10 septiembre 2012

ANCIANOS ENCERRADO INJUSTAMENTE EN EL PENAL DE CANTERA DE CAÑETE SALIÓ EN LIBERTAD

Por Óscar Chumpitaz.

Julio Cortez (75) y Ruth Bravo (73) fueron encarcelados por supuestamente haber cometido el crimen, pero tribunal al final los declaró inocentes.
A sus 75 años, Julio Cortez Méndez y su esposa Ruth Bravo Pérez, de 73, llevaban una vida común y corriente, con los problemas de cualquiera. Vivían en el Rímac y las cosas parecían marchar sin sobresaltos hasta que, el 5 de mayo del 2011, encontraron en su casa una notificación policial.
La muerte de un guardián interrumpiría bruscamente la convivencia de los ancianos y cambiaría el destino de toda una familia.
La pareja debía presentarse el 7 o 9 de ese mes en la comisaría de Ciudad y Campo. Como no tenían nada que temer, acudieron a la dependencia el mismo día que recibieron el documento de la policía.
Sin la presencia de un fiscal y menos de un abogado, fueron interrogados «por un asesinato». Sin pruebas, los ancianos habían sido acusados por su vecino Juan Carlos Chumpitaz Legario de matar a golpes, el 29 de abril, al vigilante Rufino Flores Huamán.

«¡CÁLLENSE, ASESINOS!»
Cuando doña Ruth terminó de declarar y vio ingresar recién a la Fiscal Miriam Aguirre Rodas, se acercó a ella en busca de ayuda. Le dijo que los policías estaban acusando a ella y a su esposo de un crimen que jamás habían cometido.
Se refería a los agentes PNP Wilber Guadaña Gallegos, Elmer Da Silva Feijóo y Carlos Enrique Breña Dávila.
«¡Usted cállese; son unos asesinos!», le increpó la representante del Ministerio Público antes de firmar el acta que ordenaba la detención en aquel momento.
El caso –lleno de irregularidades– derivó en algo más terrible aún. Basándose solo en la opinión de la fiscal, la jueza Zonia Pacora dispuso que los ancianos fueran encarcelados.
El 10 de mayo, tres días antes del Día de la Madre, don Julio fue recluido en el penal de Cañete.
Doña Ruth fue internada en el penal de mujeres de Chorrillos. «Para detenerlos se esgrimió la sindicación de un testigo falso. Ni los policías ni la fiscal dieron crédito a sus declaraciones. Se violaron todos sus derechos», afirma Carolina Miranda, abogada de la pareja.

«NO PUEDE SER REAL»
«Nunca pensé que la vida se podía dar vuelta así. A veces siento que estoy atrapado en una novela», comenta don Julio. «Fue un momento para aprender a valorar las cosas; he hallado a gente muy buena que me demostró su apoyo».
Los días que vivió su esposa Ruth en el penal fueron bastante monótonos, aunque intentaba mantener la cabeza ocupada. «De afuera extrañaba todo», cuenta ella.
El 25 de mayo salieron libres luego de que la jueza del Cuarto Juzgado Penal de Lima, Janet Lastra, dispusiera variar la detención de la pareja por comparecencia restringida.
Sin embargo, para que su liberación se concrete, pidieron una fianza de dos mil soles (mil por cada uno), la cual fue difícil de conseguir porque la señora Ruth Bravo es pensionista. Por ello, su hijo, Abraham Cortez, dejó su vehículo como caución.
Sin embargo, una noticia los hizo feliz: Rufino Flores murió por causas naturales y no en manos de los ancianos. Entonces fueron absueltos.
Demanda. La pareja demandará al Estado por un millón de soles. Ellos buscan sentar precedente por los abusos que recibieron.
Injusto. Su abogada, Carolina Miranda, refiere que las irregularidades se cometieron desde la comisaría ya que ellos fueron a averiguar sobre las notificaciones.

EN LA FAMILIA EL BARCO SE HUNDE Y LOS TRAIDORES SALTAN AL ABISMO... RENUNCIA ALCALDE DE YAUYOS DIÓMEDES DIONISIO

Ni falta que hace, pues su presencia en LA FAMILIA es más bien una carga porque su gestión como alcalde provincial de Yauyos es un desastre. Vapuleado por la población yauyina, que lo considera un sinvergüenza y mediocre, Diomides Dionisio Inga quiso hacer noticia haciendo pública su renuncia al movimiento de Nelson Chui. Sin embargo todas no las tiene consigo, porque este alcalde no sabe cómo explicar el destino de los millones de soles que mal ha invertido en esta provincia, abandonando a los 32 distritos que le reclaman ayuda y asistencia, prefiriendo asistir a las fiestas patronales en la ciudad de Lima, en la que derrocha cervecita y mucho baileton. Diomedes Dionisio no solo se favoreció al ser el engreído de Chui, sino que colocó a su hermana Elba Dionisio como jefe provincial de la oficina zonal de esta provincia, sin tener el perfil profesional para ese cargo.
Hoy Chui siente la traición que en su momento sintió Mufarech, pues este sujeto inicio su labor política siendo elegido por el APRA en el distrito de Tomas, posteriormente postuló con el polo de La Familia siendo elegido alcalde provincial y resultando después reelecto por la misma agrupación.
Ahora sabiéndose fiscalizado e investigado por las obras que no superviso en la gestión de su ex líder Nelson Chui y abrumado por su conciencia, decidió meterle una patada a quien le dio de todo en Yauyos, presumiéndose que se vende para no ser auditado financieramente por los millonarios encargos recibidos e inicia un ataque contra su ex amigo Chui, manifestando que este estafó a Yauyos en la ejecución de obras, especialmente en la obra denominada Construcción de la carretera Magdalena-Yauyos de 9 kilómetros.
La Municipalidad Provincial de Yauyos tiene para el 2012, menor presupuesto de los últimos 04 años,  S/. 9’059,872.00, pero hasta la fecha sólo tiene 4.4% en ejecución presupuestal, continuando en la situación de incapacidad de gasto. De acuerdo al Ministerio de Economía y Finanzas, la Municipalidad Provincial de Yauyos, tuvo una asignación presupuestal para el 2011 para inversiones de S/. 18’338,283.00, de los cuales al 31 de diciembre del 2011, solo ejecutó S/. 6’719,066.00, lo que representó solo el 36.60 % de nivel de inversión anual, existiendo incapacidad de gasto.

ASFALTADO FANTASMA
El caso se dio en el pasado mes de diciembre del 2010, y según  la cédula de notificación sobre el caso 1106024800-2010-167-0 , de fecha el 15 de diciembre de 2010 y que derivaron a la fiscalía provincial penal que increíblemente ordenó su archivamien-to. En esa oportunidad Diomedes Dionisio Inga, denunció a Luis Custodio Calderón, y a Alfredo Enrique Gálvez Alvares , por el presunto delito contra la Administración Pública, en su figura de Peculado y colusión, en agravio del Estado y de la Región Lima. El mismo que refiere que la Carretera Magdalena-Yauyos bajo la modalidad de contrata con la Empresa Consorcio Lima no se ejecutó conforme al expediente técnico, y que fuera elaborado por la municipalidad provincial de Yauyos.
Ahora se conoce, que la denuncia presentada por DIOMEDES DIONISIO, solo fue para evitar el cuestionamiento por parte de la población, por una obra desastrosa, de mala calidad e inconclusa, pues la empresa la abandonó antes de concluirla.
DIÓMIDES DIONISIO, si tiene responsabilidad, pues como alcalde tenía la obligación de supervisarla y denunciarla oportunamente, pero sospechosamente se cayó la boca, porque no quiso denunciar al presidente regional LUIS CUSTODIO, por ser de su propio movimiento político LA FAMILIA y por el cual fue reelecto, también sospechosamente.
Lo robado por esta empresa está sustentado en:
1.-NO SE EJECUTÓ la Bicapa de la base de rodadura por S/. 319,496.
2.-NO SE EJECUTÓ la partida Sello Arena Asfalto S/.85,105.52
3.- NO SE EJECUTÓ las 16 plazoletas de paso.
El alcalde estaría involucrado por que para evitar ser denunciado, astutamente hizo la denuncia antes, pero sospechosamente jamás la impulso en busca de justicia, sino la hizo dormir el sueño de los justos.
La obra inconclusa, mal hecha y abandonada de la carretera Magdalena-Yauyos, es otra de sus pesadillas del famoso Diomedes Dionisio Inga, solo basta transitar por esa vía para ver el perjuicio en contra de los yauyinos, sin duda una obra mal hecha que dice a las claras la desidia en la que trabajo el alcalde yauyino.

EDICTOS

PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por FERUSH S.A.C. (antes ORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS MULTIPLES FERUSH S.R.L.), contra CORPORACION INVERSIONES CAÑETE S.R.L. ORESTES ISIDRO VELIZ VALENZUELA, JULIA URSULA CALIXTRO CASAS, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente Nº 12726-2007, el Cuarto Juzgado Civil – Subespecialidad Comercial Lima a cargo de la Sra. Juez Dra. ANA MARILU PRADO CASTAÑEDA, Especialista Legal Dra.MARIA ROXANA CAJACURI FAURA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente bien inmueble:
Inmueble ubicado con frente a la Carretera Cañete- Lima en el distrito de Cerro Azul – provincia de Cañete, departamento de Lima, cuyas áreas linderos y medidas perimétricas corre inscrito en la Partida Electrónica Nº 90134272, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral de Cañete.
CARGAS Y GRAVÁMENES: 1) ASIENTO D00002 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- mediante Resolución Nº 2 de fecha 23/01/2008 y Resolución Nº 5 de fecha 19/02/2008 firmada por la señora Juez, Dra. ANA MARILU PRADO CASTAÑEDA, quien ordenó se trabe embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) sobre los DERECHOS Y ACCIONES que le corresponden a ORESTES ISIDRO VELIZ VALENZUELA y JULIA URSULA CALIXTRO CASAS, ordenado por el 04º Juzgado Civil Subpespecialidad Comercial – Lima a favor de ORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS MULTIPLES FERUSH S.R.L. sobre Medida Cautelar Fuera de Proceso. 2) ASIENTO D00003 ACLARACIÓN DE ASIENTO DE EMBARGO.- aclaración de asiento de embargo en el sentido de que el nombre correcto de la parte accionante es ORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS MULTIPLES FERUSH S.R.L. 3) ASIENTO D00004 AMPLIACION DE EMBARGO.- El embargo anotado en el asiento D00002 de la presente partida, aclarado en el asiento D00003 que antecede ha sido ampliado hasta por la suma de S/. 123,000.00 (CIENTO VEINTITRES MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES al haberlo así dispuesto mediante Resolución Nº 14 de fecha 16/07/2009 la señora Juez Dra. ANA MARILU PRADO CASTAÑEDA.
VALOR TASACIÓN US$ 72,028.00 (SETENTA Y DOS MIL VEINTIOCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE US$ 48,018.67 (CUARENTA Y OCHO MIL DIECIOCHO CON 67/100 DOLARES AMERICANOS) deducido las dos terceras partes del valor de la tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 14 de SETIEMBRE del año 2012 a horas 11:15 de la mañana.
LUGAR DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Sala de Remates Nº 1 del Primer Piso de la sede del Edificio Alzamora Valdez, ubicada en la esquina de las Avenidas Abancay y Nicolás de Piérola – Cercado de Lima.
POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en cheque de gerencia, ascendente a la suma de US$ 7,202.80 respectivamente y presentarán la tasa judicial por participación de remate judicial de bien inmueble de S/. 365.00 indicando Nº de Expediente, documento de identidad y Juzgado.
MARTILLERO PÚBLICO: CLAUDIA GABRIELA GUERRA MALAVERRY REGISTRO SUNARP Nº 212. Lima, Agosto del año 2012.
Claudia G. Guerra Malaverri - Martillero Público - Registro 212 SUNARP
María Roxana Cajacuri Faura - Secretaria Judicial
04º Juzgado Civil Subespecialidad Comercial - Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 05 al 11 de Setiembre.

EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA (3 DIAS)
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Suárez; Comunica:
EXP.-599-2012-66; a HUMBERTO PEREZ CORONEL, la Resolución 01: PRIMERO: ADMITIR a TRAMITE la solicitud de constitución en TERCERO CIVIL RESPONSABLE de WILFREDO PABLO CARCAMO SAAVEDRA y EMPRESA TRANSPORTES PERU BUS S.A., en la investigación seguida contra Humberto Pérez Coronel y otros por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud-Lesiones Culposas Graves . Asistente: Anchiraico.

PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez: Ortiz; cita, emplaza y notifica:
EXP.-2012-0618; Resolución Tres: RESUELVE: 1° ADMITIR la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra VIRGILIA MADUEÑO BELEN, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de JOSE BIENVENIDO COLQUEPISCO FUENTES y JOSE ANTONIO COLQUEPISCO MADUEÑO Y JOSE MARIA JUNIOR COLQUEPISCO MADUEÑO, Tramítese conforme a las pautas del proceso ÚNICO. Corrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL para contestar la demanda de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL; 2° ORDENO: Como MEDIDA DE PROTECCION que la demandada se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar-Maltratos físicos y psicológicos, en agravio de JOSE BIENVENIDO COLQUEPISCO FUENTES y de JOSE ANTONIO COLQUEPISCO MADUEÑO Y JOSE MARIA JUNIOR COLQUEPISCO MADUEÑO; BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENARSE SU DETENCION POR VEINTICUATRO HORAS. OFICIANDOSE a la autoridad Policial sobre la medida adoptada y para que preste las garantías y Auxilio del Caso al Citado Agraviado. Secretario: Delgado.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; cita, notifica:
EXP.-2012-23-JIP-CSJCÑ-PJ; Resolución 01 (17.05.2012) a JOHNNY JAMES OYANGUREN AHUANARI, para que en un plazo de libre elección y señale domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de designarle abogado defensor de oficio, investigación seguida en su contra por el delito de omisión a la asistencia familiar en agravio de Nelson Domingo Oyanguren Candela. Especialista: Rodríguez.

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; cita, llama y emplaza:
EXP.-347-2007; a Compañía SC. Ingeniería y Construcción SAC, que mediante resolución de fecha 14.06.2012 se ha dispuesto poner los autos de manifiesto y a disposición de las partes por el termino de DIEZ DIAS a fin de que mediante sus abogados defensores, formulen sus alegatos y/o informen oralmente. Delito Contra el Patrimonio-Hurto Agravado. Inculpado: Luis Miguel Leandro Ibáñez y otro. Agraviado: Compañía SC. Ingeniería y Construcción SAC. Secretario: Cáceda.
EXP.-344-2008; a EUFRASIO VARGAS ANTEZANA, para diligencia de Lectura de Sentencia. Día: 24.09.2012, hora 3:30 p.m.; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Familia-OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Jhon Billy Vargas Castro. Secretario: Cáceda.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS; Juez: Yalan; cita, emplaza y notifica:
EXP.-2012-020-0-PP-JIP-MPY.- a HECTOR YAURI HUARI, para que en el plazo de TRES DIAS se apersone al proceso y designe un abogado defensor de su elección, bajo apercibimiento de designársele Defensor Publico que asuma su defensa, debiendo reprogramar la audiencia en su oportunidad. Delito: Contra la Libertad Sexual-Violación Sexual de menor de edad. Agraviado: Menor de iniciales F.A.Y.P.
8, 9 y 10 de Setiembre