MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
REGISTRO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en mérito al Exp. N° 726-2018 MDSL don ANICETO RAMON PACHECO MARCA, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO de APARICIO PACHECO CRUZ y MAXIMILIANA MARCA AGUILAR, inscrita en la Municipalidad en el libro N° 036, folio 08, año 1977, en el cuerpo y parte textual del Acta de Matrimonio se ha consignado:
Se consignó incorrectamente uno de los prenombres de los contrayentes: en donde dice APARICIO PACHECO CRUZ, debiendo ser lo correcto SANTIAGO APARICIO PACHECO CRUZ.
Esto al amparo de la ley orgánica de Registro nacional de Identificación y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98 PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI-415-GRC/032 y los principios generales del derecho administrativo contenidos en la Ley N° 27444.
San Luis, 18 de Junio de 2018.
Marlene R. Quispe Cama
Encargada de Registro Civil
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 5845-2018
La Sub Gerencia de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 5845-2018, de doña MERY ELIZABETH SANCHEZ OCHOA, identificada con DNI N° 15373660, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 164, folio 141, del año 1965, en el sentido que se ha consignado con error en el cuerpo principal y rubro de anotaciones los nombres y apellidos de la titular como MERY ELIZABETH SANCHES OCHOA, debiendo ser lo correcto MERY ELIZABETH SANCHEZ OCHOA; asimismo se ha registrado en el cuerpo principal los nombres y apellidos de la madre de la titular como EMILIA GUMERCINDA OCHOA CUZCANO, debiendo ser lo correcto HERMILIA GUMERCINDA OCHOA CUZCANO y se omitió el registro de la firma y sello del Registrador Civil de la época resultando proceder su regularización.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la “Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época”, aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Cañete, 16 de Junio de 2018.
Abog. Marilyn J. Pacsi Muñoz
Enc. Sub Gerencia de Registro Civil
EDICTO
Ante el Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Chilca – Cañete, don GUILLERMO CUYA AVILA, identificado con DNI N° 15368323, ha solicitado con Expediente N° 1896-2018, de fecha 12 de Junio de 2018, la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN perteneciente a su padre, en el sentido que se ha consignado los prenombres como FRANCISCO DE PADUA, debiendo ser lo correcto FRANCISCO DE PAULA, en consecuencia corríjase dicho error amparando su petición en el D.S. 015-98 PCM.
Chilca, 18 de Junio de 2018.
Ing. Paula Alicia Vega Espichan
Jefe de Registro Civil
EDICTO
Exp. N° 00058-2018, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis Benjamín Vásquez Alza y Secretario Judicial Papías Abilo Sánchez Sáenz, doña LUYO FRANCIA ANTONINA LUCIA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre APOLINARIA FRANCIA MOSCOSO, fallecida el 14 de Mayo del año 2004, en el Hospital María Auxiliadora del distrito de San Juan de Miraflores – Lima, llamándose a los presuntos herederos, si los hubiera para que se apersonen conforme a Ley.
Imperial, 23 de Mayo de 2018.
Papías Abilo Sánchez Sáenz
Secretario (e) Judicial
Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial
Jesús Gonzalo Canales Alfaro
Reg. CAL N° 12159
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 188-2018 en los seguidos por ROSARIO GALVAN TRONCONES contra ROSA NERIDA GONZALES ALEJOS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO el Señor Juez ha dictado la siguiente: RESOLUCIÓN N° 01 RESUELVE: Admitir a trámite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por ROSARIO GALVAN TRONCONES contra ROSA NERIDA GONZALES ALEJOS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN REGISTRAL; TRASLADO al demandado por el plazo de DIEZ DÍAS, para que lo absuelva, por ofrecido los medios probatorios ofrecidos en la demanda, sin perjuicios de su admisión y actuación oportuna, a los autos los anexos que se adjuntan; ORDENO: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en el Diario Oficial El Peruano y el de mayor circulación de esta ciudad; de ser el caso NOTIFÍQUESE a los propietarios de los predios colindantes con el auto admisorio, demanda y anexos en la dirección indicada en el otrosí digo de la demanda. Una firma Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Cristina Medina – Secretaria Judicial.
Dra. Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Especializado Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 08, 14 y 20 de Junio de 2018.
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