QUE TAL SEMANA SANTA
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez
Terminó la Semana Santa y como cada año tenemos que lamentar los muchos desaciertos de nuestras autoridades, que lejos de aprovechar esta fecha para reflexionar y pensar en las cosas que están haciendo bien o mal, pues lo que han hecho es apoyar la diversión, el consumo de licor, el desorden y alentar el sobreprecio de los muchos o pocos productos que se expenden en estos días.
Lo primero que tenemos que señalar, es que San Vicente se presentó como una ciudad desguarnecida, sin orden, con veredas por construir, sin contar las que se encuentran deterioradas y con buzones sin tapa, con el parque O’Higgins que da verguenza (completamente deteriorada) y expendiendo libros donde no deben. Por lo demás el abuso de los transportistas que se aprovechaban del día y llevando a los pasajeros por calles y avenidas con huecos a diestra y siniestra, olvidados de la seguridad policial y municipal.
Esta Semana Santa, nuevamente nos cogió sin mercado, sin baños públicos para los visitantes, con gente libando licor en la vía pública y miccionando por doquier a vista y paciencia de propios y extraños, donde ha estado presente la falta de respeto a nuestra tradición y costumbres.
La fiesta religiosa de antes, de nuestra gente adulta y mayor, que viene siendo cambiada por el desenfreno de la juventud, que busca que avasallar lo hermoso que tenemos, imbuidos por el licor y la droga, buscando siempre el desenfreno, la cosa fácil y en algunos casos las orgías en las playas, además de muchas otras cosas que se ven en estos días.
La religiosidad de nuestros pueblos, pareciera que se va perdiendo por la desidia de nuestras autoridades y gobernantes, que concurren a las ceremonias para buscar figuración, posando para las fotos e inclusive pagando a medios de comunicación para que les rindan pleitesía, como sucedió el jueves y el viernes en la ceremonia central de la catedral.
En fin creemos que la Semana Santa de Cañete, ya no es la misma, se extraña mucho la tranquilidad de nuestras calles, el paso apresurado de nuestros padres y abuelos para escuchar el Sermón de las 3 horas, el acompañamiento de las procesiones de cada día con su banda de músicos y sobretodo las ceremonias del día Sábado Santo en la Catedral; hay muchas cosas que tienen que darse de manera coordinada entre las autoridades con la Iglesia, pero no es así.
Debemos aclarar igualmente, que muchas de estas cosas es por descoordinación más no por desconocimiento, o en todo caso diríamos por desidia de quienes tienen la responsabilidad de conducir los destinos de nuestra provincia.
DECLARAN PATRIMONIO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE A LA ACAR POR PRESENTAR «LA PASIÓN DE CAÑETE» POR 45 AÑOS
Mediante Resolución de Alcaldía Nº 146-2011, la Municipalidad Provincial de Cañete declaró PATRIMONIO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE a la Asociación Cañetana Artística Recreativa-ACAR por mantener puesta en escena la obra teatral sacra LA PASIÓN DE CAÑETE desde hace 45 años.
La citada resolución fue entregada por la alcaldesa provincial María Montoya Conde, en una breve ceremonia celebrada en el intermedio de la obra desarrollada el último viernes santo y que fue recibida por el Monseñor Ricardo García García.
Sumamente emocionado García García agradeció el alto gesto de reconocimiento de parte de las autoridades municipales que no hacen mas que premiar a quienes actúan en esta obra sin ningún afán económico y si con el objetivo de preservar esta obra que ya se ha convertido en una tradición en nuestra provincia.
Luego de ello se reconoció también a quienes a lo largo de estos 45 años alternaron representando el papel protagónico de Jesús, desde sus inicios hasta la actualidad, siendo los siguientes:
1.- Jorge Aguayo Holguín
2.- Oscar Jáuregui Vargas
3.- Oscar Jáuregui Flores
4.- Ovidio Espinoza Escajadillo
5.- Miguel Morales Gómez
6.- Jesús Clauz Lévano
De otro lado, el domingo 24 de abril también se reconoció a quienes a lo largo de los 45 años han venido desempeñando diversos papeles dentro de la trama de la celebrada obra, acto que se cumplió tras la ceremonia de izamiento del pabellón nacional y la bandera de Cañete en la plaza de armas de San Vicente.
Culminada la ceremonia de reconocimiento, la alcaldesa María Montoya ofreció públicamente apoyar a la ACAR con un profesor de teatro para que pueda seguir perfeccionando a nuestros artistas locales.
LA NOCHE DE LOS EMPRENDEDORES CON NANO GUERRA... EL 27 EN PLAZA DE ARMAS DE SAN VICENTE
Mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación, Melchorita Perú LNG, hizo llegar una invitación a toda la población a fin de que participe del evento «La Noche de los emprendedores» y al lanzamiento de la tercera temporada del programa radial Hagamos Negocios, que se realizará este miércoles 27 de abril en la plaza de Armas de Cañete y que tendrá como expositor al reconocido experto en temas empresariales Nano Guerra García.
El evento se iniciará desde las 6:00 pm. y estará dirigido a empresarios, emprendedores locales y público en general.
Durante el mismo, Guerra García explicará a los asistentes cuáles son las principales características de un espíritu emprendedor para lograr el éxito en sus negocios.
Asimismo, se replicaran algunos segmentos del programa radial Hagamos Negocios, que auspicia PERU LNG, como el «Paso a paso», «Haz un cherry a tu negocio» y Pipo «El Peregrino», y se darán a conocer experiencias de empresarios locales que han logrado el éxito en la ciudad. Habrá premios para los empresarios que mejor promocionen su negocio en vivo.
El expositor
Nano Guerra García es empresario y consultor de empresas en temas estratégicos de relación con el cliente. Es también conferencista sobre temas de empresariales a nivel nacional e internacional. En la actualidad conduce el programa de televisión Somos Empresa y se ha dedicado principalmente a difundir los temas vinculados al desarrollo empresarial. En el 2006 publicó «Los secretos del Carajo», que tuvo mucho éxito y en 2009, «La historia de María»; ambos libros dedicados a promover el espíritu emprendedor y el ejemplo de peruanos exitosos. A finales del 2010 publicó el libro ¿Dónde Está la Riqueza? la Revolución de los Emprendedores Peruanos.
Datos del evento
Fecha del evento: miércoles 27 de abril
Hora: 06:00 pm.
Lugar: Plaza de Armas de Cañete
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
FE DE ERRATAS
(ANEXO N° 01)
DECRETO DE ALCALDIA N° 02-2011-MPC
Cañete, 20 de abril del 2011.
DICE:
REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL CAÑETE
CRONOGRAMA ELECTORAL
PROCESO DE ELECCIÓN
- INSTALACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL
Salón de Actos de la Municipalidad Provincial de Cañete a horas 10:00 am. 27 de abril.
- INSCRIPCIÓN DE LISTAS DEL 28 DE ABRIL AL 06 DE MAYO DEL 2011
Inscripción: Desde el día siguiente de instalación del Comité Electoral
Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal de lunes a viernes
Pre – Publicación de listas: 3 días calendarios al cierre inscripción en lugares visibles del Palacio Municipal y en la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal 02 al 04 de mayo del 2011
Tachas: 3 días calendarios posteriores 05 al 09 de Mayo
Traslado de tachas: 3 días calendarios 10 al 12 de mayo
Descargo de tachas: 3 días calendarios 13 al 17 de Mayo
Resolución de tachas: 3 días calendarios 18 al 20 de Mayo
Publicación de lista definitiva: un día calendario 23 de mayo.
La publicación se realizará en lugares visibles del Palacio Municipal y en Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal.
DEBE DECIR:
REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL CAÑETE
CRONOGRAMA ELECTORAL
PROCESO DE ELECCIÓN
- INSTALACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL
Salón de Actos de la Municipalidad Provincial de Cañete a horas 10:00 am. 27 de abril.
- INSCRIPCIÓN DE LISTAS DEL 28 DE ABRIL AL 06 DE MAYO DEL 2011
Inscripción: Desde el día siguiente de instalación del Comité Electoral
Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal de lunes a viernes
Pre – Publicación de listas: 3 días calendarios al cierre inscripción en lugares visibles del Palacio Municipal y en la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal 07, 08 y 09 de mayo del 2011
Tachas: 3 días calendarios posteriores 10,11 y 12 de Mayo
Traslado de tachas: 3 días calendarios 13, 14 y 15 de mayo
Descargo de tachas: 3 días calendarios 16, 17 y 18 de Mayo
Resolución de tachas: 3 días calendarios 19, 20 y 21 de Mayo
Publicación de lista definitiva: un día calendario 23 de mayo.
La publicación se realizará en lugares visibles del Palacio Municipal y en Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Cañete, 25 de abril del 2011.
MARIA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
“AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO»
Chilca, 16 de Febrero de 2011.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2011-MDCH.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Chilca, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha;
VISTOS: El Informe Nº 017-2011-GR-MDCH, de la Subgerencia de Administración Tributaria, de fecha 25 de Enero de 2011, y el Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Reforma Constitucional – Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que «Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las Municipalidades tienen competencia normativa, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los tributos, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (….);
Que, el segundo párrafo del Artículo 33º del Texto Único Ordenando del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece que en los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la TIM será fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT y, tratándose de los tributos administrados por otros órganos, la TIM será la que establezca la SUNAT salvo que se fije una diferente mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas;
Que, la Resolución de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT, publicada el 17.02.2010, fija en 1.2% mensual, la Tasa de Interés Moratorio aplicable a la deuda tributaria en moneda nacional correspondiente a los tributos administrados o recaudados por la SUNAT, estableciendo su vigencia a partir del 01.03.2010;
Estando a lo dispuesto por el Art. 9º, numeral 8), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, debatido en el Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, y con el Voto Unánime de los señores regidores, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
ARTÍCULO PRIMERO.- FÍJESE en uno y dos décimas por ciento (1.2%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias correspondientes a tributos administrados por la Municipalidad de Chilca.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y Subgerencia de Administración Tributaria, para su cumplimiento.
POR TANTO:
MANDO REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ALFREDO R. CHAUCA NAVARRO
ALCALDE
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EDICTOS DE FAMILIA
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Guevara; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-2011-276; Al agraviado JHON CARLOS SANDOVAL CANO. RESOLUCIÓN N° 10 de fecha 20-04-2011; SE RESUELVE: AMPLIAR EL PLAZO DE INVESTIGACIÓNPOR 10 DIAS. Se señala fecha para la continuación de Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos el Día 29.04.2011 a horas 2:30 p.m. A fin de actuar los medios probatorios, 1.-RECABAR las declaraciones del Agraviado Jhon Carlos Sandoval Cano y declaración testimonial de JOSE ANTONIO BALGLIETO GONZALES. Bajo apercibimiento de prescindirse de sus declaraciones en caso de inasistencia; en la instrucción seguida contra los adolescentes infractores: Hugo Henry De la Cruz García y Manuel Alonzo Garrido De la Cruz; Delito: Hurto Agravado en grado de Tentativa, Cañete 20.04.2011.
23, 25 y 26 de Abril
NOTIFICACIÓN JUDICIAL
La señora Juez del Juzgado Mixto de Mala Dra. Norma Gonzales Ventura ha dispuesto la publicación del extracto de la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio y Deslinde interpuesta por Vicente Lopez Giraldo y otros, sobre terrenos ubicados a la altura del Km. 99 de la Carretera Panamericana Sur, que formaron parte del Fundo Asia del Mar;
PRETENSIONES:
1.- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra la sociedad conyugal José Antonio Noriega Deza y Lucia Grace Castañeda Gaviño sobre parte del predio rural Asia del Mar con U.C. N° 11322, inscrito en la Partida Registral P03154374 del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete.
2.- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra Luis Fernando Leiblinger Gereda, BARINOCHE S.A.C., y Luis Miguel Cárdenas Vargas, sobre parte del denominado lote X y Lote Remanente parte del predio con U.C. N° 11311, inscritos en la Partida N° 90011960 del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete.
3.- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra CENTEC S.A.C. sobre parte de los lotes Y, y Z independizados del predio con U.C. N° 11311, inscritos en la Partidas Nros. 21003759, 21025301, 21003758, 21025298, 21025299, 21025300 del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete.
4.- DELIMITACIÓN DE AREA Y LINDEROS, contra todos los citados demandados.
RESOLUCIÓN Nro. 3 Mala, 10 de Febrero del 2011.- Se resuelve: Primero.- Admitir a trámite la presente demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio, la misma que se ventilara en la vía del proceso abreviado en consecuencia se concede el plazo no mayor de diez días a los demandados para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; Segundo.- dispongo que el extracto de la presente demanda se publique por tres veces con intervalo de tres días en el Diario Oficial «El Peruano» y «Al Día Con Matrices», asimismo al ser el predio materia de Prescripción un predio rústico, conforme se aprecia en las escrituras públicas ofrecidas como medios de prueba, efectúese la notificación por radio difusión por cinco días consecutivos, conforme dispone el artículo 169° del Código Procesal Civil.- Dra. Norma Gonzales Ventura. Juez.- John L. Galarza Silva. Secretario Judicial.
RESOLUCIÓN Nro. 4 Mala, 6 de Abril del 2011.- Autos y Vistos: Que, del estudio de autos, Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, del petitorio de la demanda se tiene como pretensiones PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Y DELIMITACIÓN DE AREAS Y LINDEROS, teniéndose que en la presente acción existe acumulación objetiva originaria, conforme prescribe el artículo 83 del Código Procesal Civil, y cumple con los requisitos exigidos por el artículo 86 del Código acotado, existiendo una debida acumulación objetiva originaria de pretensiones; SEGUNDO: Que, el artículo 172 quinto párrafo del Código Procesal Civil, se establece: (…) El Juez puede integrar una resolución de oficio o a pedido de parte cuando haya omitido pronunciamiento sobre algún punto principal o accesorio (…)»; por lo que en su aplicación debe integrarse la resolución número tres de fecha diez de Febrero del dos mil once, precisándose que en la presente acción existe acumulación objetiva originaria de pretensiones; TERCERO: Que, en caso de autos, mediante resolución número tres de fecha diez de Febrero del dos mil once, se admite la demanda a trámite y en su parte resolutiva omite pronunciarse respecto a la pretensión de Delimitación de Áreas y Linderos, y siendo este un acto principal, requiere integrarse dicha resolución a fin de evitar futuras nulidades. Por los expuesto DE OFICIO SE RESUELVE: INTEGRAR la resolución número tres, de fecha diez de Febrero del dos mil once en el extremo de admitir la demanda en forma Acumulativa Objetiva originaria, la pretensión de Delimitación de Áreas y Linderos. Interviene el secretario cursor por disposición superior. NOTIFICÁNDOSE.- Dra. Norma Gonzales Ventura. Juez.- Luis Jesús Raymondi Lorenzo. Secretario Judicial.- Juzgado Mixto de Mala. Corte Superior de Justicia de Cañete.
Mala, 15 de Abril de 2011.
Luis Jesús Raymondi Lorenzo
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 26 de Abril, 02 y 06 de Mayo de 2011.
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