02 marzo 2009

JUDICIALES

EDICTO
EXP.-2008-0257.- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Garnica; ha ordenado lo siguiente: RES 01, fecha 02/04/2008 1º ADMITIR la Demanda contra DELIA PAOLA CALAGUA VICENTE sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO-FÍSICO, Agraviado: ALFREDO ROMÁN GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, tramítese vía proceso ÚNICO, córrase TRASLADO al presunto autor FREDDY LOZANO NAVARRO, por el término de 5 días, bajo apercibimiento de tenerse por contestada en su rebeldía, debiendo el demandado apersonarse al local del Juzgado dentro del tercer día de notificado y tome conocimiento de la demanda. 2º.- ORDENO, como MEDIDA DE PROTECCIÓN, que la Demandada se abstenga de todo tipo de VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO-FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO, al agraviado, bajo apercibimiento de ordenarse su detención por 24 horas. Notifíquese la presente RES. a la Demandada, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. Secretaria  : Hernández.
EXP.-2008-0943.- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Garnica; ha ordenado lo siguiente: RES 01 y 05, fecha 28/11/2008 – 02/02/2009, RESUELVE:1º.- ADMITIR la Demanda contra EMERSON ESCALANTE MENDOZA sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO-PSICOLÓGICO, Agraviado: AIDA VESTÍ ANGULO HUILLCAS, tramítese vía proceso ÚNICO, córrase TRASLADO al presunto autor EMERSON ESCALANTE MENDOZA, por el término de 15 días, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. 2º.- ORDENO, como MEDIDA DE PROTECCIÓN, que el Demandado se abstenga de todo tipo de VIOLENCIA FAMILIAR, al agraviado, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. Secretaria: Mesias.
EXP.-2008-0779.- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Garnica; ha ordenado lo siguiente: RES 01 Y 05, fecha 19/12/2008 – 02/02/2009, RESUELVE: 1º.- ADMITIR la Demanda contra MARCEANO GONZÁLES ROMANÍ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO-FÍSICO, Agraviado: BASILIA PEDRAZA CCASANI, tramítese vía proceso ÚNICO, córrase TRASLADO al presunto autor MARCEANO GONZÁLES RAMONI, por el término de 15 días, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. 2º.- ORDENO, como MEDIDA DE PROTECCIÓN, que el Demandado se abstenga de todo tipo de VIOLENCIA FAMILIAR, al agraviada, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. Secretaria : Mesias.
27 y 28 de Febrero y 02 de Marzo

EDICTO
EXP. N° 2008-257, Dte: Ministerio. Ddo. Delia Paola Calagua Vicente. Agrav. Alfredo Román Gutiérrez Rodríguez. Mat. Violencia familiar; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia- Cañete, la señorita Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
Resolución N° 01, de fecha 02 de Abril del 2008, 1°.- ADMITIR la presente demanda interpuesta por el Representante del Ministerio Público  contra  DELIA PAOLA CALAGUA VICENTE sobre Violencia  Familiar –Maltrato Físico, en agravio de su exconviviente Alfredo Román Gutiérrez Rodríguez  en consecuencia tramítese conforme a las pautas del proceso UNICO; Córrase TRASLADO al presunto autor FREDDY LOZANO NAVARRO, por el término perentorio de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de tenerse por contestada la demanda en su rebeldía, debiendo el demandado pronunciarse respecto de cada uno de los hechos alegados que se le imputan en la demanda, el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica puede ser apreciados por el Juzgador como conocimiento de la verdad, debiendo el demandado una vez recibida la notificación, deberá apersonarse al Local del Juzgado dentro del TERCER DÍA de notificado, a efecto de que tome conocimiento de la demanda y anexos, debiendo adjuntar el comprobante del Arancel Judicial por concepto de copia simple del Atestado Policial y Denuncia del Ministerio Público que deberá abonar ante el Banco de la Nación. 2º.- ORDENO: como MEDIDA DE PROTECCION que la demandada DELIA PAOLA CALAGUA VICENTE se abstengan de todo tipo de Violencia  familiar – Maltratos físicos y/o  psicológicos, en agravio de Alfredo Román Gutiérrez Rodríguez; bajo apercibimiento de ordenarse su detención por veinticuatro horas. Y de conformidad  con el artículo 165 del C.P.C, NOTIFIQUESE a la demandada mediante EDICTOS, y para tal fin cumpla la Administración de esta sede judicial, a efecto de que proceda a la publicación de los edictos ordenados en autos, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario local de ésta ciudad “ Al Día Con Matices”  y se notifique con la presente  resolución a   la demandada   DELIA  PAOLA CALAGUA VICENTE,  para que se apersone   al proceso y haga valer su derecho, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Fdo. Juez. Maria G. Garnica Pinazo- Sec. Jovanna Hernández Vásquez.- San Vicente 23 de Enero del 2009.
27 y 28 de Febrero, y 02 de Marzo

EDICTO
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2003-0909, a ZOILA ROSA CASTRO GUTIÉRREZ, por el  Delito: CONTRA EL PATRIMONIO - USURPACIÓN; agraviado: RUMALDO CARRASCO SANITARIA S.R.L., 
Cañete, 10/02/2009. Secretario : Vargas
27 y 28 de Febrero, y 02 de Marzo

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