HOY CORTE SUPERIOR REALIZARA CONFERENCIA SOBRE ACELERACION DEL PROCESO PENAL, CON PONENTE ARGENTINO DR. DANIEL PASTOR
La Corte Superior de Justicia de Cañete invita a los Señores Fiscales, Defensores de Oficio, personal de la Policia Nacional del Perú, universitarios y público en general a la Conferencia «Aceleración del Proceso Penal. Problemáticas Constitucionales y Aplicativas» a cargo del Catedrático de Derecho Procesal y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires y Vocal del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público de Argentina, Dr. Daniel Pastor.
La Conferencia se realizará el día 05 de Julio en las instalaciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete (Av. Benavides N° 657, San Vicente de Cañete a partir de las 5:00 p.m.
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1º SEMESTRE EN CAÑETE: JALADOS EN GESTIÓN
Escribe: Edgar Cama Quispe
Aunque duela mucho, los números son realidades y eso nadie lo puede ocultar o buscar justificaciones. Esto parece ser el dolor de cabeza de algunas autoridades ediles de Cañete y de la Ejecutora Lima Sur de la Región.
A 6 meses de gestión, se observa que el inicio de algunas gestiones municipales o regionales no han tenido la contundencia ni la fuerza que debió tener, pese a que se ofreció un buen equipo de trabajo.
Entrando al portal de Transparencia Económica del MEF y al OSCE, hemos corroborado que la realidad golpea con los números que allí se muestra.
Vayamos a los datos que se extraen de allí:
UNIDAD EJECUTORA LIMA SUR.
En el Portal del MEF se puede observar que en Ejecución de Gasto de las 21 entidades del Gobierno Regional de Lima, marcha en el último lugar con un avance de 19.3%, lejos del promedio de 42.4% que tiene el GORELI y que ubica a este en el 6º lugar del ranking de Gobiernos Regionales.
Allí no termina la cosa, en la website del OSCE, tiene un avance de 13.24%, gastando solo 1’777,584.88 de 13’427,046.14 que tenía programado para gastar.
MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE.
En Transparencia Económica se observa que tiene un avance en Ejecución de Gasto de 23.6%, ubicándola en el puesto 11 de las 16 Municipalidades de Cañete, cifra por debajo del promedio de 24.9%, teniéndose a la Municipalidad de Imperial en primer lugar con un avance de 44.9%.
Si observamos el portal del OSCE, la realidad es más que elocuente: 6.96% de avance, es decir ejecutó S/. 989,969.92 de un total programado para ejecutar de S/. 14’224,432.79. Celestino Yactayo en Quilmaná ejecutó en el mismo periodo 78.13% de avance (15’516,697 de un total de 19’861,105.00).
Estas cifras nos demuestran que hay serios problemas en la capacidad de gasto, tanto en la Ejecutora Lima Sur como en la Municipalidad Provincial; en ambos se ha podido escuchar que lanzan la justificación de: «recién se ha nombrado al comité de selección» o «el comité de selección está en Huacho»; pero ¿este problema no sería para todas las entidades regionales o locales?
Si bien es cierto, este primer semestre solo es un indicativo de lo que podría ser una gestión en 4 años; pero lo que también es cierto es que hay falencias muy serias en el «equipo» que se nos vendió en las Elecciones de Octubre pasado, pues en este primer semestre se debió reflejar la solidez de ese equipo. Tanto el Ing. Llona como la Sra. Montoya tienen que demostrar capacidad de conducción en estos últimos seis meses, para por lo menos salir «bien» en el primer año de gestión.
Si entramos en lides escolares diríamos que la Unidad Ejecutora Lima Sur, en este Semestre, salió jalado con 05 de nota, la Municipalidad Provincial de Cañete también salió jalada con 03; estos datos se obtienen solo si tomamos que deberían haber cumplido el 50% de lo programado en el Plan. Como decíamos en el colegio: «Compadre: o estudias sacándote 20 o te jalan de año. Tienes seis meses para demostrar que eres inteligente».
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CEM PROGRAMA CELEBRACIÓN POR EL DÍA DEL MAESTRO EN IMPERIAL
El Consejo Educativo Municipal de Imperial rendirá un significativo homenaje a los maestros imperialinos este 06 de Julio, como parte de las celebraciones del DIA DEL MAESTRO.
Las actividades se iniciarán a las 9:00 a.m con una Misa litúrgica en la Iglesia «Nuestra Sra. del Carmen». Posteriormente, a las 10:00 a.m se llevará a cabo la ceremonia de Izamiento del Pabellón Nacional en la plaza de armas.
A las 11:00 a.m se llevará a cabo una Romería hacia el Cementerio Municipal donde se dejarán flores a los docentes que descansan en paz.
El almuerzo y fiesta de confraternidad se desarrollará en las instalaciones del colegio CNI a partir de la 1:00 p.m.
El alcalde Eddy del Mazo Tello realiza la cordial invitación a todos los docentes imperialinos para juntos celebrar esta fecha especial.
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CAMARONES, SOPA SECA Y CEVICHES DE CAÑETE SERAN ABANDERADOS EN FIESTAS PATRIAS
Las ventas que generen en el circuito gastronómico de Perú durante las Fiestas Patrias crecerían entre cinco y seis por ciento respecto a lo registrado en el 2010, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Ello debido al boom que vive este sector y al incremento del flujo de turistas nacionales y extranjeros que recorrerán el norte, centro y sur del país, degustando los potajes de la cocina peruana, sostuvo el presidente del Subcomité de Gastronomía de la CCL, Adolfo Perret.
Señaló además que las ventas que generaría el sector gastronomía ascenderán a 45 millones de nuevos soles en el 2011, manteniendo así sus proyecciones de crecimiento del rubro.
Recordó que dicho monto considera el consumo en los más de 66,000 restaurantes que existen a nivel nacional, las ventas de los puestos de comida, las que se realizan en toda la cadena productiva agrícola, el negocio que realizan las empresas proveedoras y la compra de alimentos para el hogar, entre otros.
Asimismo, propuso a quienes disfruten del feriado por Fiestas Patrias recorrer la ruta gastronómica que ofrece el país a fin de que puedan probar los platillos de la culinaria nacional.
«Al sur de Lima encontramos Cañete y Lunahuaná (en Lima), y Pisco e Ica (en Ica), donde podemos degustar camarones, la tradicional sopa seca y diversas variedades de ceviches», comentó.
Por otro lado, Perret informó que el Subcomité de Gastronomía junto al Comité de Turismo (Comtur) de la CCL realizan seminarios de inocuidad alimentaria y de servicios con el apoyo de la Asociación Peruana de Gastronomía (Apega).
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COMISION DE REGANTES DE CANAL NUEVO IMPERIAL POSTERGA REPOSICION DEL AGUA EN CANAL
La Comisión de Regantes de Canal Nuevo Imperial ha comunicado que por problemas técnicos en el mantenimiento y limpia programados, la reposición del agua en el canal se realizará recién el día de hoy, Martes 5 de julio al mediodía.
Este retraso en la reposición ocasionará que el abastecimiento del agua potable en el distrito de Imperial se postergue hasta el día de mañana, Miércoles 06 de julio en las primeras horas de la mañana, plazo que se genera considerando el tiempo que dura el proceso de potabilización en la Planta de Tratamiento.
Ante esto, se han tomado las medidas de ampliar del Plan de Contingencia aplicado por la empresa durante los días de seca; distribuyendo el agua a través de camiones cisterna y racionalizando el abastecimiento en la Urb. Santa Rosa de Hualcará, Sindicato de Choferes, La Huerta y Valle Hermoso, quienes solo cuentan con el líquido elemento desde las 2pm. hasta la 8 pm.
Emapa Cañete S.A. hizo llegar sus públicas disculpas del caso por las molestias causadas y señalan que se ponen a disposición de sus usuarios, señalando los siguientes teléfonos: 581-3249 o el 581-3040 Anexo 106 para cualquier duda, consulta o reclamo.
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 011-2011-MPC
Cañete, 30 de junio de 2011.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE :
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido de Embanderamiento de la ciudad de San Vicente de Cañete, con motivo de celebrarse 190º Aniversario de la Independencia del Perú.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el 28 de julio de todos los años, se conmemora el día en que el Perú obtuvo su independencia del dominio español; por lo que la Nación celebra este 28 de julio de 2011, 190º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;
Que, es deber del Gobierno Local realizar este magno acontecimiento patrio, incentivando la participación cívica del vecindario y afirmando el respeto a los símbolos de la patria;
Que, siendo trascendental dicha fecha en nuestra historia, es obligación de los vecinos presentar una ciudad con fachadas limpias, debidamente pintadas, mejorando el ornato, y proceder al abanderamiento de la ciudad como manifestación Cívico Patriótico de la ciudadanía Cañetana;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas por el Artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica;
SE ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO general del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, a partir de la fecha de publicación del presente dispositivo municipal hasta el 31 de julio de 2011, con motivo de celebrar 190º Aniversario de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios privados o públicos, de vivienda o comercio.
ARTÍCULO 2º.- INVOCAR EL ESPÍRITU CÍVICO de la población y vecinos de la ciudad de San Vicente de Cañete, a efectos de que procedan al pintado y/o limpieza de sus fachadas de los inmuebles que ocupen en el ámbito urbano y rural de la ciudad, manteniéndose el color uniforme de las fachadas, dentro del perímetro de la Plaza de Armas con el tono similar al del Edificio Municipal.
ARTÍCULO 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Servicios Públicos para que a través de la División de la Policía Municipal, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, dispongan las medidas pertinentes a efectos de sancionar a los que incumplen con este dispositivo.
REGÍSTRESE, COMUNIQUE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
María M. Montoya Conde
ALCALDESA
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PLENO EDIL ACUERDA QUE 23 HECTAREAS SERA PARA UNIVERSIDAD DE CAÑETE Y HOSPITAL, PERO IRREGULARIDADES PONEN EN DUDA PASE A MANOS DE REGION LIMA
Tomado del portal Cañete Hoy
Por unanimidad el Concejo Provincial de Cañete aprobó esta tarde en Sesión Extraordinaria que el tan cuestionado terreno de 23 hectáreas de San Luis sea utilizado para instalar allí tanto la Universidad Nacional de Cañete como el Hospital Regional. La decisión no se tomó tan facilmente puesto que tanto la adquisición como las posteriores inversiones que se hicieron durante la gestión edil de Javier Alvarado dejaron al predio plagado de una serie de irregularidades y presuntos actos de corrupción.
¿ES 23 O 22 HECTAREAS?
Según informe expuesto por la Asesoría Legal, a cargo de Cuenca Paredes, de la gestión Montoya, el pago de S/. 2´440,898.00 realizado durante el periodo municipal anterior habría correspondido sólo a 22 has. Aun cuando existen dos acuerdos que se contradicen entre sí puesto que en el primigènio se consigna la exoneración por la compra del terreno por dicha extensión y posteriormente se consigna 23.5 has que incluiría 1 ha en posesión de la Asoc. Viv. Los Molinos y 500 mts más correspondiente a la Panamericana Sur.
Asimismo se detalló las irregularidades en la adquisición de tal predio realizado sin el debido Estudio de Pre Factibilidad tal como manda la ley y haber modificado, todo hace suponer unilateralmente, el Presupuesto Participativo para poder financiar la adquisición sin la autorización del Consejo de Coordinación Local. Al hacer uso de la palabra Italo Maldonado Montoya, integrante de la sociedad civil, confirmó que a ellos nadie le pidio autorización.
VEREDAS Y SARDINELES Y LA DESAPARICION DE CEMENTO
Otras irregularidades han sido encontradas por el personal de confianza de la alcaldesa provincial en la construcción de sardineles, veredas y losas deportivas al interior del terreno sanluisino. El primero de ellos es que las mismas no cuentan con los respectivos estudios preliminares puesto que ni en el propio Sistema Nacional de Inversión Pública han sido debidamente aprobados (Snip 12550) y consignan un presupuesto que asciende a S/. 7´920,344.98 de los cuales se ha ejecutado sólo una primera etapa de S/. 1‘150,342.48.
Y es en esto ejecutado donde se nos depara otra sorpresa: se consigna un gasto del erario edil en mano de obra por más de 239 mil nuevos soles; en cemento - unas 12,727 bolsas- S/. 212,590.90; en agregados S/. 156,907.50 y - agárrase - en Concreto Pre Mezclado la suma de S/. 462,672.00 que habrían sido utilizado para el tendido de veredas y sardineles. ¿Entonces para qué se utilizó el cemento y los agregadod? se preguntó el personal de confianza de Montoya.
SE RESQUEBRAJA LA BANCADA OFICIALISTA ENTRE ALVARADISTAS Y MONTOYISTAS
Es en este punto en donde se devela que la bancada oficialista de Patria Joven se encuentra dividida entre dos posiciones: quienes se fajan por Javier Alvarado y están sembrados para apoyar todo proyecto en el que se embarque su líder y los de María Montoya que respaldan la posición contemplativa de la alcaldesa.
Ante el cuestionamiento hecho por la Asesoría Legal quien espetó que la Comisión de Obras tenìa conocimiento desde hace tiempo de estas irregularidades y que a pesar de ello no tomó acción alguna, el presidente de tal grupo de trabajo, el concejal José Caico, señaló haber pedido a Gerencia de Obras se recopile toda información pertinente. Además devolvió el golpe señalando que tál área edil había sido coaccionada -se supone por Asesoría Legal- para emitir un informe técnico sobre lo hecho en las 23 hectáreas. El gerente de obras Ramirez Muro salió a apaciguar los ánimos señalando no haber recibido coacción alguna.
Pero los alvaradistas continuaron defendiendo sus fueros y el regidor Zuloeta salió a cuestionar lo informado señalando que se diga que son «presuntas» irregularidades y que en todo caso sea una Comisión Investigadora quien determine las responsabilidades y no se pretenda «confundir a la población». Su colega de bancada - pero no de posición - Manuel García dejó en claro que no hay el ánimo de generar confusión y que para él lo informado era sumamente claro en las irregularidades encontradas.
DUDAN DEJAR EN MANOS DE LA REGION TERRENO DE SAN LUIS
Finalmente el Asesor Legal opinó que entregar el terreno a la Gestión de Javier Alvarado podría ocasionar la pérdida de los elementos necesarios que permitan establecer responsabilidades de los ex funcionarios ediles, muchos de ellos hoy regionales, en la compra e inversiones del que ha sido materia el predio.
Entre los requerimientos que serán solicitados para decidir si finalmente se accede a lo peticionado por el Gobierno Regional es pedirle el Proyecto de Inversión debidamente fundamentado que explique lo que quieren hacer - lo mismo se hará con la Comisión Organizadora de la Universidad que también ha pedido el terreno -; la investigación sobre el bien, entre otros.
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EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo de la doctora Norma Gonzales Ventura y Secretario Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, Expediente N° 2010-294, seguido por ASOCIACIÓN DE TIRO AL BLANCO JOSE BUENAVENTURA SEPÚLVEDA N° 112 – SAN VICENTE contra ASTERIO ILIZARTE CANALES, FANNY CECILIA SOTELO VICUÑA, BARTOLOME MALDONADO MEDINA, JUAN FLORENCIO HERNANDEZ MANTARI y JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ DE SUBTANJALLA, sobre NULIDAD DEL ACTO JURIDICO – ESCRITURA JUDICIAL DE COMPRA VENTA; la Sra. Juez ha ordenado mediante RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE de fecha 10-06-2011, notificar vía edicto a los demandados, la parte resolutiva de la Resolución número Dos, que a continuación se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- 27-08-2010.- AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: CONCEDER APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO contra la Resolución número Uno, de fecha diez de Agosto del dos mil diez, interpuesta por la Asociación de Tiro Al Blanco José Buenaventura Sepúlveda N° 112 – San Vicente, consecuentemente: ELEVESE los autos al Superior Jerárquico con la debida nota de atención y póngase en conocimiento de los demandados el presente recurso impugnatorio, oficiándose a la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica, para su notificación. Hágase Saber.- Una firma, doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos – Juez.- Una firma, doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 10 de Junio de 2011.
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 04, 05 y 06 de Julio
ESCISIÓN, REDUCCIÓN DE CAPITAL Y ABSORCIÓN
De conformidad con el Artículo 380 de la Ley General de Sociedades, se cumple con comunicar que por acuerdo simultáneo de Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de fechas 27 de Junio del 2011 las sociedades Agrícola Viñasol S.A. y Corporación Agrícola Viñasol S.A.C. han acordado la escisión de la primera de las nombradas mediante la segregación de un bloque patrimonial que será absorbido por la segunda de las nombradas.
Con motivo de la referida escisión y absorción, Agrícola Viñasol S.A. reduce su capital social de la suma de Siete Millones Novecientos Sesenta Mil Seiscientos Cincuenta 00/100 Nuevos Soles (7,960.650.00) a Un Mil 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,000.00), lo que se publica con arreglo a lo previsto por el artículo 217 de la Ley General de Sociedades.
Cañete, 28 de junio del 2011.
Agrícola Viñasol S.A.
RUC: 20449165331
Corporación Agrícola S.A.C.
RUC: 20543521401
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Banco Continental contra Policarpio Alfonso Araoz Avellaneda y María Maura Baquerizo Torres sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 403-2009; el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná, Manzana S1, Lote N° 20 (Esquina Jr. Cuzco e Iquitos), distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete – Zona Registral N° IX – Sede Lima.
2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 14,689.62 Dólares Americanos (Catorce mil seiscientos ochenta y nueve con 62/100 Dólares Americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US$ 9,793.08 Dólares Americanos (Nueve mil setecientos noventa y tres con 08/100 Dólares Americanos), equivalentes a las dos terceras partes de la tasación.
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor del Banco Continental, hasta por la suma de US$ 15,950.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 26/12/2007 otorgado ante Notario de Cañete, Dr. Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento 00006 de la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete, Zona Registral N° IX – Sede Lima. Fecha Inscripción 07/02/2008.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 19 de Julio del 2011, a horas 12:45 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la Sede Central de esta Corte, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente, Cañete.
7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, juzgado y número de expediente (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios del Martillero más IGV conforme a ley al finalizar el remate. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán – Martillero Público – Registro Nacional N° 263. Celular 947449494 RPM #947449494.
Flavio A. Villanelo Ninapaytán
Martillero Público
Registro N° 263
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 27, 28, 30 de Junio y 01, 04, 05 de Julio
AVISO
Exp. 109-2010.- Ante el Juzgado Mixto de Yauyos que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal, don EULALIO RAYMONDI INGA solicita CAMBIO DE NOMBRE por ser así ampliamente conocido. En consecuencia su nombre correcto será EULALIO RAYMONDI INGA y no como aparece en su PARTIDA Melecio Eulalio Raymondi, cambio que será anotado en su Partida de Nacimiento que corre por ante la Municipalidad Provincial de Yauyos. Secretario Edilberto Delgado I.
Yauyos, 21 de Junio de 2011.
Dr. Edilberto Delgado Inostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 02, 04 y 05 de Julio.
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, que en mérito al Exp. Adm. N° 004724-2011, don ARMANDO CUZCANO QUINTO, solicita la rectificación administrativa de su Partida de Nacimiento, inscrita en esta Municipalidad en el libro 87, folio 109, año 1947; que erróneamente se ha consignado; como nombre del padre del titular: ERNESTO CUZCANO, siendo lo correcto: ENRIQUE CUZCANO SANCHEZ y como nombre de la madre SANTOS QUINTO, siendo lo correcto SANTOS QUINTO MORALES.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 04 de Julio de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
EDICTO
DIARIO OFICIAL AL DIA CON MATICES
Exp. N° 303-2011 ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial; Juez: Dr. Luis Miguel Yalan Ahedo, Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández, FIDEL GERARDO MEDINA SANCHEZ; solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, en razón que se ha omitido consignar su segundo nombre «GERARDO», debiendo quedar rectificada como FIDEL GERARDO MEDINA SÁNCHEZ, se ha omitido consignar el primer nombre de su esposa «FIDELA», debiendo quedar en lo sucesivo como FIDELA YOLANDA CHUMBEZ AQUINO.
Se comunica para los fines de ley.
Imperial 01 de Julio del 2011.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que:
Don LUIS ALBERTO SANCHEZ HUAROTO, de 24 años de edad, natural de la provincia de Cañete – Lima, nacionalidad peruano, identificado con DNI 44410226, con domicilio en Jr. Ayacucho novena cuadra s/n, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Técnico Agrónomo y doña RAQUEL ABIGAIL MAYTA CAVERO, de 18 años de edad, natural de la provincia de Pueblo Libre – Lima, nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 72040972, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. Cajamarca Mz. W1 Lte. 13 – Quilmaná.
PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL ANTE LA MUNICIPALIDAD DE NUESTRO DISTRITO.
El día 27 de Julio del 2011 a hora: 3:00 p.m. en domicilio El Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan CAUSALES DE IMPEDIMENTO, podrán denunciarlo dentro del término de 8 días, conforme indica en el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 04 de Julio del 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
JEFATURA DEL
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497 Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73, manda publicar; que con Expediente N° 2924-2011-MDQ, de fecha 04 de Julio del presente año, que ISABEL VICTORIA CHUMPITAZ TASAYCO solicita la Rectificación de Partida de Nacimiento de LUISHUMBERTO CHUMPITAZ TASAYCO registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de CORREGIR el dato mal consignado en el rubro apellido materno de la madre del titular del acta en donde debe decir CELADA y no como erróneamente se ha consignado en el Libro N° 39-A folio 212 - año 1971.
Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el artículo 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 04 de Julio del 2011.
Balnca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Ante mí: AMERICO R. MALDONADO U., Abogado Notario Público de Chincha, se presenta doña ROSA MARIA TASAYCO ROJAS, solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO de su finado padre, en cuanto a sus nombres como de sus padres, siendo lo correcto y completo: HECTOR JESUS TASAYCO MENDOZA y sus padres: JUAN MAURICIO TASAYCO BAUTISTA y SOFIA MENDOZA GARCIA, y no como aparecen consignados en dicha Partida.
Chincha Alta, 30 de Junio de 2011.
Americo R. Maldonado U.
Notario de Chincha
EMPRESA DE TRANSPORTES TRANSPORTISTAS UNIDOS SOCIEDAD ANONIMA – ETTUSA
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
De conformidad con el Estatuto y la Ley General de Sociedades se convoca a todos los accionistas de la empresa a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo en primera convocatoria el domingo 31 de Julio del año en curso a horas 10:00 a.m., y en segunda convocatoria el día viernes 05 de Agosto del año en curso, a la misma hora. Lugar: Local institucional de la empresa, Jr. 28 de Julio N° 679 – 683, San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, para tratar la siguiente agenda:
1.- Informe sobre las acciones administrativas de la gestión año 2011. (Primer Semestre).
Los representantes de los accionistas deberán presentar la acreditación de los poderes ante el Directorio previo al inicio de la Junta.
Cañete, 05 de Julio del año 2011.
Juan F. Yupan Vicente (Presidente del Directorio
Enrique Lévano Salas (Gerente General)
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CONCURSO PÚBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
Relación de Postulantes que cumplieron con subsanar los documentos requeridos por esta comisión, encontrándose APTOS su postulación para el concurso de Jueces Supernumerarios – Segunda convocatoria / 2011.
1.- Zamudio Ojeda, Teresa Esperanza:
2.- Razzeto Zavala, Patricia.
3.- Parvina Melgar, Julio César..
4.- Kuan Gil, Juan Edilberto.
5.- Herrera Taxa, Erika Edith .
6.- Huamani Valdivia, Marisol.
7.- Córtez Ortega, Percy.
8- Coñes Falcón, Carlos.
9.- Castro Correa, José Víctor.
10.- Castillo Regalado, Liliana Bertha.
11.- Sánchez Candela, Gilbert Alfredo.
12.- Raffo López, María Victoria.
13.-. Raymondi Lorenzo, Luis Jesús.
14.- Rangel Purilla, Carmen Nelly
15.- Quispe Campos, Víctor.
16.- Gonzales Ventura, Norma.
17.- Moran Ruiz, Miguel Eduardo.
18.- Guevara Del Castillo, Martha Dalila.
19.- Guzmán Sánchez, Daisy Mariluz.
20.- Chuquillanqui Huaringa, Edgard Jesús.
21.- Chelin De La Cruz, Joham Miltom Adhenir.
22.- Carrillo Reyes, Juan Luis.
23.- Suarez Mirabal, Cirilio Enor.
24.- Castillo Ferreyra, Mabell Ysabel
25.- Valdivieso Roque, Alicia Isabel
26.- Vargas Sánchez, Manuel Rigoberto
27.- Soto Borjas, Daniel Alexander.
28.- Yalán Ahedo, Luis Miguel.
29.- Zelada Flores, René Santos.
30.- Ríos Rojas, Ernesto Gregorio.
31.- Ponce Martínez, Antonio Francisco
Relación de Postulantes que no cumplieron con subsanar, conforme a lo requerido por la Comisión , siendo declarados NO APTOS.
1.- Alamo Martinez, Norma Doris.
- No presentó constancia de colegiatura en original, donde se indique fecha de incorporación.
2.- Aquino Valdivia, Fresia.
- No indicó nivel y especialidad a la que postula.
- No indicó correo electrónico.
- No presentó los documentos sustentatorios, ni formato de solicitud a Presidencia.
3.- Ruiz Meza, José Luis Walter.
- No presentó Partida de nacimiento.
- No presentó copia legalizada de DNI.
- No presentó constancia de colegiatura.
4. - Montoya Reátegui, Fernando.
- No presentó Constancia de Colegiatura de Colegio de Abogados de Lima.
San Vicente de Cañete, 30 de Junio del 2011.
La Comisión
05 julio 2011
04 julio 2011
AUDITORIA PARA LA GESTIÓN EDIL DE RICHARD YACTAYO 2007-2010…..se hará justicia
La regidora imperialina Aurora Vicente Yaya, mediante oficio Nº 010-2011-AVY-RMDI, remitió un proyecto de acuerdo de consejo y de bases de concurso de meritos para designación de sociedad auditora.
Ejerciendo su derecho de atribución reconocido en el numeral 1 del artículo 10 de la ley Nº 27972 de la ley orgánica de municipalidades solicita la regidora: «designación de sociedad auditora para realizar auditoria de la información financiera y examen especial de la información presupuestaria de la gestión municipal 2007-2010».
Lo que se pretende con este pedido, es que se realice una auditoría general de la gestión municipal anterior, amparados en el reglamento de las sociedades de auditoría conformantes del sistema nacional de control, aprobado por R.C. Nº 063-2007.CG y modificatorias.
El proyecto fue presentado el 23 de junio a las 3:30 pm para que sea remitido al pleno del consejo para su análisis, observaciones, recomendaciones, modificaciones, aprobación y/o aportes que hubiera lugar.
Se tomara en cuenta el siguiente proyecto de auditoría de la gestión del ex alcalde Richard yactayo duran 2007-2010 o es que habrá una mano negra que buscaría la prescripción de las investigaciones para dar paso a la impunidad de la ex autoridad edilicia del otrora distrito comercial del sur chico peruano.
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CAMBIAN A SUBDIRECTOR DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD
Como un baldazo de agua fría le habrá caído al subdirector de la Dirección Regional de Salud (Diresa) Lima, Raúl Nalvarte Tambini, y otros funcionarios de esta dependencia el anuncio del presidente regional Javier Alvarado Gonzales del Valle informó de que serán destituidos de sus cargos, así como los servidores de la Ugel Nº 16 de Barranca que estén involucrados en irregularidades por la adquisición de buzos.
«Tales cambios se deben por el ritmo de trabajo y por no realizar las cosas como debe ser. En tanto, en la Ugel de Barranca, los funcionarios involucrados en la compra de buzos serán separados de sus puestos hasta que se termine las investigaciones correspondientes», indicó la autoridad regional.
Trascendió que Nalvarte Tambini sería remplazado por Isabel Luque, exdirectora del Hospital de Chancay.
Renán Ríos, director de Calidad y Seguros; Jimmy Pérez, director de Diremid; Milton Rodríguez, director de Salud Ambiental también serían separados por estar incluidos en procesos administrativos.
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Segundo Díaz, alista conferencia para fijar posición a gestión Montoya
«¡VER, OIR Y CALLAR… NUNCA MÁS EN CAÑETE!»
Por estos días la oficina del CPC Segundo Díaz De la Cruz, está siendo asediada por la prensa local, conminándoles su opinión con respecto a los seis meses de gestión de la alcaldesa provincial María Montoya Conde.
Incluso, hasta le recomiendan «que le de duro a la tía» para que «afloje» y así puedan alcanzar sus obejetivos en estas fiestas patrias, tal como ocurrió en gestiones pasadas.
Empero, Segundo Díaz, aún no ha dicho «esta boca es mía», menos descarta la posibilidad de convocar a su ya habitual rueda de prensa para «destapar» algunos hechos irregulares de la gestión actual.
No hay que olvidar que es uno de los pocos ciudadanos que da la cara para denunciar la «corrupción» públicamente, desestabilizando a la gestiòn de turno, que no le queda apelar a las bajezas.
Entre los antecedentes màs frescos están, las arremetidas contra las gestiones de Rufina Lévano Quispe y Javier Alvarado Gonzales del Valle, cuyos destape causaron un escándalo en la comunidad.
Recordemos el 22 de Julio del 2003 donde convocó a un buen número de periodistas, y allí presentó su evaluación contra la gestión de Rufina Lévano, haciendo notar las «irregularidades» en la adquisición de una fotocopiadora.
La Comisión Investigadora conformada por los regidores de ese entonces Rosita Fernández, Plácido Vega y otros que hasta contó con la colcaboración del colega Miguelito Cruz, concluyeron que el «negocio» fue comprobado.
El informe generó hasta pugilatos en la comuna local, no quedàndole al oficialismo mas remedio que formar otra Comisión en el pleno para «limpiar» a todos, so pretexto que el informe tenía «matiz político».
Pero, Segundo Díaz, recuerda con cierta nostalgia, su conferencia, ya que a pesar de que hubo gran concurrencia, pero muy pocos lo difundieron, presagiando que los alcanzó la mano siniestra de la corrupciòn.
La otra conferencia – denuncia, contundente e irrefutable, se realizó el 15 de Enero del 2008 en el local de Arriba Cañete. Esta vez el blanco de la crítica fue la «novísima» gestión de Javier Alvarado.
Aquí, se denunció el claro favoritismo que tuvo los miembros de la Comisiòn Especial del Concejo Provincial de Cañete en favorecer a una sola persona en un monto de 65 mil soles.
En menos de diez días se «fabricó» los contratos a favor de doña Susana Doris Barrientos Samanamud, quien señalan que tal vez, ni conocía Cañete, para la elaboraciòn de los instrumentos de gestiòn.
Fue todo un escándalo porque ni siquiera se percataron de las omisiones que se observaron en los portales de los organismos del Estado, no quedàndole otra al alcalde que anular parte de ella.
La conferencia de aquella tarde, puso en jaque al propio Javier Alvarado, quien pretendió «quebrar» la reunión, convocando a la misma a una reuniòn similar en su despacho.
Aún se recuerda las cèlebres frases de Javier Alvarado, quien se comprometió ante la poblaciòn de «luchar contra la corrupción», promesa que cayò en saco roto porque los escándalos continuaron.
Paralelo a ello, sosprechosamente los presupuestos de gastos de publicidad se elevaron en forma exhorbitante… récord histórico… utilizando la careta de Educaciòn y Cultura.
Lejos de corregir su error, más bien premiò a uno de los integrantes de esa cuestionada Comisión Especial, en el cargo de Gerente General, estando ya en su nuevo cargo de presidente regional.
Entre tanto, Segundo Dìaz, en su habitual programa televisivo Energìa Popular, que se transmite vìa canal 21 los días domingos de diez a doce del día, sigue combatiendo a la «corrupciòn».
Incluso, en tono enèrgico, dijo: «¡Ver, oir y callar.. Nunca màs!». Un mensaje que pareciera estar dirigido a los hombres de prensa «porque a Cañete… se le respeta!.
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ALCALDESA DE CAÑETE RETRUCA A PERIODISTA PORQUÉ NO POSTULÓ SI CONSIDERABA QUE NINGÚN CANDIDATO ERA EL ADECUADO EN LAS PASADAS ELECCIONES
Cuando el periodista Ysmael Tasayco expresaba que en la últimas elecciones municipales no había votado por ninguno de los candidatos que se presentaron a la contienda, por que consideraba que ninguno de ellos sería capaz de asumir tan importante labor de representar dignamente a Cañete y luchar por sus intereses, recibió la sorprendente propuesta ..¿Y porque no te has presentado tú a ver? ...Es que hay que ser valiente para ello.
Fue la actual alcaldesa María Montoya quien se lo dijo, durante el desarrollo del programa «Democracia en Radio» que dirige Rubén Auqui Cáceres, que el último sábado convocó a periodistas corresponsales de medios nacionales para que puedan emitir alguna opinión en torno a la gestión de la actual burgomaestre cañetana a seis meses de labor al frente del municipio, y al cual asistió sorpresiva-mente la autoridad edil.
En tono irónico, ante el evidente sarcasmo de la alcaldesa Montoya Conde, el periodista Ysmael Tasayco señaló que si se lo proponía la actual autoridad podría aceptarlo, pese a que la población estaría hablando más en torno a una posible revocatoria de su cargo.
Pese a que la propuesta, puede haberse dado dentro de un contexto «burlesco», la propuesta hacia Tasayco Munayco no dejó de generar más de un comentario, tanto a favor y en contra, en torno al tema. (Elarquim)
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DETECTAN SOBREVALORACIÓN DE PRODUCTOS ADQUIRIDOS POR LA UGEL N° 08 DE CAÑETE, HECHOS QUE EVIDENCIARÍAN ACTOS DE CORRUPCIÓN
El 21 de marzo del presente año se hizo una verificación en el almacén de la Ugel Nº 08 de Cañete a pedido del GOGESPRE, que está representado por los docentes Donald Aguilar Sánchez, coordinador del UC Nº 02 y Pedro Luyo Mendieta coordinador del UC Nº 06 y por parte de la Ugel el señor José Wong Matta, encargado de la oficina de abastecimiento y el señor Nicolás Manrique Garro, encargado del almacén, con la finalidad de verificar los materiales que han ingresado al almacén y que correspondía al calendario del mes de febrero.
Esta verificación in situ de la calidad de los materiales en relación a los precios de las ordenes guías de internamiento, permitió descubrir sorpresas que la opinión pública y el magisterio cañetano no saben, hechos que jamás fueron puestos en evidencia y que hoy trascribimos al tener acceso a importantes documentos del manejo de dicha institución, a actas y a denuncias en el Ministerio Publico.
Indudablemente no estamos para dar juicios de valor sobre el mal manejo en dicha Ugel, pero es vital y necesario que se haga algo para ponerle punto final a tantos escándalos que ensucian la gestión de Alvarado, quien habla de corrupción cero y que en campaña prometía combatir la corrupción.
Al perecer es necesario un poco de Memorex para los que manejan la Región Lima.
CORRUPCION CERO EN EL OLVIDO...
Debemos agregar que todas las órdenes de compra guía de internamiento están debidamente firmadas por el administrador Pedro Dolores y el Jefe de abastecimiento José Wong y cuentan con la siguiente numeración: 0021, 0022, 0023, 0024, 0025, 0026,0028 y 0031, correspondientes a materiales de limpieza y enseñanza.
Se encontró indicios de sobre valorización de precios de los materiales que se encuentran en las siguientes órdenes de compra:
ORDEN DE COMPRA Nº 0022
Cuaderno espiralado y rayado A-4 por 100 hojas marca loro, se observa que el precio unitario es de S/.9.00 nuevos soles.
Se compraron 200 unidades por la suma de S/. 2,025.00 nuevos soles.
La proveedora es IRMA KARINA MILAGROS RAMIREZ COTILLO, que en el año 2010 fue favorecida con la suma de S/. 165,729.42 y el 2011 con la suma de S/. 60,760.00. es decir es una cliente antigua…… de la Ugel Nº 08 de Cañete.
ORDEN DE COMPRA Nº 023
Cera en pasta color rojo y amarillo en balde marca tekno se observa que el precio unitario es de S/. 32.00 Nuevos soles.
El proveedor es SERVICIOS GENERALES JHON EIRL, que este año ha sido favorecido con la suma de S/. 46,653.00.
ORDEN DE COMPRA Nº 0024
Jabón de tocado líquido glicerina de 1 litro marca Ballerina natural se observa que el precio unitario es de S/. 13.70 nuevos soles.
El proveedor es SERVICIOS GENERALES JHON EIRL.
ORDEN DE COMPRA Nº 0025
Escoba de cerda plástica de 30 cm de marca bruja (Glorinda) aparece con precio unitario S/. 20.00 nuevo soles.
La proveedora es IRMA KARINA MILAGROS RAMIREZ COTILLO.
ORDEN DE COMPRA Nº 0026
Pelota de vóley de cuero a un precio de S/. 20.00 nuevos soles, pelota de futbol Mi Balón de cuero a S/.35.00 nuevos soles.
Acá se descubre que las pelotas NO ERAN DE CUERO sino de JEBE, PLASTICO O CAUCHO.
El proveedor es el señor PEDRO JOSE CRUZ JIMENEZ, el mismo que fue favorecido en el año 2010 con la suma de S/. 146,623.00 y el 2011 con la suma de S/. 64,399.00.
ORDEN DE COMPRA Nº 0028
Cable eléctrico Nº 14 x 100 mts marca Indeco a un precio unitario de S/. 120.00 nuevos soles, cable eléctrico Nº 16 x 100 mts marca Indeco a un precio unitario de S/. 109.00 nuevos soles, linterna recargable OPALUX XB-116 a un precio unitario de S/. 16.00 nuevos soles, tomacorriente doble marca Ticino a un precio unitario de S/. 16.00 nuevos soles, equipo de fluorescente doble de 2x40 w a un precio unitario de S/. 43.00 nuevos soles, equipo fluorescente completo de 2x140 w a un precio unitario de S/. 30.00, fluorescente lineal de 40 w a un precio unitario de S/.10.00 nuevos soles.
La proveedora de esta compra es FIORELLA MELISSA INFANTES JAIMES que hasta el momento ha sido favorecida con la compra de S/. 10,000 nuevos soles.
DENUNCIAN PENALMENTE A JAVIER ALVARADO Y CONSEJERA LILIANA TORRES
El 10 de junio del 2011, es decir hace menos de un mes, ante el Ministerio Publico de Cañete, el señor José Castro Fiestas, con DNI Nº 25457091, ante la presunta inacción y encubrimiento de parte de las autoridades, presenta la denuncia penal correspondiente por los presuntos delitos de CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA EN LA MODALIDAD DE PECULADO AGRAVADO Y ASOCIACION ILICTA PARA DELINQUIR EN PERJUICIO DEL ESTADO.
Los denunciados son el actual presidente regional JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE, la consejera regional LILIANA TORRES CASTILLO y el director de la Drelp RICARDO DOLORIER URBANO.
También han sido denunciados la actual directora de la Ugel Nº 08 – Cañete FLOR ANANORA SAAVEDRA FELIX y el administrador PEDRO DOLORES GARCIA. (Por: Percy Loarte Catirre)
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MAESTROS CAÑETANOS CELEBRARÁN SU DÍA ESTE 06 DE JULIO
Es una las fechas más importantes de nuestro calendario cívico escolar ya que se rinde homenaje al verdadero forjador de las juventudes quienes en el futuro dirigirán los destinos de nuestro país.
El 06 de Julio se celebra el día del maestro debido a que el Libertador, Don José de San Martín fundó la primera escuela normal de varones en el año 1822. Este reconocimiento se otorga a aquellas personas que realizan tan digna labor; quienes llevan el conocimiento de generación en generación instruyendo a la población e inculcarlo la práctica de valores.
El Maestro es el ejemplo permanente de sacrificada y noble entrega en bien de la educación de la niñez y la juventud. Y aunque en muchas ocasiones la función que cumple es prácticamente, anónima no deja de ser sumamente valiosa, ya que tiene la misión de sembrar la semilla del conocimiento entre sus discípulo, aquellos hombres de bien que engrandecen el Perú a través del estudio y del trabajo.
El Sub-Cafae de la UGEL Nº 08 Cañete, la Municipalidad Provincia de Cañete y el SUTEP Provincial han invitado a todos los docentes que laboran en las instituciones educativas públicas de la jurisdicción de la UGEL Nº 08, a los actos celebratorios por el día del maestro.
Programa de Actividades
07:00 am. Santa Misa en la Catedral de San Vicente
08:00 am. Romería al cementerio de San Vicente e Imperial
10:00 am. Acto protocolar de izamiento del Pabellón Nacional
Reconocimiento y entrega de Resolución Directoral a profesores (as) de EBR, EBA, EBE Y CETPRO; que cumplen 30 y 25 años de servicio al magisterio.
01:00 pm. Almuerzo de confraternidad y tarde bailable que estará amenizado por una orquesta y sorteos de regalos que se realizará en los ambientes de la Piscina Municipal de Cañete.
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Población se pregunta ¿Quién maneja las cuentas?
HACE SEIS MESES QUE EL DISTRITO DE VIÑAC SE ENCUENTRA SIN ALCALDE
YAUYOS.- Un gran sector de la población de Viñac, no ve con buenos ojos a sus autoridades edilicias, tras el repentino resquebrajamiento de la salud de su alcalde, Gelacio Gerónimo Rojas
Son muchos los comentarios que se tejen sobre la salud del alcalde, tras sufrir un percance a los dos días de asumir el mando, motivo por el cual, los pobladores expresan que la gestión no tiene rumbo.
Es más, la asunción del mando por parte del teniente alcalde, Amadeo Carrión Barrios, debió de ser de inmediato, y no a posteriori, porque ello puede conllevar a una denuncia penal al pleno del concejo.
La Ley es clara al señalar que cuando el alcalde se ausenta por motivos de viaje o de salud, asume de inmediato el primer regidor; y no espera seis meses para recién convocar a una asamblea y ver la situación del titular del pliego.
Por lo señalado y ante los presuntos malos manejos de la gestión, dado que la población, no percibe obra alguna, los pobladores comenzaron a alzar su voz de protesta exigiendo orden en la comuna.
PETICION DE INFORME SIN RESPUESTA...
A esto se agrega que el ciudadano Binsshelaul Huamán Carrión, solicitó el pasado 24 de marzo, informe completo del estado económico y financiero, inventario de los bienes, contrato del gerente y los responsables de los manejos de las cuentas edilicias.
A pesar de haberse cumplido con todas las prerrogativas de ley, hasta la fecha, las autoridades edilicias, no han alcanzado lo solicitado, contraviniendo la Ley de Transparencia.
Viñac, en uno de los distritos de la zona sur grande de Yauyos, cuya poblaciòn se dedica a la agricultura y ganaderìa, pero esperan mucho de sus autoridades que ejecuten las obras programas con el presupuesto participativo.
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HOSPITALES COLAPSARÍAN ANTE UN TERREMOTO DE 7.9 Y TSUNAMI EN LA REGIÓN LIMA
Los servicios de salud y comunicaciones fueron los sectores de mayor vulnerabilidad ante un eventual terremoto y tsunami de grado 7.9 como el simulado el último viernes a las 10 de la mañana.
«Ha sido un evento positivo porque nos ha permitido medir la vulnerabilidad en varios sectores, principalmente en las comunicaciones y en salud. De acuerdo a nuestros estimados, los hospitales no podrán atender a la gran cantidad de heridos que tendríamos en caso de un desastre natural de esta magnitud», indicó César García, Jefe Regional de Defensa Civil, quien comandó el simulacro.
Ese día a las 10 en punto se activaron las alarmas y sirenas en toda la región iniciándose el simulacro. En la ciudad de Huacho la Policía Nacional detuvo el tránsito de vehículos, mientras que los peatones y pobladores formaban círculos en medio de la calle, lejos de las viviendas.
Los edificios de oficinas, escuelas, universidades, hospitales y entidades públicas, evacuaron a su personal para ubicarse en los cruces de las avenidas. Incluso algunos peatones se sumaron al simulacro de manera voluntaria demostrando interés en el tema de prevención de desastres.
Desde la azotea de la Clínica San Pedro de Huacho, ubicada en la avenida Echenique 641, rescatistas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, evacuaron a un herido utilizando camillas, poleas y cuerdas.
En el Centro de Operaciones de Emergencia Regional (COER), instalado en el Club Tenis de Huacho, César García y personal de DIRESA, la PNP, y otras instituciones, evaluaban los resultados del evento. «Hemos mapeado las zonas más vulnerables y será allí donde concentraremos nuestra atención para sensibilizar a la población sobre el tema de prevención de desastres y uso de mochilas de emergencia», concluyó César García.
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EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-979-2009; a ESWALDO GIANCARLO CASAS SANCHEZ. Declaración de Instructiva. Delito; Peligro Común. Agraviado; La Sociedad. Secretario; Astohuaman. Cañete 20.06.2011
EXP.-2008-148; a RENE TILLCA TILLCA. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiendo ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Hurto agravado; Agraviado Empresa Telefónica. Secretario Yaya. Cañete 16.05.2011
EXP.-2008-010; a LUIS ANTONIO ALVAREZ CHUMPITAZ. Para Lectura de Sentencia. Día 07.07.2011 horas 10:00a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Carlos Enrique Álvarez Loayza. Secretaria Flores. Cañete 23.06.2011
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO MALA; Juez: Castillo; Cita, llama y emplaza:
EXP.-2007-119; a EDWIN JASON PERALTA FLORES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 9:45a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena.
EXP.-2008-036; a LUCIO AQUILINO CHUMPITAZ CAMPOS Y WILLIAMS EDUARDO SANCHEZ REYES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravada. Agraviado; Empresa Tenerife SAC
EXP.-2008-419; a YULY DAVID HUAMAN MONTESINOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 11:45a.m. Delito; Apropiación Ilícita. Agraviado; Service Prorecove.
Secretaria Herrera. Cañete 24.06.2011
EXP.-2007-104; a ELMER CANDELARIO RAMIREZ AVALOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 12:45p.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena. Secretaria Cabrera. Cañete 24.06.2011
2, 3 y 4 de Julio
(AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2009-680; a L.A.A.B. a Través de sus padres JULIAN APAZA HUARHUA y AVELINA BERROCAL PAUCAR, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Hurto Agravado; Agraviado Luis Alberto Cárdenas Trujillo.
EXP.-2010-339; a L.A.C.A. a Través de sus padres LUCY GIOVANA ARIAS SANCHEZ y PEDRO ANTONIO CUYA FERNANDEZ, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado; Agraviado Pablo Félix Vicente Yactayo
Secretaria García. Diaz. Cañete 14.06.2011
2, 3, y 4 de Julio
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Banco Continental contra Policarpio Alfonso Araoz Avellaneda y María Maura Baquerizo Torres sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 403-2009; el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná, Manzana S1, Lote N° 20 (Esquina Jr. Cuzco e Iquitos), distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete – Zona Registral N° IX – Sede Lima.
2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 14,689.62 Dólares Americanos (Catorce mil seiscientos ochenta y nueve con 62/100 Dólares Americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US$ 9,793.08 Dólares Americanos (Nueve mil setecientos noventa y tres con 08/100 Dólares Americanos), equivalentes a las dos terceras partes de la tasación.
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor del Banco Continental, hasta por la suma de US$ 15,950.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 26/12/2007 otorgado ante Notario de Cañete, Dr. Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento 00006 de la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete, Zona Registral N° IX – Sede Lima. Fecha Inscripción 07/02/2008.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 19 de Julio del 2011, a horas 12:45 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la Sede Central de esta Corte, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente, Cañete.
7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, juzgado y número de expediente (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios del Martillero más IGV conforme a ley al finalizar el remate. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán – Martillero Público – Registro Nacional N° 263. Celular 947449494 RPM #947449494.
Flavio A. Villanelo Ninapaytán
Martillero Público
Registro N° 263
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 27, 28, 30 de Junio y 01, 04, 05 de Julio
AVISO
Exp. 109-2010.- Ante el Juzgado Mixto de Yauyos que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal, don EULALIO RAYMONDI INGA solicita CAMBIO DE NOMBRE por ser así ampliamente conocido. En consecuencia su nombre correcto será EULALIO RAYMONDI INGA y no como aparece en su PARTIDA Melecio Eulalio Raymondi, cambio que será anotado en su Partida de Nacimiento que corre por ante la Municipalidad Provincial de Yauyos. Secretario Edilberto Delgado I.
Yauyos, 21 de Junio de 2011.
Dr. Edilberto Delgado Inostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 02, 04 y 05 de Julio.
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo de la doctora Norma Gonzales Ventura y Secretario Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, Expediente N° 2010-294, seguido por ASOCIACIÓN DE TIRO AL BLANCO JOSE BUENAVENTURA SEPÚLVEDA N° 112 – SAN VICENTE contra ASTERIO ILIZARTE CANALES, FANNY CECILIA SOTELO VICUÑA, BARTOLOME MALDONADO MEDINA, JUAN FLORENCIO HERNANDEZ MANTARI y JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ DE SUBTANJALLA, sobre NULIDAD DEL ACTO JURIDICO – ESCRITURA JUDICIAL DE COMPRA VENTA; la Sra. Juez ha ordenado mediante RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE de fecha 10-06-2011, notificar vía edicto a los demandados, la parte resolutiva de la Resolución número Dos, que a continuación se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- 27-08-2010.- AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: CONCEDER APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO contra la Resolución número Uno, de fecha diez de Agosto del dos mil diez, interpuesta por la Asociación de Tiro Al Blanco José Buenaventura Sepúlveda N° 112 – San Vicente, consecuentemente: ELEVESE los autos al Superior Jerárquico con la debida nota de atención y póngase en conocimiento de los demandados el presente recurso impugnatorio, oficiándose a la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica, para su notificación. Hágase Saber.- Una firma, doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos – Juez.- Una firma, doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial.
Cañete, 10 de Junio de 2011.
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 04, 05 y 06 de Julio
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE DEFUNCIÓN
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, que en mérito al Exp. Adm. N° 04765-2011, doña ZOILA AVALOS ROSAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro N° 91, folio 178, año 1948; que erróneamente se ha consignado:
DATOS DEL PADRE:
Dice: JACINTO AVALOS
Debe decir: JACINTO VICENTE AVALOS SAAVEDRA
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC
San Vicente de Cañete, 15 de Junio de 2011.
Mirtha De Los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
La regidora imperialina Aurora Vicente Yaya, mediante oficio Nº 010-2011-AVY-RMDI, remitió un proyecto de acuerdo de consejo y de bases de concurso de meritos para designación de sociedad auditora.
Ejerciendo su derecho de atribución reconocido en el numeral 1 del artículo 10 de la ley Nº 27972 de la ley orgánica de municipalidades solicita la regidora: «designación de sociedad auditora para realizar auditoria de la información financiera y examen especial de la información presupuestaria de la gestión municipal 2007-2010».
Lo que se pretende con este pedido, es que se realice una auditoría general de la gestión municipal anterior, amparados en el reglamento de las sociedades de auditoría conformantes del sistema nacional de control, aprobado por R.C. Nº 063-2007.CG y modificatorias.
El proyecto fue presentado el 23 de junio a las 3:30 pm para que sea remitido al pleno del consejo para su análisis, observaciones, recomendaciones, modificaciones, aprobación y/o aportes que hubiera lugar.
Se tomara en cuenta el siguiente proyecto de auditoría de la gestión del ex alcalde Richard yactayo duran 2007-2010 o es que habrá una mano negra que buscaría la prescripción de las investigaciones para dar paso a la impunidad de la ex autoridad edilicia del otrora distrito comercial del sur chico peruano.
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CAMBIAN A SUBDIRECTOR DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD
Como un baldazo de agua fría le habrá caído al subdirector de la Dirección Regional de Salud (Diresa) Lima, Raúl Nalvarte Tambini, y otros funcionarios de esta dependencia el anuncio del presidente regional Javier Alvarado Gonzales del Valle informó de que serán destituidos de sus cargos, así como los servidores de la Ugel Nº 16 de Barranca que estén involucrados en irregularidades por la adquisición de buzos.
«Tales cambios se deben por el ritmo de trabajo y por no realizar las cosas como debe ser. En tanto, en la Ugel de Barranca, los funcionarios involucrados en la compra de buzos serán separados de sus puestos hasta que se termine las investigaciones correspondientes», indicó la autoridad regional.
Trascendió que Nalvarte Tambini sería remplazado por Isabel Luque, exdirectora del Hospital de Chancay.
Renán Ríos, director de Calidad y Seguros; Jimmy Pérez, director de Diremid; Milton Rodríguez, director de Salud Ambiental también serían separados por estar incluidos en procesos administrativos.
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Segundo Díaz, alista conferencia para fijar posición a gestión Montoya
«¡VER, OIR Y CALLAR… NUNCA MÁS EN CAÑETE!»
Por estos días la oficina del CPC Segundo Díaz De la Cruz, está siendo asediada por la prensa local, conminándoles su opinión con respecto a los seis meses de gestión de la alcaldesa provincial María Montoya Conde.
Incluso, hasta le recomiendan «que le de duro a la tía» para que «afloje» y así puedan alcanzar sus obejetivos en estas fiestas patrias, tal como ocurrió en gestiones pasadas.
Empero, Segundo Díaz, aún no ha dicho «esta boca es mía», menos descarta la posibilidad de convocar a su ya habitual rueda de prensa para «destapar» algunos hechos irregulares de la gestión actual.
No hay que olvidar que es uno de los pocos ciudadanos que da la cara para denunciar la «corrupción» públicamente, desestabilizando a la gestiòn de turno, que no le queda apelar a las bajezas.
Entre los antecedentes màs frescos están, las arremetidas contra las gestiones de Rufina Lévano Quispe y Javier Alvarado Gonzales del Valle, cuyos destape causaron un escándalo en la comunidad.
Recordemos el 22 de Julio del 2003 donde convocó a un buen número de periodistas, y allí presentó su evaluación contra la gestión de Rufina Lévano, haciendo notar las «irregularidades» en la adquisición de una fotocopiadora.
La Comisión Investigadora conformada por los regidores de ese entonces Rosita Fernández, Plácido Vega y otros que hasta contó con la colcaboración del colega Miguelito Cruz, concluyeron que el «negocio» fue comprobado.
El informe generó hasta pugilatos en la comuna local, no quedàndole al oficialismo mas remedio que formar otra Comisión en el pleno para «limpiar» a todos, so pretexto que el informe tenía «matiz político».
Pero, Segundo Díaz, recuerda con cierta nostalgia, su conferencia, ya que a pesar de que hubo gran concurrencia, pero muy pocos lo difundieron, presagiando que los alcanzó la mano siniestra de la corrupciòn.
La otra conferencia – denuncia, contundente e irrefutable, se realizó el 15 de Enero del 2008 en el local de Arriba Cañete. Esta vez el blanco de la crítica fue la «novísima» gestión de Javier Alvarado.
Aquí, se denunció el claro favoritismo que tuvo los miembros de la Comisiòn Especial del Concejo Provincial de Cañete en favorecer a una sola persona en un monto de 65 mil soles.
En menos de diez días se «fabricó» los contratos a favor de doña Susana Doris Barrientos Samanamud, quien señalan que tal vez, ni conocía Cañete, para la elaboraciòn de los instrumentos de gestiòn.
Fue todo un escándalo porque ni siquiera se percataron de las omisiones que se observaron en los portales de los organismos del Estado, no quedàndole otra al alcalde que anular parte de ella.
La conferencia de aquella tarde, puso en jaque al propio Javier Alvarado, quien pretendió «quebrar» la reunión, convocando a la misma a una reuniòn similar en su despacho.
Aún se recuerda las cèlebres frases de Javier Alvarado, quien se comprometió ante la poblaciòn de «luchar contra la corrupción», promesa que cayò en saco roto porque los escándalos continuaron.
Paralelo a ello, sosprechosamente los presupuestos de gastos de publicidad se elevaron en forma exhorbitante… récord histórico… utilizando la careta de Educaciòn y Cultura.
Lejos de corregir su error, más bien premiò a uno de los integrantes de esa cuestionada Comisión Especial, en el cargo de Gerente General, estando ya en su nuevo cargo de presidente regional.
Entre tanto, Segundo Dìaz, en su habitual programa televisivo Energìa Popular, que se transmite vìa canal 21 los días domingos de diez a doce del día, sigue combatiendo a la «corrupciòn».
Incluso, en tono enèrgico, dijo: «¡Ver, oir y callar.. Nunca màs!». Un mensaje que pareciera estar dirigido a los hombres de prensa «porque a Cañete… se le respeta!.
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ALCALDESA DE CAÑETE RETRUCA A PERIODISTA PORQUÉ NO POSTULÓ SI CONSIDERABA QUE NINGÚN CANDIDATO ERA EL ADECUADO EN LAS PASADAS ELECCIONES
Cuando el periodista Ysmael Tasayco expresaba que en la últimas elecciones municipales no había votado por ninguno de los candidatos que se presentaron a la contienda, por que consideraba que ninguno de ellos sería capaz de asumir tan importante labor de representar dignamente a Cañete y luchar por sus intereses, recibió la sorprendente propuesta ..¿Y porque no te has presentado tú a ver? ...Es que hay que ser valiente para ello.
Fue la actual alcaldesa María Montoya quien se lo dijo, durante el desarrollo del programa «Democracia en Radio» que dirige Rubén Auqui Cáceres, que el último sábado convocó a periodistas corresponsales de medios nacionales para que puedan emitir alguna opinión en torno a la gestión de la actual burgomaestre cañetana a seis meses de labor al frente del municipio, y al cual asistió sorpresiva-mente la autoridad edil.
En tono irónico, ante el evidente sarcasmo de la alcaldesa Montoya Conde, el periodista Ysmael Tasayco señaló que si se lo proponía la actual autoridad podría aceptarlo, pese a que la población estaría hablando más en torno a una posible revocatoria de su cargo.
Pese a que la propuesta, puede haberse dado dentro de un contexto «burlesco», la propuesta hacia Tasayco Munayco no dejó de generar más de un comentario, tanto a favor y en contra, en torno al tema. (Elarquim)
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DETECTAN SOBREVALORACIÓN DE PRODUCTOS ADQUIRIDOS POR LA UGEL N° 08 DE CAÑETE, HECHOS QUE EVIDENCIARÍAN ACTOS DE CORRUPCIÓN
El 21 de marzo del presente año se hizo una verificación en el almacén de la Ugel Nº 08 de Cañete a pedido del GOGESPRE, que está representado por los docentes Donald Aguilar Sánchez, coordinador del UC Nº 02 y Pedro Luyo Mendieta coordinador del UC Nº 06 y por parte de la Ugel el señor José Wong Matta, encargado de la oficina de abastecimiento y el señor Nicolás Manrique Garro, encargado del almacén, con la finalidad de verificar los materiales que han ingresado al almacén y que correspondía al calendario del mes de febrero.
Esta verificación in situ de la calidad de los materiales en relación a los precios de las ordenes guías de internamiento, permitió descubrir sorpresas que la opinión pública y el magisterio cañetano no saben, hechos que jamás fueron puestos en evidencia y que hoy trascribimos al tener acceso a importantes documentos del manejo de dicha institución, a actas y a denuncias en el Ministerio Publico.
Indudablemente no estamos para dar juicios de valor sobre el mal manejo en dicha Ugel, pero es vital y necesario que se haga algo para ponerle punto final a tantos escándalos que ensucian la gestión de Alvarado, quien habla de corrupción cero y que en campaña prometía combatir la corrupción.
Al perecer es necesario un poco de Memorex para los que manejan la Región Lima.
CORRUPCION CERO EN EL OLVIDO...
Debemos agregar que todas las órdenes de compra guía de internamiento están debidamente firmadas por el administrador Pedro Dolores y el Jefe de abastecimiento José Wong y cuentan con la siguiente numeración: 0021, 0022, 0023, 0024, 0025, 0026,0028 y 0031, correspondientes a materiales de limpieza y enseñanza.
Se encontró indicios de sobre valorización de precios de los materiales que se encuentran en las siguientes órdenes de compra:
ORDEN DE COMPRA Nº 0022
Cuaderno espiralado y rayado A-4 por 100 hojas marca loro, se observa que el precio unitario es de S/.9.00 nuevos soles.
Se compraron 200 unidades por la suma de S/. 2,025.00 nuevos soles.
La proveedora es IRMA KARINA MILAGROS RAMIREZ COTILLO, que en el año 2010 fue favorecida con la suma de S/. 165,729.42 y el 2011 con la suma de S/. 60,760.00. es decir es una cliente antigua…… de la Ugel Nº 08 de Cañete.
ORDEN DE COMPRA Nº 023
Cera en pasta color rojo y amarillo en balde marca tekno se observa que el precio unitario es de S/. 32.00 Nuevos soles.
El proveedor es SERVICIOS GENERALES JHON EIRL, que este año ha sido favorecido con la suma de S/. 46,653.00.
ORDEN DE COMPRA Nº 0024
Jabón de tocado líquido glicerina de 1 litro marca Ballerina natural se observa que el precio unitario es de S/. 13.70 nuevos soles.
El proveedor es SERVICIOS GENERALES JHON EIRL.
ORDEN DE COMPRA Nº 0025
Escoba de cerda plástica de 30 cm de marca bruja (Glorinda) aparece con precio unitario S/. 20.00 nuevo soles.
La proveedora es IRMA KARINA MILAGROS RAMIREZ COTILLO.
ORDEN DE COMPRA Nº 0026
Pelota de vóley de cuero a un precio de S/. 20.00 nuevos soles, pelota de futbol Mi Balón de cuero a S/.35.00 nuevos soles.
Acá se descubre que las pelotas NO ERAN DE CUERO sino de JEBE, PLASTICO O CAUCHO.
El proveedor es el señor PEDRO JOSE CRUZ JIMENEZ, el mismo que fue favorecido en el año 2010 con la suma de S/. 146,623.00 y el 2011 con la suma de S/. 64,399.00.
ORDEN DE COMPRA Nº 0028
Cable eléctrico Nº 14 x 100 mts marca Indeco a un precio unitario de S/. 120.00 nuevos soles, cable eléctrico Nº 16 x 100 mts marca Indeco a un precio unitario de S/. 109.00 nuevos soles, linterna recargable OPALUX XB-116 a un precio unitario de S/. 16.00 nuevos soles, tomacorriente doble marca Ticino a un precio unitario de S/. 16.00 nuevos soles, equipo de fluorescente doble de 2x40 w a un precio unitario de S/. 43.00 nuevos soles, equipo fluorescente completo de 2x140 w a un precio unitario de S/. 30.00, fluorescente lineal de 40 w a un precio unitario de S/.10.00 nuevos soles.
La proveedora de esta compra es FIORELLA MELISSA INFANTES JAIMES que hasta el momento ha sido favorecida con la compra de S/. 10,000 nuevos soles.
DENUNCIAN PENALMENTE A JAVIER ALVARADO Y CONSEJERA LILIANA TORRES
El 10 de junio del 2011, es decir hace menos de un mes, ante el Ministerio Publico de Cañete, el señor José Castro Fiestas, con DNI Nº 25457091, ante la presunta inacción y encubrimiento de parte de las autoridades, presenta la denuncia penal correspondiente por los presuntos delitos de CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA EN LA MODALIDAD DE PECULADO AGRAVADO Y ASOCIACION ILICTA PARA DELINQUIR EN PERJUICIO DEL ESTADO.
Los denunciados son el actual presidente regional JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE, la consejera regional LILIANA TORRES CASTILLO y el director de la Drelp RICARDO DOLORIER URBANO.
También han sido denunciados la actual directora de la Ugel Nº 08 – Cañete FLOR ANANORA SAAVEDRA FELIX y el administrador PEDRO DOLORES GARCIA. (Por: Percy Loarte Catirre)
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MAESTROS CAÑETANOS CELEBRARÁN SU DÍA ESTE 06 DE JULIO
Es una las fechas más importantes de nuestro calendario cívico escolar ya que se rinde homenaje al verdadero forjador de las juventudes quienes en el futuro dirigirán los destinos de nuestro país.
El 06 de Julio se celebra el día del maestro debido a que el Libertador, Don José de San Martín fundó la primera escuela normal de varones en el año 1822. Este reconocimiento se otorga a aquellas personas que realizan tan digna labor; quienes llevan el conocimiento de generación en generación instruyendo a la población e inculcarlo la práctica de valores.
El Maestro es el ejemplo permanente de sacrificada y noble entrega en bien de la educación de la niñez y la juventud. Y aunque en muchas ocasiones la función que cumple es prácticamente, anónima no deja de ser sumamente valiosa, ya que tiene la misión de sembrar la semilla del conocimiento entre sus discípulo, aquellos hombres de bien que engrandecen el Perú a través del estudio y del trabajo.
El Sub-Cafae de la UGEL Nº 08 Cañete, la Municipalidad Provincia de Cañete y el SUTEP Provincial han invitado a todos los docentes que laboran en las instituciones educativas públicas de la jurisdicción de la UGEL Nº 08, a los actos celebratorios por el día del maestro.
Programa de Actividades
07:00 am. Santa Misa en la Catedral de San Vicente
08:00 am. Romería al cementerio de San Vicente e Imperial
10:00 am. Acto protocolar de izamiento del Pabellón Nacional
Reconocimiento y entrega de Resolución Directoral a profesores (as) de EBR, EBA, EBE Y CETPRO; que cumplen 30 y 25 años de servicio al magisterio.
01:00 pm. Almuerzo de confraternidad y tarde bailable que estará amenizado por una orquesta y sorteos de regalos que se realizará en los ambientes de la Piscina Municipal de Cañete.
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Población se pregunta ¿Quién maneja las cuentas?
HACE SEIS MESES QUE EL DISTRITO DE VIÑAC SE ENCUENTRA SIN ALCALDE
YAUYOS.- Un gran sector de la población de Viñac, no ve con buenos ojos a sus autoridades edilicias, tras el repentino resquebrajamiento de la salud de su alcalde, Gelacio Gerónimo Rojas
Son muchos los comentarios que se tejen sobre la salud del alcalde, tras sufrir un percance a los dos días de asumir el mando, motivo por el cual, los pobladores expresan que la gestión no tiene rumbo.
Es más, la asunción del mando por parte del teniente alcalde, Amadeo Carrión Barrios, debió de ser de inmediato, y no a posteriori, porque ello puede conllevar a una denuncia penal al pleno del concejo.
La Ley es clara al señalar que cuando el alcalde se ausenta por motivos de viaje o de salud, asume de inmediato el primer regidor; y no espera seis meses para recién convocar a una asamblea y ver la situación del titular del pliego.
Por lo señalado y ante los presuntos malos manejos de la gestión, dado que la población, no percibe obra alguna, los pobladores comenzaron a alzar su voz de protesta exigiendo orden en la comuna.
PETICION DE INFORME SIN RESPUESTA...
A esto se agrega que el ciudadano Binsshelaul Huamán Carrión, solicitó el pasado 24 de marzo, informe completo del estado económico y financiero, inventario de los bienes, contrato del gerente y los responsables de los manejos de las cuentas edilicias.
A pesar de haberse cumplido con todas las prerrogativas de ley, hasta la fecha, las autoridades edilicias, no han alcanzado lo solicitado, contraviniendo la Ley de Transparencia.
Viñac, en uno de los distritos de la zona sur grande de Yauyos, cuya poblaciòn se dedica a la agricultura y ganaderìa, pero esperan mucho de sus autoridades que ejecuten las obras programas con el presupuesto participativo.
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HOSPITALES COLAPSARÍAN ANTE UN TERREMOTO DE 7.9 Y TSUNAMI EN LA REGIÓN LIMA
Los servicios de salud y comunicaciones fueron los sectores de mayor vulnerabilidad ante un eventual terremoto y tsunami de grado 7.9 como el simulado el último viernes a las 10 de la mañana.
«Ha sido un evento positivo porque nos ha permitido medir la vulnerabilidad en varios sectores, principalmente en las comunicaciones y en salud. De acuerdo a nuestros estimados, los hospitales no podrán atender a la gran cantidad de heridos que tendríamos en caso de un desastre natural de esta magnitud», indicó César García, Jefe Regional de Defensa Civil, quien comandó el simulacro.
Ese día a las 10 en punto se activaron las alarmas y sirenas en toda la región iniciándose el simulacro. En la ciudad de Huacho la Policía Nacional detuvo el tránsito de vehículos, mientras que los peatones y pobladores formaban círculos en medio de la calle, lejos de las viviendas.
Los edificios de oficinas, escuelas, universidades, hospitales y entidades públicas, evacuaron a su personal para ubicarse en los cruces de las avenidas. Incluso algunos peatones se sumaron al simulacro de manera voluntaria demostrando interés en el tema de prevención de desastres.
Desde la azotea de la Clínica San Pedro de Huacho, ubicada en la avenida Echenique 641, rescatistas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, evacuaron a un herido utilizando camillas, poleas y cuerdas.
En el Centro de Operaciones de Emergencia Regional (COER), instalado en el Club Tenis de Huacho, César García y personal de DIRESA, la PNP, y otras instituciones, evaluaban los resultados del evento. «Hemos mapeado las zonas más vulnerables y será allí donde concentraremos nuestra atención para sensibilizar a la población sobre el tema de prevención de desastres y uso de mochilas de emergencia», concluyó César García.
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EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-979-2009; a ESWALDO GIANCARLO CASAS SANCHEZ. Declaración de Instructiva. Delito; Peligro Común. Agraviado; La Sociedad. Secretario; Astohuaman. Cañete 20.06.2011
EXP.-2008-148; a RENE TILLCA TILLCA. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiendo ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Hurto agravado; Agraviado Empresa Telefónica. Secretario Yaya. Cañete 16.05.2011
EXP.-2008-010; a LUIS ANTONIO ALVAREZ CHUMPITAZ. Para Lectura de Sentencia. Día 07.07.2011 horas 10:00a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Carlos Enrique Álvarez Loayza. Secretaria Flores. Cañete 23.06.2011
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO MALA; Juez: Castillo; Cita, llama y emplaza:
EXP.-2007-119; a EDWIN JASON PERALTA FLORES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 9:45a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena.
EXP.-2008-036; a LUCIO AQUILINO CHUMPITAZ CAMPOS Y WILLIAMS EDUARDO SANCHEZ REYES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravada. Agraviado; Empresa Tenerife SAC
EXP.-2008-419; a YULY DAVID HUAMAN MONTESINOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 11:45a.m. Delito; Apropiación Ilícita. Agraviado; Service Prorecove.
Secretaria Herrera. Cañete 24.06.2011
EXP.-2007-104; a ELMER CANDELARIO RAMIREZ AVALOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 12:45p.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena. Secretaria Cabrera. Cañete 24.06.2011
2, 3 y 4 de Julio
(AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2009-680; a L.A.A.B. a Través de sus padres JULIAN APAZA HUARHUA y AVELINA BERROCAL PAUCAR, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Hurto Agravado; Agraviado Luis Alberto Cárdenas Trujillo.
EXP.-2010-339; a L.A.C.A. a Través de sus padres LUCY GIOVANA ARIAS SANCHEZ y PEDRO ANTONIO CUYA FERNANDEZ, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado; Agraviado Pablo Félix Vicente Yactayo
Secretaria García. Diaz. Cañete 14.06.2011
2, 3, y 4 de Julio
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Banco Continental contra Policarpio Alfonso Araoz Avellaneda y María Maura Baquerizo Torres sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 403-2009; el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná, Manzana S1, Lote N° 20 (Esquina Jr. Cuzco e Iquitos), distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete – Zona Registral N° IX – Sede Lima.
2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 14,689.62 Dólares Americanos (Catorce mil seiscientos ochenta y nueve con 62/100 Dólares Americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US$ 9,793.08 Dólares Americanos (Nueve mil setecientos noventa y tres con 08/100 Dólares Americanos), equivalentes a las dos terceras partes de la tasación.
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor del Banco Continental, hasta por la suma de US$ 15,950.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 26/12/2007 otorgado ante Notario de Cañete, Dr. Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento 00006 de la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete, Zona Registral N° IX – Sede Lima. Fecha Inscripción 07/02/2008.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 19 de Julio del 2011, a horas 12:45 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la Sede Central de esta Corte, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente, Cañete.
7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, juzgado y número de expediente (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios del Martillero más IGV conforme a ley al finalizar el remate. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán – Martillero Público – Registro Nacional N° 263. Celular 947449494 RPM #947449494.
Flavio A. Villanelo Ninapaytán
Martillero Público
Registro N° 263
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 27, 28, 30 de Junio y 01, 04, 05 de Julio
AVISO
Exp. 109-2010.- Ante el Juzgado Mixto de Yauyos que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal, don EULALIO RAYMONDI INGA solicita CAMBIO DE NOMBRE por ser así ampliamente conocido. En consecuencia su nombre correcto será EULALIO RAYMONDI INGA y no como aparece en su PARTIDA Melecio Eulalio Raymondi, cambio que será anotado en su Partida de Nacimiento que corre por ante la Municipalidad Provincial de Yauyos. Secretario Edilberto Delgado I.
Yauyos, 21 de Junio de 2011.
Dr. Edilberto Delgado Inostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 02, 04 y 05 de Julio.
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo de la doctora Norma Gonzales Ventura y Secretario Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, Expediente N° 2010-294, seguido por ASOCIACIÓN DE TIRO AL BLANCO JOSE BUENAVENTURA SEPÚLVEDA N° 112 – SAN VICENTE contra ASTERIO ILIZARTE CANALES, FANNY CECILIA SOTELO VICUÑA, BARTOLOME MALDONADO MEDINA, JUAN FLORENCIO HERNANDEZ MANTARI y JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ DE SUBTANJALLA, sobre NULIDAD DEL ACTO JURIDICO – ESCRITURA JUDICIAL DE COMPRA VENTA; la Sra. Juez ha ordenado mediante RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE de fecha 10-06-2011, notificar vía edicto a los demandados, la parte resolutiva de la Resolución número Dos, que a continuación se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- 27-08-2010.- AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: CONCEDER APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO contra la Resolución número Uno, de fecha diez de Agosto del dos mil diez, interpuesta por la Asociación de Tiro Al Blanco José Buenaventura Sepúlveda N° 112 – San Vicente, consecuentemente: ELEVESE los autos al Superior Jerárquico con la debida nota de atención y póngase en conocimiento de los demandados el presente recurso impugnatorio, oficiándose a la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica, para su notificación. Hágase Saber.- Una firma, doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos – Juez.- Una firma, doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial.
Cañete, 10 de Junio de 2011.
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 04, 05 y 06 de Julio
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE DEFUNCIÓN
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, que en mérito al Exp. Adm. N° 04765-2011, doña ZOILA AVALOS ROSAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro N° 91, folio 178, año 1948; que erróneamente se ha consignado:
DATOS DEL PADRE:
Dice: JACINTO AVALOS
Debe decir: JACINTO VICENTE AVALOS SAAVEDRA
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC
San Vicente de Cañete, 15 de Junio de 2011.
Mirtha De Los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
03 julio 2011
DEFENSORIA PIDE SE APRUEBE LEY DE CONSULTA PREVIA Y CAPACITAR A REGIONES EN SU APLICACION...
El Defensor del Pueblo (e), Eduardo Vega, consideró necesario iniciar un programa de capacitación a las autoridades regionales y locales en la aplicación e implicancias de la Ley de Consulta Previa, norma que se espera pueda ser aprobada por el Congreso.
«Esta norma requiere todo un sistema de capacitación, hay que informar a la ciudadanía, es todo un trabajo de información y capacitación y de coordinación con la población y los pueblos indígenas», subrayó en declaraciones a la Agencia Andina.
El dictamen de la Ley de Consulta Previa no ha podido ser aprobado hasta el momento por el pleno del Congreso ni por la Comisión Permanente, aunque no se descarta que pueda ser abordado en las sesiones correspondientes a la Legislatura Extraordinaria, convocada para los días 6 y 7 de julio.
Esta norma establece el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados sobre las medidas legales, planes, programas y proyectos que afecten directamente sobre sus derechos, sean estos físicos, de identidad, calidad de vida o desarrollo.
Su objetivo es alcanzar un acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas respecto a las medidas que las afecten directamente.
Por ello, Vega exhortó al Congreso a aprobar la ley con la finalidad de contribuir a la disminución de los conflictos sociales asociados a los temas ambientales.
«Exhortaríamos al Congreso a que pueda considerar la aprobación de la Ley de Consulta Previa ahora por ser un tema muy importante para el país», indicó.
Señaló que la aprobación de esta ley es importante porque permitirá al país contar con un marco legal de nivel general, para establecer el diálogo entre las comunidades nativas y el Estado, según sea necesario.
«Estamos hablando de un diálogo que está recogido en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del cual el Perú es suscriptor desde el año 1994; en nuestra opinión es una obligación, un deber que tenemos que cumplir», añadió.
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Durante visita a distritos judiciales de Piura y Sullana
SAN MARTIN INSTA A CORTES SUPERIORES A ADMINISTRARSE CON PRUDENCIA Y RESPONSABILIDAD...
El presidente del Poder Judicial (PJ), César San Martín Castro, hizo una invocación a las autoridades de las cortes superiores del país para que se administren con sabiduría, prudencia y responsabilidad al momento de gerenciar sus programas de acción y realizar sus compras.
Durante la visita de trabajo que desarrolló en los distritos judiciales de Piura y Sullana, San Martín explicó el trabajo que viene realizándose respecto al proceso de descentralización administrativa institucional y la próxima puesta en marcha de unidades ejecutoras en todas las cortes superiores a nivel nacional.
«De lo que se trata es de reconocer y ampliar los poderes efectivos de los órganos de gobierno de cada corte, porque no podemos estar de espaldas al proceso de descentralización que tenemos y venimos impulsando. Las cortes superiores deben administrarse con sabiduría, prudencia y responsabilidad», anotó el titular del Poder Judicial.
Ratificó que su visita se enmarca dentro de su línea de acercamiento con cada distrito judicial, la cual implica conversar con sus magistrados y conocer en el terreno las dificultades y necesidades que pudieran tener y seguir en la línea de ofrecer un servicio de justicia de calidad.
La visita de dos días que realizó San Martín a Piura incluyó la puesta en funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en una ceremonia que se realizó el viernes 01 de julio.
La jornada se inició con una sesión de sala plena en la que intervinieron el titular de la Corte Superior Piura, Luis Alberto Cevallos Vegas, jueces superiores y los jueces supremos Elcira Vásquez, Francisco Távara, Enrique Mendoza y Duberlí Rodríguez.
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Norma propuesta por Ejecutivo tiene como objetivo garantizar uno de los derechos fundamentales de las personas
PROMULGARON LEY DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES...
El presidente de la República, Alan García Pérez, promulgó la Ley referida a la Protección de Datos Personales, la cual tiene como objetivo garantizar uno de los derechos fundamentales de las personas.
La norma propuesta por el Ejecutivo consta de un título preliminar con disposiciones generales, otros 7 títulos, 40 artículos, y disposiciones complementarias finales.
Se señala que el tratamiento de los datos personales debe realizarse con pleno respeto de los derechos fundamentales de sus titulares, y solo pueden ser objeto de tratamiento con consentimiento de su titular, salvo ley autoritativa al respecto.
En este último caso, precisa la ley, el consentimiento debe ser previo, informado, expreso e inequívoco, y en el caso de datos sensibles, el consentimiento para efectos de su tratamiento, debe efectuarse por escrito.
También se indica que las limitaciones al ejercicio del derecho fundamental a la protección de datos personales solo pueden ser establecidas por ley, respetando su contenido esencial y estar justificadas en razón del respeto de otros derechos fundamentales o bienes constitucionalmente protegidos.
En el caso de las comunicaciones, telecomunicaciones, sistemas informáticos o sus instrumentos, cuando sean de carácter privado o uso privado, solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento del juez o con autorización de su titular, con las garantías previstas en la Ley.
Asimismo, se señala que se debe guardar secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su examen y que los datos personales obtenidos con violación de este precepto carecen de efecto legal.
El artículo 18 del Título III de la norma indica que el titular de los datos personales tiene derecho a ser informado en forma detallada, sencilla, expresa, y de manera previa a su recopilación sobre la finalidad para los que sus datos serán tratados.
Del mismo modo, quiénes son o pueden ser los destinatarios de sus datos personales, la existencia del banco de datos en que se almacenarán, y de ser el caso del encargado del tratamiento de sus datos personales.
Autoridad Nacional
La Ley, en su artículo 32 del Título VI, establece que el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección Nacional de Justicia, es la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
Este órgano es competente para realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto y demás disposiciones de la presente Ley y su reglamento.
Para tal efecto, goza de potestad sancionadora y coactiva, y para el adecuado desempeño de sus funciones puede crear oficinas en todo el país.
Precisa la norma, además, que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales está obligada a guardar la confidencialidad sobre los datos personales que conozca con motivo de sus funciones.
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PRESUPUESTOS BASILARES Y NUEVAS PERSPECTIVAS ACERCA DEL TAN IMPRESCINDIBLE, COMO CUASI UNÁNIMEMENTE POSTERGADO, VALOR PÚBLICO
Escribe: JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE *
En la presente entrega, nos complace sobremanera desarrollar un tema al que consideramos de primerísimo orden, el cual se encuentra indisolublemente ligado al management público, a la responsabilidad social empresarial, a la gerencia social, así como, a la vida política, democrática justas, saludables y edificantes que se merece toda persona: es decir, nos estamos refiriendo al valor público (tema pilar, como propio de la quinta esencia de la administración pública).
II. ACERCA DEL VALOR PÚBLICO
Constituye una obligación para quienes están a cargo de gestión pública, porque los mismos laboran con fondos públicos, los cuales les pertenecen a la población y por ende deben estar orientados hacia ella en general y específicamente a los sectores más deprimidos y no a otros fines, menos aún, cuando los referidos «otros fines», postergan y desnaturalizan la finalidad que abraza la función pública (sea derivada generada vía elección popular o no). Así, el valor público, busca de forma comprometida, un sistema que promueva un desarrollo eficaz, eficiente, equitativo y sostenible. Bajo esta perspectiva, se busca la creación de valor público por medio de una gestión estatal, la que tiene que contribuir significativamente a cuatro fines o principios fundamentales:
i) Reducción de la desigualdad,
ii) Reducción de la pobreza,
iii) Fortalecimiento de estados democráticos, iv) Fortalecimiento de la ciudadanía.
Además, tenemos que el valor público, se encuentra referido al valor creado por el Estado a través de servicios, regulaciones y básicamente por políticos electos en democracia, aunque, son definidos en última instancia por el público usuario. En esos términos, se considera que generar valor público, resulta una suerte de ganancia o beneficio de la calidad de vida de la población, como consecuencia de una gestión pública responsable, orientada a crearlo, esto es: hacerlo realidad. En ese orden de ideas, las instituciones estatales producen más valor cuando más garantizan la mayor y mejor vida de sus beneficiarios. Así, el valor puede ser definido como la satisfacción de necesidades humanas presentes y futuras asociadas a la vida mediante el esfuerzo humano organizado. El valor, entonces, no es sólo vida presente, sino también esperanza de vida. Quien no tiene futuro no tiene sus necesidades humanas satisfechas, pues, el futuro es una necesidad humana. El valor público, presupone democracia. El valor público1, asume en resumidos términos, que: i) La gente tiene la capacidad y la libertad para expresar sus preferencias respecto a las actividades y resultados de la administración pública, ii) Las administraciones públicas tienen la voluntad y la capacidad para acomodar sus objetivos a las preferencias ciudadanas, y iii) Al entregar valor público requerido, la gente estará dispuesta a pagar por él con dinero, con el voto u ofreciendo su tiempo para colaborar con el gobierno.
Por otro lado, se tiene que la ciudadanía percibirá que sus gobernantes generan valor público, solo si existe y se procura una relación transparente entre gobernantes y la misma; otorgándoles lo más necesario. El resultado, no es otro que la mejora dramática de la calidad de vida, la efectivización de la provisión de los servicios públicos, mejor capacidad de respuesta, incremento de la confianza de la ciudadanía en el gobierno. Es preciso señalar, que el valor público solo podrá evidenciada por la ciudadanía, a través de la existencia de: un mejor servicio al cliente, libre acceso a la información, libre elección de proveedores y servicios, así como disfrute de la seguridad. Entonces, se genera valor público por medio de respuestas relevantes a ellos, vía la apertura de nuevas y mejores oportunidades actuales y futuras, y fomentando el libre ejercicio de la deliberación democrática. Sin embargo, cabe dejar constancia, que si bien es cierto que el valor público se realiza y se hace palpable fuera de instituciones-gestiones públicas, éste se gesta en el interior de ellas.
El valor público consiste en hacer mejor las cosas y lograr una mayor satisfacción de los usuarios, de los directivos políticos y de los directivos políticos y de los ciudadanos, procurando no romper la continuidad, dentro de la larga cadena de relaciones causales de medios y fines, entre la tarea cotidiana de cada uno y los efectos que la sociedad recibe de la gestión del Estado2. El presente valor sub exámine, no es un producto ni un resultado, si no, mas bien un proceso complejo, cuyas etapas posteriores de desarrollo solo pueden acometerse en la medida en que se han cumplido con éxito aquellas de carácter preliminar. Ergo, el valor de marras genera una mejor reputación colectiva, que deriva en la colaboración mutua entre la empresa, los agentes de mercado y el Estado, que permite un beneficio y un respeto recíprocos sobre la base de comprender, y distinguir, los objetivos y roles que cada uno cumple: confluyendo en un beneficio y superación colectiva.
III. REQUISITOS
Empero, por otro lado, dejamos expresa constancia que desde nuestro punto de vista, resulta imprescindible acotar que solo es posible generar valor público, si antes de ello no se propugna el valor como estandarte de comportamiento, dicho de otro modo, tenemos que no es posible crear valor público si a priori, no se toman en cuenta requisitos basales y de primer orden prelatorio, como son el entendimiento, conciencia y aplicación en consecuencia de: i) de los valores y ii) el valor. Respecto de los VALORES, tenemos que considerarlos como la noble, altruista y desinteresada del individuo, en toda manifestación de su cotidiano actuar. Y en relación al VALOR, es preciso asumirlo como el grado de utilidad de las cosas, generado vía una acertada y responsable gestión o función, destinada a satisfacer las necesidades, en beneficio de las minorías, de los más carentes. En tal sentido, resulta muy preocupante que el presente tema in comento haya sido objeto de ocupación y desarrollo de muy pocos autores, así como, mayoritariamente tampoco han mostrado mayor interés por el presente latente, agudo, como espinoso tema; las palestras especializadas y no especializadas.
IV. NUEVAS PERSPECTIVAS
Sin embargo, además, de las señaladas, consideramos que existen otras maneras de lograrlo, otras nada ortodoxas como insospechadas, empero, de igual o mejor eficacia.
Así, en primer lugar, saludamos que el 27/06/10 se haya celebrado en Argentina el Día Nacional del Boludo3. En este caso, es una forma original de reivindicar, con una intención que raya la ironía, a quienes no aspiran a beneficiarse del poder, ni festinarlo, ni a pisarle los callos a nadie, ni a enriquecerse, ni a comerciar con estupefacientes, ni a estafar a incautos o violar a menores. En un mundo donde transgredir, usurpar y burlar es casi la ley, dicho país, fomenta a los boludos. Es que actualmente, en Argentina el término boludo alude a la cara opuesta a la de los vivillos, los especuladores, los abusadores, y toda la fauna de malos políticos, malos empresarios, malos funcionarios, malos periodistas y malas personas que, sin ser mayoría, alcanzan a amasar las mayores fortunas y, con ello, sienten haber adquirido patente para mirar por sobre el hombro a quienes no han tenido su viveza o su descaro; señala GUILLERMO GIACOSA. Así también, encontramos el caso de Colombia donde se realizó una campaña similar sobre los ‘zanahorias’ y que, en Venezuela, el escritor USLAR PIETRI dijo que, en ese país, solo los pendejos pagaban impuestos, tenían ética y cumplían sus obligaciones, con lo que ennobleció el término hasta el punto que se organizó una manifestación que se llamó la ‘Marcha de los Pendejos’.
Por otro lado, en segundo lugar acotamos que además de lo esbozado, es pertinente traer a colación que también se genera o crea valor público a través de una gestión pública realizada a la luz de una administración por objetivos y resultados. Es más, a propósito de la aplicación de dicha administración, específicamente del organizacionamiento, consideramos urgente e insoslayablemente, traer a colación el contenido/mensaje de la no tan reciente pero súper exitosa como fabulosa y póstuma película de Michael Jackson, «This is it». En el referido film, él y su grupo (elenco, banda) realizan implícitamente un importante derroche de demostraciones- hasta con lujo de detalles-, de a nuestro entender, la nueva corriente organizacional (que deja en evidente rezago a la administración por objetivos y resultados de PETER F. DRUCKER), la misma que desde nuestro punto de vista (es decir, la que propondría el ícono musical) se caracterizaría por una muy saludable como particular filosofía que en potencia y síntesis, sentenciaría: i) «el cielo no es el límite, es el inicio»; es decir, que se debe empezar no de lo superior, si no de lo muy elevado (de la pasión o de muy arriba) en adelante, ii) «no a las acciones o trabajos a grosso modo o a grandes rasgos»; más bien, integrales, completos y muy bien realizados, iii) es inválido el archimanido: «daría todo de mi para tal o cual cosa»; ya que la idea es darlo efectiva y concretamente todo de si, segundo a segundo y sin hablar mucho, iv) «el mejor desempeño no culmina cuando ya pasó la coyuntura, ocasión o apariencia»; ya que nunca se debe perder la motivación, compromiso (por convicción) y el norte». Así, esta nueva teoría (que quizás sea el último gran legado de Jacko) a la que denominaremos «administración mística, supra elitista o de excelencia organizacional recargada»4; puede ser además, absolutamente aplicable, tanto a instituciones estatales, privadas, así como a todos los actos y aspectos de la vida diaria (una forma de vida de excelencia). Consecuentemente, no es de extrañar que dicho film (aunque tímida y paulatinamente) haya y venga siendo asertivamente interpretado y recomendado por docentes universitarios de asignaturas no necesariamente de naturaleza gestionaria, empresarial y motivacional, de no pocas como importantes instituciones educativas de pre y post grado no solo peruanas.
V. CONCLUSIONES
Finalmente, huelga colofar en que nuestro país precisa urgente como impostergablemente, de gestiones públicas (provenientes de elección popular o no) que creen o generen valor público. Para lo cual, previamente se necesita la realización decidida y consolidada de políticas de Estado (campañas de fomento del valor y de los valores como formas de vida y no de coyuntura o fines mediáticos o populistas como efímeros); que sean contestes con los estándares de la administración pública francesa, nada menos que la primera del orbe (a propósito, a través de ella, obviamente se genera valor público en términos máximos como justos).
* Socio del Bufete Jurídico Internacional, Jordan & Luciano Abogados (España).
Abogado por la UCSM. Egresado de los Doctorados en Derecho y Administración; de las Maestrías en Derecho Empresarial y Derecho
Penal de la UNFV, y del I Nivel del VII Curso del Programa de Formación de Aspirantes a Magistrados de la AMAG (Sede Lima).
kimblellmen@hotmail.com.
1 BERTUCCI, Guido.
Gobierno digital y valor público.
En línea, recuperado el 10/09/10, de Política Digital: http://www.politicadigital.com.mx/pics/edito/multimedia/418/filearton102_multimedia.pdf.
2 PINEDA PARÉS, Mauricio.
Las instituciones públicas deben generar valor público.
En línea, recuperado el 10/09/10, de La Palabra:
http://lapalabra.utec.edu.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=100:las-instituciones-publicas-deben-generar-valor-publico-&catid=35:enfoques&Itemid=62.
3 GIACOSA, Guillermo. Argentina: día nacional del boludo. En: Columna Opina. Diario Perú 21, Lima, 06/07/10, p. 15.
4 TORRES MANRIQUE, Jorge Isaac. Reflexiones acerca del advenimiento de un derecho estadístico (parte I). En: Revista Novedades Jurídicas. Ediciones Legales. Año VII. Nº 48.
Guayaquil. 06/2010, p. 29.
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EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-979-2009; a ESWALDO GIANCARLO CASAS SANCHEZ. Declaración de Instructiva. Delito; Peligro Común. Agraviado; La Sociedad. Secretario; Astohuaman. Cañete 20.06.2011
EXP.-2008-148; a RENE TILLCA TILLCA. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiendo ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Hurto agravado; Agraviado Empresa Telefónica. Secretario Yaya. Cañete 16.05.2011
EXP.-2008-010; a LUIS ANTONIO ALVAREZ CHUMPITAZ. Para Lectura de Sentencia. Día 07.07.2011 horas 10:00a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Carlos Enrique Álvarez Loayza. Secretaria Flores. Cañete 23.06.2011
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO MALA; Juez: Castillo; Cita, llama y emplaza:
EXP.-2007-119; a EDWIN JASON PERALTA FLORES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 9:45a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena.
EXP.-2008-036; a LUCIO AQUILINO CHUMPITAZ CAMPOS Y WILLIAMS EDUARDO SANCHEZ REYES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravada. Agraviado; Empresa Tenerife SAC
EXP.-2008-419; a YULY DAVID HUAMAN MONTESINOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 11:45a.m. Delito; Apropiación Ilícita. Agraviado; Service Prorecove.
Secretaria Herrera. Cañete 24.06.2011
EXP.-2007-104; a ELMER CANDELARIO RAMIREZ AVALOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 12:45p.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena. Secretaria Cabrera. Cañete 24.06.2011
2, 3 y 4 de Julio
(AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2009-680; a L.A.A.B. a Través de sus padres JULIAN APAZA HUARHUA y AVELINA BERROCAL PAUCAR, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Hurto Agravado; Agraviado Luis Alberto Cárdenas Trujillo.
EXP.-2010-339; a L.A.C.A. a Través de sus padres LUCY GIOVANA ARIAS SANCHEZ y PEDRO ANTONIO CUYA FERNANDEZ, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado; Agraviado Pablo Félix Vicente Yactayo
Secretaria García. Diaz. Cañete 14.06.2011
2, 3, y 4 de Julio
SUCESION INTESTADA – EDICTO
Exp. N° 254-2011.- Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Señora Juez Daisy Guzmán Sánchez, y Secretaria Giovanna E. Mendoza Magallanes, doña QUITERIA OLGA CAMPOS CALAGUA solicita la SUCESION INTESTADA de FELIPA CALAGUA CASAS, fallecida el seis de Setiembre de mil novecientos noventa y seis en la Clínica del Hospital – Instituto Peruano de Seguridad Social de San Vicente de Cañete. Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 27 de Junio del 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Jesús Gonzalo Canales Alfaro - CAL 12159
AVISO
Exp. 109-2010.- Ante el Juzgado Mixto de Yauyos que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal, don EULALIO RAYMONDI INGA solicita CAMBIO DE NOMBRE por ser así ampliamente conocido. En consecuencia su nombre correcto será EULALIO RAYMONDI INGA y no como aparece en su PARTIDA Melecio Eulalio Raymondi, cambio que será anotado en su Partida de Nacimiento que corre por ante la Municipalidad Provincial de Yauyos. Secretario Edilberto Delgado I.
Yauyos, 21 de Junio de 2011.
Dr. Edilberto Delgado Inostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 02, 04 y 05 de Julio.
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Banco Continental contra Policarpio Alfonso Araoz Avellaneda y María Maura Baquerizo Torres sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 403-2009; el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná, Manzana S1, Lote N° 20 (Esquina Jr. Cuzco e Iquitos), distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete – Zona Registral N° IX – Sede Lima.
2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 14,689.62 Dólares Americanos (Catorce mil seiscientos ochenta y nueve con 62/100 Dólares Americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US$ 9,793.08 Dólares Americanos (Nueve mil setecientos noventa y tres con 08/100 Dólares Americanos), equivalentes a las dos terceras partes de la tasación.
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor del Banco Continental, hasta por la suma de US$ 15,950.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 26/12/2007 otorgado ante Notario de Cañete, Dr. Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento 00006 de la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete, Zona Registral N° IX – Sede Lima. Fecha Inscripción 07/02/2008.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 19 de Julio del 2011, a horas 12:45 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la Sede Central de esta Corte, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente, Cañete.
7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, juzgado y número de expediente (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios del Martillero más IGV conforme a ley al finalizar el remate. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán – Martillero Público – Registro Nacional N° 263. Celular 947449494 RPM #947449494.
Flavio A. Villanelo Ninapaytán
Martillero Público
Registro N° 263
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 27, 28, 30 de Junio y 01, 04, 05 de Julio
El Defensor del Pueblo (e), Eduardo Vega, consideró necesario iniciar un programa de capacitación a las autoridades regionales y locales en la aplicación e implicancias de la Ley de Consulta Previa, norma que se espera pueda ser aprobada por el Congreso.
«Esta norma requiere todo un sistema de capacitación, hay que informar a la ciudadanía, es todo un trabajo de información y capacitación y de coordinación con la población y los pueblos indígenas», subrayó en declaraciones a la Agencia Andina.
El dictamen de la Ley de Consulta Previa no ha podido ser aprobado hasta el momento por el pleno del Congreso ni por la Comisión Permanente, aunque no se descarta que pueda ser abordado en las sesiones correspondientes a la Legislatura Extraordinaria, convocada para los días 6 y 7 de julio.
Esta norma establece el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados sobre las medidas legales, planes, programas y proyectos que afecten directamente sobre sus derechos, sean estos físicos, de identidad, calidad de vida o desarrollo.
Su objetivo es alcanzar un acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas respecto a las medidas que las afecten directamente.
Por ello, Vega exhortó al Congreso a aprobar la ley con la finalidad de contribuir a la disminución de los conflictos sociales asociados a los temas ambientales.
«Exhortaríamos al Congreso a que pueda considerar la aprobación de la Ley de Consulta Previa ahora por ser un tema muy importante para el país», indicó.
Señaló que la aprobación de esta ley es importante porque permitirá al país contar con un marco legal de nivel general, para establecer el diálogo entre las comunidades nativas y el Estado, según sea necesario.
«Estamos hablando de un diálogo que está recogido en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del cual el Perú es suscriptor desde el año 1994; en nuestra opinión es una obligación, un deber que tenemos que cumplir», añadió.
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Durante visita a distritos judiciales de Piura y Sullana
SAN MARTIN INSTA A CORTES SUPERIORES A ADMINISTRARSE CON PRUDENCIA Y RESPONSABILIDAD...
El presidente del Poder Judicial (PJ), César San Martín Castro, hizo una invocación a las autoridades de las cortes superiores del país para que se administren con sabiduría, prudencia y responsabilidad al momento de gerenciar sus programas de acción y realizar sus compras.
Durante la visita de trabajo que desarrolló en los distritos judiciales de Piura y Sullana, San Martín explicó el trabajo que viene realizándose respecto al proceso de descentralización administrativa institucional y la próxima puesta en marcha de unidades ejecutoras en todas las cortes superiores a nivel nacional.
«De lo que se trata es de reconocer y ampliar los poderes efectivos de los órganos de gobierno de cada corte, porque no podemos estar de espaldas al proceso de descentralización que tenemos y venimos impulsando. Las cortes superiores deben administrarse con sabiduría, prudencia y responsabilidad», anotó el titular del Poder Judicial.
Ratificó que su visita se enmarca dentro de su línea de acercamiento con cada distrito judicial, la cual implica conversar con sus magistrados y conocer en el terreno las dificultades y necesidades que pudieran tener y seguir en la línea de ofrecer un servicio de justicia de calidad.
La visita de dos días que realizó San Martín a Piura incluyó la puesta en funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en una ceremonia que se realizó el viernes 01 de julio.
La jornada se inició con una sesión de sala plena en la que intervinieron el titular de la Corte Superior Piura, Luis Alberto Cevallos Vegas, jueces superiores y los jueces supremos Elcira Vásquez, Francisco Távara, Enrique Mendoza y Duberlí Rodríguez.
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Norma propuesta por Ejecutivo tiene como objetivo garantizar uno de los derechos fundamentales de las personas
PROMULGARON LEY DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES...
El presidente de la República, Alan García Pérez, promulgó la Ley referida a la Protección de Datos Personales, la cual tiene como objetivo garantizar uno de los derechos fundamentales de las personas.
La norma propuesta por el Ejecutivo consta de un título preliminar con disposiciones generales, otros 7 títulos, 40 artículos, y disposiciones complementarias finales.
Se señala que el tratamiento de los datos personales debe realizarse con pleno respeto de los derechos fundamentales de sus titulares, y solo pueden ser objeto de tratamiento con consentimiento de su titular, salvo ley autoritativa al respecto.
En este último caso, precisa la ley, el consentimiento debe ser previo, informado, expreso e inequívoco, y en el caso de datos sensibles, el consentimiento para efectos de su tratamiento, debe efectuarse por escrito.
También se indica que las limitaciones al ejercicio del derecho fundamental a la protección de datos personales solo pueden ser establecidas por ley, respetando su contenido esencial y estar justificadas en razón del respeto de otros derechos fundamentales o bienes constitucionalmente protegidos.
En el caso de las comunicaciones, telecomunicaciones, sistemas informáticos o sus instrumentos, cuando sean de carácter privado o uso privado, solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento del juez o con autorización de su titular, con las garantías previstas en la Ley.
Asimismo, se señala que se debe guardar secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su examen y que los datos personales obtenidos con violación de este precepto carecen de efecto legal.
El artículo 18 del Título III de la norma indica que el titular de los datos personales tiene derecho a ser informado en forma detallada, sencilla, expresa, y de manera previa a su recopilación sobre la finalidad para los que sus datos serán tratados.
Del mismo modo, quiénes son o pueden ser los destinatarios de sus datos personales, la existencia del banco de datos en que se almacenarán, y de ser el caso del encargado del tratamiento de sus datos personales.
Autoridad Nacional
La Ley, en su artículo 32 del Título VI, establece que el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección Nacional de Justicia, es la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
Este órgano es competente para realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto y demás disposiciones de la presente Ley y su reglamento.
Para tal efecto, goza de potestad sancionadora y coactiva, y para el adecuado desempeño de sus funciones puede crear oficinas en todo el país.
Precisa la norma, además, que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales está obligada a guardar la confidencialidad sobre los datos personales que conozca con motivo de sus funciones.
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PRESUPUESTOS BASILARES Y NUEVAS PERSPECTIVAS ACERCA DEL TAN IMPRESCINDIBLE, COMO CUASI UNÁNIMEMENTE POSTERGADO, VALOR PÚBLICO
Escribe: JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE *
En la presente entrega, nos complace sobremanera desarrollar un tema al que consideramos de primerísimo orden, el cual se encuentra indisolublemente ligado al management público, a la responsabilidad social empresarial, a la gerencia social, así como, a la vida política, democrática justas, saludables y edificantes que se merece toda persona: es decir, nos estamos refiriendo al valor público (tema pilar, como propio de la quinta esencia de la administración pública).
II. ACERCA DEL VALOR PÚBLICO
Constituye una obligación para quienes están a cargo de gestión pública, porque los mismos laboran con fondos públicos, los cuales les pertenecen a la población y por ende deben estar orientados hacia ella en general y específicamente a los sectores más deprimidos y no a otros fines, menos aún, cuando los referidos «otros fines», postergan y desnaturalizan la finalidad que abraza la función pública (sea derivada generada vía elección popular o no). Así, el valor público, busca de forma comprometida, un sistema que promueva un desarrollo eficaz, eficiente, equitativo y sostenible. Bajo esta perspectiva, se busca la creación de valor público por medio de una gestión estatal, la que tiene que contribuir significativamente a cuatro fines o principios fundamentales:
i) Reducción de la desigualdad,
ii) Reducción de la pobreza,
iii) Fortalecimiento de estados democráticos, iv) Fortalecimiento de la ciudadanía.
Además, tenemos que el valor público, se encuentra referido al valor creado por el Estado a través de servicios, regulaciones y básicamente por políticos electos en democracia, aunque, son definidos en última instancia por el público usuario. En esos términos, se considera que generar valor público, resulta una suerte de ganancia o beneficio de la calidad de vida de la población, como consecuencia de una gestión pública responsable, orientada a crearlo, esto es: hacerlo realidad. En ese orden de ideas, las instituciones estatales producen más valor cuando más garantizan la mayor y mejor vida de sus beneficiarios. Así, el valor puede ser definido como la satisfacción de necesidades humanas presentes y futuras asociadas a la vida mediante el esfuerzo humano organizado. El valor, entonces, no es sólo vida presente, sino también esperanza de vida. Quien no tiene futuro no tiene sus necesidades humanas satisfechas, pues, el futuro es una necesidad humana. El valor público, presupone democracia. El valor público1, asume en resumidos términos, que: i) La gente tiene la capacidad y la libertad para expresar sus preferencias respecto a las actividades y resultados de la administración pública, ii) Las administraciones públicas tienen la voluntad y la capacidad para acomodar sus objetivos a las preferencias ciudadanas, y iii) Al entregar valor público requerido, la gente estará dispuesta a pagar por él con dinero, con el voto u ofreciendo su tiempo para colaborar con el gobierno.
Por otro lado, se tiene que la ciudadanía percibirá que sus gobernantes generan valor público, solo si existe y se procura una relación transparente entre gobernantes y la misma; otorgándoles lo más necesario. El resultado, no es otro que la mejora dramática de la calidad de vida, la efectivización de la provisión de los servicios públicos, mejor capacidad de respuesta, incremento de la confianza de la ciudadanía en el gobierno. Es preciso señalar, que el valor público solo podrá evidenciada por la ciudadanía, a través de la existencia de: un mejor servicio al cliente, libre acceso a la información, libre elección de proveedores y servicios, así como disfrute de la seguridad. Entonces, se genera valor público por medio de respuestas relevantes a ellos, vía la apertura de nuevas y mejores oportunidades actuales y futuras, y fomentando el libre ejercicio de la deliberación democrática. Sin embargo, cabe dejar constancia, que si bien es cierto que el valor público se realiza y se hace palpable fuera de instituciones-gestiones públicas, éste se gesta en el interior de ellas.
El valor público consiste en hacer mejor las cosas y lograr una mayor satisfacción de los usuarios, de los directivos políticos y de los directivos políticos y de los ciudadanos, procurando no romper la continuidad, dentro de la larga cadena de relaciones causales de medios y fines, entre la tarea cotidiana de cada uno y los efectos que la sociedad recibe de la gestión del Estado2. El presente valor sub exámine, no es un producto ni un resultado, si no, mas bien un proceso complejo, cuyas etapas posteriores de desarrollo solo pueden acometerse en la medida en que se han cumplido con éxito aquellas de carácter preliminar. Ergo, el valor de marras genera una mejor reputación colectiva, que deriva en la colaboración mutua entre la empresa, los agentes de mercado y el Estado, que permite un beneficio y un respeto recíprocos sobre la base de comprender, y distinguir, los objetivos y roles que cada uno cumple: confluyendo en un beneficio y superación colectiva.
III. REQUISITOS
Empero, por otro lado, dejamos expresa constancia que desde nuestro punto de vista, resulta imprescindible acotar que solo es posible generar valor público, si antes de ello no se propugna el valor como estandarte de comportamiento, dicho de otro modo, tenemos que no es posible crear valor público si a priori, no se toman en cuenta requisitos basales y de primer orden prelatorio, como son el entendimiento, conciencia y aplicación en consecuencia de: i) de los valores y ii) el valor. Respecto de los VALORES, tenemos que considerarlos como la noble, altruista y desinteresada del individuo, en toda manifestación de su cotidiano actuar. Y en relación al VALOR, es preciso asumirlo como el grado de utilidad de las cosas, generado vía una acertada y responsable gestión o función, destinada a satisfacer las necesidades, en beneficio de las minorías, de los más carentes. En tal sentido, resulta muy preocupante que el presente tema in comento haya sido objeto de ocupación y desarrollo de muy pocos autores, así como, mayoritariamente tampoco han mostrado mayor interés por el presente latente, agudo, como espinoso tema; las palestras especializadas y no especializadas.
IV. NUEVAS PERSPECTIVAS
Sin embargo, además, de las señaladas, consideramos que existen otras maneras de lograrlo, otras nada ortodoxas como insospechadas, empero, de igual o mejor eficacia.
Así, en primer lugar, saludamos que el 27/06/10 se haya celebrado en Argentina el Día Nacional del Boludo3. En este caso, es una forma original de reivindicar, con una intención que raya la ironía, a quienes no aspiran a beneficiarse del poder, ni festinarlo, ni a pisarle los callos a nadie, ni a enriquecerse, ni a comerciar con estupefacientes, ni a estafar a incautos o violar a menores. En un mundo donde transgredir, usurpar y burlar es casi la ley, dicho país, fomenta a los boludos. Es que actualmente, en Argentina el término boludo alude a la cara opuesta a la de los vivillos, los especuladores, los abusadores, y toda la fauna de malos políticos, malos empresarios, malos funcionarios, malos periodistas y malas personas que, sin ser mayoría, alcanzan a amasar las mayores fortunas y, con ello, sienten haber adquirido patente para mirar por sobre el hombro a quienes no han tenido su viveza o su descaro; señala GUILLERMO GIACOSA. Así también, encontramos el caso de Colombia donde se realizó una campaña similar sobre los ‘zanahorias’ y que, en Venezuela, el escritor USLAR PIETRI dijo que, en ese país, solo los pendejos pagaban impuestos, tenían ética y cumplían sus obligaciones, con lo que ennobleció el término hasta el punto que se organizó una manifestación que se llamó la ‘Marcha de los Pendejos’.
Por otro lado, en segundo lugar acotamos que además de lo esbozado, es pertinente traer a colación que también se genera o crea valor público a través de una gestión pública realizada a la luz de una administración por objetivos y resultados. Es más, a propósito de la aplicación de dicha administración, específicamente del organizacionamiento, consideramos urgente e insoslayablemente, traer a colación el contenido/mensaje de la no tan reciente pero súper exitosa como fabulosa y póstuma película de Michael Jackson, «This is it». En el referido film, él y su grupo (elenco, banda) realizan implícitamente un importante derroche de demostraciones- hasta con lujo de detalles-, de a nuestro entender, la nueva corriente organizacional (que deja en evidente rezago a la administración por objetivos y resultados de PETER F. DRUCKER), la misma que desde nuestro punto de vista (es decir, la que propondría el ícono musical) se caracterizaría por una muy saludable como particular filosofía que en potencia y síntesis, sentenciaría: i) «el cielo no es el límite, es el inicio»; es decir, que se debe empezar no de lo superior, si no de lo muy elevado (de la pasión o de muy arriba) en adelante, ii) «no a las acciones o trabajos a grosso modo o a grandes rasgos»; más bien, integrales, completos y muy bien realizados, iii) es inválido el archimanido: «daría todo de mi para tal o cual cosa»; ya que la idea es darlo efectiva y concretamente todo de si, segundo a segundo y sin hablar mucho, iv) «el mejor desempeño no culmina cuando ya pasó la coyuntura, ocasión o apariencia»; ya que nunca se debe perder la motivación, compromiso (por convicción) y el norte». Así, esta nueva teoría (que quizás sea el último gran legado de Jacko) a la que denominaremos «administración mística, supra elitista o de excelencia organizacional recargada»4; puede ser además, absolutamente aplicable, tanto a instituciones estatales, privadas, así como a todos los actos y aspectos de la vida diaria (una forma de vida de excelencia). Consecuentemente, no es de extrañar que dicho film (aunque tímida y paulatinamente) haya y venga siendo asertivamente interpretado y recomendado por docentes universitarios de asignaturas no necesariamente de naturaleza gestionaria, empresarial y motivacional, de no pocas como importantes instituciones educativas de pre y post grado no solo peruanas.
V. CONCLUSIONES
Finalmente, huelga colofar en que nuestro país precisa urgente como impostergablemente, de gestiones públicas (provenientes de elección popular o no) que creen o generen valor público. Para lo cual, previamente se necesita la realización decidida y consolidada de políticas de Estado (campañas de fomento del valor y de los valores como formas de vida y no de coyuntura o fines mediáticos o populistas como efímeros); que sean contestes con los estándares de la administración pública francesa, nada menos que la primera del orbe (a propósito, a través de ella, obviamente se genera valor público en términos máximos como justos).
* Socio del Bufete Jurídico Internacional, Jordan & Luciano Abogados (España).
Abogado por la UCSM. Egresado de los Doctorados en Derecho y Administración; de las Maestrías en Derecho Empresarial y Derecho
Penal de la UNFV, y del I Nivel del VII Curso del Programa de Formación de Aspirantes a Magistrados de la AMAG (Sede Lima).
kimblellmen@hotmail.com.
1 BERTUCCI, Guido.
Gobierno digital y valor público.
En línea, recuperado el 10/09/10, de Política Digital: http://www.politicadigital.com.mx/pics/edito/multimedia/418/filearton102_multimedia.pdf.
2 PINEDA PARÉS, Mauricio.
Las instituciones públicas deben generar valor público.
En línea, recuperado el 10/09/10, de La Palabra:
http://lapalabra.utec.edu.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=100:las-instituciones-publicas-deben-generar-valor-publico-&catid=35:enfoques&Itemid=62.
3 GIACOSA, Guillermo. Argentina: día nacional del boludo. En: Columna Opina. Diario Perú 21, Lima, 06/07/10, p. 15.
4 TORRES MANRIQUE, Jorge Isaac. Reflexiones acerca del advenimiento de un derecho estadístico (parte I). En: Revista Novedades Jurídicas. Ediciones Legales. Año VII. Nº 48.
Guayaquil. 06/2010, p. 29.
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EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-979-2009; a ESWALDO GIANCARLO CASAS SANCHEZ. Declaración de Instructiva. Delito; Peligro Común. Agraviado; La Sociedad. Secretario; Astohuaman. Cañete 20.06.2011
EXP.-2008-148; a RENE TILLCA TILLCA. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiendo ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Hurto agravado; Agraviado Empresa Telefónica. Secretario Yaya. Cañete 16.05.2011
EXP.-2008-010; a LUIS ANTONIO ALVAREZ CHUMPITAZ. Para Lectura de Sentencia. Día 07.07.2011 horas 10:00a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Carlos Enrique Álvarez Loayza. Secretaria Flores. Cañete 23.06.2011
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO MALA; Juez: Castillo; Cita, llama y emplaza:
EXP.-2007-119; a EDWIN JASON PERALTA FLORES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 9:45a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena.
EXP.-2008-036; a LUCIO AQUILINO CHUMPITAZ CAMPOS Y WILLIAMS EDUARDO SANCHEZ REYES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravada. Agraviado; Empresa Tenerife SAC
EXP.-2008-419; a YULY DAVID HUAMAN MONTESINOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 11:45a.m. Delito; Apropiación Ilícita. Agraviado; Service Prorecove.
Secretaria Herrera. Cañete 24.06.2011
EXP.-2007-104; a ELMER CANDELARIO RAMIREZ AVALOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 12:45p.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena. Secretaria Cabrera. Cañete 24.06.2011
2, 3 y 4 de Julio
(AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2009-680; a L.A.A.B. a Través de sus padres JULIAN APAZA HUARHUA y AVELINA BERROCAL PAUCAR, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Hurto Agravado; Agraviado Luis Alberto Cárdenas Trujillo.
EXP.-2010-339; a L.A.C.A. a Través de sus padres LUCY GIOVANA ARIAS SANCHEZ y PEDRO ANTONIO CUYA FERNANDEZ, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado; Agraviado Pablo Félix Vicente Yactayo
Secretaria García. Diaz. Cañete 14.06.2011
2, 3, y 4 de Julio
SUCESION INTESTADA – EDICTO
Exp. N° 254-2011.- Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Señora Juez Daisy Guzmán Sánchez, y Secretaria Giovanna E. Mendoza Magallanes, doña QUITERIA OLGA CAMPOS CALAGUA solicita la SUCESION INTESTADA de FELIPA CALAGUA CASAS, fallecida el seis de Setiembre de mil novecientos noventa y seis en la Clínica del Hospital – Instituto Peruano de Seguridad Social de San Vicente de Cañete. Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 27 de Junio del 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Jesús Gonzalo Canales Alfaro - CAL 12159
AVISO
Exp. 109-2010.- Ante el Juzgado Mixto de Yauyos que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal, don EULALIO RAYMONDI INGA solicita CAMBIO DE NOMBRE por ser así ampliamente conocido. En consecuencia su nombre correcto será EULALIO RAYMONDI INGA y no como aparece en su PARTIDA Melecio Eulalio Raymondi, cambio que será anotado en su Partida de Nacimiento que corre por ante la Municipalidad Provincial de Yauyos. Secretario Edilberto Delgado I.
Yauyos, 21 de Junio de 2011.
Dr. Edilberto Delgado Inostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 02, 04 y 05 de Julio.
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Banco Continental contra Policarpio Alfonso Araoz Avellaneda y María Maura Baquerizo Torres sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 403-2009; el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná, Manzana S1, Lote N° 20 (Esquina Jr. Cuzco e Iquitos), distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete – Zona Registral N° IX – Sede Lima.
2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 14,689.62 Dólares Americanos (Catorce mil seiscientos ochenta y nueve con 62/100 Dólares Americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US$ 9,793.08 Dólares Americanos (Nueve mil setecientos noventa y tres con 08/100 Dólares Americanos), equivalentes a las dos terceras partes de la tasación.
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor del Banco Continental, hasta por la suma de US$ 15,950.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 26/12/2007 otorgado ante Notario de Cañete, Dr. Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento 00006 de la Partida N° P17005759 del Registro Predial Urbano de los Registros Públicos de Cañete, Zona Registral N° IX – Sede Lima. Fecha Inscripción 07/02/2008.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 19 de Julio del 2011, a horas 12:45 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la Sede Central de esta Corte, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente, Cañete.
7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, juzgado y número de expediente (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios del Martillero más IGV conforme a ley al finalizar el remate. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán – Martillero Público – Registro Nacional N° 263. Celular 947449494 RPM #947449494.
Flavio A. Villanelo Ninapaytán
Martillero Público
Registro N° 263
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 27, 28, 30 de Junio y 01, 04, 05 de Julio
02 julio 2011
DISPONEN EL CIERRE TEMPORAL DEL ESTADIO MUNICIPAL DE CERRO AZUL POR BOCHORNOSO HECHOS
Recinto Deportivo No Reúne las Condiciones Mínimas De Seguridad
Las cosas no andan nada bien en el distrito de Cerro Azul, los dirigentes deportivos del Bella Esperanza de esta localidad, siempre piden a los dirigentes de la provincial que respeten su localia, en otras palabras solicitan jugar su partido de fútbol de local cuando les corresponde, a pesar que se sabe que no reúnen las condiciones mínimas para hacerlo, pero a pesar de tantos obstáculos y cosas, los dirigentes de la Liga Provincial aceptan que jueguen en su propio campo deportivo, bajo la responsabilidad de su club.
Pero quÉ es lo que pasa cuando juegan en casa… SIMPLEMENTE que algunos malos hinchas se descontrolan, se alteran, son ofensivos, pierden los papeles y hasta invaden el gramado… esto ocurrió este fin de semana en donde el informe del árbitro Sr. Pedro Espinoza Aliaga lapida el estadio de Cerro Azul, señalando que el campo deportivo por ser cancha abierta no reúne las condiciones mínimas de seguridad a pesar de haber contado en el partido con un número considerable de Policías que protegieron a los árbitros
COMISIÓN DE JUSTICIA RESUELVE EL CIERRE TEMPORAL
La Comisión de Justicia de la Liga Provincial en su Resolución Nº 010-2011-CJ-LPFC, de fecha 30 de junio del 2011, considerando estos hechos vergonzantes ocurridos en el escenario del partido que jugaron en Cerro Azul entre los Clubes Bella Esperanza y Delfines Tiburones, RESOLVIO en su Artículo Quinto: Disponer el cierre temporal del Estadio Municipal de Cerro Azul para realizar competencias del sistema hasta cuando dicho recinto deportivo reúna las condiciones mínimas de seguridad y operatividad, en aplicación del Art. 27 del reglamento Único de Justicia Deportiva de la F.P.F.
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MASIVA RESPUESTA DE POBLACIÓN A SIMULACRO DE SISMO EN EL DISTRITO DE IMPERIAL
La población de la zona urbana del distrito de Imperial-Cañete respondió positivamente al Simulacro de Sismo programado en la fecha por el Comité Distrital de Defensa Civil, que preside el alcalde Eddy del Mazo Tello.
En los locales de entidades públicas y privadas, el personal hizo un alto a sus labores para salir a las calles ordenadamente y ponerse a buen resguardo, contando con el apoyo de los efectivos de la Policía Nacional, Serenazgo, Bomberos, Policía Municipal y quienes se sumaron apoyando el simulacro.
La actividad contó con la supervisión de la Jefa de Movilización de la Dirección Regional INDECI Costa-Centro quien felicitó al alcalde por la activa participación de su población, demostrando una buena organización y sensibilización.
Por su parte, el alcalde Del Mazo Tello destacó que la población vaya asumiendo responsablemente la conciencia de prevención ante cualquier evento adverso, para lo cual sus autoridades vienen organizándose y capacitando adecuadamente para responder favorablemente.
Al finalizar el simulacro se reunió el Centro de Operaciones de Emergencia que evaluaron los diversos factores, tanto positivos y negativos para tomar en cuenta en los próximos simulacros a programar.
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HOSPITAL REZOLA DE CAÑETE PARTICIPÓ EN SIMULACRO DE REGIONAL DE SISMO Y TSUNAMI
Dentro del marco por la «Semana de simulacros a nivel nacional para respuestas a desastres», el Gobierno Regional de Lima Provincia organizó conjuntamente con la Oficina de Defensa Civil de la Provincia de Cañete el Simulacro Regional de Sismo y tsunami llevado a cabo el día de ayer, viernes 01 de julio a horas 10:00 a.m., el mismo que contó con la participación del Hospital Rezola de Cañete como Directores, personal asistencial, personal administrativo, pacientes y público en general.
Las sirenas de las ambulancias dieron la voz de alarma de inicio del simulacro que tuvo referencia un sismo de 7.9 grados de magnitud en la escala de Richter
Cabe resaltar que durante el simulacro se puso en práctica tres pasos importantes como fueron:
UBÍCATE en la zona de Seguridad INTERNA del lugar donde te encuentres mientras dure la alarma de simulacro (1minuto)
DIRÍGETE por las Rutas de Evacuación señalizadas a una zona de seguridad EXTERNA predeterminada. ¡CAMINA!
PERMANECE en la zona de seguridad EXTERNA hasta que termine el simulacro (15 minutos).
El Director Ejecutivo del Hospital Rezola de Cañete, indicó que Lo más importante es la vida y hay que preservarla por encima de todo, es por eso que se pide que la población tome una real conciencia de estas
prácticas» refirió el galeno.
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EMAPA CAÑETE S.A. ANUNCIA LA NO INCLUSION DE COBRANZA DE CUOTAS MENSUALES POR CONCEPTO FONAVíI EN LOS RECIBOS DE PAGO DE AGUA
La Gerencia Comercial de Emapa Cañete S.A., en atención a lo indicado por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), ha suspendido la cobranza de las cuotas mensuales de la deuda FONAVI en los recibos de agua a partir del mes de junio.
Ante esto, todos aquellos usuarios que deseen, podrán acercarse a las oficinas de la empresa, en el distrito donde viven, para llenar un formato de autorización a Emapa Cañete S.A. para realizar dicha cobranza, desde el 01 hasta el 31 de julio. Posterior a esta fecha, la cancelación de sus cuotas se realizará directamente en las oficinas del Ministerio de Economía y Finanzas en la ciudad de Lima.
Para mayor información, visite la página web: www.emapac.com o llámenlos al teléfono 581-3249.
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CORTE DE SERVICIO EN SAN VICENTE POR TRABAJOS DE EMPALME EN EL PASAJE EL LUCUMO
La Gerencia de Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete viene ejecutando la obra de Construcción de Loza Deportiva en la Av. 9 de Diciembre, la cual implica algunas modificaciones en las redes agua. Ante esto han solicitado el cierre de válvulas de agua potable para la realización de un empalme el día Martes 05 de julio desde las 2pm. hasta las 5pm.
Las zonas afectadas por dicho desabastecimiento serán:
Av. Libertadores Cdra. 7, AAHH Sr. De los Milagros, Urb. San José Mz A, C, J H, I y K, San Miguel y AAHH El Porvenir Haya de la Torre
Recomendamos a la población almacenar el agua necesaria para
superar este breve corte de servicio.
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
PRONUNCIAMIENTO
La Alcaldesa Provincial de Cañete y los Señores Regidores de la provincia de Cañete, en su Sesión Ordinaria de la fecha, luego de tomar conocimiento de los alcances de la Agenda de la Comisión Permanente del Congreso de la República convocada para este jueves 30 de junio de 2011, y asumiendo la defensa y resguardo de los intereses de la provincia de Cañete, acordó emitir el siguiente pronunciamiento por el que se dirige a la opinión pública para señalar lo siguiente:
1.- En la mencionada agenda se ha ubicado en el Punto 8, el DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN AGRARIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4312 Y 4328, QUE DECLARAN DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL EL PROYECTO CONCÓN – TOPARÁ – CHINCHA ALTA, Y POR EL CUAL SE PRETENDE DESVIAR LOS SOBRANTES DEL RIO CAÑETE A LA PROVINCIA DE CHINCHA, DE LA REGIÓN ICA.
Al respecto, la Legislatura Parlamentaria culminó el pasado 16 de junio, sin embargo, el Pleno del Congreso ha delegado en la Comisión Permanente la facultad de legislar sobre dictámenes pendientes, como el mencionado líneas arriba, tal como queda constancia de su publicación en el portal web del Congreso.
En vista de ello, el Concejo Provincial de Cañete, rechaza en todos sus términos los alcances del referido dictamen, que se dará cuenta a los miembros de la Comisión Permanente del congreso, y al Consejo Regional de Lima.
Ello en razón que la Municipalidad Provincial de Cañete nunca ha sido consultada, ni el propio Gobierno Regional de Lima, sobre los alcances del mencionado documento legislativo.
Su aprobación conllevaría a generar un conflicto social sancionable por nuestro Estado Democrático de Derecho, por lo que debemos actuar como celosos guardianes de los intereses de nuestra jurisdicción, territorio, y nuestros recursos.
2.- De otro lado, se ha considera en el punto 9 de la Agenda de la Comisión Permanente, el DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4140 Y 4673, QUE BUSCA RESTITUIRLE FACULTADES AL CONAFU PARA QUE AUTORICE EL FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES, LO QUE CONTRAVIENE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN EL EXPEDIENTE 00017-2008-PI/TC
Al igual que lo señalado en el punto anterior, también figura en el portal web del Congreso la publicación de la AGENDA DE LA COMISIÓN PERMANENTE para este jueves 30 de junio.
Este Dictamen aprobado por la Comisión de Educación, pretende eludir la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, lo que retrasaría el funcionamiento de la Universidad Nacional de Cañete.
Como se recuerda, como consecuencia de la emisión de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente 00017-2008-PI/TC, el CONAFU no cuenta con facultades para autorizar el funcionamiento de universidades creadas por Ley.
Por ello, es que se presentó el Proyecto de Ley 4673 por parte del Poder Ejecutivo, a fin que sea el Ministerio de Educación quien asuma dicha función de manera provisional, mientras el congreso crea la entidad que asuma las competencias con que CONAFU hoy cuenta.
Sin embargo, el dictamen ha considerado los alcances del Proyecto de Ley 4140, que busca restituir la función de autorizar el funcionamiento de universidades al CONAFU de manera provisional, lo que sería observado por el Tribunal Constitucional nuevamente.
Como autoridades edilicias, dentro del marco de nuestra función de representatividad política, debemos reparar que la aprobación de tal dictamen retrasaría por un año o más, el funcionamiento de la Universidad Nacional de Cañete, perjudicando los intereses de centenares de jóvenes y nuestra población estudiosa, y de la comunidad que adoptó una medida de fuerza que ha quedado registrada en la Historia de nuestra provincia, y que no debemos olvidar.
3.- Asimismo, en los últimos días se ha vuelto a hacer público, el DICTAMEN EMITIDO EN EL MES DE MAYO DE 2010, RESPECTO DE LOS PROYECTOS DE LEY 3011 Y 3657, POR LA COMISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN DEL CONGRESO, Y QUE PRETENDE QUE EL CONSEJO REGIONAL DE LIMA DEFINA LA SEDE REGIONAL DE LIMA.
Al respecto, debemos indicar que este dictamen emitido el pasado mes de mayo del 2010, nunca fue priorizado por el Pleno del Congreso, ni tampoco podrá ser evaluado por la Comisión Permanente hasta el 22 de julio del presente año, fecha en que culmina sus facultades para legislar.
Siendo un tema sensible, sobre el que la comunidad cañetana que representamos tiene una justa expectativa; no obstante, ustedes conocen muy bien que el tema se encuentra judicializado, y en las instancias judiciales Cañete ha obtenido resultados favorables.
En ese sentido, resulta contrario a nuestro Sistema Jurídico, que otro Poder del Estado, como el Legislativo pretenda resolver un tema, que está siendo de competencia del Poder Judicial.
En vista de ello, deberá procederse con su archivo definitivo, dado que por razones administrativas, el Consejo Regional de Lima, no resulta competente para determinar la ubicación de la Sede Regional en nuestra Región Lima.
EN RAZÓN DE ELLO:
RECHAZAMOS:
I) EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN AGRARIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4312 Y 4328, QUE DECLARAN DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL EL PROYECTO CONCÓN – TOPARÁ – CHINCHA ALTA, Y POR EL CUAL SE PRETENDE DESVIAR LOS SOBRANTES DEL RIO CAÑETE A LA PROVINCIA DE CHINCHA, DE LA REGIÓN ICA.
II) EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4140 Y 4673, QUE BUSCA RESTITUIRLE FACULTADES AL CONAFU PARA QUE AUTORICE EL FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES, LO QUE CONTRAVIENE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN EL EXPEDIENTE 00017-2008-PI/TC.
EXIGIMOS:
AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DEL DICTAMEN EMITIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 3011 Y 3657 EMITIDO POR LA COMISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN DEL CONGRESO, Y QUE PRETENDE QUE EL CONSEJO REGIONAL DE LIMA DEFINA LA SEDE REGIONAL DE LIMA.
ACORDAMOS, REMITIR EL PRESENTE PRONUNCIAMIENTO AL TITULAR DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA, AL CONSEJO REGIONAL DE LIMA, Y DIFUNDIR SUS ALCANCES EN LA COMUNIDAD CAÑETANA EN GENERAL.
Cañete, 30 de Junio de 2011.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2010-MDI
Imperial, 13 de Julio del 2010.
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete;
POR CUANTO:
VISTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial, en Sesión Ordinaria del 13 de Julio del 2010;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art. N° 194 de la Ley N° 27972 «Ley Orgánica de Municipalidades», las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos de Gobierno locales que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Y en vista que la Ordenanza Municipal N° 001-99-MDI. Se encuentra desactivada, se ha creído por conveniente actualizar y modificar algunos artículos. Asimismo las Municipalidades en materia de abastecimiento, comercialización de productos y servicios en su numeral 1-3 y 4 del Art. N° 83. Regula el acopio distribución y comercialización de productos, así como regular y controlar el comercio ambulatorio en materia de abastos;
Que, las Ordenanzas Municipales pueden establecer las Normas de Sanciones y Multas, decomisos y clausuras por infracciones de las disposiciones municipales, sin perjuicio a las demás responsabilidades que hubiera lugar conforma a la Ley, que serán aplicadas en forma simultánea o alternativa, como los dispuestos en el Artículo N° 47 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL DEL MERCADO MODELO VIRGEN DEL CARMEN DE IMPERIAL – CAÑETE
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer en un solo texto ordenado las normas para la autorización, habilitación, reacondicionamiento, reconocimiento de usos de tiendas, trastiendas y puestos relacionados con la presentación de servicios.
CAPITULO II
DE LAS NORMAS BASICAS
Toda mención que se hiciere en el presente Reglamento a «la Ley» debe entenderse a la Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo 5.- Para el mejor entendimiento y unidad de criterios en la aplicación de la presente Ordenanza considérese las siguientes definiciones:
a.- Establecimiento individual de venta.- Denomínese a las tiendas, trastiendas y puestos y otros debidamente autorizados y ordenados registrados en el padrón de comerciantes.
b.- Sección.- Son zonificaciones o áreas donde se localizan los establecimientos individuales de venta con características comunes en el expendio del producto.
c.- Giro.- Es la especificación básica del negocio como giro de carne roja, aves beneficiadas, pescados y mariscos, abarrotes, frutas, verduras, bazar, zapatería, cocina, etc.
d.- Padrón de comerciantes.- Es la relación clasificada y ordenada de los establecimientos registrados según giros y secciones, en el cual se consigna el nombre del titular, conductor, domicilio fiscal y documentos de identidad de cada uno de ellos.
CAPITULO III
DEL REGIMEN DEL MERCADO
Artículo 6.- El Mercado Modelo Virgen del Carmen deberá contar obligatoriamente con ambientes físicos adecuados, conducido por profesional con experiencia en el manejo y ejecución de actividades propias de la administración y de naturaleza Técnico – Sanitario.
Artículo 7.- La administración del mercado deberá contar bajo su responsabilidad con lo siguiente:
a.- Padrón actualizado de comerciantes debidamente acreditado ante la Municipalidad Distrital de Imperial.
b.- Balanza automática de precisión como patrón para el control.
c.- Cada establecimiento deberá contar con un extintor de cuatro libras y por bloque un extintor de diez libras (principalmente cocina y bazar) de acuerdo al Reglamento Nacional de Mercado.
d.- Supervisar el buen funcionamiento de los servicios higiénicos.
Artículo 8.- El Administrador es el responsable de la conducción y el buen funcionamiento del Mercado.
Artículo 9.- Los Comerciantes conductores de Trastiendas y Puestos de Venta pagarán por concepto de guardianía y limpieza pública la suma de Un Nuevo Sol (S/. 1.00) diariamente.
Los Comerciantes conductores de Tiendas del perímetro del Mercado abonarán la suma de Un Nuevo Sol (S/. 1.00) diariamente, por concepto de limpieza pública.
Artículo 10.- La Municipalidad Distrital de Imperial supervisará permanentemente el adecuado y el buen funcionamiento del Mercado Modelo Virgen del Carmen, así como que estos cumplan con las exigencias propias los abastecimientos y comercialización, seguridad, mantenimiento, salubridad, calidad e higiene.
Artículo 11.- Los comerciantes conductores de los establecimientos individuales de venta y sus representantes, están obligados bajo responsabilidad, a brindar a las autoridades municipales todas las facilidades necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente.
Artículo 12.- Para el debido orden y facilidad de las operaciones que se efectúen en el Mercado, estos estarán divididos en secciones definidas como: Sección Abarrotes, Verduras, Bazar, Carne, Aves Beneficiadas, Cocina, Frutas etc. según la naturaleza de los productos que se expenden al público.
Artículo 13.- Las tiendas, trastiendas o puestos de ventas llevarán su numeración en orden correlativa visible, de modo que cada uno de ellos le corresponda un número, de la misma manera se identificarán los bloques o manzanas.
Artículo 14.- El Mercado Modelo Virgen del Carmen funcionará ininterrumpidamente todos los días del año en el siguiente horario:
- Público de 6:00 a.m. – 8:00 p.m.
- Comerciantes de 6:00 a.m. – 10:00 p.m.
Artículo 15.- Toda persona que perturbe el orden interno, e incurra en comportamiento contra la moral y las buenas costumbres, será inmediatamente desalojada del Mercado.
Artículo 16.- Está prohibido en el Mercado:
a) La venta ambulatoria en el interior del Mercado y exterior, la resistencia será castigado con el decomiso de la mercadería.
b) El ingreso de personas no autorizadas fuera del horario señalado para comerciantes y para el público. Queda prohibido la guardianía de todo vehículo motorizado a excepción del camión (o camiones) recolector de basura.
c) La instalación de establecimientos provisionales en los pasillos o vías de circulación del interior y perímetro del Mercado.
d) La circulación de triciclos, bicicletas, motos y carretas en la hora de atención al público, con excepción a las dedicadas al trabajo del servicio de limpieza del Mercado.
e) Dejar montículos de basuras en el frontis de su establecimiento o en las esquinas.
CAPÍTULO IV
DE LOS ESTABLECIMIENTOS Y AUTORIZACIONES
Artículo 17.- Los establecimientos del Mercado, deberán conservar y mantener la estructura original de construcción. Cualquier modificación o refacción será autorizada por el Departamento de Obras, previa inspección técnica o quienes hagan sus veces en la Municipalidad.
Artículo 18.- Los establecimientos serán de estricto uso exclusivo del giro para el cual fueron otorgados, conforme a la minuta de adjudicación (adjudicados).
Artículo 19.- Todos los puestos de ventas de carnes en general, productos hidrobiológicos, aves beneficiadas, alimentos cocidos y/o jugu2erías contarán obligatoriamente de agua desagüe, de la misma manera sus Carné de Sanidad vigente.
CAPÍTULO V
DE LA COMERCIALIZACIÓN Y COMERCIANTES
Artículo 20.- La comercialización de productos del Mercado Modelo Virgen del Carmen se sujetará a las disposiciones que emitan la Municipalidad Distrital de Imperial, quien es el ente encargado de controlar, supervisar y regular el abastecimiento en función a lo dispuesto en el presente Reglamento.
Artículo 21.- Al ingresar los productos de primera necesidad al Mercado deberán registrarse en la oficina de la Administración con la presentación de las respectivas facturas o guías de remisión bajo responsabilidad de los conductores titulares de puestos.
Artículo 22.- Todos los productos comestibles deberán expenderse envueltos en papel no impreso y de primer uso y/o bolsas plásticas pudiendo este último contener propaganda comercial impresa sin contacto con el producto alimenticio que se vende.
Artículo 23.- El Administrador del Mercado y autoridades competentes, están obligados a comprobar el peso y calidad de los productos a solicitud del público y comerciantes; debiendo por función propia hacer supervisiones en coordinación con los profesionales autorizados y funcionarios del sector salud.
Artículo 24.- Los comerciantes del Mercado Modelo Virgen Modelo Virgen del Carmen están obligados a comercializar exclusivamente los productos inherentes al giro comercial que fueron adjudicados. Su cumplimiento será causal de sanción económica, suspensión temporal.
DE LAS OBLIGACIONES
Artículo 25.- Los comerciantes del Mercado Modelo Virgen del Carmen están obligados:
a) Mantener el establecimiento completamente limpio y en buenas condiciones de salubridad e higiene.
b) Exhibir en forma visible sus mercaderías hasta una distancia 0.50 cmt., debiendo retornar al interior de sus puestos al término de la jornada de trabajo.
c) Contar con balanzas, pesas y medidas manteniéndolas operativas y en buen estado, corriendo con la responsabilidad de su conservación ante las autoridades municipales y organismos competentes.
d) Usar mandil o guardapolvo limpio y en buenas condiciones, o uniformes según giros comerciales en coordinación con la Administración.
e) Contar con un extintor cada establecimiento comercial, tienda trastienda y puesto de venta, que estarán ubicados en un lugar de fácil acceso y en perfectas condiciones de operatividad concordante con las normas que la regulan. De detectar su inoperatividad será causal de notificación y sanción.
DE LAS PROHIBICIONES
a) Ocupar mayor extensión del área, para el que fue adjudicado; hacer modificaciones, tener estantes adicionales.
b) Permanecer dentro del Mercado mayor tiempo del señalado en esta ordenanza, salvo permiso extremo del a autoridad.
c) La venta o tendencia de artículos en descomposición o presentados en forma antihigiénica.
d) Utilizar pesas o medidas desequilibradas y/o fraudulentas.
e) Vender con falta de peso y/o ejecutar la venta de sus productos condicionada a otra.
f) Almacenar, vender o consumir bebidas alcohólicas y/o fomentar y participar en juegos de azar dentro del Mercado.
g) Utilizar altoparlantes o megáfonos dentro del Mercado, salvo autorización escrita y expresa.
h) Queda terminantemente prohibido las instalaciones de techos con materiales inflamables en tiendas, trastiendas y puestos de ventas. Su incumplimiento dará lugar a sanción, retiro y decomiso.
i) Queda terminantemente prohibido que los comerciantes tengan perros en el interior del Mercado. Asimismo no se permitirá la presencia de ningún perro vago.
j) Queda prohibido la venta de mercaderías diversas al ras del piso, debiendo realizarlo a 0.50 cm. De altura como mínimo.
k) Todas las puertas del mercado Modelo Virgen del Carmen quedarán completamente libres sin la presencia de comerciantes.
CAPÍTULO
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 26.- Constituye infracción todo aquello que contravenga las disposiciones de la presente Ordenanza y demás disposiciones oficiales de cualquier orden.
Artículo 27.- Las infracciones serán sancionadas con notificación preventiva, papeleta de sanción, decomiso, clausura temporal y/o definitiva.
Artículo 28.- El Administrador del Mercado Virgen del Carmen es la persona encargada de la imposición de las infracciones y sanciones administrativas contempladas en la presente ordenanza y las normas de comercialización por función propia o con el apoyo de la policía municipal correspondiente.
Artículo 29.- Procede multa o inmovilización cuando la autoridad municipal observe la calidad del producto de dudosa procedencia, asimismo cuando los comerciantes no muestren facturas, guías, certificación o constancia de inspección de calidad; la autoridad levantada un acta de inmovilización por triplicado, consignando: el nombre y DNI del infractor, número del establecimiento, lugar, fecha, hora, inventario de la mercadería inmovilizada e indicando la infracción.
Artículo 30.- Procede el decomiso y multa:
a) Cuando se expende carnes, pescados, mariscos, embutidos u otros alimentos en estado de descomposición, sin contar con su constancia de inspección de calidad diaria; y que, al practicar la inspección y el respectivo examen físico organoléptico resultan INAPTOS PARA EL CONSUMO HUMANO.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERO.- Queda establecido que la Municipalidad Distrital de Imperial a través de sus órganos competentes de comercialización y de vigencia y control o quienes hagan sus veces serán las personas encargadas de velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
SEGUNDO.- Comunicar a la Policía Nacional de Imperial, Ministerio Público, Poder Judicial y a sectores competentes del Gobierno Regional el tenor de la presente Ordenanza a efectos que se brinde el apoyo necesario para su cumplimiento.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERO.- Deróguese la Ordenanza Municipal N° 01-99-MDI de fecha 22 de Febrero de 1999 y otros que se opongan a la presente Ordenanza.
SEGUNDO.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Al Día Con Matices.
POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
Richard Andrés Yactayo Duran
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2011/MDM
Mala, 24 de Junio del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
VISTO:
El Informe Nº 219-2011-GAT/MDM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas proponiendo la ampliación de la Ordenanza Nº 012-2011/MDM.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2011-MDM, publicada el día 24 Mayo del 2011 en el Diario Judicial de la Provincia de Cañete «Al día con Matices», donde se establecieron beneficios tributarios a los vecinos del distrito;
Que, la Ordenanza citada en disposiciones finales Primera – faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como su prórroga; tal como prescribe el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, la Gerencia de Administración Tributaria ha advertido la existencia de un número de contribuyentes y administrados que han optado en la referida amnistía por regularizar el estado de sus obligaciones tributarias, y siendo que en dicho plazo no lograran gozar de los beneficios otorgados, resulta necesario disponer una prórroga del término de vigencia de los beneficios establecidos, por lo que estando a las facultades previstas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972;
SE DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- PRORROGAR por única vez hasta el 01 de Agosto del 2011, el plazo de vigencia de Ordenanza Municipal Nº 012-2011-MDM, que aprueba la amnistía.
ARTÍCULO PRIMERO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Secretaria General e Imagen Institucional y Gerente de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente decreto en lo que fuere de su competencia.
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-979-2009; a ESWALDO GIANCARLO CASAS SANCHEZ. Declaración de Instructiva. Delito; Peligro Común. Agraviado; La Sociedad. Secretario; Astohuaman. Cañete 20.06.2011
EXP.-2008-148; a RENE TILLCA TILLCA. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiendo ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Hurto agravado; Agraviado Empresa Telefónica. Secretario Yaya. Cañete 16.05.2011
EXP.-2008-010; a LUIS ANTONIO ALVAREZ CHUMPITAZ. Para Lectura de Sentencia. Día 07.07.2011 horas 10:00a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Carlos Enrique Álvarez Loayza. Secretaria Flores. Cañete 23.06.2011
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO MALA; Juez: Castillo; Cita, llama y emplaza:
EXP.-2007-119; a EDWIN JASON PERALTA FLORES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 9:45a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena.
EXP.-2008-036; a LUCIO AQUILINO CHUMPITAZ CAMPOS Y WILLIAMS EDUARDO SANCHEZ REYES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravada. Agraviado; Empresa Tenerife SAC
EXP.-2008-419; a YULY DAVID HUAMAN MONTESINOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 11:45a.m. Delito; Apropiación Ilícita. Agraviado; Service Prorecove.
Secretaria Herrera. Cañete 24.06.2011
EXP.-2007-104; a ELMER CANDELARIO RAMIREZ AVALOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 12:45p.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena. Secretaria Cabrera. Cañete 24.06.2011
2, 4 y 5 de Julio
(AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2009-680; a L.A.A.B. a Través de sus padres JULIAN APAZA HUARHUA y AVELINA BERROCAL PAUCAR, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Hurto Agravado; Agraviado Luis Alberto Cárdenas Trujillo.
EXP.-2010-339; a L.A.C.A. a Través de sus padres LUCY GIOVANA ARIAS SANCHEZ y PEDRO ANTONIO CUYA FERNANDEZ, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado; Agraviado Pablo Félix Vicente Yactayo
Secretaria García. Diaz. Cañete 14.06.2011
2, 4 y 5 de Julio
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, GREGORIA DE JESUS CHAMPAC HUAPAYA, con DNI N° 06994106, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre MARIA ESTHER HUAPAYA CHUMPITAZ, fallecida el 19 de Mayo de 1991, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 28 de Junio de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, OFELIA ANYOSA DUEÑAS, con DNI N° 40185144, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre JORGE JULIO ANYOSA PEREZ, fallecido el 23 de Junio del 2001, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en l forma establecida por ley. San Vicente, 28 de Junio de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228, San Vicente – Cañete – Lima, MARIA ISABEL ORIHUELA RODRIGUEZ con DNI N° 40171009, solicita se RECTIFIQUE la PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hijo ISAIAS DANIEL JEREMIAS ORIHUELA, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe error material en los apellidos paterno tanto en lo concerniente al menor como en el dato concerniente al padre dicen: ISAIAS DANIEL JEREMIAS ORIHUELA, JUAN CARLOS JEREMIAS ROSAS, deben decir: ISAIAS DANIEL YEREMIAS ORIHUELA, JUAN CARLOS YEREMIAS ROSAS. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 28 de Junio de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
AVISO
Exp. 109-2010.- Ante el Juzgado Mixto de Yauyos que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal, don EULALIO RAYMONDI INGA solicita CAMBIO DE NOMBRE por ser así ampliamente conocido. En consecuencia su nombre correcto será EULALIO RAYMONDI INGA y no como aparece en su PARTIDA Melecio Eulalio Raymondi, cambio que será anotado en su Partida de Nacimiento que corre por ante la Municipalidad Provincial de Yauyos.
Secretario Edilberto Delgado I.
Yauyos, 21 de Junio de 2011.
Dr. Edilberto Delgado Inostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 02, 04 y 05 de Julio.
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina e Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, que en mérito al Exp. Adm. N° 005421-2011, don VICTOR HUGO ROJO BAUTISTA, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de su hijo VICTOR DANIEL ROJO LOPEZ, inscrita en esta Municipalidad en el libro 365, folio 117, año 1994; que erróneamente se ha consignado como nombre de la madre del titular ROXANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA, siendo lo correcto ROSSANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 01 de Julio de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, que en mérito al Exp. Adm. N° 005420-2011, don VICTOR HUGO ROJO BAUTSTA, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de su hija JOHANNA KAROLINA ROJO LOPEZ, inscrita en esta Municipalidad en el libro 365, folio 116, año 1994; que erróneamente se ha consignado como nombre de la madre del titular ROXANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA, siendo lo correcto ROSSANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 01 de Julio de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Recinto Deportivo No Reúne las Condiciones Mínimas De Seguridad
Las cosas no andan nada bien en el distrito de Cerro Azul, los dirigentes deportivos del Bella Esperanza de esta localidad, siempre piden a los dirigentes de la provincial que respeten su localia, en otras palabras solicitan jugar su partido de fútbol de local cuando les corresponde, a pesar que se sabe que no reúnen las condiciones mínimas para hacerlo, pero a pesar de tantos obstáculos y cosas, los dirigentes de la Liga Provincial aceptan que jueguen en su propio campo deportivo, bajo la responsabilidad de su club.
Pero quÉ es lo que pasa cuando juegan en casa… SIMPLEMENTE que algunos malos hinchas se descontrolan, se alteran, son ofensivos, pierden los papeles y hasta invaden el gramado… esto ocurrió este fin de semana en donde el informe del árbitro Sr. Pedro Espinoza Aliaga lapida el estadio de Cerro Azul, señalando que el campo deportivo por ser cancha abierta no reúne las condiciones mínimas de seguridad a pesar de haber contado en el partido con un número considerable de Policías que protegieron a los árbitros
COMISIÓN DE JUSTICIA RESUELVE EL CIERRE TEMPORAL
La Comisión de Justicia de la Liga Provincial en su Resolución Nº 010-2011-CJ-LPFC, de fecha 30 de junio del 2011, considerando estos hechos vergonzantes ocurridos en el escenario del partido que jugaron en Cerro Azul entre los Clubes Bella Esperanza y Delfines Tiburones, RESOLVIO en su Artículo Quinto: Disponer el cierre temporal del Estadio Municipal de Cerro Azul para realizar competencias del sistema hasta cuando dicho recinto deportivo reúna las condiciones mínimas de seguridad y operatividad, en aplicación del Art. 27 del reglamento Único de Justicia Deportiva de la F.P.F.
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MASIVA RESPUESTA DE POBLACIÓN A SIMULACRO DE SISMO EN EL DISTRITO DE IMPERIAL
La población de la zona urbana del distrito de Imperial-Cañete respondió positivamente al Simulacro de Sismo programado en la fecha por el Comité Distrital de Defensa Civil, que preside el alcalde Eddy del Mazo Tello.
En los locales de entidades públicas y privadas, el personal hizo un alto a sus labores para salir a las calles ordenadamente y ponerse a buen resguardo, contando con el apoyo de los efectivos de la Policía Nacional, Serenazgo, Bomberos, Policía Municipal y quienes se sumaron apoyando el simulacro.
La actividad contó con la supervisión de la Jefa de Movilización de la Dirección Regional INDECI Costa-Centro quien felicitó al alcalde por la activa participación de su población, demostrando una buena organización y sensibilización.
Por su parte, el alcalde Del Mazo Tello destacó que la población vaya asumiendo responsablemente la conciencia de prevención ante cualquier evento adverso, para lo cual sus autoridades vienen organizándose y capacitando adecuadamente para responder favorablemente.
Al finalizar el simulacro se reunió el Centro de Operaciones de Emergencia que evaluaron los diversos factores, tanto positivos y negativos para tomar en cuenta en los próximos simulacros a programar.
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HOSPITAL REZOLA DE CAÑETE PARTICIPÓ EN SIMULACRO DE REGIONAL DE SISMO Y TSUNAMI
Dentro del marco por la «Semana de simulacros a nivel nacional para respuestas a desastres», el Gobierno Regional de Lima Provincia organizó conjuntamente con la Oficina de Defensa Civil de la Provincia de Cañete el Simulacro Regional de Sismo y tsunami llevado a cabo el día de ayer, viernes 01 de julio a horas 10:00 a.m., el mismo que contó con la participación del Hospital Rezola de Cañete como Directores, personal asistencial, personal administrativo, pacientes y público en general.
Las sirenas de las ambulancias dieron la voz de alarma de inicio del simulacro que tuvo referencia un sismo de 7.9 grados de magnitud en la escala de Richter
Cabe resaltar que durante el simulacro se puso en práctica tres pasos importantes como fueron:
UBÍCATE en la zona de Seguridad INTERNA del lugar donde te encuentres mientras dure la alarma de simulacro (1minuto)
DIRÍGETE por las Rutas de Evacuación señalizadas a una zona de seguridad EXTERNA predeterminada. ¡CAMINA!
PERMANECE en la zona de seguridad EXTERNA hasta que termine el simulacro (15 minutos).
El Director Ejecutivo del Hospital Rezola de Cañete, indicó que Lo más importante es la vida y hay que preservarla por encima de todo, es por eso que se pide que la población tome una real conciencia de estas
prácticas» refirió el galeno.
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EMAPA CAÑETE S.A. ANUNCIA LA NO INCLUSION DE COBRANZA DE CUOTAS MENSUALES POR CONCEPTO FONAVíI EN LOS RECIBOS DE PAGO DE AGUA
La Gerencia Comercial de Emapa Cañete S.A., en atención a lo indicado por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), ha suspendido la cobranza de las cuotas mensuales de la deuda FONAVI en los recibos de agua a partir del mes de junio.
Ante esto, todos aquellos usuarios que deseen, podrán acercarse a las oficinas de la empresa, en el distrito donde viven, para llenar un formato de autorización a Emapa Cañete S.A. para realizar dicha cobranza, desde el 01 hasta el 31 de julio. Posterior a esta fecha, la cancelación de sus cuotas se realizará directamente en las oficinas del Ministerio de Economía y Finanzas en la ciudad de Lima.
Para mayor información, visite la página web: www.emapac.com o llámenlos al teléfono 581-3249.
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CORTE DE SERVICIO EN SAN VICENTE POR TRABAJOS DE EMPALME EN EL PASAJE EL LUCUMO
La Gerencia de Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete viene ejecutando la obra de Construcción de Loza Deportiva en la Av. 9 de Diciembre, la cual implica algunas modificaciones en las redes agua. Ante esto han solicitado el cierre de válvulas de agua potable para la realización de un empalme el día Martes 05 de julio desde las 2pm. hasta las 5pm.
Las zonas afectadas por dicho desabastecimiento serán:
Av. Libertadores Cdra. 7, AAHH Sr. De los Milagros, Urb. San José Mz A, C, J H, I y K, San Miguel y AAHH El Porvenir Haya de la Torre
Recomendamos a la población almacenar el agua necesaria para
superar este breve corte de servicio.
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
PRONUNCIAMIENTO
La Alcaldesa Provincial de Cañete y los Señores Regidores de la provincia de Cañete, en su Sesión Ordinaria de la fecha, luego de tomar conocimiento de los alcances de la Agenda de la Comisión Permanente del Congreso de la República convocada para este jueves 30 de junio de 2011, y asumiendo la defensa y resguardo de los intereses de la provincia de Cañete, acordó emitir el siguiente pronunciamiento por el que se dirige a la opinión pública para señalar lo siguiente:
1.- En la mencionada agenda se ha ubicado en el Punto 8, el DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN AGRARIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4312 Y 4328, QUE DECLARAN DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL EL PROYECTO CONCÓN – TOPARÁ – CHINCHA ALTA, Y POR EL CUAL SE PRETENDE DESVIAR LOS SOBRANTES DEL RIO CAÑETE A LA PROVINCIA DE CHINCHA, DE LA REGIÓN ICA.
Al respecto, la Legislatura Parlamentaria culminó el pasado 16 de junio, sin embargo, el Pleno del Congreso ha delegado en la Comisión Permanente la facultad de legislar sobre dictámenes pendientes, como el mencionado líneas arriba, tal como queda constancia de su publicación en el portal web del Congreso.
En vista de ello, el Concejo Provincial de Cañete, rechaza en todos sus términos los alcances del referido dictamen, que se dará cuenta a los miembros de la Comisión Permanente del congreso, y al Consejo Regional de Lima.
Ello en razón que la Municipalidad Provincial de Cañete nunca ha sido consultada, ni el propio Gobierno Regional de Lima, sobre los alcances del mencionado documento legislativo.
Su aprobación conllevaría a generar un conflicto social sancionable por nuestro Estado Democrático de Derecho, por lo que debemos actuar como celosos guardianes de los intereses de nuestra jurisdicción, territorio, y nuestros recursos.
2.- De otro lado, se ha considera en el punto 9 de la Agenda de la Comisión Permanente, el DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4140 Y 4673, QUE BUSCA RESTITUIRLE FACULTADES AL CONAFU PARA QUE AUTORICE EL FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES, LO QUE CONTRAVIENE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN EL EXPEDIENTE 00017-2008-PI/TC
Al igual que lo señalado en el punto anterior, también figura en el portal web del Congreso la publicación de la AGENDA DE LA COMISIÓN PERMANENTE para este jueves 30 de junio.
Este Dictamen aprobado por la Comisión de Educación, pretende eludir la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, lo que retrasaría el funcionamiento de la Universidad Nacional de Cañete.
Como se recuerda, como consecuencia de la emisión de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente 00017-2008-PI/TC, el CONAFU no cuenta con facultades para autorizar el funcionamiento de universidades creadas por Ley.
Por ello, es que se presentó el Proyecto de Ley 4673 por parte del Poder Ejecutivo, a fin que sea el Ministerio de Educación quien asuma dicha función de manera provisional, mientras el congreso crea la entidad que asuma las competencias con que CONAFU hoy cuenta.
Sin embargo, el dictamen ha considerado los alcances del Proyecto de Ley 4140, que busca restituir la función de autorizar el funcionamiento de universidades al CONAFU de manera provisional, lo que sería observado por el Tribunal Constitucional nuevamente.
Como autoridades edilicias, dentro del marco de nuestra función de representatividad política, debemos reparar que la aprobación de tal dictamen retrasaría por un año o más, el funcionamiento de la Universidad Nacional de Cañete, perjudicando los intereses de centenares de jóvenes y nuestra población estudiosa, y de la comunidad que adoptó una medida de fuerza que ha quedado registrada en la Historia de nuestra provincia, y que no debemos olvidar.
3.- Asimismo, en los últimos días se ha vuelto a hacer público, el DICTAMEN EMITIDO EN EL MES DE MAYO DE 2010, RESPECTO DE LOS PROYECTOS DE LEY 3011 Y 3657, POR LA COMISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN DEL CONGRESO, Y QUE PRETENDE QUE EL CONSEJO REGIONAL DE LIMA DEFINA LA SEDE REGIONAL DE LIMA.
Al respecto, debemos indicar que este dictamen emitido el pasado mes de mayo del 2010, nunca fue priorizado por el Pleno del Congreso, ni tampoco podrá ser evaluado por la Comisión Permanente hasta el 22 de julio del presente año, fecha en que culmina sus facultades para legislar.
Siendo un tema sensible, sobre el que la comunidad cañetana que representamos tiene una justa expectativa; no obstante, ustedes conocen muy bien que el tema se encuentra judicializado, y en las instancias judiciales Cañete ha obtenido resultados favorables.
En ese sentido, resulta contrario a nuestro Sistema Jurídico, que otro Poder del Estado, como el Legislativo pretenda resolver un tema, que está siendo de competencia del Poder Judicial.
En vista de ello, deberá procederse con su archivo definitivo, dado que por razones administrativas, el Consejo Regional de Lima, no resulta competente para determinar la ubicación de la Sede Regional en nuestra Región Lima.
EN RAZÓN DE ELLO:
RECHAZAMOS:
I) EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN AGRARIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4312 Y 4328, QUE DECLARAN DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL EL PROYECTO CONCÓN – TOPARÁ – CHINCHA ALTA, Y POR EL CUAL SE PRETENDE DESVIAR LOS SOBRANTES DEL RIO CAÑETE A LA PROVINCIA DE CHINCHA, DE LA REGIÓN ICA.
II) EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY 4140 Y 4673, QUE BUSCA RESTITUIRLE FACULTADES AL CONAFU PARA QUE AUTORICE EL FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES, LO QUE CONTRAVIENE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN EL EXPEDIENTE 00017-2008-PI/TC.
EXIGIMOS:
AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DEL DICTAMEN EMITIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 3011 Y 3657 EMITIDO POR LA COMISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN DEL CONGRESO, Y QUE PRETENDE QUE EL CONSEJO REGIONAL DE LIMA DEFINA LA SEDE REGIONAL DE LIMA.
ACORDAMOS, REMITIR EL PRESENTE PRONUNCIAMIENTO AL TITULAR DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA, AL CONSEJO REGIONAL DE LIMA, Y DIFUNDIR SUS ALCANCES EN LA COMUNIDAD CAÑETANA EN GENERAL.
Cañete, 30 de Junio de 2011.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2010-MDI
Imperial, 13 de Julio del 2010.
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete;
POR CUANTO:
VISTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial, en Sesión Ordinaria del 13 de Julio del 2010;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art. N° 194 de la Ley N° 27972 «Ley Orgánica de Municipalidades», las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos de Gobierno locales que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Y en vista que la Ordenanza Municipal N° 001-99-MDI. Se encuentra desactivada, se ha creído por conveniente actualizar y modificar algunos artículos. Asimismo las Municipalidades en materia de abastecimiento, comercialización de productos y servicios en su numeral 1-3 y 4 del Art. N° 83. Regula el acopio distribución y comercialización de productos, así como regular y controlar el comercio ambulatorio en materia de abastos;
Que, las Ordenanzas Municipales pueden establecer las Normas de Sanciones y Multas, decomisos y clausuras por infracciones de las disposiciones municipales, sin perjuicio a las demás responsabilidades que hubiera lugar conforma a la Ley, que serán aplicadas en forma simultánea o alternativa, como los dispuestos en el Artículo N° 47 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL DEL MERCADO MODELO VIRGEN DEL CARMEN DE IMPERIAL – CAÑETE
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer en un solo texto ordenado las normas para la autorización, habilitación, reacondicionamiento, reconocimiento de usos de tiendas, trastiendas y puestos relacionados con la presentación de servicios.
CAPITULO II
DE LAS NORMAS BASICAS
Toda mención que se hiciere en el presente Reglamento a «la Ley» debe entenderse a la Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo 5.- Para el mejor entendimiento y unidad de criterios en la aplicación de la presente Ordenanza considérese las siguientes definiciones:
a.- Establecimiento individual de venta.- Denomínese a las tiendas, trastiendas y puestos y otros debidamente autorizados y ordenados registrados en el padrón de comerciantes.
b.- Sección.- Son zonificaciones o áreas donde se localizan los establecimientos individuales de venta con características comunes en el expendio del producto.
c.- Giro.- Es la especificación básica del negocio como giro de carne roja, aves beneficiadas, pescados y mariscos, abarrotes, frutas, verduras, bazar, zapatería, cocina, etc.
d.- Padrón de comerciantes.- Es la relación clasificada y ordenada de los establecimientos registrados según giros y secciones, en el cual se consigna el nombre del titular, conductor, domicilio fiscal y documentos de identidad de cada uno de ellos.
CAPITULO III
DEL REGIMEN DEL MERCADO
Artículo 6.- El Mercado Modelo Virgen del Carmen deberá contar obligatoriamente con ambientes físicos adecuados, conducido por profesional con experiencia en el manejo y ejecución de actividades propias de la administración y de naturaleza Técnico – Sanitario.
Artículo 7.- La administración del mercado deberá contar bajo su responsabilidad con lo siguiente:
a.- Padrón actualizado de comerciantes debidamente acreditado ante la Municipalidad Distrital de Imperial.
b.- Balanza automática de precisión como patrón para el control.
c.- Cada establecimiento deberá contar con un extintor de cuatro libras y por bloque un extintor de diez libras (principalmente cocina y bazar) de acuerdo al Reglamento Nacional de Mercado.
d.- Supervisar el buen funcionamiento de los servicios higiénicos.
Artículo 8.- El Administrador es el responsable de la conducción y el buen funcionamiento del Mercado.
Artículo 9.- Los Comerciantes conductores de Trastiendas y Puestos de Venta pagarán por concepto de guardianía y limpieza pública la suma de Un Nuevo Sol (S/. 1.00) diariamente.
Los Comerciantes conductores de Tiendas del perímetro del Mercado abonarán la suma de Un Nuevo Sol (S/. 1.00) diariamente, por concepto de limpieza pública.
Artículo 10.- La Municipalidad Distrital de Imperial supervisará permanentemente el adecuado y el buen funcionamiento del Mercado Modelo Virgen del Carmen, así como que estos cumplan con las exigencias propias los abastecimientos y comercialización, seguridad, mantenimiento, salubridad, calidad e higiene.
Artículo 11.- Los comerciantes conductores de los establecimientos individuales de venta y sus representantes, están obligados bajo responsabilidad, a brindar a las autoridades municipales todas las facilidades necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente.
Artículo 12.- Para el debido orden y facilidad de las operaciones que se efectúen en el Mercado, estos estarán divididos en secciones definidas como: Sección Abarrotes, Verduras, Bazar, Carne, Aves Beneficiadas, Cocina, Frutas etc. según la naturaleza de los productos que se expenden al público.
Artículo 13.- Las tiendas, trastiendas o puestos de ventas llevarán su numeración en orden correlativa visible, de modo que cada uno de ellos le corresponda un número, de la misma manera se identificarán los bloques o manzanas.
Artículo 14.- El Mercado Modelo Virgen del Carmen funcionará ininterrumpidamente todos los días del año en el siguiente horario:
- Público de 6:00 a.m. – 8:00 p.m.
- Comerciantes de 6:00 a.m. – 10:00 p.m.
Artículo 15.- Toda persona que perturbe el orden interno, e incurra en comportamiento contra la moral y las buenas costumbres, será inmediatamente desalojada del Mercado.
Artículo 16.- Está prohibido en el Mercado:
a) La venta ambulatoria en el interior del Mercado y exterior, la resistencia será castigado con el decomiso de la mercadería.
b) El ingreso de personas no autorizadas fuera del horario señalado para comerciantes y para el público. Queda prohibido la guardianía de todo vehículo motorizado a excepción del camión (o camiones) recolector de basura.
c) La instalación de establecimientos provisionales en los pasillos o vías de circulación del interior y perímetro del Mercado.
d) La circulación de triciclos, bicicletas, motos y carretas en la hora de atención al público, con excepción a las dedicadas al trabajo del servicio de limpieza del Mercado.
e) Dejar montículos de basuras en el frontis de su establecimiento o en las esquinas.
CAPÍTULO IV
DE LOS ESTABLECIMIENTOS Y AUTORIZACIONES
Artículo 17.- Los establecimientos del Mercado, deberán conservar y mantener la estructura original de construcción. Cualquier modificación o refacción será autorizada por el Departamento de Obras, previa inspección técnica o quienes hagan sus veces en la Municipalidad.
Artículo 18.- Los establecimientos serán de estricto uso exclusivo del giro para el cual fueron otorgados, conforme a la minuta de adjudicación (adjudicados).
Artículo 19.- Todos los puestos de ventas de carnes en general, productos hidrobiológicos, aves beneficiadas, alimentos cocidos y/o jugu2erías contarán obligatoriamente de agua desagüe, de la misma manera sus Carné de Sanidad vigente.
CAPÍTULO V
DE LA COMERCIALIZACIÓN Y COMERCIANTES
Artículo 20.- La comercialización de productos del Mercado Modelo Virgen del Carmen se sujetará a las disposiciones que emitan la Municipalidad Distrital de Imperial, quien es el ente encargado de controlar, supervisar y regular el abastecimiento en función a lo dispuesto en el presente Reglamento.
Artículo 21.- Al ingresar los productos de primera necesidad al Mercado deberán registrarse en la oficina de la Administración con la presentación de las respectivas facturas o guías de remisión bajo responsabilidad de los conductores titulares de puestos.
Artículo 22.- Todos los productos comestibles deberán expenderse envueltos en papel no impreso y de primer uso y/o bolsas plásticas pudiendo este último contener propaganda comercial impresa sin contacto con el producto alimenticio que se vende.
Artículo 23.- El Administrador del Mercado y autoridades competentes, están obligados a comprobar el peso y calidad de los productos a solicitud del público y comerciantes; debiendo por función propia hacer supervisiones en coordinación con los profesionales autorizados y funcionarios del sector salud.
Artículo 24.- Los comerciantes del Mercado Modelo Virgen Modelo Virgen del Carmen están obligados a comercializar exclusivamente los productos inherentes al giro comercial que fueron adjudicados. Su cumplimiento será causal de sanción económica, suspensión temporal.
DE LAS OBLIGACIONES
Artículo 25.- Los comerciantes del Mercado Modelo Virgen del Carmen están obligados:
a) Mantener el establecimiento completamente limpio y en buenas condiciones de salubridad e higiene.
b) Exhibir en forma visible sus mercaderías hasta una distancia 0.50 cmt., debiendo retornar al interior de sus puestos al término de la jornada de trabajo.
c) Contar con balanzas, pesas y medidas manteniéndolas operativas y en buen estado, corriendo con la responsabilidad de su conservación ante las autoridades municipales y organismos competentes.
d) Usar mandil o guardapolvo limpio y en buenas condiciones, o uniformes según giros comerciales en coordinación con la Administración.
e) Contar con un extintor cada establecimiento comercial, tienda trastienda y puesto de venta, que estarán ubicados en un lugar de fácil acceso y en perfectas condiciones de operatividad concordante con las normas que la regulan. De detectar su inoperatividad será causal de notificación y sanción.
DE LAS PROHIBICIONES
a) Ocupar mayor extensión del área, para el que fue adjudicado; hacer modificaciones, tener estantes adicionales.
b) Permanecer dentro del Mercado mayor tiempo del señalado en esta ordenanza, salvo permiso extremo del a autoridad.
c) La venta o tendencia de artículos en descomposición o presentados en forma antihigiénica.
d) Utilizar pesas o medidas desequilibradas y/o fraudulentas.
e) Vender con falta de peso y/o ejecutar la venta de sus productos condicionada a otra.
f) Almacenar, vender o consumir bebidas alcohólicas y/o fomentar y participar en juegos de azar dentro del Mercado.
g) Utilizar altoparlantes o megáfonos dentro del Mercado, salvo autorización escrita y expresa.
h) Queda terminantemente prohibido las instalaciones de techos con materiales inflamables en tiendas, trastiendas y puestos de ventas. Su incumplimiento dará lugar a sanción, retiro y decomiso.
i) Queda terminantemente prohibido que los comerciantes tengan perros en el interior del Mercado. Asimismo no se permitirá la presencia de ningún perro vago.
j) Queda prohibido la venta de mercaderías diversas al ras del piso, debiendo realizarlo a 0.50 cm. De altura como mínimo.
k) Todas las puertas del mercado Modelo Virgen del Carmen quedarán completamente libres sin la presencia de comerciantes.
CAPÍTULO
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 26.- Constituye infracción todo aquello que contravenga las disposiciones de la presente Ordenanza y demás disposiciones oficiales de cualquier orden.
Artículo 27.- Las infracciones serán sancionadas con notificación preventiva, papeleta de sanción, decomiso, clausura temporal y/o definitiva.
Artículo 28.- El Administrador del Mercado Virgen del Carmen es la persona encargada de la imposición de las infracciones y sanciones administrativas contempladas en la presente ordenanza y las normas de comercialización por función propia o con el apoyo de la policía municipal correspondiente.
Artículo 29.- Procede multa o inmovilización cuando la autoridad municipal observe la calidad del producto de dudosa procedencia, asimismo cuando los comerciantes no muestren facturas, guías, certificación o constancia de inspección de calidad; la autoridad levantada un acta de inmovilización por triplicado, consignando: el nombre y DNI del infractor, número del establecimiento, lugar, fecha, hora, inventario de la mercadería inmovilizada e indicando la infracción.
Artículo 30.- Procede el decomiso y multa:
a) Cuando se expende carnes, pescados, mariscos, embutidos u otros alimentos en estado de descomposición, sin contar con su constancia de inspección de calidad diaria; y que, al practicar la inspección y el respectivo examen físico organoléptico resultan INAPTOS PARA EL CONSUMO HUMANO.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERO.- Queda establecido que la Municipalidad Distrital de Imperial a través de sus órganos competentes de comercialización y de vigencia y control o quienes hagan sus veces serán las personas encargadas de velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
SEGUNDO.- Comunicar a la Policía Nacional de Imperial, Ministerio Público, Poder Judicial y a sectores competentes del Gobierno Regional el tenor de la presente Ordenanza a efectos que se brinde el apoyo necesario para su cumplimiento.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERO.- Deróguese la Ordenanza Municipal N° 01-99-MDI de fecha 22 de Febrero de 1999 y otros que se opongan a la presente Ordenanza.
SEGUNDO.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Al Día Con Matices.
POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
Richard Andrés Yactayo Duran
Alcalde
*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2011/MDM
Mala, 24 de Junio del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
VISTO:
El Informe Nº 219-2011-GAT/MDM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas proponiendo la ampliación de la Ordenanza Nº 012-2011/MDM.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2011-MDM, publicada el día 24 Mayo del 2011 en el Diario Judicial de la Provincia de Cañete «Al día con Matices», donde se establecieron beneficios tributarios a los vecinos del distrito;
Que, la Ordenanza citada en disposiciones finales Primera – faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como su prórroga; tal como prescribe el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, la Gerencia de Administración Tributaria ha advertido la existencia de un número de contribuyentes y administrados que han optado en la referida amnistía por regularizar el estado de sus obligaciones tributarias, y siendo que en dicho plazo no lograran gozar de los beneficios otorgados, resulta necesario disponer una prórroga del término de vigencia de los beneficios establecidos, por lo que estando a las facultades previstas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972;
SE DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- PRORROGAR por única vez hasta el 01 de Agosto del 2011, el plazo de vigencia de Ordenanza Municipal Nº 012-2011-MDM, que aprueba la amnistía.
ARTÍCULO PRIMERO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Secretaria General e Imagen Institucional y Gerente de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente decreto en lo que fuere de su competencia.
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-979-2009; a ESWALDO GIANCARLO CASAS SANCHEZ. Declaración de Instructiva. Delito; Peligro Común. Agraviado; La Sociedad. Secretario; Astohuaman. Cañete 20.06.2011
EXP.-2008-148; a RENE TILLCA TILLCA. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiendo ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Hurto agravado; Agraviado Empresa Telefónica. Secretario Yaya. Cañete 16.05.2011
EXP.-2008-010; a LUIS ANTONIO ALVAREZ CHUMPITAZ. Para Lectura de Sentencia. Día 07.07.2011 horas 10:00a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Carlos Enrique Álvarez Loayza. Secretaria Flores. Cañete 23.06.2011
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO MALA; Juez: Castillo; Cita, llama y emplaza:
EXP.-2007-119; a EDWIN JASON PERALTA FLORES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 9:45a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena.
EXP.-2008-036; a LUCIO AQUILINO CHUMPITAZ CAMPOS Y WILLIAMS EDUARDO SANCHEZ REYES. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravada. Agraviado; Empresa Tenerife SAC
EXP.-2008-419; a YULY DAVID HUAMAN MONTESINOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 11:45a.m. Delito; Apropiación Ilícita. Agraviado; Service Prorecove.
Secretaria Herrera. Cañete 24.06.2011
EXP.-2007-104; a ELMER CANDELARIO RAMIREZ AVALOS. Para Lectura de Sentencia. Día 14.07.2011 horas 12:45p.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Hugo Ledesma Arena. Secretaria Cabrera. Cañete 24.06.2011
2, 4 y 5 de Julio
(AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2009-680; a L.A.A.B. a Través de sus padres JULIAN APAZA HUARHUA y AVELINA BERROCAL PAUCAR, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Hurto Agravado; Agraviado Luis Alberto Cárdenas Trujillo.
EXP.-2010-339; a L.A.C.A. a Través de sus padres LUCY GIOVANA ARIAS SANCHEZ y PEDRO ANTONIO CUYA FERNANDEZ, para que se apersone por haber sido declarado Adolescente Ausente y responda por los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado; Agraviado Pablo Félix Vicente Yactayo
Secretaria García. Diaz. Cañete 14.06.2011
2, 4 y 5 de Julio
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, GREGORIA DE JESUS CHAMPAC HUAPAYA, con DNI N° 06994106, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre MARIA ESTHER HUAPAYA CHUMPITAZ, fallecida el 19 de Mayo de 1991, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 28 de Junio de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, OFELIA ANYOSA DUEÑAS, con DNI N° 40185144, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre JORGE JULIO ANYOSA PEREZ, fallecido el 23 de Junio del 2001, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en l forma establecida por ley. San Vicente, 28 de Junio de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228, San Vicente – Cañete – Lima, MARIA ISABEL ORIHUELA RODRIGUEZ con DNI N° 40171009, solicita se RECTIFIQUE la PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hijo ISAIAS DANIEL JEREMIAS ORIHUELA, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe error material en los apellidos paterno tanto en lo concerniente al menor como en el dato concerniente al padre dicen: ISAIAS DANIEL JEREMIAS ORIHUELA, JUAN CARLOS JEREMIAS ROSAS, deben decir: ISAIAS DANIEL YEREMIAS ORIHUELA, JUAN CARLOS YEREMIAS ROSAS. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 28 de Junio de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
AVISO
Exp. 109-2010.- Ante el Juzgado Mixto de Yauyos que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal, don EULALIO RAYMONDI INGA solicita CAMBIO DE NOMBRE por ser así ampliamente conocido. En consecuencia su nombre correcto será EULALIO RAYMONDI INGA y no como aparece en su PARTIDA Melecio Eulalio Raymondi, cambio que será anotado en su Partida de Nacimiento que corre por ante la Municipalidad Provincial de Yauyos.
Secretario Edilberto Delgado I.
Yauyos, 21 de Junio de 2011.
Dr. Edilberto Delgado Inostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 02, 04 y 05 de Julio.
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina e Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, que en mérito al Exp. Adm. N° 005421-2011, don VICTOR HUGO ROJO BAUTISTA, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de su hijo VICTOR DANIEL ROJO LOPEZ, inscrita en esta Municipalidad en el libro 365, folio 117, año 1994; que erróneamente se ha consignado como nombre de la madre del titular ROXANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA, siendo lo correcto ROSSANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 01 de Julio de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, que en mérito al Exp. Adm. N° 005420-2011, don VICTOR HUGO ROJO BAUTSTA, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de su hija JOHANNA KAROLINA ROJO LOPEZ, inscrita en esta Municipalidad en el libro 365, folio 116, año 1994; que erróneamente se ha consignado como nombre de la madre del titular ROXANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA, siendo lo correcto ROSSANA DELIA LÓPEZ ESPINOZA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 01 de Julio de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
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