25 junio 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2010-MDM

Mala, 24 de Junio del 2010

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALA:

VISTO:
El Informe Nº 084-2010-GAT/MDM, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas proponiendo la ampliación de la Ordenanza Municipal Nº 006-2010/MDM.

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2010-MDM, publicada el día 28 de Mayo del 2010 en el diario Judicial de la Provincia de Cañete-Matices, donde se establecieron beneficios tributarios a los vecinos del distrito;

Que, la Ordenanza citada en disposiciones finales Primera – faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como su prorroga; tal como prescribe el artículo 42 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades;

Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas ha advertido la existencia de un número de contribuyentes y administrados que han optado en la referida amnistía por regularizar el estado de sus obligaciones tributarias, y siendo que en dicho plazo no lograran gozar de los beneficios otorgados, resulta necesario disponer una prórroga del término de vigencia de los beneficios establecidos, por lo que estando a las facultades previstas en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades;

ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY Nº 27972 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;

SE DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- PRORRÓGASE hasta el 31 de Julio del 2010, el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 006-2010-MDM, que aprueba la amnistía tributaria.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCÁRGESE a la Gerencia de Administración Tributaria, Secretaria General e Imagen Institucional y Gerente de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente decreto en lo que fuere de su competencia.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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