El Segundo Juzgado Penal de Unipersonal de Cañete ha emitido una resolución contra Rómulo Absalón Pardo Ortega a quien ha condenado por ser autor de la comisión del delito contra el honor-difamación agravada en agravio de Eddy César del Mazo Tello.
El Juez ,Dr. Armando Pablo Huertas Mogollón impuso la pena PRIVATIVA DE LA LIBERTAD DE DOS AÑOS con el carácter de suspendida, por un periodo de prueba de DOS AÑOS y, de conformidad a lo establecido en los artículos 57º y 58º del Código Penal y a CONDICIÓN de que el indicado sentenciado CUMPLA las siguientes reglas de conducta:
a) No incurrir en la comisión similar u otro delito doloso en el período de prueba del querellante.
b) Presentarse en forma personal y obligatoria al local del Juzgado de Investigación Preparatoria respectivo como órgano de ejecución el último día hábil de cada es para informar y justificar sus actividades y firmar el libro de condenados;
c) rectificar públicamente, en el mismo medio y en igual número de veces que se difundió la noticia agraviante incidiendo de modo categórico la falsedad de la noticia que afectó el honor.
Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de alguna de las reglas conductas impuestas de revocar la medida de suspensión por de efectividad de la pena por incumplimiento de alguna de las reglas impuestas en el período de prueba.
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