanda y declararon improcedente el recurso de apelación. R.F.
Exp. N° 2007-0159-Civil.- En los autos seguidos por Luis Sánchez Gutiérrez con Carlos Galván Óre, sobre Nulidad de Sucesión Intestada; CONFIRMARON la resolución número veintiuno que declara improcedente la contestación de la reconvención por extemporánea. R.F.
Exp. N° 2007-0661-Civil.- En los autos seguidos por Ministerio de Economía y Finanzas con Salustiano Arias Quispe, sobre Ejecución de Garantías; CONFIRMARON la resolución número seis que declara improcedente por extemporánea la contradicción formulado por el ejecutado. R.M.
Exp. N° 2006-052-Civil.- En los autos seguidos por Julian Camacho Chumpitaz con Isidoro Antialon Quispe, sobre Desalojo; CONFIRMARON la resolución número cincuenta y cuatro que declara improcedente la solicitud de suspensión del lanzamiento. R.M.
 
DIA: 06 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2007-0721-Familia.- En la instrucción promovida por el Ministerio Público contra Luis Ramos Camposano, por Infracción contra la Libertad Sexual; CONFIRMARON la resolución número once que dispone medida de protección contra el adolescente. R.F.
Exp. N° 2005-107-Civil.- En los autos seguidos por Genaro Pablo Mendoza con Mariano Gonzáles Tello, sobre Interdicto de Retener; DECLARARON: NULA la resolución treinta que ordena hacer efectivo apercibimiento; DISPUSIERON que el A-quo expida nueva resolución. R.F.
 
DIA: 07 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2007-741-Familia.- En los autos promovidos por el Ministerio Público contra Eckord Córdova Caviedes, sobre Infracción contra la Libertad Sexual; CONFIRMARON la sentencia que declara hallar responsable al menor infractor. R.F.
Exp. N° 2003-0190-Civil.- En los autos seguidos por CAU Cerro Alegre con Manuel Bayona Torres, sobre Ejecución de Garantías; CONFIRMARON la resolución número sesenta y tres que rechaza la demanda. R.F.
Exp. N° 2000-0153-Civil.- En los autos seguidos por Fidel Tobías Paulino Soto con Luis Alberto Sandoval Peláez, sobre Mejor Derecho de Propiedad; CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda. R.F.
Exp. N° 2006-0805-Laboral.- En los autos seguidos por Elsa Sauñe Lacuta con Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, sobre Proceso Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la sentencia que declara infundada demanda. R.F.
Exp. N° 2001-004-Laboral-B.- En los autos seguidos por Juana Saavedra Chaupin con Telefónica del Perú Sociedad Anónima Abierta, sobre Ejecución de Resolución Administrativa; REVOCARON la resolución número sesenta y tres que declara infundada observación a la liquidación; REFORMANDOLA declararon fundada. R.M.
Exp. N° 2001-004-Laboral-C.- En los autos seguidos por Juana Saavedra Chaupin con Telefónica del Perú Sociedad Anónima Abierta, sobre Ejecución de Resolución Administrativa; Declararon; NULA la resolución número sesenta y dos que resuelve tener por consignada suma de dinero; DISPUSIERON que la A-quo emita nueva resolución. R.M.
Exp. N° 2001-004-Laboral-A.- En los autos seguidos por Juana Saavedra Chaupin con Telefónica del Perú Sociedad Anónima Abierta, sobre Ejecución de Resolución Administrativa; Declararon; NULA la resolución número sesenta y nueve que ofrece carta fianza; DISPUSIERON que la A-quo emita nueva resolución. R.M.
Exp. N° 2004-034-Civil.- En los autos seguidos por Rodolfo Nosiglia Paucar con César Fernández Nosiglia, sobre Administración Judicial de Bienes; Declararon: NULA la resolución número cuarenta y uno que declara improcedente la solicitud de la demandante; DISPUSIERON que el A-quo emita nueva resolución. R.F.
Exp. N° 2005-425-Laboral.- En los autos seguidos por Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Cañete con Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Proceso Contencioso Administrativo; Declararon; NULA la sentencia que declara fundad demanda; DISPUSIERON que la A-quo emita nueva sentencia. D.P.
Exp. N° 2005-262-Constitucional.- En los autos seguidos por Francisco Lovera Cabrera con Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la resolución número veintinueve que declara nula la resolución número dieciséis. P.D.
 
DIA: 11 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2001-005-Laboral-B.- En los autos seguidos por  Olga Manero Martínez con Telefónica del Perú Sociedad Anónima Abierta, sobre Ejecución de Resolución Administrativa; Declararon: NULA la resolución número setenta y cinco que resuelve tener por consignada suma de dinero; DISPUSIERON que el A-quo expida nueva resolución. R.F.
Exp. N° 2001-005-Laboral-C.- En los autos seguidos por  Olga Manero Martínez con Telefónica del Perú Sociedad Anónima Abierta, sobre Ejecución de Resolución Administrativa; Declararon: NULA la resolución número setenta y uno que rechaza carta fianza; DISPUSIERON que el A-quo expida nueva resolución. R.M.
Exp. N° 2001-005-Laboral-A.- En los autos seguidos por Olga Manero Martínez con Telefónica del Perú Sociedad Anónima Abierta, sobre Ejecución de Resolución Administrativa; REVOCARON la resolución número sesenta y ocho que declara infundada observación a la liquidación; REFORMÁNDOLA declararon fundada observación y ordenaron efectuar nueva pericia. A.M.
Exp. N° 2006-054-Laboral.- En los autos seguidos por Guiliano Carrasco Saenz con Informática S.R.Ltda., sobre Pago de Beneficios Sociales; Declararon: NULA la sentencia que declara fundada demanda; DISPUSIERON que la A-quo expida nueva sentencia. A.M.
Exp. N° 2005-0184-Civil.- En los autos seguidos por Mariano Acevedo Sulca con Servicios y Representaciones Guzmer y otros, sobre Indemnización; CONFIRMARON la resolución número veinticinco que declara improcedente la extromisión procesal. R.F.
Exp. N° 2007-041-Civil.- En los autos seguidos por María Araujo Corilla con Victoriano García Carbonell, sobre Facción de Inventario; CONFIRMARON la resolución número dieciséis que declara improcedente la denuncia civil. R.M.
 
DIA: 13 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2005-0618-Civil.- En los autos seguidos por Pedro Tráncon Luyo con Manuel Rospiggliosi Ubillus, sobre Nulidad de Acto Jurídico; REVOCARON la sentencia que declara infundada la demanda; REFORMÁNDOLA declararon Improcedente la demanda. R.F.
Exp. N° 2004-015-Civil.- En los autos seguidos por Manuel Del Solar Ayllón con Orestes Gutiérrez Javier, sobre Desalojo; CONFIRMARON la resolución número cuarenta y ocho que declara infundada la nulidad. A.M.
Exp. N° 2007-0166-Familia.- En los autos seguidos por María de los Milagros Huamán con Carmen Quispe Arteaga, sobre Violencia Familiar; CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda. R.F.
Exp. N° 2007-077-Laboral.- En los autos seguidos por Pablo Caema Chacaltana con CECOACAM, sobre Medida Cautelar; CONFIRMARON la resolución número tres que declara improcedente la medida cautelar. A.M.
Exp. N° 2007-078-Laboral.- En los autos seguidos por Rogelio Condori Reyna con CECOACAM, sobre Medida Cautelar; CONFIRMARON la resolución número tres que declara improcedente la medida cautelar. R.M
Exp. N° 2008-031-Constitucional.- En los autos seguidos por Lobaton Tarazona Tucto con José Ávila Huapaya, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la resolución número nueve que declara improcedente la demanda. R.M
 
DIA: 14 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), LUZ ROQUE MONTESILLO y VICTOR DURAND PRADO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N°. 2003-189-Civil.- En los autos seguidos por Banco De Crédito del Perú con Máximo Alarcón Román, sobre Ejecución de Garantía; Declararon: NULA la resolución número treinta y tres en el extremo que integra la resolución número veintisiete; DISPUSIERON que el Juez de la causa expida nueva resolución. R.M.
Exp. N° 2004-212-Civil.- En los autos seguidos por Roma Recurso Empresariales con Pablo Nalda Quiroz, sobre Obligación de Dar Bien Inmueble; CONFIRMARON la resolución número veintitrés que declara improcedente conclusión del proceso. A.M.
Exp. N° 2005-022-Civil.- En los autos seguidos por Isabel Toledo Castro con Pedro Manco Rueda, sobre Reivindicación; Declararon: NULA la resolución número veinticuatro que aprueba costas y costos del proceso; DISPUSIERON que el Juez de la causa expida nueva resolución. A.M.
Exp. N° 2004-1079-Familia.- En los autos seguidos por Hebert Rosilla Gutiérrez con Sara Escalante Cachay, sobre Divorcio por Causal: DESAPROBARON la sentencia consultada que declara fundada la demanda; DISPUSIERON que el Juez de la causa emita nueva sentencia. R.F.
Exp. N° 2007-037-Familia.- En los autos seguidos promovidos contra Leonardo Vicente Laura, por Infracción Penal, en agravio de Walter Sánchez Bernales; CONFIRMARON la resolución número cinco que ordena el sobreseimiento de la acción penal. A.M.
Exp. N° 2006-516-Laboral.- En los autos seguidos por Juana Florián Peña con Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda. R.M.

DIA: 18 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2007-041-Laboral.- En los autos promovido por Hugo Cavero Suárez con Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete Sociedad Anónima, sobre Proceso Contencioso Administrativo; Declararon: IMPROCEDENTE la consulta efectuada mediante resolución numero seis y dispusieron que la misma A-quo siga conociendo el proceso. R.M.
Exp. N° 2003-097-Laboral.- En los autos promovido por Mario Chuquihuaccha Noya con Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete Sociedad Anónima, sobre Proceso Contencioso Administrativo; Declararon: IMPROCEDENTE la consulta efectuada mediante resolución numero ocho y dispusieron que la misma A-quo siga conociendo el proceso. A.M.
 
DIA: 19 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N°. 2007-072-Civil.- En los autos seguidos por Gabino Chávez Reyes con Aníbal Matos Estebanes, sobre Interdicto de Retener; CONFIRMARON la resolución que declara fundada la excepción de incompetencia. R.M.
Exp. N° 2008-002-Administrativo.- En el Recurso de Revisión interpuesto por Victoria Mesias De la Cruz, contra el extremo de la medida disciplinaria de apercibimiento: CONFIRMARON la medida disciplinaria impuesta. R.M.
Exp. N° 2008-115-Familia.- En los autos promovido por el representante del Ministerio Público en contra de Jhonatan Rivera Ronceros, sobre Infracción a la Ley Penal; REVOCARON la resolución que declara fundada la solicitud de variación de la medida de internamiento; REFORMÁNDOLA declararon improcedente. R.F. 
Exp. N° 2005-093-Civil.- En los autos seguidos por Pablo Nalda Quiroz con Esther Paraguay Caycho, sobre Indemnización; CONFIRMARON la resolución número dieciocho que declara improcedente nulidad. A.M. 
 
DIA: 20 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N°2005-474-Civil.- En los autos seguidos por Pedro Gutiérrez Aguirre con Profinanzas Sociedad Anónima Abierta, sobre Tercería Excluyente; CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda. R.F.
Exp. N° 2005-0953-Civil.- En los autos seguidos por Oscar Neyra Rincón con Oscar Neyra Faustino, sobre Interdicción Civil; APROBARON la consulta de la sentencia que declara fundada la demanda. R.M.
Exp. N° 2007-0607-Familia.- En los autos seguidos por Walter Rodríguez Saavedra con Susana Castillón Quispe, sobre Divorcio por Causal; APROBARON la sentencia consultada que declara fundada la demanda. R.F.
Exp. N° 2003-0740-Familia.- En los autos seguidos por Javier Jayo Ayala con Margarita Collao Campos, sobre Divorcio por Causal; CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. R.M.
 
DIA: 21 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2006-804-Laboral.- En los autos promovidos por Elvira Gonzáles Burga con Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Proceso Contencioso Administrativo; Declararon: NULA la sentencia que declara fundada la demanda; DISPUSIERON que el A-quo expida nueva resolución. A.M.
 
DIA : 25 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2003-0530-Familia.- En los autos seguidos por Ministerio Público con Manuel Garrido De la Cruz, sobre Infracción a la Ley Penal contra el Patrimonio; CONFIRMARON la sentencia que declara la responsabilidad del menor infractor. R.F.
Exp. N° 2008-0388-Familia.- En los autos seguidos por Ministerio Público con Cristian Marichi Gerónimo, sobre Infracción a la Ley Penal contra el Patrimonio; CONFIRMARON la sentencia que declara la responsabilidad del menor infractor. R.F.
 
DIA: 26 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2005-0246-Civil.- En los autos seguidos por Dionisio Calagua Alcalá con Félix Caycho Calagua, sobre Prescripción Adquisitiva; Declararon: NULA la resolución que declara nulo todo lo actuado y rechaza la demanda; DISPUSIERON que el A-quo expida nueva resolución. A.M.
Exp. N° 2004-007-Civil.- En los autos seguidos por Manuel Del Solar Ayllón con Ernesto Rivera Saenz, sobre Desalojo; Declararon: NULA la resolución que declara improcedente apelación; DISPUSIERON que el A-quo expida nueva resolución. R.F.
 
Exp. N° 2007-038-Civil.- En los autos seguidos por Alfredo Rigles Chiri con Preinversión y Otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; CONFIRMARON la resolución número uno que declara improcedente la presentación de excepción. R.M.
Exp. N° 2008-412-Familia.- En los autos seguidos por Beatriz Villarrubia Lázaro con Alison Matías Vicente, sobre Infracción a la Ley Penal; CONFIRMARON la sentencia que declara responsables a los menores infractores. R.M.
 
DIA : 28 DE AGOSTO DEL 2,008
Con los Señores Vocales, doctores: RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO (Presidente), SILVIA RUEDA FERNANDEZ y LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, expidieron las resoluciones siguientes:
Exp. N° 2004-0100-Civil.- En los autos seguidos por Prelatura de Yauyos con Dionisio Aburto Aburto, sobre Nulidad de Asiento Registral; Declararon: NULA la resolución que declara el abandono del proceso y ordena su archivamiento; DISPUSIERON que el A-quo emita nueva resolución. R.M.
Exp. N° 2005-0233-Civil.- En los autos seguidos por Graciela Sánchez de Chao con Richard Arana Cusi, sobre Mejor Derecho de Propiedad; CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la admisión de medio probatorio. R.F.
Exp. N° 2003-0210-Civil.- En los autos seguidos por Manuel Del Solar Ayllón con CAU Chilca Limitada, sobre Desalojo; CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la contestación de la demanda consulta de la sentencia que declara infundada demanda. R.M.
Exp. N° 2000-0254-Civil.- En los autos seguidos por Teodoro Chumpitaz Yupan con CAU Tercer Mundo, sobre Inclusión de Herencia; CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la admisión de medio probatorio. R.F.
Exp. N° 2008-006-Familia.- En los autos seguidos por Ministerio Público con Esperion Mancha Vicente, sobre Infracción a la Ley Penal; CONFIRMARON la sentencia que declara responsable al menor infractor. R.M.
 
Cañete, 05 de Setiembre del 2,008
JUDICIALES

EDICTOS
EXP.-2004-0688.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; en los seguidos sobre Violencia Familiar, Demandado: MEDARDO FELIX RIVEROS; agraviada: MARINA LIMAS SOSA, se ha ordenado publicar extracto de AUDIENCIA UNICA: Resolución.18, fecha: 05/08/2008:.SANEADO EL PROCESO; Resolución 19.-SE ADMITE los medios probatorios ofrecidos; Resolución 21:_prescindir de la ratificación del médico, póngase los autos a despacho para sentenciar una vez notificadas las partes.-Fdo.-Secretaria Herrera.-Cañete.-25/08/2008. 
EXP. 2004-0823.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; en los seguidos sobre Violencia Familiar, Demandado: GUILLERMO OSCAR CHAMBERGO QUISPE; agraviada: FLORENTINA QUISPE VILLALTA, se ha ordenado publicar nueva fecha para AUDIENCIA UNICA: el 05-11-008,  HORA: 08.15a.m. Fdo.-Secretaria: Herrera.-Cañete.-25/08/20088. 
EXP. 2004-0844.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, RESOLUCIÓN  N° 34,  fecha 25/07/2008: ADMITASE la Demanda interpuesta contra ALDRIN ALEX VICENTE AURIS por Violencia Familiar; agraviada: Juana Buheso Quispe,  vía proceso ÚNICO, EMPLÁCESE mediante edictos al dermandado, para que dentro del término de QUINCE DIAS, se apersone bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. Fdo.-Secretaria: Yerén. Cañete.-29/07/2008. 
EXP.2004-0895.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; en los seguidos sobre Violencia Familiar contra JAIME WILDER GASTELU CHANCO, agraviada: YOLA IRMA CAHUANA ANCO,  ha ordenado publicar extracto de AUDIENCIA UNICA:-RESOLUCION_13, fecha 18/08/2008:.SANEADO EL PROCESO POR ACTOS DE VIOLENCIA FAMILIAR; RESOLUCIÓN 14.-SE ADMITE los medios probatorios ofrecidos; RESOLUCIÓN 16:_prescindir de la ratificación del médico María Fuentes Tuestas, conforme al estado del proceso, póngase los autos a despacho para sentenciar una vez notificados las partes.-Fdo.-Secretaria Herrera.-Cañete.-18/08/2008. 
EXP.-2008-0145.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez Flores; Demandado DOMINGO HUANCACHOQUE CANCHI, agraviada: Natividad Cusimayta Ttica,sobre Violencia-Familiar, ha ordenado publicar extracto de Resolución N°.11, fecha: 14/08/2008, RESUELVE: TENER POR CONTESTADA LA DEMANDA por parte del Curador-Procesal Carlos Gonzales-Prada; SEÑÁLESE fecha para AUDIENCIA UNICA:  24-11-2008;  hora: 09.00a.m. con citación de las partes. Fdo.-Secretaria: Claudio. Cañete 14/05/2008.
EXP.2008-0669.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez Flores; ordenó publicar RESOLUCIÓN UNO:-ADMITIR la Demanda interpuesta contra JUAN CARLOS LAYMES sobre Violencia Familiar-Maltrato Psicológico en agravio de JUSTINA CORDERO SULCA, tramítase vía Proceso Unico, confiérase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL.-Fdo.Secretaria: Claudio. 
25, 26 y 29 de Setiembre

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, SILVIA ESTHER CASAS BARTOLO, con DNI Nº 15342434, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe omisión de apellido materno de su progenitor, primer nombre y apellido materno de su progenitora, dice: ISIDORO CASAS, PAULINA BARTOLO debe decir: ISIDORO CASAS CONDEZO, MARIANA PAULINA BARTOLO CANTO. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 24 de Setiembre del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, DOMITILA PETRONILA YAYA VDA. DE MUNAICO, identificada con DNI 15370518, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo URBANO MUNAICO CASTILLA, fallecido el 30 de Junio del 2007, teniendo como último domicilio en el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2008-0105, RAUL VICTOR RIVAS OCHOA, solicita la RECITFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO; a fin de que se ADICIONE el apellido materno “TORREJON” del padre del solicitante, siendo su nombre correcto “JUAN ARTIDORO RIVAS TORREJON”; De igual forma se ADICIONE el apellido materno “OCHOA” del recurrente, siendo su nombre correcto “RAUL VICTOR RIVAS OCHOA”; Y por último se SUPRIMA el segundo nombre “NELIDA” y se ADICIONE el apellido materno “ZAMUDIO” de la madre del solicitante, siendo su nombre correcto “FELICITA OCHOA ZAMUDIO”
Lunahuaná, 18 de Setiembre del 2008.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Masías Munárriz Mancilla y María Elena Ñañez Gutiérrez con Víctor Gumercindo Candela Sánchez, Restitución y Pago de Dinero, Expediente Nº 233-2004, el Juzgado Especializado Civil de Cañete, a cargo del Sr. Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dra. Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto sacar a Remate Público:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Bien inmueble constituido por el Lote 11 de la manzana Z1 del Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. De Gonzáles Prada, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº P17004483 del Registro de Predios – Zona Registral Nº IX – sede Lima.
2.- VALOR DE TASACIÓN: S/. 36,000.00 Nuevos Soles (Treinta y seis mil y 00/100 Nuevos Soles).
3.- BASE DEL REMATE: S/. 24,000.00 Nuevos Soles (Veinticuatro mil y 00/100 Nuevos Soles).
4.- AFECTACIONES:
a) Embargo en forma de Inscripción.- ordenado por el Juzgado Especializado Civil de Cañete mediante resolución judicial Nº 1 del 06/12/04 hasta por la suma de US $ 10,000.00 dólares americanos, inscrito en el asiento 00005 de la Partida P17004483, fecha de inscripción 25/1/05.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 6 de Octubre del 2008, a horas 12:30 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Juzgado Civil de Cañete ubicado en la sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, carretera Panamericana Sur Km. 144 s/n Cañete.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro Nacional Nº 142.
María Angela Zeballos Alva
Martillera Pública, Reg. 142
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado Civil de Cañete
Publicar: 6 veces

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL
TERCERA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA
En San Vicente, provincia de Cañete, a los doce días del mes de Setiembre del dos mil ocho.- AUTOS YVISTOS: En aplicación del artículo primero del Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setentiséis, artículo segundo de la Resolución Administrativa número veintidós guión dos mil ocho guión PJ guión CSJC/P, de fecha tres de enero del dos mil ocho; SEÑALARON: Fecha y hora para la verificación de la TERCERA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA para el día TREINTA DE SETIEMBRE del año en curso, a horas NUEVE DE LA MAÑANA.- MANDARO: Se solicite a la Fiscalía Superior en lo Penal, Juzgados Especializados en lo Penal, Juzgados Mixtos de Mala y Yauyos, Fiscalías Provinciales en lo Penal de Cañete y Fiscalía Provincial Mixta de Yauyos y Mala, la relación total de las instrucciones con reos en cárcel, que se siguen en sus respectivos despachos y se oficie al Establecimiento Penal de Nuevo Imperiao y Yauyos, para que remitan la respectiva relación de detenidos, cuyas causas se encuentran pendientes de audiencia; ORDENARON: se realice las respectivas notificaciones y se publique el aviso respectivo en el Diario “El Peruano” y “Al Día Con Matices” de esta provincia por el término de Ley; oficiándose y notificándose.
S.S.
Martínez Paredes (Presidente), Paredes Dávila y Durand Prado.
Dr. Ian Carlo Peralta Reynoso
Secretario de Sala Penal - Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
Exp. Nº 515-2008, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Dr. José De la Cruz Vargas; Secretario, Ernesto Hurtado Villavicencio, HUMBERTO SANCHEZ VICENTE solicita SE RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO; en los siguientes extremos: 1) se ADICIONE VICENTE como su apellido materno debiendo entenderse su nombre completo el de HUMBERTO SANCHEZ VICENTE. 2) se ADICIONE ZAPATA como apellido materno de su progenitor debiendo entenderse su nombre completo el de PABLO MARCIAL SANCHEZ ZAPATA. 3) se ADICIONE SANCHEZ como apellido materno de su progenitora debiendo entenderse su nombre completo como el de FELIPA VICENTE SANCHEZ.
Se comunica para los fines de ley.
Imperial, 22 de Setiembre del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secret6ario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE 
QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la ley 26497, capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73 manda publicar; que con expediente de fecha 09-09-08 don RUSTINIANO RIGOBERTO PACHAS CUZCANO solicita la RECITFICACIÓN DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO registrado en el Libro Nº 8, Folio 13 del año 1956 de esta Municipalidad Distrital de Quilmaná, en el sentido de ADICIONAR el pre-nombre RUSTINIANO en su Partida de Matrimonio, en el cuerpo del Acta tal como aparece en la parte marginal. Siendo sus nombres y apellidos como RUSTINIANO RIGOBERTO PACHAS CUZCANO, y conforme lo dispuesto en el art. 71, literal “B”, del D.S. 015-98 PCM. Procede la Rectificación Administrativa de acuerdo a ley.
Quienes consideren que puedan resultar perjudicados con la Rectificación solicitada, podrán formular su oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la Inscripción según el Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 11 de Septiembre del 2008.
Alfredo Trumán Guerrero Huamán 
Registrador Civil Quilmaná - Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante le oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, ALEJANDRO JORGE VARGAS ANAPAN, con DNI Nº 07271280, solicita la SUCESION INTESTADA de su padre TOLOMEO JORGE VARGAS GARCIA, fallecido el 23 de Agosto del 2008, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete.  Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 25 de Setiembre del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

Corte  Superior de Justicia de Cañete
“En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción”
Presidencia

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 171-2008-P-CSJCÑ-PJ

San Vicente, 05  de Septiembre   del 2008

VISTO:
En sesión de Sala Plena del diecisiete de julio del presente año, el resultado de la evaluación realizada por los Magistrados de la Comisión encargada de formular el “Proyecto de Cuadro de Méritos de los Abogados que deseen integrar la Nómina de Magistrados Suplentes de la  Corte Superior de Justicia de Cañete. Y 

CONSIDERANDO:
Que, la Comisión Especial conformada mediante la Resolución Administrativa Nº 252-2007-P-CSJCÑ-PJ, da cuenta que se ha venido cumpliendo con el Reglamento del Procedimiento para la Conformación de la Nómina de Magistrados Suplentes de  los distintos Órganos Jurisdiccionales  de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el presente año; en mérito a lo cual se aprobó un “Cronograma”  que fue publicado por tres veces   los días 12, 13 y 14 de Mayo del presente año, dentro de la CONVOCATORIA Nº 2008-II- CSJCÑ-PJ, y en el Diario Al Día con Matices, de esta Provincia los mismos días.
Que, igualmente se ha venido cumpliendo lo señalado en el mencionado cronograma, habiendo culminado la etapa de entrevistas personales el día treinta de junio del presente año, se ha procedido a obtener una calificación que define el número de orden o de méritos como deberán ser llamados los Magistrados Suplentes en  los casos previstos en el Art. 239º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Que, así mismo  por  Resolución Administrativa Nº 005-2008/PJ-CSJCÑ-P, del dos de enero del presente año, se estableció que los Magistrados Suplentes quedarán sujetos al Procedimiento establecido por el Reglamento de Suplentes, para conformar el “Cuadro de Méritos” donde se  deberá establecer el orden de prelación con la que serán llamados a integrar el Órgano  a que hubiere lugar.  
Que,  corresponde  dar cuenta en la Sala Plena, del resultado de la mencionada convocatoria, a efectos que se pueda aprobar la Nómina de Magistrados Suplentes, de conformidad con el  Reglamento acotado, aprobado mediante  la Resolución Nº 251-2007-P-CSJCÑ-PJ. 
Que, en efecto, en la Sesión de Sala Plena de Visto, se dio cuenta del trabajo de la Comisión, acordando los  Señores Magistrados, que el Despacho de Presidencia se encargue de oficiar a las distintas dependencias a efectos de verificar  si  los Abogados que figuran en la Nómina propuesta, se encuentran con anotaciones en el Registro respectivo como: Destituidos de la Administración Pública, o del Poder Judicial o Ministerio Público, así como si figuran en la Nómina de Deudores Alimentarios Morosos, o si tienen sanciones anotadas.
Que, la información solicitada  ha sido absuelta mediante los Oficios Nros. 558-2008-OCMA GD-EAM, de fecha dieciocho de agosto último, en sentido negativo. Informe Nº 009-2008-REDIDAM-CSJCÑ-PJ, de no estar con anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; y el  Informe Nº 003-2008-ORMM-CSJCÑ-PJ del treinta de julio del presente  año, de no estar con sanciones.
Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las prerrogativas  que confiere el Art. 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial a los Presidentes de Corte: 

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR LA NOMINA DE MAGISTRADOS SUPLENTES, con el orden de prelación establecido como consecuencia del Proceso de Evaluación, que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO.- SUSTITUIR LA NOMINA DE MAGISTRADOS SUPLENTES,  materia de la Resolución Administrativa Nº 005-2008/PJ-CSJCÑ-P, por la NOMINA aprobada en el Artículo precedente, por no haber sido sometidos a calificación por la Comisión respectiva, como estaba ordenado en la precitada Resolución Administrativa. 

ARTICULO TERCERO.-  Encargar a la  Secretaría de Presidencia, para que  efectúe la comunicación respectiva con copia fedateada de la presente Resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura –OCMA– y a los Órganos Jurisdiccionales de este Distrito; sin perjuicio de efectuar la publicación correspondiente en el Diario Oficial El Peruano, y  en el Diario Oficial de la localidad al Día con Matices.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete
 
ANEXO 1
NOMINA DE MAGISTRADOS SUPLENTES POR ORDEN DE MERITOS DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE

SALA CIVIL:
* JUDITH LUCIA MARCELO CIRIACO
* JORGE ARMANDO CAILLAUX MORON
* HUAYTA ROJAS LUIS MANUEL
* AUGUSTO SANCHEZ BUSTILLOS
 
SALA PENAL:
* CIRILO ENOR SUAREZ MIRAVAL
* JORGE WALTER SANCHEZ CAPUÑAY
 
JUZGADO PENAL:
* ALEJANDRO JAVIER GONZALES CASTILLA
* LUIS ALBERTO AOUN CHONG
* JORGE LUIS MORALES CLEMENTE
* MARY ISABEL  RUIZ MEZA
* RAMON AURELIANO CASTILLA MEDINA
* FREDY MARIANO TORRES PARODI
* VICTORIANO JULIAN GOMERO VEGA
 
JUZGADO CIVIL:
* MARIA ANGELICA YONG RUBIO
* CARLOS ALEJANDRO ESPINOZA RIOS
* CAROLINA DEL CARMEN FLORES CHAVEZ
* DIGNA AGUSTINA CANDELA GUTIERREZ
 
JUZGADO FAMILIA:
* PABLO ISMAEL ALVAREZ LIRA
* LISBETH RODRIGUEZ WONG
 
JUZGADO MIXTO DE CAÑETE:
* ALFONSO BORGES RIVERO
* JUAN JOSE SULCA SALVADOR
* JAVIER EDUARDO ZAVALA MARTINEZ
 
JUZGADO MIXTO DE YAUYOS:
* GREGORIO GUTIERREZ QUISPE
 
JUZGADO MIXTO DE MALA:
* MARCO ANTONIO MEZA FARFAN
 
JUZGADO DE PAZ LETRADO:
* YBI DEL ROSARIO ORIA ROJAS
* ANGELICA VICTORIA CUCHO MENDOZA
* EDWIN WILMER SOLORZANO MAGUIÑA
 
San Vicente de Cañete, Setiembre del 2008.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2008-AL

Cañete, 23 de setiembre del 2008

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
VISTO: el Informe Nº 523-2008-AS.LEG-MPC de fecha 22 de setiembre del 2008 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que se opina por la procedencia de oficializar y difundir la Campaña de Inscripción de Menores de Edad y Expedición Gratuita de Partidas de Nacimiento para tramitar Documentos Nacionales de Identidad para Menores de Edad;

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191 de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa;

Que, el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización.  Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. 

Que, el derecho a la identidad se encuentra consagrado como derecho fundamental en el artículo 2 numeral 1 de la Constitución Política del Estado. Asimismo, el artículo 19 del Código Civil prescribe que toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre y apellidos.

Que, el artículo 25 del Código Civil establece taxativamente que “la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripción en los registros del estado civil”, por ende, resulta de máxima importancia la Campaña de Inscripción de Nacimientos y de Reconocimientos a realizar por la Municipalidad Provincial de Cañete.

Que, el artículo 84.1.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que es función específica exclusiva de las municipalidades distritales planificar y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de su circunscripción.

Que, la misma norma en su artículo 84.3.1 establece que es función específica compartida de las municipalidades distritales difundir y promover los derechos del niño propiciando espacios para su participación en el nivel de las instancias municipales.

Que, es objetivo de la gestión municipal actual unirse al esfuerzo nacional de identificar a los menores de edad de escasos recursos, a fin de que estos tengan mayores oportunidades de desarrollo facilitándoles el acceso a prestaciones de salud, educación, alimentación y seguridad.

Estando  a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y la Oficina de Asesoría Jurídica:

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Convóquese a la Campaña de Inscripción de Menores de Edad y Expedición Gratuita de Partidas de Nacimiento para tramitar Documentos Nacionales de Identidad para Menores de Edad desde el 01 de setiembre y hasta el 31 de octubre del 2008.

Artículo Segundo.- Encárguese a la Oficina de Relaciones Publicas la debida difusión de la campaña convocada a fin de que ésta cumpla sus fines de identificar a los menores de edad de escasos recursos de la Provincia de Cañete.

Articulo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración, al Registro Civil de nuestra entidad y a los funcionarios correspondientes el cumplimiento del presente decreto de alcaldía.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Javier Jesús Alvarado Gonzáles del Valle
Alcalde
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.

LUGAR: Sector Almenares
ZONAS AFECTADAS: Urb. Los Reyes, Urb. Alameda del Marquez, CPM Hualcará, Urb. Sindicato de Choferes del distrito de San Vicente, distrito de Imperial (zona céntrica), CP Santa Adela, CP Almenares, CP Cantera del distrito de Nuevo Imperial de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-01
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-01
DIA: Jueves 25 de Septiembre de 2008
HORA DE INICIO: 02:17 hrs. Jueves 25 de Septiembre 2008
HORA FINAL: 08:20 hrs. Jueves 25 de Septiembre 2008

LUGAR: San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Av. 9 de Diciembre, Urb. San José, Urb. San Agustín, Urb. Tercer Mundo, Libertadores del Distrito de San Vicente, Distrito de San Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de Asia de la provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-05.
DIA: Viernes 26 de Septiembre de 2008
HORA DE INICIO: 00:31 hrs. Viernes 26 de Septiembre 2008
HORA FINAL: 05:43 hrs. Viernes 26 de Septiembre 2008

La interrupción del servicio fueron causada por daños en la red M.T., ocasionada por Hurto de Conductor y Acto Vandálico respectivamente, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.