MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011- 2011/MDCA
Cerro Azul, 31 de Agosto de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de Agosto de 2011, el Informe No. 036-2011-GPP/MDCA, referido al proyecto del Cuadro de Asignación de Personal – CAP- de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 con el que concuerda el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;
Que, con relación a la autonomía política, el numeral constitucional antes señalado ha otorgado expresamente al Concejo la función normativa en los asuntos de su competencia; cumpliéndose precisamente esta función, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, tal y como se recoge en el Numeral 3); 8) y 32) del Articulo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;
Que, mediante Ordenanza No. 006-2011/MDCA, de fecha 15 de Abril de 2011, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul;
Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las entidades de la administración pública, mientras que el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública y Articulo 1º del D.S. No. 074-95-PCM publicado el 04.01.96 la aprobación de los documentos de gestión Institucional;
Que, mediante Informe Técnico No. 036-2011-GPP/MDCA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, comunica al Despacho de Alcaldía la proposición del proyecto del Cuadro para Asignación de Personal- CAP - actualizado de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul;
Que, mediante Informe No.011-2011-GSPR/MDCA de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que «El Articulo 40º. De la Ley No. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa». En este orden normativo opina que siendo atribución del Concejo Municipal el de aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos en estricto cumplimiento de los previsto en el numeral 8) del Articulo 9º. De la Ley No. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se deben elevar los actuados ante el Concejo Municipal para su trámite en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 4) del Artículo 20º de la Ley No. 27972;
Que, mediante la Disposición Complementaria de la Ley Nº 29091, que modifica el párrafo 38.3 del Artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444 y establece la publicación de diversos dispositivos legales, se determina que, en tanto la Presidencia del Consejo de Ministros no apruebe el decreto supremo que reglamente dicha Ley, las publicaciones de los documentos indicados en el Artículo 2º, (ROF, CAP y otros), deberán realizarse en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional;
Estando a lo expuesto, contando con el Informe Técnico de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto No. 036-2011-GPP/MDCA y el Informe Nº 011-2011-GSPR-MDCA, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con los numerales 3); 8) y 32) del Articulo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del Dictamen por UNANIMIDAD, Aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ARTICULO PRIMERO: APROBAR el nuevo Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, cuyo Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que la vigencia del instrumento aprobado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza se hará efectiva a partir del día siguientes de su publicación, encargándose a la Oficina de Secretaria General publicar en el diario oficial de la Provincia de Cañete «Al día con Matices» y a la Oficina de Informática la publicación en el portal del Estado Peruano y la pagina web a su cargo.
ARTICULO TERCERO: DEJAR sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, su cumplimiento.
POR TANTO:
REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE
*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
DECRETO DE ALCALDÍA N°003 -2011/MDCA
Cerro Azul, 31 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En Sesión de Concejo de fecha 31 de Agosto de 2011, el Informe N° 0268—2011-GAT-MDCA, de fecha 25 de Agosto, la Gerencia de Administración Tributaria, solicita la prórroga de la Ordenanza N° 009-2011/MDCA, que aprueba la Amnistía Tributaria en el caso de deudas de años anteriores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 009-2011/MDCA de fecha 22 de Julio del 2011 y publicado en el Diario de Mayor Circulación de la Provincia de Cañete «Al Día con Matices, con fecha 25 de Julio de 2011, se aprobó otorgar amnistía tributaria en el caso de deudas de años anteriores con el objetivo de reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Cerro Azul;
Que, el plazo para acogerse a dicho beneficio quedó establecido a partir del día siguiente de la publicación del acto normativo hasta el 31 de Agosto del año en curso;
Que, en atención al Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza a los contribuyentes y vecinos de Cerro Azul, para el pago de sus obligaciones tributarias, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, en uso de la atribución conferida por la Primera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 009-2011/MDCA;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA: PRORROGA DE AMNISTIA TRIBUTARIA
Artículo Primero.- PRORROGUESE, con efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma hasta el 30 de Setiembre del presente año, la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria, aprobada por Ordenanza Municipal Nº 009-2011/MDCA.
Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial «Al Día con Matices» de Cañete, en coordinación con la Gerencia de Administración Tributaria a fin de garantizar su difusión y ejecución.
Regístrese, Comuníquese y Publíquese
HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE
*****
EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del Señor Juez Doctor Raúl Cuentas Lagos, y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentado por FELICITA PONCE VEGA, de quien en vida fuera su padre Paulo Ponce Carranza, fallecido el 29-10-2009, AB INTESTATO, en el distrito de San Vicente de Cañete. Comunicándose para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria. Lo que se publica para los fines legales y pertinentes. Mala, 30 de Junio del 2011.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2009-746 a ALEX JAIME GUTIERREZ RODRIGUEZ. Instructiva. Día 05.09.2011 a horas 11:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Robo Agravado. Agraviado; JIA inversiones.
EXP.-930-2009 a las agraviadas GISELA GATICA MASIAS Y CARMEN MASIAS CARBAJAL por no haber sido plenamente identificados en el proceso. Delito; Promoción y Favorecimiento de la prostitución. Agraviado; La sociedad.
Secretaria Flores
Cañete 23.08.2011
EXP.-517-2006 a PERCY JOAQUIN GARIBAY CARDENAS. Para Instructiva. Delito; Violación sexual. Agraviado; Menor. Secretario Astohuaman. Cañete 01.06.2011
EXP.-2008-934 a EUSEBIO CONDORI VICENTE. Para ampliación de Instructiva. Día 07.09.2011 a horas 3:00p.m bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y disponer su ubicación y captura a nivel nacional. Asimismo la declaración judicial del representante legal de EMPRESA TRANSTOPER SAC como tercero civil responsable. Día 07.09.2011 a horas 3:30p.m. Delito; Lesiones Culposas Graves. Agraviado; Eimy Andrea Ochoa Nolazco. Secretario Yaya. Cañete 26.06.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE YAUYOS; Juez: Suárez; Cita para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra:
EXP.-009-2008 a HERLINE PITMAN QUISPE RAMOS Y PABLO FELIX MARTINEZ AGÜERO. Declarados Reos Contumaz. Delito; Robo de ganado y receptación. Agraviado; Hernando Alvaro Gervacio Rivera.
EXP.-071-2008 a AUGUSTO QUILCA ÑAUPA Y RUBEN DARIO ROMERO RODRIGUEZ. Declarados Reos Ausente. Delito; Peculado. Agraviado; Municipalidad Distrital de Alis. Secretario Delgado.
Yauyos 16.08.2011
2, 3 y 5 de Setiembre
EDICTO JUDICIAL
Exp. 2008-0052, por ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez José De La Cruz Vargas, ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 1 (04/07/2008) se resuelve admitir la demanda interpuesta por Agrícola Santa Bárbara S.A., representada por su Gerente General Máximo Palomino Vargas contra Gerardo Daniel Suárez Durand y Rosa Angélica Rojas Machacuay sobre Reinvindicación y Restitución Posesoria del Predio Rústico, vía proceso de conocimiento. RESOLUCION N° 35 (03/08/2011) Se resuelve: SUSPENDER el presente proceso hasta que se emplace a la Sucesión de Gerardo Daniel Suárez Durand, para que en el plazo de sesenta días, comparezca al proceso y haga valer su dercho con arreglo a ley; bajo apercibimiento de proseguirsele el proceso con un curador procesal, debiendo para tal fin notificar por edictos tanto el Diario Oficial “El Peruano”, y el Diario Local “Al Día Con Matices”, por tres días hábiles. Fdo. José De La Cruz Vargas, y Jovanna Hernández Vásquez - Secretaria Judicial. Cañete, 03 de Agosto del 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
2, 5 y 6 de Setiembre
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por JOSÉ JESÚS BUGOSEN CHALUJA (SUCESOR PROCESAL DE DANJEN S.A. Y ESTA SUCESOR PROCESAL DE BANCO CONTINENTAL) CONTRA Don RENZO ALDO VEGA GATTI y su esposa Dona MATILDE ZARATE SANCHEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 02999-2000-0-1401-JR-CI-01, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, a cargo del señor Juez Dr. Alfredo Aguado Semino, Especialista legal: Dr. José Antonio Bravo Soto, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la UBICACIÓN RURAL PARCELACIÓN RÚSTICA ZONA LA QUERENCIA SUB LOTE 26-B, Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 21000121 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US $ 500,000.000 (Quinientos mil y 00/100 Dólares Americanos)
PRECIO BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la valorización ascendente a US$ 333,333.33 (Trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Dólares Americanos)
AFECTACIONES:
a) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00001 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 210000121, de propiedad del ejecutado Renzo Aldo Vega Gatti, a favor del Banco Continental - Sucursal Ica, hasta por la suma de US $ 54,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones y las de su cónyuge Doña Matilde Zárate Sánchez, con la entidad bancaria. Así consta de la Escritura Publica del 27/02/1998 otorgada ante Notario Juan Azula Aguinaga por licencia concedida al titular Notario Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 04/03/1998 a las 01:11:00 PM horas, bajo el N° 1998-00000711 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/. 256.10 Nuevos Soles, con Recibo 00000870. Cañete, 16/03/1998. Registrador Público: Víctor Villanueva Rivera. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.
b) AMPLIACIÓN DE HIPOTRECA registrada en el Asiento D00002 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida electrónica ha sido ampliada hasta por la suma de US $ 160,000.00 Dólares Americanos, a fin de asegurar las obligaciones contraídas con el Banco. Así consta de la Escritura Pública del 11/02/1999, otorgada ante Notario Público de Lima, Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 14/05/99 a las 10:49:44 horas, bajo el N° 1999-00001522 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/ 547.60 Nuevos Soles, con Recibos Números 00001886, 00002170. Cañete, 07/06/99. Registrador público: Luis Antonio Vargas Rivas. Zona Registral N° IX – Sede Lima
c) CESIÓN DE DERECHOS registrada en el Asiento D00003 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. DANJEN S.A. debidamente registrado en la Partida 0129615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, es el nuevo acreedor de las hipotecas registradas en el asiento D00001 y su ampliación registrada en el asiento D00002 de la presente partida, en mérito a la cesión de derechos de créditos celebrados con su anterior acreedor el Banco Continental, valorizándose dicha cesión en la suma de US$ 50, 000.00 Dólares Americanos. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 23.02.2008, otorgada ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Fernandini Barrera. El Título fue presentado el 05/10/2009 a las 11:31.48 A.M horas, bajo el N° 2009-00009097 del Tomo diario 0083. Derechos cobrados: S/. 461.75 Nuevos Soles, con Recibos Números 00007976-01, 00009866-01. Cañete, 09 de Diciembre del 2009. Registrados Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
d) Renovación de Hipoteca, registrada en el asiento D00004 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, la misma que ha sido ampliada en el asiento D00002 y cedida a favor del nuevo acreedor DANJEN S.A. en el asiento D00003; ha sido renovada por cuanto a la fecha no se ha extinguido la obligación garantizada con la misma. Se procede de conformidad con el Art. 93 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, mediante solicitud con firma legalizada del representante del nuevo acreedor Daniel Malamud Wechselblatt. El Título fue presentado el 29/12/2010 a las 02:34:24 PM horas, bajo el N° 2010-00010034 del Tomo Diario 0083. Derechos cobrados: S/. 35.00 Nuevos Soles, con Recibos Números 00000309-01, 00011133-01 Cañete, 14 de enero de 2011. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
e) Cesión de Hipoteca, registrada en el asiento D00005 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. José Jesús Bugosen Chaluja, soltero, identificado con D.N.I. N° 07913007, es el nuevo acreedor de la hipoteca inscrita en el Asiento D00001, ampliada en el Asiento D00002 cedida en el Asiento D00003 y renovada en el Asiento D00004 de la presente Partida Electrónica, en merito a la cesión de derecho hipotecario celebrada con DANJEN S:A:, inscrita en la Partida N° 01269615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima . Así consta de la Escritura Publica, de fecha 11/07/2011 otorgada ante Notaria de Lima, Cecilia Hidalgo Moran. Cañete, 08 de agosto de 2011. Registrador Público: Manuel Alejandro Guevara Chilin. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: EL día 19 de setiembre de 2011 a las 14:00 horas (Dos de la Tarde).
LUGAR DEL REMATE: En el local de Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica – Sede Central, ubicado en Calle Ayacucho N° 500 (frente a la Plaza Sebastián Barranca), Provincia y Departamento de Ica.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello de No Negociable) girado a su nombre y presentaran su arancel judicial (con copia del arancel y del D.N.I.) suscribiendo dicho arancel, con numero de expediente y generales de ley; en caso de ser persona jurídica presentarán copia de poderes correspondientes y R.U.C. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el articulo 732° del código Procesal Civil y están afectados al IGV. Ica, 15 de agosto de 2011. MARTILLERO: GUILLERMO JOSÉ RIVAROLA COLE, ABOGADO, MARTILLERO PÚBLICO. Reg. N° 232.
Guillermo Rivarola Cole
Martillero Público Reg. N° 232
Abogado
José Antonio Bravo Soto
Secretario Judicial - Primer Juzgado Civil de Ica
Publicar: 29, 31 de Agosto, 1, 2, 5 y 6 de Setiembre.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario