02 octubre 2007

JUDICIALES

DIRIMENCIA
SALA CIVIL
EXPEDIENTE NRO: 2005- 0130-0-0801-JM-CI-01
Civil – Rendición de Cuentas
RESOLUCION NUMERO SEIS
Cañete, diecisiete de setiembre del año dos mil siete .-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en la votación de la presente causa, las señora Vocal doctor Luz Gladys Roque Montesillo ( ponente) emite su VOTO para que se declare NULA la sentencia venida en apelación de fecha tres de abril del dos mil siete, que declara fundada la demanda de fojas cuarenta a cuarenticinco interpuesta por Alfonso Manuel García, y REFORMÁNDOLA se reponga la causa al estado de señalar fecha para la Audiencia Única. SEGUNDO: Que, los Señores Vocales doctor Ricardo Astoquilca Medrano y Jorge Villanueva Pérez, emiten su VOTO para que se declare NULA la sentencia materia de revisión de fojas doscientos treintidós a doscientos treinticinco, que declara Fundada la demanda de página cuarenta cuarenticinco con todo lo demás que contiene; y nulo todo lo actuado hasta fojas cincuenticuatro inclusive, dejando subsistente los documentos y actuaciones que no sean actos procesales; INSUBSISTENTE el concesorio de apelación de fojas doscientos cuarentidós; y ORDENA que el Juez de la causa vuelva a calificar la demanda teniendo presente los considerandos de la presente resolución. TERCERO: Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución al tratarse la resolución consultada una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha producido discordia en el presente proceso la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto Legal acotado. CUARTO: Que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos, a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otros servicios, honorarios u otros conceptos, por lo que debe de omitirse la publicación en el diario oficial "Peruano" lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada ley orgánica, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al Señor Vocal VÍCTOR DURAND PRADO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para la vocal dirimente el día martes DIECISEIS de OCTUBRE del presente año a horas OCHO Y QUINCE minutos de la mañana; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia " Al Día con Matices" por el término de UN DIA. Incorporándose a sus labores la señora Vocal doctora Luz Gladys Roque Montesillo. En los seguidos por Alfonzo García Herrera con Manuel García Palacios y otros, sobre Rendición de Cuentas. Notificándose y oficiándose.-
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
ROQUE MONTESILLO
VILLANUEVA PEREZ

EDICTO
Exp. Nº 353-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Dr. José De La Cruz Vargas; Secretario, Ernesto Hurtado Villavicencio, RENE ALBERTO CHARCA ÑUNONCA, solicita se rectifique la Partida de Nacimiento de su menor hijo Bryan Steven Charca Coila, en el sentido que se adicione en su primer pre nombre la letra "a" y en su segundo prenombre la letra "n", siendo sus prenombres correctos como los de BRYAN STEVEN.
Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 17 de Setiembre del 2007.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
Víctor R. Audante Padilla – Abogado CAC 2117 – CAC 10

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del Juez, Dr. Raúl Cuentas Lagos, y Secretario que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentado por MAURINO OMAR AVILA CHUMPITAZ, de quien en vida fuera CESAREO AVILA CHAUCA, fallecido el día 13-08-2007, AB INTESTATO, en el distrito de Chilca, provincia de Cañete – Lima.
Lo que se publica para los fines legales y pertinentes.
Mala, 06 de Setiembre del 2007.
Katia Gissela Herrera Quispe
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó doña SOCORRO BERNARDINA ALVAREZ JULIAN, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO, de su padre don ARTEMIO JAVIER ALVAREZ FRANCIA, inscrito en la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, en donde que se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL PADRE DEL TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: DICE: Emiliano Alvares y Caycho.- DEBE DECIR: Emiliano Alvarez Caycho. DATOS DE LA MADRE DEL TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: DICE: Bernardina Quiróz.- DEBE DECIR: Bernardina Francia Quiróz. Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 29 de Setiembre del 2007.
Hubert Camacho Galvez
Notario de Cañete

EDICTO PENAL
Primer Juzgado Penal de Cañete.- Exp. Nº 2005-1084.- Sec. Mabell Y. Castillo F. .- Se requiere y emplaza a Urbana Lacho de Soto para que en el término de diez días de publicado los edictos cumpla con la desocupación del predio usurpado a favor del agraviado, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento, en el proceso penal que se le sigue por el Delito contra el Patrimonio - Usurpación en la Modalidad de Despojo en agravio de Luis Alberto Taxa Ordoñez.
Cañete, 14 de Setiembre del 2007.
Dra. Mabell Ysabel Castillo Ferreyra
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Penal de Cañete
Dr. Isaias J. Ascencio Ortíz
Juez
Primer Juzgado Penal de Cañete.
01, 02 y 03 de Octubre.

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