MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
«AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO»
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008 – 2011 - MDA
ASIA, 04 de febrero del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA:
VISTO: en Sesión de Concejo de fecha 03 de febrero del 2011; el informe final emitido por la comisión de transferencia de gestión municipal recibido el 12 de enero del 2011, que han incidido en Servicios Municipales, manejo de fondos, transporte, Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Asia se constituye como un órgano de gobierno promotor del desarrollo local, teniendo la facultad de ejercer actos de gobierno, presentación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de la circunscripción, conforme a los Arts. I, II y IV del título preliminar de la Ley 27972.
Que, dentro del sistema de planificación de la Municipalidad Distrital de Asia se tiene estricta observancia a la participación de los vecinos, con transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad; con velando por el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental conforme a los artículos IX y X del título preliminar de la ley 27972.
Que, el Concejo Municipal consciente de sus facultades y atendiendo al informe de la Comisión de Transferencia de gestión municipal, entendiendo que existe insatisfacción respecto de lo que se ha informado sobre la pasada gestión en materia de seguridad ciudadana , rendición de cuentas, sostenibilidad ambiental y servicios públicos locales; así como del momento de inicio del periodo de verano, que genera un crecimiento constante de los veraneantes en los territorios del distrito, por unanimidad ha decidido establecer un régimen de noventa (90) días en los que se legislara de manera excepcional sobre estos asuntos, así como autorizar la realización de una auditoria económica respecto de la pasada gestión .
Por los considerandos expuestos y de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Perú, la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades y demás normas vigentes, el Concejo Municipal del Distrito de Asia;
ACUERDA:
Artículo Primero: Declarar en EMERGENCIA ADMINISTRATIVA A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA, en los rubros de Secretaría General, Registro Civil, Procuraduría Pública Municipal, Asesoría Jurídica, Presupuesto y Planificación, Personal, Logística, Tesorería, Contabilidad, Rentas, Fiscalización tributaria, Servicios Públicos Municipales, Transporte, Seguridad Ciudadana, Desarrollo Urbano y Rural, Obras Públicas y Privadas en el distrito de Asia, a consecuencia de la decisiones de la gestión pasada y la insatisfactoria información entregada en el cese de la gestión.
Artículo Segundo: Dictar las normas pertinentes en un plazo de noventa (90) días para armonizar la constitución y las leyes vigentes a las expectativas de la población local así como de los visitantes en las materias mencionadas en el articulo precedente.
Artículo Tercero: Autorización la realización de una auditoria económica que incluya la totalidad del periodo de la anterior gestión, para cumplir con la transparencia exigida por la población.
Artículo Cuarto: Encargar a la Gerencia Municipal, disponga por intermedio de la Oficina de Secretaría General la publicación del presente acuerdo.
COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
JOSE ARIAS CHUMPITAZ
ALCALDE
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
FE DE ERRATAS DE ACUERDO DE CONCEJO N° 006-2011-MDA
DICE:
Artículo Segundo: Fijar por concepto de Dieta de los Regidores de la Municipalidad Distrital de Asia, por cada sesión el monto de S/. 195.00 (Ciento noventaicinco y 00/100 nuevos soles), hasta por cuatro sesiones, por mes que equivale a S/. 780.00 (setecientos ochenta y 00/100 nuevos soles), a partir del 01 de Enero del 2009.
DEBE DECIR:
Artículo Segundo: Fijar por concepto de Dieta de los Regidores de la Municipalidad Distrital de Asia, por cada sesión el monto de S/. 195.00 (Ciento noventaicinco y 00/100 nuevos soles), hasta por cuatro sesiones, por mes que equivale a S/. 780.00 (setecientos ochenta y 00/100 nuevos soles), a partir del 01 de Enero del 2011.
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