MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 001-2013-ALC/MDI
Imperial, 22 de Febrero del 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE
VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 021-2013-CMDI de fecha 19 de Febrero del 2013; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972. Concordante con el Art. 194° de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607;
Que, de Conformidad con lo establecido en el Art. 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2011-MDI de fecha 27 de Diciembre del 2011 modificada mediante Ordenanza Municipal N° 001-2012-MDI de fecha 18 de Enero del 2012, se reglamenta el proceso de Rendición de Cuentas en el ámbito jurisdiccional de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete, en la cual se establecen los mecanismos concretos para informar a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de la gestión;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 8° de la Ordenanza Municipal Nº 016-2011-MDI, la Rendición de Cuentas en Audiencia Pública se realizara dos veces al año; siendo esto así; es necesario se proceda de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 10° de la precitada Ordenanza;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo N° 021-2013-CMDI de fecha 19 de Febrero del 2013 respecto a la fecha y hora determinada para la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas en la Modalidad de Asamblea Distrital Informativa correspondiente al Segundo Semestre del Ejercicio Fiscal 2012; y estando coordinado con la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; y en concordancia con lo previsto en el Artículo 8º y 10° de la citada Ordenanza Municipal, es necesario oficializar dicha fecha y hora mediante Decreto de Alcaldía;
Estando a lo expuesto; en uso de las atribuciones conferidas en el Numeral 6) del Artículo 20° la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con las visaciones de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica;
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- CONVOCAR a la población del Distrito de Imperial a la AUDIENCIA PUBLICA de RENDICION DE CUENTAS en la MODALIDAD de ASAMBLEA DISTRITAL INFORMATIVA correspondiente al Segundo Semestre del Ejercicio Fiscal 2012, a llevarse a cabo el día 13 de Marzo del 2013, a horas 05:30 p.m. en la Plaza de Armas del Distrito de Imperial-Cañete; donde se presentará el Informe del Segundo Semestre del Ejercicio Fiscal 2012, pudiendo participar todos los ciudadanos e instituciones debidamente organizados y previamente inscritas con su documento de identidad, ante la Sub-gerencia de Participación Vecinal y Centros Poblados de la Gerencia de Desarrollo Socio-económico de la Municipalidad Distrital de Imperial.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, adoptar las acciones administrativas que sean necesarias para la Rendición de Cuentas, y a la Oficina de Imagen Institucional en lo que se refiere a su difusión
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Informática y Estadística la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal de la Municipalidad Distrital de Imperial.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
26 febrero 2013
25 febrero 2013
CAÑETE: QUINUA SEMBRADA EN MALA Y CALANGO RINDE HASTA 4 TONELADAS POR HECTÁREA
En los distritos de Mala y Calango de la provincia limeña de Cañete, cuyos valles se encuentran entre los 30 y 300 metros sobre el nivel del mar, se han logrado desarrollar sembríos de quinua con rendimientos que alcanzaron las 4,2 toneladas por hectárea.
Esto constituye un récord de producción a nivel nacional, pues el promedio en el Perú es de 1,1 tonelada por hectárea, según el Ministerio de Agricultura.
EVALUACION
Para ello, el año pasado el Centro Peruano de Promoción y Desarrollo Psicosocial, con el asesoramiento técnico de la Agencia Agraria de Mala, instaló 5,5 hectáreas de quinua de las variedades Pasankalla (grano rojo) y Blanca de Huallhuas (blanco) en ambas localidades, con la participación de 25 agricultores de la asociación Lomas de Aymara.
Allí se evaluó el comportamiento de las plantaciones de quinua a las condiciones propias de la costa, como el suelo, el agua y el clima.
Según las pruebas de campo realizadas en esta zona, el momento óptimo de siembra a nivel de la costa central son a fines de invierno, para que la cosecha se realice en los meses de verano, lo cual facilita el secado de los granos y ayuda a mejorar las condiciones de trilla.
Los técnicos de la Agencia Agraria de Mala también comprobaron que la quinua tolera la salinidad de los suelos y el estrés hídrico del ambiente costero.
EN PROCESO DE SELECCION PARA COMERCIALIZARLO AL EXTERIOR
En la actualidad, las más de 20 toneladas de quinua convencional producidas en estas parcelas se encuentran en proceso de selección para su comercialización en el mercado internacional.
Este logro confirma que el «grano de oro de los andes» puede desarrollarse con excelentes resultados en toda la franja costera del país, pudiendo cultivarse hasta 200 mil hectáreas más.
Esto constituye un récord de producción a nivel nacional, pues el promedio en el Perú es de 1,1 tonelada por hectárea, según el Ministerio de Agricultura.
EVALUACION
Para ello, el año pasado el Centro Peruano de Promoción y Desarrollo Psicosocial, con el asesoramiento técnico de la Agencia Agraria de Mala, instaló 5,5 hectáreas de quinua de las variedades Pasankalla (grano rojo) y Blanca de Huallhuas (blanco) en ambas localidades, con la participación de 25 agricultores de la asociación Lomas de Aymara.
Allí se evaluó el comportamiento de las plantaciones de quinua a las condiciones propias de la costa, como el suelo, el agua y el clima.
Según las pruebas de campo realizadas en esta zona, el momento óptimo de siembra a nivel de la costa central son a fines de invierno, para que la cosecha se realice en los meses de verano, lo cual facilita el secado de los granos y ayuda a mejorar las condiciones de trilla.
Los técnicos de la Agencia Agraria de Mala también comprobaron que la quinua tolera la salinidad de los suelos y el estrés hídrico del ambiente costero.
EN PROCESO DE SELECCION PARA COMERCIALIZARLO AL EXTERIOR
En la actualidad, las más de 20 toneladas de quinua convencional producidas en estas parcelas se encuentran en proceso de selección para su comercialización en el mercado internacional.
Este logro confirma que el «grano de oro de los andes» puede desarrollarse con excelentes resultados en toda la franja costera del país, pudiendo cultivarse hasta 200 mil hectáreas más.
DIARIO LA REPÚBLICA RESALTA FELICITACIÓN QUE HIZO EL MANDATARIO OLLANTA HUMALA AL PRESIDENTE REGIONAL JAVIER ALVARADO
Tras la felicitación del Mandatario de la Nación, Ollanta Humala Tasso, al presidente regional de Lima Provincias Javier Alvarado por demostrar capacidad de inversión presupuestal durante el 2012; importantes medios de comunicación de alcance nacional han dado relevancia a lo afirmado por el Jefe de Estado durante su visita al distrito de Santa María.
Tal es el caso del diario La República que ha publicado la nota informativa «Gobierno Busca Continuidad de Proyectos en las Regiones», donde el Jefe de Estado destaca a los gobiernos que han demostrado capacidad de ejecución de los presupuestos transferidos por el Estado, siendo un ejemplo de ello, el Gobierno Regional de Lima que preside Javier Alvarado.
En la nota, el presidente Humala Tasso afirma que el buen gerenciamiento de los recursos públicos en la región Lima Provincias les permitirá beneficiarse con incentivos económicos que servirá para afianzar otras obras a favor de la población.
Como se conoce, el Gobierno Regional de Lima cerró el año 2012 ocupando el primer lugar en capacidad de ejecución de proyectos de inversión pública, con un 99.6%, a nivel de los 26 gobiernos regionales.
En otro párrafo, se destaca la importancia del trabajo articulado de los gobiernos nacional, regional y local a fin de atender las demandas de la población de escasos recursos. Esta modalidad de gestión viene siendo aplicada por la actual administración del Gobierno Regional de Lima con sus autoridades provinciales y distritales.
De otro lado, comentó que el Gobierno Central está verificando los mecanismos legales que evite la devolución de los presupuestos no empleados por los gobiernos regionales y locales al erario nacional, puesto que en la actualidad de acuerdo a Ley este dinero no ejecutado se devuelve.
Tal es el caso del diario La República que ha publicado la nota informativa «Gobierno Busca Continuidad de Proyectos en las Regiones», donde el Jefe de Estado destaca a los gobiernos que han demostrado capacidad de ejecución de los presupuestos transferidos por el Estado, siendo un ejemplo de ello, el Gobierno Regional de Lima que preside Javier Alvarado.
En la nota, el presidente Humala Tasso afirma que el buen gerenciamiento de los recursos públicos en la región Lima Provincias les permitirá beneficiarse con incentivos económicos que servirá para afianzar otras obras a favor de la población.
Como se conoce, el Gobierno Regional de Lima cerró el año 2012 ocupando el primer lugar en capacidad de ejecución de proyectos de inversión pública, con un 99.6%, a nivel de los 26 gobiernos regionales.
En otro párrafo, se destaca la importancia del trabajo articulado de los gobiernos nacional, regional y local a fin de atender las demandas de la población de escasos recursos. Esta modalidad de gestión viene siendo aplicada por la actual administración del Gobierno Regional de Lima con sus autoridades provinciales y distritales.
De otro lado, comentó que el Gobierno Central está verificando los mecanismos legales que evite la devolución de los presupuestos no empleados por los gobiernos regionales y locales al erario nacional, puesto que en la actualidad de acuerdo a Ley este dinero no ejecutado se devuelve.
NELSON CHUI REALIZO ACTIVIDAD ORIENTADA A PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE EN CERRO AZUL
En el marco de un programa de actividades, el Ing. Nelson Chui Mejía, líder de la agrupación política Concertación para el Desarrollo Regional visito el día domingo 24 de febrero el distrito de Cerro Azul, para motivar una importante actividad vinculada a la conservación y protección del medio ambiente.
Los militantes del partido de «la familia», se concentraron desde las 10 de la mañana en la plaza de armas de Cerro Azul, y desde allí se dirigieron hasta el muelle artesanal, con la finalidad de recorrer las zonas de playas, y entregar a los bañistas bolsas de plástico, para que las familias las puedan usar, para depositar sus residuos sólidos, con el objetivo de cuidar el medio ambiente y promover una vida saludable.
Con el inicio de esta actividad social, y en el marco de una tarea partidaria, Nelson Chui vuelve a la escena política y en esta visita desarrollo una reunión con representantes de algunos gremios y agrupaciones vecinales, para conocer sus problemas y reales necesidades que afrontan en sus respectivas organizaciones.
Sin duda, aspira a volver a sentarse en el sillón de la presidencia regional, y espera madrugar a todos los demás candidatos que no vienen dando señales de vida.
Los militantes del partido de «la familia», se concentraron desde las 10 de la mañana en la plaza de armas de Cerro Azul, y desde allí se dirigieron hasta el muelle artesanal, con la finalidad de recorrer las zonas de playas, y entregar a los bañistas bolsas de plástico, para que las familias las puedan usar, para depositar sus residuos sólidos, con el objetivo de cuidar el medio ambiente y promover una vida saludable.
Con el inicio de esta actividad social, y en el marco de una tarea partidaria, Nelson Chui vuelve a la escena política y en esta visita desarrollo una reunión con representantes de algunos gremios y agrupaciones vecinales, para conocer sus problemas y reales necesidades que afrontan en sus respectivas organizaciones.
Sin duda, aspira a volver a sentarse en el sillón de la presidencia regional, y espera madrugar a todos los demás candidatos que no vienen dando señales de vida.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
COMUNICADO
El Gobierno Regional de Lima hace de conocimiento a la ciudadanía en general lo siguiente:
1. Que personas inescrupulosas, burdamente en las últimas horas han clonado la página web oficial del Gobierno Regional de Lima Provincias, con el único propósito de generar confusión y una mala imagen ante los cibernautas que a diario hacen uso de este portal para informarse de los trabajos y actividades que realiza nuestra institución.
2. Ante ello, se advierte a la ciudadanía a no dejarse sorprender, indicándoles que la única y verdadera dirección de la página institucional del Gobierno Regional de Lima provincias es www.regionlima.gob.pe y NO www.regionlima.com, tal como se viene promocionando por las diferentes redes sociales.
3. Al respecto, la entidad regional ya viene investigando el caso con el propósito de identificar a los responsables de este atentado contra la propiedad intelectual del estado, y de esta manera, iniciar las acciones legales contra quienes resulten responsables.
Oficina de Relaciones Públicas y Comunicaciones
COMUNICADO
El Gobierno Regional de Lima hace de conocimiento a la ciudadanía en general lo siguiente:
1. Que personas inescrupulosas, burdamente en las últimas horas han clonado la página web oficial del Gobierno Regional de Lima Provincias, con el único propósito de generar confusión y una mala imagen ante los cibernautas que a diario hacen uso de este portal para informarse de los trabajos y actividades que realiza nuestra institución.
2. Ante ello, se advierte a la ciudadanía a no dejarse sorprender, indicándoles que la única y verdadera dirección de la página institucional del Gobierno Regional de Lima provincias es www.regionlima.gob.pe y NO www.regionlima.com, tal como se viene promocionando por las diferentes redes sociales.
3. Al respecto, la entidad regional ya viene investigando el caso con el propósito de identificar a los responsables de este atentado contra la propiedad intelectual del estado, y de esta manera, iniciar las acciones legales contra quienes resulten responsables.
Oficina de Relaciones Públicas y Comunicaciones
LEY SECA POR CONSULTA DE REVOCATORIA REGIRA DESDE EL VIERNES 15 DE MARZO
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que desde las 00.00 horas del viernes 15 de marzo hasta el mediodía del lunes 18 regirá en Lima la denominada «Ley seca», que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas, con ocasión de la consulta popular de revocatoria.
Según Arturo Revoredo, subgerente de Operaciones Electorales de la ONPE, las normas sobre el particular señalan que durante el periodo de restricción también se prohíbe el consumo de licor en lugares públicos, por lo que se recomienda cerrar los establecimientos dedicados a ese fin.
Recalcó que, en caso de incumplimiento a esta restricción se aplicarán las sanciones respectivas, que van desde amonestaciones hasta el cierre de los locales y las multas pecuniarias previstas por ley, de 50 por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo monto equivalentes es de S/. 1,850.
«Hay sanciones que las impone el Jurado Nacional de Elecciones. Estas restricciones, que ya se aplicaron en las elecciones generales del año 2011, también se aplican para esta consulta popular», remarcó el especialista.
Revoredo dijo, además, desde el sábado 16 hasta el lunes 18 de marzo está prohibido portar armas de fuego.
También indicó que quedará prohibida desde las primeras horas del viernes 15 la realización de manifestaciones públicas de carácter político; mientras que, al día siguiente (sábado 16) no se podrás detener o reducir a prisión a los ciudadanos habilitados para votar, salvo flagrancia.
Durante las horas de votación tampoco se no podrán realizar espectáculos populares, ni estarán permitidas las funciones de cine, teatro, ni reuniones de ningún tipo.
Asimismo, el mismo día de la consulta popular estarán prohibidas las reuniones de electores en un radio menor de cien metros de una mesa de sufragio.
Para mayor información, invitó al público a visitar la página web de la Onpe: www.onpe.gob.pe o llamar a la línea gratuita 0800-20-100.
Según Arturo Revoredo, subgerente de Operaciones Electorales de la ONPE, las normas sobre el particular señalan que durante el periodo de restricción también se prohíbe el consumo de licor en lugares públicos, por lo que se recomienda cerrar los establecimientos dedicados a ese fin.
Recalcó que, en caso de incumplimiento a esta restricción se aplicarán las sanciones respectivas, que van desde amonestaciones hasta el cierre de los locales y las multas pecuniarias previstas por ley, de 50 por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo monto equivalentes es de S/. 1,850.
«Hay sanciones que las impone el Jurado Nacional de Elecciones. Estas restricciones, que ya se aplicaron en las elecciones generales del año 2011, también se aplican para esta consulta popular», remarcó el especialista.
Revoredo dijo, además, desde el sábado 16 hasta el lunes 18 de marzo está prohibido portar armas de fuego.
También indicó que quedará prohibida desde las primeras horas del viernes 15 la realización de manifestaciones públicas de carácter político; mientras que, al día siguiente (sábado 16) no se podrás detener o reducir a prisión a los ciudadanos habilitados para votar, salvo flagrancia.
Durante las horas de votación tampoco se no podrán realizar espectáculos populares, ni estarán permitidas las funciones de cine, teatro, ni reuniones de ningún tipo.
Asimismo, el mismo día de la consulta popular estarán prohibidas las reuniones de electores en un radio menor de cien metros de una mesa de sufragio.
Para mayor información, invitó al público a visitar la página web de la Onpe: www.onpe.gob.pe o llamar a la línea gratuita 0800-20-100.
SE VIENE EVALUACION PARA INGRESO A NUEVA ESCALA MAGISTERIAL, ANUNCIA MINISTERIO DE EDUCACION...
En agosto de este año y en febrero del 2014 se realizarán las evaluaciones excepcionales a los docentes de la Ley del Profesorado para su reubicación en la nueva escala de la Ley de Reforma Magisterial, anunció la directora general de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, María Palacios Vallejo.
CONVOCATORIA EN ABRIL Y NOVIEMBRE DE ESTE AÑO
La funcionaria señaló que la convocatoria para ambas evaluaciones se hará en abril y noviembre de este año, y ratificó que en marzo se convocará a la evaluación para el acceso a cargos directivos, previsto para julio de este año.
Palacios Vallejo dio estas declaraciones durante su exposición en el foro «Los educadores y la evaluación en el aula», organizado por el Sindicato Único de Trabajadores en la Educación del Perú (SUTEP).
CONVOCATORIA EN ABRIL Y NOVIEMBRE DE ESTE AÑO
La funcionaria señaló que la convocatoria para ambas evaluaciones se hará en abril y noviembre de este año, y ratificó que en marzo se convocará a la evaluación para el acceso a cargos directivos, previsto para julio de este año.
Palacios Vallejo dio estas declaraciones durante su exposición en el foro «Los educadores y la evaluación en el aula», organizado por el Sindicato Único de Trabajadores en la Educación del Perú (SUTEP).
EDICTOS
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA - JUZGADO PENAL LIQUIDADOR MALA; Dr. Chacaliaza, cita , llama y emplaza:
EXP.- 2009-241; al procesado FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, para que concurra a la Diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, el Día: 18.03.2013 a Hora: 3:00pm; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a Nivel Nacional en caso de inconcurrencia, en la instrucción que se le sigue como presunto autor del Delito Contra La Vida el Cuerpo y la Salud – LESIONES GRAVES en Agravio de Rufino Walter Rodríguez Valdivia. Mala 15.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE – PENAL LIQUIDADOR; Dr. García; cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2009-1048; Procesado JUAN CARLOS VENTURO LOPEZ a efecto que se apersone ante éste Juzgado en horas de Despacho, y llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en el proceso que se le sigue por Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Falso. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario Astohuamán. Cañete 18.01.2013
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Dra. Pérez ; resuelve:
EXP.- 2012 – 1000 ; Notificar a la agraviada SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA: Audiencia Única ( 07/02/2013): Resolución 08: RESUELVE: Saneado el proceso seguido por el Ministerio Público contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS sobre Violencia Familiar-Maltrato sin Lesión, en agravio de SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA. Resolución 09: Se ADMITEN Y ACTUAN LOS MEDIOS PROBATORIOS; y pasan los autos a Despacho para sentenciar. Secretaria: Claudio. Cañete, 07.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1753-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de José Juan Chumpitaz Alcalá, inscrita en el libro 156, folio 012294586, año 2008, en el extremo que se ha consignado su estado civil como CASADO, siendo lo correcto VIUDO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1752-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Juan Antonio Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 133, folio 22, año 1959, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JUAN CHUMPITAZ y UBERTA TAYA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1751-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Victoriano Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 117, folio 76, año 1955, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JOSE JUAN CHUMPITAZ y HUMBERTA TAYA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1750-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Alicia Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 127, folio 64, año 1958, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JOSE JUAN CHUMPITAZ y UBERTA TALLA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1749-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO de Luis Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 149, folio 7, año 1962, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JOSE JUAN CHUMPITAZ y UBERTA TALLA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1608-2013, doña Juana Rosa Quilla Zegarra, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Mario Enrique Sanchez Quilla, inscrita en el libro 107, folio 30 año 1953, en el extremo que se ha consignado como prenombre del padre del titular JUAN ELEUTERIO, siendo lo correcto JUAN ELEUTERIO ENRIQUE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA - JUZGADO PENAL LIQUIDADOR MALA; Dr. Chacaliaza, cita , llama y emplaza:
EXP.- 2009-241; al procesado FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, para que concurra a la Diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, el Día: 18.03.2013 a Hora: 3:00pm; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a Nivel Nacional en caso de inconcurrencia, en la instrucción que se le sigue como presunto autor del Delito Contra La Vida el Cuerpo y la Salud – LESIONES GRAVES en Agravio de Rufino Walter Rodríguez Valdivia. Mala 15.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE – PENAL LIQUIDADOR; Dr. García; cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2009-1048; Procesado JUAN CARLOS VENTURO LOPEZ a efecto que se apersone ante éste Juzgado en horas de Despacho, y llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en el proceso que se le sigue por Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Falso. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario Astohuamán. Cañete 18.01.2013
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Dra. Pérez ; resuelve:
EXP.- 2012 – 1000 ; Notificar a la agraviada SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA: Audiencia Única ( 07/02/2013): Resolución 08: RESUELVE: Saneado el proceso seguido por el Ministerio Público contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS sobre Violencia Familiar-Maltrato sin Lesión, en agravio de SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA. Resolución 09: Se ADMITEN Y ACTUAN LOS MEDIOS PROBATORIOS; y pasan los autos a Despacho para sentenciar. Secretaria: Claudio. Cañete, 07.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1753-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de José Juan Chumpitaz Alcalá, inscrita en el libro 156, folio 012294586, año 2008, en el extremo que se ha consignado su estado civil como CASADO, siendo lo correcto VIUDO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1752-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Juan Antonio Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 133, folio 22, año 1959, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JUAN CHUMPITAZ y UBERTA TAYA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1751-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Victoriano Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 117, folio 76, año 1955, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JOSE JUAN CHUMPITAZ y HUMBERTA TAYA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1750-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Alicia Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 127, folio 64, año 1958, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JOSE JUAN CHUMPITAZ y UBERTA TALLA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1749-2013, don Victoriano Chumpitaz, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO de Luis Chumpitaz Talla, inscrita en el libro 149, folio 7, año 1962, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular JOSE JUAN CHUMPITAZ y UBERTA TALLA, siendo lo correcto JOSE JUAN CHUMPITAZ ALCALA y HUMBERTA TALLA ROMERO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1608-2013, doña Juana Rosa Quilla Zegarra, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Mario Enrique Sanchez Quilla, inscrita en el libro 107, folio 30 año 1953, en el extremo que se ha consignado como prenombre del padre del titular JUAN ELEUTERIO, siendo lo correcto JUAN ELEUTERIO ENRIQUE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
23 febrero 2013
CONVOCATORIA PARA CONCURSO PÚBLICO CAS EN MUNICIPALIDAD DE IMPERIAL
La Municipalidad distrital de Imperial ha realizado la convocatoria para el concurso público CAS N°001-2013-MDI, para cubrir diversas plazas por contrato para el presente año 2013.
La presentación de la hoja de vida documentada es hasta del 25 de febrero hasta el 01 de marzo y los interesados deberán presentarlo en sobre cerrado consignando el número de Proceso CAS y código del cargo al cual postula.
Según el cronograma establecido, la evaluación de la hoja de vida se llevará a cabo del 2 al 5 de marzo y estará a cargo de la comisión especial del concurso público, y la publicación de los resultados de la evaluación será publicada en el portal web y paneles de la municipalidad el 6 de marzo.
La evaluación de conocimiento será el 7 de marzo y la publicación del resultado final será el 14 de marzo, a partir de las 9.00 am.
Las plazas vacantes son 104.
Tras la culminación del proceso se suscribirá contrato con los aprobados el 15 de marzo e iniciarán sus labores el 16 del mismo mes.

La presentación de la hoja de vida documentada es hasta del 25 de febrero hasta el 01 de marzo y los interesados deberán presentarlo en sobre cerrado consignando el número de Proceso CAS y código del cargo al cual postula.
Según el cronograma establecido, la evaluación de la hoja de vida se llevará a cabo del 2 al 5 de marzo y estará a cargo de la comisión especial del concurso público, y la publicación de los resultados de la evaluación será publicada en el portal web y paneles de la municipalidad el 6 de marzo.
La evaluación de conocimiento será el 7 de marzo y la publicación del resultado final será el 14 de marzo, a partir de las 9.00 am.
Las plazas vacantes son 104.
Tras la culminación del proceso se suscribirá contrato con los aprobados el 15 de marzo e iniciarán sus labores el 16 del mismo mes.

EDICTOS
EDICTO
Que por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del Sr. Juez Dr. Raúl Cuentas Lagos, y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA presentado por MAURO MANUEL ORMEÑO ESPINOZA ,de quien en vida fuera su madre Aquilina Espinoza Vda. de Ormeño, fallecida el 21-07-2011, AB INTESTATO. Comunicándose para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria. Lo que se publica para los fines legales pertinentes.
Mala, 07 de Febrero de 2013.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
Exp. Nº 001-2013-NC: Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí – Yauyos, que despacha el Dr. Luis Jesús Raymondi Lorenzo – Juez y Luciano Orlando Lucas García; FRANCISCO ROGER VALERIANO SEGURA, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su Sr. Padre Victoriano Zagosta Valeriano Castillo, en donde se incurrió en error al consignar los datos de su señora madre apareciendo como «ISABEL JIMENEZ SEGURA» debiendo ser lo correcto «ISABEL SEGURA JIMENEZ».
Ayavirí, 22 de Enero de 2013.
Luciano O. Lucas García
Secretario (E)
Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA - JUZGADO PENAL LIQUIDADOR MALA; Dr. Chacaliaza, cita , llama y emplaza:
EXP.- 2009-241; al procesado FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, para que concurra a la Diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, el Día: 18.03.2013 a Hora: 3:00pm; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a Nivel Nacional en caso de inconcurrencia, en la instrucción que se le sigue como presunto autor del Delito Contra La Vida el Cuerpo y la Salud – LESIONES GRAVES en Agravio de Rufino Walter Rodríguez Valdivia. Mala 15.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE – PENAL LIQUIDADOR; Dr. García; cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2009-1048; Procesado JUAN CARLOS VENTURO LOPEZ a efecto que se apersone ante éste Juzgado en horas de Despacho, y llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en el proceso que se le sigue por Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Falso. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario Astohuamán. Cañete 18.01.2013
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Dra. Pérez ; resuelve:
EXP.- 2012 – 1000 ; Notificar a la agraviada SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA: Audiencia Única ( 07/02/2013): Resolución 08: RESUELVE: Saneado el proceso seguido por el Ministerio Público contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS sobre Violencia Familiar-Maltrato sin Lesión, en agravio de SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA. Resolución 09: Se ADMITEN Y ACTUAN LOS MEDIOS PROBATORIOS; y pasan los autos a Despacho para sentenciar. Secretaria: Claudio. Cañete, 07.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
EDICTOS PENALES (1 DIA )
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Dr. Huertas comunica y emplaza:
EXP.- 800-2012-9.- a LUIS ALBERTO LLARENA SAKASEWA. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 15.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «D» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional por Delito : Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviada: Carmen Luisa Kuroiwa Villalobos. Especialista: Alvarado. Cañete, 20.02.2013.
EXP.- 0601-2011-50.- a JOSÉ LUIS BARAHONA EGUAVIL. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 22.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «C» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor José María BarahonaCasas. Especialista: Yaya. Cañete, 19.02.2013
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Exp. Nº 1779-2013.- Se hace saber que don CARLOS EDUARDO CABEZAS PALOMINO, de 45 años, natural de Chincha – Ica, de ocupación empleado, con DNI Nº 21824744, domiciliado en CPM. Laura Caller s/n – San Luis; y doña YOLANDA HUAPAYA VIACABA, de 49 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI Nº 15412166, de ocupación ama de casa, domiciliada en CPM. Laura Caller s/n – San Luis, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Viernes 15 de Marzo de 2013. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1357-2012-MDC, doña Rosa Adelina Cáceres Marca de Sánchez, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su señor padre inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 30, folio 00417974, año 2002, que erróneamente se ha consignado:
Datos del titular: dice: CACERES REYES MANUEL, debe decir: CACERES REYES MANUEL ANTONINO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 28 de Agosto de 2012
Rosa M. Alvarez Chumpitaz - Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
OFICINA DE REGISTROS CIVILES
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO VIA ADMINISTRATIVA
OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
REGISTRADOR.- Felícita Eusebia Arias de Torres
SOLICITANTE.- Jany Zoila Quispe Camacho
RECTIFICACION.- Acta de Nacimiento de la solicitante.
Adicionar el segundo prenombre y corregir el apellido de la madre de la titular.
DICE: Zoila Camacho Agapito de Quispe
DEBE DECIR: Zoila Felipa Camacho Agapito
Fecha de Presentación de la solicitud.- 21 - 02 - 2013.
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe de Oficina de Registros Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
OFICINA DE REGISTROS CIVILES
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO VIA ADMINISTRATIVA
OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
REGISTRADOR.- Felícita Eusebia Arias de Torres
SOLICITANTE.- Edwin Alejandro Quispe Camacho
RECTIFICACION.- Acta de Nacimiento del solicitante.
Corregir el apellido de la madre de la titular.
DICE: Zoila Felipa Camacho de Quispe
DEBE DECIR: Zoila Felipa Camacho Agapito
Fecha de Presentación de la solicitud.- 21 - 02 - 2013.
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe de Oficina de Registros Estado Civil
Que por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del Sr. Juez Dr. Raúl Cuentas Lagos, y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA presentado por MAURO MANUEL ORMEÑO ESPINOZA ,de quien en vida fuera su madre Aquilina Espinoza Vda. de Ormeño, fallecida el 21-07-2011, AB INTESTATO. Comunicándose para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria. Lo que se publica para los fines legales pertinentes.
Mala, 07 de Febrero de 2013.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
Exp. Nº 001-2013-NC: Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí – Yauyos, que despacha el Dr. Luis Jesús Raymondi Lorenzo – Juez y Luciano Orlando Lucas García; FRANCISCO ROGER VALERIANO SEGURA, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su Sr. Padre Victoriano Zagosta Valeriano Castillo, en donde se incurrió en error al consignar los datos de su señora madre apareciendo como «ISABEL JIMENEZ SEGURA» debiendo ser lo correcto «ISABEL SEGURA JIMENEZ».
Ayavirí, 22 de Enero de 2013.
Luciano O. Lucas García
Secretario (E)
Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA - JUZGADO PENAL LIQUIDADOR MALA; Dr. Chacaliaza, cita , llama y emplaza:
EXP.- 2009-241; al procesado FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, para que concurra a la Diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, el Día: 18.03.2013 a Hora: 3:00pm; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a Nivel Nacional en caso de inconcurrencia, en la instrucción que se le sigue como presunto autor del Delito Contra La Vida el Cuerpo y la Salud – LESIONES GRAVES en Agravio de Rufino Walter Rodríguez Valdivia. Mala 15.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE – PENAL LIQUIDADOR; Dr. García; cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2009-1048; Procesado JUAN CARLOS VENTURO LOPEZ a efecto que se apersone ante éste Juzgado en horas de Despacho, y llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en el proceso que se le sigue por Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Falso. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario Astohuamán. Cañete 18.01.2013
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Dra. Pérez ; resuelve:
EXP.- 2012 – 1000 ; Notificar a la agraviada SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA: Audiencia Única ( 07/02/2013): Resolución 08: RESUELVE: Saneado el proceso seguido por el Ministerio Público contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS sobre Violencia Familiar-Maltrato sin Lesión, en agravio de SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA. Resolución 09: Se ADMITEN Y ACTUAN LOS MEDIOS PROBATORIOS; y pasan los autos a Despacho para sentenciar. Secretaria: Claudio. Cañete, 07.02.2013
23, 25 y 26 de Febrero
EDICTOS PENALES (1 DIA )
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Dr. Huertas comunica y emplaza:
EXP.- 800-2012-9.- a LUIS ALBERTO LLARENA SAKASEWA. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 15.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «D» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional por Delito : Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviada: Carmen Luisa Kuroiwa Villalobos. Especialista: Alvarado. Cañete, 20.02.2013.
EXP.- 0601-2011-50.- a JOSÉ LUIS BARAHONA EGUAVIL. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 22.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «C» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor José María BarahonaCasas. Especialista: Yaya. Cañete, 19.02.2013
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Exp. Nº 1779-2013.- Se hace saber que don CARLOS EDUARDO CABEZAS PALOMINO, de 45 años, natural de Chincha – Ica, de ocupación empleado, con DNI Nº 21824744, domiciliado en CPM. Laura Caller s/n – San Luis; y doña YOLANDA HUAPAYA VIACABA, de 49 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI Nº 15412166, de ocupación ama de casa, domiciliada en CPM. Laura Caller s/n – San Luis, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Viernes 15 de Marzo de 2013. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1357-2012-MDC, doña Rosa Adelina Cáceres Marca de Sánchez, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su señor padre inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 30, folio 00417974, año 2002, que erróneamente se ha consignado:
Datos del titular: dice: CACERES REYES MANUEL, debe decir: CACERES REYES MANUEL ANTONINO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 28 de Agosto de 2012
Rosa M. Alvarez Chumpitaz - Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
OFICINA DE REGISTROS CIVILES
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO VIA ADMINISTRATIVA
OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
REGISTRADOR.- Felícita Eusebia Arias de Torres
SOLICITANTE.- Jany Zoila Quispe Camacho
RECTIFICACION.- Acta de Nacimiento de la solicitante.
Adicionar el segundo prenombre y corregir el apellido de la madre de la titular.
DICE: Zoila Camacho Agapito de Quispe
DEBE DECIR: Zoila Felipa Camacho Agapito
Fecha de Presentación de la solicitud.- 21 - 02 - 2013.
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe de Oficina de Registros Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
OFICINA DE REGISTROS CIVILES
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO VIA ADMINISTRATIVA
OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
REGISTRADOR.- Felícita Eusebia Arias de Torres
SOLICITANTE.- Edwin Alejandro Quispe Camacho
RECTIFICACION.- Acta de Nacimiento del solicitante.
Corregir el apellido de la madre de la titular.
DICE: Zoila Felipa Camacho de Quispe
DEBE DECIR: Zoila Felipa Camacho Agapito
Fecha de Presentación de la solicitud.- 21 - 02 - 2013.
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe de Oficina de Registros Estado Civil
22 febrero 2013
BOMBEROS DEBEN PERCIBIR UN SUELDO QUE LES PERMITA TRABAJAR A TIEMPO COMPLETO...
Los integrantes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) requieren de un salario que les permita trabajar a tiempo y dedicación completos, sostuvo su comandante general, Juan Lostaunau Silva, quien no descartó la posibilidad de impulsar una iniciativa legislativa sobre el particular.
«Debe ser un sueldo honorable para que cumpla con un trabajo eficiente, a tiempo completo y que deje todo lo suyo, prácticamente tendría que ser un sueldo que no me atrevo ni a decirlo», anotó.
Al respecto, Lostaunau mencionó que la labor de los bomberos, de cubrir las emergencias que se presentan a nivel nacional, constituye un importante ahorro en el presupuesto nacional.
Insistió en la necesidad de incrementar el número de bomberos y de unidades contra incendios para atender las emergencias en una ciudad con una población tan grande como Lima.
«Necesitamos mejorar los equipos y la cantidad de bomberos. Sólo en Lima, por su población, se necesitan por lo menos 600 compañías y actualmente estamos sólo con 60. Tenemos que crecer», aseveró.
BOMBERO JOVEN
Saludó el programa Bombero Joven, que se implementará en las próximas semanas y que permitirá preparar a jóvenes de 15 a 17 años de edad para cumplir en el futuro una labor como bomberos profesionales.
«No saldrán a emergencias, sólo van a conocer todo lo que es la parte del sistema para que vayan incorporándose al trabajo de los bomberos y en el futuro responder al reto que representan las emergencias», explicó.
Al respecto, el vicecomandante del CGBVP, Jorge Vera Corrales, precisó que son más de 8,000 los bomberos que operan de manera voluntaria en Perú y que se requeriría, por lo menos, de 100,000 de estos efectivos.
Puso como ejemplo el caso de Chile, donde funcionan alrededor de 1,100 compañías de bomberos para atender 35,000 emergencias al año; mientras que en Perú se atiende un promedio de 110,000 emergencias con casi la décima parte de las compañías que tiene el país vecino.
«Debe ser un sueldo honorable para que cumpla con un trabajo eficiente, a tiempo completo y que deje todo lo suyo, prácticamente tendría que ser un sueldo que no me atrevo ni a decirlo», anotó.
Al respecto, Lostaunau mencionó que la labor de los bomberos, de cubrir las emergencias que se presentan a nivel nacional, constituye un importante ahorro en el presupuesto nacional.
Insistió en la necesidad de incrementar el número de bomberos y de unidades contra incendios para atender las emergencias en una ciudad con una población tan grande como Lima.
«Necesitamos mejorar los equipos y la cantidad de bomberos. Sólo en Lima, por su población, se necesitan por lo menos 600 compañías y actualmente estamos sólo con 60. Tenemos que crecer», aseveró.
BOMBERO JOVEN
Saludó el programa Bombero Joven, que se implementará en las próximas semanas y que permitirá preparar a jóvenes de 15 a 17 años de edad para cumplir en el futuro una labor como bomberos profesionales.
«No saldrán a emergencias, sólo van a conocer todo lo que es la parte del sistema para que vayan incorporándose al trabajo de los bomberos y en el futuro responder al reto que representan las emergencias», explicó.
Al respecto, el vicecomandante del CGBVP, Jorge Vera Corrales, precisó que son más de 8,000 los bomberos que operan de manera voluntaria en Perú y que se requeriría, por lo menos, de 100,000 de estos efectivos.
Puso como ejemplo el caso de Chile, donde funcionan alrededor de 1,100 compañías de bomberos para atender 35,000 emergencias al año; mientras que en Perú se atiende un promedio de 110,000 emergencias con casi la décima parte de las compañías que tiene el país vecino.
EL RENACIMIENTO DE LAS COOPERATIVAS PRODUCTIVAS
Escribe: Teófilo Osorio de la Cruz - Presidente de COPEAGRO
Hace más de 40 años, cuando el modelo cooperativo fue introducido en el Perú por el gobierno del General Juan Velazco Alvarado, alcanzó una importancia exitosa que benefició a cientos de miles de familias agrícolas de pequeña escala. Pero que con el transcurrir del tiempo, este modelo de buen diseño legal, poco a poco fue extinguiéndose debido a muchos factores, sobre todo al surgimiento de otros modelos de productividad modernos.
Hoy con la creación de una nueva LEY DE COOPERATIVAS, ha despertado el interés de miles de pequeños productores (sobretodo) agropecuarios de familias pobres, para constituirse en este modelo de emprendimiento productivo que indudablemente ofrece oportunidades y ventajas de gestión, integración y desarrollo de sus integrantes, respecto a la primera ley.
La nueva ley trae nuevas innovaciones, sobretodo, la introducción de un estilo de gestión económica rural, acorde con el tiempo, en donde se apertura una mayor integración y articulación productiva, para la inserción en nuevos mercados más ventajosos. Aquí el reto será, la de demostrar, que este modelo de gestión de carácter colectivo, no va a limitar una gestión empresarial exitosa como muchos especialistas predicen.
Actualmente en el país existen muchas cooperativas de productores agropecuarios de gran éxito que los diversos medios informativos muestran. Estos están trabajando en la producción con valor agregado en productos novedosos y de mayor demanda, tanto en el mercado nacional como en el exterior. Predomina la producción de bananos, café, cacao y quinuas orgánicas.
La Cooperativa Pecuaria y Agroindustrias-Cañete (COPEAGRO), de reciente fundación, es el fruto de esta nueva concepción productiva de gestión rural, creado con el fin de acabar con la permanente exclusión social y económica impuesta por otros modelos económicos sociales. Básicamente, COPEAGRO está integrada por pequeños productores pecuarios, agrarios, jóvenes emprendedores, trabajadores informales, todos conscientes en superar la pobreza y lograr así el desarrollo integral de todos sus asociados.
Los grandes retos que espera alcanzar COPEAGRO, es tener acceso oportuno y menos burocrático, a los diversos programas agrarios puestos en marcha por el estado: tener acceso al financiamiento con créditos a costos privilegiados. Capacitación con innovación tecnológica con enfoque de resultados. Promoción y facilidades a mercados más competitivos. Producción pecuaria con enfoque de sostenibilidad y principios ecológicos.
Otro reto, será de seguir impulsando el tema de la ASOCIATIVIDAD, para alcanzar los éxitos deseados. Asociatividad, con los productores de forrajes y alimentos balanceados; Asociatividad, con el estado para el control sanitario y el empleo de nuevas tecnologías; Asociatividad, con diversos grupos de consumidores; Asociatividad, con los productores de envases y embalajes para la exportación; Asociatividad, con las ferias gastronómicas, agrarias, regionales y externas; Asociatividad, con los diversos productores pecuarios del país, para mejores estrategias de desarrollo.
COPEAGRO, ha ingresado también en otros rubros agropecuarios que hoy en día, tienen mucha demanda en el mercado interno y externo. Por ello estamos ahora integrando en sus demandas a los algodoneros, ganaderos, maiceros y otros pequeños productores excluidos por los diversos gobiernos, dentro de la provincia de Cañete.
Hace más de 40 años, cuando el modelo cooperativo fue introducido en el Perú por el gobierno del General Juan Velazco Alvarado, alcanzó una importancia exitosa que benefició a cientos de miles de familias agrícolas de pequeña escala. Pero que con el transcurrir del tiempo, este modelo de buen diseño legal, poco a poco fue extinguiéndose debido a muchos factores, sobre todo al surgimiento de otros modelos de productividad modernos.
Hoy con la creación de una nueva LEY DE COOPERATIVAS, ha despertado el interés de miles de pequeños productores (sobretodo) agropecuarios de familias pobres, para constituirse en este modelo de emprendimiento productivo que indudablemente ofrece oportunidades y ventajas de gestión, integración y desarrollo de sus integrantes, respecto a la primera ley.
La nueva ley trae nuevas innovaciones, sobretodo, la introducción de un estilo de gestión económica rural, acorde con el tiempo, en donde se apertura una mayor integración y articulación productiva, para la inserción en nuevos mercados más ventajosos. Aquí el reto será, la de demostrar, que este modelo de gestión de carácter colectivo, no va a limitar una gestión empresarial exitosa como muchos especialistas predicen.
Actualmente en el país existen muchas cooperativas de productores agropecuarios de gran éxito que los diversos medios informativos muestran. Estos están trabajando en la producción con valor agregado en productos novedosos y de mayor demanda, tanto en el mercado nacional como en el exterior. Predomina la producción de bananos, café, cacao y quinuas orgánicas.
La Cooperativa Pecuaria y Agroindustrias-Cañete (COPEAGRO), de reciente fundación, es el fruto de esta nueva concepción productiva de gestión rural, creado con el fin de acabar con la permanente exclusión social y económica impuesta por otros modelos económicos sociales. Básicamente, COPEAGRO está integrada por pequeños productores pecuarios, agrarios, jóvenes emprendedores, trabajadores informales, todos conscientes en superar la pobreza y lograr así el desarrollo integral de todos sus asociados.
Los grandes retos que espera alcanzar COPEAGRO, es tener acceso oportuno y menos burocrático, a los diversos programas agrarios puestos en marcha por el estado: tener acceso al financiamiento con créditos a costos privilegiados. Capacitación con innovación tecnológica con enfoque de resultados. Promoción y facilidades a mercados más competitivos. Producción pecuaria con enfoque de sostenibilidad y principios ecológicos.
Otro reto, será de seguir impulsando el tema de la ASOCIATIVIDAD, para alcanzar los éxitos deseados. Asociatividad, con los productores de forrajes y alimentos balanceados; Asociatividad, con el estado para el control sanitario y el empleo de nuevas tecnologías; Asociatividad, con diversos grupos de consumidores; Asociatividad, con los productores de envases y embalajes para la exportación; Asociatividad, con las ferias gastronómicas, agrarias, regionales y externas; Asociatividad, con los diversos productores pecuarios del país, para mejores estrategias de desarrollo.
COPEAGRO, ha ingresado también en otros rubros agropecuarios que hoy en día, tienen mucha demanda en el mercado interno y externo. Por ello estamos ahora integrando en sus demandas a los algodoneros, ganaderos, maiceros y otros pequeños productores excluidos por los diversos gobiernos, dentro de la provincia de Cañete.
NUEVOS AMBIENTES DEL CENTRO DE SALUD MALA SERÁN INAUGURADOS POR PRESIDENTE REGIONAL DE LIMA
Remozado ambiente entrará en funcionamiento. La obra denominada «Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Centro de Salud Mala» ejecutada por la Unidad Ejecutora Lima Sur del Gobierno Regional de Lima, será inaugurada el próximo 26 de Febrero, por El Presidente Javier Alvarado Gonzáles del Valle.
El Director Ejecutivo de la Red de Salud Chilca Mala, Dr. José Luís Albino Quispe, dio a conocer que el remozado ambiente en breve entrará en funcionamiento para beneficio de la población del Valle de Mala, revelando además que se tiene programado la inauguración para el próximo 26 de Febrero a horas 10:00, donde se contará con la presencia del Presidente Regional, Javier Alvarado Gonzáles del Valle, la Consejera por Cañete, Dra. Liliana Torres Castillo, el Gerente de Desarrollo Social, Lic. Marcelo Lévano Solari, el Dr. Gary Poemape Francia, Director Regional de Salud; entre otras personalidades del Gobierno Regional, Provincial y local.
Cabe precisar que esta nueva infraestructura tiene la finalidad de darle al Centro de Salud Mala la categoría de Centro Materno Infantil, donde funcionará una Moderna Sala de partos, Sala de Recién Nacidos, Sala de Cirugía, sala para internamiento de Niños y Madres Gestantes, el cual beneficiará a la Población de la zona norte de Cañete y Noroeste de Yauyos.
El Director Ejecutivo de la Red de Salud Chilca Mala, Dr. José Luís Albino Quispe, dio a conocer que el remozado ambiente en breve entrará en funcionamiento para beneficio de la población del Valle de Mala, revelando además que se tiene programado la inauguración para el próximo 26 de Febrero a horas 10:00, donde se contará con la presencia del Presidente Regional, Javier Alvarado Gonzáles del Valle, la Consejera por Cañete, Dra. Liliana Torres Castillo, el Gerente de Desarrollo Social, Lic. Marcelo Lévano Solari, el Dr. Gary Poemape Francia, Director Regional de Salud; entre otras personalidades del Gobierno Regional, Provincial y local.
Cabe precisar que esta nueva infraestructura tiene la finalidad de darle al Centro de Salud Mala la categoría de Centro Materno Infantil, donde funcionará una Moderna Sala de partos, Sala de Recién Nacidos, Sala de Cirugía, sala para internamiento de Niños y Madres Gestantes, el cual beneficiará a la Población de la zona norte de Cañete y Noroeste de Yauyos.
HOY SE REALIZA TALLER QUE BUSCA DISMINUCION DE LA MORTALIDAD MATERNA PERINATAL EN LA REGION LIMA
La Red de Salud Cañete - Yauyos, hizo llefgar una invitación a todos los medios de comunicación radial, escrita y televisiva de la provincia de Cañete, a fin de que puedan participar del «Taller Descentralizado de Elaboración del Plan Estratégico Regional para la Disminución de la Mortalidad Materna Perinatal en la Región Lima».
El evento se desarrollará el día de hoy, en el Auditorio del I.E.S.T.P. «Sergio Bernales García»; a partir de las 08:30 a.m.
El evento se desarrollará el día de hoy, en el Auditorio del I.E.S.T.P. «Sergio Bernales García»; a partir de las 08:30 a.m.
JNE RESUELVE: NO PROCEDE VACANCIA CONTRA WILLIAM HUARACA TITO
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) acaba de emitir la Resolución 099-2013-JNE, por medio del cual, ha rechazado el pedido de vacancia interpuesto por la ciudadana Matilde Lázaro Campos en contra del regidor nuevoimperialino, Huaraca Tito, al considerar que la información falsa que la citada autoridad habría consignado en su declaración jurada como candidato no es causal de vacancia.
Precisa el JNE, lo denunciado por Lázaro Campos no se encuadra dentro de las causales reguladas en la Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que ha procedido a confirmar el Acuerdo de Concejo que rechazó tal solicitud en contra del Teniente Alcalde, quién en los últimos meses ha venido cuestionado la gestión de la alcaldesa Zulma Matumay.
Sin embargo, dicho órgano electoral precisó que si bien la declaración jurada con información falsa, no es causal de vacancia, corresponderá a la Procuraduría Pública de la citada entidad tomar las acciones respectivas.
Más de uno cuestiona cómo el JNE aplica la «justicia electoral», poniéndose un interesante debate sobre la mesa: Numerus Clausus vs. Interpretación Jurídica.
Algo similar a lo ocurrido con el pedido de vacancia en contra de María Montoya, dónde el pago indebido de bonificaciones tampoco es causal de vacancia, sino que amplió por una interpretación ya conocida.
Precisa el JNE, lo denunciado por Lázaro Campos no se encuadra dentro de las causales reguladas en la Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que ha procedido a confirmar el Acuerdo de Concejo que rechazó tal solicitud en contra del Teniente Alcalde, quién en los últimos meses ha venido cuestionado la gestión de la alcaldesa Zulma Matumay.
Sin embargo, dicho órgano electoral precisó que si bien la declaración jurada con información falsa, no es causal de vacancia, corresponderá a la Procuraduría Pública de la citada entidad tomar las acciones respectivas.
Más de uno cuestiona cómo el JNE aplica la «justicia electoral», poniéndose un interesante debate sobre la mesa: Numerus Clausus vs. Interpretación Jurídica.
Algo similar a lo ocurrido con el pedido de vacancia en contra de María Montoya, dónde el pago indebido de bonificaciones tampoco es causal de vacancia, sino que amplió por una interpretación ya conocida.
JÓVENES LÍDERES RECIBEN CHARLA SOBRE PANDILLAJE JUVENIL
12 jóvenes líderes del distrito de Imperial recibieron el día de ayer, 21 de febrero, una charla preventiva sobre «Pandillaje Juvenil», la encargada de la realización de este taller fue la Lic. Silvia Montoya Carrasco, psicóloga de la Unidad de Víctimas y Testigos del Ministerio Público.
La charla – taller se realizó en el AA.HH. Asunción Ocho y estuvo presente el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Çañete, Dr. Jesús Mavila Salón, quien manifestó: «el compromiso de la institución en brindarle a los adolescentes que son integrantes del programa de Jóvenes Líderes el apoyo moral, social y educativo, sobre todo, si hay el interés de parte de ustedes en progresar y capacitarse como lo vienen realizando ya alguno de sus compañeros con un buen desempeño».
En esta actividad, los integrantes del programa contaron sus experiencias y lo cerca que han estado de integrar grupos juveniles negativos (pandillas), sin embargo los que ya vienen participando por un periodo de uno o dos años en el programa, reafirmaron el querer cambiar sus vidas y su deseo de superación personal, lo cual vienen logrando con el apoyo del Ministerio Público.
La charla – taller se realizó en el AA.HH. Asunción Ocho y estuvo presente el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Çañete, Dr. Jesús Mavila Salón, quien manifestó: «el compromiso de la institución en brindarle a los adolescentes que son integrantes del programa de Jóvenes Líderes el apoyo moral, social y educativo, sobre todo, si hay el interés de parte de ustedes en progresar y capacitarse como lo vienen realizando ya alguno de sus compañeros con un buen desempeño».
En esta actividad, los integrantes del programa contaron sus experiencias y lo cerca que han estado de integrar grupos juveniles negativos (pandillas), sin embargo los que ya vienen participando por un periodo de uno o dos años en el programa, reafirmaron el querer cambiar sus vidas y su deseo de superación personal, lo cual vienen logrando con el apoyo del Ministerio Público.
MINISTERIO PÚBLICO PARTICIPA EN REUNIÓN DE LA MESA DE CONCERTACIÓN Y DIALOGO POR LA NO VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DE CAÑETE.
Continuando con el objetivo de coadyuvar a prevenir la violencia familiar y sexual, el Ministerio Público, participó en la reunión de la Mesa de Concertación y Diálogo por la No Violencia Familiar y Sexual de Cañete, conformada desde el año 2010.
Conjuntamente con los representantes de la Municipalidad Provincial de Cañete, el CEM del MINDES, CORDEMUNA, el Colectivo Universitario y la Defensoría Pública, se comprometieron a seguir trabajando en la Mesa de Concertación en bien de la comunidad cañetana.
El actual Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, Dr. Jesús Domingo Mavila Salón, dirigió esta reunión acordándose la realización de actividades de sensibilización por el «Día Internacional de la Mujer», que se celebra este próximo 8 de marzo.
La mesa continuará reuniéndose regularmente a fin de cumplir con su objetivo de desarrollar acciones y actividades que propicien la prevención y promoción de estilos de vida saludables que propendan la disminución de los índices de violencia familiar y sexual en la provincia de Cañete.
Conjuntamente con los representantes de la Municipalidad Provincial de Cañete, el CEM del MINDES, CORDEMUNA, el Colectivo Universitario y la Defensoría Pública, se comprometieron a seguir trabajando en la Mesa de Concertación en bien de la comunidad cañetana.
El actual Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, Dr. Jesús Domingo Mavila Salón, dirigió esta reunión acordándose la realización de actividades de sensibilización por el «Día Internacional de la Mujer», que se celebra este próximo 8 de marzo.
La mesa continuará reuniéndose regularmente a fin de cumplir con su objetivo de desarrollar acciones y actividades que propicien la prevención y promoción de estilos de vida saludables que propendan la disminución de los índices de violencia familiar y sexual en la provincia de Cañete.
RED DE SALUD CAÑETE – YAUYOS, REALIZA CAMPAÑA DE SALUD MÓVIL EN EL CPM LA FLORIDA – NUEVO IMPERIAL
A fin de brindar el cuidado y la atención oportuna a las personas de escasos recursos económicos, el Gobierno Regional de Lima, a través la Red de Salud Cañete Yauyos, realiza importante Campaña de Salud Móvil en el CPM La Florida - Nuevo Imperial.
MAÑANA 23...
La Jornada Médica se llevará a cabo el día sábado 23 de Febrero del año en curso, a partir de 08:00 a.m. a 04:00 p.m., en la Plaza de Armas del mencionado lugar.
Las especialidades a brindar son las siguientes:
Medicina general
Oftalmología
Obstetricia
Odontología
Psicología
Ecografía
Enfermería y Tópico
Laboratorio
Afiliación al SIS
Entrega de medicinas totalmente gratis, entre otros.
MAÑANA 23...
La Jornada Médica se llevará a cabo el día sábado 23 de Febrero del año en curso, a partir de 08:00 a.m. a 04:00 p.m., en la Plaza de Armas del mencionado lugar.
Las especialidades a brindar son las siguientes:
Medicina general
Oftalmología
Obstetricia
Odontología
Psicología
Ecografía
Enfermería y Tópico
Laboratorio
Afiliación al SIS
Entrega de medicinas totalmente gratis, entre otros.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 022-2013-CMDI
Imperial, 20 de Febrero del 2013.
EL CONCEJO DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 20 de Febrero del 2013, el Informe N° 001-2013-CECP/MDI presentado por la Comision Especial del Concurso Publico CAS N° 001-2013-MDI, mediante el cual se remite el Proyecto de Bases Administrativas para dar Inicio a la Etapa de Convocatoria del Proceso CAS N° 001-2013-MDI; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales son Órganos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972;
Que, el artículo 17° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972 señala que los acuerdos son adoptados por mayoría calificada o mayoría simple. El Alcalde tiene voto dirimente en caso de empate; por otro lado el Artículo 41° del mismo cuerpo legal, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 068-2013-MDI de fecha 01 de Febrero del 2013, se conformó la Comisión Especial del Concurso Publico encargada de llevar a cabo el Proceso de Contratación Administrativa de Servicios correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013;
Que, mediante el Informe Nº 001-2013-CEPC/MDI de fecha 05 de Febrero del 2013 la Comisión Especial del Concurso Publico remite al Despacho de Alcaldía el Proyecto de Bases Administrativas para dar inicio a la etapa Convocatoria del Proceso CAS Nº 001-2013-MDI;
Que, mediante el Informe Nº 016-2013-OPPR/MDI de fecha 15 de Febrero del 2013, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, señala que de la revisión de la Modificación Presupuestal, se otorga Disponibilidad Presupuestal, por lo que la naturaleza y plazo de contratación deberá ser dentro de los alcances del presupuesto otorgado.
Que, mediante el Informe N° 045-2013-OAJ/MDI de fecha 14 de Febrero del 2013, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina es factible la aprobación mediante Acuerdo de Concejo las Bases Administrativas en sus propios términos expuestos, debiendo elevarse todo lo actuado al Pleno del Concejo Municipal;
Que, el Art. 1º del D.S. 075-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modificado por el D.S. 065-2011-PCM, señala que el contrato administrativo de servicios es un régimen especial de contratación laboral para el sector público, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera subordinada. Se rige por normas especiales y confiere a las partes únicamente los beneficios y las obligaciones inherentes al régimen especial. No le son aplicables las disposiciones específicas del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, ni las del régimen laboral de la actividad privada u otras normas que regulen carreras administrativas especiales.
Que, el Art. 3º de la mencionada norma, señala sobre el Procedimiento de Contratación que para suscribir un contrato administrativo de servicios, las entidades públicas deben observar un procedimiento que incluye las siguientes etapas: 1) Preparatoria, 2) Convocatoria, 3) Selección y 4) Suscripción y Registro del Contrato. Sin embargo, para poder ejecutar la 2da., 3ra y 4ta etapa, éstas deben de estar reguladas por las bases que rigen el proceso de Contratación Administrativa de Servicios;
Que, asimismo es una atribución del Concejo Municipal aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo, según lo establecido en el artículo 9º, numeral 32 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20 de Febrero del año del 2013, el Alcalde del Distrito de Imperial, solicita al Pleno del Concejo Municipal, según la agenda programada, la aprobación de las Bases Administrativas para dar Inicio a la Etapa de Convocatoria del Proceso CAS N° 001-2013-MDI. Por lo que el Pleno del Concejo, luego del análisis y debate correspondiente, aprueba por mayoría el proyecto en mención;
Estando a lo expuesto; en uso de las facultades conferidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano, y al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Pleno del Concejo en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de Febrero del 2013, con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta;
SE ACORDO:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR las Bases Administrativas para dar inicio a la etapa de Convocatoria del Proceso CAS Nº 001-2013-MDI.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR al despacho de Alcaldía hacer las modificaciones y/o correcciones pertinentes a las presentes bases.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General para que cumpla con notificar el presente Acuerdo.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Informática y Estadística la publicación del presente Acuerdo en el Portal de la Municipalidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 022-2013-CMDI
Imperial, 20 de Febrero del 2013.
EL CONCEJO DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 20 de Febrero del 2013, el Informe N° 001-2013-CECP/MDI presentado por la Comision Especial del Concurso Publico CAS N° 001-2013-MDI, mediante el cual se remite el Proyecto de Bases Administrativas para dar Inicio a la Etapa de Convocatoria del Proceso CAS N° 001-2013-MDI; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales son Órganos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972;
Que, el artículo 17° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972 señala que los acuerdos son adoptados por mayoría calificada o mayoría simple. El Alcalde tiene voto dirimente en caso de empate; por otro lado el Artículo 41° del mismo cuerpo legal, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 068-2013-MDI de fecha 01 de Febrero del 2013, se conformó la Comisión Especial del Concurso Publico encargada de llevar a cabo el Proceso de Contratación Administrativa de Servicios correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013;
Que, mediante el Informe Nº 001-2013-CEPC/MDI de fecha 05 de Febrero del 2013 la Comisión Especial del Concurso Publico remite al Despacho de Alcaldía el Proyecto de Bases Administrativas para dar inicio a la etapa Convocatoria del Proceso CAS Nº 001-2013-MDI;
Que, mediante el Informe Nº 016-2013-OPPR/MDI de fecha 15 de Febrero del 2013, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, señala que de la revisión de la Modificación Presupuestal, se otorga Disponibilidad Presupuestal, por lo que la naturaleza y plazo de contratación deberá ser dentro de los alcances del presupuesto otorgado.
Que, mediante el Informe N° 045-2013-OAJ/MDI de fecha 14 de Febrero del 2013, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina es factible la aprobación mediante Acuerdo de Concejo las Bases Administrativas en sus propios términos expuestos, debiendo elevarse todo lo actuado al Pleno del Concejo Municipal;
Que, el Art. 1º del D.S. 075-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modificado por el D.S. 065-2011-PCM, señala que el contrato administrativo de servicios es un régimen especial de contratación laboral para el sector público, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera subordinada. Se rige por normas especiales y confiere a las partes únicamente los beneficios y las obligaciones inherentes al régimen especial. No le son aplicables las disposiciones específicas del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, ni las del régimen laboral de la actividad privada u otras normas que regulen carreras administrativas especiales.
Que, el Art. 3º de la mencionada norma, señala sobre el Procedimiento de Contratación que para suscribir un contrato administrativo de servicios, las entidades públicas deben observar un procedimiento que incluye las siguientes etapas: 1) Preparatoria, 2) Convocatoria, 3) Selección y 4) Suscripción y Registro del Contrato. Sin embargo, para poder ejecutar la 2da., 3ra y 4ta etapa, éstas deben de estar reguladas por las bases que rigen el proceso de Contratación Administrativa de Servicios;
Que, asimismo es una atribución del Concejo Municipal aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo, según lo establecido en el artículo 9º, numeral 32 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20 de Febrero del año del 2013, el Alcalde del Distrito de Imperial, solicita al Pleno del Concejo Municipal, según la agenda programada, la aprobación de las Bases Administrativas para dar Inicio a la Etapa de Convocatoria del Proceso CAS N° 001-2013-MDI. Por lo que el Pleno del Concejo, luego del análisis y debate correspondiente, aprueba por mayoría el proyecto en mención;
Estando a lo expuesto; en uso de las facultades conferidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano, y al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Pleno del Concejo en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de Febrero del 2013, con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta;
SE ACORDO:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR las Bases Administrativas para dar inicio a la etapa de Convocatoria del Proceso CAS Nº 001-2013-MDI.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR al despacho de Alcaldía hacer las modificaciones y/o correcciones pertinentes a las presentes bases.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General para que cumpla con notificar el presente Acuerdo.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Informática y Estadística la publicación del presente Acuerdo en el Portal de la Municipalidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
EDICTOS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
UNIDAD DE REGISTROS CIVILES
AVISO MATRIMONIAL
Art. 250 – Código Civil
Nombre del Contrayente: DENNIS MARTINS RAMOS DE LA ROSA, natural de Chilca – Cañete, de nacionalidad peruano, profesión, ocupación ú oficio electricista, de 35 años de edad. Domiciliado en Jr. Arequipa Nº 245 – Chilca.
Nombre de la Contrayente: MIRIAM NOHEMI FLORES RODRIGUEZ, natural de Chilca – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio Asistente Administrativo, de 39 años de edad, domiciliado en Jr. Arequipa Nº 245 – Chilca.
Lugar del Matrimonio: Local Municipal.
NOTA: El Art. 253 establece que las personas que tengan interés legítimo puede oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 21 de Febrero de 2013
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Exp. Nº 1656-2013.- Se hace saber que don MANUEL ANGEL RAMOS APOLAYA, de 30 años, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación Cirujano Dentista, con DNI Nº 41901820, domiciliado en Urb. San José Mz. L Lote 8 – San Vicente; y doña JENNYFER ELIZABETH GAVE CHAVEZ, de 29 años, natural de Cerro de Pasco, con DNI Nº 42163301, de ocupación Cirujano Dentista, domiciliada en Urb. Alameda del Marquez Mz. C Lote 10, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 23 de marzo de 2013.
Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 19 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
EDICTOS PENALES (1 DIA )
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Dr. Huertas comunica y emplaza:
EXP.- 800-2012-9.- a LUIS ALBERTO LLARENA SAKASEWA. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 15.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «D» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional por Delito : Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviada: Carmen Luisa Kuroiwa Villalobos. Especialista: Alvarado. Cañete, 20.02.2013.
EXP.- 0601-2011-50.- a JOSÉ LUIS BARAHONA EGUAVIL. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 22.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «C» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor José María BarahonaCasas. Especialista: Yaya. Cañete, 19.02.2013
*****
AGROINDUSTRIAS SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
RUC 20129029308
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13º de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General Extraordinaria de Accionistas para el 05 de Marzo del 2013, a horas 03:00 p.m., sito en el Auditorio de nuestras oficinas C.P. San Isidro Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente agenda
AGENDA:
1.- Donación de terreno para la construcción de la Capilla de San Isidro a la Prelatura territorial de Yauyos.
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario se cita en Segunda Convocatoria para el día 09 de Marzo del 2013, a horas 03:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 21 de Febrero de 2013.
El Directorio.
UNIDAD DE REGISTROS CIVILES
AVISO MATRIMONIAL
Art. 250 – Código Civil
Nombre del Contrayente: DENNIS MARTINS RAMOS DE LA ROSA, natural de Chilca – Cañete, de nacionalidad peruano, profesión, ocupación ú oficio electricista, de 35 años de edad. Domiciliado en Jr. Arequipa Nº 245 – Chilca.
Nombre de la Contrayente: MIRIAM NOHEMI FLORES RODRIGUEZ, natural de Chilca – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio Asistente Administrativo, de 39 años de edad, domiciliado en Jr. Arequipa Nº 245 – Chilca.
Lugar del Matrimonio: Local Municipal.
NOTA: El Art. 253 establece que las personas que tengan interés legítimo puede oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 21 de Febrero de 2013
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Exp. Nº 1656-2013.- Se hace saber que don MANUEL ANGEL RAMOS APOLAYA, de 30 años, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación Cirujano Dentista, con DNI Nº 41901820, domiciliado en Urb. San José Mz. L Lote 8 – San Vicente; y doña JENNYFER ELIZABETH GAVE CHAVEZ, de 29 años, natural de Cerro de Pasco, con DNI Nº 42163301, de ocupación Cirujano Dentista, domiciliada en Urb. Alameda del Marquez Mz. C Lote 10, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 23 de marzo de 2013.
Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 19 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
EDICTOS PENALES (1 DIA )
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Dr. Huertas comunica y emplaza:
EXP.- 800-2012-9.- a LUIS ALBERTO LLARENA SAKASEWA. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 15.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «D» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional por Delito : Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviada: Carmen Luisa Kuroiwa Villalobos. Especialista: Alvarado. Cañete, 20.02.2013.
EXP.- 0601-2011-50.- a JOSÉ LUIS BARAHONA EGUAVIL. Para Audiencia de Juicio Oral; Día: 22.03.2013; HORA: 9.00a.m en la Sala de Audiencias «C» Del Módulo Penal de Cañete ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657–San Vicente-Cañete-Lima, bajo apercibimiento. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor José María BarahonaCasas. Especialista: Yaya. Cañete, 19.02.2013
*****
AGROINDUSTRIAS SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
RUC 20129029308
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13º de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General Extraordinaria de Accionistas para el 05 de Marzo del 2013, a horas 03:00 p.m., sito en el Auditorio de nuestras oficinas C.P. San Isidro Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente agenda
AGENDA:
1.- Donación de terreno para la construcción de la Capilla de San Isidro a la Prelatura territorial de Yauyos.
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario se cita en Segunda Convocatoria para el día 09 de Marzo del 2013, a horas 03:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 21 de Febrero de 2013.
El Directorio.
21 febrero 2013
PROMOVERAN ESTE AÑO 17 PROYECTOS DE OBRAS POR IMPUESTOS POR MAS DE S/. 131.5 MILLONES
La Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) promoverá este año una cartera de 17 proyectos bajo el esquema Obras por Impuestos valorizados en 131.5 millones de nuevos soles, informó su director ejecutivo, Javier Illescas.
«Estos proyectos han sido identificados por los intereses de los gobiernos subnacionales y empresas privadas, sin perjuicio de varias obras que están en la lista de subnacionales que habría que buscarles interesados en el sector privado», agregó.
Los proyectos identificados se ubican en las regiones de Piura, Lima, Arequipa, Tacna, Cusco, Ancash, La Libertad, Moquegua, Cajamarca, e Ica.
Entre las obras inversión más grandes figuran la ampliación del Hospital Santiago de Chuco, por 28 millones de soles, y la Escuela Técnico Superior de la Policía Nacional del Perú (PNP) de Trujillo, por 28.2 millones de soles, ambas propuestas por el Gobierno Regional de La Libertad.
Otras obras son el mejoramiento de la avenida Sullana en Piura, por 9.4 millones de soles, mejoramiento de la carretera vecinal La Encantada en Piura (nueve millones de soles), además de pistas y veredas en el distrito Ciudad Nueva en Tacna por 13.9 millones de soles.
Las empresas interesadas en participar en la cartera de 17 proyectos son Cementos Pacasmayo, Banco de Crédito del Perú, Petrobrás, Cemento Lima, Backus, Yura, Repsol, Xstrata, Enersur, Antamina, Tasa, Minera La Poderosa, Barrick, Consorcio, Southern, Yanacoha y Pluspetrol.
La modalidad de Obras por Impuestos es un mecanismo que permite agilizar la ejecución de obras públicas con la participación de las empresas privadas, que adelantan el pago del Impuesto a la Renta concretando proyectos de infraestructura priorizados por los gobiernos regionales y locales.
Illescas aseveró que uno de los desafíos para que se concreten más proyectos bajo esa modalidad apunta a que se cumplan con los plazos establecidos en los procesos.
Detalló que ese año se incrementará el personal técnico orientado a asesorar a gobiernos regionales y locales y empresas interesadas en ejecutar ese tipo de proyectos.
Illescas presidió el foro «Ley de Obras por Impuestos: La Empresa Privada y el Desarrollo Local - Donde tus impuestos hacen obras», en el cual se presentó la nueva página web de esa norma www.obrasporimpuestos.pe.
«Estos proyectos han sido identificados por los intereses de los gobiernos subnacionales y empresas privadas, sin perjuicio de varias obras que están en la lista de subnacionales que habría que buscarles interesados en el sector privado», agregó.
Los proyectos identificados se ubican en las regiones de Piura, Lima, Arequipa, Tacna, Cusco, Ancash, La Libertad, Moquegua, Cajamarca, e Ica.
Entre las obras inversión más grandes figuran la ampliación del Hospital Santiago de Chuco, por 28 millones de soles, y la Escuela Técnico Superior de la Policía Nacional del Perú (PNP) de Trujillo, por 28.2 millones de soles, ambas propuestas por el Gobierno Regional de La Libertad.
Otras obras son el mejoramiento de la avenida Sullana en Piura, por 9.4 millones de soles, mejoramiento de la carretera vecinal La Encantada en Piura (nueve millones de soles), además de pistas y veredas en el distrito Ciudad Nueva en Tacna por 13.9 millones de soles.
Las empresas interesadas en participar en la cartera de 17 proyectos son Cementos Pacasmayo, Banco de Crédito del Perú, Petrobrás, Cemento Lima, Backus, Yura, Repsol, Xstrata, Enersur, Antamina, Tasa, Minera La Poderosa, Barrick, Consorcio, Southern, Yanacoha y Pluspetrol.
La modalidad de Obras por Impuestos es un mecanismo que permite agilizar la ejecución de obras públicas con la participación de las empresas privadas, que adelantan el pago del Impuesto a la Renta concretando proyectos de infraestructura priorizados por los gobiernos regionales y locales.
Illescas aseveró que uno de los desafíos para que se concreten más proyectos bajo esa modalidad apunta a que se cumplan con los plazos establecidos en los procesos.
Detalló que ese año se incrementará el personal técnico orientado a asesorar a gobiernos regionales y locales y empresas interesadas en ejecutar ese tipo de proyectos.
Illescas presidió el foro «Ley de Obras por Impuestos: La Empresa Privada y el Desarrollo Local - Donde tus impuestos hacen obras», en el cual se presentó la nueva página web de esa norma www.obrasporimpuestos.pe.
REGIÓN LIMA, MICROSOFT PERÚ Y EMPRESARIOS POR LA EDUCACIÓN RATIFICAN COMPROMISO PARA CONTINUAR MODERNIZANDO LA ENSEÑANZA EN CENTROS EDUCATIVOS
En conferencia de prensa, el Gobierno Regional de Lima, Microsoft Perú y la Asociación Empresarios por la Educación ratificaron su compromiso de continuar con el proyecto de innovación de la metodología de enseñanza de los profesores, mediante capacitaciones, entrega de laptops e implementación de equipos multimedia a los centros educativos.
El objetivo del convenio de cooperación interinstitucional «Alianza por la Educación» es lograr el fortalecimiento del sistema de enseñanza en las instituciones educativas públicas de Lima Provincias, logrando reducir las brechas digitales con el sector privado.
En reunión con los diversos medios de prensa, el presidente Javier Alvarado destacó el aporte de sus socios estratégicos, Microsoft Perú y Empresarios por la Educación, por financiar a la fecha la capacitación denominada «Alfabetización Digital» a más de cuatro mil 800 maestros, que tras aprobar sus exámenes recibieron las laptops del Gobierno Regional de Lima.
Agregó que en esta nueva etapa de capacitaciones se están beneficiando más de cinco mil maestros. «En nuestro almacén tenemos laptops para entregarlas a nuestros maestros una vez que culminen sus talleres. Para fin de año me he propuesto entregar las laptops al 95% de profesores de nuestra región», anunció.
En otro momento, resaltó el aporte de Microsoft Perú para hacer realidad la entrega de laptops a los maestros, pues gracias al convenio dicha empresa vende las licencias de sus software aplicativos a solo S/. 6.50, siendo su precio comercial aproximadamente de 300 nuevos soles.
En tanto, el gerente general de Microsoft Perú, Guillermo Guzmán -Barrón, mostró su optimismo con los resultados obtenidos en el proyecto de aplicación de las tecnologías de información y comunicación (TIC) en los docentes de Lima Provincias.
«El Gobierno Regional de Lima ha demostrado ser un buen aliado estratégico, pues compartimos la misma visión, pues consideramos a la educación como el único camino de desarrollo de las ciudades. Por ello, continuaremos apoyándolos conjuntamente con Empresarios por la Educación», comentó el titular de Microsoft Perú.
Durante la conferencia de prensa se visualizó un reportaje dando cuenta de los testimonios de los profesores y escolares que se vienen beneficiando con las clases interactivas, gracias a la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación.
La Coordinadora General de Empresarios por la Educación, Paola Robles, señaló que la utilización de las TIC en los maestros permite un mejor aprendizaje en los alumnos en las diversas áreas académicas.
En esta reunión también estuvieron presente la consejera regional por la provincia de Cañete, Dra. Liliana Torres Castillo, el gerente regional de Desarrollo Social, Lic. Marcelo Lévano Solari, entre otros funcionarios.
De otro lado, el presidente Javier Alvarado dio a conocer que se está culminando los estudios del proyecto de instalación del sistema de internet inalámbrico en las plazas públicas de los distritos de Lima Provincias.
El objetivo del convenio de cooperación interinstitucional «Alianza por la Educación» es lograr el fortalecimiento del sistema de enseñanza en las instituciones educativas públicas de Lima Provincias, logrando reducir las brechas digitales con el sector privado.
En reunión con los diversos medios de prensa, el presidente Javier Alvarado destacó el aporte de sus socios estratégicos, Microsoft Perú y Empresarios por la Educación, por financiar a la fecha la capacitación denominada «Alfabetización Digital» a más de cuatro mil 800 maestros, que tras aprobar sus exámenes recibieron las laptops del Gobierno Regional de Lima.
Agregó que en esta nueva etapa de capacitaciones se están beneficiando más de cinco mil maestros. «En nuestro almacén tenemos laptops para entregarlas a nuestros maestros una vez que culminen sus talleres. Para fin de año me he propuesto entregar las laptops al 95% de profesores de nuestra región», anunció.
En otro momento, resaltó el aporte de Microsoft Perú para hacer realidad la entrega de laptops a los maestros, pues gracias al convenio dicha empresa vende las licencias de sus software aplicativos a solo S/. 6.50, siendo su precio comercial aproximadamente de 300 nuevos soles.
En tanto, el gerente general de Microsoft Perú, Guillermo Guzmán -Barrón, mostró su optimismo con los resultados obtenidos en el proyecto de aplicación de las tecnologías de información y comunicación (TIC) en los docentes de Lima Provincias.
«El Gobierno Regional de Lima ha demostrado ser un buen aliado estratégico, pues compartimos la misma visión, pues consideramos a la educación como el único camino de desarrollo de las ciudades. Por ello, continuaremos apoyándolos conjuntamente con Empresarios por la Educación», comentó el titular de Microsoft Perú.
Durante la conferencia de prensa se visualizó un reportaje dando cuenta de los testimonios de los profesores y escolares que se vienen beneficiando con las clases interactivas, gracias a la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación.
La Coordinadora General de Empresarios por la Educación, Paola Robles, señaló que la utilización de las TIC en los maestros permite un mejor aprendizaje en los alumnos en las diversas áreas académicas.
En esta reunión también estuvieron presente la consejera regional por la provincia de Cañete, Dra. Liliana Torres Castillo, el gerente regional de Desarrollo Social, Lic. Marcelo Lévano Solari, entre otros funcionarios.
De otro lado, el presidente Javier Alvarado dio a conocer que se está culminando los estudios del proyecto de instalación del sistema de internet inalámbrico en las plazas públicas de los distritos de Lima Provincias.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PLANTÓ MÁS DE CUATRO MIL ÁRBOLES EN EL DISTRITO DE CERRO AZUL -CAÑETE
Continuando con la «Campaña Regional de Reforestación», promovido por el presidente Javier Alvarado, el Gobierno Regional de Lima en coordinación con la Municipalidad Distrital de Cerro Azul plantaron más de 4,000 plantones forestales ornamentales de huaranhuay.
La jornada se desarrolló en un espacio de diez cuadras de la avenida Puente Tabla, donde participaron pobladores de los poblados de San Jacinto de Paguatodo, Casa Blanca, Señor de los Milagros, Tranquera de Fierro y Puente.
La plantación contó con la asistencia técnica de los profesionales y técnicos de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico a través de la Dirección de Agricultura y la Agencia Agraria de Cañete. El mantenimiento y cuidado de los plantones estará a cargo de la Gerencia de Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.
« Se tiene previsto instalar en toda la región Lima un total de 150 mil plantones forestales, de los cuales 48 mil 191 son pino, 34 mil de tara, 30 mil de eucalipto, 22 mil de huaranguillo, 5 mil de queñua, 5 mil de huaranguay, 376 de molle y 5 mil 233 de ornamentales. Estamos seguro que a fin de año cumpliremos nuestra meta» indicó el gerente regional de Desarrollo Económico Mg. Renzo Zegarra.
En esta jornada estuvieron presentes el director de Promoción Agraria Ing. Luigi Aedo Velásquez, el Ing. Juan Suarez Gómez, director de la Agencia Agraria de Cañete; además el alcalde distrital de Cerro Azul Sr. Hugo Rivas Sánchez y el Gerente de Servicios Generales Sr. Martín Rojas Galo así como el personal de Parque y Jardines
También participaron en la plantación el Gobernador de ese distrito Luis Lum Arias y la Teniente Gobernadora Corina Padilla Ochoa; quienes resaltaron el trabajo del Gobierno Regional y el municipio local a favor del cuidado del medio ambiente.
La jornada se desarrolló en un espacio de diez cuadras de la avenida Puente Tabla, donde participaron pobladores de los poblados de San Jacinto de Paguatodo, Casa Blanca, Señor de los Milagros, Tranquera de Fierro y Puente.
La plantación contó con la asistencia técnica de los profesionales y técnicos de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico a través de la Dirección de Agricultura y la Agencia Agraria de Cañete. El mantenimiento y cuidado de los plantones estará a cargo de la Gerencia de Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.
« Se tiene previsto instalar en toda la región Lima un total de 150 mil plantones forestales, de los cuales 48 mil 191 son pino, 34 mil de tara, 30 mil de eucalipto, 22 mil de huaranguillo, 5 mil de queñua, 5 mil de huaranguay, 376 de molle y 5 mil 233 de ornamentales. Estamos seguro que a fin de año cumpliremos nuestra meta» indicó el gerente regional de Desarrollo Económico Mg. Renzo Zegarra.
En esta jornada estuvieron presentes el director de Promoción Agraria Ing. Luigi Aedo Velásquez, el Ing. Juan Suarez Gómez, director de la Agencia Agraria de Cañete; además el alcalde distrital de Cerro Azul Sr. Hugo Rivas Sánchez y el Gerente de Servicios Generales Sr. Martín Rojas Galo así como el personal de Parque y Jardines
También participaron en la plantación el Gobernador de ese distrito Luis Lum Arias y la Teniente Gobernadora Corina Padilla Ochoa; quienes resaltaron el trabajo del Gobierno Regional y el municipio local a favor del cuidado del medio ambiente.
EN DISTRITO DE IMPERIAL CAE BANDA DE ASALTANTES AL PASO
Cada vez más se organizan y especializan para cometer sus fechorías ante el amparo de la oscuridad no escatimando en emplear la amenaza para obtener su botin preciado y darse la gran vida con lo que no es suyo.
Esta vez la policía nacional de Imperial tras recibir la denuncia de Nerina Chávez Rojas (27) y de Rayder Yarasca Fernández(31) quienes habían sido víctimas de asalto a mano armada por 4 sujetos en una mototaxi azul, quienes le despojaron de un celular y 60 nuevos soles a los agraviados; inmediatamente se intensifico un patrullaje policial por las calles de Imperial para ubicarlos.
La rápida reacción dio sus frutos y el vehiculo con sus ocupantes fueron ubicados por la cuadra 3 del Jr. Ayacucho quienes al notar la presencia de los agentes del orden emprendieron la fuga siendo alcanzados a la altura de la cuadra 2 de la avenida Ramos.
Los intervenidos pusieron férrea resistencia al momento de su intervención y traslado a la comisaria, pero en el registro personal y vehicular se encontró sobre el asiento posterior un Revolver Marca SMITH- WESSON, Calibre (38), con la numeración erradicado, abastecido con seis cartuchos sin percutir (05 cartucho marca FEDERAL 38 especial y 01 cartucho marca RP 38).
La identificación de los sujetos en el lugar de la intervención fue la siguiente:
KalBeason Sánchez Casas (24), natural de cañete, 5to. de secundaria, moto taxista soltero, s/d/p/v., domiciliado en el Jr. Augusto B. Leguía N° 449 Imperial - Cañete
Rony Gilberto Aija Yachi (23), natural de Cañete, 4to. de secundaria, obrero, conviviente, DNI N° 45910518, domiciliado en la Mz. J Lte.12 AA.HH. Asunción 8 Imperial; Y los menores de edad,Jesús Alfredo Cárdenas Crisóstomo (17) Natural de Imperial, 3ro. de secundaria, conviviente, domiciliado en la Mz. R Lte.16 del AA.HH. Asunción 8 Imperial-Cañete; y Kris del Mar Flores Rodríguez (16) natural de Cañete, 1ro de secundaria, Obrero, soltero, domiciliado en la Mz. T Lte.5 del AA.HH. Josefina Ramos Imperial - Cañete.
El vehiculó menor intervenido presenta una placa de rodaje MCG-24343, marca Sumo, Color Azul, pero los números laterales se encuentran adulterados con cinta adhesiva color negro y presentan la numeración MCG-24348.
El conductor de la mototaxi, Jesús Alfredo Cárdenas Crisóstomo tenía en su poder el celular robado minutos antes a Nerina Chávez. Los menores están internados en el centro de rehabilitación Maranguita en la ciudad capital.
Mientras que la situación legal de los adultos es incierta por vicios presentados en la etapa investigadora que los dejaría en libertad.
Esta vez la policía nacional de Imperial tras recibir la denuncia de Nerina Chávez Rojas (27) y de Rayder Yarasca Fernández(31) quienes habían sido víctimas de asalto a mano armada por 4 sujetos en una mototaxi azul, quienes le despojaron de un celular y 60 nuevos soles a los agraviados; inmediatamente se intensifico un patrullaje policial por las calles de Imperial para ubicarlos.
La rápida reacción dio sus frutos y el vehiculo con sus ocupantes fueron ubicados por la cuadra 3 del Jr. Ayacucho quienes al notar la presencia de los agentes del orden emprendieron la fuga siendo alcanzados a la altura de la cuadra 2 de la avenida Ramos.
Los intervenidos pusieron férrea resistencia al momento de su intervención y traslado a la comisaria, pero en el registro personal y vehicular se encontró sobre el asiento posterior un Revolver Marca SMITH- WESSON, Calibre (38), con la numeración erradicado, abastecido con seis cartuchos sin percutir (05 cartucho marca FEDERAL 38 especial y 01 cartucho marca RP 38).
La identificación de los sujetos en el lugar de la intervención fue la siguiente:
KalBeason Sánchez Casas (24), natural de cañete, 5to. de secundaria, moto taxista soltero, s/d/p/v., domiciliado en el Jr. Augusto B. Leguía N° 449 Imperial - Cañete
Rony Gilberto Aija Yachi (23), natural de Cañete, 4to. de secundaria, obrero, conviviente, DNI N° 45910518, domiciliado en la Mz. J Lte.12 AA.HH. Asunción 8 Imperial; Y los menores de edad,Jesús Alfredo Cárdenas Crisóstomo (17) Natural de Imperial, 3ro. de secundaria, conviviente, domiciliado en la Mz. R Lte.16 del AA.HH. Asunción 8 Imperial-Cañete; y Kris del Mar Flores Rodríguez (16) natural de Cañete, 1ro de secundaria, Obrero, soltero, domiciliado en la Mz. T Lte.5 del AA.HH. Josefina Ramos Imperial - Cañete.
El vehiculó menor intervenido presenta una placa de rodaje MCG-24343, marca Sumo, Color Azul, pero los números laterales se encuentran adulterados con cinta adhesiva color negro y presentan la numeración MCG-24348.
El conductor de la mototaxi, Jesús Alfredo Cárdenas Crisóstomo tenía en su poder el celular robado minutos antes a Nerina Chávez. Los menores están internados en el centro de rehabilitación Maranguita en la ciudad capital.
Mientras que la situación legal de los adultos es incierta por vicios presentados en la etapa investigadora que los dejaría en libertad.
UNGARA: ROCA CAE SOBRE BUS CON PASAJEROS
El viaje de retorno debía ser uno más con total normalidad para un grupo de moradores de Ungara por el camino carrozable que usan para movilizarse diariamente.
Los relojes marcaban las 3:30 p.m. cuando el vehículo con placa de rodaje UO-2305 transitaba por el Cerro La Fortaleza sin presagiar que en unos momentos de manera imprevista una roca de gran tamaño caería sobre el techo del ómnibus dejándolo ladeado aun lado del cerro con heridos en su interior.
INCOMUNICADOS
Momentos de angustia y de terror se vivieron intensamente en esos momentos, la comunicación telefónica era imposible de realizar por la falta de cobertura de señal. Los pasajeros heridos se mantenían en el interior del vehículo mientras los que estaban ilesos buscaron auxilio inmediato.
ACUDIERON LOS DE SERENAZGO PROVINCIAL
Hasta el lugar del accidente llegaron inmediatamente efectivos del cuerpo de serenazgo de la corporación edil provincial para auxiliar a los heridos al igual que los bomberos y efectivos de la policía nacional, quienes trasladaron en la ambulancia de los bomberos, Omaped y camioneta de serenazgo a los heridos hasta el Hospital Rezola de San Vicente.
El médico de turno Manuel Moreno diagnóstico poli contusiones leves para los heridos pasajeros que no entendían aún que había pasado en su viaje.
Posteriormente, hasta el lugar del accidente llegó maquinaria pesada de la Municipalidad Provincial de Cañete para reestablecer el tráfico y poner la pesada roca en un área que no ocasione daños a otros vehículos.
RELACION DE HERIDOS
Los heridos fueron identificados como: Alejandro Quispe Meneses (59); José Miguel Valenzuela Pereyra (28); Jover Valenzuela Pereyra (23); Dora Sicha Quispe (42); y Edgar Fabio Valenzuela Villalobos (04)
Los relojes marcaban las 3:30 p.m. cuando el vehículo con placa de rodaje UO-2305 transitaba por el Cerro La Fortaleza sin presagiar que en unos momentos de manera imprevista una roca de gran tamaño caería sobre el techo del ómnibus dejándolo ladeado aun lado del cerro con heridos en su interior.
INCOMUNICADOS
Momentos de angustia y de terror se vivieron intensamente en esos momentos, la comunicación telefónica era imposible de realizar por la falta de cobertura de señal. Los pasajeros heridos se mantenían en el interior del vehículo mientras los que estaban ilesos buscaron auxilio inmediato.
ACUDIERON LOS DE SERENAZGO PROVINCIAL
Hasta el lugar del accidente llegaron inmediatamente efectivos del cuerpo de serenazgo de la corporación edil provincial para auxiliar a los heridos al igual que los bomberos y efectivos de la policía nacional, quienes trasladaron en la ambulancia de los bomberos, Omaped y camioneta de serenazgo a los heridos hasta el Hospital Rezola de San Vicente.
El médico de turno Manuel Moreno diagnóstico poli contusiones leves para los heridos pasajeros que no entendían aún que había pasado en su viaje.
Posteriormente, hasta el lugar del accidente llegó maquinaria pesada de la Municipalidad Provincial de Cañete para reestablecer el tráfico y poner la pesada roca en un área que no ocasione daños a otros vehículos.
RELACION DE HERIDOS
Los heridos fueron identificados como: Alejandro Quispe Meneses (59); José Miguel Valenzuela Pereyra (28); Jover Valenzuela Pereyra (23); Dora Sicha Quispe (42); y Edgar Fabio Valenzuela Villalobos (04)
CHOFER CON VOLQUETE CASI MUERE EN EL RIO CAÑETE
Ganarse la vida honradamente y trabajando hasta entrada la noche casi le cuesta la vida a Abelino Espilco Centeno. El suelo donde coloco el pesado vehículo cedió cuando iba a arrojar desmonte en la ribera del rio cañete.
Quizás la mala maniobra y el no calcular la distancia fueron las causas para que el volquete cediera hasta las aguas del caudaloso rio cañete.
Asustado por el hecho y aún consternado por lo sucedido Abelino Espilco deberá de pensar mas de 2 veces, antes de salir por las noches para ganarse el sustento diario.
El hecho sucedió al promediar las 9 de la noche del martes 19 de febrero.
Quizás la mala maniobra y el no calcular la distancia fueron las causas para que el volquete cediera hasta las aguas del caudaloso rio cañete.
Asustado por el hecho y aún consternado por lo sucedido Abelino Espilco deberá de pensar mas de 2 veces, antes de salir por las noches para ganarse el sustento diario.
El hecho sucedió al promediar las 9 de la noche del martes 19 de febrero.
DIRECTOR DE LA DRELP REALIZA CAMBIOS EN LAS DIRECCIONES DE LAS UGEL DE LA REGIÓN LIMA
El director regional de Educación de Lima Provincias, profesor Ricardo Dolorier Urbano, realizó el cambio de directores de las Unidades de Gestión Educativa Local de Huaura, Cañete, Cajatambo, Yauyos y Oyón.
Mediante Resolución Directoral Regional Nº 0260-2013, se designó al licenciado José Antonio Caico Fernández, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Nº 08-Cañete, en reemplazo de la Lic. Amelia García Pérez.
Asimismo mediante Resolución Directoral Regional Nº 0261-2013, se designó a la licenciada Luz María Salas Sánchez, como la nueva directora de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 13- Yauyos, en reemplazo del Prof. Robert Candela Cubillas.
De igual forma, mediante la Resolución Directoral Regional Nº 0262-2013, se designó al licenciado Luis Fernando Ruidias Valdivieso, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 09-Huaura, en reemplazo de la Lic. Miriam Watanabe Alba.
Mediante Resolución Directoral Regional N° 0263 – 2013, se designó al licenciado Andrés Villanueva Valentín, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 14- Oyón, en reemplazo del Lic. Orlando Ugarte Mendoza y mediante Resolución Directoral Regional N° 0264 – 2013, se designó al Lic. Juan Pablo Quispe Rodríguez, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 11- Cajatambo, en reemplazo del Prof. Jorge García Quispe.
A cada una de las provincias se trasladó el Asesor Jurídico de la DRELP, Abog. Daniel Córdova Paucar, quien realizó los cambios de los titulares de las UGEL. Dichos cambios se realizan, con el objetivo de continuar las mejoras en la calidad educativa de nuestra Región, política de gestión del presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzáles del Valle.
Mediante Resolución Directoral Regional Nº 0260-2013, se designó al licenciado José Antonio Caico Fernández, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Nº 08-Cañete, en reemplazo de la Lic. Amelia García Pérez.
Asimismo mediante Resolución Directoral Regional Nº 0261-2013, se designó a la licenciada Luz María Salas Sánchez, como la nueva directora de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 13- Yauyos, en reemplazo del Prof. Robert Candela Cubillas.
De igual forma, mediante la Resolución Directoral Regional Nº 0262-2013, se designó al licenciado Luis Fernando Ruidias Valdivieso, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 09-Huaura, en reemplazo de la Lic. Miriam Watanabe Alba.
Mediante Resolución Directoral Regional N° 0263 – 2013, se designó al licenciado Andrés Villanueva Valentín, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 14- Oyón, en reemplazo del Lic. Orlando Ugarte Mendoza y mediante Resolución Directoral Regional N° 0264 – 2013, se designó al Lic. Juan Pablo Quispe Rodríguez, como el nuevo director de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 11- Cajatambo, en reemplazo del Prof. Jorge García Quispe.
A cada una de las provincias se trasladó el Asesor Jurídico de la DRELP, Abog. Daniel Córdova Paucar, quien realizó los cambios de los titulares de las UGEL. Dichos cambios se realizan, con el objetivo de continuar las mejoras en la calidad educativa de nuestra Región, política de gestión del presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzáles del Valle.
EX ALCALDE DE CHINCHA PROPONE SALIR A LAS CALLES PARA DEFENDER SUS LIMITES CON CAÑETE…
No saber cómo contradecir el informe técnico de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDM) de la Presidencia del Consejo de Ministro (PCM), que determina la Quebrada de Topará – Rio Seco, como límite natural entre las provincias de Cañete y Chincha, continua desesperando a un sector de la población de la llamada Cuna de Campeones.
Esta vez el ex alcalde Provincial de Chincha, Félix Amoretti Mendoza, salió a los medios de comunicación para convocar a una nueva marcha de protesta en defensa de sus límites.
«Exijamos que nos devuelva nuestra identidad ante la intransigencia de las autoridades limeñas de querer desconocer nuestros verdaderos límites con la vecina provincia de Cañete», dijo la ex autoridad municipal.
«Dicha movilización debería ser a nivel regional, porque ya basta de tantos abusos por querer apropiarse de nuestros terrenos que por historia y leyes nos pertenecen», continuó diciendo.
Si bien la DNTDT no le otorga la razón en esta lucha legal, Amoretti Mendoza, dejo entrever que el único logro del pueblo de Chincha a través de sus autoridades es haber logrado el archivamiento temporal del informe Técnico 01 - 2004 de la DNTDT de la PCM, que definía los límites territoriales entre ambas provincias en el Km 179.369, en la desembocadura del río Topará».
Esta vez el ex alcalde Provincial de Chincha, Félix Amoretti Mendoza, salió a los medios de comunicación para convocar a una nueva marcha de protesta en defensa de sus límites.
«Exijamos que nos devuelva nuestra identidad ante la intransigencia de las autoridades limeñas de querer desconocer nuestros verdaderos límites con la vecina provincia de Cañete», dijo la ex autoridad municipal.
«Dicha movilización debería ser a nivel regional, porque ya basta de tantos abusos por querer apropiarse de nuestros terrenos que por historia y leyes nos pertenecen», continuó diciendo.
Si bien la DNTDT no le otorga la razón en esta lucha legal, Amoretti Mendoza, dejo entrever que el único logro del pueblo de Chincha a través de sus autoridades es haber logrado el archivamiento temporal del informe Técnico 01 - 2004 de la DNTDT de la PCM, que definía los límites territoriales entre ambas provincias en el Km 179.369, en la desembocadura del río Topará».
COFOPRI REALIZARÁ LEVANTAMIENTO DE CONTINGENCIAS EN DISTRITO DE IMPERIAL PARA PROCESO DE TITULACIÓN DE PREDIOS
El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI ha programado una campaña de levantamiento de contingencias en el distrito de Imperial.
El objetivo es complementar documentación faltante de aquellas viviendas donde ya se ha visitado anteriormente y que por una serie de circunstancias no han podido alcanzar lo solicitado, para continuar con el proceso de formalización que apunte a obtener el título de propiedad.
En el caso de Imperial se está notificando a 30 personas del asentamiento humano «Josefina Ramos», 16 en el asentamiento humano «Asunción 8», 28 en el centro poblado «San Benito», 39 en la asociación civil «Alto Valle Hermoso», 8 en Anexo «Casa Pintada» y 96 del casco urbano de Imperial.
Las personas notificadas deberán presentar originales y entregar fotocopias de algunos de los siguientes documentos:
DNI vigente (obligatorio del titular o titulares)
Partida de matrimonio (obligatorio para casados civilmente)
Contrato de Compra-Venta, Escritura Pública, testamento, Hijuelas o constancia de posesión.
Recibos por servicios de agua, luz, teléfono u otros que acredite propiedad o posesión en el lote.
Es importante precisar que solamente están comprendidas dentro de este levantamiento de contingencia aquellas personas que ya vienen siendo notificadas por el mismo Cofopri, pidiendo que los esperen en su domicilio y si no puede estar presente dejar una Carta Poder simple a su representante.
El objetivo es complementar documentación faltante de aquellas viviendas donde ya se ha visitado anteriormente y que por una serie de circunstancias no han podido alcanzar lo solicitado, para continuar con el proceso de formalización que apunte a obtener el título de propiedad.
En el caso de Imperial se está notificando a 30 personas del asentamiento humano «Josefina Ramos», 16 en el asentamiento humano «Asunción 8», 28 en el centro poblado «San Benito», 39 en la asociación civil «Alto Valle Hermoso», 8 en Anexo «Casa Pintada» y 96 del casco urbano de Imperial.
Las personas notificadas deberán presentar originales y entregar fotocopias de algunos de los siguientes documentos:
DNI vigente (obligatorio del titular o titulares)
Partida de matrimonio (obligatorio para casados civilmente)
Contrato de Compra-Venta, Escritura Pública, testamento, Hijuelas o constancia de posesión.
Recibos por servicios de agua, luz, teléfono u otros que acredite propiedad o posesión en el lote.
Es importante precisar que solamente están comprendidas dentro de este levantamiento de contingencia aquellas personas que ya vienen siendo notificadas por el mismo Cofopri, pidiendo que los esperen en su domicilio y si no puede estar presente dejar una Carta Poder simple a su representante.
HASTA POR 120 DIAS RETENDRAN BREVETES A REINCIDENTES EN FALTAS DE TRANSITO
Hasta por 120 días serán retenidas las licencias de conducir de las personas que reincidan en efectuar servicio de transporte terrestre sin contar con la respectiva autorización o que, contando con un tipo de esta, presta un servicio distinto al autorizado.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recordó que esta sanción se encuentra establecida en el DS N° 020-2012-MTC, del 30 de diciembre del 2012, con la finalidad de proteger a los usuarios de las vías nacionales.
De acuerdo con la norma, en la primera oportunidad el conductor será castigado con 60 días de retención de la licencia de conducir, pero la reincidencia se sancionará con 120 días de retención.
Otras faltas que serían sancionadas son conducir con licencia de categoría diferente a la requerida, falsear información o superar la edad máxima permitida (68 años).
En estos casos la reincidencia será sancionada con la retención por 30 días de la licencia de conducir. Si es la primera vez que comete la falta, la licencia será devuelta después de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentar la solicitud de declaración jurada en la que se compromete a no volver a cometer dicha falta.
La Sutran instó a los conductores a que respeten los reglamentos, que velen por la seguridad en las vías y eviten quedarse sin su herramienta de trabajo (licencia de conducir), aun cuando fuese de manera temporal.
Las personas que desean mayor información de lo dispuesto en el DS 020-2012-MTC, pueden comunicarse a la línea gratuita Aló Sutran 0800-12345 (desde teléfonos fijos) y al 265-8105 (desde teléfonos móviles) o a través del correo electrónico comunicate@sutran.gob.pe, en los que serán atendidos para absolver sus inquietudes o interrogantes.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recordó que esta sanción se encuentra establecida en el DS N° 020-2012-MTC, del 30 de diciembre del 2012, con la finalidad de proteger a los usuarios de las vías nacionales.
De acuerdo con la norma, en la primera oportunidad el conductor será castigado con 60 días de retención de la licencia de conducir, pero la reincidencia se sancionará con 120 días de retención.
Otras faltas que serían sancionadas son conducir con licencia de categoría diferente a la requerida, falsear información o superar la edad máxima permitida (68 años).
En estos casos la reincidencia será sancionada con la retención por 30 días de la licencia de conducir. Si es la primera vez que comete la falta, la licencia será devuelta después de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentar la solicitud de declaración jurada en la que se compromete a no volver a cometer dicha falta.
La Sutran instó a los conductores a que respeten los reglamentos, que velen por la seguridad en las vías y eviten quedarse sin su herramienta de trabajo (licencia de conducir), aun cuando fuese de manera temporal.
Las personas que desean mayor información de lo dispuesto en el DS 020-2012-MTC, pueden comunicarse a la línea gratuita Aló Sutran 0800-12345 (desde teléfonos fijos) y al 265-8105 (desde teléfonos móviles) o a través del correo electrónico comunicate@sutran.gob.pe, en los que serán atendidos para absolver sus inquietudes o interrogantes.
EMPRESAS PERUANAS EMITIERON MAS DE 446 FACTURAS ELECTRONICAS
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que a la fecha se han emitido más de 446 facturas electrónicas, lo que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias, eliminando costos de impresión y almacenaje.
La jefa de la Sunat, Tania Quispe Mansilla, se reunió con los directivos de las 41 empresas que forman parte del proyecto piloto de «Comprobante Electrónico para Grandes Emisores», a fin de informar los avances del programa.
Actualmente son tres las empresas habilitadas para emitir los comprobantes electrónicos: Supermercados Peruanos, Transporte Confidencial de Información (TCI) y Línea Amarilla.
Las 446 facturas fueron emitidas por Supermercados Peruanos y TCI, siendo la primera la que emitió la primera factura electrónica, lo que es un hito rumbo al gobierno electrónico en el Perú.
Las empresas que se encuentran en proceso de homologación para obtener la autorización de la Administración Aduanera y Tributaria como nuevos emisores electrónicos de comprobantes son Seguros Rímac, Tecnológica de Alimentos (Tasa) y Alicorp.
Otras cuatro empresas de los sectores seguros, pesquero, productos de belleza y consumo masivo, se estarían sumando a este grupo de emisores electrónicos, y estarían por utilizar la factura electrónica a partir del mes de marzo.
La factura electrónica representa un ahorro de 30 por ciento anual en el presupuesto de las empresas destinado a gastos de almacenamiento, impresión y distribución de comprobantes y documentos relacionados.
Considerando que en el 2009 la Sunat autorizó la emisión de 754 millones de comprobantes (entre facturas y boletas) el ahorro que lograrían las empresas sería de 377 millones de nuevos soles.
Asimismo, los contribuyentes que apoyan el proyecto también contribuyen con la protección del medio ambiente, puesto que demandan menos papel y por lo tanto se reduce la tala de árboles.
Hay que tomar en cuenta que las 41 empresas que forman parte del piloto emiten más de 14 millones de facturas al mes.
Para fabricar tal cantidad de hojas se cortan más de 52 mil árboles y se gastan alrededor de 370 millones de litros de agua.
Otro de los beneficios del sistema es que la factura electrónica se valida «en línea» por Sunat, a diferencia del comprobante de pago impreso cuya revisión se realiza en un proceso posterior de auditoría al contribuyente.
También promueve el desarrollo del e-commerce para las empresas, lo que se convierte en una ventaja competitiva internacional.
Por último, el uso del soporte estándar de la factura electrónica aceptado en todo el mundo, permite realizar operaciones de comercio exterior con cualquier país que cuente con dicho soporte, puesto que el comprobante emitido será reconocido y validado por los sistemas utilizados por las empresas de todo el mundo.
En la reunión celebrada en la sede principal de Sunat, participaron las empresas y representantes de ComexPerú, la Cámara de Comercio de Lima (CCL), y el Consejo Nacional de Competitividad.
La jefa de la Sunat, Tania Quispe Mansilla, se reunió con los directivos de las 41 empresas que forman parte del proyecto piloto de «Comprobante Electrónico para Grandes Emisores», a fin de informar los avances del programa.
Actualmente son tres las empresas habilitadas para emitir los comprobantes electrónicos: Supermercados Peruanos, Transporte Confidencial de Información (TCI) y Línea Amarilla.
Las 446 facturas fueron emitidas por Supermercados Peruanos y TCI, siendo la primera la que emitió la primera factura electrónica, lo que es un hito rumbo al gobierno electrónico en el Perú.
Las empresas que se encuentran en proceso de homologación para obtener la autorización de la Administración Aduanera y Tributaria como nuevos emisores electrónicos de comprobantes son Seguros Rímac, Tecnológica de Alimentos (Tasa) y Alicorp.
Otras cuatro empresas de los sectores seguros, pesquero, productos de belleza y consumo masivo, se estarían sumando a este grupo de emisores electrónicos, y estarían por utilizar la factura electrónica a partir del mes de marzo.
La factura electrónica representa un ahorro de 30 por ciento anual en el presupuesto de las empresas destinado a gastos de almacenamiento, impresión y distribución de comprobantes y documentos relacionados.
Considerando que en el 2009 la Sunat autorizó la emisión de 754 millones de comprobantes (entre facturas y boletas) el ahorro que lograrían las empresas sería de 377 millones de nuevos soles.
Asimismo, los contribuyentes que apoyan el proyecto también contribuyen con la protección del medio ambiente, puesto que demandan menos papel y por lo tanto se reduce la tala de árboles.
Hay que tomar en cuenta que las 41 empresas que forman parte del piloto emiten más de 14 millones de facturas al mes.
Para fabricar tal cantidad de hojas se cortan más de 52 mil árboles y se gastan alrededor de 370 millones de litros de agua.
Otro de los beneficios del sistema es que la factura electrónica se valida «en línea» por Sunat, a diferencia del comprobante de pago impreso cuya revisión se realiza en un proceso posterior de auditoría al contribuyente.
También promueve el desarrollo del e-commerce para las empresas, lo que se convierte en una ventaja competitiva internacional.
Por último, el uso del soporte estándar de la factura electrónica aceptado en todo el mundo, permite realizar operaciones de comercio exterior con cualquier país que cuente con dicho soporte, puesto que el comprobante emitido será reconocido y validado por los sistemas utilizados por las empresas de todo el mundo.
En la reunión celebrada en la sede principal de Sunat, participaron las empresas y representantes de ComexPerú, la Cámara de Comercio de Lima (CCL), y el Consejo Nacional de Competitividad.
EDICTO
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1609-2013, doña Fabiola Isabel Morales Cama del Solar, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Estanislao Ruiz Sanchez, inscrita en el libro 171-Def., folio 01526359, año 2012, en el extremo que se ha consignado como nombre de la cónyuge MANUELA CASTAÑEDA QUIROZ DE RUIZ, siendo lo correcto MANUELA SACRAMENTA CASTAÑEDA QUIROZ DE RUIZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 20 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1609-2013, doña Fabiola Isabel Morales Cama del Solar, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Estanislao Ruiz Sanchez, inscrita en el libro 171-Def., folio 01526359, año 2012, en el extremo que se ha consignado como nombre de la cónyuge MANUELA CASTAÑEDA QUIROZ DE RUIZ, siendo lo correcto MANUELA SACRAMENTA CASTAÑEDA QUIROZ DE RUIZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 20 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
20 febrero 2013
DRELP SUSPENDE PROCESO DE ENCARGATURAS DE PLAZAS DIRECTIVAS EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS
La Dirección Regional de Educación de Lima Provincias (DRELP), da a conocer que mediante Resolución Directoral Regional N° 0323- 2013, de hoy 19 de febrero, declaró suspender de oficio las actividades programadas por la «Comisión Técnica responsable del Proceso de Selección de Personal para cubrir por encargatura las plazas directivas de las instituciones educativas de Educación Básica Regular y Educación Técnico Productiva de la jurisdicción de la DRELP».
Dicha suspensión se da para evitar la doble evaluación que estarían sujetos los postulantes a una plaza, ya que la comisión técnica regional había programado para este 24 de febrero la evaluación escrita para los postulantes y el Ministerio de Educación anunció que el proceso de evaluación será a partir de marzo del presente año.
Tras la suspensión de la evaluación, las encargaturas se regirán a lo indicado en el Oficio Múltiple N° 005-2013-MINEDU/SG-OGA- UPER emitido por el jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, en el cual dispone los lineamientos para las encargaturas en plazas vacantes de cargos jerárquicos y directivos.
Asimismo se deberá tener en cuenta que las encargaturas no genera ascenso de escala magisterial en ningún caso, ni representa el cambio de jornada laboral con relación a su cargo de profesor nombrado, solo asume de manera temporal, de ser el caso, una jornada de trabajo adicional.
Dicha suspensión se da para evitar la doble evaluación que estarían sujetos los postulantes a una plaza, ya que la comisión técnica regional había programado para este 24 de febrero la evaluación escrita para los postulantes y el Ministerio de Educación anunció que el proceso de evaluación será a partir de marzo del presente año.
Tras la suspensión de la evaluación, las encargaturas se regirán a lo indicado en el Oficio Múltiple N° 005-2013-MINEDU/SG-OGA- UPER emitido por el jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, en el cual dispone los lineamientos para las encargaturas en plazas vacantes de cargos jerárquicos y directivos.
Asimismo se deberá tener en cuenta que las encargaturas no genera ascenso de escala magisterial en ningún caso, ni representa el cambio de jornada laboral con relación a su cargo de profesor nombrado, solo asume de manera temporal, de ser el caso, una jornada de trabajo adicional.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
Ordenanza que regula la ocupación de la Vía Publica con Materiales de Construcción y/o Desmonte en el Distrito de Imperial-CAÑETE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2013-MDI
Imperial, 01 de Febrero del 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL CAÑETE;
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal llevada a cabo el 16 de Enero del 2013, se trató el Informe N° 067-2012-SSR-MDI de fecha 27 de Noviembre del 2012, por el cual se remite el Dictamen N° 012-2012 sobre el Proyecto de Ordenanza que regula la ocupación de la Vía Publica con Materiales de Construcción y/o Desmonte en el Distrito de Imperial;
CONSIDERANDO:
Que, el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que «Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico»;
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Numeral 3.6) Ítem 3.6.2) del Artículo 79° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica;
Que, cabe precisar que la Municipalidad de Imperial, tiene como uno de sus objetivos institucionales optimizar las normas que regulan la ejecución de obras en las áreas públicas del distrito, así como la instalación de infraestructura para prestación de servicios públicos, a fin de preservar en buen estado las áreas de uso público y garantizar la seguridad de los vecinos y visitantes del Distrito;
Que, el Artículo 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que «Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (…)». Asimismo el Inciso 8) del Artículo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal «Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos»;
Que, además, es pertinente mencionar que, el literal g) del Artículo 41° de la Norma G-030 del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, establece que las Municipalidades son responsables de fijar los requisitos a que deberán sujetarse las obras en lo referente al uso de la vía publica horario de trabajo, instalaciones provisionales, ingreso y salida de materiales y condiciones para la protección del medio ambiente;
Que, mediante el Oficio N° 0115-2012-AVY-RMDI de fecha 29 de Octubre del 2012, la Regidora Aurora Vicente Yaya presenta el Proyecto de Ordenanza que regula la ocupación de la vía publica con materiales de construcción y/o desmonte en el Distrito de Imperial, el cual se sustenta en lo establecido en el Numeral 3.6.2) del Artículo 79° de la Ley Organica de Municipalidades N° 29792, teniendo en cuenta que se percibe constantemente la utilización de la vía publica como depósito de materiales de construcción y/o desmonte, por parte de personas naturales y jurídicas que ejecutan algún tipo de construcción, obstaculizando el libre tránsito, pudiendo inclusive en algunos casos, ocasionar accidentes por no permitir adecuadamente el uso de las pistas y veredas y dejándolas completamente sucias;
Que, mediante el Informe N° 251-2012-OAJ-MDI de fecha 31 de Octubre del 2012, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° 003-2013-GDTA-MDI de fecha 08 de Enero del 2013 emitido por la Gerencia de Desarrollo Territorial y Ambiental, opinan favorablemente por la aprobación del presente Proyecto de Ordenanza, al señalar que el mismo enfoca de manera objetiva el problema ocasionado por diferentes ciudadanos, cuando efectúan por terceros construcciones de sus casas ocupando la vía publica con desmonte y materiales de construcción, lo cual resulta perjudicial para el normal desenvolvimiento del tránsito y el transporte en la zona comprometida, debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal, conforme lo establece el Numeral 8) del Artículo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en Numeral 8 y 9 del Artículo 9°, Artículo 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó por Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA LA OCUPACION DE LA VIA PUBLICA CON MATERIALES DE CONTRUCCION Y/O DESMONTE EN EL DISTRITO DE IMPERIAL-CAÑETE
ARTICULO 1.- La presente Ordenanza tiene como objetivo normar la ocupación de la vía publica en el distrito, como consecuencia de los trabajos y/o ejecución de todo tipo de obras de edificación, así como trabajos de montaje, desmontaje y/o cualquier proceso de operación o transporte con relación a las obras a ejecutar desde su preparación hasta su conclusión; con la finalidad de velar por la tranquilidad y seguridad de los vecinos, evitar el deterioro de las pistas y veredas, áreas públicas, y la interferencia del libre tránsito peatonal y vehicular.
ARTÍCULO 2.- La presente Ordenanza será de aplicación para toda persona natural o jurídica, pública o privada, que realice alguna obra de edificación en su propiedad o por encargo de terceros y necesite hacer uso de la vía publica para la acumulación de desmonte y/o materiales de construcción, así como la carga y descarga de los mismos, dentro del ámbito territorial del Distrito de Imperial.
CAPITULO II
OCUPACION DE LA VIA PÚBLICA
ARTÍCULO 3.- La vía pública podrá ser ocupada únicamente con: almacenamiento temporal de materiales de construcción y/o desmonte, así como para la carga y descarga de los mismos frente a la obra, que se requieran para la ejecución de la misma y que cuente previamente con la respectiva licencia de obra de construcción; respetando los términos siguientes:
a.- Se podrá usar únicamente el 50% del ancho de la vereda, en el tramo que de frente al predio en construcción, para la instalación de un cerco de protección (Ladrillo, madera, tripley u otro similar) el cual debe estar todo el día con el fin de que el material no afecte el paso de los transeúntes.
b.- Para el almacenamiento temporal de materiales de construcción y/o desmonte se podrá ocupar el 100% del ancho de la berma lateral o del estacionamiento, que corresponda frente al predio en el cual se llevara a cabo la edificación de no haber berma lateral solo se usara 2 metros del ancho de la pista.
c.- Cuando se acumule material y/o desmonte en la vía pública se debe respetar la circulación y los accesos peatonales y vehiculares, no estando permitido la acumulación de material en los frentes de otros lotes de los vecinos.
d.- En casos de edificaciones habitadas que se encuentren bajo el régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y propiedad común de los conjuntos habitacionales, se respetaran los accesos peatonales y vehiculares así como los espacios frente a estos en todos sus anchos, evitando obstaculizar el ingreso al Inmueble.
ARTICULO 4.- La acumulación del material de construcción, del desmonte así como el retiro de los mismos debe efectuarse dentro del horario de trabajo y no permaneciendo por más de 48 horas de Lunes a Viernes y los días sábados hasta las 13.30 pm. Los domingos y feriados la vía publica debe permanecer libre de materiales y de desmonte con veredas y calzadas barridas y limpias.
ARTÍCULO 5.- La ocupación de la vía publica en cualquiera de los casos indicados (salvo que cuenten con la autorización correspondiente) en los artículos anteriores, no deberá afectar en ningún caso el tránsito peatonal y/o vehicular, debiéndose implementar las medidas de seguridad alrededor de las obras que se realicen en la vía publica, garantizando la seguridad física de los peatones, debiendo cumplir con los requisitos siguientes:
a.- El desmonte para poder ser acumulado en la vía publica, deberá estar en bolsas de cemento o de polietileno, deberá mantenerse húmedo para evitar que el viento traslade el polvo a los lotes vecinos y a la vía publica; así por el volumen del desmonte no es posible acumularlo en bolsas, se podrá usar la berma lateral o el estacionamiento ubicado frente al lote materia de la obra de edificación, teniendo en consideración lo establecido en el Artículo 4° de la presente norma.
b.- No se permitirá la acumulación de residuos peligrosos ni contaminantes (por ejemplo material combustible) los cuales deben ser retirados de la obra de forma inmediata.
c.- Los agregados (piedras, arenas, hormigón, etc.) deberán acumularse, delimitando el espacio a usar y no deben sobrepasar de 1.00 m. de alto, sobre el nivel de la vereda, tratando de mantener el ornato.
d.- El ladrillo deberá quedar apilado únicamente en el módulo de la berma lateral o del estacionamiento ubicado frente al lote donde se está construyendo, con una altura máxima de 2.00 metros lineales, considerándose lo establecido en el literal i) del presente artículo, debiendo estibarse en forma cruzada uno con otro.
e.- El material acumulado, los elementos de construcción y los cercos habilitados no deben rebasar los límites antes establecidos, debiendo quedar la vereda y la calzada, libres y limpias de todo material excedente, evitando exponer a los transeúntes a peligros derivados a acciones propias de la obra.
f.- Todo material que se almacene en la vía pública siguiendo las indicaciones anteriormente expuestas deberá mantenerse húmedo para evitar que el viento traslade el polvo hacia la vía pública y propiedad privada, evitando malestares a terceras personas.
g.- No deberá efectuarse mezcla de concreto de manera directa o artesanal sobre la vía pública a excepción de los trabajos que realicen en áreas de dominio público que cuenten con autorización municipal sobre infraestructura, para lo cual dejaran limpias de todo residuo de mezclas.
h.- Cuando se trate de lotes ubicados en esquinas solo se podrá usar uno de los frentes para la acumulación del material de construcción o desmonte, así como la carga y descarga de los mismos.
i.- No se permitirá acumulación de material que obstruya la visual hacia los elementos de señalización de la obra. Asimismo no se debe obstaculizar la visual de los vehículos que salen de los estacionamientos colindantes tanto de la vía pública como de las edificaciones colindantes.
ARTICULO 6.- La vía publica, vereda, pistas, jardines y/o parques, no podrán ser ocupados por el personal obrero que labore en las obras de construcción, para lo cual las personas que realicen obras civiles en el distrito están obligados a destinar dentro de los límites en que se ejecute la obra espacios para el funcionamiento de comedores y servicios higiénicos para su personal debiendo estos tomar sus alimentos y/o descansar en el interior de la obra.
CAPITULO III
SEÑALIZACION Y PREVENCION
ARTÍCULO 7.- Con la finalidad de evitar accidentes como consecuencia de la ocupación de la via publica, se deberán tomar las medidas de seguridad siguientes:
a.- Mantener en buen estado y conveniente señalización en la vereda y berma, colocando mallas, cintas plásticas de color u otro similar con elementos rígidos, que delimiten las áreas ocupadas temporalmente por el material y/o desmonte acumulado.
b.- Se colocaran elementos visuales que adviertan la acumulación de materiales en la vía pública así como la descarga de los mismos a 50 m. y 25 m. de distancia antes de la ubicación de estos (conos, letreros entre otros).
c.- A partir de las 18.30 horas hasta las 06.30 horas deberán colocarse letreros luminosos, para advertir la presencia del material acumulado en la vía publica, a 50 m. y 25 m. antes de estos.
d.- Las señales de seguridad deberán cumplir con lo señalado en el Reglamento Nacional de Edificaciones y las disposiciones del Código Internacional de Señales de Seguridad.
e.- No se permitirá usar mecheros a petróleo o kerosene solo lámparas o similares de luz intermitente.
CAPITULO IV
OBLIGACIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 8.- Con la finalidad de dar tranquilidad y respeto a las horas de descanso de los vecinos, se deberan tomar las medidas siguientes:
a.- Se establece el horario de trabajo según el Horario de Construcción Civil que es de Lunes a Viernes de 07.30 horas a 17.30 horas y sábados de 7.30 horas a 13.30 horas.
b.- Se prohíbe efectuar trabajos de Construcción Civil fuera del horario establecido y se prohíbe efectuar labores de construcción los domingos, parte del sábado y días feriados.
c.- Se autoriza extensión del horario de trabajo, previa comunicación escrita en casos que por su magnitud requieran mayor tiempo.
d.- Se autorizara ampliación del Horario, en casos de fuerza mayor (imprevistos) que deben ser verificados y sancionados en caso lo requiera.
e.- Deberán tener visible las licencias u Autorizaciones otorgadas, que le permitan ejecutar obras de construcción y/o acumular materiales. Caso contrario se aplicara las sancionadas correspondientes.
ARTICULO 9.- El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en los artículos de la presente Ordenanza, será motivo de paralización de la obra y aplicación de la papeleta de infracciona si como del retiro de materiales de construcción y/o desmonte, herramientas y equipos que se encuentren en la vía publica de acuerdo al Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones aprobado con la Ordenanza N° 004-2012-MDI. En el caso que no procedan a retirar los materiales de construcción y/o desmonte, así como los agregados.
ARTÍCULO 10.- Las infracciones que se deriven de la no observancia de la presente Ordenanza, serán sancionadas de conformidad con el Cuadro de Infracciones y Sanciones vigente. Se consideran infracciones a la presente Ordenanza las señaladas en los Códigos señalados del cuadro de infracciones y sanciones aprobado por la Ordenanza N° 04-2012, siendo estas las siguientes:

ARTÍCULO 11.- Modificar e incorporar las siguientes infracciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por la Ordenanza N° 004-2012-MDI:

DISPOSICIONES FINALES
Primero.- Encargar a la gerencia de tributación municipal a través de la subgerencia de fiscalización, gerencia de desarrollo territorial y ambiental, a través de la subgerencia de obras públicas y privadas el cumplimiento de la siguiente norma.
Segundo.- La sub-gerencia de fiscalización deberá realizar acciones de difusión, información y capacitación del contenido y alcances de la presente ordenanza, las mismas que podrán ejecutarse a través de internet, impresos, charlas, afiches u otros medios que aseguren la adecuada difusión de la misma.
Tercero.- Derogar toda disposición legal que ponga a la presente ordenanza.
Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando que se registre, publique, comunique y cumpla
Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
Ordenanza que regula la ocupación de la Vía Publica con Materiales de Construcción y/o Desmonte en el Distrito de Imperial-CAÑETE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2013-MDI
Imperial, 01 de Febrero del 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL CAÑETE;
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal llevada a cabo el 16 de Enero del 2013, se trató el Informe N° 067-2012-SSR-MDI de fecha 27 de Noviembre del 2012, por el cual se remite el Dictamen N° 012-2012 sobre el Proyecto de Ordenanza que regula la ocupación de la Vía Publica con Materiales de Construcción y/o Desmonte en el Distrito de Imperial;
CONSIDERANDO:
Que, el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que «Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico»;
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Numeral 3.6) Ítem 3.6.2) del Artículo 79° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica;
Que, cabe precisar que la Municipalidad de Imperial, tiene como uno de sus objetivos institucionales optimizar las normas que regulan la ejecución de obras en las áreas públicas del distrito, así como la instalación de infraestructura para prestación de servicios públicos, a fin de preservar en buen estado las áreas de uso público y garantizar la seguridad de los vecinos y visitantes del Distrito;
Que, el Artículo 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que «Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (…)». Asimismo el Inciso 8) del Artículo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal «Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos»;
Que, además, es pertinente mencionar que, el literal g) del Artículo 41° de la Norma G-030 del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, establece que las Municipalidades son responsables de fijar los requisitos a que deberán sujetarse las obras en lo referente al uso de la vía publica horario de trabajo, instalaciones provisionales, ingreso y salida de materiales y condiciones para la protección del medio ambiente;
Que, mediante el Oficio N° 0115-2012-AVY-RMDI de fecha 29 de Octubre del 2012, la Regidora Aurora Vicente Yaya presenta el Proyecto de Ordenanza que regula la ocupación de la vía publica con materiales de construcción y/o desmonte en el Distrito de Imperial, el cual se sustenta en lo establecido en el Numeral 3.6.2) del Artículo 79° de la Ley Organica de Municipalidades N° 29792, teniendo en cuenta que se percibe constantemente la utilización de la vía publica como depósito de materiales de construcción y/o desmonte, por parte de personas naturales y jurídicas que ejecutan algún tipo de construcción, obstaculizando el libre tránsito, pudiendo inclusive en algunos casos, ocasionar accidentes por no permitir adecuadamente el uso de las pistas y veredas y dejándolas completamente sucias;
Que, mediante el Informe N° 251-2012-OAJ-MDI de fecha 31 de Octubre del 2012, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° 003-2013-GDTA-MDI de fecha 08 de Enero del 2013 emitido por la Gerencia de Desarrollo Territorial y Ambiental, opinan favorablemente por la aprobación del presente Proyecto de Ordenanza, al señalar que el mismo enfoca de manera objetiva el problema ocasionado por diferentes ciudadanos, cuando efectúan por terceros construcciones de sus casas ocupando la vía publica con desmonte y materiales de construcción, lo cual resulta perjudicial para el normal desenvolvimiento del tránsito y el transporte en la zona comprometida, debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal, conforme lo establece el Numeral 8) del Artículo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en Numeral 8 y 9 del Artículo 9°, Artículo 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó por Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA LA OCUPACION DE LA VIA PUBLICA CON MATERIALES DE CONTRUCCION Y/O DESMONTE EN EL DISTRITO DE IMPERIAL-CAÑETE
ARTICULO 1.- La presente Ordenanza tiene como objetivo normar la ocupación de la vía publica en el distrito, como consecuencia de los trabajos y/o ejecución de todo tipo de obras de edificación, así como trabajos de montaje, desmontaje y/o cualquier proceso de operación o transporte con relación a las obras a ejecutar desde su preparación hasta su conclusión; con la finalidad de velar por la tranquilidad y seguridad de los vecinos, evitar el deterioro de las pistas y veredas, áreas públicas, y la interferencia del libre tránsito peatonal y vehicular.
ARTÍCULO 2.- La presente Ordenanza será de aplicación para toda persona natural o jurídica, pública o privada, que realice alguna obra de edificación en su propiedad o por encargo de terceros y necesite hacer uso de la vía publica para la acumulación de desmonte y/o materiales de construcción, así como la carga y descarga de los mismos, dentro del ámbito territorial del Distrito de Imperial.
CAPITULO II
OCUPACION DE LA VIA PÚBLICA
ARTÍCULO 3.- La vía pública podrá ser ocupada únicamente con: almacenamiento temporal de materiales de construcción y/o desmonte, así como para la carga y descarga de los mismos frente a la obra, que se requieran para la ejecución de la misma y que cuente previamente con la respectiva licencia de obra de construcción; respetando los términos siguientes:
a.- Se podrá usar únicamente el 50% del ancho de la vereda, en el tramo que de frente al predio en construcción, para la instalación de un cerco de protección (Ladrillo, madera, tripley u otro similar) el cual debe estar todo el día con el fin de que el material no afecte el paso de los transeúntes.
b.- Para el almacenamiento temporal de materiales de construcción y/o desmonte se podrá ocupar el 100% del ancho de la berma lateral o del estacionamiento, que corresponda frente al predio en el cual se llevara a cabo la edificación de no haber berma lateral solo se usara 2 metros del ancho de la pista.
c.- Cuando se acumule material y/o desmonte en la vía pública se debe respetar la circulación y los accesos peatonales y vehiculares, no estando permitido la acumulación de material en los frentes de otros lotes de los vecinos.
d.- En casos de edificaciones habitadas que se encuentren bajo el régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y propiedad común de los conjuntos habitacionales, se respetaran los accesos peatonales y vehiculares así como los espacios frente a estos en todos sus anchos, evitando obstaculizar el ingreso al Inmueble.
ARTICULO 4.- La acumulación del material de construcción, del desmonte así como el retiro de los mismos debe efectuarse dentro del horario de trabajo y no permaneciendo por más de 48 horas de Lunes a Viernes y los días sábados hasta las 13.30 pm. Los domingos y feriados la vía publica debe permanecer libre de materiales y de desmonte con veredas y calzadas barridas y limpias.
ARTÍCULO 5.- La ocupación de la vía publica en cualquiera de los casos indicados (salvo que cuenten con la autorización correspondiente) en los artículos anteriores, no deberá afectar en ningún caso el tránsito peatonal y/o vehicular, debiéndose implementar las medidas de seguridad alrededor de las obras que se realicen en la vía publica, garantizando la seguridad física de los peatones, debiendo cumplir con los requisitos siguientes:
a.- El desmonte para poder ser acumulado en la vía publica, deberá estar en bolsas de cemento o de polietileno, deberá mantenerse húmedo para evitar que el viento traslade el polvo a los lotes vecinos y a la vía publica; así por el volumen del desmonte no es posible acumularlo en bolsas, se podrá usar la berma lateral o el estacionamiento ubicado frente al lote materia de la obra de edificación, teniendo en consideración lo establecido en el Artículo 4° de la presente norma.
b.- No se permitirá la acumulación de residuos peligrosos ni contaminantes (por ejemplo material combustible) los cuales deben ser retirados de la obra de forma inmediata.
c.- Los agregados (piedras, arenas, hormigón, etc.) deberán acumularse, delimitando el espacio a usar y no deben sobrepasar de 1.00 m. de alto, sobre el nivel de la vereda, tratando de mantener el ornato.
d.- El ladrillo deberá quedar apilado únicamente en el módulo de la berma lateral o del estacionamiento ubicado frente al lote donde se está construyendo, con una altura máxima de 2.00 metros lineales, considerándose lo establecido en el literal i) del presente artículo, debiendo estibarse en forma cruzada uno con otro.
e.- El material acumulado, los elementos de construcción y los cercos habilitados no deben rebasar los límites antes establecidos, debiendo quedar la vereda y la calzada, libres y limpias de todo material excedente, evitando exponer a los transeúntes a peligros derivados a acciones propias de la obra.
f.- Todo material que se almacene en la vía pública siguiendo las indicaciones anteriormente expuestas deberá mantenerse húmedo para evitar que el viento traslade el polvo hacia la vía pública y propiedad privada, evitando malestares a terceras personas.
g.- No deberá efectuarse mezcla de concreto de manera directa o artesanal sobre la vía pública a excepción de los trabajos que realicen en áreas de dominio público que cuenten con autorización municipal sobre infraestructura, para lo cual dejaran limpias de todo residuo de mezclas.
h.- Cuando se trate de lotes ubicados en esquinas solo se podrá usar uno de los frentes para la acumulación del material de construcción o desmonte, así como la carga y descarga de los mismos.
i.- No se permitirá acumulación de material que obstruya la visual hacia los elementos de señalización de la obra. Asimismo no se debe obstaculizar la visual de los vehículos que salen de los estacionamientos colindantes tanto de la vía pública como de las edificaciones colindantes.
ARTICULO 6.- La vía publica, vereda, pistas, jardines y/o parques, no podrán ser ocupados por el personal obrero que labore en las obras de construcción, para lo cual las personas que realicen obras civiles en el distrito están obligados a destinar dentro de los límites en que se ejecute la obra espacios para el funcionamiento de comedores y servicios higiénicos para su personal debiendo estos tomar sus alimentos y/o descansar en el interior de la obra.
CAPITULO III
SEÑALIZACION Y PREVENCION
ARTÍCULO 7.- Con la finalidad de evitar accidentes como consecuencia de la ocupación de la via publica, se deberán tomar las medidas de seguridad siguientes:
a.- Mantener en buen estado y conveniente señalización en la vereda y berma, colocando mallas, cintas plásticas de color u otro similar con elementos rígidos, que delimiten las áreas ocupadas temporalmente por el material y/o desmonte acumulado.
b.- Se colocaran elementos visuales que adviertan la acumulación de materiales en la vía pública así como la descarga de los mismos a 50 m. y 25 m. de distancia antes de la ubicación de estos (conos, letreros entre otros).
c.- A partir de las 18.30 horas hasta las 06.30 horas deberán colocarse letreros luminosos, para advertir la presencia del material acumulado en la vía publica, a 50 m. y 25 m. antes de estos.
d.- Las señales de seguridad deberán cumplir con lo señalado en el Reglamento Nacional de Edificaciones y las disposiciones del Código Internacional de Señales de Seguridad.
e.- No se permitirá usar mecheros a petróleo o kerosene solo lámparas o similares de luz intermitente.
CAPITULO IV
OBLIGACIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 8.- Con la finalidad de dar tranquilidad y respeto a las horas de descanso de los vecinos, se deberan tomar las medidas siguientes:
a.- Se establece el horario de trabajo según el Horario de Construcción Civil que es de Lunes a Viernes de 07.30 horas a 17.30 horas y sábados de 7.30 horas a 13.30 horas.
b.- Se prohíbe efectuar trabajos de Construcción Civil fuera del horario establecido y se prohíbe efectuar labores de construcción los domingos, parte del sábado y días feriados.
c.- Se autoriza extensión del horario de trabajo, previa comunicación escrita en casos que por su magnitud requieran mayor tiempo.
d.- Se autorizara ampliación del Horario, en casos de fuerza mayor (imprevistos) que deben ser verificados y sancionados en caso lo requiera.
e.- Deberán tener visible las licencias u Autorizaciones otorgadas, que le permitan ejecutar obras de construcción y/o acumular materiales. Caso contrario se aplicara las sancionadas correspondientes.
ARTICULO 9.- El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en los artículos de la presente Ordenanza, será motivo de paralización de la obra y aplicación de la papeleta de infracciona si como del retiro de materiales de construcción y/o desmonte, herramientas y equipos que se encuentren en la vía publica de acuerdo al Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones aprobado con la Ordenanza N° 004-2012-MDI. En el caso que no procedan a retirar los materiales de construcción y/o desmonte, así como los agregados.
ARTÍCULO 10.- Las infracciones que se deriven de la no observancia de la presente Ordenanza, serán sancionadas de conformidad con el Cuadro de Infracciones y Sanciones vigente. Se consideran infracciones a la presente Ordenanza las señaladas en los Códigos señalados del cuadro de infracciones y sanciones aprobado por la Ordenanza N° 04-2012, siendo estas las siguientes:

ARTÍCULO 11.- Modificar e incorporar las siguientes infracciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por la Ordenanza N° 004-2012-MDI:

DISPOSICIONES FINALES
Primero.- Encargar a la gerencia de tributación municipal a través de la subgerencia de fiscalización, gerencia de desarrollo territorial y ambiental, a través de la subgerencia de obras públicas y privadas el cumplimiento de la siguiente norma.
Segundo.- La sub-gerencia de fiscalización deberá realizar acciones de difusión, información y capacitación del contenido y alcances de la presente ordenanza, las mismas que podrán ejecutarse a través de internet, impresos, charlas, afiches u otros medios que aseguren la adecuada difusión de la misma.
Tercero.- Derogar toda disposición legal que ponga a la presente ordenanza.
Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando que se registre, publique, comunique y cumpla
Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
EDICTOS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don JULIO ALDO VILLALBA SANCHEZ, con DNI 15436619, de 35 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Ing. Economista, de nacionalidad peruano, domiciliado en CP. Laura Caller Mz. H Lote 10 – San Luis; y doña PILAR ANTONIA QUISPETIRA TRUJILLO, con DNI 40385744, de 33 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión Abogada, de nacionalidad peruana, domiciliada en CP. Laura Caller Mz. H Lote 10 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley. San Luis, 19 de Febrero de 2013.
Delia Solorzano Carrión - Alcaldesa
Rosario M. Sueng Chávez - Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don GINO IVAN VIDAL ROBLES, con DNI 43310885, de 31 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Ingeniero, de nacionalidad peruano, domiciliado en El Labrador – Los Olivos – Los Olivos; y doña BIANCA HUAMÁN PAREJA, con DNI 42001689, de 29 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión Ingeniera, de nacionalidad peruana, domiciliada en CP. La Quebrada – Los Olivos – Los Olivos. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley. San Luis, 19 de Febrero de 2013.
Delia Solorzano Carrión - Alcaldesa
Rosario M. Sueng Chávez - Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1542-2013, doña Anita Flores Cantoral, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Mario Junior Vivanco Flores, inscrita en el libro Of. 47, folio 31, año 1996, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres del titular como MARCO ANTONIO VIVANCO DAVILA y ANA FLORES CANTORAL, siendo lo correcto MARCOS ANTONIO VIVANCO DAVILA y ANITA FLORES CANTORAL, asimismo se ha consignado como número de DNI del padre 90053725, siendo lo correcto 80053725. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1233-2013, doña Teodora Ramires Serna, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Juan Jose Palacios Mattos, inscrita en el libro 116, folio 103, año 1988, en el extremo que se ha consignado el apellido materno del fallecido como MATOS, siendo lo correcto MATTOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña MARIA AURORA ROJAS DE PORTUGUEZ, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don DIONICIO VICENTE PORTUGUEZ FELIPE, quien falleció AB-INTESTADO el día 11 de Noviembre del año 2011, a efecto de que se declaren como únicos y universal herederos a su cónyuge supérstite doña MARIA AURORA ROJAS LEVANO y a sus hijos: MARCELINA PORTUGEZ ROJAS, PETRONILA ALICIA PORTUGUEZ ROJAS, VICTOR LUIS PORTUGUEZ ROJAS, PEDRO OSCAR PORTUGUEZ ROJAS, JOSE ROBERTO PORTUGUEZ ROJAS, ADELA PORTUGUEZ ROJAS, DORA PORTUGUEZ ROJAS y NANCY BEXABE PORTUGUEZ ROJAS, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 05 de Diciembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña PAULINA IRMA YAYA CAMPOS DE REYNA, manifestando ser hija de quien fuera en vida don PEDRO ABRAHAM YAYA RUIZ, quien falleció AB-INTESTADO el día 22 de Julio de 2009, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a su cónyuge doña JUANA CAMPOS ARIAS y a sus hijos: DOMINGA SEVERA YAYA CAMPOS, JULIA AQUILA YAYA CAMPOS, JEREMIAS LUZMILA YAYA CAMPOS, PAULINA IRMA YAYA CAMPOS, MARGARITA EDITH YAYA CAMPOS, PERPETUO ADAN YAYA CAMPOS, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 15 de Mayo de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don PRIMITIVO GODOY CUZCANO, manifestando ser hermano de quien fuera en vida doña PAULINA GODOY CUZCANO, quien falleció AB-INTESTADA el día 03 de Octubre de 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hermanos: PABLO GODOY CUZCANO, PRIMITIVO GODOY CUZCANO, GABRIEL GODOY CUZCANO y JOSE GODOY CUZCANO respectivamente. . Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 21 de Noviembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don JUAN QUISPE RIVAS, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña MARIA SALOME RIVAS ALCANTARA, quien falleció AB-INTESTADA el día 20 de Noviembre del año 1979, a efecto se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos JUAN QUISPE RIVAS, ROSA QUISPE RIVAS y CARMEN QUISPE RIVAS respectivamente. Cañete, 07 de Agosto de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don MARCO ANTONIO OCHOA VILLALOBOS, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña JESUSA TEODORA VILLALOBOS RUIZ, quien falleció AB-INTESTADA el día 30 de Noviembre de 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos: DOMINGA OCHOA VILLALOBOS, VICTOR ISAIAS OCHOA VILLALOBOS, MARTHA ESTHER OCHOA VILLALOBOS, SARA ELENA OCHOA VILLALOBOS y MARCO ANTONIO OCHOA VILLALOBOS. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 07 de Junio de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don OSCAR CORNEJO VARGAS, manifestando ser hijo de quien fuera en vida don MARIANO CORNEJO ANTAY, quien falleció AB-INTESTADO el día 09 de Enero de 2004, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge doña FRANCISCA VARGAS PINO y a sus hijos: ALEJANDRO CORNEJO VARGAS, MARIO CORNEJO VARGAS, MARIA LUZ CORNEJO VARGAS, ELENA CORNEJO VARGAS, VERONICA CORNEJO VARGAS y OSCAR CORNEJO VARGAS respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 20 de Noviembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a:
EXP.- 2003-0117; a PEDRO GROCELIO FIGUEROA VELIZ y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR, a efecto que se apersonen a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora de esta Corte Superior el Día 18.03.2013; hora 09:00a.m y responda por los cargos que se le imputa. Delito: ROBO DE GANADO. Agraviado: Juan De Dioz Zarate y Otros; bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMAZ. Secretario Yovera. Cañete 06.02.2013.
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don JULIO ALDO VILLALBA SANCHEZ, con DNI 15436619, de 35 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Ing. Economista, de nacionalidad peruano, domiciliado en CP. Laura Caller Mz. H Lote 10 – San Luis; y doña PILAR ANTONIA QUISPETIRA TRUJILLO, con DNI 40385744, de 33 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión Abogada, de nacionalidad peruana, domiciliada en CP. Laura Caller Mz. H Lote 10 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley. San Luis, 19 de Febrero de 2013.
Delia Solorzano Carrión - Alcaldesa
Rosario M. Sueng Chávez - Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don GINO IVAN VIDAL ROBLES, con DNI 43310885, de 31 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Ingeniero, de nacionalidad peruano, domiciliado en El Labrador – Los Olivos – Los Olivos; y doña BIANCA HUAMÁN PAREJA, con DNI 42001689, de 29 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión Ingeniera, de nacionalidad peruana, domiciliada en CP. La Quebrada – Los Olivos – Los Olivos. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley. San Luis, 19 de Febrero de 2013.
Delia Solorzano Carrión - Alcaldesa
Rosario M. Sueng Chávez - Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1542-2013, doña Anita Flores Cantoral, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Mario Junior Vivanco Flores, inscrita en el libro Of. 47, folio 31, año 1996, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres del titular como MARCO ANTONIO VIVANCO DAVILA y ANA FLORES CANTORAL, siendo lo correcto MARCOS ANTONIO VIVANCO DAVILA y ANITA FLORES CANTORAL, asimismo se ha consignado como número de DNI del padre 90053725, siendo lo correcto 80053725. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1233-2013, doña Teodora Ramires Serna, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Juan Jose Palacios Mattos, inscrita en el libro 116, folio 103, año 1988, en el extremo que se ha consignado el apellido materno del fallecido como MATOS, siendo lo correcto MATTOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña MARIA AURORA ROJAS DE PORTUGUEZ, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don DIONICIO VICENTE PORTUGUEZ FELIPE, quien falleció AB-INTESTADO el día 11 de Noviembre del año 2011, a efecto de que se declaren como únicos y universal herederos a su cónyuge supérstite doña MARIA AURORA ROJAS LEVANO y a sus hijos: MARCELINA PORTUGEZ ROJAS, PETRONILA ALICIA PORTUGUEZ ROJAS, VICTOR LUIS PORTUGUEZ ROJAS, PEDRO OSCAR PORTUGUEZ ROJAS, JOSE ROBERTO PORTUGUEZ ROJAS, ADELA PORTUGUEZ ROJAS, DORA PORTUGUEZ ROJAS y NANCY BEXABE PORTUGUEZ ROJAS, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 05 de Diciembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña PAULINA IRMA YAYA CAMPOS DE REYNA, manifestando ser hija de quien fuera en vida don PEDRO ABRAHAM YAYA RUIZ, quien falleció AB-INTESTADO el día 22 de Julio de 2009, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a su cónyuge doña JUANA CAMPOS ARIAS y a sus hijos: DOMINGA SEVERA YAYA CAMPOS, JULIA AQUILA YAYA CAMPOS, JEREMIAS LUZMILA YAYA CAMPOS, PAULINA IRMA YAYA CAMPOS, MARGARITA EDITH YAYA CAMPOS, PERPETUO ADAN YAYA CAMPOS, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 15 de Mayo de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don PRIMITIVO GODOY CUZCANO, manifestando ser hermano de quien fuera en vida doña PAULINA GODOY CUZCANO, quien falleció AB-INTESTADA el día 03 de Octubre de 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hermanos: PABLO GODOY CUZCANO, PRIMITIVO GODOY CUZCANO, GABRIEL GODOY CUZCANO y JOSE GODOY CUZCANO respectivamente. . Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 21 de Noviembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don JUAN QUISPE RIVAS, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña MARIA SALOME RIVAS ALCANTARA, quien falleció AB-INTESTADA el día 20 de Noviembre del año 1979, a efecto se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos JUAN QUISPE RIVAS, ROSA QUISPE RIVAS y CARMEN QUISPE RIVAS respectivamente. Cañete, 07 de Agosto de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don MARCO ANTONIO OCHOA VILLALOBOS, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña JESUSA TEODORA VILLALOBOS RUIZ, quien falleció AB-INTESTADA el día 30 de Noviembre de 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos: DOMINGA OCHOA VILLALOBOS, VICTOR ISAIAS OCHOA VILLALOBOS, MARTHA ESTHER OCHOA VILLALOBOS, SARA ELENA OCHOA VILLALOBOS y MARCO ANTONIO OCHOA VILLALOBOS. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 07 de Junio de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don OSCAR CORNEJO VARGAS, manifestando ser hijo de quien fuera en vida don MARIANO CORNEJO ANTAY, quien falleció AB-INTESTADO el día 09 de Enero de 2004, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge doña FRANCISCA VARGAS PINO y a sus hijos: ALEJANDRO CORNEJO VARGAS, MARIO CORNEJO VARGAS, MARIA LUZ CORNEJO VARGAS, ELENA CORNEJO VARGAS, VERONICA CORNEJO VARGAS y OSCAR CORNEJO VARGAS respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 20 de Noviembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a:
EXP.- 2003-0117; a PEDRO GROCELIO FIGUEROA VELIZ y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR, a efecto que se apersonen a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora de esta Corte Superior el Día 18.03.2013; hora 09:00a.m y responda por los cargos que se le imputa. Delito: ROBO DE GANADO. Agraviado: Juan De Dioz Zarate y Otros; bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMAZ. Secretario Yovera. Cañete 06.02.2013.
19 febrero 2013
ONPE INICIA IMPRESION DE CEDULAS DE SUFRAGIO PARA REVOCATORIA
La Oficina Nacional de Procesos Electoral (ONPE) iniciará hoy la impresión de las cédulas de sufragio que se utilizarán en la consulta popular de revocatoria de autoridades municipales del próximo 17 de marzo.
La impresión se realizará en la imprenta Tecnoformas, ubicada en la avenida Maquinarias 2164 en el Cercado de Lima. Por tal motivo, se convocó a la prensa para que presencie esta actividad a iniciarse a las 11:30 horas. Se espera la presencia de representantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de la Reniec, la Defensoría del Pueblo, la Asociación Civil Transparencia, y del Instituto Nacional Demócrata.
Asimismo, acudirán los promotores y autoridades incluidas en este proceso de consulta.
Por otro lado, la ONPE informó que pondrá a disposición de los ciudadanos 888 locales de votación para el desarrollo de la consulta popular, de los cuales 102 pertenecen a la ODPE Lima Este - San Juan de Lurigancho.
La ODPE Lima Este comprende los distritos de El Agustino y San Juan de Lurigancho, donde se instalarán 4,397 mesas de sufragio para atender a un total de 776,795 electores.
La segunda ODPE con la mayor cantidad de locales de votación es la de Lima Este – Ate, que comprende a los distritos de Lurigancho, Chaclacayo y Ate. Esta oficina descentralizada será responsable de administrar 82 locales de votación, en los cuales funcionarán 2,874 mesas de sufragio para un total de 494,045 electores. El resto de locales de votación están distribuidos entre las otras 14 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Asimismo la ONPE habilitó en su página web una opción para que el elector sepa en qué local tendrá que sufragar el próximo 17 de marzo.
La impresión se realizará en la imprenta Tecnoformas, ubicada en la avenida Maquinarias 2164 en el Cercado de Lima. Por tal motivo, se convocó a la prensa para que presencie esta actividad a iniciarse a las 11:30 horas. Se espera la presencia de representantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de la Reniec, la Defensoría del Pueblo, la Asociación Civil Transparencia, y del Instituto Nacional Demócrata.
Asimismo, acudirán los promotores y autoridades incluidas en este proceso de consulta.
Por otro lado, la ONPE informó que pondrá a disposición de los ciudadanos 888 locales de votación para el desarrollo de la consulta popular, de los cuales 102 pertenecen a la ODPE Lima Este - San Juan de Lurigancho.
La ODPE Lima Este comprende los distritos de El Agustino y San Juan de Lurigancho, donde se instalarán 4,397 mesas de sufragio para atender a un total de 776,795 electores.
La segunda ODPE con la mayor cantidad de locales de votación es la de Lima Este – Ate, que comprende a los distritos de Lurigancho, Chaclacayo y Ate. Esta oficina descentralizada será responsable de administrar 82 locales de votación, en los cuales funcionarán 2,874 mesas de sufragio para un total de 494,045 electores. El resto de locales de votación están distribuidos entre las otras 14 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Asimismo la ONPE habilitó en su página web una opción para que el elector sepa en qué local tendrá que sufragar el próximo 17 de marzo.
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