MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 025-2013-MDQ
Quilmaná, 12 de Diciembre del 2013.
El Concejo Municipal Distrital de Quilmaná,
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo N° 023, y de conformidad al
Informe N° 039201-2013-G.B.F.CH/GSP-MDQ de fecha 12 de Diciembre del 2013,
emitido por el Gerente de Servicios Públicos en el cual se presenta y solicita
la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de
Quilmaná;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, y el Artículo II del Título Preliminar de la
Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80° de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala como funciones específicas
exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza
pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios
y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo regular y controlar
el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales,
industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos
locales;
Que, mediante Ley N° 27314, se aprobó la Ley General de
Residuos Sólidos y su modificatoria mediante el Decreto Legislativo N° 1065, el
mismo que en su artículo 10° preceptúa que las Municipalidades Provinciales y
Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen
domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos
similares a estos, en todo ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada
prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de
residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de
los mismos;
Que, estando a lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley
General de Residuos Sólidos N° 27314, se tiene que la gestión de residuos
sólidos en el país tiene como finalidad su manejo integral y sostenible
mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas,
planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión
y el manejo de los residuos sólidos, concordantes con los lineamientos de
política de desarrollo local;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos,
aprobado mediante D.S. N° 057-2004-PCM, en el Artículo 8°, inciso 2) establece
que tanto las Municipalidades Provinciales como Distritales son responsables de
la gestión y el manejo de los residuos de origen domiciliario comercial y de
aquellos similares a estos originados por otras actividades, asegurando una
adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte
de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final
de los mismos;
Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el
distrito de Quilmaná, ha sido elaborado por esta Municipalidad y el Equipo
Técnico de la Gerencia de Servicios Públicos, el cual establece las condiciones
para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito
distrital desde la generación hasta su disposición final asegurando una
eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades;
Que, mediante Informe N° 03901-2013-G.B.F.CH/GSP-MDQ, de
fecha 12 de Diciembre del 2013, la Gerencia de Servicios Públicos, presenta el
Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná, el cual sustenta
el cumplimiento de metas establecidas en el Plan de Incentivos a la Mejora de
la Gestión Modernización Municipal;
Que, la Municipalidad y su equipo técnico ambiental, han
elaborado el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná, el
cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los
residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su
disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los
servicios y actividades;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 9° inciso
8), Artículo 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el
Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS
DEL DISTRITO DE QUILMANÁ
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el “Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del distrito de Quilmaná” (PMRSQ), que como anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto cualquier normatividad
que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ARTICULO TERCERO.- Facultar al Señor Alcalde para que,
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la
correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de
Quilmaná, para el mejor cumplimiento del mismo.
ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Gerencia de Servicios
Públicos y Sub Gerencia de Medio Ambiente, la implementación y ejecución del
Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná, en coordinación
con las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad.
ARTICULO QUINTO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación.
REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Celestino Yactayo Villalobos
Alcalde
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