28 noviembre 2008

APROBARON SANCIONES MAS DRASTICAS PARA LOS QUE EJERZAN “VOTO GOLONDRINO”…

El Pleno del Congreso aprobó el día de ayer por unanimidad el proyecto de Ley que modifica una serie de artículos del Código Penal con el fin de imponer drásticas sanciones, que contemplan penas de hasta ocho años para las personas que ejerzan el denominado “voto golondrino” en los procesos electorales.
Durante la sustentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Juan Carlos Eguren, señaló que la modificación de los artículos 354° y 359° del  Código Penal, permitirá imponer drásticas sanciones a quienes intenten alterar el voto de la ciudadanía en los distintos procesos electorales que se celebren.

PENA PARA QUIEN INDUCE...
Explicó que se ha incorporado en el Código Penal, el artículo 359 para sancionar con penas de dos a ocho años de prisión a quien modifique o induzca a cambiar su domicilio a cambio de un pago para votar en una circunscripción electoral distinta a la que registra en los padrones electorales.
Asimismo, se establece que quien amenaza, perturba o impide que se desarrolle un proceso electoral general, parlamentario, regional o municipal, o los procesos de revocatoria o referéndum será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años.
Afirmó que la entrada en vigor de  la norma es urgente porque el próximo 7 de diciembre se celebrará un proceso de revocatorias a nivel nacional.
“Este es un proyecto sumamente importante porque ello pretendemos eliminar las malas artes en procesos electorales y garantizar el pleno respeto a la voluntad electoral en las urnas y, de esta forma, contribuir a la consolidación de nuestro sistema democrático”, manifestó.

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