30 octubre 2006

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 205-2006-PJ-CSJCÑ-P-AI
Cañete, dieciséis de Octubre del dos mil seis.

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, y está facultado a dictar medidas administrativas que considere convenientes para el mejor servicio de la administración de justicia que redundará en beneficio de los justiciables.
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 109-2006-PJ-CSJCÑ-P-AI de fecha 22 de Setiembre del 2006, se dispuso el funcionamiento del Juzgado Mixto de Mala, Juzgado de Paz Letrado de Asia y Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, órganos jurisdiccionales que iniciaron sus funciones conociendo inicialmente todos los nuevos procesos que sean de su competencia y se presenten a partir de su entrada en funcionamiento.
Que, el artículo cuarto de la Resolución Administrativa Nº 105-2006-CE-PJ de fecha 22 de Setiembre del dos mil seis, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores para que adopten las acciones administrativas que sean necesarias, relacionadas con la puesta en funcionamiento de los referidos órganos jurisdiccionales, que permitan mejorar la atención de los usuarios de la administración de justicia.
Por tales consideraciones y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º incisos 2º, 3º y 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo 1º: AMPLIAR la competencia del Juzgado Mixto de Mala, quien además conocerá con efectividad a partir del 04 de Octubre de 2006, todos los procesos tramitados en Primera Instancia por el Juzgado de Familia Permanente de Cañete, que se encuentren en ejecución y que correspondan a la jurisdicción del Juzgado Mixto de Mala; así como todos los procesos recibidos por el Juzgado de Familia Permanente de Cañete, en grado de apelación por el Juzgado de Paz Letrado de Mala.

Artículo 2º.- DISPONER con efectividad a partir del 04 de Octubre del 2006, que el Juzgado Permanente de Familia de Cañete, derive al Juzgado Mixto de Mala todos los expedientes tramitados en Primera Instancia que se encuentren en ejecución y que correspondan a la jurisdicción del Juzgado Mixto de Mala; así como todos los expedientes recibidos en grado de apelación de sentencia de procedencia del Juzgado de Paz Letrado de Mala.

Artículo 3º.- DISPONER que el Juzgado Permanente de Familia eleve un informe detallado respecto de los expedientes que remitan al Juzgado Mixto de Mala en cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 4º.- DISPONER que ambos Juzgados deberán tener en consideración que los expedientes a remitir no generen nulidades por cambio de Magistrado, conforme a las normas procesales vigentes.

Artículo 5º.- DISPONER que la Oficina de Administración brinde las facilidades del caso para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 6º.- REMITIR la presente Resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de las Salas Superiores de Cañete, de los Juzgados de Familia de Cañete y Mixto de Mala, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración de este Distrito Judicial.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese

Manuel Roberto Paredes Dávila
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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