05 septiembre 2011

AUTORIDADES DE NUEVO AYACUCHO EXIGEN CONSTRUCCION DE UN PUENTE AEREO PARA EVITAR ACCIDENTES... COVIPERU TIENE LA PALABRA...

Las autoridades y moradores del CPM Nuevo Ayacucho, exigieron la construcción inmediata de un puente aéreo que permita conectar con la nueva vía de la Panamericana Sur y evitar los accidentes de transito.
El alcalde del lugar, Joaquín Escalante, expresó que la nueva vía aisló por completo a su Centro Poblado que se ubica en el límite con la provincia iqueña de Chincha.
«Muchos de nuestros coterráneos caminan cerca de media hora para abordar los vehículos y viajar a la localidad de San Vicente», expresó Ayala remarcando que urge la construcción del puente.
Por su parte, la Jueza de Paz del lugar, Susana Carrera, manifestó que ya existen algunas denuncias por accidente de tránsito, tal es el caso de la señora Alejandrina Huamán Rodríguez quien fue embestida por un vehículo que se dio a la fuga y se encuentra postrada en su cama.
«Algunos negocios como restaurantes, grifos y tiendas, tuvieron que cerrar sus puertas por el sorpresivo desvío de la carretera, perjudicando el ingreso mínimo en la zona», expresó la representante del Poder Judicial.
Por su parte, el teniente gobernador del lugar, Percy Castro, se comprometió realizar las gestiones antes las instancias del Poder Ejecutivo y exigió a la firma COVI – Perú, concesionaria de la Red Vial la construcción del puente en la zona.
Expresaron que ya existe un proyecto, no sólo para la construcción de un puente aéreo sino de un trébol, obra que deben exigir las autoridades de la Municipalidad Provincial de Cañete o el Gobierno Regional de Lima.

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ANTAURO HUMALA: EL DELITO Y LA CONDENA
Por ceguferno

No puedo negar que me ha causado preocupación las declaraciones desafortunadas del vicepresidente de la República, Omar Chehade y del ministro de Defensa, Daniel Mora, quienes refiriéndose a los crímenes de Andahuaylas, afirman que Antauro no tuvo acción directa en los sucesos, dejando entrever como una conducta atípica y exculpatoria; algo parecido aducen algunos otros como el periodista y ex congresista cañetano, don Andrés Yactayo Padilla y algunos políticos humalistas, tratando de interferir en las decisiones del colegiado que procesa el caso; sin embargo lo que desarmaría a cualquier ciudadano son las impropias declaraciones del connotado jurista y penalista Javier Villa Stein cuando refiriéndose a Antauro, dice: «no es cualquier ciudadano, es el hermano del Presidente (de la República)», dándole un estatus no contemplado en norma alguna.
Si algo caracteriza al régimen democrático es el estado de derecho que se caracteriza por el imperio de la ley, entendido como la defensa de los derechos fundamentales, la división de poderes, donde el ejecutivo administra el aparato estatal; el Legislativo emite las normas y el Poder Judicial aplica las normas. El estado de derecho es el estado sometido al derecho, entendido como el conjunto de normas que ordena la convivencia del ser humano y cuya eficacia está garantizada por la utilización de la coerción organizada por el Estado, para lograr la justicia.
Así entendido, el Derecho Penal es un instrumento formalizado de Control social; es un derecho de advertencia y condiciones de castigo: avisa al ciudadano qué comportamientos no se toleran porque se reputan de atentatorios para la indemnidad de los bienes jurídicos que la norma tutela. La intervención sancionadora del Estado establece las conductas prohibidas y a las que de operarse, se les castigará con una pena; esto es, se asocia al crimen, como el hecho, con la pena, como su legítima consecuencia. La misión del derecho penal es la protección de los bienes jurídicos.
Uno de los principales derechos fundamentales de toda persona es a la igualdad ante la ley; la ley penal es igual para todos los ciudadanos y la Constitución reconoce está garantía en el inciso 2 del artículo 2; y lo reafirma el Código Penal en su artículo 10, y este mismo artículo habla de excepciones personales nacidas de Derecho Constitucional en razón del cargo político y estas excepciones son:»inviolabilidad» para congresistas, Defensor del Pueblo y miembros de TC (art. 93), «inmunidad»(art.161) para los mismos, además del Presidente de la República, y «antejuicio», privilegio de los anteriormente nombrados, además de ministros, miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, jueces y fiscales supremos y Contralor General (art.99); entonces hace mal Villa Stein dándole un estatus del que no goza Antauro Humala por el hecho de ser hermano del Presidente de la República, nadie puede ser objeto de discriminación (positiva o negativa) y todos gozan de la misma tutela penal, inclusive los deudos de los policías muertos durante la revuelta de Andahuaylas; entonces la responsabilidad y la pena deben considerarse en base al principio de igualdad ante la ley.
Pero también hacen mal vicepresidente, ministros y congresistas humalistas pretendiendo interferir en las funciones propias del colegiado supremo; ello por la separación de poderes que consagra la Constitución y «por la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional. Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones (…), art. 139, inciso 2.

¿Pero cuáles son los bienes jurídicos que ha vulnerado Antauro Humala y que le han valido una sentencia de 25 años de pena privativa de libertad? a saber: contra los poderes del Estado y el orden constitucional (delito de rebelión), contra la libertad personal de los policías de la comisaria de Andahuaylas (delito de secuestro) y contra la vida (delito de homicidio contra los cuatro policías muertos).

¿Pero, fueron delitos los actos de Ollanta Humala?... Simplistamente diríamos que delito es toda conducta que el legislador sanciona con una pena, sin embargo la definición moderna del delito nos dice que «es una acción típica, antijurídica y culpable».
Es típica porque el hecho ilícito esta previsto en una norma (homicidio, art. 106, secuestro, art. 152 y rebelión, art.346) y además no concurre ninguna de los elementos de atipicidad, esto es, fuerza irresistible (no hubo coacción sobre el agente), ni estado de inconsciencia (Antauro y sus coautores actuaron conscientes de lo que hacían), ni acto reflejo (instintivos y ajenos a la voluntad).
Es antijurídica, en cuanto los hechos ocurridos con motivo de la rebelión de Andahuaylas contradicen a las normas jurídicas y esta afirmado en cuanto hay ausencia de causas de justificación, esto es, no se obro por legítima defensa, ni por estado de necesidad justificante ni hubo consentimiento, etc.
Es una acción culpable en cuanto es una acción imputable (con una pena); los actores conocían de la antijuricidad de su acción, y porque además no concurren ninguno de los supuestos de inculpabilidad como serían minoría de edad, anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia, miedo insuperable.

¿Es una causal exculpatoria que la defensa de Antauro invoque el artículo 82 de la constitución del 79?... la constitución vigente es la constitución de 1993 y al entrar en vigencia derogo la constitución del 79, la misma que no se puede invocar, en todo caso, es una simple postura; pero por otro lado, tanto la constitución del 79, como el artículo 46 de la constitución del 93, hablan de insurgencia contra un gobierno usurpador y el gobierno de Toledo (2001-2006) era un gobierno constitucional y legitimo.

¿Las acciones de Andahuaylas fueron sedición como afirma Isaac Humala?...Isaac Humala, el patriarca de los Humala Tasso, piensa más como padre que como jurista: Sedición según el artículo 347 del Código Penal es «el que se alza en armas sin desconocer al gobierno legítimamente constituido (…)», por el contrario el artículo 346 del mismo cuerpo de leyes define rebelión como; «el que se alza en armas para deponer el gobierno o variar, suprimir o modificar el régimen constitucional» y el ánimo de la revuelta de Andahuaylas era deponer a Toledo y cambiar la constitución del 93; recordemos su arenga cuando pide la renuncia del Presidente (de la República) y la restitución de la Constitución del 79, poco importa aquí si su rebelión haya fracasado al punto que dos días después depuso las armas.
Acá tampoco cabe la exención de la pena por desistir de su rebelión (artículo 351), porque allí se habla de perturbación momentánea; y en Andahuaylas hubo tiroteo y seis muertos, y la rendición se produjo porque Antauro no avizoro futuro en una rebelión localista en donde tenía desventajas en hombres y armamento; la tesis del «puente de plata» al enemigo que huye o desiste voluntariamente, lo aborda el artículo 18: «Si el agente desiste voluntariamente de proseguir los actos de ejecución del delito o impide que se produzca el resultado, será penado sólo cuando los actos practicados constituyen por si otros delitos». El colegiado parece considerar que la rendición de Antauro y sus huestes no fue voluntaria sino condicionada por las fuerzas del orden.

CONCURSO DE DELITOS
Lo que sucedió en Andahuaylas es un concurso de delitos que de acuerdo a un criterio finalista, hay una unidad de propósito (rebelión) en el tiempo y espacio, y varios delitos; además de rebelión, hay secuestro y homicidio entre los más resaltantes. Es importante este criterio porque según el artículo 48 (concurso ideal), «se reprime hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementarse hasta en una cuarta parte»; en el caso: si rebelión está penado entre 10 a 20 años, secuestro de 20 a 30 años y homicidio de 6 a 20 años; entonces el tope de la pena corresponde al máximo de secuestro, esto es, 30 años, pudiendo incrementarse hasta un máximo de 35 años ( la pena más alta de nuestro ordenamiento), tal como lo pidió la fiscalía. Pero claro, esta es la pena legal; la pena judicial la evalúa el juzgador y para cada caso lo individualiza en consideración a atenuantes (edad del agente, grado de participación, arrepentimiento, confesión sincera, reparación espontánea) y agravantes (cualificación del agente, crueldad, alevosía, recompensa, reincidencia, móviles racistas, etc.)

TIPIFICACIÓN
En los delitos de Andahuaylas hay dolo, lo que implica el elemento cognitivo (conocimiento) y volitivo (voluntad), esto es el agente sabe que su acto lesiona el bien jurídico pero además quiere el acto.
Esto es claro en la rebelión, hay la intención del autor dado que él persigue la realización del delito (dolo de primer grado).
En los casos de secuestro y especialmente homicidio, los agentes no perseguían la realización, pero sabían, advierten y se lo representaban como inevitable o como consecuencia necesaria de la actuación (dolo de segundo grado); esto es, ellos querían la rebelión con el objeto de tomar la comisaria y declarar «zona liberada» Andahuaylas, pero sabían, advertían como seguro (o casi seguro) que deberían tomar (secuestrar) a los policías, o era otra posibilidad, el homicidio de los efectivos del orden o ambas, como finalmente sucedió.
Heridos y secuestrados los policías, fueron victimados lo que configuraría alevosía (inciso 2, art. 108) y por cualificación de los sujetos pasivos (miembros de la policía nacional), (art.108, inciso 5), tenemos dos agravantes y ya estamos tipificando homicidio calificado (asesinato), sin embargo es discutible el agravante por cualificación del sujeto pasivo en tanto la naturaleza del delito de rebelión ya lo subsume (delito contra poderes del Estado), de modo tal que estaríamos agravando un delito de por si agravado.
Alega la defensa de Antauro que se disparo sobre cadáver; esto es lo que la doctrina conoce como tentativa inidónea o delito imposible; aquí había homicidio imposible pues no cabe admitir que se mata a quien ya estaba muerto cuando recibió el disparo.
Sin embargo las imágenes de video descartan estas afirmaciones; sin embargo la defensa de Humala refiere que lo que se ve por imágenes es el chaleco antibalas (de la victima) que semeja como se levanta el cuerpo; sin embargo los medios probatorios parecen claros.
Respecto a la autoría, está claro en la doctrino (de Roxin) que sigue la legislación peruana, que no solo es autor quien ejecuta por mano propia (dominio de la acción) sino también lo es quien instrumentaliza a otro (dominio de la voluntad consciente) y es coautor quien realiza una parte necesaria del plan global (dominio funcional del hecho), plasmada en el art. 23, « el que realiza por sí o por medio de otro el hecho punible y los que lo cometan conjuntamente (…)»; entonces queda claro que Antauro Humala como jefe de la banda rebelde tenía el dominio de hecho, planifico (conspiración), acordó el ataque, distribuyo los roles y formo parte en la fase de ejecución, por tanto su participación se tipifica como autoría mediata, esto es, tiene el dominio superior de la decisión y se sirvió de otras personas como instrumento; cierto, el no halo el gatillo, pero, en su condición de jefe de banda, tenía el poder de interrumpir la realización del delito, el mismo que ya se había previsto en la fase de preparación (conspiración).
Hay una parte de la doctrina (Jakob) que considera que la autoría mediata no es otras cosa que una autoría directa disfrazada, en consecuencia, de cara al tipo, el jefe de banda es coautor y no autor mediato; sin embargo, es irrelevante como criterio para la determinación de la pena porque tanto autor y coautor están subsumidos en el ar

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CON ROTUNDO EXITO SE LLEVO ACABO EL «I FORUM IDENTIDAD CULTURAL Y MULTILINGUISMO JAQ-ARU» DENTRO DE LA SEMANA DECAÑETE 2011

Con la masiva participación de escolares, estudiantes de institutos y universidades; así como de público en general; se llevó a cabo el I FORUM «IDENTIDAD CULTURAL Y MULTILINGUISMO JAQ-ARU», el cual se desarrolló en la Casa de la Cultura, sito en el Coliseo Lolo Fernández, San Vicente de Cañete los días Jueves 25, Viernes 26 y Domingo 28 de Agosto de 2011, en el horario de 9:00 AM a 01:00 PM. Evento apoyado por la Comisión Central de Fiesta de Cañete 2011 y organizado y coordinado por el Promotor Cultural Prof. Rogelio Castro Ramírez y el Periodista Elías Cárdenas Achata Director de la Revista Regional «Detrás de las Noticias».
El primer día (Jueves 25 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ceremonia Protocolar de Inauguración de este evento la cual estuvo presidida por el Pdte. de la Comisión de la Semana de Cañete Regidor CPC Manuel García Huamán, luego de ello de dio inició a la primera Ponencia la cual estuvo a cargo del Mag. Manuel Gil Hernández Director del Instituto Superior Pedagógico Yauyos-Catahuasi y Director de la Institución Pedagógica Amistad- Foro: Cosmovisión Andina, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la parte artística en la cual se efectuó la Presentación Artística del Centro Cultural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, cerrando el evento con la Presentación Artística de la Cantante ARACELY PAYANO (La Dulce Tupinita).
El Segundo día (Viernes 26 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Fernando Antonio Flores Limo - Foro: Cultura y Religión, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la parte artística en la cual se efectuó la Presentación Artística de la Cantante ROSITA CUEVAS (La Auténtica Tupinita).
El Tercer día (Viernes 26 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Víctor Hugo Ruíz Quispe - Foro: Interculturalidad, luego de ello se efectuó la Presentación Artística de la Cantante ROSITA CUEVAS (La Auténtica Tupinita) la cual interpretó temas en el idioma Jaq-Aru, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la Segunda Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Carlos Alberto Baldeón Arce - Foro: Construcción de la Identidad Nacional. Continuando con la programación elaborada para el día final del evento se llevó a cabo la Ponencia a cargo del Lic. Manuel Rodríguez Lastra – Foro: Diversidad Cultural, y ya para finalizar las ponencias se tuvo la participación del Prof. Rogelio Castro Ramírez - Foro: Cultura Jaq-Aru, quien de manera inmediata estuvo a cargo de la descripción de las vestimentas de cada una de las damas que estuvieron participando del Desfile de atuendos de la mujer de Tupe-Yauyos. Como participación artística de fondo estuvo la participación Artística de la Cantante ARACELY PAYANO (La Dulce Tupinita), interpretando canciones en el idioma Jaq- Aru. Cuando ya se daría inicio a la Entrega de reconocimientos por parte de la Municipalidad Provincial de Cañete y la Comisión SEMANA DE CAÑETE 2011 a los destacados ponentes que participaron en el evento, la Señorita Cañete 2011 Enma Celena Flores Farfán y su corte de honor se hicieron presentes en el escenario principal de la Casa de la Cultura vestidas con los trajes típicos de la Mujer de Tupe; con su acompañamiento y dentro de ese marco especial se procedió a llevar a cabo la Ceremonia de Clausura brindando todos al final el típico «Quemadito», licor elaborado en la zona altina de Yauyos el cual fue ofrecido por las pobladoras tupinas a los asistentes. Luego de ello se efectuó la entrega representativa de los certificados a los asistentes a este primer evento cultural.

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EL PUEBLO SE IDENTIFICA CON UN VERDADERO COMPATRIOTA «OLLANTA HUMALA»
Escribe: Ing. Armando Samaniego Orellana

«No estoy por encima de ustedes, me han elegido para servirlos a ustedes y para eso voy a trabajar». Su familia proviene de un lugar pequeño llamado Oyolo Ayacucho y que con la educación su padre logró transformar a su familia, por eso le interesa trasladar esa transformación a la siguiente generación. Por ello cabe la reflexión que como padres, profesionales, autoridades debemos darle tiempo y dedicación a los hijos, que sean responsable de su libertad, que se puede ser metódicos para una educación de calidad que nos abra las puertas a nuevas oportunidades de superación y éxito. Lo padres son los primeros responsable del destino de sus hijos, por que «La verdadera educación de un hombre comienza varias generaciones atrás».
LA NUTRICIÓN, SALUD Y EDUCACIÓN son la plataforma del desarrollo, por lo que su Gobierno trabaja en esos frentes para garantizar que el Estado invierta en la educación de niños y jóvenes que tengan capacidad de asimilarlo. En esa línea, el presidente considera que los recursos naturales son importantes, pero que sin educación no habrá cómo hacer que estos recursos naturales se conviertan en desarrollo y mejoren la calidad de vida. El jefe de Estado aseguró además que su Gobierno elabora políticas de desarrollo e inclusión social. La Primera Dama de la Nación, Nadine Heredia, ratificó que «La inclusión social es el eje central de este gobierno y su éxito exige un trabajo articulado entre los sectores de la Producción, Educación, Cultura, y Salud para atender de manera integral y eficaz los problemas de pobreza y pobreza extrema en el país».

IMPUESTO A MINERAS
Este nuevo impuesto, que inicialmente ascendería a S/. 3 mil millones anuales, permitirá realizar importantes avances en cuanto a programas sociales, sin afectar la recaudación fiscal. «El compromiso de mantener la estabilidad macroeconómica permitirá que el país continúe dentro de una senda de crecimiento sostenible»

SEGURIDAD CIUDADANA
Al iniciar su mandato, el presidente Ollanta Humala dijo que la seguridad ciudadana será una de las prioridades de su gestión, y se comprometió a revertir la ausencia de liderazgo político y la carencia de una política de estado eficaz en materia de lucha contra la criminalidad.
Si inicialmente alguien dudaba del gobierno, ahora no lo creo. Se proyecta una imagen de coordinación entre todos los Ministros. Hasta hoy el gobierno es coherente con las propuestas de campaña. Esta recuperación de la confianza de los mercados, tanto nacionales como internacionales, es el mayor logro del primer mes de gobierno.
LOS VALORES
Los valores son convicciones profundas de los seres humanos que determinan su manera de ser y orientan su conducta. Hoy cada día vamos conociendo a los nuevos lideres del gobierno que irradiar valores de integridad, dignidad, solidaridad, respeto, justicia , libertad, etc… el pueblo le da la confianza al presidente para que siga trabajando en bien de todos los peruanos. Ollanta Humala ya esta en el corazón de los peruanos y escribe con su trabajo dedicado las paginas de la historia.
«Lo que mueve a cambiar al hombre es el ejemplo de vida». «Cada persona jorja su grandeza». «El hombre honesto no teme la luz ni la oscuridad». «Los valores morales nos dan identidad y autonomía». El pueblo se identifica con un verdadero compatriota «Ollanta Humala»
ESTUDIANTES CONDESTABLE DERROTO INOBJETABLEMENTE AL SAN CRISTOBAL DE CHOCOS POR 3 A 0... Y AHORA ESPERA AL ANSELMO BAZALAR DE HUACHO...

Con 1802 espectadores que brindaron una importante colorido al Roberto Yáñez de Cañete, el día de ayer domingo, se vivió una fiesta de fútbol, que nos hizo recordar un poco las fiestas que se vivían en el mismo escenario, claro… con una mayor cantidad de aficionados… cuando el elenco rojo del Independiente, y hasta el Walter Ormeño, participaban en la Copa Perú.
Mucha gente maleña llegó al coloso sanvicentino… mucha gente yauyina también lo hizo, en especial de Chocos… y es que los residentes choquinos viven en Imperial y San Vicente en una cantidad bastante apreciable.
Aficionados provenientes de Imperial y San Vicente también acudieron al Roberto Yáñez, y es que la afición de una u otra forma se sentía identificada con el elenco del San Cristóbal, por el hecho de que en sus filas habían muchos jugadores de ambos distritos.
Y recién el aficionado cañetano pudo ver en su mejor dimensión al subcampeón cañetano, el Estudiantes Condestable, el elenco maleño que tiene en sus filas a muchos jugadores del Municipal, que le han dado un nivel muy superior al exhibido en la etapa provincial.
Y también pudo ver al elenco del San Cristóbal de Chocos - Matices, al que le faltó más trabajo… pero que contando con un buen contingente de jugadores locales, dieron a conocer que material humano, hay en Cañete para hacer un trabajo serio y responsable con jugadores de casa… lo que le faltó, a este elenco es un trabajo sostenido en el tiempo, que le permita mejorar sus buenas condiciones futbolísticas.

GOL TEMPRANERO… QUE CONDICIONO EL PARTIDO…
El encuentro se inició con un grueso error defensivo del elenco yauyino, que cambió todo lo planificado durante la semana… un centro que no parecía llevar ningún peligro al arco de Calderón… error en Quispe, que la deja pasar y la deja a merced de Ray Espinoza para que abra el marcador, sin mayor esfuerzo… un poco de indecisión de Calderón, que no se apuró en salir, y darle una mejor lectura de lo que iba a suceder… Se habían jugado solo seis minutos de juego, y ahora la situación era diferente. Se necesitaba arriesgar más, meter dos goles para ir al empate… y todo lo que habían preparado se iba al tacho.
El elenco del San Cristóbal intentó recomponerse, y empezó a generar algún peligro, en el arco maleño… y empezó a llegar con mayor orden y posibilidades… pero el elenco maleño, esperaba pacientemente, y luego generaba peligrosos contragolpes que siempre causaban peligro.
Era un poco darle la pelota al rival, y esperar que cometa un error para liquidarlo… En ese nivel, se jugó el primer tiempo, en donde la desesperación por querer empatar le jugaba una mala pasada al cuadro yauyino. Fallaban en la definición, pero creaban peligro los yauyinos… y el Minas esperaba pacientemente, para de cuando en cuando sacar los zarpazos que remecían la defensa yauyina.
Sobre los 20', Edward Riega desperdiciaría una inmejorable ocasión sobre la valla granate, al sombrear muy fuerte el esférico. A los 38', Pedro Bautista se demoraba en la definición y permitió el cruce oportuno de César Castro.

ALVAREZ INGRESO EN EL SEGUNDO TIEMPO... PERO SU APORTE FUE ESCASO...
Se fueron al descanso, con el 1 a 0 a favor del elenco minero… y se pensó que San Cristóbal podía darle una mejor lectura a lo sucedido… pero no fue así… no se arriesgó mucho… se sacó a Pacheco, pero se insistió en una línea de 4… bajando a Caña, cuando quizás debió de jugarse como en Mala, quedando con 3 en el fondo, sumando más hombres a la volante, porque la lucha era ganar primero la volante donde el fútbol maleño generaba mas fútbol… Por Pacheco ingresaba Carlos Alvarez…
Al minuto de juego pudo llegar el empate, ante tiro libre de Alvarez, que fue conectado por Llerena, pero que en la misma línea del arco despejaba Silva… la pelota ya estaba ingresando, pero la reacción inmediata del defensa maleño evitó el empate.
Velásquez por su parte, apostó a que sus dirigidos siguieran esperando el momento oportuno, sin desesperarse, pero tratando de controlar el balón poblando la volante… no dejando llegar con posibilidades al cuadro yauyino, y contragolpeando… eso le permitió llegar en varias oportunidades con posibilidades… las mismas que también tenía el cuadro yauyino, pero ambos carecían de efectividad.
Así, sobre los 52', el lateral Alexis Ángeles mandó su remate por encima del travesaño, cuando el arco yauyino estaba totalmente desprotegido. A los 68', los granates respondieron con un disparo peligroso del zaguero Javier Chau.

SAN CRISTOBAL ARRIESGO Y TERMINO GOLEADO...
Los minutos pasaban, y la eliminación del San Cristóbal era evidente… en un intento por arriesgar un poco más… ingresó Bleymer Suárez por José Luis Huasacca para darle un poco más de profundidad a su ataque, pero las cosas siguieron igual… arriesga con Erick Trujillo por Joao Sánchez… y el remedio terminó siendo peor que la enfermedad… y es que San Cristóbal de Chocos perdió marca… y las cosas así, se la terminaron haciendo más fácil al elenco del Estudiantes Condestable.
Fue así, que sobre los 83', una serie de rebotes en el área local, terminaría con un cabezazo colocado de Edward Riega, quien establecía el 2 a 0 favorable al elenco minero. Seis minutos después, el defensa Juan Severino se sumó en ataque y conectaría el balón para decretar el 3 a 0 definitivo. De esta manera, Estudiantes Condestable sellaba su pasaje para la siguiente fase, en la cual se verá las caras con Pedro Anselmo Bazalar de Huacho.
Sin lugar a dudas, una llave de pronóstico reservado y que promete ser de alto voltaje. Y no será para menos, en juego estará un lugar en la Etapa Regional 2011.
Hay que destacar el nivel que viene obteniendo el elenco minero… de a pocos, va ganando en poderío, y ojalá que el ensamble que viene obteniendo lo pueda lucir ahora que se juega su clasificación a la Regional, ante el elenco del Anselmo Bazalar de Huacho.
Finalmente, hay que reconocer la campaña realizada por el elenco del San Cristóbal de Chocos que logró inscribir su nombre entre los 8 mejores del departamento. Similar campaña realizada el año pasado por el Manuel Prado de Oyón, ambos elencos, representados y reforzados por el elenco imperialino de Matices Ciclo Club, que esperamos pueda participar el próximo año en la departamental, pero con nombre propio.

ALINEACIONES:
San Cristóbal de Chocos (0): Walter Calderón; José Pacheco (Carlos Álvarez), César Castro, Javier Chau, José Quispe; Joao Sánchez (Erick Trujillo), José Luis Huasacca (Emar Suárez), Adolfo Vera, André Peña; Jhonatan Llerena, Paulo César Caña. DT: Samy Peves.

Estudiantes Condestable (3): Luis Tafur; Wilfredo Aparicio, José Luis Honores, Juan Severino, Alexis Ángeles; Diego Robladillo, Marco Rivas, Carlos García, Edward Riega (Pierre Espinoza); Pedro Bautista (Jesús Silva), Ray Espinoza. DT: José Velásquez.

Árbitro: Walter Roca.
Jueces asistentes: Richard Mosqueira, Fernando Lores y Juan Huapalla.
Tarjetas amarillas: José Luis Huasacca, Javier Chau (San Cristóbal de Chocos); Diego Robladillo, Pedro Bautista (Estudiantes Condestable).
Tarjetas rojas: No hubo.

RECAUDACION:
1802 espectadores que dejaron una recaudación bruta de S/. 12,614.00 nuevos soles, dejando para cada elenco la suma de S/. 3,546.00

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SAN LORENZO DE POROCOCHA EMPATO CON RIVER PLATE DE CANCHACALLA 2 A 2... Y EN PENALES AVANZO A SEMIFINALES... AHORA EL DOMINGO ENFRENTA AL DIM...

Un nuevo equipo de Mala se sumó a las semifinales de la Etapa Departamental de Lima. Esta vez, la proeza llegó desde Chosica, lugar en el que San Lorenzo Porococha se metió al grupo de los cuatro mejores tras igualar 2-2 (en los 90') ante River Plate de Canchacalla y, luego, sellar la clasificación en penales.
La tónica inicial del partido, no obstante, fue distinta: la oncena de San Mateo de Otao se adueñó de la posesión del esférico y encontró la ventaja muy temprano. Sobre los 6', su inusitado goleador, el defensa José Véliz (ex La Rural), ejecutó con precisión un penal y convirtió el esperanzador 1-0.
Sin embargo, la situación comenzó variar luego de la reacción visitante, que supo concretar con efectividad. Así, cuando se jugaban los 23', Diego Arellano venció la resistencia de Armando Llerena e igualó el tanteador; posteriormente, a los 36', Roberto Tipiani remontó el score y puso el 1-2 que dejó cuesta arriba la suerte de los dirigidos por Freddy Hallasi. Más aún, la oncena huarochirana se complicó con la expulsión de Juan Carlos Valero, detalle que prácticamente parecía redondear la faena de San Lorenzo Porococha.
En la complementaria, River volvió a pisar territorio ajeno con persistencia y emparejó el marcador. ¿Quién hizo el gol? No habría que adivinar: José Véliz. El ‘6’ local nuevamente tomó el balón e hizo efectivo un disparo desde los doce pasos. Tras el 2-2, la tendencia del partido fue más cerrada, algo que generó continuas fricciones y una serie de amonestaciones que desembocó en sendas expulsiones. Por ello, los dueños de casa se quedaron con ocho jugadores tras las rojas a Diego Palomino y Juan Montoya, mientras que los de Mala culminaron las acciones con nueve por las expulsiones de John Vargas y Diego Arellano.
Tras el final de los 90' y, dado que se repitió el resultado de la ida, el cotejo se definió por penales. Y allí San Lorenzo Porococha fue más efectivo. En realidad, todo se definió desde el pésimo disparo de Arturo Mendoza, cuyo remate fue atajado por el golero Edson espinoza. El resto de ejecuciones se transformaron con autoridad, pero la ventaja ya estaba establecida. Así, con el 4-5, el elenco de Mala avanzó a las semifinales y, a priori, debería enfrentar a DIM, aunque este lunes Pacífico FC presentará un reclamo a la Liga Departamental de Lima, el cual podría variar al clasificado de la llave entre equipos de Lima Metroplitana.

ALINEACIONES:
River Canchacalla 2(4): Armando Llerena; Miguel Lavalle, Juan Montoya, José Véliz, Arturo Mendoza; Ernesto Linares, Diego Ferrer, Máximo Osis (Salomón Vásquez), Juan Carlos Valero; Ismael Sánchez (Tommy Rubio), Diego Palomino. DT: Freddy Hallasi.
San Lorenzo Porococha 2(5): Edson Espinoza; Marco Ramírez, Esteban Rivas, Edwin Panta, Romy Chacón; Ignacio Cárdenas, Bruce Segovia, John Vargas, Roberto Tipiani; Carlos Villalta, Diego Arellano. DT: Marco Ramírez.
Árbitro: Roger Valenzuela.
Jueces asistentes: Necker Balabarca, Wilson Requejo y Juan Carlos Pomiano.
Tarjetas amarillas: Juan Carlos Valero, Arturo Mendoza, Diego Palomino, Tommy Rubio (River Canchacalla); Ignacio Cardenas, Bruce Segovia, Edwin Panta, John Vargas, Diego Arellano (San Lorenzo Porococha).
Tarjetas rojas: Juan Carlos Valero, Juan Montoya (River Canchacalla); John Vargas, Diego Arellano (San Lorenzo Porococha).
Goles: José Véliz 7' penal y 60' penal (River Canchacalla); Diego Arellano 23', Roberto Tipiani 36' (San Lorenzo Porococha)
Penales: José Véliz 1-0 (River Canchacalla), Bruce Segovia 1-1 (San Lorenzo Porococha), Diego Palomino 2-1 (River Canchacalla), Roberto Tipiani 2-2 (San Lorenzo Porococha), Arturo Mendoza 2-2 (River Canchacalla), Romy Chacón 2-3 (San Lorenzo Porococha), Diego Ferrer 3-3 (River Canchacalla), Edwin Panta 3-4 (San Lorenzo Porococha), Ernesto Linares 4-4 (River Canchacalla), Esteban Rivas 4-5 (San Lorenzo Porococha).
Clasifica: San Lorenzo Porococha (global 4-4, penales 4-5)


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DIM GANO 3 A 1 AL PACIFICO... PERO HABRA RECLAMO...

Luego del accidentado cotejo que protagonizaron Pacífico FC y DIM en el duelo de ida, ambos elencos se volvían a ver las caras en la Universidad Nacional de Ingeniería, con el propósito de dirimir a uno de los semifinalistas para la Etapa Departamental de Lima. Así, con un importante marco de público presente en las gradas del recinto universitario, sanmartinianos y miraflorinos brindaron un disputado encuentro desde los primeros minutos. Las acciones alternaban pasajes de juego prolijo, con momentos de fricción, especialmente en el medio sector.
El cuadro rosado apelaba a la rapidez que infringía Sheu Obregón en cada una de sus incursiones al territorio enemigo. En tanto, el elenco albo apostaba por la verticalidad del juego exhibido por el diminuto Carlos Peralta. A los 18', los dueños de casa realizaron su primera modificación, debido a la lesión tempranera del golero Félix Lira. Ya sobre los 29', una excelente acción personal de Sheu Obregón terminaría con un servicio perfecto para Nicolás Nieri, quien definió a un costado de Daniel Zelada para concretar el 1-0 en favor del local.
Tres minutos más tarde, el visitante Antonio Peralta se fue expulsado por un codazo alevoso a un rival. Y con un hombre menos, el panorama pintaba sombrío para el cuadro miraflorino. Empero, en el momento más delicado para su equipo, apareció la enorme figura del ‘Cusi’ Peralta. A los 34', el pequeño volante realizó una gran jugada por el flanco derecho, sirviendo un centro exacto para la testa de Jesús Sayán. Aquel cabezazo del goleador albo, venció la resistencia del ingresado Roberto Delgado, con lo que se establecía el 1-1 en el tanteador.
Para la complementaria, la visita realizó algunos ajustes en su engranaje colectivo, que le permitieron fortalecer la tarea defensiva, sabiéndose en inferioridad numérica. A partir de allí, los dirigidos por Julio Sánchez administraron con mayor inteligencia el traslado del balón, dejando latente la posibilidad de un contragolpe letal. Precisamente, por esa vía, le darían la estocada mortal a su adversario: sobre los 75', un rápido tiro libre terminaría en una perfecta habilitación para el ‘Cusi’ Peralta, quien sacó un potente remate para colocar el 1-2.
A los 81', cuando los dueños de casa aún no habían asimilado aquel duro golpe, apareció nuevamente Carlos Peralta para efectuar un sensacional disparo que selló el 1-3 en favor de los albos. Lo que vendría después, solamente fue por cumplir el trámite. De esta manera, DIM aseguró su boleto para las Semifinales de la Departamental, quedando a un solo paso de inscribir su nombre en la Etapa Regional de la Copa Perú 2011. Ahora, los miraflorinos estarán a la espera del desenlace de la llave entre River Canchacalla y San Lorenzo Porococha, para conocer a su próximo escollo.

ALINEACIONES.
Pacífico FC (1): Félix Lira (Roberto Delgado); Renato Bazán, Martín Reátegui, Tony Cóndor, Erick Ruiz (Wilmer Sáez); Omar Reyes, Ronald García, Nicolás Nieri (Pedro Salguero); Sheu Obregón; Juan Carlos Coronado, Luis Rojas. DT: Moisés Barack.
DIM (3): Daniel Zelada; Marco Godos, David Quezada, Genebrando Arenas, José Heredia; Antonio Peralta, Edson Gamboa (Willy Ríos); Dany Lozano, Oswaldo Cano, Carlos Peralta; Jesús Sayán (Raúl Maguiña). DT: Julio Sánchez.
Árbitro: Alejandro Salazar.
Jueces asistentes: Nino Cruz, Alejandro Trujillo y Omar Cruz.
Tarjetas amarillas: Sheu Obregón, Luis Rojas (Pacífico FC); Oswaldo Cano, Genebrando Arenas (DIM).
Tarjetas rojas: Antonio Peralta (DIM).
Goles: Nicolás Nieri 29' (Pacífico FC); Jesús Sayán 34', Carlos Peralta 75' y 81' (DIM). Clasifica: DIM
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2009-746 a ALEX JAIME GUTIERREZ RODRIGUEZ. Instructiva. Día 05.09.2011 a horas 11:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Robo Agravado. Agraviado; JIA inversiones.
EXP.-930-2009 a las agraviadas GISELA GATICA MASIAS Y CARMEN MASIAS CARBAJAL por no haber sido plenamente identificados en el proceso. Delito; Promoción y Favorecimiento de la prostitución. Agraviado; La sociedad.
Secretaria Flores
Cañete 23.08.2011

EXP.-517-2006 a PERCY JOAQUIN GARIBAY CARDENAS. Para Instructiva. Delito; Violación sexual. Agraviado; Menor. Secretario Astohuaman. Cañete 01.06.2011
EXP.-2008-934 a EUSEBIO CONDORI VICENTE. Para ampliación de Instructiva. Día 07.09.2011 a horas 3:00p.m bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y disponer su ubicación y captura a nivel nacional. Asimismo la declaración judicial del representante legal de EMPRESA TRANSTOPER SAC como tercero civil responsable. Día 07.09.2011 a horas 3:30p.m. Delito; Lesiones Culposas Graves. Agraviado; Eimy Andrea Ochoa Nolazco. Secretario Yaya. Cañete 26.06.2011

EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE YAUYOS; Juez: Suárez; Cita para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra:
EXP.-009-2008 a HERLINE PITMAN QUISPE RAMOS Y PABLO FELIX MARTINEZ AGÜERO. Declarados Reos Contumaz. Delito; Robo de ganado y receptación. Agraviado; Hernando Alvaro Gervacio Rivera.
EXP.-071-2008 a AUGUSTO QUILCA ÑAUPA Y RUBEN DARIO ROMERO RODRIGUEZ. Declarados Reos Ausente. Delito; Peculado. Agraviado; Municipalidad Distrital de Alis. Secretario Delgado.
Yauyos 16.08.2011
2, 3 y 5 de Setiembre

EDICTO JUDICIAL
Exp. 2008-0052, por ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez José De La Cruz Vargas, ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 1 (04/07/2008) se resuelve admitir la demanda interpuesta por Agrícola Santa Bárbara S.A., representada por su Gerente General Máximo Palomino Vargas contra Gerardo Daniel Suárez Durand y Rosa Angélica Rojas Machacuay sobre Reinvindicación y Restitución Posesoria del Predio Rústico, vía proceso de conocimiento. RESOLUCION N° 35 (03/08/2011) Se resuelve: SUSPENDER el presente proceso hasta que se emplace a la Sucesión de Gerardo Daniel Suárez Durand, para que en el plazo de sesenta días, comparezca al proceso y haga valer su dercho con arreglo a ley; bajo apercibimiento de proseguirsele el proceso con un curador procesal, debiendo para tal fin notificar por edictos tanto el Diario Oficial “El Peruano”, y el Diario Local “Al Día Con Matices”, por tres días hábiles. Fdo. José De La Cruz Vargas, y Jovanna Hernández Vásquez - Secretaria Judicial. Cañete, 03 de Agosto del 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
2, 5 y 6 de Setiembre

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por JOSÉ JESÚS BUGOSEN CHALUJA (SUCESOR PROCESAL DE DANJEN S.A. Y ESTA SUCESOR PROCESAL DE BANCO CONTINENTAL) CONTRA Don RENZO ALDO VEGA GATTI y su esposa Dona MATILDE ZARATE SANCHEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 02999-2000-0-1401-JR-CI-01, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, a cargo del señor Juez Dr. Alfredo Aguado Semino, Especialista legal: Dr. José Antonio Bravo Soto, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la UBICACIÓN RURAL PARCELACIÓN RÚSTICA ZONA LA QUERENCIA SUB LOTE 26-B, Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 21000121 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US $ 500,000.000 (Quinientos mil y 00/100 Dólares Americanos)
PRECIO BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la valorización ascendente a US$ 333,333.33 (Trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Dólares Americanos)
AFECTACIONES:
a) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00001 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 210000121, de propiedad del ejecutado Renzo Aldo Vega Gatti, a favor del Banco Continental - Sucursal Ica, hasta por la suma de US $ 54,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones y las de su cónyuge Doña Matilde Zárate Sánchez, con la entidad bancaria. Así consta de la Escritura Publica del 27/02/1998 otorgada ante Notario Juan Azula Aguinaga por licencia concedida al titular Notario Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 04/03/1998 a las 01:11:00 PM horas, bajo el N° 1998-00000711 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/. 256.10 Nuevos Soles, con Recibo 00000870. Cañete, 16/03/1998. Registrador Público: Víctor Villanueva Rivera. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.
b) AMPLIACIÓN DE HIPOTRECA registrada en el Asiento D00002 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida electrónica ha sido ampliada hasta por la suma de US $ 160,000.00 Dólares Americanos, a fin de asegurar las obligaciones contraídas con el Banco. Así consta de la Escritura Pública del 11/02/1999, otorgada ante Notario Público de Lima, Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 14/05/99 a las 10:49:44 horas, bajo el N° 1999-00001522 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/ 547.60 Nuevos Soles, con Recibos Números 00001886, 00002170. Cañete, 07/06/99. Registrador público: Luis Antonio Vargas Rivas. Zona Registral N° IX – Sede Lima
c) CESIÓN DE DERECHOS registrada en el Asiento D00003 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. DANJEN S.A. debidamente registrado en la Partida 0129615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, es el nuevo acreedor de las hipotecas registradas en el asiento D00001 y su ampliación registrada en el asiento D00002 de la presente partida, en mérito a la cesión de derechos de créditos celebrados con su anterior acreedor el Banco Continental, valorizándose dicha cesión en la suma de US$ 50, 000.00 Dólares Americanos. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 23.02.2008, otorgada ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Fernandini Barrera. El Título fue presentado el 05/10/2009 a las 11:31.48 A.M horas, bajo el N° 2009-00009097 del Tomo diario 0083. Derechos cobrados: S/. 461.75 Nuevos Soles, con Recibos Números 00007976-01, 00009866-01. Cañete, 09 de Diciembre del 2009. Registrados Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
d) Renovación de Hipoteca, registrada en el asiento D00004 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, la misma que ha sido ampliada en el asiento D00002 y cedida a favor del nuevo acreedor DANJEN S.A. en el asiento D00003; ha sido renovada por cuanto a la fecha no se ha extinguido la obligación garantizada con la misma. Se procede de conformidad con el Art. 93 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, mediante solicitud con firma legalizada del representante del nuevo acreedor Daniel Malamud Wechselblatt. El Título fue presentado el 29/12/2010 a las 02:34:24 PM horas, bajo el N° 2010-00010034 del Tomo Diario 0083. Derechos cobrados: S/. 35.00 Nuevos Soles, con Recibos Números 00000309-01, 00011133-01 Cañete, 14 de enero de 2011. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
e) Cesión de Hipoteca, registrada en el asiento D00005 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. José Jesús Bugosen Chaluja, soltero, identificado con D.N.I. N° 07913007, es el nuevo acreedor de la hipoteca inscrita en el Asiento D00001, ampliada en el Asiento D00002 cedida en el Asiento D00003 y renovada en el Asiento D00004 de la presente Partida Electrónica, en merito a la cesión de derecho hipotecario celebrada con DANJEN S:A:, inscrita en la Partida N° 01269615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima . Así consta de la Escritura Publica, de fecha 11/07/2011 otorgada ante Notaria de Lima, Cecilia Hidalgo Moran. Cañete, 08 de agosto de 2011. Registrador Público: Manuel Alejandro Guevara Chilin. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: EL día 19 de setiembre de 2011 a las 14:00 horas (Dos de la Tarde).
LUGAR DEL REMATE: En el local de Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica – Sede Central, ubicado en Calle Ayacucho N° 500 (frente a la Plaza Sebastián Barranca), Provincia y Departamento de Ica.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello de No Negociable) girado a su nombre y presentaran su arancel judicial (con copia del arancel y del D.N.I.) suscribiendo dicho arancel, con numero de expediente y generales de ley; en caso de ser persona jurídica presentarán copia de poderes correspondientes y R.U.C. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el articulo 732° del código Procesal Civil y están afectados al IGV. Ica, 15 de agosto de 2011. MARTILLERO: GUILLERMO JOSÉ RIVAROLA COLE, ABOGADO, MARTILLERO PÚBLICO. Reg. N° 232.
Guillermo Rivarola Cole
Martillero Público Reg. N° 232
Abogado
José Antonio Bravo Soto
Secretario Judicial - Primer Juzgado Civil de Ica
Publicar: 29, 31 de Agosto, 1, 2, 5 y 6 de Setiembre.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
En mi oficio notarial sito en Plaza Constitución 120 – Yauyos – Lima, ROSA ANTONIA MICHUY SARAVIA, solicita la RECTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS: PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su madre dice EMILIA A. SARAVIA R. debe decir EMILIA ALEJANDRA SARAVIA ROMERO; PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante dice EMILIA SARAVIA ROMERO, debe decir EMILIA ALEJANDRA SARAVIA ROMERO. Se publica para los fines de Ley.
Yauyos, 02 de Julio de 2011.
S.César Ramos Ramos
Abogado – Notario Público
Registro N° 06 Colegio de Notarios del Callao

SUCESIÓN INTESTADA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte y Sec. María R. Sánchez Soriano. Exp. 2011-0065 AURORA JULIA CANDELA SANCHEZ, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre FERMIN CANDELA ORE, quien falleciera el 28 de Enero del 2000 y que tuviera como su último domicilio en el distrito de Pacarán, provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que comunico a todas las personas que se consideren con derecho a ser incluidos en esta sucesión, para los fines de ley.
Lunahuaná, 08 de Agosto de 2011.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
Jesús Gonzalo Canales Alfaro
Abogado
C.A. Lima N° 12, 159

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-191, seguido por JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO, sobre PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES; la señora Juez Dra. Norma Gonzales Ventura, ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. 21-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) NOTIFICAR a la demandada SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO por el plazo especial de SESENTA DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal (…).- Una firma, Dra. Norma Gonzáles Ventura – Juez.- Una firma, Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial.
Cañete, 02 de Setiembre de 2011.
DR. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 06 y 07 de Setiembre