13 diciembre 2007

De acuerdo a la Directiva Regional Nº 062-2007-DRELP/DGP...
INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA REGION LIMA FINALIZARAN AÑO ESCOLAR 2007, SOLO CUANDO HAYAN CUMPLIDO 40 SEMANAS DE LABOR EFECTIVA...

El Lic. Elmer Vásquez Dueñas en su calidad de Director Regional de Educación Lima Provincias, anunció que las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Educación Especial, Educación Técnico – productiva, y Educación Básica Alternativa, culminarán el año escolar de acuerdo a su realidad social y solo cuando hallan cumplido con las 40 semanas de labor efectiva, de acuerdo a la fecha de inicio y calendarización en cada Institución Educativa.
Igualmente, se tendrá en consideración las respectivas horas efectivas de clase por nivel: en el nivel de Educación Inicial 900 Horas, Primaria 1100 horas, Secundaria 1200 horas y en las Instituciones Educativas de Secundaria de un solo turno haber cumplido 1400 horas, bajo responsabilidad funcional del Director de las Instituciones Educativas.
Los Directores, Coordinadores, Supervisores de Programas y de las Instituciones Educativas deberán presentar al finalizar el Año Escolar 2007 el Informe Ejecutivo de Gestión Anual, se acuerdo a los anexos establecidos en la Directiva Regional.
Sobre la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de Educación Básica Regular, se regirán por la normatividad vigente para el sector. En Educación Inicial, por ningún motivo se le somete a los niños a examen o pruebas que atente contra su salud emocional. La evaluación es cualitativa y no tiene un fin selectivo o promocional.
Los Docentes y estudiantes de las Instituciones Públicas harán la devolución del material educativo, audiovisual e informático disponibles a la Dirección de la Institución Educativa., a través del responsable del Centro de Recursos Educativos.
Las Instituciones Educativas Privadas deberán presentar la Resolución Directoral de creación y funcionamiento y/o ampliación, y la R. D. de designación de Director, para la entrega de información final de los resultados de aprendizaje de los alumnos(as), a las Unidades de Gestión Educativa Local.
Las Actas de evaluación final podrán elaborarse en manuscrito con tinta líquida (azul o negro y rojo) o computarizadas (impresión láser) según formato establecido y aprobado por la UGEL La tinta roja solo podrá utilizarse para registrar las evaluaciones desaprobadas en Educación secundaría, para el efecto, el Director, conformará una Comisión Especial para su revisión y aprobación.
Las Instituciones Educativas que cuenten con el Sistema del Educando _ versión 1.2.5 (SIAGE) implementado, obligatoriamente presentarán las Actas de Evaluación Final y la base de datos de la Institución de acuerdo al sistema; previa verificación del Comité de Coordinación Local (UGEL), informarán a la DRELP para su consolidación y envío al MED.
Los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local bajo responsabilidad funcional remitirán a la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias con plazo máximo hasta el 30 de enero 2008, toda la documentación solicitada en la Directiva Regional Nº 062-2007-DRELP/DGP.

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