31 mayo 2008

Dirigida por su flamante Presidnete Máximo Maldonado Candela...
SOCIEDAD SANTISIMO SACRAMENTO CELEBRO CON FERVOR CORPUS CHRISTI EN LUNAHUANA...
Escribe: Ramón Payat Arteaga

En los registros de la Iglesia primitiva no se encuentran rastros de la existencia de un culto similar al Santísimo Sacramento de carácter fuera de lo litúrgico. Se señala que en los tiempos de San Ambrosio y San Agustín era costumbre que los neófitos adoraran al Santísimo Sacramento expuesto, por ocho días a continuación de su bautismo, pero no se presenta prueba sólida al respecto.

Historia...
No fue sino hasta en el siglo quince que la Exposición seguida de la Adoración se convirtió en una práctica generalizada. Estas adoraciones eran generalmente por alguna razón especial, ya sea para pedir la curación de un enfermo, en la víspera de una ejecución o en la esperanza que el condenado tuviera una buena muerte. Pero prácticamente, la devoción de las Cuarenta Horas, iniciada en 1534, y establecida oficialmente en 1592, fue verdaderamente la que desarrolló en forma general la Adoración Perpetua, diseminando la Adoración en una o varias iglesias de Roma hasta que gradualmente se fue extendiendo por todo el mundo, siendo así que en la actualidad esta organización tiene filiales en todo el mundo.
Su propagación se ha dado en diversas diócesis como en Alemania, Italia, Estados Unidos, Canadà, México, Brasil, Oceanía y en países suramericanos como en el Perú, siendo en éste último de renombre los actos litúrgicos que cumple año a año la Sociedad Santìsimo Sacramento de Lunahuanà que celebra con gran fervor religioso y en unión con la Parroquia "Santiago Apóstol" las Festividades de Semana Santa y del Corpus Christhi en esta bella localidad, ubicada al sur de Lima.

Festividad del Corpus Christi en el mundo entero y en Lunahuaná...
Las celebraciones en honor al Corpus Christi simbolizan la fiesta del Cuerpo y la Sangre de Cristo, de la presencia de Jesucristo en la Eucaristía. Cuenta la historia que allá por los años de 1264, el obispo Urbano IV instituyó la festividad del Corpus Christi con el objetivo de reafirmar la verdad primera, real y sustantiva del cuerpo y sangre de Cristo presente en la eucaristía.
Fue en el siglo XIII cuando se instauró esta celebración el jueves siguiente a la octava de Pentecostés, siendo Barcelona la primera ciudad española en conmemorarla. Posteriormente en el Perú este rito fue impuesto durante la época de la Colonia por los conquistadores españoles en su afán de reemplazar la procesión de las momias que realizaban los incas, por la procesión de imágenes católicas sagradas, las mismas que actualmente son cargadas en andas durante el día principal de la festividad.
Y es así que una de sus filiales que rememora y celebra con gran solemnidad la Festividad del Corpus Christi es la Sociedad Santísimo Sacramento de Lunahuaná, dirigida por su flamante Presidente, el Sr. Màximo Maldonado Candela, que el pasado 24 y 25 de Mayo llevó a cabo un nutrido programa de carácter religioso y festivo, dándose inicio este con una gran salva de bombardas que anunció su apertura. A continuación de ello se procedió al arreglo de los altares de la Iglesia y la preparación de Palio para la gran Vigilia eucarística y la Misa de Vísperas del Corpus Christi con una afluencia de fieles y devotos. Al término de las mismas se bendijo al Solemne del Santísimo.
Durante su homilía "el Parróco de Lunahuaná, Julio Avalos, que condujo la Solemne Eucaristía agradeció la participación de los fieles e impartió la bendición a todos los pobladores de Lunahuaná, pidiendo asimismo " a los cristianos poner la fe en práctica a través del cumplimiento de los mandamientos, enfatizando que "el mundo de hoy está olvidando la dimensión moral y ética, del desarrollo y bienestar. Que todo vale si se tiene éxito, que este concepto es malo y hace mucho daño a la sociedad. Que el centro de todo desarrollo tiene que ser el respeto a cada persona desde su concepción y que las políticas tienen que proteger y promover la vida humana"…"
Al día siguiente, al subliminal toque de Dianas de una tradicional Banda de Músicos y de una gran salva de bombardas la conciencia y el espíritu de los pobladores fue despertado desde muy temprano para asistir a la Santa Misa Solemne en Honor a Corpus Christi y a la Procesión del Santísimo Sacramento. Es de mencionar que durante los días de fiesta hubieron retretas musicales y se ofrecieron a los visitantes exquisitas viandas típicas de la localidad. Cabe destacar que dicho evento contó con el importante Auspicio de Radio "La Sabrosa de Lunahuanà", del Hotel "Los Andes", Restaurante "El Pueblo", Restaurante "El Buen Sabor", Pisco Sour "Alfredo", Panadería "San José", Agro Multiservicios "L.A.S.", Bazar Artesanía "Ángel", la Agencia de Canotaje Hemi River, entre otros.
Consiguen 378 Bonos... Y La Marcha Se Hace, Sí o Si...
DAMNIFICADOS VIAJARON AYER A LIMA Y SE REUNIERON CON FUNCIONARIOS DEL BANMAT...

SAN VICENTE.- La desidia de las autoridades edilicias, en no otorgar oportunamente los certificados a los damnificados; la documentación que llegó en un momento crítico porque hubo cambio de personal; y la falta de disponibilidad del dinero de INDECI; fueron las respuestas de los funcionarios del Banco de Materiales, BANMAT, del porqué de la demora del envío de los bonos a los damnificados de San Vicente de Cañete.
Los dirigentes de la Asociación de Damnificados de San Vicente, Félix Luyo Salhuana y Alberto Neyra Bolivar que viajaron ayer a Lima para ver "in situ" qué es lo que pasaba con los damnificados de San Vicente, obtuvieron esta respuesta.
"Prácticamente les han echado la pelota al alcalde, Javier Alvarado", dijo en tono deportivo Alberto Neyra quien remarcó que la autoridad recién envió la documentación el pasado 31 de Marzo mediante el oficio Nº 157.
Puntualizó que el segundo expediente, enviado por la misma Municipalidad Provincial de Cañete, recién ingresó el pasado 24 de abril mediante el oficio 192, "cuando se entiende que este trámite debió ser automático".
Dijo también que se reunieron con funcionarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y que en las próximas horas, ofrecerá una conferencia de prensa para brindar con mayor detalle al respecto.
Confirmó también la llegada de los primeros 378 bonos para los damnificados de San Vicente y que serán distribuidos en dos bloques, se les otorgará 378 bonos y luego el restante.
Por otro lado, expresó que la marcha de los damnificados se da sí o sí porque es un acuerdo adoptado por los damnificados de San Vicente y con la abierta participación de Cañete y Yauyos.
"La cosa está movida en Lima. Los funcionarios están un poco nerviosos, pero ellos salvan su responsabilidad echando la culpa al municipio de Cañete e INDECI", expresó Alberto Neyra.
ITALO MALDONADO DEMANDA QUE JUEZ JACINTO CAMA DEBE INHIBIRSE EN LITIGIO MPC - CONSORCIO...

SAN VICENTE.- El Presidente de la Organización de Transportistas de Cañete, ORDETT, Italo Maldonado Montoya, manifestó que el Juez en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Dr. Jacinto Cama Quispe, debe inhibirse en el litigio que libra con la Municipalidad Provincial de Cañete y el Consorcio Imperial – San Vicente, toda vez que tiene vínculo de familiaridad con una de las concejales.
"El Dr. Jacinto Cama Quispe, es esposo de la regidora provincial, Dra. Liliana Torres Castillo quien prácticamente actúa como una portavoz más de la gestión del alcalde provincial, Javier Alvarado. Por lo tanto, debe inhibirse", manifestó Italo Maldonado.
El dirigente transportista, dio estas versiones en respaldo al Consorcio Imperial – San Vicente quien presentó un Proceso Constitucional de Amparo contra la Municipalidad Provincial de Cañete, por la nulidad de la renovación de rutas.
"Yo no tengo nada contra el Dr. Jacinto Cama, menos con su esposa la regidora, Dra. Liliana Torres a quienes respeto como magistrado y dama respectivamente. Pero, estas cosas son muy delicadas y tenemos que alertar", dijo Maldonado.
COMETIO ABUSO DE AUTORIDAD…
El dirigente transportista, reiteró que el alcalde Javier Alvarado, ha cometido un abuso de autoridad contra los transportistas del consorcio y están en peligro cientos de familias que pueden perder sus trabajos.
Remarcó que el Consorcio irá hasta las últimas consecuencias y aseguró que se les hará justicia porque es un derecho que en su momento fue resuelto por la Gerencia de Transportes, de acuerdo a Ley. "Ninguna autoridad puede dictar una anulación de oficio, en otorgar anteladamente audiencia al interesado para que pueda presentar sus argumentos a favor de la sostenibilidad del acto que le reconocer sus derechos e intereses", parafraseó Italo Maldonado en clara alusión al fondo del problema.
SOAT Y AFOCAT GARANTIZAN A PASAJEROS…
Por otro lado, refutó las declaraciones del ex gerente de transporte Raúl Meza Pacheco, quien señaló que los usuarios correrían peligro porque las unidades vehiculares carecían de contrato, motivo por el cual, los seguros no podrían funcionar.
"El señor Raúl Meza siempre defenderá a los taxistas. Las empresas del consorcio están garantizadas porque tienen sus SOAT y algunos los AFOCAT. No hay problema. No hay que confundir lo uno con lo otro", precisó.
Refiriéndose al AFOCAT "Nuestra Señora de la Asunción", que recientemente fue observado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, Italo Maldonado, dijo que los directivos han apelado la resolución y en breve debe ser restituida.
"Simplemente fue una falla administrativa. Ya se les ha cancelado el monto al MTC, les han concedido la apelación y en breve se debe solucionar este impase y seguir operando con normalidad", expresó Maldonado.
Igualmente, dijo que la AFOCAT "Nuestra Señora de la Asunción", no ha abandonado a sus clientes y continúa honrado su compromiso los contratos, tal como ocurrió recientemente con un accidentado que se recupera en el hospital Rezola.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO Nº 047 -2008-MPC

Cañete, 30 de mayo de 2008

VISTO:
En Sesión Extraordinaria de fecha 29 mayo de 2008, el contenido de las Ordenanzas Regionales Nº 0012-2007-GORE-ICA, Nº 0013-2007-GORE-ICA y el Acuerdo de Consejo Regional Nº 0018-2008-GORE-ICA, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 21 de mayo de 2008, y;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el 29 de abril del 2004, se demostró histórica, geográfica, sociológica, económica y jurídicamente, ante la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial y el Consejo de Ministros que, el territorio de Cañete tiene como límites al Sur hasta el Km. 179.369 de la Carretera Panamericana Sur, y por el Sur – Este siguiendo el curso meándrico del río intermitente Topará hasta el Cerro Chapín;

Que, como es de apreciar, la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros emitió su Informe Técnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT de fecha 27 de abril de 2007, sosteniendo que el límite entre ambas provincias es la quebrada de Concon Topará y no la margen izquierda del Río Cañete, como ha pretendido la provincia de Chincha;

Que, todos los mapas del Instituto Geográfico Nacional, desde el año 1912, establecen como límite entre Chincha y Cañete a la Quebrada de Topará. De otro lado, resulta conveniente precisar que la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial ha sostenido que el informe técnico, mencionado en el párrafo precedente, se basó en el Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, el mismo que establece las técnicas para delimitar territorios en nuestro suelo patrio, dando estricto cumplimiento a cada una de las etapas del procedimiento dispuesto por la normatividad vigente en la materia;

Que, asimismo, el máximo intérprete de nuestra Constitución, el Tribunal Constitucional, tomó conocimiento de la realidad planteada en los límites entre Cañete y Chincha, en la demanda de inconstitucionalidad planteada por la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que con fecha 20 de julio de 2004 resolvió declarando fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta en contra de una ordenanza emitida por la Municipalidad de Chincha, sobre una supuesta redelimitación territorial del distrito de Grocio Prado, competencia que no es atribuible a ningún gobierno local, conforme lo establece nuestra principal norma política;

Que, nuestra Constitución establece en su Artículo 43 que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible, y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; además que el Artículo 45 establece que el poder del Estado emana del pueblo, y quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen;

Que, el Artículo 194 de la Constitución, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y se organiza según el principio de la separación de poderes. Y en el Artículo 191 se precisa que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, como bien ha señalado el Tribunal Constitucional, ninguna autoridad regional o local puede irrogarse competencia de redelimitación por medio de ordenanza, toda vez que no constituyen el instrumento normativo señalado ni por la ley de la materia ni por su reglamento, lo contrario equivaldría a un exceso en el que no solo se termina desconociendo las competencias de las autoridades administrativas, sino las del propio Congreso, que es el que, finalmente, habrá de hacer suya la correspondiente propuesta de redelimitación;

Que, la Ordenanza Regional Nº 0012-2007-GORE-ICA resuelve entre otras medidas: i) declarar como zona con problemas limítrofes, a una extensión del territorio nacional, como lo es la denominada Pampa Concon Topará, denominada en forma errónea Pampa Melchorita; ii) dejar sin efecto toda Ley que se oponga a la presente ordenanza regional;

Que, la mencionada norma regional desconoce lo siguiente: a) Ningún gobierno regional, puede atribuirse una competencia que ni en la ley ni en la Constitución se encuentra establecida, como se ha hecho al expedir la citada Ordenanza Regional, para declarar como zona con problemas limítrofes, a las Pampas de Concon Topará; b) La Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial ya ha señalado que dichas pampas se encuentran en la jurisdicción de la provincia de Cañete; c) Además que la referida ordenanza ha establecido en su Artículo 3, que queda sin efecto toda Ley que se oponga los alcances de la misma, lo que contraviene el principio de jerarquía normativa y de especialidad de las normas;

Que, en ese orden de ideas, resulta lamentable, que luego de que el Tribunal Constitucional emitiera su fallo el 20 de julio de 2004 exhortando a las autoridades competentes y a los poderes del Estado involucrados en el problema de límites entre Cañete y Chincha, a asumir oportunamente sus funciones y definir con la mayor brevedad la controversia suscitada, no se haya accionado, ni obtenido solución hasta la fecha;

Que, la Ordenanza Regional Nº 0013-2007-GORE-ICA, por otro lado, resuelve declarar de necesidad y de interés en su jurisdicción la delimitación y defensa del territorio de la Región Ica, además de pretender ejercer acciones en el Centro Poblado Menor Nuevo Ayacucho, ubicado en la jurisdicción de nuestra provincia;

Que, disposiciones como la emitida por el Gobierno Regional de Ica, lo que hacen es alentar la rivalidad y el enfrentamiento entre dos pueblos hermanos, por razones de índole económico, además de desconocer que las únicas autoridades que, dentro del marco de sus competencias y leyes orgánicas, pueden realizar acciones coordinadas en el Centro Poblado Menor Nuevo Ayacucho, son la Municipalidad Provincial de Cañete, y el Gobierno Regional de Lima, por lo que podría presentarse un conflicto de competencias que no es amparable a nivel constitucional.

Que, de otro lado, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 0018-2008-GORE-ICA, resuelve declarar ineficaz y sin valor legal alguno la iniciativa que contiene el Proyecto de Ley Nº 02037-2007, debemos de señalar y aclarar, que respetuosos del procedimiento de iniciativa legislativa, que constituye uno de los instrumentos de participación política, en ejercicio de los derechos fundamentales que tienen todos los ciudadanos peruanos, dentro de un Estado Social y Democrático de Derecho, los proyectos de ley no constituyen normas vigentes para el ordenamiento jurídico peruano, por lo que mal puede haberse emitido un Acuerdo de Consejo Regional como el mencionado;

Estando a lo expuesto, con las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los Señores Regidores, con la dispensa de lectura y trámite de aprobación de acta;

SE ACORDÓ:
Artículo 1º.- RECHAZAR Y CENSURAR el contenido de la Ordenanza Regional Nº 0012-2007-GORE-ICA, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 21 de mayo de 2008, ratificando que el territorio de Cañete tiene como límites al Sur hasta el Km. 179.369 de la Carretera Panamericana Sur, y por el Sur – Este siguiendo el curso meándrico del río intermitente Topará hasta el Cerro Chapín.

Artículo 2.- INVOCAR a la comunidad cañetana en general, a la Sociedad Civil debidamente organizada, a las autoridades locales, políticas, judiciales, policiales, sociales y religiosas de nuestra provincia, colocar como agenda principal en el fuero de sus competencias la necesidad de articular acciones que permitan informar en todos los niveles socioeconómicos sobre la real situación de los límites entre las provincias de Cañete y Chincha.

Artículo 3.- INVOCAR al Gobierno Regional de Lima se pronuncie sobre las ordenanzas emitidas por el Gobierno Regional de Ica, y sobre el tema de límites entre las provincias de Cañete y Chincha, conforme a su compromiso asumido en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 017-2007-CR-GRL publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 24 de abril de 2007, en el que se nombró una comisión especial encargada de la defensa de los límites de Cañete.

Artículo 4.- SOLICITAR al Señor Presidente del Consejo de Ministros, Dr. Jorge del Castillo Gálvez, la actualización del Proyecto de Ley que determine la demarcación territorial entre las provincias de Cañete y Chincha, ratificando y de conformidad a los alcances del Informe Técnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT de fecha 27 de abril de 2007 emitido por la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial, a fin de que se defina como una necesidad en la agenda parlamentaria, y sea visto en el Pleno del Congreso de la República.

Artículo 5.- AUTORIZAR al Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Cañete para que en defensa de los intereses y derechos de la provincia, inicie las acciones legales correspondientes en contra de la Ordenanza Regional Nº 0012-2007-GORE-ICA, de acuerdo a las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen, en coordinación con la Oficina de la Asesoría Jurídica de esta municipalidad.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE

JAVIER JESÚS ALVARADO GONZÁLES DEL VALLE
ALCALDE
JUDICIALES

EDICTO
Exp. 136-2008, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Dr. José De la Cruz Vargas; S4ecretario Ernesto Hurtado Villavicencio, ISABEL BERTILA ZAPATA MUNAYCO, solicita se rectifique su PARTIDA DE MATRIMONIO, en el sentido que se ADICIONE su primer nombre ISABEL siendo su nombre correcto el de ISABEL BERTILA ZAPATA MUNAYCO. Asimismo solicita se rectifique LA PARTIDA DE DEFUNCION de su esposo Policarpio Alfonso Ponce Ruiz en el sentido que se ADICIONE su primer nombre ISABEL siendo su nombre correcto el de ISABEL BERTILA ZAPATA MUNAYCO.
Se comunica para los fines de ley.
Imperial, 23 de Mayo del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MARIA GUILLERMINA ADRIANO CARRILLO, CONSTANTINO ADRIANO CARRILLO, JUANA ROSA ADRIANO CARRILLO, PAULA ADRIANO CARRILLO, solicitan se rectifique sus Partidas de Nacimiento, asentadas en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite el apellido materno de su progenitor Dice: FILOMENO ADRIANO Debe Decir: FILOMENO ADRIANO TACUNA. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 29 de Mayo del 2008.
Itala A. Garrafa peña
Abogado
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente – Cañete, se presentó doña MARIA ROSARELA ESPINOZA IBAÑEZ, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Madre de la Titular de la Partida de Nacimiento: Dice: LUCI IBAÑEZ RODRIGUEZ.- Debe Decir: LUCY IBAÑEZ RODRIGUEZ.- Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 27 de Mayo del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0684, a JUAN FRANCISCO PINAZO QUISPE; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: su menor hijo, Naomi Pinazo Castillo. Cañete, 19/05/2008.
EXP. 2007-0369, a JUAN FRANCISCO RAYMONDI BORJAS; Delito: Lesiones Culposas; agraviado: Santiago Meneses Sánchez. Cañete, 19/05/2008.
EXP. 2007-0594, a ALBERTO FLORES CERRON; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: su menor hijo, Oscar Flores Huaman. Cañete, 19/05/2008.
Secretario: Ferrer
30, 31 de Mayo y 1º de Junio

AGROPECUARIA JUAN VELASCO ALVARADO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
El Directorio de Agropecuaria Juan Velasco Alvarado S.A. de conformidad con el Art. 11º de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General Extraordinaria de Accionistas para el día 04 de Junio del 2008, a horas 3:00 p.m. sito en el local de Agroindustrias San Isidro S.A. Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente agenda.
AGENDA:
1.- Aclaratoria del Número del DNI del Director YAYA MEZA, CLEMENTE SEVERIANO.
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario se cita en Segunda Convocatoria para el día 11 de Junio del 2008 a horas 3:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 30 de Mayo del 2008.
El Directorio
JNE PRECISA CAUSALES DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES...

Ante las informaciones periodísticas sobre pintas amenazantes de presuntos terroristas que piden la vacancia del alcalde y regidores del distrito de Canchabamba (Huanuco), el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó a la ciudadanía que las causales de vacancia están claramente previstas en el artículo 22° y 11° de la Ley Orgánica de Municipalidades. La norma contempla como causales la muerte, asunción de otro cargo proveniente de mandato popular, enfermedad o impedimento físico permanente que impida el desempeño normal de las funciones de las autoridades ediles.
Así también, la ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de 30 días consecutivos sin autorización del concejo y cambio de domicilio fuera de la jurisdicción municipal.
No se considera cambio de domicilio el señalamiento de más de un domicilio, siempre que uno de ellos se mantenga dentro de la circunscripción territorial.
Son también causales de vacancia la condena consentida o ejecutoriada por un delito doloso con pena privativa de la libertad, inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, nepotismo.
El artículo 11° de la ley dispone que los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio ni ser gerentes u otros en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción.
Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de esta prohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor.
Algunos medios periodísticos informaron que los locales públicos del referido distrito amanecieron pintados con frases que buscan la vacancia de los miembros del concejo municipal, dando un ultimátum para que dejaran el cargo.
Los actos de violencia y amedrentamiento son injustificables e impropios en un Estado democrático de derecho, correspondiendo las sanciones de ley a quienes pretendan obtener resultados por esa vía, enfatizó el JNE.
Para mayor información sobre las causales de vacancia se puede acceder a la página web del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe).
MAÑANA ES LA PRUEBA COMPLEMENTARIA DE CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE DOCENTES...

Alrededor de 8,600 maestros rendirán el domingo 1 de junio, en todo el país, la prueba complementaria del Concurso de Nombramiento Docente, organizada por el Ministerio de Educación y en la cual la nota mínima aprobatoria será 14.
Los profesores que rendirán este examen son aquellos que obtuvieron notas entre 11 y 13.9 en la primera prueba eliminatoria realizada el 9 y 13 de marzo de este año.
Al respecto, el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler Talledo, informó que la prueba, elaborada nuevamente por la Escuela de Administración de Negocios (Esan), "será más rigurosa que la anterior".
"Todo está listo. La prueba ha sido mejorada y espero que, con la experiencia del examen anterior, los maestros demuestren lo que saben y logren un buen rendimiento para alcanzar la nota 14", manifestó.
Recordó que los docentes que aprueben pasarán a la segunda fase del Concurso de Nombramiento, que se realizará en los propios colegios a través de un comité integrado por el director del plantel y los padres de familia. Al aprobar esta segunda fase, los docentes conseguirán ingresar al primer nivel de la Carrera Pública Magisterial.
Vexler señaló que 14 es una calificación mínima establecida por el Ministerio de Educación, dentro de su política de mejora de la calidad de los docentes para beneficio de los estudiantes del país.
En la última prueba eliminatoria desarrollada el 9 y 13 de marzo participaron más de 189 mil docentes, de los cuales sólo 151 postulantes obtuvieron una nota aprobatoria de 14 a más; en tanto que 8 mil 593 obtuvieron entre 11 y 13.9 como nota.
El Ministerio de Educación, en su página web, informa que los locales donde se rendirá la prueba abrirán sus puertas para el ingreso a las 07:00 horas y se cerrarán indefectiblemente a las 08:00 horas. La prueba se iniciará a las 08:30.

30 mayo 2008

A PARTIR DEL 1 DE JUNIO... SEGUNDA DOSIS DE VACUNA CONTRA LA HEPATITIS "B"...

La Red de Salud Cañete – Yauyos, iniciará este primero de Junio la aplicación de la segunda dosis de la vacuna contra la "Hepatitis B" a 55,600 personas entre los 2 y 19 años de edad de ambos sexos que recibieron la primera dosis; 50 establecimientos de salud estarán brindando el servicio correspondiente con personal debidamente capacitado.
Se le recuerda a la población que la vacuna es gratuita para lo cual necesariamente deben portar el carnet otorgado durante la aplicación de la primera dosis, condición necesaria para recibir la segunda dosis es haber recibido la primera. Para estar totalmente protegido contra la "Hepatitis B", se necesita recibir las tres dosis.

NO DEBEN VACUNARSE…
Por su estado de salud no deben vacunarse aquellas personas que presenten: enfermedad severa (neumonías, sepsis entre otros) con o sin fiebre; enfermedades crónicas, tales como cáncer, afecciones cardíacas y pulmonares, así mismo quienes sufran de alergias a la levadura del pan y la cerveza. La vacuna no afecta la gestación, sin embargo se recomienda que la mujer embarazada espere el término del período de gestación para poder recibir la vacuna.
SEMINARIO TALLER SOBRE EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL HOY EN EL GARRO MUÑANTE...
Lo Organiza La U.P. Sergio Bernales, Que Anuncia Examen de Admisión Para El Próximo 17 de Agosto...

La Universidad Privada Sergio Bernales S.A., invita a los magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público, abogados, estudiantes de Derecho y público en general a participar en el Seminario Taller sobre el Nuevo Código Procesal Penal, que se llevará a cabo el día de hoy, a partir de las 03:00 p.m. y hasa las 06:45 p.m. en el Auditorio Municipal Jesús Garro Muñante.
La exposición del temario estará a cargo de los juristas: Dra. Nelly Calderón Navarro, ex Fiscal de la Nación, que disertará sobre el tema "El Ministerio Público frente al Nuevo Código Proceso Penal"; también estará el Dr. Víctor Cubas Villanueva, docente de la Universidad Católica del Perú y miembro del Ministerio Público, que abordará el tema "Concepción doctrinaria del Nuevo Código Procesal Penal".
El Dr. Gastón Molina Huamán, Presidente de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao abordará el tema "Título Preliminar del Nuevo Código Procesal Penal"; y finalmente el Dr. Rodolfo Socla Alarcón, miembro del Ministerio Público disertará sobre "Alcances más importantes del Nuevo Código Procesal Penal".

EXAMEN DE ADMISION EL 17 DE AGOSTO EN LA SERGIO BERNALES…
De otro lado, se tomó conocimiento que la Universidad Privada Sergio Bernales, mediante Resolución Nº 145-2008-CONAFU, de fecha 30 de Abril, ha sido autorizada para convocar a dos exámenes de admisión anual, la misma que regirá desde el Semestre 2008-II. En tal sentido se invita a la juventud en general a participar en el Examen de Admisión a llevarse a cabo el 17 de Agosto del 2008. Mayor información en su local central de la Universidad o al tlf. 5811438.
Si Dios No Existe, No Vale La Pena Que Existamos... Dar A Gracias A Dios Por Lo Que Se Tiene, Allí Comienza El Arte de Vivir...
Escribe: Luis Roberto Pérez Manrique

"Estad siempre gozosos y orad sin cesar. Dad en todo gracias a Dios, porque tal es su voluntad en Cristo Jesús respecto de nosotros" (I Tesalonicenses 5:16-18).
Cuando te levantas en la mañana, dale gracias a Dios por el aire que respiras, y por el sol o por la lluvia, o por la tormenta, que los truenos y los rayos también nos manda Dios. No se mueve ni una hoja del árbol sin que Dios lo permita, nos dice la Palabra de Dios, ni un pajarillo cae en tierra sin la voluntad de nuestro Padre. (Mateo 10:29).
Después, cuando te mires al espejo, dale gracias a Dios por los ojos y la boca, por tu corazón, porque puedes mover las manos y puedes andar… todo te lo da Dios, ningún gobierno del mundo puede hacer unas manos como las tuyas, y estoy seguro que no te dejarías cortar una mano para implantársela a otro si a cambio te dieran un Toyota… porque tu mano vale más que un carro …Si le darías gracias a una persona que te regalara un carro, dale gracias a Dios que te ha regalado las dos manos, y los dos pies y el cerebro.
Hay que dar gracias a Dios por el problema, por la enfermedad, por el dolor, la alegría, las adversidades, por todo. Pero ten cuidado, no damos gracias a Dios buscando los resultados, sino que damos gracias a Dios por todo, porque Dios lo manda, porque es lo mejor para nosotros en ese momento, aunque no lo entendamos.

VERDADERA ACCION DE GRACIAS...
El "dar gracias" a una persona conlleva la alabanza, le agradecemos el favor y lo alabamos, y nos sentimos gozosos de haber recibido ese favor, ese regalo… La acción de gracias, la alabanza y el gozo siempre van juntos, o de lo contrario, no es verdadera acción de gracias, es dar gracias por conveniencias, sin sentirlo de verdad.
"Señor, Tú todo lo sabes, Tú todo lo puedes, Tú todo lo haces bien. Gracias, Señor… Yo no sé cual es el plan de Dios para tu vida ahora mismo, pero sé dos cosas: La primera, que es un plan maravilloso, grandioso para ti, preparado con cariño por Dios, por tu Padre. La segunda, que lo que Dios quiere es que sea santo, que vivas en su unión, en su paz, en su gozo permanentemente, y que tengas un gozo cumplido, completo. Así fue como oró el mismo Jesús al Padre por ti… Ahora yo vengo a Ti, Padre, y hablo estas cosas en el mundo para que tengan mi gozo cumplido en sí mismos" (Juan 17:13).
Dar gracias a Dios en todo y por todo… Constantemente es el secreto del gozo, de la paz, del amor y del poder… Cuando te levantes y te laves la cara, dale gracias a Dios por esa maravilla, el "agua", ¿Nunca lo habías pensado? …Cada gota de agua es un mundo, porque tiene millones de átomos de oxígeno y de hidrógeno, con los que se podrían hacer millones de bombas atómicas que destruirían toda la tierra en segundos… pues toda esa maravilla de muchas gotas de agua, te la da Dios. ¡Dale gracias por ello, alábalo por ello! …Y dale gracias por el café que te sirve tu madre, tu esposa, que es Dios quien realmente te lo tiene preparado con amor. La acción de gracias a Dios brota de un corazón satisfecho que ha sentido el amor y la misericordia maravillosa del Padre proveedor. Ser agradecidos al Señor es el resultado de la reflexión íntima y la meditación consciente de que uno ha sido favorecido y perdonado muchas veces, sin merecerlo. Expresar la gratitud al Redentor quien nos salva es un acto de rendición que practica el alma bendecida. La Biblia dice que hay que dar gracias en todo, por todos, y a todos. Ese "todo" tan absoluto puede convertirse en un incomprensible para los que dudan y para los inconstantes.

SIEMPRE GRACIAS
Dios opera en el creyente cambios de tempestad a sosiego y hace que se apacigüen problemas, por todas esas cosas todos los días debemos dar gracias, gloria y honor a su nombre.
Las misericordias de Dios se dejan sentir cada día de nuestra vida. Aunque parezca que andamos errantes y desorientados, lo que debemos hacer es confiar en Dios y clamar a el. Dios siempre nos responderá, no importa la situación que sea y nos dará la salida.
Como el pueblo de Israel fue peregrino en el desierto y solo por la misericordia de Dios se salvaron, así nosotros peregrinos en este mundo, solo la misericordia de Dios nos salvará. ¡Demos gracias a Dios por todo lo creado por ti, por mí y para todos!
DOS EVALUACIONES A DOCENTES ANUNCIA MINISTRO DE EDUCACION...
La primera se aplicará el próximo domingo y la segunda en agosto próximo, dijo Antonio Chang ante la Comisión de Educación del Congreso de la República...

El Ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo, confirmó ante la Comisión de Educación del Congreso, que el próximo domingo 1 de junio, se aplicará, en todo el país, la prueba eliminatoria complementaria del Concurso Público de Nombramiento de Docentes, que ofreció para los 8 mil 593 profesores, que en las evaluaciones del 9 y 13 marzo último obtuvieron la nota aprobatoria entre 11 y 13.9 puntos.
Asimismo, indicó que dos meses después, se desarrollará una evaluación censal complementaria para todos los maestros que, por diferentes razones, fueron impedidos o no se evaluaron el año pasado. Tenemos que levantar la línea de base para que todos nuestros profesores puedan participar de los programas de capacitación docente que desarrollamos en todo el país, dijo el ministro.
Chang Escobedo, ante la insistencia de incorporar a profesores a los niveles de la Ley de Carrera Pública Magisterial, pidió paciencia y dijo que el próximo mes tendrá listo el cronograma para desarrollar los concursos públicos que correspondan. Se trata de un tema muy especializado, que requiere de un estudio serio y científico, para tener a los mejores docentes en la nueva ley, agregó el ministro.
Aseguró, a la representación congresal, que su despacho no permitirá que un maestro desaprobado sea nombrado, como sucedió en los concursos de nombramiento de docentes del pasado.
PRUEBA DEL DOMINGO
Sobre la prueba eliminatoria complementaria del Concurso Público de Nombramiento de Docentes, en la página Web del Ministerio de Educación se publican las sedes y locales de aplicación del examen, así como la estructura de la misma que tiene dos partes.
En la Región Lima Provincias, la prueba será tomado en dos sedes: la Primera en Huacho, en la I.E. MERCEDES INDACOCHEA LOZANO, en la que darán examen los postulantes a todas las modalidades y especialidades; ésta IE está ubicada en Av. Mercedes Indacochea S/N Huacho, y allí darán exámen 273 postulantes.
La otra sede es en Cañete, en la I.E. SANTA RITA DE CASIA, donde darán examen también los postulantes a todas las modalidades y especialidades. La dirección es la Av. 28 de Julio Nº 400 - 410, San Vicente de Cañete, y allí darán examen 117 docentes.
El desarrollo de la prueba se iniciará a las 8:30 de la mañana y los maestros postulantes podrán ingresar desde las 7 hasta las 8 de la mañana, portando únicamente su Documento Nacional de Identidad (DNI), un lápiz y un borrador.
La calificación de la prueba será el 2 y 3 de junio, en tanto que la publicación de los resultados se ha programado para el 4 de junio. Los que aprueben, con nota 14 como mínimo, pasarán a la segunda etapa del Concurso Público de Nombramiento de Docentes.
INFOGOB SEÑALA QUE HASTA LA FECHA EL JNE HA VACADO A 101 AUTORIDADES REGIONALES Y MUNICIPALES...

Hasta la fecha han sido vacadas 101 autoridades elegidas en los comicios regionales y municipales del 2006, la mayoría de ellas por inasistencia injustificada a sesiones, reportó el Infogob (Observatorio para la Gobernabilidad) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
De ese total, 55 fueron vacados en el 2007 y 46 en los primeros cinco meses del presente año.
Entre los vacados, 78 fueron autoridades distritales (17 alcaldes y 61 regidores), 21 provinciales (tres alcaldes y 18 regidores) y sólo dos del ámbito regional (consejeros).
Dos autoridades fueron vacadas a menos de un año de haber asumido el cargo. Se trata de Teodoro Sedano Calderón, ex alcalde del distrito de Tapo (Junín), por una sentencia judicial por delito doloso, y Sabino Vergaray Aquino, ex regidor del distrito de Huallanca (Áncash), por inasistencia a las sesiones ordinarias del concejo edil.
Ambos ciudadanos fueron elegidos en las Elecciones Municipales Complementarias realizadas el 1 de julio de 2007.
Las causales de vacancia más recurrentes son la inconcurrencia injustificada a las sesiones del concejo con 38 casos (37.62%) y por fallecimiento de la autoridad con 31 (30.69%), seguido de los casos de sentencia judicial por delito doloso (8.91%), nepotismo (7.92%) y ausencia de la jurisdicción (5.94%), entre otros.
Entre las vacancias recientes figura el caso de Armando García Huasasquiche, ex alcalde del distrito de Asia (provincia de Cañete) por el delito de nepotismo al comprobarse que su sobrina nieta fue contratada para laborar en dicho municipio.
APRUEBAN NUEVA LEY DEL SERVICIO MILITAR...
Otorga Diversos Beneficios A Reclutas...

El pleno del Congreso aprobó el día de ayer, la nueva Ley del Servicio Militar, que establece que la libreta respectiva sólo se entregará a aquellos que presten el servicio activo en una institución castrense, quienes, por ello, obtendrán diversos beneficios.
La norma, aprobada por 85 votos a favor, señala que a partir del 1 de enero del próximo año todos los jóvenes, al cumplir los 17 años de edad, se deberán inscribir en el Registro NAcional de Identidad y Estado Civil (Reniec), para obtener primero su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Luego, dentro de los 90 días siguientes a la obtención de ese documento, se realizará la inscripción militar obligatoria en las oficinas del Registro Militar.
"En dicho acto se llevan a cabo los exámenes psicosomáticos como la toma de las medidas antropométricas, para determinar la calificación del inscrito", señala el dispositivo que, tras su aprobación, fue exonerado de segunda votación.
La presidenta de la Comisión de Defensa, Mercedes Cabanillas, explicó que el DNI que se entregue a los jóvenes de 17 años tendrá una vigencia de ocho años, su color será el mismo que el documento que tienen los mayores de edad, y contará con el número de votación de una mesa diferida, que será activada cuando su titular cumpla los 18 años de edad.
El referido dispositivo precisa que las oficinas de Registro Militar otorgarán gratuitamente la constancia de inscripción militar al momento en que se efectúe el registro respectivo.
"La Libreta Militar es el documento que acredita la situación militar, y se otorga sólo a quienes hayan prestado el servicio militar. Dicho documento también se otorga a los peruanos que, siendo parte de la reserva, poseen doble nacionalidad", dijo Cabanillas.

BENEFICIOS A RECLUTAS...
El dispositivo aprobado incluye también una serie de beneficios a quienes se encuentren cumpliendo el servicio militar acuartelado, entre los que se incluye alimentación diaria, dotación completa de prendas de vestir, según la región y la estación; y prestaciones de salud.
También, una asignación económica mensual que se incrementará gradualmente hasta alcanzar el 10 por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria, la misma que deberá ser establecida anualmente en el Presupuesto General del Sector Público.
Actualmente, se les otorga a los reclutas poco más de 110 nuevos soles por este concepto.
Quienes hagan el servicio militar también tendrán derecho a recibir educación superior tecnológica en distintas especialidades, y asimismo obtendrán facilidades para iniciar, continuar y culminar estudios de educación universitaria o superior.
Asimismo se harán acreedores a un 50 por ciento de descuento en el valor de las entradas a museos, lugares históricos culturales, espectáculos públicos y eventos deportivos; así como a un descuento similar en el monto de pago de los derechos por inscripción e ingreso a las escuelas de formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía.
Los jóvenes que accedan al servicio militar acuartelado recibirán una bonificación de 10 puntos en la nota final para postular a las escuelas de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, y también becas de estudio en las universidades públicas en una proporción no menor al 5 por ciento del total de ingresantes.

INFORMACION CLASIFICADA...
La norma establece que por razones de seguridad y defensa nacional la información del Registro Militar tendrá un carácter clasificado, y será de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas del Perú.
El Reniec remitirá al Ministerio de Defensa, antes del 15 de enero de cada año, la relación nominal de los peruanos que el año anterior cumplieron los 17 años de edad.
"En dicha relación se separan a los hombres de las mujeres, especificando el número de su Documento Nacional de Identidad y la fecha de nacimiento", precisa la norma.
También deberá enviar trimestralmente la nómina de las personas, entre 18 y 50 años, que hubieran fallecido, con la finalidad de mantener actualizada la Base de Datos del Registro Militar y, en especial, la relación del personal de reserva.
Quien no cumpla con inscribirse en el registro respectivo durante el plazo establecido, será considerado omiso.
SUNAT AMPLIA PLAZOS PARA QUE CONTRIBUYENTES FRACCIONEN DEUDAS TRIBUTARIAS...

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) amplió hoy los plazos máximos para que los contribuyentes fraccionen sus deudas tributarias a fin de facilitar su cumplimiento.
En el caso de aplazamiento de una deuda, los contribuyentes podrán solicitar hasta seis meses de plazo para cumplir con dicha obligación. Hasta antes de la publicación de esta norma el plazo sólo era de tres meses.
En el caso de que este beneficio se otorgue conjuntamente con un fraccionamiento, el plazo será de hasta 66 meses, mayor a los 21 meses que se otorgaba hasta la fecha.
Los contribuyentes utilizarán dos nuevas versiones de los Programas de Declaración Telemática (PDT) para obtener estos beneficios, que estarán disponibles en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) desde el 2 de junio, fecha en la que entrará en vigencia lo establecido por la norma.
De esta manera, deberán presentar la solicitud de acogimiento al aplazamiento o refinanciamiento de la deuda tributaria, utilizando el Formulario Virtual N° 687 (versión 1.4 del PDT Fracc.) y el Formulario Virtual N° 689 (versión 1.1 del PDT Refinan. Fracc.).
EN MADRUGADA DE AYER... CAÑETE SOPORTO UN NUEVO SISMO...

Un nuevo sismo, de 4.1 grados de magnitud en la escala de Richter, se registró la madrugada de ayer, en la provincia de Cañete, al sur del departamento de Lima, el segundo movimiento telúrico reportado en el país en menos de 24 horas, informó el Instituto Geofísico del Perú (IGP).
El temblor ocurrió a las 04:01 horas (09:01 GMT) y su epicentro fue localizado a 68 kilómetros al suroeste de la ciudad de San Vicente de Cañete.
De acuerdo al reporte del IGP, el movimiento telúrico tuvo una profundidad de 50 kilómetros y una intensidad de nivel II en la escala de Mercalli Modificada en Cañete.
Hasta el momento no se reportaron daños personales o materiales producto del remezón.
Cañete fue una de las jurisdicciones más golpeadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007, que dejó casi 600 muertos y miles de damnificados en el denominado sur chico peruano. En la víspera, un temblor de 5.3 grados de magnitud en la escala de Richter remeció Ayacucho, en la sierra sur peruana.
El director de sismología del IGP, Hernando Tavera, informó que la intensidad del movimiento registrado a las 16:38 horas fue de nivel IV en Ayacucho, III en Chincha y II en Lima e Ica, de acuerdo con la escala de Mercalli Modificada.
El de ayer es el noveno sismo sensible reportado por el IGP en lo que va del presente mes.
JUDICIALES

DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.- EXP. N° 2007-0032-Yauyos.- Constitucional - Proceso de Amparo.- RESOLUCION NUMERO OCHO.- Cañete, veintitrés de mayo del dos mil ocho.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Vocal doctora Luz Roque Montesillo (Ponente), emiten su VOTO para que: 1°) Se REVOQUE la Sentencia que declara Improcedente la demanda y reformándola se declare FUNDADA, en consecuencia la Compañía Minera Casapalca se abstenga de realizar cualquier conducta destinada a perturbar por las vías de hecho, el derecho de propiedad y conducción administrativa, operativa y societaria, que Minera Corona ejerce sobre las concesiones, bienes y activos de Yauricocha, adquirido legalmente mediante contrato de Transferencia celebrado con el Estado. DISPONIENDO que el emplazado no vuelva a incurrir en las acciones u omisiones que motivaron la interposición de la demanda, y que si procediere de modo contrario se le aplicarán las medidas coercitivas previstas en el artículo 22° del presente código, sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda. SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA en el extremo de la Compañía Minera Casapalca se abstenga de realizar amenazas que vulneren las resoluciones judiciales y arbitrales firmes; 2°) CONFIRMARSE la resolución número cuarenta y siete de fecha seis de noviembre del dos mil siete, que declara Improcedente la suspensión del proceso solicitada por la demandante Sociedad Minera Corona S.A., mediante escrito de fojas un mil novecientos seis; 3°) CONFIRMARSE la resolución cuarenta y ocho de fecha seis de noviembre del dos mil siete, que declara improcedente la conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo por sustracción de materia.—————————————————————————————SEGUNDO.- Que, los señores Vocales doctores Ricardo Astoquilca Medrano y Silvia Rueda Fernández, emiten su VOTO para que se CONFIRME la sentencia recaída en la resolución número cincuenta y tres de fecha cuatro de diciembre del dos mil siete que declara Improcedente la demanda obrante a fojas ochenta y siete, interpuesta por Sociedad Minera Corona con Compañía Minera Casapalca S.A., con todo lo demás que contiene. Asimismo, SE CONFIRME la resolución número cuarenta y siete de fecha seis de noviembre del dos mil siete, obrante a fojas dos mil treinta a dos mil treinta y uno, que declara Improcedente la suspensión del proceso solicitada por la demandante; y SE CONFIRME la resolución número cuarenta y ocho, de fecha seis de noviembre del dos mil siete, obrante a fojas dos mil treinta y dos que resuelve declarar Improcedente la conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo por sustracción de la materia solicitada por la demandada.———————————————————————————
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes, necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.—————————
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que debe omitirse la publicación en el diario oficial "El Peruano", debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.————
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor VÍCTOR DURAND PRADO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo TRECE DE JUNIO, a horas OCHO de la mañana con DIEZ MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia "Al Día con Matices" por el término de UN DIA; En los seguidos por Sociedad Minera Corona S.A. con Compañía Minera Casapalca, sobre Proceso de Amparo. Notificándose.-
S.S. ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNÁNDEZ, ROQUE MONTESILLO

EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0684, a JUAN FRANCISCO PINAZO QUISPE; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: su menor hijo, Naomi Pinazo Castillo. Cañete, 19/05/2008.
EXP. 2007-0369, a JUAN FRANCISCO RAYMONDI BORJAS; Delito: Lesiones Culposas; agraviado: Santiago Meneses Sánchez. Cañete, 19/05/2008.
EXP. 2007-0594, a ALBERTO FLORES CERRON; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: su menor hijo, Oscar Flores Huaman. Cañete, 19/05/2008.
Secretario: Ferrer
30, 31 de Mayo y 1º de Junio

SUCESION INTESTADA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2008-0043, CARLOS CARRASCO USURIN, solicita la Sucesión Intestada de su madre IRENE USURIN FLORES, quien falleciera en el distrito de Santiago de Surco - Lima, el 06 de Febrero del 2005, y que tuviera como último domicilio en el Anexo de Romaní del distrito de Pacarán de la provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que se comunica a todas las personas que se consideren con derecho a esa sucesión para todos los fines de Ley. Lunahuaná, 30 de Abril del 2008.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2008-0053, VICTOR HUGO CASAS PAIPAY, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de suy cónyuge PAULINA OTILIA PRESENTACION YACTAYO en donde pide: Se CAMBIE el apellido materno que figura equivocadamente como "Yactayo" por el apellido correcto que es "ALCALA", debiendo aparecer como "PAULINA OTILIA PRESENTACION ALCALA"; además se CAMBIE el apellido materno de la madre de su difunta cónyuge, que figura como "Juana Yactayo Alcalá", debiendo aparecer como "JUANA ALCALA YACTAYO"; además pide la rectificación de su Partida de Matrimonio en el extremo que se CAMBIE el apellido materno de su difunta esposa que aparece "Yactayo" por el apellido "ALCALA", debiendo aparecer como "PAULINA OTILIA PRESENTACION ALCALA". Lunahuaná, 28 de Mayo del 2008.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, se tramita el Exp. Nº 2008-0102, en el cual se ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cañete, veintisiete de Marzo del dos mil ocho: AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por la PRELATURA DE YAUYOS, a través de su representante Señor Jesús Gonzalo Canales Alfaro contra el PRESIDENTE DE LA URBANIZACION MIRAFLORES, SEÑOR MAURO QUINTEROS CHOCARE sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE E INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE CAÑETE; ubicado en Urb. Miraflores, calle Las Gladiolas sin número, manzana A, lote siete A del distrito de San Vicente de Cañete. Tramítesele en la vía del PROCESO ABREVIADO y téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante, reservándose su admisibilidad y/o procedibilidad para el estadío procesal correspondiente. Traslado a la parte demandada para que dentro del término de DIEZ DIAS conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguírsele el proceso en su rebeldía. PUBLÍQUESE EL EXTRACTO DE LA DEMANDA, por tres veces y con intervalo de tres días, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario encargado de los avisos judiciales de esta provincia, y NOTIFIQUESE A LOS COLINDANTES CON LA PRESENTE DEMANDA, en el domicilio que se indica. Notificándose.- Fdo. Juez: Dr. Jacinto Cama Quispe.- Secretaria Judicial: Dra. Jovanna Hernández Vásquez. Cañete, 15 de Mayo del 2008.
Dra. Jovanna Hernández Vásquez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Publicar: 20, 26 y 30 de Mayo

29 mayo 2008

A DAMNIFICADOS DE SAN VICENTE SE LES ACABO LA PACIENCIA... Y SE MOVILIZARAN POR LAS CALLES DEL DISTRITO, EL PROXIMO MIERCOLES...

SAN VICENTE.- Y se le acabó la paciencia a los damnificados de San Vicente…! Cansado de tanta mecida de las autoridades locales y el ofrecimiento de los funcionarios del régimen actual, anoche los damnificados, acordaron realizar una movilización por las principales arterias de esta localidad, exigiendo la entrega inmediata de los bonos de seis mil soles que hasta ahora el gobierno no les hace efectiva, a pesar de haber transcurrido más de nueve meses.
"En otros pueblos ya se han hecho entrega hasta de 13 mil soles, mientras que aquí, nada. Nadie ha recibido un solo centavo", expresó el presidente de la Asociación de Damnificados de San Vicente, Dr. Félix Luyo Salhuana.
Puntualizó que la movilización se realizará el próximo miércoles y en forma pacífica, cuyo punto de concentración será la calle Sepúlveda, al frente del restaurante del popular Pachanga.
Los damnificados portando carteles, pancartas, banderolas y lanzando arengas en contra de las autoridades locales, regionales y funcionarios de confianza del gobierno central, recorrerán las arterias de San Vicente.
La movilización se iniciará a las diez de la mañana y su primera parada será en el frontis de la Gerencia de Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete, un área sumamente bapuleada que hasta denunciaron que viene cobrando has 105 soles por extender el certificado de posesión.
Luego se dirigirán a la oficina del Banco de Materiales, entidad encargada de hacer efectiva el dinero a los damnificados, que a pesar de estar calificados aún no le entregan.
Posteriormente, acudirán a la Oficina de los Registros Públicos, entidad que debe sanear la documentación de los damnificados para dar curso al trámite, pero que se demoran una eternidad para dar solución.
Por último, los manifestantes culminarán en el frontis del Palacio Municipal de San Vicente de Cañete, cuyo alcalde Javier Alvarado, en su condición de autoridad, no ha hecho nada al respecto.
"Más bien ha colocado un gigante cartel al ingreso de la ciudad donde dice que los bonos ya hemos recibido. Yo considero una burla este cartel porque nadie ha recibido los bonos en San Vicente", expresó.
Los dirigentes de la Asociación de Damnificados de San Vicente: Fernando Luí Vásquez, Alberto Neyra Bolívar, Alfredo Samán y otros se declararon en reunión permanente.
Adelantaron también que el día lunes viajarán a Lima para ofrecer una conferencia de prensa en los medios capitalinos y contar la realidad al país de lo que está sucediendo con Cañete.

DAMNIFICADOS AL ATAQUE.
Los damnificados se encontraban sumamente enardecidos y fustigaron también al presidente regional, Nelson Chui, por el poco apoyo que han puesto en los damnificados.
"Ellos sólo han entregado mirando la cara y nada más que a sus allegados. Las carpas o las viviendas pre fabricadas, nunca llegaron a nosotros. Aquí estamos los verdaderos damnificados", puntualizó.
Se quejaron también que muchas familias están pernoctando a la intemperie y producto del cual han sido afectados por las enfermedades que son comunes en esta época del año.
BRIGADA DE MEDICOS CUBANOS, REALIZARAN "GRAN CAMPAÑA MEDICA GRATUITA" EN IMPERIAL...

La Municipalidad Distrital de Imperial en coordinación con la Brigada Cubana Vilma Sting a cargo de la Doctora Olga Sánchez, con la finalidad de brindar atención de la salud física y mental a las personas de escasos recursos económicos realizaran la "Gran Campaña Médica Gratuita", en las instalaciones del Policlínico Municipal Ernesto Mispireta Valdivia, el día viernes 30 de mayo del presente, a partir de las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m., brindando las siguientes especialidades como son: Medicina general, Pediatría, Cirugía, Psicología y Traumatología.
Asimismo, se estarán entregando medicinas totalmente gratuitas a todas las personas que asistan a esta importante campaña gratuita.
Presidente García Eliminó Milenaria Organización Rural De Peruanos...
COMUNIDADES CAMPESINAS YA NO SON DUEÑOS DE SUS TIERRAS COMUNALES...
Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

En el diario "El Peruano" del último 20 de Mayo, se publicó el Decreto Legislativo Nº 1015 firmado por el Presidente Alan García Pérez, el Presidente del Consejo de Ministros Jorge Castillo Gálvez y el Ministro de Agricultura Ismael Benavides Ferreyros, mediante el cual han sepultado el derecho de propiedad de las tierras comunales, que hasta entonces las Comunidades Campesinas y Nativas tenían en uso y libre disposición para generar la producción alimentaria y trabajo para su comunidad. Ahora, este Decreto autoriza la venta de las tierras comunales a terceros, es decir la privatización con la sola aprobación del 50% de los comuneros asistentes a la asamblea.

HEREDEROS DEL AYLLU PRE HISPANICO…
La organización de las Comunidades Campesinas no es herencia de la conquista española, sino es el más auténtico y ancestral patrimonio comunal que proviene del antiguo Ayllu Pre hispánico, cuyas propiedades de sus tierras siempre se respetaron conforme se estipula en la Carta Política. Recordemos, que en el Tahuantinsuyo las tierras de sembrío se destinaban para el Dios Sol, para el Inca y la nobleza y para el pueblo, que las hacían producir con el trabajo colectivo o comunal y la ayuda recíproca del Ayni y la Minka. Además, con el propósito de aprovechar más tierras cultivables construyeron los milenarios andenes en las faldas de los cerros; entonces no es justo borrar de un "brochazo" esta legendaria tradición rural peruana.

DEMAGOGIA EN PERJUICIO DE CAMPESINOS…
Con la vigencia del mencionado Decreto se promueve la venta fácil de las tierras comunales, sustentada líricamente con argumentos que señalan: "Es para atraer grandes inversiones, acabar con las parcelas pequeñas de baja escala de producción y con ideas y tradiciones que no se ajustan al ritmo de la globalización". Además, sostiene, "que esta disposición unifica los procedimientos de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y la selva, con las de la costa para mejorar la producción y la productividad". Estas afirmaciones son las mentiras más grandes; sino veamos que las comunidades campesinas de Cañete (costa), han efectuado negociados millonarios a beneficio de unos cuantos. También observemos el yacimiento minero de Yanacocha en Cajamarca, donde la explotación de oro ha generado la contaminación del agua, no produce la agricultura y no hay forrajes para el ganado, y el campesino se encuentra en la peor pobreza y sin embargo se dice: "con la minería progresa el pueblo", según el gobierno aprista.

LOS COMPRADORES SERIAN GRANDES EMPRESARIOS…
Las comunidades campesinas tan arraigadas a sus tierras, no solamente cosechan productos alimentarios agrícolas, sino además conducen granjas avícolas, crianzas de ovinos, establos de vacunos, alpacas, víveros de truchas, camarones y reservas de vicuñas que son los únicos medios de su supervivencia. Sin embargo el Poder Ejecutivo promueve la venta de las tierras comunales de la sierra y selva para favorecer a los importadores de la industria alimentaría, los grupos de poder minero, así como los que pretenden apoderarse de las grandes áreas forestales de nuestra amazonía.
Aunque no tenemos una opinión cabal sobre el total de las comunidades campesinas y nativas existentes en todo el país, sin embargo podemos afirmar que en la Región Lima, estadísticamente están organizados 285 comunidades campesinas distribuidas en las provincias de la manera siguiente: Barranca 3 comunides, Cajatambo 19, Canta 22, Cañete 11, Huaraz 38, Huarochirí 76, Huaura 27, Oyón 26, Yauyos 60 y Lima Metropolitana 3.

CAMPESINOS SE UNIFICAN Y EXIGEN DEROGATORIA…
Los integrantes de las Comunidades Campesinas de la sierra y selva en las próximas semanas decretarán movilizaciones y paros de protesta contra el desatinado Decreto Legislativo con el que "El Presidente Alan García, se ha convertido en el ´Atila´ de las comunidades e indígenas del Perú, al sepultar en vida a más de 711 mil comuneros y más de 7 mil comunidades nativas"; por cuya razón exigirán la inmediata derogatoria a través de la Confederación Nacional Agraria. Por su parte, un sector de congresistas ha presentado el proyecto de la derogatoria de dicho Decreto, igualmente la Defensoría en los próximos días presentará la acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra el Decreto Legislativo Nº 1015.
Juez ordena desalojo y demolición de cuatro viviendas...
BATALLA CAMPAL CON CONSECUENCIAS FATALES SE PUEDE ORIGINAR MAÑANA EN LA HUACA DE LOS CHINOS...

SAN VICENTE.- Una batalla campal con consecuencias fatales, se pueden registrar mañana en caso de producirse el desalojo y demolición de viviendas de cuatro familias en el sector de la Huaca de los Chinos, mediante una orden judicial dictada por el Juez en lo Civil de Cañete que despacha el Dr. Jacinto Cama Quispe.
En conferencia de prensa, ofrecida ayer por las cuatro personas afectadas, expresaron a unísono que por ningún motivo abandonarán sus viviendas que con mucho esfuerzo construyeron en todo estos años.
"Vamos a defender hasta con nuestras vidas el lugar. Nadie ingresarán a nuestros predios", expresaron los familiares quienes recibieron la solidaridad de toda la comunidad y que están dispuestos también a luchar.
La disputa de un área de terreno que data de hace más de un año entre la asociación de vivienda "Victor Raúl Haya de la Torre" y la cooperativa El Porvenir, Haya de la Torre cuyo, es el factor principal del litigio en dicha zona.
Grimaldo Aulla Quispe, uno de los afectados de la demolición, consideró injusto el desalojo y la demolición porque están viviendo en el lugar de hace más de 20 años y cuentan con toda la documentación respectiva.
Mientras que los de la Cooperativa El Porvenir, trata de reivindicar sus predios vía judicial y ha obtenido un fallo a su favor, cercenando parte de un área de terreno de su Asociación afectando a las cuatro familias.
"Estos terrenos son de propiedad de la Asociación de Vivienda Víctor Raúl Haya de la Torre, más conocido como la Huaca de los Chinos, adquirido a la otrora Cooperativa Tercer Mundo en el año 1986", expresó Grimaldo Aulla.
Puntualiza que en ese momento adquirieron 38,780 metros cuadrados y cuenta en su poder la minuta de compra venta y la escritura pública, documentos que no fueron calificados por el Juzgado en lo Civil. Mientras tanto, la Cooperativa El Porvenir, recién nace en el año 1988 y ahí comienzan a adjudicar los terrenos a través del Ministerio de Vivienda y Construcción.
Puntualiza que su Asociación en todo momento ha buscado la conciliación, sin embargo, la parte demandante, Cooperativa, no se ha hecho presente, a pesar de la petición del magistrado.
"Nuestra intención es llegar a una conciliación. Y si hay que reconocer, pues hay que reconocer algo", manifestó Grimaldo Aulla quien contada en su poder todo el legajo del expediente.
Dijo que son vecinos de muchos años, pero lamentó que exista algunos dirigentes con ambiciones personales que pretender usurpar los terrenos para luego distribuirlos entre sus familiares.

SALA CIVIL AUN NO SE HA PRONUNCIADO...
Grimaldo Aulla, manifestó que a pesar que ellos presentaron la apelación ante la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ésta aún no se ha pronunciado, sin embargo, dictaminó el desalojo.
"Estamos a la espera que la Sala Civil se pronuncie al respecto porque – de lo contrario - estarían cometiendo un acto de injusticia con nosotros, iniciado por su abogado a través de una simple reivindicación", acotó.
Puntualizó que los 108 asociados han tenido una reunión de emergencia para tomar las medidas correspondientes y por ningún motivo permitir el desalojo y demolición de las viviendas porque la medida va en contra de toda la comunidad al querer cercenar su predio.
"Los socios no vamos a permitir que se demuela el área del terreno, por ningún motivo y este viernes estarán todos juntos impidiendo el desalojo", dijo Grimaldo Aulla.
Por otro lado, los vecinos de la Cooperativa El Porvenir que suman más de 80, no dieron cara, pero se supo que estarían esperando sólo el día "D" para entrar en acción, empero se espera que no haya hechos que lamentar.
Juez ordena desalojo y demolición de cuatro viviendas...
BATALLA CAMPAL CON CONSECUENCIAS FATALES SE PUEDE ORIGINAR MAÑANA EN LA HUACA DE LOS CHINOS...

SAN VICENTE.- Una batalla campal con consecuencias fatales, se pueden registrar mañana en caso de producirse el desalojo y demolición de viviendas de cuatro familias en el sector de la Huaca de los Chinos, mediante una orden judicial dictada por el Juez en lo Civil de Cañete que despacha el Dr. Jacinto Cama Quispe.
En conferencia de prensa, ofrecida ayer por las cuatro personas afectadas, expresaron a unísono que por ningún motivo abandonarán sus viviendas que con mucho esfuerzo construyeron en todo estos años.
"Vamos a defender hasta con nuestras vidas el lugar. Nadie ingresarán a nuestros predios", expresaron los familiares quienes recibieron la solidaridad de toda la comunidad y que están dispuestos también a luchar.
La disputa de un área de terreno que data de hace más de un año entre la asociación de vivienda "Victor Raúl Haya de la Torre" y la cooperativa El Porvenir, Haya de la Torre cuyo, es el factor principal del litigio en dicha zona.
Grimaldo Aulla Quispe, uno de los afectados de la demolición, consideró injusto el desalojo y la demolición porque están viviendo en el lugar de hace más de 20 años y cuentan con toda la documentación respectiva.
Mientras que los de la Cooperativa El Porvenir, trata de reivindicar sus predios vía judicial y ha obtenido un fallo a su favor, cercenando parte de un área de terreno de su Asociación afectando a las cuatro familias.
"Estos terrenos son de propiedad de la Asociación de Vivienda Víctor Raúl Haya de la Torre, más conocido como la Huaca de los Chinos, adquirido a la otrora Cooperativa Tercer Mundo en el año 1986", expresó Grimaldo Aulla.
Puntualiza que en ese momento adquirieron 38,780 metros cuadrados y cuenta en su poder la minuta de compra venta y la escritura pública, documentos que no fueron calificados por el Juzgado en lo Civil. Mientras tanto, la Cooperativa El Porvenir, recién nace en el año 1988 y ahí comienzan a adjudicar los terrenos a través del Ministerio de Vivienda y Construcción.
Puntualiza que su Asociación en todo momento ha buscado la conciliación, sin embargo, la parte demandante, Cooperativa, no se ha hecho presente, a pesar de la petición del magistrado.
"Nuestra intención es llegar a una conciliación. Y si hay que reconocer, pues hay que reconocer algo", manifestó Grimaldo Aulla quien contada en su poder todo el legajo del expediente.
Dijo que son vecinos de muchos años, pero lamentó que exista algunos dirigentes con ambiciones personales que pretender usurpar los terrenos para luego distribuirlos entre sus familiares.

SALA CIVIL AUN NO SE HA PRONUNCIADO...
Grimaldo Aulla, manifestó que a pesar que ellos presentaron la apelación ante la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ésta aún no se ha pronunciado, sin embargo, dictaminó el desalojo.
"Estamos a la espera que la Sala Civil se pronuncie al respecto porque – de lo contrario - estarían cometiendo un acto de injusticia con nosotros, iniciado por su abogado a través de una simple reivindicación", acotó.
Puntualizó que los 108 asociados han tenido una reunión de emergencia para tomar las medidas correspondientes y por ningún motivo permitir el desalojo y demolición de las viviendas porque la medida va en contra de toda la comunidad al querer cercenar su predio.
"Los socios no vamos a permitir que se demuela el área del terreno, por ningún motivo y este viernes estarán todos juntos impidiendo el desalojo", dijo Grimaldo Aulla.
Por otro lado, los vecinos de la Cooperativa El Porvenir que suman más de 80, no dieron cara, pero se supo que estarían esperando sólo el día "D" para entrar en acción, empero se espera que no haya hechos que lamentar.
"Fue un milagro de Dios", dijo Marcos Caldaz tras estar internado cuatro días...
DAN DE ALTA DE LA CLINICA "RICARDO PALMA" A PRESIDENTE DE LA FEDERACION DE APAFAS DE CAÑETE...

SAN VICENTE.- "Ha sido un milagro de Dios", fue lo que musitó el presidente de la Federación de APAFAS de Cañete, Marco Antonio Caldas Pozo, luego que el médico de una clínica limeña le dijera: "usted está muy bien. Le damos de alta, puede irse a casa".
Caldas Pozo, sentía una dolencia en la columna y acudió al médico y éste le hizo algunas pruebas. Al no pasar en ese momento le ordenó su internamiento para su observación.
Miles de cosas pasaron por su pensamiento, sin embargo, luego de cuatro días de haber estado en una disyuntiva, le hicieron una nueva prueba y esta vez le dieron de alta.
"Ha sido un milagro. Una cosa inexplicable. Los dolores internos en la pierna desaparecieron y adquirió la fuerza y el movimiento normal. Increíble. Estoy empezando a creer en los milagros y en el poder del ser divino", relató ya más tranquilo
Caldas Pozo, reiteró. "Soy sincero en decir que me siento como si nada hubiera tenido, pero la revisión del Dr. Taylor de la Clínica Quiropráctica "Schuber" de Lima, ha comprobado que sigo con una ligera subluxación de la quinta vértebra".
"Lo cierto es que no esta demás que aproveche y siga un tratamiento en esta clinica", manifestó Caldas Pozo quien dicho sea de paso en sus años mozos practicó Gimnasia Artística por más de 20 años.
Fue campeón Regional y Nacional por varios años, sufriendo fracturas e infinidad de caídas encima y fuera de las colchonetas, motivo por el cual, continuará con el tratamiento en esta Clínica para mejorar el alineamiento de su columna y está físicamente al tope.
Agradeció a todas las personas que mostraron su preocupación por su salud y que muchas de ellas expresaron una plegaria o deseo al Señor Todopoderoso que restablezca su salud.
Se comprometió en seguir trabajando por la Educación, inculcando a los padres de familia su rol que le asiste para el proceso educativo de nuestro país, así como en el Consejo de Coordinación Local CCL – Cañete.
MATINOTAS
No les ponen su energía eléctrica...
VECINOS DE BANCREDITO SE QUEJAN CONTRA EDE CAÑETE...

SAN VICENTE.- Un grupo de vecinos de la Urbanización Bancrédito de San Vicente, se quejaron contra la Empresa de Distribución Eléctrica, EDE – Cañete porque hasta la fecha aún no les han instalado su energía eléctrica que vienen solicitando desde hace un buen tiempo.
Ellos precisan que son damnificados y como tal, ni siquiera han sido considerados como tales, pero en vista que contaban con sus lotes de vivienda, se trasladaron a su nuevo hogar.
Sin embargo, encontraron esta acción negativa de la empresa energética y esperan que en breve tiempo puedan dar solución a su petición que son de necesidad pública.
¿Por qué los otros vecinos si tienen energía eléctrica y nosotros no?. Se preguntaron y amenazaron con presentar su queja ante OSINERG.
UGEL 08 DE CAÑETE
COMUNICADO

La Oficina de Trámite Documentario de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 08 Cañete, da a conocer a la comunidad educativa que existe una relación de docentes, que tienen que recoger documentos de forma personal:
DOCUMENTO APELLIDOS Y NOMBRES
Exp. Nº 009680 Amalia Eufenio Ynca Canales
Exp. Nº 009677 Sonia Haydde Palomino Huauya
Exp. Nº 009678 Florencia Marina Becerra Canales
Exp. Nº 010309 Rubén Jorge Escalante Zapata
Exp. Nº 010317 Gloria Aidé Carbonel Rasgada
Exp. Nº 010310 Maria Isabel Gutiérrez Márquez
Exp. Nº 010287 Raúl Florencio Sánchez Escalante
Exp. Nº 010288 Andrea Humareda Lozano
Exp. Nº 009686 Martha Margarita Lovera Tataje
Exp. Nº 010323 Orfita Mestanza De Murga
Exp. Nº 010299 Emilia María Díaz Trinidad
Exp. Nº 009901 Rufina Obdulia Aguado de Curi
Exp. Nº 009897 Manuel Gustavo Lazo Velásquez
Exp. Nº 009875 Víctor Luis Portugués Rojas
Exp. Nº 009840 Rufina Antonia Abad Vicente
Exp. Nº 009606 Teodora Irene Portugués de Pérez
Exp. Nº 009749 Olga Castillo Quispe
Exp. Nº 009685 Juana Rosa Raymondi de Yauri
Exp. Nº 010785 Flora Luciana Aburto Matos
Exp. Nº 010888 Zarela Esperanza Luyo Sánchez
Exp. Nº 010885 Gerardo Aristóteles Ramírez Janampa
Exp. Nº 010493 Arturo Alejandro Valdivia Gomero
Exp. Nº 010402 Emiliano Ernesto Lázaro Gutiérrez
Exp. Nº 009644 Saturnino Gelacio Manrique Postillón
Exp. Nº 011431 Alejandro Luyo Oropeza
Exp. Nº 011269 Victoria Emilia Felipa Valencia
Exp. Nº 011261 Juana Rosa Astocaza de Lévano
Exp. Nº 011239 Oscar Rufino Marchand Calagua
Exp. Nº 011270 Gladis Yolanda Oliveros de la Cruz
Exp. Nº 011214 Paula Migdalia Candela Mejía de Rivas
Exp. Nº 011213 Raúl Cornelio Rivas Sánchez
Exp. Nº 010817 María Maximina Bernaola de Mayo
Exp. Nº 010818 Miguel Alejandro Mayo Medina
Exp. Nº 010786 Carmen Isabel Laura Quispe
Exp. Nº 011007 Ercilla Victoria Ochoa de Sánchez
Exp. Nº 010964 Jesús Juan Quispe Rosales
Exp. Nº 008184 Alberto Clerio de la Cruz Quiroz
Exp. Nº 010747 Pele Venancio Quispe Borda
Exp. Nº 010853 Felix Ulises Cuadros Cabrera
Exp. Nº 010849 José Alejandro Lara Soriano
Exp. Nº 010747 Carmen Romilda Rojas Saldaña
Exp. Nº 010740 Mercedes Victoria Vila Florentini
Exp. Nº 010732 Smith Justo Joaquín Atencio
Exp. Nº 010730 Blanca Isabel Hernández Andía
Exp. Nº 010707 César Humberto Guerra Sánchez
Exp. Nº 010688 Nicanora Rivera Garriazo
Exp. Nº 010687 Baleriano Idwen Santos Fernández
Exp. Nº 010618 Cornelio Cipereano Gutiérrez Lázaro
Exp. Nº 010674 Rosa Albina Moran de Nieto
Exp. Nº 010761 Jesús Justino Rivera Armas
Ofic.-1044-2008 Amelia De la Cruz Vicente
Ofic. -1043-2008 Olinda Vicente de Martínez
Ofic. -1042-2008 Ivette Iberico Carrillo
Ofic. -1050-2008 Patricia Mariela Nacimiento Cama
Ofic. -1049-2008 Silvio Pascual Aparcana Gutiérrez
Ofic. -1047-2008 Pedro Roberto Reaño Cubillas
Ofic. -1046-2008 Juana Metropolitana Espinoza Villalobos
Ofic. -1045-2008 Hugo Irene Luyo Sánchez
Ofic. -1054-2008 Carlos Catalino Gonzáles Zapata
Ofic. -1055-2008 Paula Migdalia Candela Mejía
Ofic. -1056-2008 Elizabeth Sánchez Sánchez
Ofic. -1057-2008 Donatila Sánchez Sánchez
Ofic. -1058-2008 Alejandro Luyo Oropeza
Ofic. -1059-2008 Vicente Ruíz Lescano
Ofic. -1060-2008 María Josefina Boza de Ayllón
Se les comunica a los profesores que al más breve plazo se deben de acercar a recoger sus documentos en mesa de partes.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2008-MDCA

Cerro Azul, 23 de Mayo de 2008.

EL ALCALDE (E) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Cerro Azul, en Sesión de Concejo de fecha 22 de Mayo de 2008;
Visto; el Informe Nº 71-2008/PP/MDCA, de fecha 06 de mayo de 2008, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe de fecha 06 de mayo del mismo, de la Asesoría Legal Externa, respecto al Proceso del Presupuesto Participativo 2009.

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008 de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008 EF/76.01 de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, se ha aprobado el Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, en el cual con carácter orientador, se establecen los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso en el marco de la Ley de Presupuesto Participativo Nº 28056, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003 EF y la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411; mecanismos y pautas que en esencia se encuentran en la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, dictada en aplicación de dichas disposiciones, proceso que se precisa debe desarrollarse en un enfoque de resultados;

Que, en consecuencia, procede disponer que se mantenga la vigencia del Reglamento aprobado por Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, a excepción del Cronograma de Actividades de las fases del Proceso Participativo y de la conformación del Equipo técnico, que deben actualizarse.

De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003 EF y la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411; el Instructivo Nº 002-2008 EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 021-2008 EF/76.01para el Proceso del Presupuesto Participativo.

Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó lo siguiente:

ORDENANZA: PROCESO PARA EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - 2009

ARTICULO PRIMERO.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, de fecha 21/06/2007, que aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008, Reglamento que se mantendrá vigente para el año 2009, en todo lo que resulte aplicable.

ARTICULO SEGUNDO.- Mantener la conformación del Equipo Técnico con los Funcionarios que en la actualidad ejercen los cargos señalados en el artículo 22 de la Ordenanza Nº 0012-2007/MDCA, el Asesor Externo y el Representante de la Sociedad Civil que ha sido designado para el presente año, conforme se detalla:
v Gerente de Planeamiento y Presupuesto : Lic. Esther Orrego Velásquez
v Gerente de Desarrollo Urbano y Rural : Ing. César Calderón Romero
v Gerente de Administración : Luis A. Meneses Gutierrez
v Asesor Legal Externo : Dra. Cecilia Loayza Pinedo
v Representante de Sociedad Civil : Sr. Felipe Ramón Piñas.

ARTICULO TERCERO.- Aprobar el Cronograma de actividades de las fases del Presupuesto Participativo 2009

ARTICULO CUARTO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Matices de la Provincia de Cañete.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

DIEGO QUISPE GONZALES
ALCALDE (E)
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ççççççççççç

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE LAS FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2009

Aprobación de Ordenanza que da inicio al proceso: 22 de Mayo
Convocatoria publicación y difusión de Ordenanza: 23 Al 29 de Mayo
Inscripción de Agentes Participantes: 30 de Mayo al 05 de Junio
Capacitación: 07 de Junio
Primer Taller Rendición de Cuentas y Diagnóstico: 10 de Junio
Segundo Taller - Definición de criterios e identificación de proyectos: 14 de Junio
Proyectos: 14 de Junio
Evaluación Técnica de Proyectos, Priorización de Proyectos y Formalización de Acuerdos: 27 de Junio
JUDICIALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
JEFATURA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que Luis Eduardo Gutiérrez Tarazona de 23 años de edad, natural de la provincia de Chancay, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 42511775, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Obrero, domiciliado en Jr. Tumbes Mz. R1, Lt. 02; y doña Liliana Inés Barillas Manrique, de 20 años de edad, natural de la provincia de Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nª 44811023, de estado civil soltera, profesión u ocupación Estudiante; domiciliada en Jr. Cajamarca s/n., pretenden contraer Matrimonio Civil ante esta Municipalidad, el día 03 de Junio del 2008, a horas 04.00 p.m., en la Municipalidad.
Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, en forma prescrita en el Art. 253 del Código Civil.
Quilmaná, 28 de Mayo del 2008.
Alfredo Truman Guerrero Huamán
Registrador Civil
Quilmaná – Cañete

EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado Zoila Juana Rodríguez Velásquez, solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento expedida por la Municipalidad Provincial de Arequipa, en los siguientes extremos: DICE: Candelaria Velásquez; DEBE DECIR: Candelaria Velásquez Diaz; DICE: Natural de Arequipa y nacionalidad peruana;: DEBE DECIR: Natural de Puerto Varas y de Nacionalidad Chilena. Al lado izquierdo superior, DICE: procedencia de la madre Arequipa, nacionalidad P.; DEBE DECIR: procedencia de la madre Puerto Varas y de nacionalidad Chilena. Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662. Cañete, 28 de Mayo de 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario de Cañete
Jr. Grau 320 – Lunahuaná – Telf. 2841060

EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado Ayavirí – Yauyos, Exp. Nº 021-2008-NC; Juez: Dr. Luis Yalán – Secretario. Sr. Orlando Lucas; doña FELIPA LEONILA VIVAS VIUDA DE PEREZ, solicita SUCESION INTESTADA de su señor padre NICANOR VIVAS RAMIREZ, fallecido el día 24 de Junio de 1955, poniendo en conocimiento para que se presenten los presuntos herederos, que se crean con derecho a herencia.
Ayavirí, 19 de Mayo del 2008.
Luciano O. Lucas García
Secretario
Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí

28 mayo 2008

CONVOCATORIA NECESARIA...
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez

Pareciera que en nuestra provincia, específicamente en Imperial, se sigue con la "cantaleta de la revocatoria", de parte de algunas personas que la verdad dejan mucho que desear, primero porque los medios de comunicación no deben estar inmersos en estas cosas, ya que la función y misión de ellos es informar, orientar, sugerir, fiscalizar, etc, pero no hacer la del papeluchero de barrio que busca algo con el apoyo de los demás, porque solo no puede.
Preocupa esta actitud de algunas personas por cuanto en estos momentos deben preocuparse por hacer una buena fiscalización, de manera honesta, sin revanchismo, con razón y causa valedera, donde la documentación es la que avalará esto y donde no valen palabras mal dicha o deformes y mucho menos a medias tintas.
La población organizada en base a entidades e instituciones debidamente organizadas y reconocidas son las llamadas a realizar este tipo de gestiones, porque ellos se suponen, representan a la población o en todo caso a un sector del mismo; en todo caso las personas e instituciones afectadas deben preocuparse por hacer este papeleo de la supuesta revocatoria por mal manejo de los fondos municipales.
Ya es tiempo que la población imperuialina se de cuenta de quien los guía o mejor dicho de quien esta obsesionado con esto de la revocatoria y trata de arrastrar a los demás para que lo sigan como corderitos por el simple hecho de contar con apoyo de algunos que no significan ni representan nada y mucho menos a nadie.
En estos momentos debemos preocuparnos por buscar que mejorar, que reconstruir la ciudad que se encuentra dolida y alicaída por el terremoto de agosto pasado. Hay que preocuparse en estos momentos de poner el hombro y mirar de frente no estar a escondidas con una maquinita para luego hablar una serie de barbaridades y un sinnúmero de barbarismo que no llegan a la población, sino a un grupo que no conoce y tiene un desconocimiento completo de las cosas que no les permite mirar más allá de su sombra. Por ello creemos que es momento de cambiar. Esperamos,
BANMAT SUPERVISA BUEN USO DEL BONO 6000 OTORGADO A DAMNIFICADOS POR SISMO EN EL PERU...

El gerente general del Banco de Materiales (Banmat), José Luis Qwistgaard, anunció el día de ayer que se ha iniciado la supervisión del uso del Bono 6,000 en cada una de las localidades donde se entregó esta ayuda económica, con el propósito cautelar los recursos económicos que otorgó el Estado para la reconstrucción del sur luego del sismo de agosto del año pasado.
Para ello, indicó que en las zonas del desastre hay un equipo técnico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y del Banmat visitando a cada damnificado beneficiado con el bono a fin de constatar el avance de la reconstrucción de las viviendas, la calidad del material de construcción que se utiliza y para brindar la orientación técnica respectiva.
Informó que hasta el momento ya se han inspeccionado las zonas de Pisco ciudad, Pachacútec y Parcona en Ica; Chilca, Cerro Azul, San Antonio, Imperial y Nuevo Imperial en Cañete (Lima); y Tambo de Mora y Pueblo Nuevo en Chincha (Ica).
Aseguró que de esta manera se evitará que las personas beneficiadas mal utilicen la tarjeta Banmat que se les entregó exclusivamente para la compra de materiales y el pago de la mano de obra, con el único objetivo de que puedan iniciar la reconstrucción de sus viviendas.
"No podemos esperar que estos fondos se desvíen o que comerciantes inescrupulosos ofrezcan dinero en efectivo a cambio de la tarjeta y de esta manera no se cumpla el objetivo deseado. Por eso, hemos puesto en el campo a un equipo de ingenieros que estarán vigilando el buen uso del Bono 6,000", advirtió.
Recordó que el plazo para el uso de la tarjeta Banmat con el Bono 6,000 ha sido ampliado a 120 días, pero a su vez sugirió no esperar el último momento para realizar la adquisición de sus materiales de construcción.
Finalmente, Qwistgaard destacó la reciente entrega de 7,000 bonos de 6,000 nuevos soles cada uno, realizada el último fin de semana en diferentes localidades de Ica, Pisco, Chincha y Cañete.
Dr. Vicente Sánchez Vásquez, presentó demanda a Defensoría del Pueblo...
"CONFIANZA PERU" SOLICITA DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD AL GOBIERNO REGIONAL DE ICA...

LIMA.- El Personero Legal del Movimiento Regional, Confianza Perú, Dr. Vicente Sánchez Vásquez, solicitó a la Defensoría del Pueblo, iniciar la acción de inconstitucionalidad contra las autoridades del Gobierno Regional de Ica, por las recientes ordenanzas regionales emitidas, pretendiendo dar solución al diferendo limítrofe con la Región Lima, contraviniendo la facultad exclusiva que tiene el Congreso de la República de acuerdo a nuestra Constitución Política del Estado.
El Dr. Vicente Sánchez Vásquez, presentó la solicitud el lunes 26 del mes en curso ante el despacho de la titular Dra. Beatriz Merino, y exigió que proceda a ejercitar la facultad que le confiere el Art. 200 de Inc. 4 de la Constitución Política ante el Tribunal Constitucional.
Vicente Sánchez, expresa que la controvertida Ordenanza Regional Nº 012 – 2007 – GORE – ICA y la Ordenanza Regional 013 – 2007, ambas publicadas en el diario oficial el Peruano en su edición del miércoles 21 de mayo del año en curso, carecen de todo orden legal.
Precisa que la Región Ica en su Ordenanza Regional Nº 012 – 2007 – GORE – ICA, declara, en su artículo 1º que las llamadas pampas de "Melchorita" es una zona que se encuentra en problemas limítrofes entre las localidades de Chincha y Cañete, y en su artículo 3º ordena "dejar sin efecto cualquier otra ley que se oponga a la presente", cuando este no es de su competencia.
Vicente Sánchez, sustenta que el Artículo 102º inciso 7) de la Constitución Política establece como atribución exclusiva del Congreso "aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo", el cual, concuerda con el artículo 2º inciso 2.5) de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial.
En este punto, precisa, que las acciones técnicas de demarcación territorial son, entre otras, las redelimitaciones territoriales, criterio reiterado por el artículo 3º del Reglamento de dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 019 - 2003-PCM, en concordancia con el artículo 11º.
El dirigente de Confianza Perú, determina que la delimitación y redelimitación, se constituyen en acciones de regularización que procede en los casos de carencia, imprecisión o indeterminación de límites territoriales, más no de las autoridades regionales.

PCM CUMPLIÓ EN SU MOMENTO…
El dirigente de Confianza Perú, recordó también que cumpliendo con ese procedimiento, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de su Oficina Técnica de Demarcación Territorial, emitió el Informe Técnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT del 29 de abril de 2004.
Precisamente, en ese informe la PCM señala que todos los mapas del Instituto Geográfico Nacional desde 1912 establecen como límite entre Chincha y Cañete a la Quebrada de Topará, altura del Kilómetro 179.3 de la Panamericana Sur.
Refiriéndose a la Ordenanza Regional Nº 013-2007-GORE-ICA, declara de necesidad e interés regional la delimitación y defensa territorial de la Región Ica, y en su artículo 3º ordena dejar sin efecto cualquier otra ley que se oponga a ella, incurriendo en los mismos supuestos señalados con respecto a la norma anterior.
"Como se puede apreciar, Señora Defensora del Pueblo, ambas normas colisionan con el Artículo 51º de la Constitución Política, la cual establece que la Constitución prevalece sobre toda norma legal y la Ley prevalece sobre las normas de inferior jerarquía", expresa Vicente Sánchez en su alegato.
Puntualiza, que al pretender derogar cualquier otra ley, ambas ordenanzas regionales atentan contra el artículo 102º de la Constitución Política, que dispone como atribución del Congreso de la República dar, modificar o derogar las leyes.
Precisa que de conformidad con el Artículo 200º inciso 4) de la Constitución Política, es una garantía constitucional la acción de inconstitucionalidad, la que procede contra las normas que tienen rango de ley, entre ellas, las normas regionales de carácter general que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo, situación que se configura en el presente caso.
Más aún que el artículo 203º inciso 3) de la Constitución, señala que el Defensor del Pueblo está facultado para interponer la acción de inconstitucionalidad de acuerdo al artículo 9º inciso 2) de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo Nº 26520 contra las normas con rango de Ley.
En caso de que el Defensor del Pueblo tomara la decisión de iniciar una acción de inconstitucionalidad, se sujeta a lo dispuesto en los artículos 98º y 99º del Código Procesal Constitucional, por el cual, la demanda de inconstitucionalidad la puede interponer directamente ante el Tribunal Constitucional y puede actuar en el proceso mediante apoderado.
Como hecho complementaria, cabe señalar que el 20 de julio del 2004, el Tribunal Constitucional se pronunció en un caso similar sobre el mismo tema (Exp. 007-2004-AI/TC), declarando
procedente la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra una ordenanza de la Municipalidad Provincial de Chincha.
En Huaytará plantean acabar con albergues provisionales e iniciar obras emblemáticas antes del 15 de Agosto...
DIRECTORIO DESCENTRALIZADO DE FORSUR ELIGE COMITE EJECUTIVO Y ESTABLECE METAS DE RECONSTRUCCION...

Durante el segundo directorio descentralizado del Forsur, desarrollado en la provincia de Huaytará (Huancavelica), se trazó como meta que, a poco de cumplirse un año del terremoto del 15 de agosto, no existan más albergues provisionales; aumentar el número de bonos para viviendas; y llegar a los 15 mil títulos de propiedad.
En la sesión se aprobó la creación de un comité ejecutivo cuya función será hacer seguimiento a las decisiones que se tomen en los comités directivos, así como acelerar las obras que sean de mayor importancia.
El comité ejecutivo, aprobado por unanimidad, estará constituido por tres personas: dos del sector privado y un presidente regional. Como presidente del comité fue elegido Saúl Yabar y como titular regional, Rómulo Triveño, de Ica.
El cargo de gerente general del Forsur recayó en Luis Hernández, luego de la renuncia de Manuel Alfaro.
En la cita también se solicitó la prórroga de la declaración de emergencia, aunque no se ha estimado por cuánto tiempo más se extenderá.
En total se aprobaron 147 proyectos que requieren de un financiamiento de 47’100, 641 nuevos soles.
Para las provincias de Huaytará y Castrovirreyna –así como en el distrito de Acobambilla–, ambas ubicadas en la Región Huancavelica, se aprobaron nueve proyectos de rehabilitación de carreteras y establecimientos de salud por S/. 8’465,594. Estas obras serán ejecutadas por el gobierno regional de Huancavelica.
En el directorio, presidido por el presidente del Forsur, Enrique Cornejo, se aprobó además la priorización y el financiamiento para la instalación de 89 aulas prefabricadas en 61 instituciones educativas de la provincia de Castrovirreyna por S/. 3’696,578.
Estas aulas prefabricadas beneficiarán a los distritos de Aurahua, Arma, Huachos, Mollepampa, Castrovirreyna, Ticrapo, Chupamarca, San Juan, Tantara, Capillas, Humatambo y Cocas. Los proyectos serán ejecutados por el Ministerio de Educación.
Asimismo, se aprobaron dos proyectos para la construcción y rehabilitación de ambientes educativos en igual número de instituciones educativas del distrito de Laramarca (Huaytará) por S/. 196,650. Estas obras beneficiarán a un total de 59 alumnos y el proyecto será ejecutado por el gobierno regional de Huancavelica.
En esta región también se aprobó un proyecto de reconstrucción de infraestructura educativa y equipamiento de la institución educativa ubicada en el distrito de Esmeralda, en la provincia de Castrovirreyna por S/. 1’677,826.

Pisco
El directorio aprobó para Pisco el financiamiento del proyecto para el diagnóstico del estado situacional del Reservorio R-1 por S/. 100,102. Este reservorio actualmente está fuera de servicio, debido a que sus estructuras sufrieron daños por el terremoto del 15 de agosto pasado. La ejecución de la obra estará a cargo de Emapisco.
Asimismo, se aprobó la elaboración de los expedientes técnicos para la rehabilitación y el mejoramiento de las avenidas Las Américas (S./ 250,000) y Abraham Valdelomar (S/. 150,000).
De igual modo, se aprobó la priorización del proyecto de mejoramiento del atracadero flotante artesanal de El Chaco, distrito de Paracas, preparado por el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - Fondepes por S/. 733,509. Esta obra permitirá construir el muelle puente norte, y mejorar y reforzar el muelle de embarque existente.

Chincha
Para la provincia de Chincha se aprobaron 15 proyectos de inversión para la reconstrucción de la infraestructura educativa en los distritos de Alto Larán (Huampullo), Chincha Alta (Balconcito, El Tigre), Chavín (Santa Mejorada, San Florián, Huirpina, San Juan de Luyo), Chincha Baja Hacienda Canyar, Las Salinas, Canyar, Grocio Prado (San Pedro), Pueblo Nuevo (Miguel Grau, Pueblo Nuevo), San Pedro de Huacarpana (Bellavista, Liscay), por S/. 7’500,648.
Asimismo, se aprobaron seis proyectos de saneamiento que beneficiarán a los distritos de Chincha Alta, Pueblo Nuevo, Alto Larán por S/. 6’096,101. Estas obras tienen que ver con la ampliación de la red matriz de agua potable y alcantarillado, rehabilitación de colectores y rehabilitación de líneas de conducción. Los proyectos serán ejecutados por Semapach.
También se aprobó la rehabilitación del depósito municipal Calle Colón, del distrito de Chincha Alta, cuyo presupuesto asciende a S/. 225,118; además se aprobó la construcción del centro perimétrico del Cementerio Central de Chincha Alta, por S/. 627,240.

Cañete
Para la provincia de Cañete se aprobó el financiamiento de la construcción y el equipamiento de un centro base de recursos educativos (Cebre) por S/. 4’536,000, el mismo que estará ubicado en el distrito de Imperial.
El Cebre incluye los siguientes servicios y equipamiento: centro de cómputo, biblioteca y centro de documentación; sala de conferencias; talleres para formación laboral; laboratorios de ciencias naturales, química y física; gimnasio techado; área para prácticas deportivas al aire libre; salas de uso múltiple; servicios complementarios (administración, servicios higiénicos, tópicos de salud, entre otros).
La construcción del Cebre en el distrito de Imperial se realizará dentro de un terreno de 3,000 metros cuadrados y servirá para contribuir a elevar la calidad de la educación de los jóvenes de las provincias de Cañete. Estas obras serán ejecutadas por el gobierno regional de Lima.
También se aprobaron ocho proyectos para la reconstrucción y rehabilitación de infraestructura educativa en los distritos de San Antonio, Cerro Azul, Lunahuaná y Nuevo Imperial por S/. 3’870,545. Las obras serán ejecutadas por los municipios donde se realizarán estos proyectos.
Asimismo, se aprobó otro paquete de diez proyectos de inversión para la reconstrucción y rehabilitación de igual número de instituciones educativas de los distritos de Imperial, Cerro Alegre, Santa María, Las Lomas, Caltopilla y San Vicente por S/. 3’980,084.

Yauyos
En el caso de la provincia de Yauyos, se aprobaron 28 proyectos de priorización y financiamiento de reconstrucción de infraestructura de instituciones educativas por S/. 4’994,644.
Estos proyectos permitirán rehabilitar instituciones educativas de los distritos de Allauca, Azángaro, Catahuasi, Colonia, Huampara, Huancayo, Huanguascar, Huantan, Madeam, Tauripampa, Tupe, Viñac y Yauyos. Estas obras serán ejecutadas por la municipalidad provincial de Yauyos.
Asimismo, se aprobó la conformación del comité directivo ejecutivo, el mismo que evaluará y hará seguimiento de los proyectos aprobados y por aprobar. De igual modo, se acordó que el próximo directorio descentralizado se realice en la provincia de Cañete el lunes 16 de junio.
En el segundo directorio descentralizado estuvieron presentes los presidentes regionales de Lima, Nelson Chui; Huancavelica, Federico Salas; Ica, Rómulo Triveño; además de los miembros del directorio por la empresa privada, Manuel Echegaray y Saúl Yabar, entre otros.