08 noviembre 2011
MILLONARIO PROYECTO DE SANEAMIENTO EN QUILMANA HABRIA PROPICIADO ENFRENTAMIENTO ENTRE FACCIONES DE CONSTRUCCION CIVIL
Hacerse de la obra «Mejoramiento Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado y la Construcción de la Planta de Tratamiento de Agua Residuales en el Distrito de Quilmaná, CP Los Ángeles, y Buenos Aires, Provincia de Cañete, Lima» habría propiciado el último de los enfrentamientos a balazos entre las facciones de construcción civil que le costó la vida al mototaxista Santos Raúl Barbosa Cárdenas.
Y es que los más de 15 millones que se planea invertir en el ambicioso proyecto parece ser un bocado delicatessenn que movió al grupo liderado por Favio Carbonero a desplazarse hacia la capital de la Cordialidad el último domingo con la excusa de izar la bandera de la ciudad pero con la clara intención de empezar a marcar territorio.
Lo propio habría hecho la otra facción de la propia zona liderada por Raúl Polar, bajo el mando de los hermanos Tapia, según acusó el propio Carbonero. Y cómo dos cables pelados hacén cortocircuito, la balacera se desató sin que medie consideración a la población civil.
Producto del enfrentamiento falleció el conductor del mototaxi quien no hizo otra cosa que trasladar a uno de los efectivos policiales que buscaba que atrapar a los delincuentes en mención y a quien se le habría escapado un tiro.
Los familiares del Mototaxista Santos Paul Barboza Cárdenas aún no pueden contener el llanto mientras tratan de entender que la violencia del país que azota al país terminó con la vida de un ser querido.
Como se sabe todo ocurrió a las 8:10 am del domingo cuando en la plaza de armas de Quilmaná se produjo un enfrentamiento entre 300 personas agremiadas al Sindicato de Construcción Civil del Distrito Quilmaneño, escuchándose disparos de arma de fuego, ante lo cual personal policial de esta jurisdicción desenfunda sus arma de reglamento con el fin de visualizar y repeler a los autores del los disparos.
Una persona herida en la pierna derecha era auxiliado por sus compañeros, quienes señalaron a cincos individuos que se encontraban distantes a 30 metros de distancias, dándose a la fuga e iniciándose una inmediata persecución, por lo que el SOT.1ra. PNP. César Cisneros Huallanca, quien perseguía a uno de estos facinerosos y al notar que le llevaba una considerable distancia, detuvo a Santos Barboza quien se desplazaba en su moto taxi llevando a sus tres hijos y a su primo hermano. Se señala que el agente con su arma de fuego en mano lo conmino a perseguir a los revoltosos.
«Le hemos dicho al policía que hay niños cuando detuvo la moto, el policía insistió con el arma en la mano y le dijimos hay niños en la moto, el siguió insistiendo, Santos sobre para y acelera bruscamente ocurriendo un tiro» refirió un testigo.
Inmediatamente fue auxiliado y trasladado a la posta médica de Quilmaná donde llego cadáver. El herido fue identificado como Martin Aroste Loa y el autor de los disparos seria presuntamente ocasionado por un tal «Ñogo».
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Organizado Por La UGEL 08 Y La FEDAC...
NOVEDOSO CONCURSO ESCOLAR «EL SABER PARA TRIUNFAR»
Novedoso concurso escolar es para mejorar el nivel académico de las Instituciones Educativas Públicas de la Provincia de Cañete, expreso Marco Antonio Caldas Pozo, Presidente de la Federación de APAFAS de la Provincia de Cañete.
En entrevista brindada a nuestro medio de comunicación el Presidente de la FEDAC manifestó, que este concurso lo organiza la FEDAC y la UGEL 08 de Cañete, con la finalidad de promover los valores de solidaridad, confraternidad y ayuda mutua entre los alumnos del aula escolar, para que el intercambio de conocimientos y trabajo en grupo de los alumnos eleve el nivel académico de la educación cañetana.
Por ser el primer concurso de esta modalidad, se realiza entre las Instituciones Educativas Públicas, en años venideros se evalúa incluir a las Instituciones Educativas Privadas. Así mismo se evalúa realizar esta modalidad de concurso entre las Instituciones Educativas Públicas de la zona rural e Instituciones Educativas Públicas multigrado, donde un Profesor tiene a su cargo varios grados del nivel primario.
Esta variedad del concurso se realizará considerando el diferente nivel académico de las Instituciones Educativas, teniendo en cuenta los recursos materiales, económicos, personales y geográfico, entre otros.
Se vienen inscribiendo Instituciones Educativas de diversos distritos de la Provincia de Cañete, buscando reconocer el esfuerzo que realizan los Alumnos y Docentes de las Aulas.
Para dar la oportunidad que participen mayor cantidad de Instituciones Educativas Públicas la inscripción se realizará hasta las 12.00 m. del día miércoles 09 del pte. en la UGEL 08, CEM de Imperial o CEM de Pacarán, luego el Comité de Evaluación seleccionará a las 10 mejores aulas que rendirán la evaluación escrita, a realizarse el día domingo 13 del pte. en la IEP 20874.
La FEDAC viene coordinando con Autoridades de la Provincia para que apoyen este concurso con la donación de presentes que serán entregados a los Alumnos y Docentes de las aulas ganadoras, en la Ceremonia de premiación a realizarse al final del concurso.
En este esfuerzo por elevar el nivel académico de las Instituciones Educativas de Cañete debe valorarse también el esfuerzo de los Padres de Familia, APAFAS; personal Directivo, personal Jerárquico, personal Administrativo de las IEP, de la UGEL 08, del CEM de Imperial, del CEM de Pacarán, de las Autoridades e Instituciones, entre otros.
En mérito de esta y otras actividades podemos expresar que la Federación de APAFAS de la Provincia de Cañete – FEDAC, liderado por el incansable Marco Caldas Pozo, en coordinación con la UGEL 08, Autoridades e Instituciones Públicas y Privadas, vienen realizando diversas actividades para que el nivel académico de Cañete sea de mejor calidad.
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ALCALDESA DE NUEVO IMPERIAL LOGRA POR GESTIÒN CONVENIO ENTRE MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS Y LA EMPRESA EDECAÑETE EN EL PROGRAMA «LUZ PARA TODOS»
La Alcaldesa Distrital de Nuevo Imperial, Dra. Zulma Matumay Santos, preocupada de su pueblo para que cuente con los servicios básicos y puedan obtener una mejor calidad de vida.
Informamos que gracias a las constantes visitas y perseverancia que se realiza a los diversos programas del Gobierno Central, la máxima autoridad edilicia de Nuevo Imperial, a logrado por gestión la suscripción del Convenio de Financiamiento y Compromiso de devolución, entre el Ministerio de Energía y Minas, la empresa Edecañete S.A. y la Municipalidad del distrito de Nuevo Imperial, el cual se deja constancia de la aprobación del financiamiento para la ejecución de las obras de Proyectos de Electrificación en el «PROGRAMA LUZ PARA TODOS», dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 116-2009.
De igual manera por gestión, se ha logrado el financiamiento con el Gobierno Regional de Lima de los Proyectos de Electrificación en los Sectores de: URB. SANTA LUISA EN EL CERCADO DE NUEVO IMPERIAL – PROCESO DE SELECCION. FUNDO EL CONDE – PROCESO DE SELECCIÓN. SECTOR CURZ BLANCA CP. AUGUSTO B. LEGUIA
De la misma forma, la Municipalidad del Distrito de Nuevo Imperial por administración directa ha logrado el Financiamiento de los Proyectos de Electrificación en los sectores de:
FUNDO SANTA ANA – EN EJECUCION. ANEXO BELLAVISTA DE CONTA – POR EJECUTARSE.
De esta manera, nuestra Autoridad Edilicia, demuestra su capacidad de gestión en diversas instituciones del estado, Gobierno Regional y otras Instituciones.
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CORTE SUPREMA DECLARA ILEGAL HUELGA DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL...
La Corte Suprema de Justicia declaró ilegal la paralización de labores convocada por la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial (FNTPJ), para los días 8 y 9 de noviembre, por no cumplir con los requisitos necesarios.
La Resolución Administrativa Nº 388 – 2011-P-PJ señala que el referido gremio no cumplió con los requisitos exigidos por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, el cual precisa que los huelguistas deben garantizar personal necesario para evitar la interrupción de los servicios públicos esenciales.
Asimismo, indica que los oficios de fecha 4 de noviembre, remitidos por Juan Olivos Cajusol en calidad de Secretario General de la FNTPJ para anunciar la medida de fuerza, no son válidos porque Olivos Cajusol no figura como tal en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (ROSSP).
«Se puede verificar que el Secretario General de la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, inscrito para el periodo del 23 de setiembre de 2011 al 22 de setiembre del 2013, es el señor Segundo Guzmán Saldaña Vásquez», precisa la Resolución Administrativa.
La Corte Suprema de Justicia también dispuso la aplicación de las acciones necesarias que permitan garantizar la atención de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial.
Asimismo, ordenó que se tomen las medidas correctivas correspondientes en caso se verifiquen actos contrarios a los regulados por las leyes en materia laboral.
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11 AÑOS PARA RESPONSABLES DE IRREGULAR VENTA DE TERRENOS EN CHILCA...
La Sala Penal Liquidadora Anticorrupción sentenció a 11 años de pena privativa de libertad a los funcionarios de Cofopri involucrados en la venta irregular de un terreno de 30 hectáreas al sur de Lima a un precio subvaluado.
Se trata de los funcionarios Julio Calderón Hidalgo y Hernando Hidalgo Díaz, quienes fueron sentenciados por los delitos de cohecho, colusión y falsedad ideológica.
También fue condenado a once años de prisión Oswaldo Chauca Navarro, quien fuera favorecido con la venta de terreno, así como sus colaboradores Mery Campos Alarcón y Ana Salazar Olivares.
El procurador anticorrupción, Julio Arbizu, informó que su despacho se encuentra evaluando si apela la sentencia en cuento a reparación civil se refiere, ya que la defensa del Estado pidió el monto de un millón de nuevos soles, mientras que el fallo determinó que los inculpados paguen una reparación de 5oo mil nuevos soles.
De otro lado, informó que el exdirector ejecutivo de Cofopri, Omar Quezada, podría ser incluido en las investigaciones de este caso de venta irregular de terrenos.
«La Sala ha tomado la decisión de enviar copia certificadas al Ministerio Público respecto de otros funcionarios sobre los cuales podría abrirse una investigación preliminar, entre esos funcionarios está por ejemplo quien fuera la máxima autoridad de Cofopri, el señor Omar Quezada», anotó.
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REGION LIMA INICIA REPOBLAMIENTO DE CAMELIDOS SUDAMERICANOS EN PROVINCIA DE OYON...
Un lote de 300 alpacas genéticamente mejoradas fue entregado a las comunidades campesinas de la provincia de Oyón, con el propósito de iniciar su repoblamiento en las zonas altas, informó hoy el Gobierno Regional de Lima.
El presidente regional de Lima, Javier Alvarado, resaltó que estos camélidos sudamericanos garantizan la preservación de la biodiversidad genética en las comunidades de Oyón, Quichas, Rapaz, Mallay y Huancahuasi, a más de 3,200 metros.
Precisó que se trata de 270 alpacas reproductoras hembras y 30 reproductores machos, valorizadas en 242,100 nuevos soles.
Los productores ganaderos podrán beneficiarse de la lana que produce este animal en vías de extinción y tejer diversas prendas de gran demanda en el mercado textil mundial.
Una vez que el animal concluye su edad reproductora, su carne, que tiene más valor proteínico que el vacuno y menos grasa, podrá ser utilizada para el consumo directo, resaltó.
La máxima autoridad regional entregó el lote de alpacas al alcalde de Oyón, Edgardo Huaraz Ugarte, y a los presidentes de las comunidades campesinas, quienes le expresaron su agradecimiento por el constante apoyo que reciben de su administración.
Su visita formó parte del programa oficial de aniversario de la provincia de Oyón que el sábado cumplió 26 años de fundación.
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OCHO AÑOS PARA QUIENES VENDAN PRODUCTOS PIROTECNICOS A MENORES DE EDAD...
El Ministerio Público advirtió que la venta de productos pirotécnicos, legales o ilegales, a menores de edad está sancionada con ocho años de pena privativa de libertad y si el uso del producto provoca lesiones graves o la muerte de una persona, la pena se eleva a diez años de prisión efectiva.
El fiscal provincial de Huaycán, Alfonso Barrenechea, informó que las sanciones al respecto están fijadas el Código Penal y en la Ley 27718, que regula la fabricación, importación, depósito, transporte, comercialización y uso de productos pirotécnicos.
En declaraciones brindadas en el programa Los Fiscales, que transmite radio Nacional, Barrenechea dijo que el Ministerio Público viene realizado una serie de operativos ante el incremento de las actividades comerciales de productos pirotécnicos con miras a las festividades de fin de año.
Explicó que sólo el transporte de pirotécnicos ya es un delito, por lo que «el conductor de cualquier vehículo que traslade estos productos con la intención de obtener un ingreso adicional, puede ser sancionado hasta con cárcel», enfatizó.
Dijo incluso que si la compra de pirotécnicos la realizan menores de edad, mayores de 14 años, ellos estarían incurriendo en una infracción a la ley penal y por tanto serían pasibles a una medida socioeducativa por la comisión del delito.
Por su parte el Jefe de la Unidad de Desactivación de Explosivos de la Policía Nacional (UDEX) comandante Gustavo Medina Gironcini, saludo el trabajo preventivo y de persecución que desarrollan los fiscales del Ministerio Público en este sentido.
Dijo que el año pasado, la unidad especializada a su cargo ha trabajado directamente el tema de la prevención en colegios y mercados con 77 fiscalías y que espera para este año superar el número, toda vez que hay una necesidad de concientizar a la población sobre los riesgos que representan el uso de productos pirotécnicos.
«Lo ideal sería erradicar los pirotécnicos de nuestra cultura, pero sabemos que eso es imposible por ahora» remarco.
A su turno, el gerente de comercialización y fiscalización de la Municipalidad de Lima Metropolitana, Álvaro Anicama, aclaro que las ferias de pirotécnicos solo podrán funcionar si cuentan con el permiso de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) pues es el único ente rector en brindar las autorizaciones.
En este sentido, precisó que las municipalidades distritales no pueden autorizar la apertura de ferias de pirotécnico, si antes no existe uno de la Dicscamec y que para el 15 de diciembre ya se tendrá la relación de ferias donde el público adulto podrá concurrir para adquirir solo los pirotécnicos autorizados.
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En San Antonio También Hablan De «Faenón»
DENUNCIAN QUE CIUDADANO DANIEL VIRHUEZ, ES VÍCTIMA DE LOS OPERADORES DE JUSTICIA
SAN VICENTE.- Hace unas semanas el ciudadano Eduardo Virhuez Robles, en compañía de sus abogados, denunció ser «víctima» de algunos magistrados de la Corte Superior de Justicia de Cañete, por no llevar correctamente el proceso judicial, producto del cual está a punto de ser desalojado de un inmueble en San Antonio en el cual pernocta cerca hace diez años.
Los abogados de Virhuez Robles, sin tapujos y firme en sus decisiones, no escatimaron esfuerzo alguno para denunciar, sin respetar siquiera la investidura de la titular de la Corte, Dra. Luz Roque de quien dijo que dada la familiaridad con la Consejera Regional, Liliana Torres Castillo, emitirían fallos favorables a su favor.
Estas acusaciones, bien merecerían ser investigados por los magistrados del Órgano de Control de la Magistratura, OCMA, u otros organismos jurisdiccionales, toda vez que alertan de un aparente «faenón» con los terrenos eriazos del Estado.
HISTORIA
«Mi patrocinado tiene un inmueble en posesión desde el año 92 en Puerto Viejo, San Antonio. Y ha sido víctima de los operadores de justicia de esta Corte», señaló uno de los abogados de Virhues.
Dijo que la tramitación de desalojo por ocupación precaria por la demandante empresa Sociedad Agrícola Tres Cruces en liquidación contra su patrocinado Daniel Virhues Robles, estuvo plagado de irregularidades.
«No obstante ello, hubo una sentencia desfavorable y está en ejecución», precisan recordando que en parte de este proceso la interviniente fue la Dra. Luz Roque Montesillo conjuntamente con el Dr. Vivas Sierra y el Dr. Isaías Ascensio Ortíz de la Sala Civil de la Corte.
LILIANA TORRES
En tono enérgico y sin tapujos, los letrados responsabilizaron a la Dra. Liliana Torres Castillo, quien es abogada de la Sociedad Agrícola Tres Cruces en Liquidación, constituyéndose en el «núcleo» para quebrar el fallo.
¿Y por qué Liliana Torres?. Fue la pregunta. Y los abogados de Virhuez Robles, expresaron que ella, tiene cierta familiaridad con la titular de la Corte de Cañete por ser su comadre.
«Cuando la Dra. Luz Roque Montesillos, fue integrante de la Sala Civil, ponente en el caso de desalojo por ocupación precaria, resolvió en contra de mi patrocinado a pesar que las pruebas nos favorecían», precisó.
Los abogados expresan que en el proceso, no se determinó las áreas de materia de desalojo, menos se precisó los puntos colindantes, según consta en el acta de inspección ocular.
«Se advirtió esto al Juez de Primera Instancia y también a la Dra. Luz Roque, en su oportunidad. No obstante ello, el fallo nos desfavoreció», precisó.
Los abogados de Virhuez Robles, consideran que la sentencia es «inejecutable». «Es decir: ¡No se puede desalojar!. Sin embargo, se está ordenando la desocupación de este inmueble de ocho hectáreas!».
Precisa que el Dr. José De la Cruz, Juez del Juzgado Mixto de Cañete, quien ejecuta la sentencia, se extralimita en sus funciones al interpretar un fallo que la Ley prohíbe y de esta manera desnaturaliza el proceso.
La cosa no queda aquí. Incluso, denunciaron que hay todo un andamiaje entre la Corte y el Gobierno Regional de Lima, y del cual señalan como nexo a la consejera por Cañete.
El sonado «Caso Virhuez», da para más. Incluso, alistarían una nueva conferencia para dar a conocer mayores detalles de este nuevo escándalo que nada bueno le hace a nuestros órganos jurisdiccionales.
Lo cierto es que en todo proceso judicial, ambas partes señalan tener la razón siempre... y los magistrados que están a cargo de la solución de los problemas, deben de saber comportarse como el fiel de la balanza.
No basta con emitir fallos de acuerdo a Ley, se necesita también tener una conducta proba en todos los quehaceres de su vida.
Igualmente, hay que señalarle a los litigantes, que los fallos no nos pueden dar la razón siempre... siempre existirá alguien que tiene la razón, y esa persona hablará de que los jueces han sido transpartentes y justos, y habrá tambien los que recibirán fallos en su contra, y serán raros los casos, que señalen que fallaron en forma justa, casi siempre hablarán de jueces deshonestos, corruptos, etc.
Desde aquí, un llamado a los Jueces y Magistrados a que entiendan que su accionar permitirá una sociedad más justa y equilibrada. Por ello, reclamamos juicios transparentes apegados a la legalidad, y magistrados probos y honestos.(Wc)
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ESTRELLAS DEL DEPORTE... «La Voz de los Campeones»
Por Alberto Ramos de la Cruz.
RECUERDOS DE LAS BODAS DE ORO: PROMOCION JULIO C. TELLO 1961
Amanece el sábado 05 de Noviembre del 2011 y la naturaleza nos alegra con un esplendoroso sol como si ella adivinara la fecha fijada como el gran día, como si fuera «El día D». Para los Sepulvedanos de la Promoción Julio C. Tello 1961, cumplían sus «Bodas de Oro», fecha acariciada en silencio y en secreto como susurro del viento para todos sus integrantes, pero a leguas, se notaba el deseo de querer llegar y celebrar. Deseo que comenzó a germinar el año 2010 en la reunión anual de 49 años, allí empezó a crecer la idea de una celebración que identifique para siempre este acontecimiento. Con este compromiso empezó el 2011, año de la Bodas de Oro de la Promoción, 50 años que habíamos dejado el colegio, 50 años que se ha vivido intensamente, 50 años de recuerdos, nostalgias y anhelos, cumplidos o no, pero deseos siempre de una superación constante recorriendo caminos desconocidos y difíciles de sortear.
Acuerdos básicos analizados detenidamente en reuniones convocadas para adoptar una decisión final, todos cumplidos a cabalidad. Dos grandes placas del recuerdo para el Colegio, una reunión de todos los miembros de la Promoción en un local aparente, invitación a nuestros profesores, iniciando la celebración con un agradecimiento especial a nuestro creador, con una Misa oficiada en la Catedral de San Vicente con la asistencia de todos. Luego, el traslado hasta el colegio con banda de músicos cantando el Himno del Colegio; ex sepulvedanos que desde las veredas, aplaudían este desfile y acompañaban a cantarlo voz en cuello. Reconfortantes las palabras de bienvenida a la Promoción expresadas por el Sr. Director del Colegio Samuel Meza y la intervención de Yoli Huapaya a nombre de la Promoción. Grata y amena la charla del recuerdo que expresaron los profesores que nos acompañaron.
Finalmente la reunión central en el local «Géminis» de San Vicente, con las palabras de introducción de Luis Andía, para dejar la posta al Maestro de Ceremonias. La actuación empezó con el Himno Nacional, discurso de orden a cargo de nuestro Compañero Oswaldo Morizaki, el brindis de Honor que tuve la suerte de dirigir, el baile de la promoción 50 años después, un buen almuerzo, postre, torta, sodas, vino, cerveza y más a discreción, recuerdos especiales para los miembros de la Promoción y profesores asistentes y finalmente una gran fiesta que se prolongó por varias horas con un buen conjunto musical, interpretaciones de nuestra época para el disfrute de todos, culminando con la serenata al Colegio.
Así transcurrió este día, que será una fecha grata grabada en nuestra memoria, difícil de olvidar, posiblemente mucho más grata todavía, cuando veamos las fotos y filmaciones de esos momentos; cada vez que las veamos, recordaremos con emoción real y sincera este gran reencuentro de los ex alumnos de lo que será para nosotros siempre, el Colegio Nacional Sepúlveda de Cañete, cincuenta años de la Promoción Julio C. Tello, en sus Bodas de Oro. Saludos para todos. Gracias a Dios que nos permitió tanta felicidad, en tan pocas horas. ¡Que venga la siguiente Boda!.
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EDICTO JUDICIAL
Exp. 2011-0090, por ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez José De la Cruz Vargas, ha resuelto lo siguiente Resolución N° 2 (13/10/2011) se resuelve 1° Admitir la demanda interpuesta por SENAIDA PEÑA MANRIQUE contra MARIA ISABEL GAMONAL ABARCA Y LA SUCESIÓN DE AVELINO GAMONAL LANDEO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, vía proceso de abreviado. 2° Conferir traslado a la demandada Maria Isabel Gamonal Abarca, por el pazo de diez días para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía. 3° Notifíquese mediante edictos a la Sucesión de Avelino Gamonal Landeo, a fin de que en el plazo de SESENTA DIAS, se apersone al proceso para que haga valer su derecho con arreglo a ley, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo para tal fin notificar por edictos tanto el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de mayor circulación de la localidad por tres veces con intervalo de días hábiles. 4° Por ofrecidos los medios probatorios, y agréguese a los autos los anexos. 5° Notifíquese a los colindantes del predio materia de litis, en sus domicilios reales que indica la recurrente. 6° Notitíquese por radiodifusión por cinco días consecutivos. 7° Publíquese un extracto de la demanda en el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de mayor circulación de ola localidad con intervalos de tres días. Fdo. Dr. José de la Cruz Vargas y Jovanna Hernández Vásquez – Secretaria Judicial. Cañete, 23 de Octubre del 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 08, 14 y 18 de Noviembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don José Augusto Vargas Arias, identificado con DNI N° 10305503, con Exp. N° 10273-11 de fecha 02-11-11, solicitando Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento, inscrito en el Libro N° 047, Folio N° 041 del año 1958; por haberse consignado el segundo apellido del padre como: Aranibal, debiendo ser lo correcto: ARANIBAR. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 07 de Noviembre del 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Carlos Alberto Vargas Arias, identificado con DNI N° 06631590, con Exp. N° 10272-11 de fecha 02-11-11, solicitando Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro N° 047, Folio N° 042 del año 1958; por haberse consignado el segundo apellido del padre como Aranibal debiendo ser lo correcto ARANIBAR. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 07 de Noviembre del 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segundo, Artículo 73 manda publicar que con Expediente N° 4803-2011MDQ de fecha 07 de Noviembre del presente año, que YSIDORA MILLAN CHIPANA solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de ROSMERY JUSTINA CARBONERO MILLAN registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de corregir el prenombre de la madre del titular del acta debiendo decir YSIDORA y no como se encuentra registrado en el libro N° 64 folio 006496 – Año 199. Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la ley arriba indicada.
Quilmaná, 07 de Noviembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
EDICTOS PENALES
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Sánchez; Cita, llama y emplaza:
EXP.-2009-1008; a CARLOS FELIX SALAZAR CARDENAS. Declaración Testimonial Día 11.11.2011 a horas 10:30a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Juan Gerardo Borja Salazar. Secretario; Hernández Castro. Cañete 27.10.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Para que se ponga a derecho bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-161-2007; a LEONARDO MIGUEL PISETSKY BOCCARDI. Lectura de Sentencia. Día 16.11.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Falsificación De Documentos. Agraviado; Ministerio de Transportes y comunicaciones.
EXP.-2008-096; a RAUL CALLOSANI RAMIREZ Y LUIS ENRIQUE AQUISE HUANCA. Lectura de Sentencia. Día 22.11.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Contrabando. Agraviado; Estado.
EXP.-071-2009; a LUIS GOVANNI RENDON MALASQUEZ Y EVELYN JHANET YTOZO VEGA. Lectura de Sentencia. Día 22.11.2011 a horas 11:15a.m. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Empresa «Nu»
Secretario Cacepa
EXP.-2009-97; a RICARDO FIDEL BARRANTES OYAGUE Y JULIO ABELARDO ZEGARRA LEIVA. Lectura de Sentencia. Día 10.11.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación. Agraviado; Hortensia Irene Sánchez.
Secretario Yeren. Mala 25.10.2011
5, 7 y 8 de Noviembre
COMUNICADO
La empresa SUPERA-T SAC tiene el agrado de invitar a toda la población cañetana al ciclo de conferencias que tendrán inicio este 8 de Noviembre a las 6:30 p.m en Jr. O‘Higgins Nº 285 – San Vicente. Además entre los asistentes al ciclo de conferencias se rifará una laptop.
Gerencia de Marketing
PRIMERA CONVOCATORIA
A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por JOSÉ JESÚS BUGOSEN CHALUJA (SUCESOR PROCESAL DE DANJEN S.A. Y ÉSTA SUCESOR PROCESAL DE BANCO CONTINENTAL) contra Don RENZO ALDO VEGA GATTI y su esposa Doña MATILDE ZÁRATE SÁNCHEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 02999-2000-0-1401-JR-CI-01, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, a cargo del señor Juez Dr. Alfredo Aguado Semino, Especialista Legal: Dr. José Antonio Bravo Soto, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la UBICACIÓN RURAL PARCELACIÓN RÚSTICA ZONA LA QUERENCIA SUB LOTE 26-B, distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 21000121 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 500,000.00 (Quinientos mil y 00/100 Dólares Americanos)
PRECIO BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la valorización ascendentes a US$ 333,333.33 (Trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 dólares americanos).
AFECTACIONES:
a) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00001 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 210000121, de propiedad del ejecutado Renzo Aldo Vega Gatti, a favor del Banco Continental – Sucursal Ica, hasta por la suma de US$ 54,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones y las de su cónyuge doña Matilde Zárate Sánchez, con la entidad bancaria. Así consta de la Escritura Pública del 27/02/1998 otorgada ante Notario Juan Azula Aguinaga por licencia concedida al titular Notario Eduardo Laos Mora. Cañete 16/03/1998. Registrador Público: Víctor Villanueva Rivera. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.
b) AMPLIACIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00002 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 del a presente Partida Electrónica ha sido ampliada hasta por la suma de US$ 160,000.00 Dólares Americanos, a fin de asegurar las obligaciones contraídas con el Banco. Así consta de la Escritura Pública del 11/02/1999, otorgada ante Notario Público de Lima, Eduardo Laos Mora. Cañete, 07/06/99. Registrador Público: Luis Antonio Vargas Rivas. Zona Registral N° IX – Sede Lima.
c) CESIÓN DE DERECHOS registrada en el Asiento D00003 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. DANJEN S.A. debidamente registrado en la Partida 0129615 del registro de Personas Jurídicas de Lima, es el nuevo acreedor de las hipotecas registradas en el asiento D00001 y su ampliación registrada en el asiento D00002 de la presente partida, en mérito a la cesión de derechos de créditos celebrados con su anterior acreedor el Banco Continental, valorizándose dicha cesión en la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 23.02.2008, otorgada ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Fernandini Barrera. Cañete, 09 de Diciembre de 2009. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galvan. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
d) Renovación de Hipoteca, registrada en el asiento D00004 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, la misma que ha sido ampliada en el asiento D00002 y cedida a favor del nuevo acreedor DANJEN S.A. en el asiento D00003; ha sido renovada por cuanto a la fecha no se ha extinguido la obligación garantizada con la misma. Se procede de conformidad con el Art. 93 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, mediante solicitud con firma legalizada del representante del nuevo acreedor Daniel Malamud Wechselblatt. Cañete 14 de Enero de 2011. Registrado Público: Carmen Elizabeth Martínez Galvan. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
e) Cesión de Hipoteca, registrada en el asiento D00005 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121, José Jesús Bugosen Chaluja, soltero, identificado con DNI N° 07913007, es el nuevo acreedor de la hipoteca inscrita en el Asiento D00001, ampliada en el Asiento D00002, cedida en el Asiento D00003 y renovada en el Asiento D00004 de la presente Partida Electrónica, en mérito a la cesión de derecho hipotecario celebrada con DANJEN S.A. inscrita en la Partida N° 01269615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 11/07/2011 otorgada ante Notaria de Lima, Cecilia Hidalgo Moran. Cañete, 08 de Agosto de 2011. Registrador Público: Manuel Alejandro Guevara Chilin. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 21 de Noviembre de 2011 a las 14:00 horas (dos de la tarde).
LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica – Sede Central, ubicado en Calle Ayacucho N° 500 (frente a la Plaza Sebastián Barranca), provincia y departamento de Ica.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia (Sin sello de No Negociable) girado a su nombre y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley; en caso de ser persona jurídica presentarán copia de poderes correspondientes y RUC. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Ica, 17 de Octubre de 2011. MARTILLERO: GUILLERMO JOSÉ RIVAROLA COLE, ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO. Reg. N° 232.
Guillermo Rivarola Cole
Martillero Público Reg. N° 232
Abogado
José Antonio Bravo Soto
Secretario Judicial
Primer Juzgado Civil de Ica
Publicar: 02, 03, 04, 07, 08 y 09 de Noviembre.
PRIMERA CONVOCATORIA
A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por LUZ JOVITA HUAPAYA ALVARADO contra MANUEL IRINEO MALASQUEZ JARA y otros sobre DELITO CONTRA EL PATRIMONIO – USURPACIÓN AGRAVADA, Expediente N° 00518-2004 del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete a cargo del Sr. Juez Dr. Juan Edilberto Kuan Gil y el Especialista Legal Dr. Ángel Quintana Sierra, ha dispuesto sacar a Remate Público en PRIMER CONVOCATORIA de (02) bienes inmuebles, en el orden siguiente y conformados por: 1°) INMUEBLE: Constituido por el Predio Rural denominado Playa 1, ubicado en el Sector Huancani del «Proyecto de Predios de Calango Valle Mala», distrito de Calango, provincia de Cañete y departamento de Lima con Código Catastral 8_3408620_020226, cuyos dominios, linderos y medidas perimétricas obran en el Código de Predio N° P17026293 de los Registro Públicos de Cañete – hoy Zona Registral N° IX – Sede Lima. VALOR DE TASACIÓN: US$ 31,752.35 (TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 35/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 21,168.23 (VEINTE Y UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON 23/100 DÓLARES AMERICANOS) aplicando la reducción del 15% respectivamente conforme a Ley. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00003 EMBARGO por Resolución Judicial de fecha 04 de Mayo del 2009, expedida por el Juez del Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que dispone trabar Embargo en forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 10,000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de la agraviada Luz Jovita Huapaya Alvarado. 2°) INMUEBLE: Constituido por el Predio Rural denominado Jato Viejo, ubicado en el Sector Huancani del «Proyecto de Predios de Calango Valle Mala», distrito de Calango, provincia de Cañete y departamento de Lima con Código Catastral 8_3408620_020200, cuyos dominios, linderos y medidas perimétricas obran en el Código de Predio N° P17028313 de los Registros Públicos de Cañete – hoy Zona Registral N° IX – Sede Lima. VALOR DE TASACIÓN: US$. 23, 301.13 (VEINTITRES MIL TRESCIENTOS UNO Y 13/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$. 15,534.08 (QUINCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 08/100 DÓLARES AMERICANOS), aplicando la reducción del 15% respectivamente conforme a Ley. GRAVÁMENES: 1) Asiento 00003 EMBARGO por Resolución Judicial de fecha 04 de Mayo del 2009, expedida por el Juez del Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que dispone trabar Embargo en forma de Inscripción por la suma de S/. 10,000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de la agraviada Luz Jovita Huapaya Alvarado.
DIA Y HORA DEL REMATE: El remate de los dos (02) bienes inmuebles referidos, se llevará a cabo el día 16 de Noviembre a las 3:00 p.m. y 3:15 p.m. horas respectivamente.
LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado ubicado en el Km. 144 de la Panamericana Sur – provincia de Cañete, diligencia que se realizará según el orden indicado anteriormente. POSTORES: Por cada bien inmueble materia de remate oblarán el 10% del valor del a tasación en efectivo o en cheque de gerencia, adjuntando arancel judicial y copias; LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO son por cuenta de adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil en los rangos y tramos arancelarios dispuestos por el D.S. N° 008-2005-JUS, los mismos que se cancelarán el mismo día de la diligencia. Marco Antonio Urbina Chumpitassi – Martillero Público Registro N° 196 2222516 994099292.
Cañete, 18 de Octubre del 2011.
Angel Ricardo Quintana Sierra
Secretario Judicial
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete
Marco Antonio Urbina Cnumpitassi
Abogado – Martillero Público
REG O.R.L.C. 196
(01)2222516 – (01)994099292
Publicar: 04, 07, 08, 09, 10 y 11 de Noviembre.
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GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD
HOSPITAL REZOLA CAÑETE
LA COMISIÓN DE CONCURSO DE PROVISIÓN INTERNO DE ASCENSO Y DE PROVISIÓN ABIERTO DEL HOSPITAL REZOLA CAÑETE conformada mediante Resolución Directoral Nº 233-2011-DIRESA-L-HRC-UP (13/09/2011) De conformidad con lo establecido en el artículo 58º del Reglamento General de Provisión de Plazas para Organismos y Dependencias del Ministerio de Salud, aprobada por Resolución Ministerial Nº 453-SA/DM.
CONVOCA A C0NCURSO PÚBLICO ABIERTO PARA CONTRATO POR REEMPLAZO DE 02 PLAZAS DE ENFERMERA I NIVEL 10. SEGÚN CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
LA COMISIÓN
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