18 junio 2013

AUTORIZAN A «FENIX POWER» DE CHILCA PONER EN OPERACIÓN COMERCIAL SU CENTRAL TÉRMICA HASTA EL 31 DE OCTUBRE

Mediante Resolución Ministerial N° 240-2013-MEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas ha aprobado la modificación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la central Térmica Chilca de la que es titular Fénix Power Perú S.A.
La resolución ha sido emitida el último 14 de junio, al aprobar las razones de fuerza mayor señaladas por la referida empresa al amparo del literal e) del artículo 69 del reglamento de la Ley de concesiones eléctricas, aprobado por decreto supremo N° 009-93-EM.
Llama poderosamente la atención que, mediante la Resolución Ministerial Nº 476-2008-MEM/DM publicada el 11 de octubre de 2008, se aprobó la autorización a favor de FENIX POWER PERÚ S.A., para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la futura Central Térmica Chilca, con una potencia instalada de 596,7 MW, ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete y departamento de Lima.
Sin embargo, mediante la Resolución Ministerial Nº 359-2010- MEM/DM publicada el 24 de agosto de 2010, se aprobó la primera modificación de la autorización de la Central Térmica Chilca, estableciéndose que la puesta en servicio será el 31 de diciembre de 2012.
Como si fuera poco, mediante la Resolución Ministerial Nº 579-2012- MEM/DM publicada el 03 de enero de 2013, se aprobó la segunda modificación de la autorización de la Central Térmica Chilca, estableciéndose que la puesta en servicio será el 17 de junio de 2013.
Para que nuevamente le amplíen el plazo solicitó la tercera modificación de su autorización de generación de energía eléctrica, que consiste en prorrogar hasta el 31 de octubre de 2013 la puesta en operación comercial de la Central Térmica Chilca.
Esta vez sustentaron que existen demoras administrativas para la aprobación de los Certificados de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), Planes de Monitoreo Arqueológicos e Informes Arqueológicos necesarios para la construcción del ducto de conexión de gas a la Central, sumado al retraso en el diseño y construcción del ducto de conexión derivados del contrato suscrito con una entidad externa, los cuales impidieron cumplir con la fecha depuesta en operación comercial de la referida central.

2 comentarios:

Juan Tovar dijo...

Estimados amigos: La verdad es que la empresa transnacional FENIX POWER PERÚ SA. ha construido una gigantesca termoeléctrica a orillas del mar de Chilca sin contar con los permisos y autorizaciones correspondientes, según se puede interpretar su propio comunicado. Por lo tanto, es necesario que les caiga todo el peso de la ley y se les sancione como corresponde.

Juan Tovar dijo...

Estimados amigos: La verdad es que la empresa transnacional FENIX POWER PERÚ SA. ha construido una gigantesca termoeléctrica a orillas del mar de Chilca sin contar con los permisos y autorizaciones correspondientes, según se puede interpretar su propio comunicado. El Ministerio de Cultura no puede darle el certificado CIRA porque significaría la total destrucción de valioso patrimonio arqueológico y cultural. Por lo tanto, es necesario que a esta emmpresa irresponsable y a las malas autoridades que permitieron esta grave irregularidad, les caiga todo el peso de la ley y se les sancione como corresponde