30 septiembre 2010

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 019-2010-MPC
Cañete, 13 de Agosto del 2010.
El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete:
VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 12 de agosto del 2010, el informe Nº37-2010-GT-MPC de la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete, con el Informe Legal Nº756-2010-AS.LEG-MPC, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y el Dictamen de la Comisión de Regidores de Transporte de la Municipalidad y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre N° 27181, artículo 17° numeral a), las Municipalidades Provinciales en el ámbito de su jurisdicción tienen competencia para emitir normas y disposiciones en forma complementaria, así como realizar los actos administrativos necesarios para el control de los servicios;
Que, compete a la Municipalidad Provincial dentro de su jurisdicción de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y, en aplicación de la Sétima Disposición Complementaria Final del D.S. 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte, mediante Ordenanza Municipal correspondiente, aprobar las normas y disposiciones en forma complementaria a la ley así como realizar los actos administrativos necesarios para el control de los servicios, sin que ellas, contraríen, desnaturalicen, trasgredan o exceda al Reglamento Nacional de Administración de Transporte;
Que, de conformidad al artículo 38 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte «Condiciones legales específicas que debe cumplir para acceder y permanecer en la prestación del servicio de Transporte de personas en todos los ámbitos y para el transporte mixto» es necesario precisar la reglamentación, atendiendo a la realidad provincial y dentro de los parámetros que la ley faculta a la Municipalidad.
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Comisión de Transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete, el VºBº de la Asesoría Legal, de la Gerencia General, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA COMPLEMENTARIA PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSPORTE
Artículo 1º.- Para efectos de la aplicación de la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, establézcase en unidades Impositivas Tributarias el patrimonio neto mínimo requerido para acceder y permanecer en el servicio de transporte público de personas.
Transporte Público Regular 45 U.I.T Patrimonio Neto Mínimo
Transporte Turístico 25 U.I.T. Patrimonio Neto Mínimo
Servicio Especial Auto. 25 U.I.T. Patrimonio Neto Mínimo
Articulo 2º.- Publíquese la presente para los efectos de su cumplimiento.
REGISTRESE COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
JOSE ANTONIO ESPINOZA PEÑA
ALCALDE


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 327-2010-P-CSJCÑ-PJ
Cañete, 29 de Setiembre del 2010.
VISTOS:
El Oficio N° 32-2010-COMISION-CSJCÑ/PJ recepcionado por Mesa de Partes de Secretaría de Presidencia con fecha 28 de Setiembre de 2010, remitido por la Presidente de la Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrito Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete para el año judicial 2010, doctora Luz Gladys Roque Montesillo.
El acuerdo adoptado en Sesión de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cañete de fecha 28 de Setiembre de 2010, sobre la nómina de Jueces Supernumerarios para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia.
CONSIDERANDO:
Mediante el Oficio de Vistos, la Presidente de la Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrito Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete para el año judicial 2010, doctora Luz Gladys Roque Montesillo, remite los antecedentes del Concurso Público de Jueces Supernumerarios para integrar el Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia, para los fines pertinentes, esto es su aprobación en la Sala Plena.
El artículo 25° del Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ del 03/08/2009, establece que «la Sala Plena seleccionará a los postulantes que hubieren obtenido nota final aprobatoria de acuerdo a las estipulaciones del presente Reglamento y las pautas establecidas por la Comisión. Luego de publicada la lista oficial con los candidatos seleccionados por la Sala Plena, automáticamente se incorporan en el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios.
Mediante acuerdo adoptado en Sesión de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cañete de fecha 28 de Setiembre de 2010, se resuelve seleccionar a los postulantes a Jueces Supernumerarios que hubieren obtenido nota final aprobatoria a los candidatos en reserva, de acuerdo a la siguiente nómina:
JUECES DE PAZ LETRADOS NOTA FINAL
Valdiviezo Roque, Alicia Isabel 70.08
Sánchez Candela, Gilbert Alfredo 73.32
Razzeto Zavala, Patricia 66.88
Medrano Quispe, Pablo César 65.82
Que, la mencionada nómina señala que quedaron desiertas las plazas a Juez Supernumerario Especializado en lo Penal por no haberse presentado a la entrevista la única postulante apta Munayco Medina, Martha Elena; al cargo de Juez Supernumerario Especializado Civil y/o Mixto; y al cargo de Juez Superior Supernumerario.
Asimismo, la Sala Plena seleccionó a los candidatos en reserva por haber aprobado satisfactoriamente el examen escrito los abogados que se indican a continuación, con la excepción de la candidata Munayco Medina Martha Elena, que no fue seleccionada por haber sido considerada candidato en reserva del Ministerio Público, correspondiente a las Convocatorias N°s 003-2008 y 001-2009 y 002-2009 extensión CNM, según la siguiente nómina:
JUECES DE PAZ LETRADOS
Morán Ruíz, Miguel Eduardo
Rojas Jurado, Nicolás
Cruz Chacaliaza, Lenin Omar
Pomasoncco Garamendi, Gregorio Raúl
Habiendo concluido el proceso de selección, se debe comunicar al órgano de gobierno, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, siendo la encargada de llenar el Registro Distrital la Asesoría de Corte.
De conformidad con el numeral 6) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones y obligaciones del Presidente de la Corte Superior ejecutar los acuerdos de la Sala Plena y del Consejo Distrital.
Por tales consideraciones, visto el acuerdo de Sala Plena de fecha 16 de Junio de 2010, y en uso de las facultades y obligaciones conferidas por los numerales 1), 6) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: SELECCIONAR a los Jueces Supernumerarios y Candidatos en Reserva, según la nómina de abogados para integrar el Registro Transitorio Distrital de Jueces Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia y de los candidatos en reserva, remitidas por la Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrito Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete para el año judicial 2010, mediante Oficios N°s 31 y 32 extensión 2010-COMISION-CSJCÑ-PJ.
Artículo Segundo: PÓNGASE la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Asesora de Corte – Encargada del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios, de la Oficina de Administración Distrital y de la Oficina de Personal, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Silvia Consuelo Rueda Fernández
Presidenta
Corte Superior de Justicia de Cañete

CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, de San Vicente – Cañete, se presentó doña NATALIA ISABEL REVILLA CABALLERO solicitando se constituya PATRIMONIO FAMILIAR a favor de sus menores hijos: RENATA FERNANDA BECERRA REVILLA, CAMILA MARIA BECERRA REVILLA, ambas de catorce años de edad, y FRANCO SEBASTIAN BECERRA REVILLA, de once años de edad, en su calidad de hijos de «LA CONSTITUYENTE» y además en beneficio de la propia constituyente, respecto al inmueble ubicado en el Lote 11 (once) Manzana Los Manzanos Zona de Parcelación del Lote A-7 (A-siete), distrito de Santa Cruz de Flores, provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyo dominio corre inscrito en la Partida Número: 21003385 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. Lo que comunico para los fines de Ley. Cañete, 29 de Setiembre de 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

PUBLICACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO
Expediente N° 5154-08, seguido ante la Municipalidad Provincial de Cañete, Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural por:
La Sra. RIVERA CASTAÑEDA, FERNANDA DOMINGA, identificada con DNI N° 15360621, estado civil viuda, en calidad de solicitante (Expediente 5154-08) de la posesión informal del predio urbano, sito en Prolongación Santa Cruz Mz. A Lote 2, Anexo Santa Cruz, jurisdicción del distrito de Asia, provincia de Cañete, región Lima Provincias, de un área de 305.20 m2. y un perímetro de 141.45 ml.
Solicita DECLARACIÓN POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble indicado con el fin de que los terceros que pudieran verse afectados con dicha pretensión de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio formulen su oposición al procedimiento dentro de 20 (veinte) días calendarios de efectuada la última notificación. Cañete, 28 de Setiembre de 2010.
Ana Vicente de Aguilar - Secretaria General

Municipalidad Distrital de Quilmaná
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que:
Don VÍCTOR TEODORO DE LA CRUZ GÁLVEZ, de 28 años de edad, natural del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete- Lima, nacionalidad peruana, identificado con N° de DNI 42758460, con domicilio en Jr. San Pedro s/n, Quilmaná – Cañete – Lima, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Policía Particular y doña JESÚS DEL CARMEN PANTA CÓRDOVA, de 27 años de edad, natural del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete- Lima, nacionalidad peruana, identificada con N° de DNI 41807121, de estado civil soltera, ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. San Pedro s/n, Quilmaná – Cañete – Lima.
Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL ante la Municipalidad de nuestro distrito.
El día 27 de Noviembre de 2010, a horas 06:30 p.m. en el Salón de Actos – MDQ.
Las personas que conozcan CAUSALES DE IMPEDIMENTO, podrán denunciarlo dentro del término de 8 días, conforme indica en el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 29 de Setiembre de 2010.
Nelsa Marice Polar Málaga - Registrador Civil Quilmaná – Cañete

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente – Cañete, se presentó don LESLIE HAROLD DIEZ CANSECO, quien solicita se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su recordada madre doña MARIA JESUS FELISITA DIEZ CANSECO GONZALES; inscrita en la Municipalidad Distrital de San Isidro – Lima, en donde se ha consignado erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Titular de la Partida de Defunción: dice: MARIA DIEZ CANSECO DE PIERCE.- debe decir: MARIA JESUS FELISITA DIEZ CANSECO GONZALES. Datos de la madre de la Titular de la Partida de Defunción: dice: LUZMILA ORREGO GONZALES, debe decir: LUZMILA ORREGO GONZALES. Lo que comunico para los fines de Ley.
28 de Setiembre de 2010.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente – Cañete, se presentó don LESLIE HAROLD PIERCE DIEZ CANSECO, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE MATRIMONIO de su recordada madre doña MARIA JESUS FELISITA DIEZ CANSECO GONZALES; inscrita en la Municipalidad Distrital de Miraflores – Lima, en donde se han consignado erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Titular de la Partida de Matrimonio: dice: MARIA JESUS FELICITAS DIEZ CANSECO GONZALES, debe decir: MARIA JESUS FELISITA DIEZ CANSECO GONZALES.- (Parte Marginal).- Datos de la Titular de la Partida de Matrimonio: dice: MARIA JESUS FELICITAS DIEZ CANSECO GONZALES, debe decir: MARIA JESUS FELISITA DIEZ CANSECO GONZALES. Lo que comunico para los fines de Ley.
28 de Setiembre de 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

EDICTO
Exp. N° 634-2010, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez Dra. Alicia Isabel Valdivieso Roque, Secretaria Belka Saravia Santana; MARIA MERCEDES NOLAZCO VIUDA DE CORTEZ solicita se rectifique y adicione la PARTIDA DE NACIMIENTO de MARIA MERCEDES NOLASCO, debiendo quedar en lo sucesivo como MARIA MERCEDES NOLAZCO YACTAYO. Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 14 de Setiembre de 2010.
Belka Z. Saravia Santana - Secretaria (e) - Juzgado de Paz Letrado de Imperial

EDICTO
Exp. N° 2010-0418.- Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, que despacha el Dr. Gilbert Alfredo Sanchez Candela, solicita JUANA ROSA ARIAS ROJAS, la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hijo, inscrita en la Municipalidad Provincial de Imperial, año 1992 en el extremo que se ha consignado en dicha partida el nombre de la madre Juana Rosa Arias Rosas, siendo lo correcto JUANA ROSA ARIAS ROJAS, quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 28 de Setiembre de 2010.
Shadia Pierina Donayre Valenzuela
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete

No hay comentarios.: