MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
“AÑO DE LA CONSOLIDACION ECONOMICA Y SOCIAL DEL PERU"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2010-MDI
Imperial, 26 de Enero del 2010
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
POR CUANTO:
VISTO.- En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 26 de Enero del 2010, el Proyecto de Ordenanza sobre Infracciones y Sanciones. La escala de multa, al Reglamento del Servicio Público de Pasajero de Transporte Público de Vehículos menores del Distrito de Imperial, adecuado al nuevo Código de Transito.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 191 de la Constitución Política del Perú, que establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, conforme a Ley, son los órganos de gobierno local, tiene autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia
Que mediante Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores se faculto a las Municipalidades a otorgar las autorizaciones para la prestación del mencionado servicio;
Que, el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados, en donde indica que las Municipalidades Distritales en su jurisdicción donde se presta el servicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos menores, encargada de autorizar dicho servicio así como de aplicar sanciones por infracción al presente Reglamento y a las disposiciones complementarias que dicte en ejercicio de su función reguladora del servicio especial.
Que, en el Artículo 11º.- de Reglamento prescribe, el control del Servicio Especial regulado por este Reglamento, es atribución exclusiva de la Municipalidad Distrital competente, debiendo la Policía Nacional del Perú brindar el apoyo que resulte necesario.
Que en el Articulo 18.- del mismo Reglamento indica, constituyen infracciones al presente Reglamento de transgresión de las disposiciones por acción u omisión lo que serán tipificada y sancionada por la Municipalidad Distrital.
Que, en el Artículo 104º.- del Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, indica el conductor de un vehículo menor automotor o no motorizado, no debe llegar carga o pasajero que dificulten su visibilidad, equilibrio y adecuada conducción. Podrán viajar en el vehículo únicamente el número de personas que ocupen asientos especialmente acondicionados para tal efecto.
Que, el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por decreto Supremo Nº 033-2001-MTC prescribe normas que regulan el uso de las vías públicas terrestres, aplicable a los desplazamientos de personas, vehículos y animales y a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relaciona con el transito en todo el territorio de la República;
Que, la calificación de las infracciones no ha logrado cumplir el objetivo disuasivo perseguido a fin de reducir los accidentes de tránsito y las consecuencias fatales que se producen a nivel nacional, sino que contrariamente se ha incrementado el índice de mortandad originados por los accidentes de tránsito en los últimos años, siendo las principales causas de las mismas el exceso de velocidad, estado de ebriedad del conductor imprudencia temeraria y el desacato a las señales de tránsito, todas ellas de responsabilidad directa del conductor del vehículo motorizado.
Que, en reunión sostenida el día 15 de Julio del 2009, a horas 10: 30 a. m. en el Área de Transporte de la Municipalidad Distrital de Imperial, con los señores Gerentes de Vehículo menores (moto taxis) y rectificada el día 11 de Agosto del 2009, se acordó modificar la nueva escala de sanciones e infracciones adecuándolo al nuevo Código de Transito.
Que, por otra parte, es necesario simplificar el procedimiento sancionador que actualmente se sigue, a fin de hacer más efectivas y eficaces las sanciones que resulten aplicable como consecuencia de la detección de infracciones al tránsito.
Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú y las facultades otorgadas por la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Enero del 2010, aprobó por mayoría la siguiente:
O R D E N A N Z A:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar la presente Ordenanza de Cuadro de Infracción y sanciones, escala de Multas, adecuadas al Nuevo Código de Tránsito y al Reglamento de Servicio Público de Transporte de pasajeros en Vehículos Menores del Distrito de Imperial.
ARTICULO SEGUNDO.-Las infracciones Y-01; Y-17; Y-18 por ser consideradas faltas excesivamente graves, que van en contra de la Salud Pública y seguridad de las personas no tendrán el descuento (del 50%).
ARTÍCULO TERCERO.-La Policía Nacional del Perú, Los Inspectores de Transporte, velarán para que se cumpla la presente Ordenanza.
ARTICULO CUARTO.- Queda terminantemente prohibido la retención de documentos. La infracción debe ser sancionada al instante con la papeleta respectiva, salvo infracciones consideradas muy graves y excesivamente graves.
ARTÍCULO QUINTO.- Aquel conductor que supere durante el año un máximo de 12 infracciones, será automáticamente anulado su autorización de circulación y no podrán ser renovadas.
ARTÍCULO SEXTO.- Las infracciones serán clasificadas de la siguiente manera: Leve 1% - 3% No Internamiento del Vehículo
Grave 4% - 6% Internamiento del Vehículo
Muy grave 7% - 20% Internamiento del Vehículo
Excesivamente grave 21% - 100% Internamiento del Vehículo
ARTICULO SEPTIMO.-Si existe reconocimiento voluntario de la infracción, el conductor podrá abonar el diecisiete por ciento (17%) del importe previsto para la infracción cometida, dentro de los siete día hábiles (07 ) , contados a partir del día siguiente de su notificación y/o sanción respectiva; Consignando dicho reconocimiento en la papeleta de infracción.
ARTICULO OCTAVO.- Queda derogada las Ordenanzas Municipales y Acuerdos de Concejos que se opongan a la presente Ley.
ARTÍCULO NOVENO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete.
Por tanto:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES – ESCALA DE MULTAS AL REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES DEL DISTRITO DE IMPERIAL – ACTUALIZADO.
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