Tomado De El Cazador de la Noticia
Las declaraciones emitidas por el Regidor José Antonio Caico Fernández en el sentido de que existirían direccionamientos a algunas empresas en la entrega de las buenas pros en las distintas adjudicaciones de la comuna provincial de cañete, despertó nuestro interés.
Fiel a nuestro estilo de denunciar con pruebas decidimos investigar la labor de la bien «maquillada y desastrosa» gestión de la profesora María Montoya, que goza de la aceptación de casi todos los periodistas de Cañete, debido a que mensualmente son casi 35 mil soles los que se reparten ganosamente como si trabajaran.
Y efectivamente descubrimos actos presuntos de corrupción que el pueblo cañetano tiene la obligación de conocer. Según nuestras fuentes estas empresas (son 4) ejecutan obras mal hechas, inconclusas y sin respetar el perfil técnico, a vista y paciencia de la población, con total cinismo y sinvergüencería.
NO ES NADA
Lo que ha descubierto el regidor Caico Fernández no es nada con lo que tenemos en nuestro poder y que pondría en serios apuros a esta mala docente, que ya se alucina reelecta.
Estas empresas las mismas que se burlan de los cañetanos, estaban hasta el día de hoy en el anonimato. En esta «I parte» presentamos los supuestos direccionamientos a ciertas empresas, en la que algunas no solo gana el dueño como persona jurídica sino también sus empresas.
En otros casos los proveedores pasan de simples vendedores a ejecutores de expedientes técnicos. En otros encontramos gastos escandalosos como la entrega de S/. 140 mil soles solo para que elaboren el disque Plan de desarrollo Urbano y Rural, como es el caso de la ADS N° 6-2012/MPC, en la que la empresa ECOURBE CONSULTORES, URBE SAC ARQUITECTOS CONSULTORES y AGENCIA DE SERVICIOS ESTRATÉGICOS PARA EL DESARROLLO URBANO REGIONAL – ASEDUR, se embolsicaron S/. 140,000.00 soles, por la disque FORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO Y RURAL 2012.
GESTIÓN DESASTROSA
La gestión de María Montoya es desastrosa y mediocre y aunque el esfuerzo de los periodistas cañetanos es grande para justificar los miles de soles que se llevan al bolsillo todos los meses, no puede ocultar lo evidente. Si el regidor Caico puso como ejemplo el asfaltado de la Av. Los Liber-tadores y la Losa Deportiva del centro Poblado Playa Hermosa, podemos decir que esos solo son la punta del iceberg. En nuestra II parte usted también conocerá quienes son los suertudos mermeleros de la prensa cañetana que se embolsican miles de soles al mes.
RELACIÓN DE
«EMPRESARIOS FAVORITOS» DE LA ALCALDESA MARÍA MONTOYA Y CIA
EMPRESARIO: SANTIAGO SACO BUHYTRON
TEAM SYSTEMS & SOLUTIONS CORP AV. JUAN PABLO FERNANDINI NRO. 1238 INT. A DPTO. 3 PUEBLO LIBRE
RUC N° 1007620646
1.- AMC-35-2012-MPC servicio de implementación de la gerencia de tributación 17/10/12: S/. 38,990.00
*2.- AMC-39-2012-MPC «servicio de implementación del cableado eléctrico del nuevo palacio municipal» 30/11/2012: S/. 39,950
2.- AMC-40-2012-MPC «servicio de implementación del cableado estructurado de telefonía video categoría 5 para el nuevo palacio municipal» 30/11/2012: S/. 39,950.00
3.- AMC-42-2012-MPC »servicio de cableado estructurado CAT del nuevo palacio municipal» 13/12/2012: S/. 37,000.00
4.- SERVICIO DE INSTALACIÓN DE COMPUTADORAS BUENA PRO 10/05/2012: S/. 39,900.00
EMPRESA: INMOBILIARIA & CONSTRUCTORA GUTTI S.A.C.
Propietario: RENZO ENRIQUE GUTTI CORTEZ
Domicilio: PJ. LOS HUERFANOS NRO. 108 PUCUSANA
GANO LA SUMA DE: S/. 733,814.00 NUEVOS SOLES
1.- AMC-5-2012-MPC «ejecución de obra mejoramiento y ampliación del sistema de bombeo y línea de conducción del agua potable para el Centro Poblado Nuevo Ayacucho» 20/03/2012: S/. 145,148
2.- ADS-7-2012-MPC «mejoramiento y ampliación del sistema de drenaje de las urb. UPIS Barrio Obrero, UPIS Manantial, Santa Isabel, Las Acacias y UPIS Libertad II etapa 26/06/2012: S/. 588,666
EMPRESARIO: RENZO ENRIQUE GUTTI CORTEZ
Propietario: RENZO ENRIQUE GUTTI CORTEZ
Domicilio: PJ. LOS HUERFANOS NRO. 108 PUCUSANA
¡¡¡De vendedor de grupos electrógenos a formulador de proyectos….!!!
1.- AMC-14-2012 «adquisición de un grupo electrógeno para el proyecto de inversión publica mejoramiento y equipamiento con computadoras y equipos multimedia en las instituciones educativas de la jurisdicción» 05/07/2012: S/. 32,500
2.- AMC-23-2012-MPC «consultoría de obra elaboración del expediente técnico del proyecto mejoramiento de los servicios de educación en la IE N20975 Andrés Avelino Cáceres Dorregaray centro poblado nuevo Ayacucho 10/08/2012: S/. 36,500.00
EMPRESA CONDIAL E.I.R.L.
Propietario: ALEXANDER MARTIN HUAYTA MUNAYCO
JR. TIZIANO MUÑOZ NRO. 471 URB. INGENIERIA SAN MARTIN DE PORRES
GANO LA SUMA DE: S/. 3’898,218.00 NUEVOS SOLES y según el portal del SEACE en el año 2012 solo ha tenido como cliente a la Municipalidad Provincial de Cañete.
1.- ADS PROCEDIMIENTO CLASICO 33-2012/MPC «servicio de mano de obra para realizar trabajos de pavimento flexible 2do tramo mejoramiento de pistas Santa Rosa» BUENA PRO 05/11/2012
CONSORCIO MAQUINARIA Y EQUIPOS (CONDIAL E.I.R.L. Y EJECUTORES & CONSULTORES MIO E.I.R.L.): S/. 149,478.28
2.- ADS PROCEDIMIENTO CLASICO 34-2012/MPC servicio alquiler de maquinaria para la obra mejoramiento de pistas del jr. santa rosa en su 2do tramo
BUENA PRO CON 08/11/2012 CONSORCIO PAVIMENTACION CANETE (QUIVIO ABARCA DOMINGA EULOGIA yCONDIAL E.I.R.L.): S/. 82,650.00
3.- DU 016 2012(LP)-7-2012-MPC «mejoramiento y ampliación de la margen izquierda en Montillona IV etapa» BUENA PRO 19/11/2012
S/. 2’958,627.00
4.- ADS-17-2012-MPC »Rehabilitación de redes de agua potable y colectores de alcantarillado en diversas calles de la Urb Tercer Mundo - San Vicente» 02/08/2012: S/. 434,511
5.- ADS-18-2012-MPC »servicio de conexiones domiciliarias del sistema de agua potable y demoliciones en veredas para la obra mejoramiento de pistas veredas y redes de agua potable y alcantarillado del Jr. Santa Rosa» 03/08/2012: S/. 122,732.00
6.- ADS-19-2012-MPC »servicio de mano de obra para la construcción de veredas y sardineles de la obra mejoramiento de pistas veredas y redes de agua potable y alcantarillado del Jr. Santa Rosa entre el Jr. Bolognesi y Jr. Garro San Vicente» 03/08/2012: S/. 199,459.00
7.- ADS-24-2012-MPC »Servicio de mano de obra para pavimento flexible-estacionamientos y pintura en sardineles pistas (primer tramo) para la obra mejoramiento de pistas, veredas y redes de agua potable y alcantarillado del Jr. Santa Rosa» 07/09/2012: S/. 131,544.00
8.- ADS-26-2012 »servicios de alquiler de maquinaria para la instalación de mezcla asfáltica en caliente tramo 1 para la obra mejoramiento de pistas» 07/09/2012: S/. 51,345.00
9.- ADS PROCEDIMIENTO CLASICO 13-2012/MPC »servicio de alquiler de maquinaria pesada y equipos para la obra mejoramiento de pistas veredas y redes de agua potable y alcantarillado del Jr. santa rosa entre el Jr. Bolognesi y Jr. Garro distrito de san Vicente» CONSORCIO MAQUINARIA Y EQUIPOS (CONDIAL E.I.R.L. Y GURMENDI MINERIA Y CONSTRUCCION S.A.C.) BUENA PRO 17/07/2012:
S/. 194,140.00
EMPRESA: LOGROS, PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES SCR LTDA
1.- AMC-21-2012-MPC »mejoramiento de las instalaciones eléctricas de la plaza de armas» 31/07/2012: S/. 71,230.00
2.- AMC-13-2012-MPC «instalación de electrificación rural del caserío de Villa San Isidro» 10/08/2012: S/. 89,094.00
Esta empresa desde el 2004 que inició sus actividades, solo ha facturado a 2 entidades del estado casi 300 mil soles hasta la fecha. Más de la mitad corresponde a la MPC en el 2012.
POSTES ORNAMENTALES PARA LA OBRA MEJORAMIENTO DE VEREDAS EN LOS JIRONES SAN AGUSTÍN
Fueron adquiridos 26 postes a la empresa FUNDICION DE METALES JOPASA E I R L por la suma de S/. 33,800.00 soles (c/u costó S/. 1,300 soles)…increíble pero cierto.
PARA DISIMULAR ALGUNAS EMPRESA FAVORITAS DE LA ALCALDESA SE DISFRAZAN EN CONSORCIOS PARA GANAR LAS ADJUDICACIONES
21 enero 2013
EDICTOS
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; notifica:
EXP.-0037-2012-JIP-CSJC-PJ CUADERNO DE CONTROL DE ACUSACION; a ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, el acta que contiene la Resolución 12 (03/01/2013) dictando auto de enjuiciamiento en su contra. En la investigación por Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
EXP.-0036-2012-JIP-CSJC-PJ. CUADERNO DE TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE; a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO, el acta que contiene la Resolución 07 (03.01.2013): que declara fundado el requerimiento de constitución en Tercero Civilmente Responsables a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO y PERCY NINASQUI CULLANCO en la investigación contra Herbert Patrick Rojas Apolinario, por Delito Lesiones Culposas Graves, en agravio de Hans Gilder De La Cruz Alcalá y Delito de Fuga de Accidente de Transito en agravio del Estado (Poder Judicial ).Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA.- Juez Castillo, notifica:
EXP. 2009-61, al procesado JHON ANTHONY PEÑA CARDENAS la Resolución del 16.07.2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra el Orden Financiero y Monetario-TRAFICO DE MONEDAS Y BILLETES FALSOS-; agraviado: Banco Central de Reserva del Perú. Secretario: Cáceda. Mala, 01.10.2012
EXP. 2009-95¸ al Tercero Civilmente Responsable representante Legal de la Empresa de Transportes Rojas E.I.R.L. la Resolución del 12.09.2011; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue a JUAN FRANCISCO CIPRIANI YATACO por Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves-; agraviada: Felicita Victoria Erce Celis y Otra. Secretario: Cáceda. Mala, 16.08.2012.
EXP. 2008-16, a CARLOS VICTOR MANCO AGAPITO, la Resolución de fecha 04/07/2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogado defensor formulen su alegato y/o informe oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra la Fe Publica–ESTAFA Y OTROS-. Agraviados: Septimio Huapaya Cuya y el Estado–SUNAT. Secretario: Cáceda. Mala, 20.09.2012
JUZGADO MIXTO DE YAUYOS.- Juez : Soto; notifica:
EXP.-1994-0113; a WILDER MENDOZA UTCAÑE y FIDEL PERALES MENESES con la RESOLUCIÓN de fecha:04.01.2013: al estado del proceso se DECLARA CONSENTIDA la Resolución de fecha 30/11/2010. Secretario: Castro. Yauyos, 04.01.2013.
EXP.-2012-0006; En los seguidos por el Ministerio Público contra HUBERT LINO ROJAS LAZARO sobre CESE DE VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO, en agravio de CARMEN MARIA GIRON AGUADO, Resolución de fecha 19/01/2012: ADMITE a trámite vía Proceso Único, CÓRRASE TRASLADO AL DEMANDADO POR EL TÉRMINO de CINCO DIAS, para contestar la demanda bajo apercibimiento de tenerse por absuelta en su rebeldía; debiendo notificársele previamente con copias simples de la demanda y anexos, concediéndosele el plazo de TRES DIAS hábiles de notificado y tome conocimiento del con tenido de la misma. Secretario: Calagua. Yauyos, 03.01.2013.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez: Gárnica; notifica:
EXP.-2012-553; Resolución Dos: ADMITIR Vía Proceso Único, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra CASIMIRO LUIS CANCHARI SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de ANGELA MERICI LAZARO SARAVIA y menores PIERO SADAHAN Y JOSUE JOEL CANCHARI LAZARO, CORRASE traslado al demandado por el Plazo Especial de QUINCE DIAS para contestar la demanda; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretario: Rivera.
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Pérez; notifica:
EXP.-2011-0897; en la Investigación seguida contra los adolescentes de iniciales Y.O.L.C. y E.M.Z.S., cita llama y emplaza al adolescente Y.O.L.C, a través de sus padres doña DINA CALDERON JARA Y don ERNESTO LUYO SANCHEZ, para que se apersone al local del Juzgado por haber sido declarado Adolescente ausente y responda a los cargos formulados en su contra en la instrucción que se les sigue por Infracción contra el Patrimonio-Hurto, en agravio de Carlos Fredy Palomino Varillas; Secretaria: Vargas.
19, 21 y 22 de Enero.
TERCER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Negociaciones Prestancia SAC. Sucesor Procesal de Tusa Cotton S.A. con Renee Olivares de Laura y Alejandrino Laura Bellido, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 415-2006, el Juzgado Especializado Civil de Cañete, a cargo del Sr. Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dra. Erika Herrera Taxa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble rústico denominado TORCESA, de 1.6400 Has., ubicado en la zona de Francia Baja, del distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 000542-010207, continuando en la Partida Electrónica Nº 11007160, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XI, Sede Pisco.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).
3.- BASE DEL REMATE: US$ 4,666.95 (Cuatro mil seiscientos sesenta y seis y 95/100 Dólares Americanos).
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor de Tusa Cotton S.A. hasta por la suma de US$ 10,000.00 Dólares Americanos según consta de la Escritura Pública de fecha 23-12-05 ante la Notaria Pública de la Dra. Verónica Urquizo Solís, inscrita en el asiento D00001 de la Partida Electrónica Nº 11007160 de la Oficina Registral Pisco, Zona Registral Nº XI Sede Ica, inscrita con fecha 21-2-06.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 28 de Enero del 2013, a horas 2:30 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado Civil de Cañete ubicado en la Sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Av. Benavides Nº 657 San Vicente, Cañete.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor del a tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (copia del arancel y del DNI), Adjudicatario cancela honorarios del a Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro nacional Nº 142, Cel. 998706190.
Ma. Ángela Zeballos A.
Martillera Pública
Reg. 142
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 19, 21 y 22 de Enero.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; notifica:
EXP.-0037-2012-JIP-CSJC-PJ CUADERNO DE CONTROL DE ACUSACION; a ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, el acta que contiene la Resolución 12 (03/01/2013) dictando auto de enjuiciamiento en su contra. En la investigación por Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
EXP.-0036-2012-JIP-CSJC-PJ. CUADERNO DE TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE; a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO, el acta que contiene la Resolución 07 (03.01.2013): que declara fundado el requerimiento de constitución en Tercero Civilmente Responsables a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO y PERCY NINASQUI CULLANCO en la investigación contra Herbert Patrick Rojas Apolinario, por Delito Lesiones Culposas Graves, en agravio de Hans Gilder De La Cruz Alcalá y Delito de Fuga de Accidente de Transito en agravio del Estado (Poder Judicial ).Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA.- Juez Castillo, notifica:
EXP. 2009-61, al procesado JHON ANTHONY PEÑA CARDENAS la Resolución del 16.07.2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra el Orden Financiero y Monetario-TRAFICO DE MONEDAS Y BILLETES FALSOS-; agraviado: Banco Central de Reserva del Perú. Secretario: Cáceda. Mala, 01.10.2012
EXP. 2009-95¸ al Tercero Civilmente Responsable representante Legal de la Empresa de Transportes Rojas E.I.R.L. la Resolución del 12.09.2011; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue a JUAN FRANCISCO CIPRIANI YATACO por Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves-; agraviada: Felicita Victoria Erce Celis y Otra. Secretario: Cáceda. Mala, 16.08.2012.
EXP. 2008-16, a CARLOS VICTOR MANCO AGAPITO, la Resolución de fecha 04/07/2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogado defensor formulen su alegato y/o informe oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra la Fe Publica–ESTAFA Y OTROS-. Agraviados: Septimio Huapaya Cuya y el Estado–SUNAT. Secretario: Cáceda. Mala, 20.09.2012
JUZGADO MIXTO DE YAUYOS.- Juez : Soto; notifica:
EXP.-1994-0113; a WILDER MENDOZA UTCAÑE y FIDEL PERALES MENESES con la RESOLUCIÓN de fecha:04.01.2013: al estado del proceso se DECLARA CONSENTIDA la Resolución de fecha 30/11/2010. Secretario: Castro. Yauyos, 04.01.2013.
EXP.-2012-0006; En los seguidos por el Ministerio Público contra HUBERT LINO ROJAS LAZARO sobre CESE DE VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO, en agravio de CARMEN MARIA GIRON AGUADO, Resolución de fecha 19/01/2012: ADMITE a trámite vía Proceso Único, CÓRRASE TRASLADO AL DEMANDADO POR EL TÉRMINO de CINCO DIAS, para contestar la demanda bajo apercibimiento de tenerse por absuelta en su rebeldía; debiendo notificársele previamente con copias simples de la demanda y anexos, concediéndosele el plazo de TRES DIAS hábiles de notificado y tome conocimiento del con tenido de la misma. Secretario: Calagua. Yauyos, 03.01.2013.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez: Gárnica; notifica:
EXP.-2012-553; Resolución Dos: ADMITIR Vía Proceso Único, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra CASIMIRO LUIS CANCHARI SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de ANGELA MERICI LAZARO SARAVIA y menores PIERO SADAHAN Y JOSUE JOEL CANCHARI LAZARO, CORRASE traslado al demandado por el Plazo Especial de QUINCE DIAS para contestar la demanda; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretario: Rivera.
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Pérez; notifica:
EXP.-2011-0897; en la Investigación seguida contra los adolescentes de iniciales Y.O.L.C. y E.M.Z.S., cita llama y emplaza al adolescente Y.O.L.C, a través de sus padres doña DINA CALDERON JARA Y don ERNESTO LUYO SANCHEZ, para que se apersone al local del Juzgado por haber sido declarado Adolescente ausente y responda a los cargos formulados en su contra en la instrucción que se les sigue por Infracción contra el Patrimonio-Hurto, en agravio de Carlos Fredy Palomino Varillas; Secretaria: Vargas.
19, 21 y 22 de Enero.
TERCER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Negociaciones Prestancia SAC. Sucesor Procesal de Tusa Cotton S.A. con Renee Olivares de Laura y Alejandrino Laura Bellido, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 415-2006, el Juzgado Especializado Civil de Cañete, a cargo del Sr. Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dra. Erika Herrera Taxa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble rústico denominado TORCESA, de 1.6400 Has., ubicado en la zona de Francia Baja, del distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 000542-010207, continuando en la Partida Electrónica Nº 11007160, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XI, Sede Pisco.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).
3.- BASE DEL REMATE: US$ 4,666.95 (Cuatro mil seiscientos sesenta y seis y 95/100 Dólares Americanos).
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor de Tusa Cotton S.A. hasta por la suma de US$ 10,000.00 Dólares Americanos según consta de la Escritura Pública de fecha 23-12-05 ante la Notaria Pública de la Dra. Verónica Urquizo Solís, inscrita en el asiento D00001 de la Partida Electrónica Nº 11007160 de la Oficina Registral Pisco, Zona Registral Nº XI Sede Ica, inscrita con fecha 21-2-06.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 28 de Enero del 2013, a horas 2:30 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado Civil de Cañete ubicado en la Sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Av. Benavides Nº 657 San Vicente, Cañete.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor del a tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (copia del arancel y del DNI), Adjudicatario cancela honorarios del a Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro nacional Nº 142, Cel. 998706190.
Ma. Ángela Zeballos A.
Martillera Pública
Reg. 142
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 19, 21 y 22 de Enero.
19 enero 2013
ATENCION IMPERIAL
EMAPA CAÑETE S.A.da a conocer que por disposición administrativa, el Centro de Atención al Cliente del distrito de Imperial ha sido trasladado a una nueva dirección: Jr. 2 de mayo 362 – Imperial (Costado de la Comisaria).
Cabe señalar que la nueva dirección se encuentra consignada en los recibos de agua potable correspondientes a la facturación del mes de enero.
En este nuevo local se brindará el servicio de atención de reclamos, atención de emergencias, cobro de recibos de agua potable, venta de conexiones, entre otros.
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8 am. hasta las 12m. y de 2 pm. hasta las 5 pm., los sábados la atención es de 8 am. a 12 m. (Excepto el primer sábado de cada mes).
Cabe señalar que la nueva dirección se encuentra consignada en los recibos de agua potable correspondientes a la facturación del mes de enero.
En este nuevo local se brindará el servicio de atención de reclamos, atención de emergencias, cobro de recibos de agua potable, venta de conexiones, entre otros.
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8 am. hasta las 12m. y de 2 pm. hasta las 5 pm., los sábados la atención es de 8 am. a 12 m. (Excepto el primer sábado de cada mes).
INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
NORMATIVIDAD Y ALCANCES EN EL SISTEMA JURIDICO PERUANO
Escribe: Dra. MARIA GUADALUPE GARNICA PINAZO
DE LA NORMATIVIDAD INTERNACIONAL
El principio del Interés Superior del Niño ha adquirido reconocimiento internacional, universal, y tiene carácter de Derecho Internacional General, recibiendo diversas denominaciones, así en el derecho anglosajón recibe el nombre de «best interests of the child» o «the welfare of th child», en el mundo ispano «Interés Superior del Niño», en el derecho francés «interet supérieur de l enfant».
La Convención sobre Derechos del Niño, ha previsto el Interés Superior del Niño, el que por ser un instrumento normativo internacional es coercitivo y vinculante para los Estados que ratificaron la Convención.
La Convención sobre Derechos del Niño en el numeral 1 del artículo 3°, establece: «1.- En toda las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades o los órganos legislativos, una consideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño». [1]
DE LA NORMATIVIDAD EN PERU
La normatividad peruana acorde con la normas internacionales de protección del niño y del adolescente y considerando el Interés Superior del Niño, ha contenido a partir de la Constitución Política, normas que protegen los derechos de los niños y adolescentes, tanto en las normas del Código Civil y en el Código de los Niños y Adolescentes y otras relacionadas a la infancia:
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
La Cuarta disposición final, de la Constitución Política, establece que las normas relativas a derechos y libertades que reconoce la Constitución, se deben interpretar de conformidad con la Declaración de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales que sobre las mismas materias fueron ratificados por el Perú.
La Constitución peruana en su artículo 2°, reconoce el derecho a la vida, a la identidad, a la integridad física, psíquica y moral, al libre desarrollo, al bienestar, a la imagen, a la libertad, a vivir en ambiente adecuado, a la educación, a la salud, a la no discriminación; derechos que son inherente a la condición de persona humana, y son reconocidos también a los niños y adolescente.
En el artículo 4° de la Constitución, se establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. Así mismo en los artículo 6° y 7°, protege a la familia, promueve la maternidad y paternidad responsables, reconoce los deberes y derechos de los padres respecto a la alimentación, educación y seguridad de sus hijos, igualdad de derechos entre los hijos y entre otros derecho a la salud.
Derechos reconocidos por la Constitución que son integrantes de los derechos que corresponden a todo niño o adolescente y que se encuentran dentro del ámbito del principio del Interés Superior del Niño.
DEL CÓDIGO CIVIL
El artículo 1° del Código Civil establece que: «La persona humana es sujeto de derechos desde su nacimiento»; así mimos reconoce derechos al concebido. En su artículo 5°, prescribe que «El derecho a la vida, a la integridad física, a la libertad, al honor y demás inherentes a la persona humana son irrenunciables y no pueden ser objeto de cesión».
DEL CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
El artículo I del Título Preliminar del Código De Los Niños y Adolescentes, efectúa una distinción en las etapas de desarrollo de los niños y adolescentes así precisa que todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad se considera niño; y se considera adolescente desde los doce años hasta cumplir los dieciocho años de edad, siendo además, que protege al concebido en cuanto le favorece. También establece normas respecto a la no discriminación en el artículo II del Título Preliminar.
En el artículo IX del Título Preliminar, en concordancia con el artículo 4° de la Constitución, prescribe el principio del Interés Superior del Niño: «En toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos.».
Así mismo el Código de los Niños y Adolescentes reconoce los derechos a la vida, integridad, atención por el estado desde su concepción, a vivir en ambiente sano, integridad personal, a la libertad, a la identidad, a la inscripción de su nacimiento, a vivir en familia, a la libertad de expresión, libertad de pensamiento, al libre tránsito, a la educación y trabajo infantil.
El artículo 85° del Código de los Niños y Adolescentes, prescribe que el Juez Especializado, debe escuchar la opinión del niño y se debe tomar en cuenta la opinión del adolescente
Por tanto, en lo que respecta a proceso en materia de familia, en que se encuentren incursos niños o adolescente, al tomar cualquier decisión que los involucre, se debe escuchar la opinión del niño y tomar en cuenta la opinión del adolescente dado que se les debe reconocer como sujetos portadores de derechos sin distinción de ningún tipo, como lo consigna Gonzalo Aguilar Cavallo citando a LARUMBRE: «todos los derechos para todos los niños».[2]
No obstante lo expuesto en el acápite precedente se debe considerar al momento de tomar una decisión que si bien se puede escuchar la opinión de un menor, considerando que son «sujetos autónomos capaces de formarse su propia opinión, de manifestarla y de ser tomada en serio.»[3]; se debe evitar caer en irracionalidades en casos que los menores por su corta edad puedan emitir una opinión contraria a la protección de sus derechos.
Los jueces de familia debemos hacer una reflexión respecto de la consideraciones que debemos tener al resolver un caso en el que se encuentren involucrados menores, dado que como refiere Gonzalo Aguilar Cavallo, citando a SARAMAGO: ¿Alguna vez le hemos preguntado en serio a los niños que sienten, que quieren, «que interesantes vibraciones le estaba registrado el sismógrafo del alma».[4]
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El máximo intérprete de la Constitución en el Perú, ha precisado en respecto del Interés Superior del Niño y del Adolescente que: «La Constitución ha expresado claramente a través del ya mencionado artículo 4º, que: la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono (...).
La tutela permanente que con esta disposición se reconoce tiene una base justa en lo que se ha señalado como interés superior del niño y del adolescente, doctrina que se ha admitido en el ámbito jurídico como parte del bloque de constitucionalidad del mencionado artículo 4º, a través del artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes y, en el espectro internacional, gracias al principio 2 de la Declaración de los Derechos del Niño y al artículo 3º, inciso 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Una doctrina de este tipo posee un carácter eminentemente especial cuando media un desamparo para los menores de edad (situación objetiva de abandono), como la que ha sido reconocida constitucionalmente.»[5]
APRECIACIÓN FINAL.-
En la normatividad nacional es de aplicación obligatoria el principio del Interés Superior del Niño, previsto en el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes a la luz de la Convención sobre Derechos del Niño.
[1] Convención sobre Derechos del Niño: Adoptada el 20 de noviembre de 1989, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, Suscrita por el Perú el 26 de enero de 1990.
[2] LARUMBRE CANALEJO, Silvia (2002) «Educación en para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en riesgo», Revista IIDH, núm.36. julio-diciembre, p. 252.
[3] LOBERA PARMO, Domingo, Razonamiento Judicial y Derechos del Niño: De Ventrílocuos y Marionetas. Pag. 53
[4] SARAMAGO, José, (2007). Las pequeñas memorias, Buenos Aires, Alfaguara, p.23.
[5] Exp. Nro.6165-2005-HC/TC. Lima. Blanca Lucy Borja Espinoza.
Escribe: Dra. MARIA GUADALUPE GARNICA PINAZO
DE LA NORMATIVIDAD INTERNACIONAL
El principio del Interés Superior del Niño ha adquirido reconocimiento internacional, universal, y tiene carácter de Derecho Internacional General, recibiendo diversas denominaciones, así en el derecho anglosajón recibe el nombre de «best interests of the child» o «the welfare of th child», en el mundo ispano «Interés Superior del Niño», en el derecho francés «interet supérieur de l enfant».
La Convención sobre Derechos del Niño, ha previsto el Interés Superior del Niño, el que por ser un instrumento normativo internacional es coercitivo y vinculante para los Estados que ratificaron la Convención.
La Convención sobre Derechos del Niño en el numeral 1 del artículo 3°, establece: «1.- En toda las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades o los órganos legislativos, una consideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño». [1]
DE LA NORMATIVIDAD EN PERU
La normatividad peruana acorde con la normas internacionales de protección del niño y del adolescente y considerando el Interés Superior del Niño, ha contenido a partir de la Constitución Política, normas que protegen los derechos de los niños y adolescentes, tanto en las normas del Código Civil y en el Código de los Niños y Adolescentes y otras relacionadas a la infancia:
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
La Cuarta disposición final, de la Constitución Política, establece que las normas relativas a derechos y libertades que reconoce la Constitución, se deben interpretar de conformidad con la Declaración de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales que sobre las mismas materias fueron ratificados por el Perú.
La Constitución peruana en su artículo 2°, reconoce el derecho a la vida, a la identidad, a la integridad física, psíquica y moral, al libre desarrollo, al bienestar, a la imagen, a la libertad, a vivir en ambiente adecuado, a la educación, a la salud, a la no discriminación; derechos que son inherente a la condición de persona humana, y son reconocidos también a los niños y adolescente.
En el artículo 4° de la Constitución, se establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. Así mismo en los artículo 6° y 7°, protege a la familia, promueve la maternidad y paternidad responsables, reconoce los deberes y derechos de los padres respecto a la alimentación, educación y seguridad de sus hijos, igualdad de derechos entre los hijos y entre otros derecho a la salud.
Derechos reconocidos por la Constitución que son integrantes de los derechos que corresponden a todo niño o adolescente y que se encuentran dentro del ámbito del principio del Interés Superior del Niño.
DEL CÓDIGO CIVIL
El artículo 1° del Código Civil establece que: «La persona humana es sujeto de derechos desde su nacimiento»; así mimos reconoce derechos al concebido. En su artículo 5°, prescribe que «El derecho a la vida, a la integridad física, a la libertad, al honor y demás inherentes a la persona humana son irrenunciables y no pueden ser objeto de cesión».
DEL CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
El artículo I del Título Preliminar del Código De Los Niños y Adolescentes, efectúa una distinción en las etapas de desarrollo de los niños y adolescentes así precisa que todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad se considera niño; y se considera adolescente desde los doce años hasta cumplir los dieciocho años de edad, siendo además, que protege al concebido en cuanto le favorece. También establece normas respecto a la no discriminación en el artículo II del Título Preliminar.
En el artículo IX del Título Preliminar, en concordancia con el artículo 4° de la Constitución, prescribe el principio del Interés Superior del Niño: «En toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos.».
Así mismo el Código de los Niños y Adolescentes reconoce los derechos a la vida, integridad, atención por el estado desde su concepción, a vivir en ambiente sano, integridad personal, a la libertad, a la identidad, a la inscripción de su nacimiento, a vivir en familia, a la libertad de expresión, libertad de pensamiento, al libre tránsito, a la educación y trabajo infantil.
El artículo 85° del Código de los Niños y Adolescentes, prescribe que el Juez Especializado, debe escuchar la opinión del niño y se debe tomar en cuenta la opinión del adolescente
Por tanto, en lo que respecta a proceso en materia de familia, en que se encuentren incursos niños o adolescente, al tomar cualquier decisión que los involucre, se debe escuchar la opinión del niño y tomar en cuenta la opinión del adolescente dado que se les debe reconocer como sujetos portadores de derechos sin distinción de ningún tipo, como lo consigna Gonzalo Aguilar Cavallo citando a LARUMBRE: «todos los derechos para todos los niños».[2]
No obstante lo expuesto en el acápite precedente se debe considerar al momento de tomar una decisión que si bien se puede escuchar la opinión de un menor, considerando que son «sujetos autónomos capaces de formarse su propia opinión, de manifestarla y de ser tomada en serio.»[3]; se debe evitar caer en irracionalidades en casos que los menores por su corta edad puedan emitir una opinión contraria a la protección de sus derechos.
Los jueces de familia debemos hacer una reflexión respecto de la consideraciones que debemos tener al resolver un caso en el que se encuentren involucrados menores, dado que como refiere Gonzalo Aguilar Cavallo, citando a SARAMAGO: ¿Alguna vez le hemos preguntado en serio a los niños que sienten, que quieren, «que interesantes vibraciones le estaba registrado el sismógrafo del alma».[4]
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El máximo intérprete de la Constitución en el Perú, ha precisado en respecto del Interés Superior del Niño y del Adolescente que: «La Constitución ha expresado claramente a través del ya mencionado artículo 4º, que: la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono (...).
La tutela permanente que con esta disposición se reconoce tiene una base justa en lo que se ha señalado como interés superior del niño y del adolescente, doctrina que se ha admitido en el ámbito jurídico como parte del bloque de constitucionalidad del mencionado artículo 4º, a través del artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes y, en el espectro internacional, gracias al principio 2 de la Declaración de los Derechos del Niño y al artículo 3º, inciso 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Una doctrina de este tipo posee un carácter eminentemente especial cuando media un desamparo para los menores de edad (situación objetiva de abandono), como la que ha sido reconocida constitucionalmente.»[5]
APRECIACIÓN FINAL.-
En la normatividad nacional es de aplicación obligatoria el principio del Interés Superior del Niño, previsto en el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes a la luz de la Convención sobre Derechos del Niño.
[1] Convención sobre Derechos del Niño: Adoptada el 20 de noviembre de 1989, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, Suscrita por el Perú el 26 de enero de 1990.
[2] LARUMBRE CANALEJO, Silvia (2002) «Educación en para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en riesgo», Revista IIDH, núm.36. julio-diciembre, p. 252.
[3] LOBERA PARMO, Domingo, Razonamiento Judicial y Derechos del Niño: De Ventrílocuos y Marionetas. Pag. 53
[4] SARAMAGO, José, (2007). Las pequeñas memorias, Buenos Aires, Alfaguara, p.23.
[5] Exp. Nro.6165-2005-HC/TC. Lima. Blanca Lucy Borja Espinoza.
6 MAGISTRADOS BUSCAN SER RATIFICADOS ANTE CNM
El Consejo Nacional de la Magistratura dio a conocer que de acuerdo a la programación de la Convocatoria N° 001-2013-DNM someterá a proceso de Evaluación Integral y ratificación a diveros magistrados del Distrito Judicial de Cañete, cuya relación es como sigue:
Del Poder Judicial, se encuentra la Dra. María Guadalupe Garnica Pinazo, que ocupa el cargo de Juez Especializado de Familia de Cañete; el Dr. Rommel Hugo Flores Santos, que ocupa el cargo de Juez de Paz Letrado de Yauyos del Distrito Judicial de Cañete; y, la Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, que ocupa el cargo de Juez de Paz Letrado de Cañete.
Del Ministerio Público tenemos al Dr. Noe Máximo Cárdenas Ortíz, Fiscal Provincial Mixto de Cañete; Dr. Jhonny Hans Contreras Cuzcano, Fiscal Provincial en lo Civil y Familia de Cañete; y el Drl Luis Manuel Alvarez Martínez, Fiscal Adjunto Provincial en lo Penal de Cañete.
Ante ello, el Consejo Nacional de la Magistratura da a conocer a la ciudadanía que pueden presentar ante ella, documentos sustentatorios, que señalen el motivo por el cual sugieren no deben ser ratificados en el cargo, por carecer de conducta e idoneidad propia de sus funciones.
La CNM señala que la participación ciudadana en el fortalecimiento del Sistema de Administración de Justicia, cosntituye un derecho constitucional de carácter individual y colectivo, el cual se debe ejercer por parte de la sociedad civil para lograr una mejor administración de justicia.
Del Poder Judicial, se encuentra la Dra. María Guadalupe Garnica Pinazo, que ocupa el cargo de Juez Especializado de Familia de Cañete; el Dr. Rommel Hugo Flores Santos, que ocupa el cargo de Juez de Paz Letrado de Yauyos del Distrito Judicial de Cañete; y, la Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, que ocupa el cargo de Juez de Paz Letrado de Cañete.
Del Ministerio Público tenemos al Dr. Noe Máximo Cárdenas Ortíz, Fiscal Provincial Mixto de Cañete; Dr. Jhonny Hans Contreras Cuzcano, Fiscal Provincial en lo Civil y Familia de Cañete; y el Drl Luis Manuel Alvarez Martínez, Fiscal Adjunto Provincial en lo Penal de Cañete.
Ante ello, el Consejo Nacional de la Magistratura da a conocer a la ciudadanía que pueden presentar ante ella, documentos sustentatorios, que señalen el motivo por el cual sugieren no deben ser ratificados en el cargo, por carecer de conducta e idoneidad propia de sus funciones.
La CNM señala que la participación ciudadana en el fortalecimiento del Sistema de Administración de Justicia, cosntituye un derecho constitucional de carácter individual y colectivo, el cual se debe ejercer por parte de la sociedad civil para lograr una mejor administración de justicia.
DE QUE VEDA HABLAMOS, SI... YA NO HAY CAMARONES EN EL RIO
Escribe: Crisanto Laura Cueva
Como todos los años, el Gobierno Central a través del Ministerio de la Producción ha decretado la veda (o prohibición de caza) del camarón en todos los ríos de la costa peruana, con el fin de proteger la reproducción, ante el proceso de desove de esta especie.
Hoy en día la mayoría de los ríos del país están francamente muy abandonados por las consecutivas autoridades que toman la gestión estatal. La defensa del ecosistema ribereño carece de una política seria, de una gestión planificada, inclusiva e integrada para un desarrollo sostenible. Hoy, por los ríos discurren aguas con alto contenido de relaves, residuos fecales, sustancias venenosas.
Los bosques ribereños, cada día están desapareciendo más y más. Y el recurso «bandera» del río Cañete, el camarón, se está extinguiendo por las constantes matanzas con plaguicidas hecha por cazadores indeseables.
Hace más de 30 años, cuando el rio se asemejaba al rio Candamo, habían millones de camarones y peces de diferentes especies y tamaños, claro que las aguas eran más limpias. Por ejemplo. Durante los meses de setiembre a diciembre (tiempo de cosecha), se podía encontrar unos 80 camarones aprox. en solo un m2, y eso ya fue historia porque hoy solo encontramos con las justas unos 2 o 3 camarones de menor tamaño.
El Gremio de Recolectores del Camarón (otrora gran institución) ha realizado algunos esfuerzos para protegerlo, pero hoy prácticamente lo han abandonado, debido a muchos factores entre ello el escaso apoyo de las autoridades de turno. Este Gremio, al parecer no ha logrado elaborar una propuesta de solución ni mucho menos hallar la sensibilidad de las autoridades.
Diversas entidades públicas y privadas e incluso el Gremio mismo, erróneamente planteaban como alternativa de solución la siembra de larvas en zonas depredadas por los cazadores furtivos. Eso nunca fue sostenible y murió en el tiempo, pero se invirtió mucha plata.
Ahora se está haciendo igual con esto de la publicidad de la veda solo para saciar los bolsillos de unos cuantos, pero en el fondo no es sostenible. Lo mejor que hubieran hecho con este fondo publicitario, es elaborar una mesa de trabajo con un plan de acciones para revertir la peligrosa extinción del crustáceo.
La verdad, el ser humano es el enemigo N° 1 de la naturaleza, y, en este caso de los ríos también. Si el rio fuera un lugar sagrado en donde estaría prohibido el ingreso del hombre, de seguro que ya no sería necesario gastar en repoblamientos ni publicidades para la veda. La reproducción natural del camarón es increíblemente fantástica. Cada hembra ovula entre 25 a 35 mil huevos por año, y, de ello al final logran sobrevivir unas 3 mil larvas. Entonces ustedes se darán cuenta en donde está la clave para dar con la solución.
Ahora con esto de la veda todos se vuelven supuestamente protectores de la especie, pero de seguro solo son palabras buenas para la tribuna política, pero pasado los meses el problema sigue como siempre.
Si el camarón se está extinguiendo no entiendo el barullo de la publicidad para la veda y además no está prohibido la captura, comercialización de camarones traídos de granjas camaroneras particulares. Allí si hay vigilancia permanente.
La veda, los repoblamientos, las vigilancias pagadas por CEMENTOS LIMA Y COVIPERU, y otros esfuerzos no serán sostenibles si no se elabora UN PLAN DE GESTION PARA EL DESARROLLO DEL CAMARON. Lamentablemente Javier Alvarado ni María Montoya, ni Cementos Lima ni el Gremio no lo han hecho y dudo que lo hagan.
Como todos los años, el Gobierno Central a través del Ministerio de la Producción ha decretado la veda (o prohibición de caza) del camarón en todos los ríos de la costa peruana, con el fin de proteger la reproducción, ante el proceso de desove de esta especie.
Hoy en día la mayoría de los ríos del país están francamente muy abandonados por las consecutivas autoridades que toman la gestión estatal. La defensa del ecosistema ribereño carece de una política seria, de una gestión planificada, inclusiva e integrada para un desarrollo sostenible. Hoy, por los ríos discurren aguas con alto contenido de relaves, residuos fecales, sustancias venenosas.
Los bosques ribereños, cada día están desapareciendo más y más. Y el recurso «bandera» del río Cañete, el camarón, se está extinguiendo por las constantes matanzas con plaguicidas hecha por cazadores indeseables.
Hace más de 30 años, cuando el rio se asemejaba al rio Candamo, habían millones de camarones y peces de diferentes especies y tamaños, claro que las aguas eran más limpias. Por ejemplo. Durante los meses de setiembre a diciembre (tiempo de cosecha), se podía encontrar unos 80 camarones aprox. en solo un m2, y eso ya fue historia porque hoy solo encontramos con las justas unos 2 o 3 camarones de menor tamaño.
El Gremio de Recolectores del Camarón (otrora gran institución) ha realizado algunos esfuerzos para protegerlo, pero hoy prácticamente lo han abandonado, debido a muchos factores entre ello el escaso apoyo de las autoridades de turno. Este Gremio, al parecer no ha logrado elaborar una propuesta de solución ni mucho menos hallar la sensibilidad de las autoridades.
Diversas entidades públicas y privadas e incluso el Gremio mismo, erróneamente planteaban como alternativa de solución la siembra de larvas en zonas depredadas por los cazadores furtivos. Eso nunca fue sostenible y murió en el tiempo, pero se invirtió mucha plata.
Ahora se está haciendo igual con esto de la publicidad de la veda solo para saciar los bolsillos de unos cuantos, pero en el fondo no es sostenible. Lo mejor que hubieran hecho con este fondo publicitario, es elaborar una mesa de trabajo con un plan de acciones para revertir la peligrosa extinción del crustáceo.
La verdad, el ser humano es el enemigo N° 1 de la naturaleza, y, en este caso de los ríos también. Si el rio fuera un lugar sagrado en donde estaría prohibido el ingreso del hombre, de seguro que ya no sería necesario gastar en repoblamientos ni publicidades para la veda. La reproducción natural del camarón es increíblemente fantástica. Cada hembra ovula entre 25 a 35 mil huevos por año, y, de ello al final logran sobrevivir unas 3 mil larvas. Entonces ustedes se darán cuenta en donde está la clave para dar con la solución.
Ahora con esto de la veda todos se vuelven supuestamente protectores de la especie, pero de seguro solo son palabras buenas para la tribuna política, pero pasado los meses el problema sigue como siempre.
Si el camarón se está extinguiendo no entiendo el barullo de la publicidad para la veda y además no está prohibido la captura, comercialización de camarones traídos de granjas camaroneras particulares. Allí si hay vigilancia permanente.
La veda, los repoblamientos, las vigilancias pagadas por CEMENTOS LIMA Y COVIPERU, y otros esfuerzos no serán sostenibles si no se elabora UN PLAN DE GESTION PARA EL DESARROLLO DEL CAMARON. Lamentablemente Javier Alvarado ni María Montoya, ni Cementos Lima ni el Gremio no lo han hecho y dudo que lo hagan.
CRONOGRAMA DE VISITAS JUDICIALES DEL MINISTERIO PUBLICO
MINISTERIO PUBLICO
FISCALIA DE LA NACION
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO
ICA - CAÑETE SEDE ICA
RESOLUCION JEFATURAL N° 01-2013-MP-ODCI-ICA.CAÑETE
Ica, 10 de Enero de dos mil trece.
VISTO: El Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 071-2005-MP-FN-JFS, y la Directiva N° 01-2006-MP-F.SPR.CI «Normas Reguladoras de la Programación y Ejecución de las Visitas Fiscales Ordinarias», aprobada mediante Resolución N° 012-2006-MP-F-SPR.CI, de fecha 29 de Noviembre del 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con las normas citadas, las Oficinas Desconcentradas de Control Interno efectúan Visitas Fiscales Ordinarias en los despachos fiscales de los Distritos Judiciales de su competencia, con la finalidad de recabar información necesaria respecto de las carencias o dificultades que afrontan cada una de las dependencias fiscales visitadas, procurando superarlas vía la coordinación con los entes correspondientes y de esa manera coadyuvar al alcance de los objetivos institucionales previstos para un mejor desarrollo del rol que cumple el Ministerio Público en la administración de justicia.
Que, en ese sentido, esta Oficina de Control ha resuelto aprobar y poner en conocimiento de los diferentes Despacho Fiscales de los Distritos Judiciales de Ica y Caeñte, el Rol de Visitas Ordinarias Programadas para el presente año 2013, de acuerdo al siguiente cronograma:
En lo que se refiere a Cañete:
03, 04, 05 y 06 de Junio de 2013: Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala.
07 de Junio de 2013: Fiscalía Provincial Civil y Familia de Mala.
10 de Junio de 2013: Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete
11 de Junio de 2013: Segunda Fiscalía Superior Penal de Cañete
11 de Junio de 2013: Fiscalía Superior Civil y Familia de Cañete
12 de Junio de 2013: Primera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Cañete
13 de Junio de 2013: Segunda Fiscalía Provincial Civil y Familia de Cañete
14 de Junio de 2013: Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete
17, 18, 19 y 20 de Junio de 2013: Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.
21, 24, 25 y 26 de Junio de 2013: Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.
FISCALIA DE LA NACION
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO
ICA - CAÑETE SEDE ICA
RESOLUCION JEFATURAL N° 01-2013-MP-ODCI-ICA.CAÑETE
Ica, 10 de Enero de dos mil trece.
VISTO: El Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 071-2005-MP-FN-JFS, y la Directiva N° 01-2006-MP-F.SPR.CI «Normas Reguladoras de la Programación y Ejecución de las Visitas Fiscales Ordinarias», aprobada mediante Resolución N° 012-2006-MP-F-SPR.CI, de fecha 29 de Noviembre del 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con las normas citadas, las Oficinas Desconcentradas de Control Interno efectúan Visitas Fiscales Ordinarias en los despachos fiscales de los Distritos Judiciales de su competencia, con la finalidad de recabar información necesaria respecto de las carencias o dificultades que afrontan cada una de las dependencias fiscales visitadas, procurando superarlas vía la coordinación con los entes correspondientes y de esa manera coadyuvar al alcance de los objetivos institucionales previstos para un mejor desarrollo del rol que cumple el Ministerio Público en la administración de justicia.
Que, en ese sentido, esta Oficina de Control ha resuelto aprobar y poner en conocimiento de los diferentes Despacho Fiscales de los Distritos Judiciales de Ica y Caeñte, el Rol de Visitas Ordinarias Programadas para el presente año 2013, de acuerdo al siguiente cronograma:
En lo que se refiere a Cañete:
03, 04, 05 y 06 de Junio de 2013: Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala.
07 de Junio de 2013: Fiscalía Provincial Civil y Familia de Mala.
10 de Junio de 2013: Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete
11 de Junio de 2013: Segunda Fiscalía Superior Penal de Cañete
11 de Junio de 2013: Fiscalía Superior Civil y Familia de Cañete
12 de Junio de 2013: Primera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Cañete
13 de Junio de 2013: Segunda Fiscalía Provincial Civil y Familia de Cañete
14 de Junio de 2013: Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete
17, 18, 19 y 20 de Junio de 2013: Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.
21, 24, 25 y 26 de Junio de 2013: Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.
CAÑETE: MUNICIPIO PROVINCIAL PROMUEVE TALLER: «FAMILIAS FUERTES, AMOR Y LÍMITES»
La Oficina de la Defensoría Municipal del Niño y Adolescente (DEMUNA) del municipio provincial, viene realizando el curso taller «FAMILIAS FUERTES, AMOR Y LÍMITES».
Este evento tiene como finalidad construir una mejor relación entre padres e hijos que fortalezcan la unión familiar. El Taller es promovido por el Ministerio de la Mujer y la Comisión Nacional para el Desarrollo y vida sin Drogas (DEVIDA), llevando a cabo los días lunes y viernes de cada semana en el horario de 6 de la tarde hasta las 8 de la noche, en el auditorio «Jesús Garro Muñante».
La estrategia del taller es reunir a los padres y jóvenes en una serie de sesiones que tiene por objeto el diálogo y el entendimiento entre una u otra parte. El programa está dirigido a desarrollar durante las charlas una dinámica familiar basada en el diálogo y por otro lado a desarrollar las habilidades de los padres para generar las condiciones adecuadas y estableciendo una comunicación efectiva.
Familias Fuertes, tiene como base una serie de estudios que demuestran que los adolescentes tienen menos problemas cuando sus padres o tutores exhiben dos cualidades básicas: disciplina y apoyo.
OBJETIVO
Al final se espera que los jóvenes y adolescentes puedan elegir compañías adecuadas, desarrollen mayor capacidad de resistir la presión de los compañeros, no consumir sustancias como tabaco, alcohol y drogas, presenten modelos de comportamiento sexual sin riesgos y se logre un buen comportamiento en el colegio.
Por su parte, los padres aumentaran su conocimiento y capacidad de resolver los conflictos con sus hijos adolescentes, pueden desarrollar su capacidad de demostrar afecto, a la vez que se establecen reglas claras de comportamiento, así como desarrollar la capacidad para escuchar y comprender los problemas específicos de los jóvenes.
Los padres de familias y jóvenes pueden inscribirse en la Oficina de DEMUNA de la Municipalidad Provincial de Cañete (Galería San Agustín).
Este evento tiene como finalidad construir una mejor relación entre padres e hijos que fortalezcan la unión familiar. El Taller es promovido por el Ministerio de la Mujer y la Comisión Nacional para el Desarrollo y vida sin Drogas (DEVIDA), llevando a cabo los días lunes y viernes de cada semana en el horario de 6 de la tarde hasta las 8 de la noche, en el auditorio «Jesús Garro Muñante».
La estrategia del taller es reunir a los padres y jóvenes en una serie de sesiones que tiene por objeto el diálogo y el entendimiento entre una u otra parte. El programa está dirigido a desarrollar durante las charlas una dinámica familiar basada en el diálogo y por otro lado a desarrollar las habilidades de los padres para generar las condiciones adecuadas y estableciendo una comunicación efectiva.
Familias Fuertes, tiene como base una serie de estudios que demuestran que los adolescentes tienen menos problemas cuando sus padres o tutores exhiben dos cualidades básicas: disciplina y apoyo.
OBJETIVO
Al final se espera que los jóvenes y adolescentes puedan elegir compañías adecuadas, desarrollen mayor capacidad de resistir la presión de los compañeros, no consumir sustancias como tabaco, alcohol y drogas, presenten modelos de comportamiento sexual sin riesgos y se logre un buen comportamiento en el colegio.
Por su parte, los padres aumentaran su conocimiento y capacidad de resolver los conflictos con sus hijos adolescentes, pueden desarrollar su capacidad de demostrar afecto, a la vez que se establecen reglas claras de comportamiento, así como desarrollar la capacidad para escuchar y comprender los problemas específicos de los jóvenes.
Los padres de familias y jóvenes pueden inscribirse en la Oficina de DEMUNA de la Municipalidad Provincial de Cañete (Galería San Agustín).
EDICTOS
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; notifica:
EXP.-0037-2012-JIP-CSJC-PJ CUADERNO DE CONTROL DE ACUSACION; a ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, el acta que contiene la Resolución 12 (03/01/2013) dictando auto de enjuiciamiento en su contra. En la investigación por Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
EXP.-0036-2012-JIP-CSJC-PJ. CUADERNO DE TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE; a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO, el acta que contiene la Resolución 07 (03.01.2013): que declara fundado el requerimiento de constitución en Tercero Civilmente Responsables a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO y PERCY NINASQUI CULLANCO en la investigación contra Herbert Patrick Rojas Apolinario, por Delito Lesiones Culposas Graves, en agravio de Hans Gilder De La Cruz Alcalá y Delito de Fuga de Accidente de Transito en agravio del Estado (Poder Judicial ).Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA.- Juez Castillo, notifica:
EXP. 2009-61, al procesado JHON ANTHONY PEÑA CARDENAS la Resolución del 16.07.2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra el Orden Financiero y Monetario-TRAFICO DE MONEDAS Y BILLETES FALSOS-; agraviado: Banco Central de Reserva del Perú. Secretario: Cáceda. Mala, 01.10.2012
EXP. 2009-95¸ al Tercero Civilmente Responsable representante Legal de la Empresa de Transportes Rojas E.I.R.L. la Resolución del 12.09.2011; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue a JUAN FRANCISCO CIPRIANI YATACO por Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves-; agraviada: Felicita Victoria Erce Celis y Otra. Secretario: Cáceda. Mala, 16.08.2012.
EXP. 2008-16, a CARLOS VICTOR MANCO AGAPITO, la Resolución de fecha 04/07/2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogado defensor formulen su alegato y/o informe oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra la Fe Publica–ESTAFA Y OTROS-. Agraviados: Septimio Huapaya Cuya y el Estado–SUNAT. Secretario: Cáceda. Mala, 20.09.2012
JUZGADO MIXTO DE YAUYOS.- Juez : Soto; notifica:
EXP.-1994-0113; a WILDER MENDOZA UTCAÑE y FIDEL PERALES MENESES con la RESOLUCIÓN de fecha:04.01.2013: al estado del proceso se DECLARA CONSENTIDA la Resolución de fecha 30/11/2010. Secretario: Castro. Yauyos, 04.01.2013.
EXP.-2012-0006; En los seguidos por el Ministerio Público contra HUBERT LINO ROJAS LAZARO sobre CESE DE VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO, en agravio de CARMEN MARIA GIRON AGUADO, Resolución de fecha 19/01/2012: ADMITE a trámite vía Proceso Único, CÓRRASE TRASLADO AL DEMANDADO POR EL TÉRMINO de CINCO DIAS, para contestar la demanda bajo apercibimiento de tenerse por absuelta en su rebeldía; debiendo notificársele previamente con copias simples de la demanda y anexos, concediéndosele el plazo de TRES DIAS hábiles de notificado y tome conocimiento del con tenido de la misma. Secretario: Calagua. Yauyos, 03.01.2013.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez: Gárnica; notifica:
EXP.-2012-553; Resolución Dos: ADMITIR Vía Proceso Único, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra CASIMIRO LUIS CANCHARI SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de ANGELA MERICI LAZARO SARAVIA y menores PIERO SADAHAN Y JOSUE JOEL CANCHARI LAZARO, CORRASE traslado al demandado por el Plazo Especial de QUINCE DIAS para contestar la demanda; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretario: Rivera.
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Pérez; notifica:
EXP.-2011-0897; en la Investigación seguida contra los adolescentes de iniciales Y.O.L.C. y E.M.Z.S., cita llama y emplaza al adolescente Y.O.L.C, a través de sus padres doña DINA CALDERON JARA Y don ERNESTO LUYO SANCHEZ, para que se apersone al local del Juzgado por haber sido declarado Adolescente ausente y responda a los cargos formulados en su contra en la instrucción que se les sigue por Infracción contra el Patrimonio-Hurto, en agravio de Carlos Fredy Palomino Varillas; Secretaria: Vargas.
19, 21 y 22 de Enero.
EDICTOS PENALES (1 DIA )
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Dr. Aroni comunica y emplaza:
EXP.- 342-0012-0.- a HECTOR CCENHUA ARGUMEDO, Resuelve Reprogramar Audiencia de Control de Acusación Directa. Día 05.03.2013 a horas 2:45p.m; y concurra a Sala de Audiencias del JIP. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Anthony Ccenchua Mamani. Especialista: Hernández
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Suárez; NOTIFICA:
Cuaderno N° 2012-0027.- a LUIS FELICIANO JUAN SEGURA POZO con domicilio en jirón Huaraz N° 428-Interior 202-Breña-Lima, y/o en Mz. M Lote 15-B-Los Claveles-Ate. Resolución 06 (21/11/2012): Dispone la Comparencia Restrictiva del encausado, debiendo cumplir las siguientes reglas de conductas a) permanecer en su domicilio real señalado en autos, constatado por la policía judicial, desde que se curso oficio para su libertad, debiendo dicha autoridad dejar al acusado en su domicilio real y verificar su permanencia en forma diaria, dando cuenta, bajo responsabilidad. b) La obligación de no concurrir a lugares de dudosa reputación. c) No ausentarse del lugar de su residencia sin autorización judicial. d) La obligación de presentarse al juzgado cada fin de mes, a los efectos de informar de sus actividades en forma mensual, debiendo acudir cualquiera de los tres últimos días hábiles de cada mes, registrándose su asistencia. e) Acudir a todas las diligencias que fijare el órgano jurisdiccional tal como lo exige el art. 276° del C.P.P. f) El pago de una caución económica de S/. 2,000.00 ( Dos Mil Nuevos Soles ) , a nombre de éste Juzgado, que deberá cancelar en el plazo de tres días una vez quede firme la presente resolución . Reglas de conducta que se computarán a partir del día siguiente de la publicación por Edicto, computado el plazo respectivo, se proseguirá el proceso de acuerdo a su estado . Cuaderno N° 2012-027-01-JIP-. Asistente: Carbajal. Mala, 04.01.2013
Publicación: 19 de Enero del 2013.
TERCER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Negociaciones Prestancia SAC. Sucesor Procesal de Tusa Cotton S.A. con Renee Olivares de Laura y Alejandrino Laura Bellido, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 415-2006, el Juzgado Especializado Civil de Cañete, a cargo del Sr. Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dra. Erika Herrera Taxa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble rústico denominado TORCESA, de 1.6400 Has., ubicado en la zona de Francia Baja, del distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 000542-010207, continuando en la Partida Electrónica Nº 11007160, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XI, Sede Pisco.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).
3.- BASE DEL REMATE: US$ 4,666.95 (Cuatro mil seiscientos sesenta y seis y 95/100 Dólares Americanos).
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor de Tusa Cotton S.A. hasta por la suma de US$ 10,000.00 Dólares Americanos según consta de la Escritura Pública de fecha 23-12-05 ante la Notaria Pública de la Dra. Verónica Urquizo Solís, inscrita en el asiento D00001 de la Partida Electrónica Nº 11007160 de la Oficina Registral Pisco, Zona Registral Nº XI Sede Ica, inscrita con fecha 21-2-06.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 28 de Enero del 2013, a horas 2:30 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado Civil de Cañete ubicado en la Sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Av. Benavides Nº 657 San Vicente, Cañete.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor del a tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (copia del arancel y del DNI), Adjudicatario cancela honorarios del a Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro nacional Nº 142, Cel. 998706190.
Ma. Ángela Zeballos A.
Martillera Pública
Reg. 142
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 19, 21 y 22 de Enero.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
Unidad de Registro Civiles
AVISO MATRIMONIAL
Art. 250 – Código Civil
Nombre del Contrayente: JUAN QUISPE MAMANI, natural de Yanaoca – Canas, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio Electricista, de 39 años de edad, domiciliado en Jr. San Marcelo Nº 507 – Chilca
Nombre de la Contrayente: ESMERALDA FLOR CUYA BLAS, natural de Lima – Lima, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio ama de casa, de 39 años de edad, domiciliada en Jr. San Marcelo Nº 507 – Chilca.
Lugar del Matrimonio: Local Municipal
Nota: El Art. Establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 17 de Enero de 2013.
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en mérito al Exp. Nº 0181-2013-MDCA, don Mariano Marcel Pinto Mattos, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hijo MARCEL PAOLO PINTO ROSAS, inscrito en esta Municipalidad en el libro Nº 10, folio 67170128, año 2009, en el extremo que se ha consignado:
DATOS DEL PADRE:
Dice: MARCEL MARIANO PINTO MATOS, debe decir: MARIANO MARCEL PINTO MATTOS
DOCUMENTO DE IDENTIDAD, debe decir: DOCUMENTO DE IDENTIDAD 1
DNI 15365389
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 16 de Enero de 2013.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LAZARO SAIRE HUAMANI, con DNI 15432436, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposa ZOILA SUSAYA ORTIZ DE SAIRE, fallecida el 25 de Noviembre del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, WILLIAM VALLE PADILLA, con DNI Nº 41144146, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre GLORIA LUZ PADILLA HUAPAYA, fallecida el 19 de Diciembre del 2012, teniendo como último domicilio el distrito de Cerro Azul – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 17 de Enero de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EDGAR LUIS VICHARRA YACTAYO, con DNI. Nº 15342610, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre ELEODORA YACTAYO VDA. DE VICHARRA, fallecida el 15 de Junio del 2012, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 539-2013, doña Leonor Herrera Claros, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Marcelina Herrera Claros, inscrita en el libro 109, folio 39, año 1953, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular MAXIMO HERRERA y JUSTINA CLAROS, siendo lo correcto MAXIMO HERRERA CASTRO y JUSTINA CLAROS HUAROC.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 540-2013, doña Leonor Herrera Claros, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 138, folio 127, año 1960, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular MAXIMO HERRERA y JUSTINA CLAROS, siendo lo correcto MAXIMO HERRERA CASTRO y JUSTINA CLAROS HUAROC.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 523-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Rosa Palmira Sanchez Alvarado, inscrita en el libro 160, folio 153, año 1954, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 520-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Cervando Vicente Sanchez de la Cruz, inscrita en el libro 171, folio 1526327, año 1964, en el extremo que se ha consignado como su estado civil CASADO, siendo lo correcto VIUDO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 521-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Soledad Cristina Sánchez Alvarado, inscrita en el libro 128, folio 154, año 1958, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 524-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Juan Andres Sanchez Alvarado, inscrita en el libro 138, folio 57, año 1960, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 525-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Reynaldo Sanchez Alvarado, inscrita en el libro 150, folio 63, año 1962, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a:
EXP.- 2010-0020; a RUBEN DARIO ROMERO RODRIGUEZ Y AUGUSTO QUILCA ÑAUPA para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 24.01.2013; hora 11.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública-Peculado Doloso; Agraviado: Municipalidad Distrital de Alís y El Estado; bajo apercibimiento al segundo acusado de ser declarado Reo Contumaz en caso no asista, Secretario Miranda. Cañete, 15.01.2013.
EXP.- 2003-0117; a PEDRO GROCELIO FIGUEROA VELIZ Y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR. para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 04.02.2013; hora 09.00a.m.; Delito: Contra el Patrimonio-Robo de ganado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 07.01.2013.
EXP.- 2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2011-0083; a ANA MARIA HUERTA MENDOZA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Cohecho Activo Genérico; Agraviado: Estado; bajo apercibimiento de ser declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2009-0588; a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 09.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Activo Genérico; Agraviado: El Estado; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2007-0630; a VICTOR VICENTE AYLLON HUAMAN, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Usurpación Agravada; Agraviado: Inmobiliaria Leonardo SAC; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0099; a RONAL ZEGARRA MORALES, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravada; Agraviado: Antonia Baca Mamani; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ y ordenar su Detención y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0213; a FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención. Secretario Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2003-0946; a ANGELITA BAYLON VASQUEZ. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Parricidio; Agraviado: Giancarlos Maldonado Baylón. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2007-0031; a AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Ocultamiento de Ingresos; Agraviado: SUNAT. Secretario: Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2007-0507; a ISAAC QUISPE RIOS. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Victor Nestor Ávila Quispe. Secretario: Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2010-0245; a MOISES WEBESTER JERÓNIMO GUERRERO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2008-0039; a CARLOS MARTIN APAZA RAMOS, para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Pasivo Propio; Agraviado: El Estado. Secretario Miranda. Cañete, 14.01.2013
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Aroni; ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 0408-2012-0; En la investigación seguida contra ROSARIO DEL PILAR PEÑA PILCA VIUDA DE BUSTAMANTE, por Delito contra el Patrimonio-DAÑOS AGRAVADOS, en agravio de Santos Rojas Orellana. Notifica a SANTOS ROJAS ORELLANA la Resolución 01 (09.01.2013); RESUELVE: PRIMERO: Formar el cuaderno de la Etapa Intermedia con el requerimiento de sobreseimiento, adjuntando los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional y actas que registren las actuaciones judiciales, DISPONIENDO que el expediente fiscal sirva como anexo al cuaderno de la etapa intermedia: SEGUNDO: correr traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme a los estipulado en el art. 345° del Código Procesal Penal acompañándose copia del sobreseimiento fiscal. . Asistente Anchiraico.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Dr. Sánchez, cita y emplaza:
EXP.- 1173-2003; a LUIS ALBERTO SANCHEZ HUARANGA, para que dentro del término de TRES DIAS de notificado con la presente cumpla con las reglas de conductas, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido, en la instrucción que se le siguiera en su contra por el delito Contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de Richard Ancasi Carbajal, Secretaria: Hernández. Cañete, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Dr. Chacaliaza cita y emplaza:
EXP.- 2012-66-01-JPU; al encausado VALENTIN TAPIA MAMANI, para que concurra a AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, DÍA: 29.01.2013; HORA: 10.00a.m.; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Delito Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: José valentino Tapia Curasi. Asistente: Huamán. Mala, 14.01.2013.
17, 18 y 19 de Enero del 2013.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; notifica:
EXP.-0037-2012-JIP-CSJC-PJ CUADERNO DE CONTROL DE ACUSACION; a ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, el acta que contiene la Resolución 12 (03/01/2013) dictando auto de enjuiciamiento en su contra. En la investigación por Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
EXP.-0036-2012-JIP-CSJC-PJ. CUADERNO DE TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE; a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO, el acta que contiene la Resolución 07 (03.01.2013): que declara fundado el requerimiento de constitución en Tercero Civilmente Responsables a ALBERTO LUIS NINASQUI CULLANCO y PERCY NINASQUI CULLANCO en la investigación contra Herbert Patrick Rojas Apolinario, por Delito Lesiones Culposas Graves, en agravio de Hans Gilder De La Cruz Alcalá y Delito de Fuga de Accidente de Transito en agravio del Estado (Poder Judicial ).Especialista: Rodríguez. Lunahuaná, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA.- Juez Castillo, notifica:
EXP. 2009-61, al procesado JHON ANTHONY PEÑA CARDENAS la Resolución del 16.07.2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra el Orden Financiero y Monetario-TRAFICO DE MONEDAS Y BILLETES FALSOS-; agraviado: Banco Central de Reserva del Perú. Secretario: Cáceda. Mala, 01.10.2012
EXP. 2009-95¸ al Tercero Civilmente Responsable representante Legal de la Empresa de Transportes Rojas E.I.R.L. la Resolución del 12.09.2011; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogados defensores formulen sus alegatos y/o informen oralmente en el proceso que se le sigue a JUAN FRANCISCO CIPRIANI YATACO por Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves-; agraviada: Felicita Victoria Erce Celis y Otra. Secretario: Cáceda. Mala, 16.08.2012.
EXP. 2008-16, a CARLOS VICTOR MANCO AGAPITO, la Resolución de fecha 04/07/2012; pone los autos de Manifiesto y a disposición de las partes, por el termino de DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de abogado defensor formulen su alegato y/o informe oralmente en el proceso que se le sigue por Delito Contra la Fe Publica–ESTAFA Y OTROS-. Agraviados: Septimio Huapaya Cuya y el Estado–SUNAT. Secretario: Cáceda. Mala, 20.09.2012
JUZGADO MIXTO DE YAUYOS.- Juez : Soto; notifica:
EXP.-1994-0113; a WILDER MENDOZA UTCAÑE y FIDEL PERALES MENESES con la RESOLUCIÓN de fecha:04.01.2013: al estado del proceso se DECLARA CONSENTIDA la Resolución de fecha 30/11/2010. Secretario: Castro. Yauyos, 04.01.2013.
EXP.-2012-0006; En los seguidos por el Ministerio Público contra HUBERT LINO ROJAS LAZARO sobre CESE DE VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO, en agravio de CARMEN MARIA GIRON AGUADO, Resolución de fecha 19/01/2012: ADMITE a trámite vía Proceso Único, CÓRRASE TRASLADO AL DEMANDADO POR EL TÉRMINO de CINCO DIAS, para contestar la demanda bajo apercibimiento de tenerse por absuelta en su rebeldía; debiendo notificársele previamente con copias simples de la demanda y anexos, concediéndosele el plazo de TRES DIAS hábiles de notificado y tome conocimiento del con tenido de la misma. Secretario: Calagua. Yauyos, 03.01.2013.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez: Gárnica; notifica:
EXP.-2012-553; Resolución Dos: ADMITIR Vía Proceso Único, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra CASIMIRO LUIS CANCHARI SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de ANGELA MERICI LAZARO SARAVIA y menores PIERO SADAHAN Y JOSUE JOEL CANCHARI LAZARO, CORRASE traslado al demandado por el Plazo Especial de QUINCE DIAS para contestar la demanda; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretario: Rivera.
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Pérez; notifica:
EXP.-2011-0897; en la Investigación seguida contra los adolescentes de iniciales Y.O.L.C. y E.M.Z.S., cita llama y emplaza al adolescente Y.O.L.C, a través de sus padres doña DINA CALDERON JARA Y don ERNESTO LUYO SANCHEZ, para que se apersone al local del Juzgado por haber sido declarado Adolescente ausente y responda a los cargos formulados en su contra en la instrucción que se les sigue por Infracción contra el Patrimonio-Hurto, en agravio de Carlos Fredy Palomino Varillas; Secretaria: Vargas.
19, 21 y 22 de Enero.
EDICTOS PENALES (1 DIA )
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Dr. Aroni comunica y emplaza:
EXP.- 342-0012-0.- a HECTOR CCENHUA ARGUMEDO, Resuelve Reprogramar Audiencia de Control de Acusación Directa. Día 05.03.2013 a horas 2:45p.m; y concurra a Sala de Audiencias del JIP. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Anthony Ccenchua Mamani. Especialista: Hernández
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Suárez; NOTIFICA:
Cuaderno N° 2012-0027.- a LUIS FELICIANO JUAN SEGURA POZO con domicilio en jirón Huaraz N° 428-Interior 202-Breña-Lima, y/o en Mz. M Lote 15-B-Los Claveles-Ate. Resolución 06 (21/11/2012): Dispone la Comparencia Restrictiva del encausado, debiendo cumplir las siguientes reglas de conductas a) permanecer en su domicilio real señalado en autos, constatado por la policía judicial, desde que se curso oficio para su libertad, debiendo dicha autoridad dejar al acusado en su domicilio real y verificar su permanencia en forma diaria, dando cuenta, bajo responsabilidad. b) La obligación de no concurrir a lugares de dudosa reputación. c) No ausentarse del lugar de su residencia sin autorización judicial. d) La obligación de presentarse al juzgado cada fin de mes, a los efectos de informar de sus actividades en forma mensual, debiendo acudir cualquiera de los tres últimos días hábiles de cada mes, registrándose su asistencia. e) Acudir a todas las diligencias que fijare el órgano jurisdiccional tal como lo exige el art. 276° del C.P.P. f) El pago de una caución económica de S/. 2,000.00 ( Dos Mil Nuevos Soles ) , a nombre de éste Juzgado, que deberá cancelar en el plazo de tres días una vez quede firme la presente resolución . Reglas de conducta que se computarán a partir del día siguiente de la publicación por Edicto, computado el plazo respectivo, se proseguirá el proceso de acuerdo a su estado . Cuaderno N° 2012-027-01-JIP-. Asistente: Carbajal. Mala, 04.01.2013
Publicación: 19 de Enero del 2013.
TERCER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Negociaciones Prestancia SAC. Sucesor Procesal de Tusa Cotton S.A. con Renee Olivares de Laura y Alejandrino Laura Bellido, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 415-2006, el Juzgado Especializado Civil de Cañete, a cargo del Sr. Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dra. Erika Herrera Taxa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble rústico denominado TORCESA, de 1.6400 Has., ubicado en la zona de Francia Baja, del distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 000542-010207, continuando en la Partida Electrónica Nº 11007160, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XI, Sede Pisco.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).
3.- BASE DEL REMATE: US$ 4,666.95 (Cuatro mil seiscientos sesenta y seis y 95/100 Dólares Americanos).
4.- AFECTACIONES:
a) Hipoteca.- Constituida a favor de Tusa Cotton S.A. hasta por la suma de US$ 10,000.00 Dólares Americanos según consta de la Escritura Pública de fecha 23-12-05 ante la Notaria Pública de la Dra. Verónica Urquizo Solís, inscrita en el asiento D00001 de la Partida Electrónica Nº 11007160 de la Oficina Registral Pisco, Zona Registral Nº XI Sede Ica, inscrita con fecha 21-2-06.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 28 de Enero del 2013, a horas 2:30 de la tarde.
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado Civil de Cañete ubicado en la Sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Av. Benavides Nº 657 San Vicente, Cañete.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor del a tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (copia del arancel y del DNI), Adjudicatario cancela honorarios del a Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro nacional Nº 142, Cel. 998706190.
Ma. Ángela Zeballos A.
Martillera Pública
Reg. 142
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 19, 21 y 22 de Enero.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
Unidad de Registro Civiles
AVISO MATRIMONIAL
Art. 250 – Código Civil
Nombre del Contrayente: JUAN QUISPE MAMANI, natural de Yanaoca – Canas, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio Electricista, de 39 años de edad, domiciliado en Jr. San Marcelo Nº 507 – Chilca
Nombre de la Contrayente: ESMERALDA FLOR CUYA BLAS, natural de Lima – Lima, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio ama de casa, de 39 años de edad, domiciliada en Jr. San Marcelo Nº 507 – Chilca.
Lugar del Matrimonio: Local Municipal
Nota: El Art. Establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 17 de Enero de 2013.
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en mérito al Exp. Nº 0181-2013-MDCA, don Mariano Marcel Pinto Mattos, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hijo MARCEL PAOLO PINTO ROSAS, inscrito en esta Municipalidad en el libro Nº 10, folio 67170128, año 2009, en el extremo que se ha consignado:
DATOS DEL PADRE:
Dice: MARCEL MARIANO PINTO MATOS, debe decir: MARIANO MARCEL PINTO MATTOS
DOCUMENTO DE IDENTIDAD, debe decir: DOCUMENTO DE IDENTIDAD 1
DNI 15365389
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 16 de Enero de 2013.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LAZARO SAIRE HUAMANI, con DNI 15432436, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposa ZOILA SUSAYA ORTIZ DE SAIRE, fallecida el 25 de Noviembre del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, WILLIAM VALLE PADILLA, con DNI Nº 41144146, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre GLORIA LUZ PADILLA HUAPAYA, fallecida el 19 de Diciembre del 2012, teniendo como último domicilio el distrito de Cerro Azul – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 17 de Enero de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EDGAR LUIS VICHARRA YACTAYO, con DNI. Nº 15342610, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre ELEODORA YACTAYO VDA. DE VICHARRA, fallecida el 15 de Junio del 2012, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 539-2013, doña Leonor Herrera Claros, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Marcelina Herrera Claros, inscrita en el libro 109, folio 39, año 1953, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular MAXIMO HERRERA y JUSTINA CLAROS, siendo lo correcto MAXIMO HERRERA CASTRO y JUSTINA CLAROS HUAROC.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 540-2013, doña Leonor Herrera Claros, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 138, folio 127, año 1960, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular MAXIMO HERRERA y JUSTINA CLAROS, siendo lo correcto MAXIMO HERRERA CASTRO y JUSTINA CLAROS HUAROC.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 523-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Rosa Palmira Sanchez Alvarado, inscrita en el libro 160, folio 153, año 1954, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 520-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Cervando Vicente Sanchez de la Cruz, inscrita en el libro 171, folio 1526327, año 1964, en el extremo que se ha consignado como su estado civil CASADO, siendo lo correcto VIUDO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 521-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Soledad Cristina Sánchez Alvarado, inscrita en el libro 128, folio 154, año 1958, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 524-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Juan Andres Sanchez Alvarado, inscrita en el libro 138, folio 57, año 1960, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 525-2013, doña Patricia Ines Sanchez Alvarado, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Reynaldo Sanchez Alvarado, inscrita en el libro 150, folio 63, año 1962, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular CERVANDO SANCHEZ DE LA CRUZ, siendo lo correcto CERVANDO VICENTE SANCHEZ DE LA CRUZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a:
EXP.- 2010-0020; a RUBEN DARIO ROMERO RODRIGUEZ Y AUGUSTO QUILCA ÑAUPA para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 24.01.2013; hora 11.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública-Peculado Doloso; Agraviado: Municipalidad Distrital de Alís y El Estado; bajo apercibimiento al segundo acusado de ser declarado Reo Contumaz en caso no asista, Secretario Miranda. Cañete, 15.01.2013.
EXP.- 2003-0117; a PEDRO GROCELIO FIGUEROA VELIZ Y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR. para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 04.02.2013; hora 09.00a.m.; Delito: Contra el Patrimonio-Robo de ganado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 07.01.2013.
EXP.- 2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2011-0083; a ANA MARIA HUERTA MENDOZA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Cohecho Activo Genérico; Agraviado: Estado; bajo apercibimiento de ser declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2009-0588; a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 09.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Activo Genérico; Agraviado: El Estado; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2007-0630; a VICTOR VICENTE AYLLON HUAMAN, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Usurpación Agravada; Agraviado: Inmobiliaria Leonardo SAC; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0099; a RONAL ZEGARRA MORALES, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravada; Agraviado: Antonia Baca Mamani; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ y ordenar su Detención y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0213; a FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención. Secretario Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2003-0946; a ANGELITA BAYLON VASQUEZ. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Parricidio; Agraviado: Giancarlos Maldonado Baylón. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2007-0031; a AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Ocultamiento de Ingresos; Agraviado: SUNAT. Secretario: Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2007-0507; a ISAAC QUISPE RIOS. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Victor Nestor Ávila Quispe. Secretario: Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2010-0245; a MOISES WEBESTER JERÓNIMO GUERRERO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2008-0039; a CARLOS MARTIN APAZA RAMOS, para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Pasivo Propio; Agraviado: El Estado. Secretario Miranda. Cañete, 14.01.2013
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Aroni; ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 0408-2012-0; En la investigación seguida contra ROSARIO DEL PILAR PEÑA PILCA VIUDA DE BUSTAMANTE, por Delito contra el Patrimonio-DAÑOS AGRAVADOS, en agravio de Santos Rojas Orellana. Notifica a SANTOS ROJAS ORELLANA la Resolución 01 (09.01.2013); RESUELVE: PRIMERO: Formar el cuaderno de la Etapa Intermedia con el requerimiento de sobreseimiento, adjuntando los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional y actas que registren las actuaciones judiciales, DISPONIENDO que el expediente fiscal sirva como anexo al cuaderno de la etapa intermedia: SEGUNDO: correr traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme a los estipulado en el art. 345° del Código Procesal Penal acompañándose copia del sobreseimiento fiscal. . Asistente Anchiraico.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Dr. Sánchez, cita y emplaza:
EXP.- 1173-2003; a LUIS ALBERTO SANCHEZ HUARANGA, para que dentro del término de TRES DIAS de notificado con la presente cumpla con las reglas de conductas, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido, en la instrucción que se le siguiera en su contra por el delito Contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de Richard Ancasi Carbajal, Secretaria: Hernández. Cañete, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Dr. Chacaliaza cita y emplaza:
EXP.- 2012-66-01-JPU; al encausado VALENTIN TAPIA MAMANI, para que concurra a AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, DÍA: 29.01.2013; HORA: 10.00a.m.; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Delito Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: José valentino Tapia Curasi. Asistente: Huamán. Mala, 14.01.2013.
17, 18 y 19 de Enero del 2013.
18 enero 2013
PROFESORES CONTRATADOS SABRAN EL 15 DE FEBRERO EN QUE COLEGIO DICTARAN CLASES
Todos los profesores que logren una plaza para contrato sabrán el 15 de febrero dónde les tocará dictar clases el año escolar 2013, y tendrán tiempo suficiente para prepararse y recibir a sus alumnos el lunes 4 de marzo, anunció el viceministro de Gestión Pedagógica del sector Educación, Martín Vegas.
El funcionario señaló que todo va quedando listo a fin de concretar el domingo 20 de enero el concurso para contrato docente, proceso que se ha adelantado con la finalidad de lograr que todas las aulas escolares del país tengan a su profesor desde el primer día de clases, objetivo trazado como parte del Buen Inicio del Año Escolar. Vegas, quien participó de una videoconferencia con los directores regionales de educación de Moquegua, Amazonas, Ica, Puno y Piura, indicó que la organización del proceso de concurso marcha adecuadamente y sin mayores contratiempos. Precisó que sólo la región Arequipa tuvo que postergar por una semana la evaluación que debe realizarse en todo el país este domingo, debido a que ese mismo día desarrollará su examen de admisión la universidad en cuya sede se iba a tomar la prueba docente. Empero, aseguró que ese retraso no afectará en nada el objetivo de tener desde el primer día de clases a todas las aulas con sus respectivos profesores. El funcionario manifestó que las regiones están concluyendo la fase de inscripciones y el domingo 20 tomarán el examen. En algunos casos se conocerán los resultados el mismo día y en otros, el martes 22 de enero. «Después, a la semana siguiente se adjudicarán las plazas, de tal modo que el 15 de febrero todos los docentes contratados sabrán dónde trabajarán», enfatizó Vegas.
La evaluación, que durará tres horas, se desarrollará en 64 sedes educativas habilitadas a nivel nacional.
(Segunda Parte) LA «SEDE» MELGAR VALDEZ Y EL CARAMELO POLÍTICO DEL NORTE CHICO
Por Vladimir Alexander Rojas Hinostroza
Acaecida la reunión por la «Sede», entre los asistentes y los medios de comunicación presentes, se constató no sólo una suerte de unión entre autoridades y líderes locales del norte chico, sino cuan superfluos son los argumentos esgrimidos para salirse del libreto convocado.
Encontrándose la mesa servida, es un hecho innegable que en el norte chico se desconoce si en esta zona sur de la región Lima se alardea con tal magnitud para vislumbrar algún temor de un posible arrebato de la sede regional.
Si Javier Alvarado es corrupto o no, si Cañete está recibiendo más presupuesto que las demás provincias, si se ha avanzado en la solución del diferendo limítrofe con Chincha, si tales obras son las requeridas, eran temas que no integraban el menú que ofreció Melgar Valdez, pero marcaron el buffet de la reunión.
¿De dónde nace el temor de los amigos de norte chico? Pues de las elecciones pasadas, y de la demanda planteada por Italo Maldonado, seguida luego por la Municipalidad de Cañete que se encontraba regentada por el actual presidente regional.
Las elecciones concluyeron, sobre esto ni temor debería sentirse. Pero a diferencia de los candidatos al congreso como Mufarech, Vicente o Tello, los que buscaron una curul para representar a Cañete no dicen ni pío. Y esto lo sabe muy bien Elard Melgar para hacer sus reuniones.
Sobre la actitud de Alvarado, tampoco debería juzgarse temor alguno, dado que desde su juramentación como presidente regional no se le conoce interés alguno por trasladar la sede, y eso lo saben todos muy bien en Cañete, que hasta los candidatos a la alcaldía provincial de esta tierra sureña tampoco protagonizan espectáculo alguno para reclamar la sede, ni la propia María Montoya.
Creo que el problema de Alvarado está en saber cómo utilizar el edificio construido con celeridad por Chui Mejía, en el que, valgan verdades, no podrán entrar todas las gerencias y direcciones regionales, a la par de presentar otros problemas que impiden su funcionamiento.
Además que resulta un absurdo pedir que Javier Alvarado defina una posición, si Melgar Valdez presentó su proyecto de ley en el Congreso, dónde él espera se resuelva la incertidumbre de la sede.
Con relación al accionar de Italo Maldonado, y el abogado José Dulanto, pues bueno ellos ya anunciaron que promoverán una demanda contencioso – administrativa, por lo que esperan que a nivel judicial se resuelva el tema, y no en un estadio, coliseo o auditorio, como estila protagonizar el congresista fujimorista.
Por eso, se puede concluir que existen temores infundados en el norte chico.
Ahora bien, decir que el fujimorista Melgar es un político fracasado es un sincero tropiezo, por algo no es congresista, además que sabe ofrecer bien sus caramelos en el norte chico.
Pese a ello, es una satisfacción que cada día que pasa mis paisanos comprendan que con sede o sin ella, este bendito valle fue, es y será próspero, aunque no debemos dormirnos en nuestros laureles.
Y creo, con sincera humildad, que en ese propósito todos deben colaborar, desde los niños, jóvenes, adultos, políticos o no, líderes locales, periodistas, pero con organización y estrategias claras.
Si se hace ello, evitaremos arrugas de enfado y de tiempo, en escuchar el doble discurso de algunos políticos quemados (no todos).
Acaecida la reunión por la «Sede», entre los asistentes y los medios de comunicación presentes, se constató no sólo una suerte de unión entre autoridades y líderes locales del norte chico, sino cuan superfluos son los argumentos esgrimidos para salirse del libreto convocado.
Encontrándose la mesa servida, es un hecho innegable que en el norte chico se desconoce si en esta zona sur de la región Lima se alardea con tal magnitud para vislumbrar algún temor de un posible arrebato de la sede regional.
Si Javier Alvarado es corrupto o no, si Cañete está recibiendo más presupuesto que las demás provincias, si se ha avanzado en la solución del diferendo limítrofe con Chincha, si tales obras son las requeridas, eran temas que no integraban el menú que ofreció Melgar Valdez, pero marcaron el buffet de la reunión.
¿De dónde nace el temor de los amigos de norte chico? Pues de las elecciones pasadas, y de la demanda planteada por Italo Maldonado, seguida luego por la Municipalidad de Cañete que se encontraba regentada por el actual presidente regional.
Las elecciones concluyeron, sobre esto ni temor debería sentirse. Pero a diferencia de los candidatos al congreso como Mufarech, Vicente o Tello, los que buscaron una curul para representar a Cañete no dicen ni pío. Y esto lo sabe muy bien Elard Melgar para hacer sus reuniones.
Sobre la actitud de Alvarado, tampoco debería juzgarse temor alguno, dado que desde su juramentación como presidente regional no se le conoce interés alguno por trasladar la sede, y eso lo saben todos muy bien en Cañete, que hasta los candidatos a la alcaldía provincial de esta tierra sureña tampoco protagonizan espectáculo alguno para reclamar la sede, ni la propia María Montoya.
Creo que el problema de Alvarado está en saber cómo utilizar el edificio construido con celeridad por Chui Mejía, en el que, valgan verdades, no podrán entrar todas las gerencias y direcciones regionales, a la par de presentar otros problemas que impiden su funcionamiento.
Además que resulta un absurdo pedir que Javier Alvarado defina una posición, si Melgar Valdez presentó su proyecto de ley en el Congreso, dónde él espera se resuelva la incertidumbre de la sede.
Con relación al accionar de Italo Maldonado, y el abogado José Dulanto, pues bueno ellos ya anunciaron que promoverán una demanda contencioso – administrativa, por lo que esperan que a nivel judicial se resuelva el tema, y no en un estadio, coliseo o auditorio, como estila protagonizar el congresista fujimorista.
Por eso, se puede concluir que existen temores infundados en el norte chico.
Ahora bien, decir que el fujimorista Melgar es un político fracasado es un sincero tropiezo, por algo no es congresista, además que sabe ofrecer bien sus caramelos en el norte chico.
Pese a ello, es una satisfacción que cada día que pasa mis paisanos comprendan que con sede o sin ella, este bendito valle fue, es y será próspero, aunque no debemos dormirnos en nuestros laureles.
Y creo, con sincera humildad, que en ese propósito todos deben colaborar, desde los niños, jóvenes, adultos, políticos o no, líderes locales, periodistas, pero con organización y estrategias claras.
Si se hace ello, evitaremos arrugas de enfado y de tiempo, en escuchar el doble discurso de algunos políticos quemados (no todos).
MÁS DE CINCO MIL DOCENTES DE LA REGIÓN LIMA RENDIRÁN PRUEBA ÚNICA REGIONAL ESTE 20 DE ENERO
La Dirección Regional de Educación de Lima Provincias (DRELP), consolidó su padrón de docentes inscritos que participarán de la «Prueba Única Regional», que se llevará a cabo este domingo 20 de enero en las cinco provincias de la región Lima.
A nivel de la Región existen cinco mil 752 docentes inscritos; en la UGEL Nº 08- Cañete son mil 373 maestros, en la UGEL Nº 09- Huaura mil 272, en la UGEL Nº 10- Huaral 868 profesores, en la UGEL Nº 11- Cajatambo 125, en la UGEL Nº 12- Canta 126 docentes, UGEL Nº 13 – Yauyos 479, en la UGEL Nº 14- Oyón 285, en la UGEL Nº 15 – Huarochirí son 476 inscritos y en la UGEL Nº 16 – Barranca se encuentran registrados 748. Los docentes participantes postulan para obtener una de las mil 259 plazas publicadas a nivel de las nueve provincias de la Región.
Cabe indicar que la Prueba Única Regional, se iniciará a las 10 de la mañana y los docentes participantes ingresarán a los locales asignados a partir de las 8 de la mañana, portando lápiz 2B, borrador, tajador y su respectivo Documento Nacional de Identidad. Los maestros no podrán ingresar con carteras, bolsos, mochilas, maletas, celulares u otros objetos.
Asimismo lo aplicadores se instalarán en las sedes, desde las 7 de la mañana para las respectivas coordinaciones con los responsables de los locales, que serán asumidos por directores de las nueve unidades de gestión educativa local de la Región.
A nivel de la Región existen cinco mil 752 docentes inscritos; en la UGEL Nº 08- Cañete son mil 373 maestros, en la UGEL Nº 09- Huaura mil 272, en la UGEL Nº 10- Huaral 868 profesores, en la UGEL Nº 11- Cajatambo 125, en la UGEL Nº 12- Canta 126 docentes, UGEL Nº 13 – Yauyos 479, en la UGEL Nº 14- Oyón 285, en la UGEL Nº 15 – Huarochirí son 476 inscritos y en la UGEL Nº 16 – Barranca se encuentran registrados 748. Los docentes participantes postulan para obtener una de las mil 259 plazas publicadas a nivel de las nueve provincias de la Región.
Cabe indicar que la Prueba Única Regional, se iniciará a las 10 de la mañana y los docentes participantes ingresarán a los locales asignados a partir de las 8 de la mañana, portando lápiz 2B, borrador, tajador y su respectivo Documento Nacional de Identidad. Los maestros no podrán ingresar con carteras, bolsos, mochilas, maletas, celulares u otros objetos.
Asimismo lo aplicadores se instalarán en las sedes, desde las 7 de la mañana para las respectivas coordinaciones con los responsables de los locales, que serán asumidos por directores de las nueve unidades de gestión educativa local de la Región.
ADVERTENCIA: LA SEDE REGIONAL PROXIMO CABALLITO DE BATALLA DE LOS FUTUROS CANDIDATOS
Escribe: Ronald Ormeño
La audiencia convocada por el Congresista de la República Elard Melgar Valdez en defensa de la sede, no llegó a ninguna conclusión productiva, por el contrario terminó en un caos total.
El congresista Elard Melgar Valdez, el alcalde provincial Santiago Cano La Rosa, el congresista Manuel Zerillo, la Vicepresidenta Lita Román Bustinza y el alcalde de Barranca Rommel Ullilen, integraron la mesa de honor en esta convocatoria, que fue masiva.
Sin embargo, sirvió para que los ciudadanos de a pie descargaran su furia contra el congresista Manuel Zerillo Bazalar, por su actitud asumida en el tema de la sede regional, el congresista Elard Melgar aprovechó para hacerle «la camita» y cuestionarlo con video en mano difundido a todos los presentes,
Zerillo no tuvo una buena tarde, el día de ayer, el público presente que abarrotó el salón del Club Obreros de la Unión le dio con palo, por la ambigüedad demostrada a través de sus declaraciones a los medios cuando fue requerido por el tema de la sede regional, por su casi nulo apoyo a su ciudad natal en los últimos tiempos, el público presente, cuestionó su actitud débil y timorata. Sin embargo Zerillo pretendió responder al cuestionamiento de la población, pero lo hizo mal, es claro y notorio que el congresista no tiene asesores a la altura de su investidura, o no hace caso a lo que estos le dicen, al final se comprometió a apoyar la iniciativa legislativa de Elard Melgar.
En esta reunión, se cuestionó también duramente al presidente regional Javier Alvarado Gonzáles del Valle, palabras como corrupto, ladrón y delincuente fueron las mas escuchadas por la audiencia cuando se refirieron a su persona, pues hay que recordar que se le considera como el principal promotor de la desunión en la región, pues utilizó un doble discurso en campaña donde engaño a los cañetanos diciéndoles que les llevaría la sede regional y cuando venia al norte decía otra cosa, es merecido entonces los calificativos a este presidente regional que tiene un prontuario de denuncias y que cada día se encuentra a un paso de la cárcel, a pesar de la sospechosa dilación de los procesos judiciales que tiene en su contra.
Pero valgan verdades el tema de la sede regional, es un tema netamente político aprovechado por muchos personajes que desean reelegirse o participar en política local, la sede regional será un tema principal de la agenda y caballito de batalla de muchos candidatos; una pena por que debería darse solución rápidamente, para evitar otro engaño a las provincias hermanas, como sucedió con Alvarado y el pueblo de Cañete y que el tema nuevamente se politice.
Sin embargo ante el caos que se dio al final de la convocatoria, hoy hemos escuchado a algunos ayayeros y felipillos adictos a la mermelada de la gestión regional, decir triunfantes en sus respectivos medios de comunicación, que esto ha sido un fracaso, que «cadáveres políticos» y «figurettis» fueron los que participaron, razón por la cual se pide más seriedad al equipo del congresista Elard Melgard cuando realice este tipo de convocatorias.
Finalmente hay que reconocer que no se llegó a ninguna conclusión seria,ues poner un banner en la entrada que diga Huacho sede del gobierno regional, no parece una buena conclusión, entre algunas otras propuestas. Si se sigue con este tipo de acciones cirquenses, el tema va a seguir politizando para beneficio de los que están aprovechando este tema para captar votos en los próximos comicios, se dará la razón a los detractores y el pueblo se dará cuenta de que es utilizado, hecho que le daría la razón a los mermeleros toriles regionales, si se quiere llevar este tema en serio es imperativo cambiar la estrategia mientras se siga así solo se proyectara la imagen de Elard Melgar y Cano como los abanderados de la sede, cortina de humo conveniente para tapar los actos de corrupción que no quiere investigar el alcalde llorón, alegría para los «hermanos» del sur, hipócritas y doble cara que siguen el comportamiento de su líder Alvarado con un doble discurso y que sueñan con ser sede de región, y el rédito político para Elard Melgar que luego de obtenido lo capitalizara a beneficio de su hermano que pretende ser candidato en los próximos comicios.
Todos los huachanos están llamados a defender la sede con uñas y dientes, acompañados por conveniencia geográfica de las hermanas provincias de Huaral y Barranca a las que se sumaran las provincias aledañas alto andinas (Cajatambo,Oyón,Canta), pero hay que hacerlo como debe ser, en el fuero legal judicial, no nos dejemos engañar por los que quieren solo satisfacer sus intereses políticos electoreros
La audiencia convocada por el Congresista de la República Elard Melgar Valdez en defensa de la sede, no llegó a ninguna conclusión productiva, por el contrario terminó en un caos total.
El congresista Elard Melgar Valdez, el alcalde provincial Santiago Cano La Rosa, el congresista Manuel Zerillo, la Vicepresidenta Lita Román Bustinza y el alcalde de Barranca Rommel Ullilen, integraron la mesa de honor en esta convocatoria, que fue masiva.
Sin embargo, sirvió para que los ciudadanos de a pie descargaran su furia contra el congresista Manuel Zerillo Bazalar, por su actitud asumida en el tema de la sede regional, el congresista Elard Melgar aprovechó para hacerle «la camita» y cuestionarlo con video en mano difundido a todos los presentes,
Zerillo no tuvo una buena tarde, el día de ayer, el público presente que abarrotó el salón del Club Obreros de la Unión le dio con palo, por la ambigüedad demostrada a través de sus declaraciones a los medios cuando fue requerido por el tema de la sede regional, por su casi nulo apoyo a su ciudad natal en los últimos tiempos, el público presente, cuestionó su actitud débil y timorata. Sin embargo Zerillo pretendió responder al cuestionamiento de la población, pero lo hizo mal, es claro y notorio que el congresista no tiene asesores a la altura de su investidura, o no hace caso a lo que estos le dicen, al final se comprometió a apoyar la iniciativa legislativa de Elard Melgar.
En esta reunión, se cuestionó también duramente al presidente regional Javier Alvarado Gonzáles del Valle, palabras como corrupto, ladrón y delincuente fueron las mas escuchadas por la audiencia cuando se refirieron a su persona, pues hay que recordar que se le considera como el principal promotor de la desunión en la región, pues utilizó un doble discurso en campaña donde engaño a los cañetanos diciéndoles que les llevaría la sede regional y cuando venia al norte decía otra cosa, es merecido entonces los calificativos a este presidente regional que tiene un prontuario de denuncias y que cada día se encuentra a un paso de la cárcel, a pesar de la sospechosa dilación de los procesos judiciales que tiene en su contra.
Pero valgan verdades el tema de la sede regional, es un tema netamente político aprovechado por muchos personajes que desean reelegirse o participar en política local, la sede regional será un tema principal de la agenda y caballito de batalla de muchos candidatos; una pena por que debería darse solución rápidamente, para evitar otro engaño a las provincias hermanas, como sucedió con Alvarado y el pueblo de Cañete y que el tema nuevamente se politice.
Sin embargo ante el caos que se dio al final de la convocatoria, hoy hemos escuchado a algunos ayayeros y felipillos adictos a la mermelada de la gestión regional, decir triunfantes en sus respectivos medios de comunicación, que esto ha sido un fracaso, que «cadáveres políticos» y «figurettis» fueron los que participaron, razón por la cual se pide más seriedad al equipo del congresista Elard Melgard cuando realice este tipo de convocatorias.
Finalmente hay que reconocer que no se llegó a ninguna conclusión seria,ues poner un banner en la entrada que diga Huacho sede del gobierno regional, no parece una buena conclusión, entre algunas otras propuestas. Si se sigue con este tipo de acciones cirquenses, el tema va a seguir politizando para beneficio de los que están aprovechando este tema para captar votos en los próximos comicios, se dará la razón a los detractores y el pueblo se dará cuenta de que es utilizado, hecho que le daría la razón a los mermeleros toriles regionales, si se quiere llevar este tema en serio es imperativo cambiar la estrategia mientras se siga así solo se proyectara la imagen de Elard Melgar y Cano como los abanderados de la sede, cortina de humo conveniente para tapar los actos de corrupción que no quiere investigar el alcalde llorón, alegría para los «hermanos» del sur, hipócritas y doble cara que siguen el comportamiento de su líder Alvarado con un doble discurso y que sueñan con ser sede de región, y el rédito político para Elard Melgar que luego de obtenido lo capitalizara a beneficio de su hermano que pretende ser candidato en los próximos comicios.
Todos los huachanos están llamados a defender la sede con uñas y dientes, acompañados por conveniencia geográfica de las hermanas provincias de Huaral y Barranca a las que se sumaran las provincias aledañas alto andinas (Cajatambo,Oyón,Canta), pero hay que hacerlo como debe ser, en el fuero legal judicial, no nos dejemos engañar por los que quieren solo satisfacer sus intereses políticos electoreros
CON EL APOYO DEL MINISTERIO PÚBLICO JÓVENES LÍDERES DE CAÑETE INICIAN SUS ACTIVIDADES EN EL DISTRITO DE IMPERIAL
En el distrito de Imperial de Cañete, con el interés de superación que los mueve, se concentraron en la losa deportiva del AA.HH. Las Malvinas, 11 jóvenes líderes de este distrito, algunos de ellos que se integran por primera vez y otros que continuarán con el compromiso hecho al programa.
En esta concentración, los jóvenes líderes conocieron a los integrantes de la comisión de fiscales y profesionales que impulsará y supervisará sus acciones recreativas, formadoras y de capacitación, con tal de cumplir íntegramente con la finalidad primordial de este programa.
La Dra. Gladis Flores Santos, Fiscal Adjunta Superior en lo Civil y Familia, les dio la bienvenida en este nuevo año a los jóvenes integrantes, brindándoles la confianza que requieran y comunicándoles que se inician las actividades con esta reunión y que el próximo 29 de enero recibirán una charla por parte de los profesionales de CEDRO, por lo cual los asistentes se comprometieron a estar presentes.
Los Jóvenes Líderes del Ministerio Público, es un programa para los adolescentes y jóvenes de 13 a 29 años de edad, que se encuentren en situación de riesgo o en inicios de cometer delitos, pueden ser integrantes de pandillas u otros grupos de violencia juvenil o que hayan abandonado los estudios de educación básica regular o no tengan oportunidades de capacitación para el trabajo. Estos jóvenes deben desear cambios positivos en su vida, lejos de la persecución y crítica de los demás desarrollando su liderazgo ahora hacia el bien, con el apoyo permanente de diferentes especialistas, dirigidos por los fiscales.
En esta concentración, los jóvenes líderes conocieron a los integrantes de la comisión de fiscales y profesionales que impulsará y supervisará sus acciones recreativas, formadoras y de capacitación, con tal de cumplir íntegramente con la finalidad primordial de este programa.
La Dra. Gladis Flores Santos, Fiscal Adjunta Superior en lo Civil y Familia, les dio la bienvenida en este nuevo año a los jóvenes integrantes, brindándoles la confianza que requieran y comunicándoles que se inician las actividades con esta reunión y que el próximo 29 de enero recibirán una charla por parte de los profesionales de CEDRO, por lo cual los asistentes se comprometieron a estar presentes.
Los Jóvenes Líderes del Ministerio Público, es un programa para los adolescentes y jóvenes de 13 a 29 años de edad, que se encuentren en situación de riesgo o en inicios de cometer delitos, pueden ser integrantes de pandillas u otros grupos de violencia juvenil o que hayan abandonado los estudios de educación básica regular o no tengan oportunidades de capacitación para el trabajo. Estos jóvenes deben desear cambios positivos en su vida, lejos de la persecución y crítica de los demás desarrollando su liderazgo ahora hacia el bien, con el apoyo permanente de diferentes especialistas, dirigidos por los fiscales.
CAMPAÑA DE AFILIACION GRATUITA AL SIS SE REALIZARA ESTE DOMINGO 20 DE ENERO EN NUEVO IMPERIAL
Gracias a las gestiones realizadas y buscando el bienestar de la población de Nuevo Imperial la Municipalidad de Nuevo Imperial junto al Centro de Salud de este distrito han programado Campañas de Afiliación Gratuita al SIS( Seguro Integral de Salud) .
Las Campañas a realizarse serán los siguientes días: sábado 12 de enero en el Centro Poblado Augusto B. Leguía y este Domingo 20 de enero en la Plaza de Armas del Distrito a partir de las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde..
Se invita a todos los pobladores del Distrito de Nuevo Imperial a participar de esta Campaña de Afiliación Gratuita que es una oportunidad de contar con el Seguro Integral de Salud.
Las Campañas a realizarse serán los siguientes días: sábado 12 de enero en el Centro Poblado Augusto B. Leguía y este Domingo 20 de enero en la Plaza de Armas del Distrito a partir de las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde..
Se invita a todos los pobladores del Distrito de Nuevo Imperial a participar de esta Campaña de Afiliación Gratuita que es una oportunidad de contar con el Seguro Integral de Salud.
INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
Escribe: Dra. MARIA GUADALUPE GARNICA PINAZO
En el presente artículo, se tratará de establecer el significado del Interés Superior del Niño, identificarlo dentro de la normatividad jurídica peruana y determinar sus alcances y aplicación.
EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
A partir de 1924, a nivel internacional ante la necesidad de proteger a la infancia y adolescentes que se encontraba normativamente postergada y que eran víctimas de esclavitud, prostitución, maltrato; así como también se encontraban abandonados, refugiados, perseguido y apátridas, esto último en la época posterior a las guerras mundiales; se comenzaron a establecer normas que los protegían, estableciéndose entonces el principio del Interés Superior del Niño.
DE SU DEFINICIÓN
El Interés Superior del Niño, ha sido definido por diversos tratadistas, así Gonzalo Aguilar Cavallo en su texto «El Principio del Interés Superior del Niño y la Corte Interamericana de Derechos Humanos», cita a los siguientes:
BAEZA: Señala que el Interés Superior del Niño es «el conjunto de bienes necesarios para el desarrollo integral y la protección de la persona del menor de edad y, en general, de sus derechos, que buscan su mayor bienestar»[1].
ZERMATTEN: Propone que el principio del Interés Superior del Niño significa: «Interés Superior del Niño es un instrumento jurídico que tiende a asegurar el bienestar del niño en el plan físico, psíquico y social. Funda una obligación de las instancias y organizaciones públicas o privadas a examinar si este criterio está realizado en el momento en el que una decisión debe ser tomada con respecto a un niño y que representa una garantía para el niño de que su interés a largo plazo será tenido en cuenta. Debe servir de unidad de medida cuando varios intereses entran en convergencia.»[2]
Caso BULACIO:Refiere; que cuando se trata de protección de los derechos del niño y de la adopción de medidas para lograr dicha protección, rige el principio del interés superior del niño que se funda «en la dignidad misma del ser humano, en las características propias de los niños, y en la necesidad de propiciar el desarrollo de éstos, con pleno aprovechamiento de sus potencialidades.» [3].
CONVENCIÓN SOBRE DERECHO DEL NIÑO: En el numeral 1 del artículo 3°, establece: «1.- En toda las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades o los órganos legislativos, una consideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño»[4].
El Interés Superior del Niño es un principio internacionalmente reconocido; principio rector, guía y garantizador; que obliga al Estado a través de las personas o entes encargados de decidir respecto de derechos de niños o adolescentes, deberán tener como consideración primordial el Interés Superior del Niño. Siendo que tanto al niño como al adolescente se les reconoce los derechos que les son inherentes a su condición de persona humana, además de los derechos relacionados a la etapa de desarrollo que atraviesan, y por tanto se constituyen en sujetos cuyos derechos fundamentales deben ser especialmente protegido, por tanto, se debe decidir por lo más favorable, lo más adecuado, lo mejor para la más amplia satisfacción de sus necesidades y respeto de sus derechos. Interés Superior del Niño que al decir de Zermatten, servirá como unidad de medida cuando converjan varios derechos.
DE SU CONTENIDO
En la aplicación del Principio del Interés Superior del Niño se debe considerar en forma integral los derechos del menor, entre ellos el derecho a la no discriminación por razones de raza, sexo, origen, etc., debe privilegiarse su derecho a la vida, a la identidad, a la salud, a la educación, al efecto debe tenerse en cuenta que, es un ser con sus propias opiniones que deben ser escuchadas, con sentimientos propios y como persona que es sujeto de derechos.
El referido principio es garantista por que obliga a las instituciones del estado a crear políticas y normas para observar el Interés Superior del Niño en el ámbito de todo el territorio.
DE LOS OBLIGADOS A SU OBSERVACIÓN
a) En primer lugar se encuentran obligados a respeta el Interés Superior del Niño, los miembros de la familia, en la que los menores en algunos casos son víctimas de maltratos, abandono e incumplimiento de la satisfacción de sus necesidades básicas.
b) En segundo lugar se encuentro obligado el Estado, para lo cual debe establecer políticas, normas y programas relacionadas con el respeto a los derechos de la infancia, que garanticen la igualdad de trato a todos los niños, prestando atención a la discriminación y a la disparidad, así como la atención a su desarrollo integral.
c) En tercer lugar se encuentra obligada la sociedad, en la que se desarrolla el niño o adolescente, la que debe observar las leyes y políticas establecidas.
APRECIACIÓN FINAL.-
El Interés Superior del Niño debe entenderse como un principio rector o guía mediante el cual se efectiviza la especial protección de los derechos inalienables e inherentes a la persona humana y por la particular etapa de desarrollo en que se encuentran.
El Estado y la Sociedad deben promover acciones para la protección de los niños, la promoción y preservación de sus derechos.
[1] BAEZA CONCHA, Gloria (2001): «El interés superior del niño: Derecho de rango constitucional, su recepción en la legislación nacional y aplicación en la jurisprudencia.», en Revista Chilena de Derecho, vol. 28, núm.2, p. 356.
[2] ZERMATTEN, Jean: »El Interés Superior del Niño. Del Análisis literal al Alcance Filosófico». Informe de Trabajo.3-2003, pp-1-30, especialmente, p.15.http://www.childsrights.org/html/documents/wt/2003-3_es.pdf[visitado 20 de octubre].
[3] Corte I.D.H., Caso Bulacio vs. Argentina. Sentencia de 18 setiembre de 2003.serie C N°100.par.134.p.55.
[4] Convención sobre Derechos del Niño: Adoptada el 20 de noviembre de 1989, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, Suscrita por el Perú el 26 de enero de 1990.
En el presente artículo, se tratará de establecer el significado del Interés Superior del Niño, identificarlo dentro de la normatividad jurídica peruana y determinar sus alcances y aplicación.
EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
A partir de 1924, a nivel internacional ante la necesidad de proteger a la infancia y adolescentes que se encontraba normativamente postergada y que eran víctimas de esclavitud, prostitución, maltrato; así como también se encontraban abandonados, refugiados, perseguido y apátridas, esto último en la época posterior a las guerras mundiales; se comenzaron a establecer normas que los protegían, estableciéndose entonces el principio del Interés Superior del Niño.
DE SU DEFINICIÓN
El Interés Superior del Niño, ha sido definido por diversos tratadistas, así Gonzalo Aguilar Cavallo en su texto «El Principio del Interés Superior del Niño y la Corte Interamericana de Derechos Humanos», cita a los siguientes:
BAEZA: Señala que el Interés Superior del Niño es «el conjunto de bienes necesarios para el desarrollo integral y la protección de la persona del menor de edad y, en general, de sus derechos, que buscan su mayor bienestar»[1].
ZERMATTEN: Propone que el principio del Interés Superior del Niño significa: «Interés Superior del Niño es un instrumento jurídico que tiende a asegurar el bienestar del niño en el plan físico, psíquico y social. Funda una obligación de las instancias y organizaciones públicas o privadas a examinar si este criterio está realizado en el momento en el que una decisión debe ser tomada con respecto a un niño y que representa una garantía para el niño de que su interés a largo plazo será tenido en cuenta. Debe servir de unidad de medida cuando varios intereses entran en convergencia.»[2]
Caso BULACIO:Refiere; que cuando se trata de protección de los derechos del niño y de la adopción de medidas para lograr dicha protección, rige el principio del interés superior del niño que se funda «en la dignidad misma del ser humano, en las características propias de los niños, y en la necesidad de propiciar el desarrollo de éstos, con pleno aprovechamiento de sus potencialidades.» [3].
CONVENCIÓN SOBRE DERECHO DEL NIÑO: En el numeral 1 del artículo 3°, establece: «1.- En toda las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades o los órganos legislativos, una consideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño»[4].
El Interés Superior del Niño es un principio internacionalmente reconocido; principio rector, guía y garantizador; que obliga al Estado a través de las personas o entes encargados de decidir respecto de derechos de niños o adolescentes, deberán tener como consideración primordial el Interés Superior del Niño. Siendo que tanto al niño como al adolescente se les reconoce los derechos que les son inherentes a su condición de persona humana, además de los derechos relacionados a la etapa de desarrollo que atraviesan, y por tanto se constituyen en sujetos cuyos derechos fundamentales deben ser especialmente protegido, por tanto, se debe decidir por lo más favorable, lo más adecuado, lo mejor para la más amplia satisfacción de sus necesidades y respeto de sus derechos. Interés Superior del Niño que al decir de Zermatten, servirá como unidad de medida cuando converjan varios derechos.
DE SU CONTENIDO
En la aplicación del Principio del Interés Superior del Niño se debe considerar en forma integral los derechos del menor, entre ellos el derecho a la no discriminación por razones de raza, sexo, origen, etc., debe privilegiarse su derecho a la vida, a la identidad, a la salud, a la educación, al efecto debe tenerse en cuenta que, es un ser con sus propias opiniones que deben ser escuchadas, con sentimientos propios y como persona que es sujeto de derechos.
El referido principio es garantista por que obliga a las instituciones del estado a crear políticas y normas para observar el Interés Superior del Niño en el ámbito de todo el territorio.
DE LOS OBLIGADOS A SU OBSERVACIÓN
a) En primer lugar se encuentran obligados a respeta el Interés Superior del Niño, los miembros de la familia, en la que los menores en algunos casos son víctimas de maltratos, abandono e incumplimiento de la satisfacción de sus necesidades básicas.
b) En segundo lugar se encuentro obligado el Estado, para lo cual debe establecer políticas, normas y programas relacionadas con el respeto a los derechos de la infancia, que garanticen la igualdad de trato a todos los niños, prestando atención a la discriminación y a la disparidad, así como la atención a su desarrollo integral.
c) En tercer lugar se encuentra obligada la sociedad, en la que se desarrolla el niño o adolescente, la que debe observar las leyes y políticas establecidas.
APRECIACIÓN FINAL.-
El Interés Superior del Niño debe entenderse como un principio rector o guía mediante el cual se efectiviza la especial protección de los derechos inalienables e inherentes a la persona humana y por la particular etapa de desarrollo en que se encuentran.
El Estado y la Sociedad deben promover acciones para la protección de los niños, la promoción y preservación de sus derechos.
[1] BAEZA CONCHA, Gloria (2001): «El interés superior del niño: Derecho de rango constitucional, su recepción en la legislación nacional y aplicación en la jurisprudencia.», en Revista Chilena de Derecho, vol. 28, núm.2, p. 356.
[2] ZERMATTEN, Jean: »El Interés Superior del Niño. Del Análisis literal al Alcance Filosófico». Informe de Trabajo.3-2003, pp-1-30, especialmente, p.15.http://www.childsrights.org/html/documents/wt/2003-3_es.pdf[visitado 20 de octubre].
[3] Corte I.D.H., Caso Bulacio vs. Argentina. Sentencia de 18 setiembre de 2003.serie C N°100.par.134.p.55.
[4] Convención sobre Derechos del Niño: Adoptada el 20 de noviembre de 1989, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, Suscrita por el Perú el 26 de enero de 1990.
ASIA: MAR DE COPAS...
Adolescentes y otros que recién estrenan la mayoría de edad toman hasta las 6 de la mañana en diferentes locales públicos de Asia
(Artículo publicado en la Revista Caretas)
La crónica de una noche de juerga interminable en el Boulevard de Asia. Alcohol, drogas y accidentes en el kilómetro donde prima la inconsciencia.
La noche va a ser larga. Luego de un cabeceo obligatorio y la respectiva preparación mental y física necesaria antes de enfrentar una noche de rumba y desenfreno en el sur de la ciudad, enrumbo a la impredecible carretera Panamericana Sur que me llevará a mi destino: el Boulevard de Asia. Solo pasadas las doce de la noche, cinco muy arreglados y bisoños jóvenes ya habían estampado su camioneta negra contra el guardarraíl. de su izquierda, y golpeados e inestables, caminaban en fila india hacia la aparatosa ambulancia que los esperaba a unos metros del desastre. Alegaron solo haber perdido el control del automóvil, sin trago de por medio. Esta vez, fue solo el susto.
Kilómetro 97.5, una y media de la mañana, llego al pequeño mundo del fin de semana de la elite de la sociedad. A una ciudad comprimida que incluye los exquisitos gustos de la aristocracia limeña. Ahí donde familias enteras de blancos recorren perfectos y señalizados suelos asfaltados en búsqueda de la vajilla adecuada para el salmón a la parrilla que prepararán en la noche en Casa & Ideas, la falda más corta y de moda estilo animal print para la juerga en Joia o una parada de último minuto en la tienda de Claro porque el WhatsApp del Blackberry se colgó y ahora cómo me comunico más tarde. Ah, es que en el exclusivo Boulevard de Asia mancó el que no tiene celular porque el único teléfono público que hay está malogrado. Después de todo, siempre nos quedará el BB chat.
Meneando melenas que aún queman por el paso de la plancha de pelo y al ritmo de pasos inseguros a una distancia de taco nueve del piso empedrado, aparecen las féminas uniformadas y cuidadosamente maquilladas para estar irreconocibles en esta noche que recién comienza. Los previos se inician en sus casas, según dicen, desde las 9 de la noche. La carta: interminables vasos de whisky, vodka, unos chilcanos y, si hay tiempo, un bocadito luego en el Fridays del boulevard. No falta, en algunos, el éxtasis y cigarros de marihuana frente a la playa. Cuando el alcohol y demás empiezan a hacer sus efectos distorsionadores en mente y cuerpo, llámesele criollamente ‘estar picado’, empieza la fiesta.
Chela y Blackberry en mano, caminan atolondradas hasta el triángulo de las discotecas más codiciadas de la noche, Joia, Stereo y Rock Bar, en donde se quedarán un promedio de media hora o más despolvando sus mejores artificios para poder entrar. Porque ahí solo entra el que es amigo del vip, la que tuvo suerte y un promotor le regaló un brazalete o la que está en la lista de alguno de los socios. Ojo, también vale coimear al vip, pero no siempre trae buenos resultados. Pero, al final y como ya sabemos todos, contactito manda.
Manadas de chicas y chicos desde los 14 hasta los 30 años forman una barrera alrededor de las discotecas y a la voz de «¡ya está todo el mundo!», secan rápidamente sus últimos sorbos de cerveza, hacen sus últimas coordinaciones y empiezan a entrar. Son las dos y media de la mañana. Primera parada: Stereo. Recurriendo al empujón, ya que pedir permiso es una pérdida de tiempo, logro introducirme en una jungla de meneos en shorts y tacos, quemadas de cigarro y un olor a Jagermeister, Jager para los amigos, con Red Bull fundido en el ambiente del bailecito hasta que toque el hueso. O el piso. Cuando el tránsito perpetuo empieza a aburrir a las chicas «bien sazonaditas», como diría uno de los vips, después de tomar vasos de cuba libre y whisky puro sin parar, se van a seguir con el recorrido nocturno. No sin antes hacer una parada previa en el zaguán del local y sentarse en la oscuridad de las escaleras, espacio exclusivo en donde los blackberry dependientes se hipnotizan con su mensajería instantánea. Segunda parada: Joia. Al ritmo de «Sin compromiso, solo baila hasta el piso», cual si fuera el himno de la noche, whisky on the rocks, chilcanos y marihuana vienen y van, y las chicas bailan descontroladas en donde las agarre la canción. Donde hay trago, están, y donde hay foto, también. Qué sería de estas chicas entaconadas sin las barandas de las escaleras.
Tercera parada, y espero última, Rock bar. Cuatro de la madrugada. No necesité avanzar más que la primera zona para que una chica mareada termine expulsando todo lo que tomó y comió en la noche al lado mío. Agarrada de los vips, casi inconsciente, se la llevan afuera entre burlas y ataques de risa de otras mujeres que, frente al espejo de la discoteca, se retocaban las máscaras de maquillaje en la cara. Chicas que vomitan en los baños son objeto de burla de sus propias amigas que solo atinan a amarrarles el pelo. Y que siga la fiesta.
(Artículo publicado en la Revista Caretas)
La crónica de una noche de juerga interminable en el Boulevard de Asia. Alcohol, drogas y accidentes en el kilómetro donde prima la inconsciencia.
La noche va a ser larga. Luego de un cabeceo obligatorio y la respectiva preparación mental y física necesaria antes de enfrentar una noche de rumba y desenfreno en el sur de la ciudad, enrumbo a la impredecible carretera Panamericana Sur que me llevará a mi destino: el Boulevard de Asia. Solo pasadas las doce de la noche, cinco muy arreglados y bisoños jóvenes ya habían estampado su camioneta negra contra el guardarraíl. de su izquierda, y golpeados e inestables, caminaban en fila india hacia la aparatosa ambulancia que los esperaba a unos metros del desastre. Alegaron solo haber perdido el control del automóvil, sin trago de por medio. Esta vez, fue solo el susto.
Kilómetro 97.5, una y media de la mañana, llego al pequeño mundo del fin de semana de la elite de la sociedad. A una ciudad comprimida que incluye los exquisitos gustos de la aristocracia limeña. Ahí donde familias enteras de blancos recorren perfectos y señalizados suelos asfaltados en búsqueda de la vajilla adecuada para el salmón a la parrilla que prepararán en la noche en Casa & Ideas, la falda más corta y de moda estilo animal print para la juerga en Joia o una parada de último minuto en la tienda de Claro porque el WhatsApp del Blackberry se colgó y ahora cómo me comunico más tarde. Ah, es que en el exclusivo Boulevard de Asia mancó el que no tiene celular porque el único teléfono público que hay está malogrado. Después de todo, siempre nos quedará el BB chat.
Meneando melenas que aún queman por el paso de la plancha de pelo y al ritmo de pasos inseguros a una distancia de taco nueve del piso empedrado, aparecen las féminas uniformadas y cuidadosamente maquilladas para estar irreconocibles en esta noche que recién comienza. Los previos se inician en sus casas, según dicen, desde las 9 de la noche. La carta: interminables vasos de whisky, vodka, unos chilcanos y, si hay tiempo, un bocadito luego en el Fridays del boulevard. No falta, en algunos, el éxtasis y cigarros de marihuana frente a la playa. Cuando el alcohol y demás empiezan a hacer sus efectos distorsionadores en mente y cuerpo, llámesele criollamente ‘estar picado’, empieza la fiesta.
Chela y Blackberry en mano, caminan atolondradas hasta el triángulo de las discotecas más codiciadas de la noche, Joia, Stereo y Rock Bar, en donde se quedarán un promedio de media hora o más despolvando sus mejores artificios para poder entrar. Porque ahí solo entra el que es amigo del vip, la que tuvo suerte y un promotor le regaló un brazalete o la que está en la lista de alguno de los socios. Ojo, también vale coimear al vip, pero no siempre trae buenos resultados. Pero, al final y como ya sabemos todos, contactito manda.
Manadas de chicas y chicos desde los 14 hasta los 30 años forman una barrera alrededor de las discotecas y a la voz de «¡ya está todo el mundo!», secan rápidamente sus últimos sorbos de cerveza, hacen sus últimas coordinaciones y empiezan a entrar. Son las dos y media de la mañana. Primera parada: Stereo. Recurriendo al empujón, ya que pedir permiso es una pérdida de tiempo, logro introducirme en una jungla de meneos en shorts y tacos, quemadas de cigarro y un olor a Jagermeister, Jager para los amigos, con Red Bull fundido en el ambiente del bailecito hasta que toque el hueso. O el piso. Cuando el tránsito perpetuo empieza a aburrir a las chicas «bien sazonaditas», como diría uno de los vips, después de tomar vasos de cuba libre y whisky puro sin parar, se van a seguir con el recorrido nocturno. No sin antes hacer una parada previa en el zaguán del local y sentarse en la oscuridad de las escaleras, espacio exclusivo en donde los blackberry dependientes se hipnotizan con su mensajería instantánea. Segunda parada: Joia. Al ritmo de «Sin compromiso, solo baila hasta el piso», cual si fuera el himno de la noche, whisky on the rocks, chilcanos y marihuana vienen y van, y las chicas bailan descontroladas en donde las agarre la canción. Donde hay trago, están, y donde hay foto, también. Qué sería de estas chicas entaconadas sin las barandas de las escaleras.
Tercera parada, y espero última, Rock bar. Cuatro de la madrugada. No necesité avanzar más que la primera zona para que una chica mareada termine expulsando todo lo que tomó y comió en la noche al lado mío. Agarrada de los vips, casi inconsciente, se la llevan afuera entre burlas y ataques de risa de otras mujeres que, frente al espejo de la discoteca, se retocaban las máscaras de maquillaje en la cara. Chicas que vomitan en los baños son objeto de burla de sus propias amigas que solo atinan a amarrarles el pelo. Y que siga la fiesta.
EDICTOS
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a:
EXP.- 2010-0020; a RUBEN DARIO ROMERO RODRIGUEZ Y AUGUSTO QUILCA ÑAUPA para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 24.01.2013; hora 11.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública-Peculado Doloso; Agraviado: Municipalidad Distrital de Alís y El Estado; bajo apercibimiento al segundo acusado de ser declarado Reo Contumaz en caso no asista, Secretario Miranda. Cañete, 15.01.2013.
EXP.- 2003-0117; a PEDRO GROCELIO FIGUEROA VELIZ Y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR. para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 04.02.2013; hora 09.00a.m.; Delito: Contra el Patrimonio-Robo de ganado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 07.01.2013.
EXP.- 2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2011-0083; a ANA MARIA HUERTA MENDOZA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Cohecho Activo Genérico; Agraviado: Estado; bajo apercibimiento de ser declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2009-0588; a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 09.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Activo Genérico; Agraviado: El Estado; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2007-0630; a VICTOR VICENTE AYLLON HUAMAN, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Usurpación Agravada; Agraviado: Inmobiliaria Leonardo SAC; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0099; a RONAL ZEGARRA MORALES, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravada; Agraviado: Antonia Baca Mamani; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ y ordenar su Detención y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0213; a FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención. Secretario Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2003-0946; a ANGELITA BAYLON VASQUEZ. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Parricidio; Agraviado: Giancarlos Maldonado Baylón. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2007-0031; a AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Ocultamiento de Ingresos; Agraviado: SUNAT. Secretario: Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2007-0507; a ISAAC QUISPE RIOS. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Victor Nestor Ávila Quispe. Secretario: Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2010-0245; a MOISES WEBESTER JERÓNIMO GUERRERO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2008-0039; a CARLOS MARTIN APAZA RAMOS, para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Pasivo Propio; Agraviado: El Estado. Secretario Miranda. Cañete, 14.01.2013
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Aroni; ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 0408-2012-0; En la investigación seguida contra ROSARIO DEL PILAR PEÑA PILCA VIUDA DE BUSTAMANTE, por Delito contra el Patrimonio-DAÑOS AGRAVADOS, en agravio de Santos Rojas Orellana. Notifica a SANTOS ROJAS ORELLANA la Resolución 01 (09.01.2013); RESUELVE: PRIMERO: Formar el cuaderno de la Etapa Intermedia con el requerimiento de sobreseimiento, adjuntando los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional y actas que registren las actuaciones judiciales, DISPONIENDO que el expediente fiscal sirva como anexo al cuaderno de la etapa intermedia: SEGUNDO: correr traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme a los estipulado en el art. 345° del Código Procesal Penal acompañándose copia del sobreseimiento fiscal. . Asistente Anchiraico.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Dr. Sánchez, cita y emplaza:
EXP.- 1173-2003; a LUIS ALBERTO SANCHEZ HUARANGA, para que dentro del término de TRES DIAS de notificado con la presente cumpla con las reglas de conductas, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido, en la instrucción que se le siguiera en su contra por el delito Contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de Richard Ancasi Carbajal, Secretaria: Hernández. Cañete, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Dr. Chacaliaza cita y emplaza:
EXP.- 2012-66-01-JPU; al encausado VALENTIN TAPIA MAMANI, para que concurra a AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, DÍA: 29.01.2013; HORA: 10.00a.m.; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Delito Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: José valentino Tapia Curasi. Asistente: Huamán. Mala, 14.01.2013.
17, 18 y 19 de Enero del 2013.
ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DEL MERCADO MODELO SAN VICENTE DE CAÑETE
CONVOCATORIA A ELECCIONES
La Presidenta del Comité Electoral de la Asociación de Comerciantes del Mercado Modelo San Vicente de Cañete, cita a Ud. a las nuevas Elecciones del Consejo Directivo Enero 2013 – Diciembre 2014.
Lugar: Explanada del Mercado Puesto Nº 94 – 95 – 96
Sección: Juguetería
Hora: 9:00 a.m. – 4:00 p.m.
Betty Alcalá Castilla, Presidenta
Edgar Matos Huamanlazo, Secreetario
Julio Luis De la Cruz Sánchez, Vocal
Publicar: 17 y 18 de Enero.
AVISO
Se hace de conocimiento que va a ser sentado en la Parroquia de Pacarán la Partida de Bautizo del Sr. Severino Candela Rivadeneyra, con DNI 07346033, nacido el 10 de Junio de 1925 en Pacarán, hijo de Juan Candela Sánchez y doña Petronila Rivadeneyra Nuñez.
Si alguna persona se opusiera, comunicar a la Parroquia de Pacarán.
Cañete, 18 de Enero de 2013.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Se hace saber que don WILFREDO PEREZ TRUEVAS, de 41 años, natural de Jesús María – Lima, de ocupación Empleado, con DNI Nº 09885094, domiciliado en Calle Santa Alicia 6493 – Urb. San Martín – San Martín de Porres – Lima; y doña MIRIAN ESTHER MORÁN CALDERÓN, de 34 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI Nº 15450215, de ocupación Secretaria, domiciliada en Jr. Los Algarrobos Mz. C Lote 6 – CAU. Chilcal – San Vicente - Cañete, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 09 de Febrero de 2013. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 17 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña ROSA ANTONIA SAENZ ARAUJO, manifestando ser hija de quien fuera en vida don FELIPE SAENZ CHUPAYO, quien falleció AB-INTESTADO el día 17 de Abril del año 1994, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos: GUMERCINDO SAENZ ARAUJO, PEDRO SAENZ ARAUJO, RAUL SAENZ ARAUJO, VICTOR SAENZ ARAUJO, JOSE ANTONIO SAENZ ARAUJO, JUAN MANUEL SAENZ ARAUJO, ROSA ANTONIA SAENZ ARAUJO y SANDRA VERONICA SAENZ ARAUJO, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 06 de Agosto de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don WILDER VICENTE NOLAZCO CABRERA, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña OLGA CABRERA HUAMAN, quien falleció AB-INTESTADA el día 03 de Julio del 2012, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su hijo WILDER VICENTE NOLAZCO CABRERA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 27 de Diciembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 322-2013, don Everardo Lizarbe Ochoa, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Adelayda Lizarbe Alca, inscrita en el libro 158, folio 99, año 1964, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular ABELARDO LIZARBE OCHOA y MARIA ALCA TACAS, siendo lo correcto EVERARDO LIZARBE OCHOA y DINA MARIA ALCA TACAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 320-2013, don Everardo Lizarbe Ochoa, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 171. Folio 199, año 1968, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del a titular MARIA ALCA TACAS, siendo lo correcto DINA MARIA ALCA TACAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 319-2013, don Everardo Lizarbe Ochoa, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Dina Lizarbe Alca, inscrita en el libro 219, folio 435, año 1976, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del a titular MARIA ALCA TACAS, siendo lo correcto DINA MARIA ALCA TACAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 265-2013, doña Nora Elizabeth Quispe Medrano, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Justino Abelardo de la Cruz Castillon, inscrita en el Acta 01274129, año 2009, en el extremo que se ha consignado como nombre del a cónyuge del fallecido SANTA QUISPE CASTILLON siendo lo correcto SANTA GREGORIA QUISPE CASTILLON.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
OFICINA DE REGISTROS CIVILES
RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO VIA ADMINISTRATIVA
OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
REGISTRADOR: Felícita Eusebia Arias de Torres
SOLICITANTE: Erlinda Luz Solís Zevallos
RECTIFICACION: Acta de Nacimiento de la solicitante.
Adicionar el primer nombre de la madre y corregir el segundo apellido de la titular.
DICE: Graciela Zevallos Chumpitaz
DEBE DECIR: Francisca Graciela Zevallos Chumpitaz
DICE: Herlinda Luz Solis Zeballos
DEBE DECIR: Herlinda Luz Solis Zevallos
Fecha de presentación de la solicitud: 12-01-2013
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe de Registro del Estado Civil
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a:
EXP.- 2010-0020; a RUBEN DARIO ROMERO RODRIGUEZ Y AUGUSTO QUILCA ÑAUPA para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 24.01.2013; hora 11.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública-Peculado Doloso; Agraviado: Municipalidad Distrital de Alís y El Estado; bajo apercibimiento al segundo acusado de ser declarado Reo Contumaz en caso no asista, Secretario Miranda. Cañete, 15.01.2013.
EXP.- 2003-0117; a PEDRO GROCELIO FIGUEROA VELIZ Y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR. para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 04.02.2013; hora 09.00a.m.; Delito: Contra el Patrimonio-Robo de ganado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 07.01.2013.
EXP.- 2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2011-0083; a ANA MARIA HUERTA MENDOZA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Cohecho Activo Genérico; Agraviado: Estado; bajo apercibimiento de ser declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2009-0588; a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 05.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 04.01.2013.
EXP.- 2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 09.30a.m.; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Activo Genérico; Agraviado: El Estado; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2007-0630; a VICTOR VICENTE AYLLON HUAMAN, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.00a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Usurpación Agravada; Agraviado: Inmobiliaria Leonardo SAC; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención y ordenar su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0099; a RONAL ZEGARRA MORALES, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 10.30a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravada; Agraviado: Antonia Baca Mamani; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ y ordenar su Detención y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. Cañete, 09.01.2013.
EXP.- 2008-0213; a FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS, para que se apersone a Sala de Audiencias y responda de los cargos formulados en su contra el Día 06.03.2013; hora 11.00a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor con identidad reservada; bajo apercibimiento de Revocarse la Comparecencia por Detención. Secretario Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2003-0946; a ANGELITA BAYLON VASQUEZ. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Parricidio; Agraviado: Giancarlos Maldonado Baylón. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2007-0031; a AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Ocultamiento de Ingresos; Agraviado: SUNAT. Secretario: Miranda. Cañete, 10.01.2013.
EXP.- 2007-0507; a ISAAC QUISPE RIOS. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Victor Nestor Ávila Quispe. Secretario: Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2010-0245; a MOISES WEBESTER JERÓNIMO GUERRERO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO. para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la libertad Sexual; Agraviada: menor con identidad reservada. Secretario Miranda. Cañete, 08.01.2013.
EXP.- 2008-0039; a CARLOS MARTIN APAZA RAMOS, para que se ponga a derecho y responda de los cargos formulados en su contra; Delito: Contra la Administración Pública:-Cohecho Pasivo Propio; Agraviado: El Estado. Secretario Miranda. Cañete, 14.01.2013
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Aroni; ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 0408-2012-0; En la investigación seguida contra ROSARIO DEL PILAR PEÑA PILCA VIUDA DE BUSTAMANTE, por Delito contra el Patrimonio-DAÑOS AGRAVADOS, en agravio de Santos Rojas Orellana. Notifica a SANTOS ROJAS ORELLANA la Resolución 01 (09.01.2013); RESUELVE: PRIMERO: Formar el cuaderno de la Etapa Intermedia con el requerimiento de sobreseimiento, adjuntando los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional y actas que registren las actuaciones judiciales, DISPONIENDO que el expediente fiscal sirva como anexo al cuaderno de la etapa intermedia: SEGUNDO: correr traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme a los estipulado en el art. 345° del Código Procesal Penal acompañándose copia del sobreseimiento fiscal. . Asistente Anchiraico.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Dr. Sánchez, cita y emplaza:
EXP.- 1173-2003; a LUIS ALBERTO SANCHEZ HUARANGA, para que dentro del término de TRES DIAS de notificado con la presente cumpla con las reglas de conductas, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido, en la instrucción que se le siguiera en su contra por el delito Contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de Richard Ancasi Carbajal, Secretaria: Hernández. Cañete, 03.01.2013.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Dr. Chacaliaza cita y emplaza:
EXP.- 2012-66-01-JPU; al encausado VALENTIN TAPIA MAMANI, para que concurra a AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, DÍA: 29.01.2013; HORA: 10.00a.m.; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Delito Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: José valentino Tapia Curasi. Asistente: Huamán. Mala, 14.01.2013.
17, 18 y 19 de Enero del 2013.
ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DEL MERCADO MODELO SAN VICENTE DE CAÑETE
CONVOCATORIA A ELECCIONES
La Presidenta del Comité Electoral de la Asociación de Comerciantes del Mercado Modelo San Vicente de Cañete, cita a Ud. a las nuevas Elecciones del Consejo Directivo Enero 2013 – Diciembre 2014.
Lugar: Explanada del Mercado Puesto Nº 94 – 95 – 96
Sección: Juguetería
Hora: 9:00 a.m. – 4:00 p.m.
Betty Alcalá Castilla, Presidenta
Edgar Matos Huamanlazo, Secreetario
Julio Luis De la Cruz Sánchez, Vocal
Publicar: 17 y 18 de Enero.
AVISO
Se hace de conocimiento que va a ser sentado en la Parroquia de Pacarán la Partida de Bautizo del Sr. Severino Candela Rivadeneyra, con DNI 07346033, nacido el 10 de Junio de 1925 en Pacarán, hijo de Juan Candela Sánchez y doña Petronila Rivadeneyra Nuñez.
Si alguna persona se opusiera, comunicar a la Parroquia de Pacarán.
Cañete, 18 de Enero de 2013.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Se hace saber que don WILFREDO PEREZ TRUEVAS, de 41 años, natural de Jesús María – Lima, de ocupación Empleado, con DNI Nº 09885094, domiciliado en Calle Santa Alicia 6493 – Urb. San Martín – San Martín de Porres – Lima; y doña MIRIAN ESTHER MORÁN CALDERÓN, de 34 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI Nº 15450215, de ocupación Secretaria, domiciliada en Jr. Los Algarrobos Mz. C Lote 6 – CAU. Chilcal – San Vicente - Cañete, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 09 de Febrero de 2013. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 17 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña ROSA ANTONIA SAENZ ARAUJO, manifestando ser hija de quien fuera en vida don FELIPE SAENZ CHUPAYO, quien falleció AB-INTESTADO el día 17 de Abril del año 1994, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos: GUMERCINDO SAENZ ARAUJO, PEDRO SAENZ ARAUJO, RAUL SAENZ ARAUJO, VICTOR SAENZ ARAUJO, JOSE ANTONIO SAENZ ARAUJO, JUAN MANUEL SAENZ ARAUJO, ROSA ANTONIA SAENZ ARAUJO y SANDRA VERONICA SAENZ ARAUJO, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 06 de Agosto de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don WILDER VICENTE NOLAZCO CABRERA, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña OLGA CABRERA HUAMAN, quien falleció AB-INTESTADA el día 03 de Julio del 2012, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su hijo WILDER VICENTE NOLAZCO CABRERA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 27 de Diciembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 322-2013, don Everardo Lizarbe Ochoa, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Adelayda Lizarbe Alca, inscrita en el libro 158, folio 99, año 1964, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular ABELARDO LIZARBE OCHOA y MARIA ALCA TACAS, siendo lo correcto EVERARDO LIZARBE OCHOA y DINA MARIA ALCA TACAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 320-2013, don Everardo Lizarbe Ochoa, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 171. Folio 199, año 1968, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del a titular MARIA ALCA TACAS, siendo lo correcto DINA MARIA ALCA TACAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 319-2013, don Everardo Lizarbe Ochoa, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Dina Lizarbe Alca, inscrita en el libro 219, folio 435, año 1976, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del a titular MARIA ALCA TACAS, siendo lo correcto DINA MARIA ALCA TACAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 265-2013, doña Nora Elizabeth Quispe Medrano, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Justino Abelardo de la Cruz Castillon, inscrita en el Acta 01274129, año 2009, en el extremo que se ha consignado como nombre del a cónyuge del fallecido SANTA QUISPE CASTILLON siendo lo correcto SANTA GREGORIA QUISPE CASTILLON.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
OFICINA DE REGISTROS CIVILES
RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO VIA ADMINISTRATIVA
OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
REGISTRADOR: Felícita Eusebia Arias de Torres
SOLICITANTE: Erlinda Luz Solís Zevallos
RECTIFICACION: Acta de Nacimiento de la solicitante.
Adicionar el primer nombre de la madre y corregir el segundo apellido de la titular.
DICE: Graciela Zevallos Chumpitaz
DEBE DECIR: Francisca Graciela Zevallos Chumpitaz
DICE: Herlinda Luz Solis Zeballos
DEBE DECIR: Herlinda Luz Solis Zevallos
Fecha de presentación de la solicitud: 12-01-2013
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe de Registro del Estado Civil
17 enero 2013
GOBIERNO PROMULGÓ LEY DE CREACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL
El gobierno promulgó la ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), como un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales y el referido a la seguridad y salud en el trabajo.
La Ley 29981 de creación del SUNAFIL, publicada el pasado 15 de Enero, en el diario oficial El Peruano, establece que dicho organismo desarrollará y ejecutará todas las funciones y competencias establecidas en la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo en el ámbito nacional y cumplirá el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
“La creación de SUNAFIL expresa la decisión del gobierno de potenciar la formalidad laboral y el cumplimiento de los derechos laborales. Se generará un entorno de protección de derechos más efectivo para los trabajadores y de reglas más claras para los empleadores”, dijo Nancy Laos, ministra de Trabajo.
Señaló que actualmente el sistema de inspección laboral sólo cubre al 20% del mercado laboral y hay zonas del país donde no existe inspección laboral. “Las empresas que cumplen la normativa laboral no tienen que preocuparse, al contrario, garantizaremos que la actuación de la SUNAFIL sea técnica y predecible y priorizaremos la difusión de la normativa laboral especialmente en las pequeñas y microempresas”, dijo Laos.
Sanciones
Una de las novedades de la norma es el establecimiento de severas sanciones disuasorias por infracciones a las normas laborales al incrementar en hasta diez veces los montos que se venían imponiendo a las empresas infractoras.
En ese sentido, las multas máximas por infracciones muy graves se elevaron de 20 UIT a 200 UIT, equivalente a S/ 740 mil; las infracciones graves de 10 UIT a 100 UIT; mientras que las infracciones leves de 5 UIT a 50 UIT.
Hay que indicar que el Poder Ejecutivo aprobará el Reglamento y las normas complementarias en un plazo no mayor de 60 días hábiles a partir del inicio de su vigencia. La implementación total de la SUNAFIL se hará en un plazo de 120 días hábiles luego de aprobarse el Reglamento de Organización y Funciones de este organismo.
Entre otras funciones asignadas a SUNAFIL se encuentra la de imponer las sanciones legalmente establecidas por el incumplimiento de las normas laborales, el desarrollo de funciones inspectivas de orientación y asistencia técnica de los gobierno regionales y ejercer la facultad de ejecución coactiva respecto de las sanciones impuestas en el ejercicio de sus competencias.
El Consejo Directivo del SUNAFIL será el órgano máximo de la entidad y el responsable de aprobar las políticas institucionales y la dirección de la entidad. Estará integrado por cinco miembros designados para un periodo de tres años, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Su máxima autoridad ejecutiva será el Superintendente, a quien se le designará por resolución suprema a propuesta de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.
Asimismo, dicho consejo directivo estará conformado por representantes del Ministerio de Trabajo, uno de los cuales lo presidirá; un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT); un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR); un representante del Seguro Social de Salud (EsSalud) y un representante designado por la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.
Gobiernos Regionales
La ley precisa que los gobiernos regionales desarrollarán y ejecutarán las funciones y competencias señaladas en Ley General de Inspección del Trabajo respecto a las microempresas, sean éstas formales o no y “de acuerdo a como lo defina el reglamento, en concordancia con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las formas que emita el ente rector del sistema funcional”.
Al respecto, se establece que las unidades orgánicas de los gobiernos regionales dependerán funcional y técnicamente del SUNAFIL en materia de inspección del trabajo.
Entre las Disposiciones Complementarias y Finales de la norma se señala que serán transferidos a la SUNAFIL los órganos, unidades orgánicas y cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, referidas a la supervisión y fiscalización del cumplimiento de la normativa sociolaboral.
Igualmente, se indica que la SUNAFIL, los gobiernos regionales, las entidades públicas o privadas que deben garantizar el cumplimiento de normas sociolaborales, incluidas las de administración de fondos de seguridad social, se encuentran facultados para suscribir convenios con el objeto de que dicho organismo fiscalice tales nomas.
La Ley 29981 de creación del SUNAFIL, publicada el pasado 15 de Enero, en el diario oficial El Peruano, establece que dicho organismo desarrollará y ejecutará todas las funciones y competencias establecidas en la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo en el ámbito nacional y cumplirá el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
“La creación de SUNAFIL expresa la decisión del gobierno de potenciar la formalidad laboral y el cumplimiento de los derechos laborales. Se generará un entorno de protección de derechos más efectivo para los trabajadores y de reglas más claras para los empleadores”, dijo Nancy Laos, ministra de Trabajo.
Señaló que actualmente el sistema de inspección laboral sólo cubre al 20% del mercado laboral y hay zonas del país donde no existe inspección laboral. “Las empresas que cumplen la normativa laboral no tienen que preocuparse, al contrario, garantizaremos que la actuación de la SUNAFIL sea técnica y predecible y priorizaremos la difusión de la normativa laboral especialmente en las pequeñas y microempresas”, dijo Laos.
Sanciones
Una de las novedades de la norma es el establecimiento de severas sanciones disuasorias por infracciones a las normas laborales al incrementar en hasta diez veces los montos que se venían imponiendo a las empresas infractoras.
En ese sentido, las multas máximas por infracciones muy graves se elevaron de 20 UIT a 200 UIT, equivalente a S/ 740 mil; las infracciones graves de 10 UIT a 100 UIT; mientras que las infracciones leves de 5 UIT a 50 UIT.
Hay que indicar que el Poder Ejecutivo aprobará el Reglamento y las normas complementarias en un plazo no mayor de 60 días hábiles a partir del inicio de su vigencia. La implementación total de la SUNAFIL se hará en un plazo de 120 días hábiles luego de aprobarse el Reglamento de Organización y Funciones de este organismo.
Entre otras funciones asignadas a SUNAFIL se encuentra la de imponer las sanciones legalmente establecidas por el incumplimiento de las normas laborales, el desarrollo de funciones inspectivas de orientación y asistencia técnica de los gobierno regionales y ejercer la facultad de ejecución coactiva respecto de las sanciones impuestas en el ejercicio de sus competencias.
El Consejo Directivo del SUNAFIL será el órgano máximo de la entidad y el responsable de aprobar las políticas institucionales y la dirección de la entidad. Estará integrado por cinco miembros designados para un periodo de tres años, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Su máxima autoridad ejecutiva será el Superintendente, a quien se le designará por resolución suprema a propuesta de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.
Asimismo, dicho consejo directivo estará conformado por representantes del Ministerio de Trabajo, uno de los cuales lo presidirá; un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT); un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR); un representante del Seguro Social de Salud (EsSalud) y un representante designado por la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.
Gobiernos Regionales
La ley precisa que los gobiernos regionales desarrollarán y ejecutarán las funciones y competencias señaladas en Ley General de Inspección del Trabajo respecto a las microempresas, sean éstas formales o no y “de acuerdo a como lo defina el reglamento, en concordancia con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las formas que emita el ente rector del sistema funcional”.
Al respecto, se establece que las unidades orgánicas de los gobiernos regionales dependerán funcional y técnicamente del SUNAFIL en materia de inspección del trabajo.
Entre las Disposiciones Complementarias y Finales de la norma se señala que serán transferidos a la SUNAFIL los órganos, unidades orgánicas y cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, referidas a la supervisión y fiscalización del cumplimiento de la normativa sociolaboral.
Igualmente, se indica que la SUNAFIL, los gobiernos regionales, las entidades públicas o privadas que deben garantizar el cumplimiento de normas sociolaborales, incluidas las de administración de fondos de seguridad social, se encuentran facultados para suscribir convenios con el objeto de que dicho organismo fiscalice tales nomas.
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