01 agosto 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Cerro Azul, 31 de Julio de 2007

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011- 2007/ MDCA

VISTO:
El Informe Nº 098-2007-MDCA/GAT, de fecha 25 de Julio de 2007, suscrito por la Gerente de Administración Tributaria respecto a la regulación de Ordenanza Nº 010-2007/MDCA.

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 42º prescribe que: " los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal."

Que, la Ordenanza Nº 010-2007/MDCA, expedida con fecha 07 de Junio de 2007, publicada el 09 de Junio del presente año, estableció otorgar amnistía tributaria y no tributaria en el caso de deudas de años anteriores así como para el presente año 2007, disponiendo el plazo de acogimiento al beneficio hasta el 31 de Julio de 2007 para los contribuyentes de la Jurisdicción del Distrito de Cerro Azul.

Que, en su Primera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza en mención, se faculto a la Señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza Nº 010-2007/MDCA.

Que, es indispensable regular la Ordenanza Nº 010-2007/MDCA, a razón que se tiene por objetivo reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias y no tributarias de los contribuyentes de la jurisdicción de Cerro Azul.

De conformidad a lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Establecer la prorroga de plazo para acogerse al beneficio de amnistía tributaria y no tributaria en el caso de deudas de años anteriores así como para el presente año 2007, hasta el 04 de Setiembre de 2007 para los contribuyentes de la jurisdicción de Cerro Azul.

REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ORDENANZA Nº 015-2007/MDCA

Cerro Azul, 27 de Julio de 2007

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUANTO
EL CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL.

Visto:
En sesión de Concejo de fecha jueves, 26 de Julio de 2007, el informe Nº 021-2007-RRCC-MDCA, de la Jefa del área de Registro Civil, respecto a la campaña de tramitación y expedición del DNI en forma gratuita aprobada por el RENIEC.

Que, la Constitución Política del Estado establece en su articulo 74 que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la ley y el articulo 195 inciso 4 señala que los Gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos Municipales conforme a ley;

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 437-2007-GETF/RENIEC, se aprobó, la Campaña de Tramitación y Expedición del DNI en forma gratuita, que beneficiara a cien mil menores de edad, en situación de vulnerabilidad durante el año 2007;

Que, es conveniente prestar las facilidades del caso a fin de que los niños, niñas y adolescentes del distrito de Cerro Azul se documenten dentro del marco de la Campaña; por lo que exclusivamente para dicho evento, debe rebajarse el monto de la tasa prevista en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA aprobado por Ordenanza No.07-2002/MDCA para la obtención de la partida de nacimiento de S.14.00 (catorce nuevos soles) a S/2.00 (dos nuevos soles):

De conformidad con el artículo 9 numeral 8 de la ley 27972 Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de aprobación del acta, con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- Disponer una rebaja de la tasa para la expedición de partida de nacimiento de niños, niñas y adolescentes de 3 a 17 años de edad, previsto en el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA, de S/14.00 soles a S/2.00 nuevos soles, exclusivamente con fines de obtener el DNI, dentro de la campaña organizada por la RENIEC en beneficio de niños, niñas y adolescentes.

ARTICULO SEGUNDO.- El beneficio concedido en el articulo precedente, tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2007.

ARTICULO TERCERO.-. Encargar a las Oficinas de Registro Civil y de la Defensoría del Niño y Adolescente de la Municipalidad, el cumplimiento de la presente ordenanza.

Regístrese, Comuníquese y Archívese

Juana Raspa de Pain
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

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