25 mayo 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

ORDENANZA Nº 0003- 2007/MDCH

CHILCA, 17 de Mayo del 2007.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA.

POR CUANTO:
Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 17 de Mayo del 2007, el Informe Nº 275-2007-UATR/MDCH, de la Unidad de Administración Tributaria y Rentas, por el que remite el Proyecto de Ordenanza del Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y no Tributarias.

CONSIDERANDO:
Que, el Art.194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria , Ley de reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;

Que, los Artículos 74º y 195º numeral 4, de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley;

Que, los artículos 27º y 41º del Decreto Supremo N° 135-99-EF, facultan excepcionalmente a los gobiernos locales a condonar con carácter General, los intereses moratorios y las sanciones respecto a los tributos que administren;

Que, por ser el mes de Junio, mes en el que se celebra 194º Aniversario de creación de nuestro distrito, y existiendo aún numerosos vecinos que no han logrado cumplir con sus obligaciones tributarias de ejercicios anteriores, se hace necesario otorgar beneficio de regularización de deudas Tributarias y Administrativas por treinta (30) días, a partir del 1º de Junio al 30 de Junio del presente año.

Que, es política del Gobierno Local, otorgar las máximas facilidades a los contribuyentes para que puedan regularizar las deudas contraídas con la Municipalidad.
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º numeral 9) y 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL:

ARTICULO PRIMERO.- Otorgar Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y no Tributarias por treinta (30) días, a partir del 1º al 30 de Junio del presente año, con motivo del 194º Aniversario de la Creación Política del Distrito, condonando el 100% de interés moratorio del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Administrativas siempre que se regularice el motivo por el cual se aplicó la multa de los años 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007.

ARTICULO SEGUNDO.- Quienes se acojan a la condonación de las multas, previamente presentaran expediente administrativo con esta finalidad.

ARTÍCULO TERCERO.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda otorgar prorroga del beneficio tributario y/o expedir las normas complementarias y disposiciones que fueran necesarias para su correcta aplicación.

ARTICULO CUARTO.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Unidad de Administración Tributaria y Rentas, Unidad de Tesorería y Oficina de Secretaria General.

POR TANTO:

Regístrese, Comuníquese, publíquese y Cúmplase.

JOSE N. AVILA HUAPAYA
ALCALDE (E)

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