20 abril 2012


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL



ORDENANZA Nº003-2012/MDCA



Cerro Azul, 17 de Abril del 2012.



EL ALCALDE DEL DISTRITO DE CERRO AZUL:



POR CUANTO:

El Consejo Municipal del Distrito de Cerro azul en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Abril 2012, y



CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de su ejecución anualmente;



Que, el Articulo 17º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos.



Que, conforme al Artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y de gestión, los cuales formulan y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción. Del mismo modo en su Artículo 112º establece que los Gobiernos Locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y Gestión;



Que la Ley 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Modificatoria Ley Nº 29298, regulan la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del Presupuesto, en armonía con el Plan de Desarrollo Concertado;



Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-ef/76.01, la Dirección Nacional del Presupuesto Público –MEF, aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados;



Que, mediante Informe Nº 016-2012-GPP/MDCA, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, expone la necesidad de aprobar el inicio del proceso del Presupuesto Participativo 2013, adjuntando el Plan de Trabajo y su correspondiente proyecto de norma de aprobación, contando con el visto bueno de la oficina de Asesoría Jurídica.



De conformidad a lo establecido en los incisos 1) y 14) del Articulo 9º, de la décimo Sexta disposición Complementaria y en el uso de las atribuciones conferidas en el inciso 5) del Articulo 20º de la Ley 27972, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad lo Siguiente;



ORDENANZA MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVOS 2013 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL



TITULO I

GENERALIDADES

Artículo 1º.- Objeto

La Presente Ordenanza tiene por objeto regular el proceso de la programación del Presupuesto Participativo 2013 del Distrito de Cerro azul, estableciendo mecanismos y pautas que faciliten a su efectivo desarrollo.



Artículo 2º.- Definición

El Presupuesto Participativo es un instrumento de política y a la vez gestión, a través del cual las autoridades locales y las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, como y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta la visión y los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado – PDC del Distrito de Cerro Azul.



Artículo 3º.- Finalidad

Establecer los lineamientos generales que orienten al proceso del Presupuesto Participativo 2013 de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, priorizando las necesidades a ser atendidas de acuerdo al nuevo enfoque de Presupuesto Participativo por Resultados.



TITULO II

FUNDAMENTOS

Articulo 4º.- Objetivos

a) Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades.

b) Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades establecidas en el PDC de Cerro Azul.

c) Fijar prioridades del gasto público, en materia de gastos de inversión, garantizando la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada y estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos que constituyen verdaderas soluciones a los problemas.

d) Involucrar y comprometer a la Sociedad Civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos de Plan de Desarrollar Concertado.

e) Reforzar la transparencia, el seguimiento, la rendición de cuentas y la ejecución de las acciones concertadas en el proceso del Presupuestos Participativos; así como la vigilancia de la acción pública en general.



Artículo 5º.- Principios

a) Participación, El Gobierno Local promueve la participación de la sociedad civil en sus planes de desarrollo y presupuesto participativo.

b) Transparencia, acceso a la información acerca de los asuntos públicos y colectivos que se decidan y ejecuten.

c) Igualdad de Oportunidades, para participar sin discriminación de carácter político, ideológico, religioso, racial, género o de otra naturaleza.

d) Tolerancia, reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas, como elemento esencial para la construcción de consensos.

e) Eficiencia y eficacia, Optimizar los recursos Presupuestarios orientados al logro de los Objetivos del PDC, los cuales significan soluciones a los problemas más relevantes de la jurisdicción.

f) Equidad, igual acceso  a las oportunidades, a la inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial.

g) Competitividad, orientar a las gestión hacia la Competitividad.

h) Corresponsabilidad, entre el Estado y la Sociedad Civil organizada en la identificación de oportunidades y en la solución de los problemas comunes.

i) Solidaridad, disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros  como propios sin intereses particulares.

j) Respeto a los Acuerdos, compromiso por parte de todos los Actores de llevar adelante las definiciones concertadas.



Artículo 6º.- Base legal

a) Constitución Política del Perú

b) Ley 27680 ley de reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV sobre Descentralización.

c) Ley de bases de la Descentralización Ley nº 27783.

d) Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972.

e) Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Nº 28411.

f) Ley 28056 Ley marco del Presupuesto Participativo y su Modificatoria, Ley      Nº 29298.

g) D.S. Nº 142-2009-EF, Reglamento de la ley Marco del Presupuesto Participativo.

h) D.S. Nº 097-2009-EF. – Que establecen criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar la inversión pública.

i) Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Aprobado por R.D. Nº 007-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados.



TITULO III

ORGANIZACIÓN Y ROL DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

Artículo 7º.- Son Agentes Participantes del Presupuesto Participativo:

a) El Concejo de Coordinación Local Distrital – CCLD

b) El Alcalde

c) El Concejo Municipal

d) El equipo técnico

e) Las Organizaciones de la Sociedad Civil.

Los Agentes Participantes, tienen el rol general en el proceso:

- Participar activamente en la discusión. definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en dicho proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados.

- Suscribir las actas y demás  instrumentos que garantice la formalidad del proceso.

- Otros que demande el proceso.



Articulo 8º.- El Consejo de Coordinación Local Distrital, es el Órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad de Cerro Azul, está integrado por el Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar tal función en el Primer regidor; Los regidores y los Representantes de la Sociedad Civil elegidos previamente para tal fin.

Tiene como rol en el proceso:

- Participar y promover activamente el proceso.

- Responder a las convocatorias que realizan las autoridades regionales o locales.

- Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto Institucional Correspondiente.

- Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo.



Artículo 9º.- El Alcalde, es la Máxima autoridad local, preside el Concejo de Coordinación Local Distrital y tiene como rol en el proceso:

- Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del CCLD.

- Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público.

- Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objetos en el proceso.

- Proponer cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda.

- Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del Presupuesto Institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo, sin prejuicio que los recursos no incluidos en el Presupuesto Participativo se asignen por resultados claramente especificados.

- Disponer medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso.

- Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos.

- Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior.



Artículo 10º.- El Concejo Municipal, es la máxima instancia de aprobación del Presupuesto Participativo 2012, tiene como rol en el proceso:

- Aprobar las normas complementarias que requieran para llevar a cabo el proceso.

- Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso.

- Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Local.



Articulo 11º.- El Equipo técnico, brinda soporte técnico, para el desarrollo del proceso. Tiene como integrantes a:



-              Gerente de Planeamiento y Presupuesto:         Presidente

                María del Carmen Prentice Hernández

-              Gerente de Administración:                                      Miembro

                Juan José Nazario Guevara

-              Gerente de Desarrollo Urbano y Rural:                Miembro

                Paul Alan Welson Valencia

-              Asesoría Jurídica:                                                           Miembro

                Enriqueta Duran Pérez

-              Gerente de Servicios Generales:                            Miembro

                Ángel Artemio Álvarez Julián

-              Jefe de la Oficina de Imagen Institucional:          Miembro

                Marcelo Ochoa Yactayo

-              Un Representante de la Sociedad Civil:                                Miembro

                Designado al Inicio del taller



Artículo 12ª.- Equipo técnico, brinda soporte técnico, para el desarrollo del proceso Tiene como rol:

a) Brindar Apoyo para la organización y desarrollo del proceso.

b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo.

c) Realizar la evaluación técnica y financiera de los Proyectos Propuestos.

d) Preparar y representar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera.

e) Elaborar el «Documento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año 2013», en base a los resultados obtenidos en los talleres de trabajo.



Articulo 13º Las Organizaciones de la Sociedad Civil, tienen como rol:

- Participar durante el proceso y participar en las priorizaciones de las actividades y proyectos.

- Participar en la capacitación y rendición de cuentas en el proceso del Presupuesto Participativo 2013.



TITULO IV

DESARROLLO DEL PROCESO



CAPITULO I

DE LA ORGANIZACIÓN

Artículo 14º.- Preparación

La Municipalidad Distrital de Cerro Azul, se encargará con la debida anticipación del desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización del proceso participativo disponiendo, a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la información siguiente:

- Plan de Desarrollo Concertado

- Proyectos priorizados en el proceso participativo del año anterior considerados en el Presupuesto Institucional

- Relación de Proyectos Ejecutados.

- Recursos totales por Fuente de Financiamiento y/o Rubros para ser destinados en dicho proceso participativo.



Articulo 15º.-Convocatoria

La Municipalidad Distrital de Cerro Azul, en coordinación con el CCLD, convoca a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2013, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados.



Artículo 16º.- Identificación e Inscripción de Agentes Participantes

La identificación debe incluir la mayor participación y representatividad de la Sociedad Civil. Para ello el Gobierno Local dispondrá de formas de registro de los Agentes Participantes complementarias a las ya existentes.

La inscripción de los agentes de efectuara conforme al cronograma adjunto, previa acreditación de su elección o designación de la organización a la cual representa.



Artículo 17º.- Capacitación

El Gobierno Local en coordinación con las instituciones de la sociedad civil implementara mecanismo de capacitación de los agentes participantes, promoviendo programas de desarrollo de capacidades, acordes a las necesidades y características de la Población de Cerro Azul.



CAPITULO II

DE LOS TALLERES DE TRABAJO

Articulo 18º.- El Alcalde distrital en calidad de Presidente del CCLD, convoca a las reuniones de trabajo de los Agentes Participantes del Proceso Participativo.



Articulo 19º Presentación del Plan de Desarrollo

El desarrollo de los talleres de trabajo se inicia sobre la base de la visión y los objetivos estratégicos del PDC, previamente revisado, validado y/o actualizado al inicio de los talleres de trabajo.

La visión contenida en el PDC es única para todas las instituciones de un ámbito territorial y debe orientar las iniciativas e inversiones de los diversos factores económicos, sociales e institucionales, así como la formulación de políticas públicas.

Los objetivos de desarrollo del PDC involucran en su ejecución a los diversos factores. Los proyectos que se prioricen en el Proceso Participativo deberán responder a la visión y a los objetivos contenidos en el PDC, los que a su vez deben formularse en el enfoque de resultados.



Artículo 20º.- Diagnóstico y Priorización de Resultados

En el taller de trabajo se analizará las necesidades, problemas, capacidades y potencialidades relacionadas con los aspectos económicos, sociales, culturales y ambientales, que permitirá formular una propuesta de desarrollo integral de acuerdo a la realidad del distrito de Cerro Azul

El  Equipo Técnico presenta a los agentes participantes el diagnóstico del ámbito territorial para conocimiento e información con el objeto de ser utilizado en la identificación y priorización de resultados, entiéndase por resultados al cambio en una característica, cualidad o situación que afecta un grupo objetivo (población, instituciones, comunidades, entre otros). El resultado está vinculado a la solución de un problema prioritario  de la población.

Es un primer momento de ponen en consideración los resultados ya identificados, priorizados y analizados en el Marco del Presupuesto por resultados, a saber:

1-.Reducción de la desnutrición crónica infantil

2.- Reducción de muerte materna y neonatal

3.- Acceso a los servicios básicos y oportunidades de mercado

4.- Acceso de la población a la identidad

5.- Acceso a energía en localidades rurales rural.

6.- Logros de aprendizaje al finalizar el III ciclo

7.- Gestión ambiental prioritaria

8.- Acceso a agua potable y disposición sanitaria de excretas para poblaciones rurales

9.- Acceso a servicios públicos esenciales de telecomunicaciones en localidades rurales

10.- Seguridad Ciudadana

11.- Competitividad para la micro y pequeña empresa

12.- Productividad rural y sanidad agraria.

A partir de este diagnóstico, los agentes participantes deberán priorizar los resultados identificados, utilizando el criterio de ¨Características de la población afectada en los ámbitos de mayores niveles de pobreza extrema o vulnerabilidad¨

Los agentes participantes, con el apoyo del Equipo, deberán asignar puntajes a cada criterio para poder priorizar los resultados a ser abordados.

Los resultados priorizados orientarán la evaluación técnica a realizarse por el Equipo Técnico y la definición de priorización de proyectos.

Articulo 21º Evaluación Técnica de Proyectos 

El objetivo de esta fase es la evaluación técnica de la cartera de proyectos que tiene la Entidad y que deben ser propuestos  como contributivos al logro de los resultados priorizados. El resultado de esta fase es una lista de proyectos para ser discutida en los Talleres de Priorización y Formalización de Acuerdos.

El equipo técnico efectúa básicamente los siguientes análisis:

a) Analizar la cartera de proyectos vinculados a los resultados priorizados, verificando si estos cuentan con Informe Técnico favorable (por no estar sujeta la SNIP), su vigencia, y si estos guardan coherencia con los criterios de alcance, cobertura y monto de inversión establecidos en el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF.

b) Si el proyecto presentado no cuenta con la viabilidad requerida y responde a los criterios de priorización señalados, el equipo técnico coordina con las  unidades correspondientes su formulación y aprobación, previo informe técnico respectivo.

c) Presentar la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica y que se ajustan a los criterios de impacto; si el proyecto tiene naturaleza multianual, deberá presentarse los montos estimados de inversión por año, a fin de conocer los niveles de inversión que deberán ser considerados en los montos de inversión que se asignarán al presupuesto participativo de los años siguientes.



Artículo 22º.- Asignación del Presupuesto

Luego de identificada la cartera de proyectos de inversión y teniendo en cuenta los costos totales, y cronograma de ejecución, se asignara el presupuesto a cada uno de los proyectos, de acuerdo con la asignación presupuestaria del Presupuesto Participativo.

Los proyectos de inversión que por limitaciones presupuestales no logren financiamiento, se incluyen en un lista de proyectos alternativos que deberá recogerse en el Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos, para su consideración en el Presupuesto Participativo para el año siguiente.



Artículo 23º.- Priorización de Proyectos 

El alcalde, propone una cartera de Proyectos, concordante con los resultados priorizados, a ser sometida al Presupuesto Participativo, a fin que los agentes participantes consideren los citados proyectos de inversión a ser debatidos en los talleres.



CAPITULO III

FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS

Artículo 24º.- Presentación de Resultados.

El equipo técnico elabora el Acta de Acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo.

El alcalde presenta los resultados del Presupuesto Participativo, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos a los Agentes Participantes para su consideración y aprobación final.



Artículo 25º.- Acta de Acuerdos y Compromisos.

Aprobados los acuerdos, los miembros del CCLD y los Agentes Participantes los formalizan los acuerdos, suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, el cual debe contener las firmas de los agentes participantes.



Artículo 26º.- Remisión y Publicación de Documentos.

El documento del Presupuesto  Participativo y el Acta de Acuerdos y Compromisos del proceso del Presupuesto Participativo deben ser remitidos a la Dirección General del Presupuesto Público, en el Plazo establecido por la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto para cada año fiscal.

El alcalde, dispondrá la publicación del Acta de acuerdos y Compromisos para conocimiento de la comunidad como mínimo en el portal electrónico institucional, así como en otros medio disponibles.

Asimismo, durante el ejercicio presupuestal, en el Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo, deberá incorporarse la información sobre el avance de la ejecución de los proyectos priorizados, así como los cambios en las prioridades que se incorporen en el ejercicio presupuestal.



Artículo 27º.- Formalización de los Acuerdos y Compromisos.

Aprobados y formalizados los acuerdos y compromisos, estos serán convertidos en actividades y proyectos que son incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura para su aprobación por el Concejo Municipal.

La Gerencia de Planificación y Presupuesto elabora un Cronograma de Ejecución de proyectos que deberá ser puesto a disposición del Comité de Vigilancia, al CCLD y al Concejo Municipal.

Si en la Etapa de Ejecución, alguno de los Proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo no puede ser ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles para su atención, hecho que debe hacerse de conocimiento al CCLD y al Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo.



Artículo 28º.- Rendición de Cuentas.

Constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre autoridades y la sociedad civil. Permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente.

El alcalde informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y  Compromisos asumidos en el año anterior por las entidades del Estado y la Sociedad Civil en particular, sobre lo siguiente:

a) Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados de los Proyectos priorizados en el Proceso Participativo del año anterior.

b) Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo del año anterior y modificaciones presupuestarias realizadas.

c) Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, participantes del proceso.



TITULO V

DE LOS MECANISMOS DE VIGILANCIA



CAPITULO I

DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Artículo 29º.- El comité de Vigilancia y Control –CVC es elegido entre los Agentes Participantes de la sociedad civil, está conforme a inicios del proceso y finaliza su labor en el mes de diciembre del siguiente año.



Artículo 30º.- Requisitos para ser elegidos:

· Ser agente participante, representante de una organización social de base o de institución privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional.

· Radicar en el distrito de Cerro Azul

· No haber sido condenado por delitos de faltas.



Artículo 31º.- Funciones del CVC:

· Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo

· Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del PIA.

· Vigilar que la Municipalidad cuente con un Cronograma aprobado de Ejecución de   Obras, correspondiente al Proceso  Participativo.

· Vigilar que los recursos del Gobierno Local destinados al Presupuesto Participativo del ejercicio fiscal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.

· Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el Proceso Participativo.

· Informar Semestralmente al CCLD sobre los resultados de vigilancia.



Artículo 32º.- Informacion para el Comité de Vigilancia:

El gobierno local deberá proporcionar al comité de Vigilancia, la información referida al cronograma de inversiones, el Presupuesto Institucional  de Apertura, así como la ejecución de gastos de inversión.

El comité de vigilancia utilizara la información contenida en el ¨Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo del Presupuesto ¨



DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS



PRIMERA.- Todo asunto no previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el Equipo Técnico, es estricto cumplimiento de la Normatividad Vigente.



SEGUNDA.- Facultar al alcalde la aplicación de normas complemen-tarias del proceso mediante Decreto de Alcaldía 



TERCERA.- El presente Reglamento entrara en vigencia al día siguiente de su aprobación.



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