17 septiembre 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 025-2009-MDM

Mala, 29 de Diciembre de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA - CAÑETE

POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE MALA,

CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 142-2009-GPP/MDM de la Gerencia de Planificación y Presupuesto se ha efectuado el consolidado final del mismo recopilando la información proveniente de todas las Gerencias de la Municipalidad.

Que, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27444, todas las entidades públicas contarán con sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA), los mismos que contendrán todos los procedimientos administrativos que se realicen ante las respectivas unidades. Asimismo, considerando la Ley Nº 29092, Ley que modifica el párrafo 38.3 del Art. 38 de la Ley 27444, que establece la publicación de los diversos dispositivos legales en el portal institucional;

Que, el TUPA puede ser modificado conforme lo dispone el D.S. Nº 062-2009-PCM los mismos que están sujetos a actualización anual en forma obligatoria. Asimismo, comprende la obligatoriedad de adoptar los alcances de la Ley 29060, Ley del Silencio Administrativo y demás normas complementarias;

Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 29 de Diciembre del 2009 se aprobó por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el empleo de aquellas tasas establecidas por la Municipalidad Provincial de CAÑETE, La Municipalidad de Lima Metropolitana y demás referentes que se encuentran vigentes y que se detallan en el TUPA 2009, en la medida que no se opongan al mismo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Mala, de la Provincia de Cañete, Lima, del año 2009; el mismo que consta de setenta y cinco folios (75).

ARTÍCULO TERCERO: Aprobar los derechos contenidos en el presente TUPA que son de cumplimiento en forma estricta en todas las dependencias y áreas de esta Municipalidad Distrital.

ARTÍCULO CUARTO: Esta Ordenanza deja sin efecto toda disposición que se oponga a la presente.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

*****

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO Nº 048 -2010-MPC

Cañete, 10 de agosto de 2010

Visto;
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de agosto 2010, el Oficio Nº 016-2010-MDM de fecha 20 de enero del 2010, de la Municipalidad Distrital de Mala que solicita la ratificación de la Ordenanza Nº 025-2009-MPC que aprueba su Texto Único de Procedimiento Administrativo-TUPA;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Oficio Nº016-2010-MDM de fecha 20 de enero del 2010 la Municipalidad Distrital de Mala remite a la Municipalidad Provincial de Cañete la Ordenanza Nº025-2009-MDM que aprueba su Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA, a fin de que se procede a su ratificación en aplicación de lo establecido en el artículo 40° de la Ley 27972,Ley Orgánica de Municipalidades, norma que condiciona la vigencia de las ordenanzas distritales de contenido tributario a su aprobación por parte de las municipalidades provinciales de la circunscripción a la que pertenecen;

Que, en el desarrollo del procedimiento ratificatorio del TUPA de la Municipalidad Distrital de Mala, dicho documento fue derivado a cada una de las Gerencias y Subgerencias de la Municipalidad Provincial de Cañete a efecto de analizar su sujeción al ordenamiento jurídico vigente; mereciendo sendas observaciones, las cuales fueron objeto de subsanación con la anuencia de los mismos órganos evaluadores;

Que, en tal sentido, no habiendo más observaciones del TUPA de la Municipalidad Distrital de Mala para subsanar, la Ordenanza N° 025-2009/MDM que lo aprueba debe ser ratificada dada su evidente contenido tributario proveniente de las tasas o derechos que se encuentran fijados para cada uno de los procedimientos administrativos compilados en el referido TUPA, los cuales al ampara de lo establecido en el inciso b) del artículo 68° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº156-2004-EF, constituyen tributos a ser pagados por quienes deseen tramitar tales procedimientos;

Que, mediante Informe Legal Nº 856-2010-AS.LEG-MPC, la Oficina de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la ratificación de la Ordenanza N°025-2009-MDM que aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Mala;

Que, asimismo se cuenta con el Dictamen Nº 012-2010-CEAJ-SR-MPC favorable de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Provincial de Cañete, elevándolo al Pleno del Concejo para su determinación;

Estando a lo expuesto, a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta.

SE ACORDO:

Artículo 1º.- Aprobar la ratificación de la Ordenanza N°025-2009-MDM, que aprueba el Texto Unico de Procedimiento Administrativo- TUPA, de la Municipalidad Distrital de Mala, de acuerdo a los considerandos del presente.

Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, y a las Gerencias correspondientes, accionar lo conveniente para el cumplimiento del presente.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

José Antonio Espinoza Peña
ALCALDE

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