MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ACUERDO DE CONCEJO Nº 097-2007-MPC
Cañete, 21 de Diciembre del 2007
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº322-2007-SG-MDM de la Municipalidad Distrital de Mala, solicitando la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº015-2007-MDM, que complementa la Ordenanza Municipal Nº014-2007-MDM y que fija para el ejercicio del 2008, los montos por Emisión, Determinación y Distribución de Diversos Conceptos Relativos a Tributos Municipales en el Distrito de Mala.
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en le mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales en su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad;
Que, el requerimiento cuenta con la opinión favorable de la Asesoria Legal mediante Informe Nº855-2007-AS.LEG-MPC, el Informe Técnico Nº004-2007-GSSPP-MPC del Gerente de Servicios Públicos, Informe Nº277-2007-GTM-MPC y el Dictamen favorable de la Presidenta de la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete;
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF; con el voto unánime, y con la dispensa del tramite de aprobación del acta;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Ratificar la Ordenanza Municipal Nº015-2007-MDM, que complementa la Ordenanza Municipal Nº014-2007-MDM y que fija para el ejercicio del 2008, los montos por Emisión, Determinación y Distribución de Diversos Conceptos Relativos a Tributos Municipales de dicho Distrito, de acuerdo a los considerandos del presente.
ARTICULO SEGUNDO: Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia, publicación que debe de realizarse hasta el 31 de Diciembre del 2007, bajo sanción de ineficacia de la Ordenanza ratificada.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE
Javier J. Alvarado Gonzáles de Valle
Alcalde
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