16 mayo 2010

JNE PLANTEA SUSPENDER INSCRIPCIÓN DE PARTIDOS QUE REGISTREN COMITÉS INEXISTENTES

El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) suspenderá la inscripción de los partidos políticos que no presenten su padrón de afiliados o registren locales o comités inexistentes, según plantea un proyecto de ley que elabora el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Así lo anunció, Fernando Rodríguez Patrón, funcionario de dicho organismo electoral, quien dijo que, de aprobarse esta propuesta, será una herramienta legal para afianzar la labor de fiscalización a las organizaciones políticas.
Rodríguez, quien es director del Registro de Organizaciones Políticas, manifestó que la legislación vigente no establece sanciones por el incumplimiento de estos requerimientos.
«Se va a presentar un proyecto de ley (al Congreso), mediante el cual se determine que en los casos que los comités (partidarios) no existan o no están funcionando, se suspenda la partida registral del partido político», indicó.
El funcionario señaló que de aplicarse esta medida, las agrupaciones suspendidas no podrán participar en ningún proceso electoral ni cambiar de denominación, símbolo, establecer alianzas u otra modificación de índole partidario.
«Este partido no presentó su padrón de afiliados, no participó en ningún proceso electoral, nunca presentó sus cuentas y el jurado nunca hace nada, no pues, eso no es justo. El jurado no puede hacer nada en esos casos», expresó.
«Si no se cuenta con un mecanismo legal, con las herramientas legales, qué se puede hacer», acotó
Refirió que de ser aprobado el proyecto de ley por el Congreso podría aplicarse para los comicios generales de abril de 2011.

CAMBIO RADICAL…
Consultado por la prensa sobre la situación del partido Cambio Radical, Rodríguez indicó que dicha agrupación, previo a un proceso de adecuación, se encuentra inscrita en el ROP desde el año 2005 y que desde entonces no ha participado en ningún proceso electoral.
Refirió que en el 2006, el JNE emitió dos resoluciones, en las que determinaba que perdían su inscripción aquellos partidos que no intervinieron en una elección; sin embargo en el 2007, el Congreso aprobó una ley que dispuso lo contrario.
«Este partido, Cambio Radical, que no se presentó a un proceso de elecciones iba a perder su inscripción», apuntó Rodríguez Patrón, quien detalló que en igual condición estaban el Partido Nacionalista, Sí Cumple y otras siete agrupaciones.
El funcionario señaló que toda agrupación que solicita su inscripción ante el ROP, debe cumplir con una serie de requisitos establecidos en la Ley de Partidos Políticos, los cuales son verificados y fiscalizados por el jurado.
Explicó que de acuerdo a esta norma la cancelación de una agrupación se da si ésta no supera la valla electoral; por propia decisión del partido, fusión o decisión judicial por conducta antidemocrática.
«(Cambio Radical) pasó por un proceso de inscripción, se verificaron sus requisitos, los cumplió en el año 2005 y hasta ahora, 2010, no ha participado en ningún proceso electoral. ¿Puede participar (en los comicios de este año)?, sí porque está inscrito», indicó.

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