21 enero 2009

OFICIALMENTE CREADA LIGA DEL CENTRO POBLADO PUEBLO NUEVO DE CONTA...

Una nueva Liga de carácter distrital, se ha creado en Cañete... se trata de la creación de la Liga Intradistrital del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Conta... con fecha 19 de Enero del 2009, la Liga Departamental de Fútbol de Lima, dio a conocer a Juan Crisóstomo Manrique De La Cruz, la Resolución Nº 01/2009/LDFL, que siendo de carácter provisional, es la partida de nacimiento de esta novísima Liga cañetana.
Aquí el tenor completo de dicha Resolución.

Resolución Nº 01/2009-LDEFL
Lima, 16 de enero de 2009
VISTO:
El expediente con fecha 18 de diciembre de 2008 que presenta la municipalidad del centro poblado Pueblo Nuevo de Conta, ubicado en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, solicitando la constitución de una liga intradistrital. En los conversatorios previos han estado presente los pobladores del lugar, la comisión técnica de estadio, dirigentes de la Liga Departamental de Futbol de Lima, el Presidente de la Liga Provincial de Futbol de Cañete, el presidente de la Liga Distrital de Nuevo Imperal, representantes de la Municipalidad del Centro Poblado.
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo con la ley de bases de descentralización Nº 27783, el territorio del Perú, está conformado por regiones, departamentos, provincias, distrito y centro poblados en cuyas circunscripciones se organiza el estado y el gobierno en los ámbitos nacional, regional y local. Los centros poblados se rigen por la Ley de Municipalidades Nº 27972, y por la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados, Ley Nº 28440.
QUE, el articulo 41 de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nº 28036, proscribe, que en el caso del futbol se constituirán las ligas a nivel de zona intradistrital, teniendo como fundamento los objetivos de la ley, que es promover y masificar el deporte, en la forma descentralizada a nivel del ámbito local, regional y nacional.
QUE, esta norma ha sido reglamentada por la Federación Peruana de Fútbol en la cuarta disposición transitoria de la base de la etapa distrital, con mandato expreso de que funcionaran única y exclusivamente con la tercera categoría. En lo que se refiere al departamento de Lima, la explosión demográfica producto de la migración en gran escala de pobladores proveniente de otros departamento, produce que se comiencen a poblar mayores zonas geográficas con un gran volumen en familias; por lo que resulta necesario implementar políticas deportivas de acuerdo a la realidad de cada jurisdicción, organizadas sobre acciones de demarcación territorial y se sustente en principios de unidad, continuidad, integración y criterios de orden  población geográfica, socio económico y cultural.
QUE, la Liga Departamental de Futbol de Lima, con finalidad de masificar y fomentar la practica del futbol en el ámbito departamental, impulsa programas de interés público y social, acortes con plan deportivo y los planes de desarrollo. Planteo a la federación peruana de futbol, mediante oficio Nº 1426-LDEFL-2008, la necesidad de atender a los pueblos para hacer deporte, y se constituyan las ligas intradistritales, con las tres divisiones, con los mismos derechos de constitución y participación de las ligas distritales en el sistema deportivo nacional de la “Copa Perú”, recibiendo la autorización con oficio Nº 089-FPF-2009. Para el efecto, presentado el proyecto, debe ser sometido a la evaluación previa sobre cumplimiento de requisitos para su confirmación.
QUE, el petitorio de la población se da por problema de distancia, ya que el centro poblado Pueblo Nuevo de Conta, se encuentra a 12 kilómetros de la capital de su distrito  y sus pobladores tienen problemas de traslado por la falta de transporte y el camino de trocha carrozable, y cuando abandonan sus hogares para movilizarse  y ver su deporte favorito están expuesto al robo. El resultado de propiciar esta clase de competencias deportivas va a estimular el desarrollo socio-económico, una mejor calidad de vida de los niños y jóvenes, donde se promoverán nuevos valores, formar dirigentes y técnicos a través de la capacitación permanente y sostenible.
QUE, se ha evaluado el petitorio de la población, organizada sobre acciones en demarcación territorial de su jurisdicción y se ha verificado el cumplimiento de requisitos. Cuenta con su campo propio con las medidas reglamentarias en buenas condiciones incluso con pista atlética, estando por iniciarse los trabajos de la colocación de la malla olímpica, y posteriormente en cerco perimétrico y tribunas. Así como la creación de la liga intradistrital  tiende a impulsar la practica deportiva de otros centro poblados como san Fernando, Bellavista, Rinconada, Casa Pintada, La Joya y el pueblo joven Carmen Alto.
QUE, el centro poblado pueblo Nuevo de Conta, tiene seis (6) clubes deportivos, que se encuentra participando en las ligas distritales de Nuevo Imperial e Imperial de la provincia de cañete, los que darán creación y constitución legal  de la liga intradistrital, y tiene la opinión favorable de la liga provincial de futbol de cañete.
Por lo anteriormente expuesto y estando a lo acordado, con cardo a registrar en el libro de actas.
RESUELVE:
1.- Aceptar la constitución de la liga intradistrital del centro poblado Pueblo Nuevo de Conta, ubicado en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de cañete, departamento de lima; la misma que deberá constituirse como una asociación sin fines de lucro e inscribirse en el registro de personas jurídicas(SUNARP).
 2.- Los clubes que participen en esta liga deberán de pertenecer a la jurisdicción, o a los centro poblados de san Fernando, Bellavista, rinconada, Casa pintada, La joya, Pueblo joven Carmen Alto y otros que se encuentren cercanos a la ubicación de la zona departamental de futbol de Lima. 
3.- La liga iniciara sus actividades oficiales en el año 2009 en tres divisiones, teniendo que afiliarse a la liga provincial de futbol de cañete y en el distrito federativo.
4.- Los clubes que se encuentren participando en las ligas distritales de Nuevo Imperial e Imperial y que se van a integrar a esta liga, deberán solicitar la desafiliación de la liga de origen y los jugadores que tienen inscritos hasta ese momento deberán ser transferidos conforme lo establece el reglamento del sistema nacional de inscripción y transferencia de jugadores; el tramite, en esta liga departamental tendrá un costo cero.
5.- Los clubes de tercera división y los clubes nuevos, es de decir que no se encuentran registrados en otras ligas de sistemas deportivo departamental, la liga los aceptara, pero deberá programarse un torneo de carácter seleccionable y previo a la iniciación del calendario oficial; los primeros puestos pasaran a cubrir el número de clubes para hacer un total de 10 en la primera división, los restantes pasaran a integrar la segunda división.
6.- La liga participara en el sistema nacional de campeonatos “COPA PERU “, con todos los derechos de las ligas distritales.
7.- La liga se compromete a realizar torneos de menores y en la medida de sus posibilidades otras actividades reconocidas por la federación peruana de futbol, incluso deporte para todos.
8.- La presente Resolución tiene carácter de provisional, para que se lleve a cabo todos los actos administrativos de la constitución y funcionamiento dispuesto, debiendo regularizar su situación legal dentro de los 30 días siguientes.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE     
Tulio Reyes Avalos, Presidente; Edgar Santos Oyola, Vicepresidente
Eleodoro Munayco Sotomayor, Tesorero
Ismael Aquino Ingunza, Director de Técnica Deportiva       
“EL CHIROTE”, SE CONVIERTE EN CIBERNAUTA Y EN SU LARGO VIAJE ALBOROTA A CRÍTICOS LITERARIOS…

El Dr. Antonio Ruiz Tovar, quien radica en Wisconsin – USA desde hace más de una década, encontró el lugar propicio al utilizar los sitios webs, que abundan en el internet, para “colgar” sus trabajos literarios, cuyas inspiraciones salieron desde el más profundo de su ser, estando en su tierra natal, San Vicente de Cañete – Perú.
Antonio Ruiz Tovar, maestro, político, abogado, literato, poeta y periodista, tiene un sin número de producciones literarias, que merecen su reedición inmediata para que las nuevas generaciones, puedan conocerla y transportarse al pasado fascinante de su Cañete.
“El Chirote”, (Lima - 1,977), cuento con el que inauguró los blogs vinculantes con los amantes de la poesía y Literatura, tras ser publicados, causaron revuelo y alboroto inmediato entre sus lectores en distintas partes del orbe.
“El Chirote” es una escritura digna de grandes concursos literarios y quedaría en muy buen lugar. Lo felicito”, comentó el periodista de www.perumagiayen-canto.com, Gerardo Rehuel Sánchez de Miamik, Florida, el 06 de enero del 2009,
Además, tras publicar la obra completa en su edición del sábado 10 de Enero del año en curso, invitó al autor a integrar la plana de “corresponsal voluntario”, para que publique sus escritos.
Igualmente, la familia de Walter Fernando Mendoza Petrovich que radica en España, dijo: “El CHIRR, del pen...denciero Chirote, se  desliza por cada célula de nuestro cuerpo, siguiendo por las fibras nerviosas, atrapando la mente, con todos sus sentidos y llega al alma. Allí, donde albergamos nuestros elevados sentimientos; allí, donde llevamos la felicidad mejor guardada. Esa felicidad que buscamos lejos de sí; sin ser conscientes…que la tenemos tan cerca”.
Por su parte, Sandra Marko, editora de un importante blog de España, dio a conocer dos de los muchos lectores que ya tiene España sobre “El Chirote”, incidiendo que las críticas recibidas son muy interesantes.
Sandra Marko, lanzó por su web a sus miles de lectores, dos preguntas: “¿el simple relato rebasa los linderos humanos? y ¿Coincide con los “axiomas” de los amigos analistas?. Luego lanza el reto: ¿Usted, qué opina?”.

JOSE GAGLIARDI Y DIEGO QUISPE….
No era para menos. El Dr. Antonio Ruiz Tovar, se sintió muy contento y emocionado por la aceptación que tiene “El Chirote” en países, sobre todo, altamente desarrollados en el aspecto educativo y cultural
Le viene al recuerdo el año 1977, fecha en que culminó con la edición de El Chirote y que recién en unos años más tarde, logró publicar el “micro cuento” con el apoyo de don Diego Quispe Gonzáles de D&J Artes Gráficas de Lima, denominándolo “colección brevis”, al publicarse también su par MAKAKO.
Aún podemos rememorar la Presentación de la obra, hecha por don Juan José Gagliardi Ruiz, señalando: “Visiones y conductas de un (pajarillo) CHIRR, obligaron al autor a ingresar al mundo de su pasado juvenil, y rescatar hermosos pasajes o vivencias; recuerdos lejanos, que muy bien los hace caminar a nuestro encuentro inundándonos con profundas emociones”.
Luego remata: “¡Qué tal descripción del animalito…! de su forma de vivir; y cómo nos trasmite su especial admiración por este pequeño ser de la naturaleza… Un gran cuento con profundo mensaje de salir en defensa de la ecología. Además del amor a la madre, al terruño, del amor juvenil, de esos aspectos sublimes y puros”, remarcó Gagliardi. 
 En su momento, Antonio Ruiz, dijo que El Chirote, es un pequeño monumento literario cañetano. Por lo que irradia, será pieza de lectura obligada en los centros educativos, particularmente, en ese trozo de Perú que se llama Cañete. 
“Vislumbramos que generaciones tras generaciones cañetanas vibrarán con su lectura; y esto nos complace sobremanera. El “aprendiz” a escritor, como dice ser nuestro respetado progenitor, cuando ya no exista, desde arriba verá que su original creación supervivirá en el tiempo. Padre, gracias por permitirnos ingresar en tu publicación. Tus hijos”, se lee. 
Pero, la proyección de Antonio Ruiz Tovar, gracias a la tecnología de nuestros tiempos, ha sido superada y El Chirote, ya no sólo “vuela” en las callecitas de su San Vicente querido, sino que hoy hace “Chirr… en todo el mundo causando admiración y haciéndonos imaginar su clásico color. (Wicecal)
COMITE EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL DELEGA FACULTADES A PRESIDENTES DE CORTES SUPERIORES
Se Busca Brindar Un Servicio De Justicia Más Eficiente Y Oportuno...

Con el objetivo de contribuir a la desconcentración administrativa y brindar un servicio cada vez más eficiente y oportuno, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), máximo órgano administrativo de este poder del Estado, resolvió delegar algunas facultades a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República.
El CEPJ lo preside el doctor Javier Villa Stein y lo integran los Vocales Supremos doctores Antonio Pajares Paredes y Javier Román Santisteban; la Vocal Superior, doctora Sonia Torres Muñoz; el Juez doctor Walter Cotrina Miñano; y el representante de los abogados, doctor Enrique Rodas Ramírez.

LAS NUEVAS FACULTADES DE LOS PRESIDENTES DE CORTE...
A través de la Resolución Administrativa Nº 002 – 2009 – CE-PJ, se faculta a los titulares de las Cortes Superiores a autorizar certámenes académicos que se programen en su Distrito Judicial y fuera del horario de trabajo.
Asimismo, se les delega la función de autorizar la realización de declaraciones instructivas, inspecciones judiciales, y otras diligencias que por disposición legal tienen que ser llevadas a cabo por el juez del proceso fuera del Distrito Judicial y dentro del territorio nacional.
En el caso de audiencias para el otorgamiento de beneficios penitenciarios, sólo se autorizarán cuando previamente se hubiera agotado el trámite respectivo ante el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe).
También se faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores de la República, autorizar la participación de magistrados en eventos internacionales, cursos de perfeccionamiento o becas de su especialidad, cuya duración no exceda los 30 días calendario.
En este último caso, se concede la licencia que corresponda, con sujeción estricta a lo establecido en el Reglamento de Licencias para Magistrados del Poder Judicial.
La citada Resolución precisa que las impugnaciones que se presenten, serán resueltas por el Consejo Ejecutivo Distrital o la Sala Plena de la respectiva Corte Superior a falta de aquél; o por el CEPJ cuando no existan los dos primeros.  
CARTA ABIERTA

San Vicente, ENERO 20 del 2009

Señor
JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ACCIONISTAS DE EMAPA CAÑETE S.A.

De nuestra consideración
Nos dirigimos a usted, con el objeto de expresar y dejar constancia de nuestra NO responsabilidad por los hechos ocurridos el día 14 de enero del 2009, ante los ACUERDOS DE LA JUNTA en uso de su libre decisión, la cual no compartimos POR NO CORRESPONDER al orden de legalidad, manifestando lo siguiente:
1.- La Junta de Accionista decidió sin justificación alguna y actuando ilegalmente a desconocer una convocatoria a Junta General Extraordinaria, realizada formalmente por el Directorio, de CONFORMIDAD con los artículos 24º y 25º del Estatuto. Dejando sin efecto los puntos de agenda.
2.- La Junta de Accionista POR MAYORIA acordó REMOVER AL DIRECTORIO EN PLENO (5 Directores); ACUERDO que contraviene en forma directa lo normado en el artículo 39º del D.S. Nº 023-2005-VIVIENDA, modificado por el D.S. Nº 010-2007- VIVIENDA y, el art. 154º de la Ley General de Sociedades.
3.- El Directorio, ACEPTO la designación del nuevo Director Ingº Tomas A. García Puente Arnao, en estricta concordancia con el artículo 35º Y 44º (Modificado por la Junta de Accionistas el 18 de Julio del 2007), del Estatuto de Emapa Cañete y el artículo 154º de la Ley general de Sociedades.
Existe antecedente  en relación a la REMOCION  de los Directores de una EPS, en el sentido que la Junta General de Accionistas de una EPS, NO tiene facultad para REMOVER a los Directores ELEGIDOS - por imperio de la ley - por EL GOBIERNO REGIONAL y LA SOCIEDAD CIVIL (Cámara de Comercio y Colegio de Ingenieros), conforme a lo establecido en la Ley 28870 (art. 2º, que garantiza la presencia de los usuarios en el Directorio).
· Acuerdo de Consejo Regional Nº 036-2008-CR/GRL de fecha 7 de abril y  publicado en el diario Oficial El Peruano el 22 de agosto del 2008.
4.- Los Directores firmantes, ADVIERTEN  a la opinión pública de nuestra provincia y a la SUNASS, estos hechos que generan un mal precedente de legalidad y de injerencia política en EMAPA. 
5.- Con fecha 30 de DICIEMBRE 2008 la Municipalidad Provincial entrega el CONTRATO DE EXPLOTACION, que constituye el instrumento legal de EMAPA CAÑETE S.A. por el cual se otorga el derecho de explotación de los servicios de saneamiento y se señalan el ámbito geográfico en la provincia de Cañete.  
6.- Dejamos constancia expresa que nuestro trabajo de gestión y decisión en EMAPA siempre fue técnico, en base a nuestra experiencia profesional y empresarial, actuando siempre, bajo el principio rector  de AUTONOMIA DE GESTION, sin injerencia política. 
Las diversas obras concluidas y en ejecución son el mayor respaldo a nuestro trabajo, que fue enmarcado dentro de una coyuntura de emergencia por el lamentable suceso del 15 de agosto del 2007.

Atentamente,
INGº RAFAEL H. ESPINOZA DE TOMAS, INGº JOSE CAMA VICENTE, INGº FILIBERTO D. RAMOS MEDRANO, 
CPC N. FERNADO LUI VASQUEZ y INGº TOMAS A. GARCIA PUENTE ARNAO
ANEXO BARCELONA DE MALA... SE REBELA POR EL AGUA… 
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (Corresponsal en Mala)

Los Cazadores atrapan las liebres con los perros; muchos hombres atrapan a los  ignorantes con la adulación, entender que cualquier cambio por bueno que sea,  cuenta inicialmente con pocos amigos, que no comprenden bien los enormes  beneficios eventuales y con muchos enemigos que defienden el “Status Quo” (La situación existente), pero también  hay revolucionarios  que se revelan a la injusticia, a no ser miserables, a nunca mas estar de rodillas, lo ayudan a sentir  que son dignos de sí mismo.
El 15 de enero de 1987 un grupo de vecinos entusiastas fundaron  “San Juan de Barcelona”, (Patrón San Juan Bautista - 24 de Junio), soñaron tener otro futuro y alimentaron ese sueño con diligencia, pero recibieron solo ignorancia y olvido.  Don Demetrio Landa Romero (el mas antiguo poblador) recuerda: “Aquí vivieron mis padres  Guzmán Landa y Maximiliana Navarro, antes de 1987 esta  zona era bella, había mucha arqueología, restos humanos, prendas de algodón, cerámica, y otros vestigios; pero cuando se construyó la autopista  panamericana, el Ministerio de Transportes  destruyó gran parte de ella, sacando tierra de los cerros para relleno de la autopista… reclamamos pero no nos hicieron caso, aquí viven 320 personas aproximadamente (80 cabezas de familias)… cuando hicimos nuestro puente de  ingreso, que nos costó sacrificio, y que hoy pasan con peso llevando material de  acarreo para los clubes y que pronto colapsará, quiero decirle que nadie nos ayudó, pusimos la luz en 1997, dejando de comer, fue esfuerzo de todos los pobladores ¿ Dónde estuvieron las autoridades?, cuando el Señor Venero (Caso Mafia- Fujimori- Montesinos) se apoderó de la Zona Arqueológica “Cerro Salazar”, quisimos evitarlo, pero vinieron con matones y fusiles, cercó con púas, puso un tractor  caterpillar y destruyó la zona arqueológica… ¿Dónde estuvieron las autoridades?... me siento muy triste e indignado – balbucea…
Cuidábamos un terreno para recreación y educación para nuestros hijos, vino el Señor Willy Tartarini (Banco Hipotecario) y de manera prepotente se apoderó de los terrenos colindantes, con la complacencia del Alcalde Andrés  Bancayán Villavicencio (Mala) y Jorge Brignole Santolalla (Cañete), fuimos a Mala  y desconocieron nuestros  derechos, han pasado los años y los abusivos del Club  Aventure desde 1999 intentaron poner sus cables de alta tensión  por  nuestro  territorio, sin importarles la seguridad de la población.  
Por defender nuestros derechos hemos sido denunciados en Cañete, por que le dijimos primero que abran la tranquera que nos impide el acceso a nuestras playas, en venganza han colocado por el otro lado con la venia de Luz del Sur un gran transformador eléctrico, que succiona toda la energía... ha bajado el voltaje de luz   y ha ocasionado que se malogren nuestros artefactos eléctricos… venga Ud. los días martes para que vea que aquí al lado (señala la falda del cerro), queman todos los plásticos del club Aventure y las playas… en verano se contamina el ambiente es insoportable, nadie  hace nada, abusan de nuestra pobreza, y lo que es peor el vehículo de la Limpieza Pública de la Municipalidad ingresa durante el año al Club   a recoger los residuos, pero nos indigna que nunca vengan por acá… De igual  manera en los 4 años del gobierno anterior del Alcalde Juan Hugo Nolasco Manco, nunca vinieron en 4 años y tampoco hicieron una sola obra.  Mirando hacia atrás el Alcalde Juan Arturo Yaya Huapaya construyó el PRONOEI y una Minilosa de 4 x 4 m aproximadamente, ambos no guardan las características apropiadas, como Ud. está viendo, pero en febrero del 2000 salió en la revista municipal como una gran obra,  pero si por lo menos venía el camión de limpieza pública de vez en cuando.
Con este gobierno edil se empezó a construir una losa, hace un año que nos han abandonado, no sabemos porque se suspendieron los trabajos, en los laterales han dejado unas tremendas zanjas que son un peligro para nuestros niños; puede imaginar Ud. que ni el Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzáles y sus regidores, no han venido ni una sola vez en estos dos años para reunirse y solucionar nuestros problemas “in situ”.
Los mejores momentos que recuerdo fueron en 1989 cuando formamos con otros vecinos la Junta Vecinal, por lo menos tuvimos el apoyo moral del Alcalde de  entonces Walter Chumpitaz Agapito.
Muchas gracias por venir, para mi es un orgullo que Ud. haya venido, no se olviden  de nosotros  que también somos de Mala,.. concluyó con mucha nostalgia.

TENIENTE GOBERNADOR... DENUNCIA SEQUIA DE POZOS…
Luis Alfredo Landa Tomaylla (33) Teniente Gobernador del Anexo San Juan de Barcelona, recuerda que algunas veces vivimos nuestras vidas encadenados, sin saber que nosotros tenemos la llave de la libertad… hace 5 años que decidió ignorar  el olvido de autoridades y abusivos clubes de playa; casado con doña Sandra Garro Rosas, fundaron la Empresa  Landa Produce S.A.C con los  famosos productos “MARCE”, que se  lucen en los supermercados peruanos (Santa Isabel, Plaza Vea, Bibanda....)… exporta de Mala a Lima diariamente entre 400 a 500 bolsas de lechuga de cultivos hidropónicos (sin suelo o cultivo en  agua artificial,  se cosecha  en la mitad del tiempo normal que el cultivo tradicional), da trabajo a 8 trabajadores   mas toda la familia y brinda apoyo social a sus propios vecinos, emplea tecnología ecológica.  Entre 1996-1998 integró como Pro Tesorero la Junta Vecinal del Anexo, y elaboraron con recursos propios un plano del pueblo, acompañado de los  dirigentes Leonardo Tomaylla Huaylla (Presidente), Roberto  Lozano Reginaldo (Secretario), Juana  Gonzáles  de Tomaylla (Tesorera) .... entre otros notables  pobladores.  En este lugar donde no existe un Comedor Popular, solo el Programa del Vaso de Leche que funciona en una alicaída infraestructura llamado “Local Comunal (Víctima del terremoto), que viene  reforzando con columnas, una  desolada capilla que se construye a punta de  faenas comunales; siguiendo los pasos de sus padres y abuelos hace la siguiente denuncia: “ El pueblo es agricultor, antes por ejemplo mi pozo tenía 1.5 m de agua, ahora solo 1 m es alarmante ha bajado 50 cm los pozos se están salinizando, todo  porque el agua  se la lleva  a APRILS de 4 pozos  que succionan el agua de los platanales al balneario de Asia…  antes lo normal  y promedio era 10 cm el descenso del agua.  Ud puede ver yo utilizo  medidas oficiales, no nos pueden engañar, estamos tomando agua contaminada   porque nuestros pozos y silos están a una distancia de 8 a 10 m.  aproximadamente, no tenemos otra opción, se han olvidado de nosotros… increíblemente al lado está las Totoritas, tienen abundancia de agua, y nosotros  nada, hay una línea  de tuberías  cercana que podríamos tomar con  la ayuda de la Municipalidad, el problema es mayor de lo que ustedes ‘pueden  imaginarse, tenemos que hacer algo, los Club Aventure y Barceloneta, han cambiado un  antiguo camino de servidumbre, ponen tranqueras y nos  han dejado otro caminito en perjuicio de todos  nosotros, parecemos esclavos,  aquí  en Mala, se favorece a la gente adinerada pero esto se acabó, ya no mas  miedo, quiero salvar  lo que queda de la zona arqueológica, yo llegué  a conocer la  belleza de Cerro  Salazar, que mi pueblo progrese, que no  mendigue, que no tenga hambre y sed por falta de agua, solicito que la Municipalidad haga un plano catastral, que se respete nuestros derechos, que no nos abandonen y cierren las  puertas… Señor Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzáles,  hay que cerrar los 4 pozos de APRILS que ya nos están afectando, que llegué el agua potable, mi pueblo es muy unido hemos caminado y construido las obras solos, sin ayuda, estoy seguro que lograremos nuestros  objetivos. Muchas  Gracias.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de dos interrupciones en el servicio eléctrico.
 
LUGAR: Panamericana Sur Km. 141.8 San Vicente y Panamericana Sur Km. 128 Cerro Azul.
ZONAS AFECTADAS: Av. 9 de Diciembre, Urb. San José, Urb. San Agustín, Urb. Tercer Mundo, Libertadores del distrito de San Vicente, Distrito de San Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de Asia de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-05.
DIA: Martes 20 de Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 02:55 hrs. Martes 20 de Enero de 2009.
HORA FINAL: 18:03 hrs. Martes 20 de Enero de 2009.

Las interrupciones del servicio fueron causadas por daños en la red M.T., ocasionada Acto Vandálico (cable seccionados y Rotura de Poste), lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control. 

JUDICIALES

EDICTO
Ante mi se ha presentado TEODORO JESUS VICENTE OCHOA, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fue su madre ADELAIDA OCHOA CARDENAS, fallecida el día 12 de Mayo de 1984, a fin de que se declare como heredero universal al solicitante y a sus hermanos Juana Enma Vicente Ochoa y Claudio Donato Vicente Ochoa.  Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho .  Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.  Cañete, 19 de Enero del 2009.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Los Andes s/n. – Lunahuaná – Cañete
Telefax 2841060

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2009-0006, MIGUEL ANGEL BENAVENTE ESCOBAR, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento; a fin de que se ADICIONE su apellido materno “AYLLON” de su difunta madre, siendo su nombre correcto “MODESTA ESCOBAR AYLLON”.
Lunahuaná, 13 de Enero del 2009.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO
La Suplente, Jefe del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Coayllo, JENNY MARY VILLALOBOS ACUÑA, hace de conocimiento que: ELIZABETH ANA VEGA REYNA, solicita Rectificación de Partida de Nacimiento de su menor hija: JOSSY INES VEGA VEGA, por apreciarse ilegible en el rubro sexo en la que dice femenino, siendo lo correcto “femenino”, la hora de nacimiento no se aprecia claro, lo correcto es TRES TREINTA – TARDE, la declarante lo correcto es la madre ELIZABETH ANA VEGA REYNA y la fecha de Registro del Acta es Jueves 30 de Enero del año 1992, quien tenga motivos para oponerse haga valer su derecho en el Despacho de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Coayllo.
Jenny M. Villalobos Acuña
Sub Jefe RRCC

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don Geny Clay Mendoza Pumaylle, de treinta y ocho años, de nacionalidad peruano, ocupación docente, estado civil soltero, domiciliado en CPM Santa Bárbara Mz. “F”, Lote 03, hijo de don Teodoro Mendoza Bitron y doña Agustina Pumaylle Rojas, con DNI Nº 28849743; y doña Apolonia Rosario Arotinco Saire, de 41 años de edad, de nacionalidad peruano, ocupación docente, domiciliado en CPM Santa Bárbara Mz. “F”, Lote 03; estado civil soltera, hija de don Timoteo Arotinco Flores, y de doña Florentina Saire Huamán, con DNI Nº 15353957, pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio.  Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley.
Cerro Azul, 15 de Enero del 2009.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO
En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Schiaffino Cebrian de Velasco Teresa y Javier Velasco Pérez, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00509-2007, el Noveno Juzgado Subespecializado Comercial de Lima que despacha el señor doctor Juez Carlos Armando Huerta Ortega y Especialista Legal Diana Mavel Tafur Jareca, ha dispuesto el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble: Lote Nº 53, Fila A de la Urbanización Habilitación Vacacional Playa del Sol, del distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Registral Nº 2147, que continúa en la Partida Electrónica 90028820 del Registro de Predios de Cañete, de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima: VALOR DE TASACION: US $ 161,190.00 (ciento sesentiun mil ciento noventa y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $ 107,460.00 (ciento siete mil cuatrocientos sesenta con 00/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de su tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: 1).- Asiento 3 d- HIPOTECA: Constituida por la sociedad conyugal Velasco – Schiaffino en favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US $ 40,000.00 dólares americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones ante el mencionado Banco.- Así consta de la escritura pública del 16/05/97 Notario Alfredo Paino; 2.- Asiento 5 d- AMPLIACION DE HIPOTECA.- La sociedad conyugal Velasco - Schiaffino, acuerdan ampliar la hipoteca inscrita en el as. 3-D, hasta por la suma de US $ 60,00.00 dólares americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, con el objeto de garantizar sus obligaciones con el mencionado Banco.  Así consta de la escritura pública del 21/11/97. Notario Alfredo Paino; 3).- Asiento D 00001 CONDICION PARA TRANSFERENCIA.- De conformidad con lo normado por el Reglamento Interno de copropiedad inscrito en el asiento 6-B de la Ficha Nº 1132 del Registro de Propiedad, se establece que en los contratos de adquisición del derecho a edificar sobre los lotes de la Habilitación, la aprobación del comprador por la Junta Directiva del Condominio Playa del Sol, así consta del título archivado Nº 8698 del 17/02/95; 4).- Asiento D 00003 AMPLIACION DE HIPOTECA: Ampliada la Hipoteca inscrita en los asientos 3 y 5 del rubro “d” de la Ficha Nº 2147 que antecede constituida a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, elevando su monto de afectación hasta por la suma de US $ 150,000.00 Dólares Americanos respaldando las obligaciones que en forma expresa han sido asumidas por éstos ante la citada entidad bancaria en el instrumento público que da origen a este asiento.  Así fluye de la Escritura Pública del 10/07/2003 otorgada ante Notario Público Alberto Flores Barrón. 5).- Asiento D 00004 ARRENDAMIENTO.- Los propietarios del predio inscrito en esta Partida han otorgado a favor de ROLANDO CAPELLA PINASCO, soltero, identificado con DNI Nº 07815961, en arrendamiento el predio a que esta Partida se refiere, por un plazo de 10 años, contados a partir de la firma de la minuta (05-05-2005) el mismo que podrá ser modificado y ser prorrogado por acuerdo de ambas partes.  El monto del alquiler asciende a la suma de S/. 300.00, mensuales, los cuales serán pagados en forma adelantada.  Así consta de la Escritura Pública del 08/05/2006 (Kardex 6845) otorgada ante Notario Público de Lima Mónica Margot Tambini Avila. 6).- Asiento D 00005 ANOTACION DE DEMANDA.- Por resolución Nº 01, de fecha 26/09/2007, expedida por el Dr. Carlos Armando Huerta Ortega, Juez del 9º Juzgado Civil Sub-especialidad Comercial de Lima, Sec. Diana Mabel Tafur Jareca, se ha dispuesto se ANOTE LA DEMANDA sobre Ejecución de Garantías. En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Teresa Schiaffino Cebrian de Velasco y Javier Velasco Pérez, sobre ejecución de garantías (Exp. Nº 2007-509-20-9-JCL). DIA Y HORA DEL REMATE: VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO 2009 A LAS DIEZ DE LA MAÑANA.  LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates del Juzgado, ubicada en el Jr. Puno Nº 158 y en el Jr. Carabaya Nº 718, del Cercado de Lima.
POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación y presentar su arancel judicial número de expediente y DNI/RUC; los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil, Decreto Supremo 008-2005-JUS, y están afectos al IGV.  Rosa Francisca Díaz García, Martillero Público Registro Nacional Nº 168.
Diana Mavel Tafur Jareca - Secretario Judicial - Noveno Juzgado Civil Subespecialidad Comercial -  Corte Superior de Justicia de Lima
Rosa F. Dïaz García.- Martillero Público.- Reg. Nº 168
Publicar del 14, 15, 16, 19, 20 y 21 de Enero del 2009.

CONVOCATORIA A 
SEGUNDO REMATE PUBLICO
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con María Elizabeth Cerrón Sánchez, Edelmira Doris Cerrón Sánchez y Gervasio Néstor Rivas Moreno, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial Cañete a cargo del Señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Víctor H. Rivera del Risco, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, Lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el Código de Predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles), título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03.  2) Embargo en forma de Inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04 y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACION: US $ 3,822.80 (Tres mil ochocientos veintidós y 80/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: US $ 2,166.25 (dos mil ciento sesenta y seis y 25/100 dólares americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación con la deducción del 15%.
DIA Y HORA DEL REMATE: 27 de Enero del 2009, a las 12:00 del mediodía.
LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado; Jirón 2 de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán un arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de Ley.  Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.
Cañete, 30 de Diciembre del 2008.
Mauricio Ponce Valdivia – Martillero Público – Reg. Nº 236.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
21, 22 y 23 de Enero del 2009.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA

Resolución Administrativa Nº 02-2009/PJ-CSJCÑ-P

San Vicente de Cañete, 05 de Enero del 2009.

VISTOS:
El Acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de Diciembre del dos mil ocho; y

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad de los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena, siendo además los encargados de cautelar la pronta y correcta administración de justicia en el Distrito Judicial a su cargo;

Que resulta necesario designar jueces provisionales que, reuniendo los requisitos de Ley, se encarguen del trámite de los diversos procesos que giran ante los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cañete durante el año judicial 2009.

Por tales consideraciones, visto el acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de diciembre del dos mil ocho, y en uso de sus atribuciones conferidas por los numerales 3), 6) y 9) del artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RATIFICAR para el Año Judicial 2009, a los Jueces que a continuación se detallan como Magistrados Provisionales de los siguientes Órganos Jurisdiccionales:
1.- Dr. Javier Donato Ventura López, como Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí.
2.- Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, como Juez Provisional del Juzgado Mixto de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete.
3.- Dr. Rommel Hugo Flores Santos, como Juez Provisional del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Yauyos.

Artículo 2º.- REMITIR la presente Resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de las Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General del Poder Judicial y Escalafón Judicial del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Órganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia y de los señores magistrados designados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Silvia Consuelo Rueda Fernández
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

20 enero 2009

POSTE DE ENERGIA ELECTRICA CAYO SOBRE COMBI… QUE EVITO UNA TRAGEDIA DE INCALCULABLE CONSECUENCIA…

Momentos de incertidumbre y pánico se vivieron ayer en la tarde en las inmediaciones del mercado de San Vicente, cuando su aparente tranquilidad se vio interrumpida bruscamente cerca de la cinco de la tarde, cuando un pesado poste de energía eléctrica cayó sobre una combi que esperaba su turno en el paradero que cubre la ruta La Arena - San Vicente.

La desesperación se adueño en segundos de algunos transeúntes y comerciantes, cuando se vio que los cables del pesado poste que conducían unos 10 mil voltios comenzaron a encenderse al momento que se caía sobre la combi, afectando incluso una porción del toldo de protección que la empresa de transporte ha instalado en el paradero.
El lugar exacto donde se produjo este incidente, se ubica muy cerca a la losa deportiva Beto Di Laura, colindante con el Hospital Rezola, a la altura de la Morgue, en la ampliación de la Av. Santa Rosalía que conduce al mercado sanvicentino.
Por efecto de lo sucedido, la energía eléctrica se corto en el acto. Una hora después se repuso el servicio.
A consecuencia de la caída del poste de energía eléctrica, la Empresa Municipal de Agua Potable, interrumpió el servicio de agua potable, en vista que -aparentemente- al momento de ceder el poste, rompió la tubería matriz de agua potable.

COMBI DAÑADA…
El impacto de la caída del poste de energía eléctrica afectó seriamente la camioneta rural de placa de rodaje RIH 444.
Felizmente a la hora que ocurrió el hecho, el vehículo se encontraba vacío... apenas unos minutos antes, la combi había llegado al paradero cargada de pasajeros.
Trascendió que la Unidad vehicular afectada pertenecería al señor Alberto Chira Gonzales, Gerente de la Empresa Especial La Arena.  
Compañeros de trabajo que se encontraban en el paradero de la empresa se solidarizaron con el propietario del vehículo afectado, y señalaron que apoyarán en todo lo que sea necesario.
Preocupado por lo ocurrido, el propietario del vehículo afectado que aún no salía de su asombro, sólo atino a señalar que espera identificar a los responsables para que estos procedan a indemnizar los daños ocasionados en su vehículo.
Sin embargo hay que señalar que la presencia fortuita de la combi, impidió una desgracia mayor de imprevisible consecuencia… ya que el poste y los cables bien pudieron caer al piso, ocasionando la caída de varios postes aledaños debido a la conexión existente por el cableado aéreo… y lógicamente al contacto con el agua, que salía de la tubería matríz rota… pudo ocasionar un corto circuito de incalculable consecuencias.

ANIEGO EN LAS CALLES…
De otro lado, muchos transeúntes de la Calle Santa Rosalía, José Gálvez y 28 de Julio, no entendían porque repentinamente el agua comenzó a discurrir por estas importantes arterias de manera abundante, inundando todo lo que encontraba a su paso.
La razón, como ya hemos señalado, era la tubería matriz de agua potable rota que abastece del líquido elemento a todo este sector de usuarios del distrito de San Vicente.
Apenas sucedido este incidente, el agua comenzó a brotar en gran cantidad desplazándose por las calles mencionadas.
Incluso al momento de llegar el agua a la altura de la fábrica Unión, algunos operarios se vieron obligados a improvisar barricadas de tierra para impedir que el agua ingrese a su centro de trabajo.
La incomodidad se sintió también en los moradores de la recién inaugurada Av. 28 de Julio, quienes tuvieron que sortear los charcos de agua, para desplazarse de un lugar a otro.
Un funcionario de la Municipalidad provincial que recorría el lugar, comprobó que el agua venía dañando los trabajos de asfaltado y las señalizaciones pintadas sobre la pista.
Este hecho fortuito hace retomar algunos pedidos que ya se han hecho desde este medio desde hace mucho tiempo… El cambio del cableado aéreo por el subterráneo, por parte de EDE CAÑETE.  Y por otro lado, el hecho de que una obra sea de la naturaleza que sea debe ser coordinada desde la Municipalidad Provincial para proyectar sus probables consecuencias.  Esto porque señalan los vecinos que días pasados gente de EMAPA instaló la tubería de agua por ese sector, cavando zanjas que se presumen son las que debilitaron la base del poste de energía eléctrica.
A todo esto, esperamos que así como estas empresas cuando un particular rompe o choca contra un poste, lo reparan y luego le pasan la factura de los daños ocasionados; en esta oportunidad esperamos que puedan reparar la unidad vehicular afectada, a cuyos dueños además de entregarle su vehículo en perfecto estado, deberían de agradecerle porque le han evitado una desgracia mayor.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de dos interrupciones en el servicio eléctrico.
 
LUGAR: Prolongación Santa Rosalia- San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Urb. Las Palmas, Av. Mariscal Benavides, Urb. Primavera, Zona Céntrica de San Vicente, Av. 28 de Julio, Sector Viales, Fdo. Sta. Rosita, C.P. Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, C.P. La Encañada, C.P. Inmaculada Santa. Rosa, C.P. H. Unanue,  C.P. La Esmeralda, C.P. La Pampilla, C.P. San Pedro, C.P. Cuiva, C.P. Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo,  Zaire, San Juan,  C.P. Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-03 
DIA: Lunes 19  de Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 16:51 hrs. Lunes 19  de Enero de 2009.
HORA FINAL: 07:25 hrs. Martes 20  de Enero de 2009.

La interrupción del servicio fue por Afectación por Terceros ocasionada por hundimiento del terreno originado por trabajo de contratista de la empresa EMAPACAÑETE lo que origino la rotura de tubería matriz de agua potable afectando las redes de MT, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control. 
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE NOVIEMBRE DEL 2008
SALA CIVIL

DIA: 03 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008  – 834 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación penal a favor del Investigado Carlos Manuel Fernández Herrera, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal, considerada como Delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado en agravio de Cinthia Ruby More; CONFIRMARON la resolución número dos, que dicta la medida socio educativa de internamiento preventivo del menor Carlos Manuel Fernández Herrera. Vocal Ponente: P.D.
EXP. N° 2007  – 53 – Civil.- En los seguidos por Julio César Siles Alegría con Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A., sobre Indemnización por Despido Arbitrario; Declararon INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios con el escrito de absolución de la apelación, formulado por el demandante Julio César Siles Alegría. Vocal Ponente: D.P.

DIA: 04 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006  – 778 – Civil.- En los seguidos por Justo Choccata Bolige con Ruth Villalta Yanarico, sobre Separación de Cuerpos por Causal; APROBARON la sentencia consultada, que declara fundada la petición de Divorcio, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial. Vocal Ponente: R.M.

DIA: 06 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, CAMA QUISPE Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008- 018-SC- Constitucional.- En los seguidos por Isaías José Ascencio Ortiz con los señores Vocales de la Sala Civil, sobre Proceso de Amparo; Declararon la IMPROCEDENCIA LIMINAR de la demanda de Amparo. Vocal Ponente: C.Q.
EXP. N° 2008-019-SC-Constitucional.- En los seguidos por Helder Ormeño Palomino con señores Vocales de la Sala Civil, sobre Proceso de Amparo; Declararon la IMPROCEDENCIA LIMINAR de la demanda de Amparo. Vocal Ponente: C.Q.

DIA: 07 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2004 – 624 – Civil.- En los seguidos por Walter Hernán Sánchez Alva con la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Nulidad de Acto Administrativo; CONFIRMARON la sentencia (Resolución N° 29), que resuelve declarar Improcedente por caducidad de la acción, la demanda. Vocal Ponente: R.M. 
EXP. N° 2006 – 144 – Civil.- En los seguidos por Teofila Orozco Quispe con la Beneficencia Pública sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la sentencia, que resuelve: Primero: Declarando Fundada en parte la demanda, subsanada de fojas ciento cuatro al ciento seis y a fojas ciento diez, en consecuencia consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, MANDO que el representante de la Beneficencia Pública de Cañete cumpla con la ejecución de la sentencia, REPONGA a la demandante en el cargo de auxiliar de cocina del comedor Niño Jesús, o en otro cargo de igual rano, en el plazo de diez días. Segundo: Declarando IMPROCEDENTE la misma demanda, en el extremo que solicita la nulidad del memorando número 02-PERS- dos mil seis. SBPOM y el extremo que solicita se le abone las remuneraciones impagas desde el mes de enero del dos mil seis, sin costas ni costos. Vocal Ponente: R.M.  

Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, RUEDA FERNANDEZ Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008 – 291 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación Penal a favor del Investigado Jersson Manuel Rojas Huaraca, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal, considerada como Delito Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves; Declararon NULO el auto apelado resolución número dieciséis. REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez dicte nueva resolución con arreglo a los hechos y al derecho. RECOMENDARON al Juez y personal de la instancia de mérito actuar con mayor diligencia bajo responsabilidad. Vocal Ponente: R.F. 

DIA: 11 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2005 – 68 – Civil.- En los seguidos por Ramiro Alfaro Misaico con Fondo de Fomento de Ganadería, Lechera de Lima, por Obligación de Dar Suma de Dinero; Declararon NULA la sentencia, que declara infundada la demanda e infundada el pago de intereses legales, con costos y costas, RENOVANDO el acto procesal DISPUSIERON que el Aquo cumpla con emitir nueva resolución teniendo presente lo señalado en la resolución de vista. Vocal Ponente: R.F. 
EXP. N° 2006 – 758 – Civil.- En los seguidos por Ángel Cárdenas Ochoa con la UGEL número 08 de Cañete, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia, que declara fundada la demanda, REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE la demanda presentada. Vocal Ponente: R.F.

Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006 – 114 – Civil.- En los seguidos por Juan Antonio Gordillo Andrade con Marco Quiñones Quiñones y otro sobre Oposición a la inscripción del derecho de posesión; CONFIRMARON la resolución número trece, que resuelve: Primero: Declarar de oficio en Abandono el presente proceso incoado por Juan Antonio Gordillo Andrade sobre Oposición a la Inscripción Registral. En consecuencia Téngase por concluido sin declaración sobre el fondo el presente proceso y archívese definitivamente en cuanto la presente quede consentida o ejecutoriada. Y, en lo señalado por el Fiscal Superior en la parte final de su dictamen, DISPUSIERON  que el A quo remita copia de los actuados al Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones.  

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANDO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2003 – 524 – Familia.- En los seguidos por Miguel Ángel Aguado Rodríguez con Celinda Gálvez Lázaro, sobre Divorcio por Causal; APROBARON la consulta de la sentencia, que declara fundada la demanda y por disuelto el vínculo conyugal, por fenecido el régimen patrimonial de la sociedad de gananciales, disponiendo que la liquidación se realice en ejecución de sentencia; el cese del derecho de la cónyuge de llevar el apellido del marido agregado al suyo; la pérdida del derecho de los cónyuges a heredar entre sí; el cese de la obligación alimentaria entre los ex cónyuges; que consentida o ejecutoriada se cursen los partes correspondientes, sin pronunciamiento respecto a la patria potestad, tenencia y visitas y alimentos para hijos por ser mayores de edad y fija como indemnización por daños y perjuicios a favor de la ex cónyuge la suma de tres mil nuevos soles y los demás extremos de la citada resolución.

DIA: 12 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007 – 84 – Civil.- En los seguidos por Diana Centeno Román con Municipalidad Distrital de San Luis, sobre Proceso Contencioso Administrativo; Declararon NULA la resolución apelada número veintiocho, que declara improcedente el escrito de absolución y concede excepcionalmente el plazo de dos días a la citada entidad demandada para que cumpla con lo ordenado por resolución número veintisiete de autos bajo apercibimiento de multa y sin perjuicio de remitir copias certificadas al Ministerio Público. REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez del Juzgado de origen emita nueva resolución con arreglo a los actuados, al derecho y respeto estricto a la cosa juzgada. Vocal Ponente: R.F. 
EXP. N° 2008 – 20 – Civil.- En los seguidos por Punto Corporativo Sociedad Anónima Cerrada con la Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Revisión Judicial; ADMITIERON a trámite la demanda formulada, iniciándose el trámite que le corresponde conforme a ley. Vocal Ponente: A.M.    

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2000 – 263 – Civil.- En los seguidos por Nicolás Saravia Sandoval y otros con Comunidad Campesina de Picamarán y otros, sobre Delimitación de Área y otros; CONFIRMARON la resolución número sesenta y tres, que declara improcedente la nulidad de todo lo actuado deducida por la Comunidad Campesina de Picamarán. Vocal Ponente: P.D.
 
DIA: 13 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUICA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008 – 184 – Familia.- En los seguidos por Isabel Angélica Franco Marquina con Ministerio Público, sobre Autorización de disposición de bienes; CONFIRMARON la sentencia número 215 – 2008, que resuelve declarar fundada en parte la solicitud, subsanada, sobre autorización judicial para disponer bienes de menores (sumas dinerarias). REVOCARON en el extremo que autoriza a la solicitante para que pueda retirar y disponer del cuarenta por ciento del saldo del importe de dinero que obran en las cuentas de las dos menores en el Banco de Crédito. REFORMANDOLA autorización a la solicitante a retirar y disponer del 60% del importe de dinero de las cuentas de las menores de edad en el Banco de Crédito para los fines señalados. INTEGRARON la recurrida, DISPONIENDO que en ejecución de sentencia la demandante presente la documentación que acredite la inversión en la propiedad de las menores. Vocal Ponente: R.F.   
EXP. N° 2007 – 436 – Civil.- En los seguidos por Mi Banco con Jesús Mendoza Cárdenas, sobre Ejecución de Garantía; CONFIRMARON la resolución número quince que resuelve: Declarar INFUNDADA la Contradicción presentada por el ejecutado, en consecuencia consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución y llévese a cabo la ejecución forzosa del inmueble, hasta por la suma de veintiséis mil ciento ochenta y tres nuevos soles con cincuenta y cuatro céntimos mas intereses pactados, costas y costos. Vocal Ponente: R.M. 
EXP. N° 2007 – 130 - 15 – Civil.- En los seguidos por Rosa Sauri de Ochoa con la Oficina de Normalización Previsional, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la resolución número trece, en el extremo que se aplique al demandado Oficina de Normalización Previsional – ONP, multa por incumplimiento a lo ordenado por el Juzgado; REVOCARON en cuanto al monto de la misma y REFORMANDOLA se le reduzca el monto de la multa de diez Unidades de Referencia Procesal a cinco Unidades de Referencia Procesal (que en moneda nacional equivale a mil setecientos cincuenta nuevos soles), quedando subsistente lo demás que contiene. Vocal Ponente: R.M. 

DIA: 18 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUICA MEDRANO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008 – 904 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación Penal a favor del Investigado Peter Jonathan Ballena Pérez, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal considerada como Delito Contra El Patrimonio – Robo Agravado; CONFIRMARON el auto apelado resolución número dos, en el extremo que ordena el internamiento preventivo del investigado Meter Jonathan Ballena Pérez de internamiento en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima. Vocal Ponente: P.D.
EXP. N° 2003 – 133 – Civil.- En los seguidos por EDECAÑETE con Granja San José Sociedad de Responsabilidad Limitada, sobre Pago de Nuevos Soles; REVOCARON la resolución apelada número ciento veintidós que resuelve declarar de oficio el abandono del proceso, la conclusión del proceso, archivamiento definitivo y devolución de anexos; REFORMANDOLA, DECLARARON IMPROCEDENTE la declaración de oficio de abandono del proceso; ORDENARON continuar con el trámite del proceso conforme a su estado. Vocal Ponente: R.F. 
EXP. N° 2008 – 16 – Queja.- En los seguidos por Gabriel Alonso Vicente Arata sobre Queja de Derecho por concesorio de apelación con distinto efecto; DECLARARON IMPROCEDENTE el recurso de queja formulado por Gabriel Alonso Vicente Arata contra la resolución número catorce, que resuelve conceder apelación sin efecto suspensivo y con calidad diferida. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2006 – 539 – Civil.- En los seguidos por Miguel Mendieta Espinoza con Rosa Elisa Espinoza viuda de Mendieta, sobre Nulidad de Acto Jurídico; DECLARARON INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios con el escrito de apelación de la sentencia formulado por el demandante. Vocal Ponente: A.M.

DIA: 19 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006 – 122 – Civil.- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. con Municipalidad Distrital de Chilca, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia apelada resolución número veinticinco, que declara fundada la demanda en consecuencia declara sin efecto la Resolución de multa número 033-03 y número 035-03 y declara que la empresa de telefonía no ha incurrido en la infracción imputada mediante las precitadas resoluciones de multa. REFORMANDOLA, DECLARARON IMPROCEDENTE la demanda contenciosa administrativa formulada por la empresa Telefónica del Perú S.A.A. contra la Municipalidad Distrital de Chilca, en consecuencia la nulidad y conclusión del proceso. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2007 – 266 – Civil.- En los seguidos por Berchamns Jesús Campos Ayllón con la Municipalidad Distrital de Imperial, sobre Acción Contenciosa Administrativa; DECLARARON NULA la sentencia, que declara primero.- Fundada en parte la demanda, nula la Resolución de Gerencia número 023-2007 y nula la Resolución de Alcaldía Nro. 225-2007, manda se reponga al demandante y segundo.- Improcedente la misma demanda en el extremo que solicita se ordene a favor del demandante el pago de beneficios sociales; RENOVANDO en acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Magistrado de Primera Instancia expida nueva sentencia con arreglo a los hechos actuados y derecho, teniendo en consideración lo analizado en ésta instancia. Vocal Ponente: R.F.

DIA: 20 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-906- Familia Civil.- En los seguidos por el Ministerio Público contra Esmeralda Luisa San Miguel Geldres y Otro, sobre Violencia Familiar; CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta y uno de julio del dos milocho, obrante a fojas 42 a 46 que declara infundada la demanda. Vocal Ponente: A.M.

DIA: 21 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-043- Laboral.- En los seguidos por Enma Sinfuegos Arévalo con Municipalidad de Imperial, sobre Pago de Beneficios Sociales; Declararon NULA la resolución número dieciséis de fecha veintiuno de agosto del dos mil ocho de fojas setenta y nueve a ochenta que declara infundado el pedido de nulidad formulado por la demandante; REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez dicte nueva resolución con arreglo a los hechos y al derecho; RECOMENDARON al A quo mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones. Vocal Ponente: R.F.

DIA: 24 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y DURAND PRADO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-011- Contencioso.- En los seguidos por Emmanuel Leopoldo Cuzcazo Vicente con ETTUSA, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia apelada, resolución número cuarenta y tres de fecha veintiuno de abril del dos mil ocho de fojas seiscientos cuarenta y cuatro; REFORMÁNDOLA Declararon IMPROCEDENTE la demanda incoada; RECOMENDARON a la Secretaria de Juzgado mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones. Vocal Ponente: R.F.

DIA: 26 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006-359- Civil.- En los seguidos por Marlene Edith Castro Peña con Rosa Sonia Armas Durand y Otro, sobre Mejor Derecho de Propiedad; Declararon NULA la sentencia apelada, resolución número cuarenta y tres de fecha veintiuno de abril del dos mil ocho de fojas seiscientos cuarenta y cuatro; DISPUSIERON que el A quo dicte nueva sentencia con arreglo a ley. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-154- Contencioso.- En los seguidos por Juan Carlos Yaya Salcedo con la Municipalidad Distrital de San Luis, sobre Acción Contenciosa Administrativa; Declararon  NULA la sentencia apelada; RENOVÁNDOSE el acto viciado, DISPUSIERON que el Juez de Primera Instancia emita nueva sentencia con arreglo a ley. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-138- Contencioso.- En los seguidos por Adan Ornano Campos Cucho con el Hospital Rezola de Cañete, sobre Reintegro de Bonificación Especial; CONFIRMARON la sentencia apelada de fecha veintiuno de julio del dos mil ocho. Vocal Ponente: A.M.
EXP. N° 2004-600- Civil.- En los seguidos por Filomena Perales de Obregón con Jorge Andrés Alayza de Lozada y otro, sobre Indemnización por daños; REVOCARON el auto apelado en el extremo que declara infundada la excepción, REFORMÁNDOLO en dicha parte, Declararon FUNDADA la excepción de transacción promovida por el demandado Jorge Andrés Alayza de Lozada; CONFIRMARON dicho auto en la parte que declara INFUNDADA la excepción de prescripción extintiva. Vocal Ponente: A.M.
EXP. N° 2007-027- Contencioso.- En los seguidos por Víctor Alejandro Cuzcano Ramos con la ONP, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la sentencia apelada, resolución número doce de fecha veinte de julio del año dos mil ocho que declara Fundada la demanda. Vocal Ponente: A.M.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, PAREDES DÁVILA Y RUEDA FERNANDEZ, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-263- Civil.- En los seguidos por Cirilo Mayta Machaca con Antonia Ñaccha Villanueva y otros, sobre Ineficacia de Acto Jurídico; CONFIRMARON la sentencia (resolución treinta y siete) de fecha veintisiete de junio del año dos mil ocho. Vocal Ponente: A.M. 

DIA: 27 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-353- Contencioso.- En los seguidos por Julio Cesar Chumbi Astocahuana con Municipalidad de San luis, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la resolución apelada número veinticuatro de fecha dieciséis de setiembre del dos milocho, obrante de fojas ciento noventa y seis que resuelve dar por concluido el proceso, el archivo, devolución de los anexos. RECOMENDARON al Juzgado que cumpla con dejar copias certificadas de los actuados. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2004-015- Contencioso.- En los seguidos por Manuel Del Solar Ayllón con Javier Orestes Gutierrez, sobre Desalojo; CONFIRMARON la resolución número cincuenta y siete de fecha veintiséis de agosto del dos mil ocho de fojas cuarenta y nueve de este cuaderno, que declara Improcedente el pedido de Zeon Reyes Javier y Víctor Raúl Reyes Javier de suspensión de lanzamiento. Con lo demás que contiene. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2007-152- Contencioso.- En los seguidos por Martha Goycochea Sánchez con Municipalidad de Cañete, sobre Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la resolución número siete de fecha nueve de noviembre del dos mil siete de fojas ciento quince que resuelve declarar infundada la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa. Vocal Ponente: R.F.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO y DURAND PRADO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-195-Familia Civil.- En los seguidos por Felicia Saavedra Aarón con Elvis Junior Sanabria Saavedra, sobre Interdicción Civil; APROBARON la consulta de la sentencia de fecha veintisiete de agosto del dos mil ocho de fojas ciento ocho a ciento trece que resuelve declarar fundada en parte la demanda, DECLARA a Elvis Junior Sanabria Saavedra como Interdicto Civil por incapacidad relativa; DESIGNA como su Curadora a su madre Felicia Saavedra Aarón. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-735- Medida Cautelar- Contencioso.- En los seguidos por Natividad Hilda Gómez  de Medina con la Municipalidad de Cañete sobre Medida Cautelar Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la medida cautelar (resolución número cinco) de fecha dieciocho de marzo del dos mil ocho, que resuelve: DESESTIMAR la demanda cautelar presentada por el demandante mediante escrito de fojas treinta y ocho. Vocal Ponente: R.M.
Cañete, 05 de Diciembre del 2008
JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO
En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Schiaffino Cebrian de Velasco Teresa y Javier Velasco Pérez, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00509-2007, el Noveno Juzgado Subespecializado Comercial de Lima que despacha el señor doctor Juez Carlos Armando Huerta Ortega y Especialista Legal Diana Mavel Tafur Jareca, ha dispuesto el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble: Lote Nº 53, Fila A de la Urbanización Habilitación Vacacional Playa del Sol, del distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Registral Nº 2147, que continúa en la Partida Electrónica 90028820 del Registro de Predios de Cañete, de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima: VALOR DE TASACION: US $ 161,190.00 (ciento sesentiun mil ciento noventa y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $ 107,460.00 (ciento siete mil cuatrocientos sesenta con 00/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de su tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: 1).- Asiento 3 d- HIPOTECA: Constituida por la sociedad conyugal Velasco – Schiaffino en favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US $ 40,000.00 dólares americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones ante el mencionado Banco.- Así consta de la escritura pública del 16/05/97 Notario Alfredo Paino; 2.- Asiento 5 d- AMPLIACION DE HIPOTECA.- La sociedad conyugal Velasco - Schiaffino, acuerdan ampliar la hipoteca inscrita en el as. 3-D, hasta por la suma de US $ 60,00.00 dólares americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, con el objeto de garantizar sus obligaciones con el mencionado Banco.  Así consta de la escritura pública del 21/11/97. Notario Alfredo Paino; 3).- Asiento D 00001 CONDICION PARA TRANSFERENCIA.- De conformidad con lo normado por el Reglamento Interno de copropiedad inscrito en el asiento 6-B de la Ficha Nº 1132 del Registro de Propiedad, se establece que en los contratos de adquisición del derecho a edificar sobre los lotes de la Habilitación, la aprobación del comprador por la Junta Directiva del Condominio Playa del Sol, así consta del título archivado Nº 8698 del 17/02/95; 4).- Asiento D 00003 AMPLIACION DE HIPOTECA: Ampliada la Hipoteca inscrita en los asientos 3 y 5 del rubro “d” de la Ficha Nº 2147 que antecede constituida a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, elevando su monto de afectación hasta por la suma de US $ 150,000.00 Dólares Americanos respaldando las obligaciones que en forma expresa han sido asumidas por éstos ante la citada entidad bancaria en el instrumento público que da origen a este asiento.  Así fluye de la Escritura Pública del 10/07/2003 otorgada ante Notario Público Alberto Flores Barrón. 5).- Asiento D 00004 ARRENDAMIENTO.- Los propietarios del predio inscrito en esta Partida han otorgado a favor de ROLANDO CAPELLA PINASCO, soltero, identificado con DNI Nº 07815961, en arrendamiento el predio a que esta Partida se refiere, por un plazo de 10 años, contados a partir de la firma de la minuta (05-05-2005) el mismo que podrá ser modificado y ser prorrogado por acuerdo de ambas partes.  El monto del alquiler asciende a la suma de S/. 300.00, mensuales, los cuales serán pagados en forma adelantada.  Así consta de la Escritura Pública del 08/05/2006 (Kardex 6845) otorgada ante Notario Público de Lima Mónica Margot Tambini Avila. 6).- Asiento D 00005 ANOTACION DE DEMANDA.- Por resolución Nº 01, de fecha 26/09/2007, expedida por el Dr. Carlos Armando Huerta Ortega, Juez del 9º Juzgado Civil Sub-especialidad Comercial de Lima, Sec. Diana Mabel Tafur Jareca, se ha dispuesto se ANOTE LA DEMANDA sobre Ejecución de Garantías. En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Teresa Schiaffino Cebrian de Velasco y Javier Velasco Pérez, sobre ejecución de garantías (Exp. Nº 2007-509-20-9-JCL). DIA Y HORA DEL REMATE: VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO 2009 A LAS DIEZ DE LA MAÑANA.  LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates del Juzgado, ubicada en el Jr. Puno Nº 158 y en el Jr. Carabaya Nº 718, del Cercado de Lima.
POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación y presentar su arancel judicial número de expediente y DNI/RUC; los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil, Decreto Supremo 008-2005-JUS, y están afectos al IGV.  Rosa Francisca Díaz García, Martillero Público Registro Nacional Nº 168.
Diana Mavel Tafur Jareca - Secretario Judicial - Noveno Juzgado Civil Subespecialidad Comercial -  Corte Superior de Justicia de Lima
Rosa F. Dïaz García.- Martillero Público.- Reg. Nº 168
Publicar del 14, 15, 16, 19, 20 y 21 de Enero del 2009.


ASOCIACIÓN “LAS BRISAS DE CONCON” – “ASOBRICO”
ESQUELA DE CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA 
De conformidad con lo solicitado por la Comisión Electoral y lo dispuesto en los artículos 87. Inc. 4 y 38 incisos “5 y 6” del Estatuto de la Asociación, EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN “LAS BRISAS DE CON CON”- “ASOBRICO”, convoca a la Asamblea General Extraordinaria de ELECCIONES para renovar los órganos de Gobierno, para el período comprendido entre el 2009 al 2013; acto democrático que se realizará el 25 de ENERO 2009 desde las 09.00 a las 14.00 horas, en la sede del local social de la asociación sito en la Mz Súper “A-1” lote 1 de nuestro AA.HH. Josémaría Escriba de Balaguer de la Asociación Las Brisas de Concon, en Km. 164.5 de la Carretera Panamericana, Sector Pampas de Concon, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, del Departamento de Lima.
Se recuerda a los señores socios hábiles su obligación de votar y participar en el Proceso Electoral con sujeción a los Estatutos y el Reglamento de Elecciones aprobado en Asamblea General
AA.HH. Josémaría Escriba de Balaguer,  19 de enero del 2009
RITA CARMEN CHIOK BARRAZA
PRESIDENTE
Proyecto
PERU LNG
Melchorita

Lima, 02 de Enero  de 2009.

PERU LNG informa a la población en general que como parte de las actividades requeridas para la construcción de la Planta de Licuefacción ubicada a la altura del kilómetro 170 de la carretera Panamericana Sur, la empresa contratista Stiglich Transportes S.A. transportará, desde el lunes 05 de enero al  viernes  06 de marzo del  presente año, equipos pesados  por la carretera Panamericana Sur desde el Puerto de San Martín en Paracas hasta  la Planta de Licuefacción de Gas. El transporte de carga pesada se realizara en horario nocturno en la ruta que comprende desde la entrada a Chincha en el  Km. 201 hasta  la zona de Jahuay en el Km. 179. 

Para ello se han tomado las previsiones de seguridad necesarias y se ha coordinado con las autoridades correspondientes cumpliendo con todos los requerimientos normativos.

Para mayor información favor acercarse a las siguientes oficinas informativas:

Chincha: Calle Pedro Moreno 114, Chincha Alta.
Cañete: Calle Jirón Grau 329, San Vicente de Cañete

PERU LNG agradece su comprensión.

PERU LNG, contribuyendo al desarrollo del Perú.

19 enero 2009

Confianza Perú Lanza Precandidatos a Alcaldías en Cañete...
MIGUEL FERNANDEZ VALENCIA VA A LA ALCALDÍA PROVINCIAL Y CARLOS PARIONA A LA DISTRITAL DE IMPERIAL

Fue el propio Presidente del Movimiento Regional “Confianza Perú”, Michel Azcueta, quien se hizo presente el viernes 16 en Imperial para anunciar el lanzamiento del Dr. Miguel Fernández Valencia como candidato a la Alcaldía Provincial de Cañete, y de Carlos Pariona como candidato a la Alcaldía Distrital de Imperial, dando así inicio a su estrategia electoral en la provincia. 
Como se recordará, dicha fuerza política definió en noviembre del año pasado en la ciudad de Barranca prepararse para las elecciones del 2010. 
Junto con Azcueta estuvo presente el precandidato de dicho movimiento a la Presidencia del Gobierno Regional de Lima, Dr. Vicente Sánchez Vásquez.
Michel Azcueta señaló que Confianza Perú ofrece a la ciudadanía una propuesta de renovación con líderes con capacidad técnica, representatividad y ética, frente a las demás alternativas políticas que lamentablemente han caído en la corrupción, el continuismo, la incapacidad de gestión y el olvido de las necesidades del pueblo, y que Vicente Sánchez en la Región Lima, Miguel Fernández en la Provincia de Cañete y Carlos Pariona en Imperial, representan una propuesta de esperanza para el desarrollo de dichos territorios, y especialmente una política basada en potenciar su capacidad económica y productiva para promover inversión, generar más empresas y brindar más puestos de trabajo.

SOBRE EMAPA...
El lanzamiento de los candidatos se dio en la Conferencia Provincial de dicho movimiento donde también se evaluó la problemática del agua en Cañete, y sobre el particular el Dr. Vicente Sánchez anunció que debe desterrarse la politización de la gestión del agua y que es la causa del fracaso de la empresa Emapa – Cañete, que debe regirse por criterios gerenciales y técnicos, que la privatización a rajatabla solo traerá más conflictos sociales, y que hay que buscar un esquema de asociación público – privado que pueda asegurar el financiamiento y funcionamiento sostenible de la empresa así como el acceso de todos los cañetanos al líquido elemento. Hay una gran responsabilidad de los actuales accionistas, en especial del alcalde provincial Alvarado, y lamentamos que priorice sus objetivos electorales personales en vez de las necesidades de los cañetanos, finalizó.
OMNIBUS INTERPROVINCIAL CHOCA FRONTALMENTE CON CAMIONETA EN KM 145 DE LA PANAMERICANA SUR... 

Unos seis pasajeros que viajaban en el ómnibus de la empresa “Expreso Los Chancas”, resultaron heridos, luego que el bus que los trasladaba hasta Andahuaylas (Ayacucho), colisionara violentamente con una frágil camioneta.
El hecho el último sábado al promediar las 10 de la noche; en el sector de Viales, atura del km 145 de la carretera Panamericana Sur.

Luego del impacto, el chofer del bus que transportaba 28 pasajeros maniobro el pesado vehículo para desviarlo, pero este fue a parar en un Taller de mecánica y el almacén de una vidriería.

Todos los pasajeros que resultaron con golpes y fracturas fueron trasladados hasta el Hospital Rezola, al igual que el conductor de la camioneta de placa OQ 2327, que salvo milagrosamente.
 
PIERO CALAMANDREI: GRAN MAESTRO Y PROCESALISTA DE LA JURIDICIDAD MUNDIAL...
Escribe: JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE 

El presente artículo tiene por objeto hurgar la vida, pensamiento y obra del maestro Piero Calamandrei (1889- 1956); así como poner en relevancia la gran trascendencia y vigencia de sus sabias enseñanzas en el acontecer jurídico global contemporáneo.
Pocas figuras del panorama jurídico del siglo XX han alcanzado el reconocimiento y trascendencia otorgada al gran profesor, abogado, jurista, periodista y político florentino; Piero Calamandrei.
Al margen de sus importantes estudios jurídicos y su prolífica producción académica, algunos de sus ensayos,- como Troppi avvocati! (¡Demasiados abogados!) y Elogio dei giudici scritto da un avvocato (Elogio de los jueces escrito por un abogado)-; han sido y continúan siendo traducidos, reeditados, leídos y alabados en todo el mundo.
Aún transcurridos mas de cincuenta años de su fallecimiento, no solamente en Italia, el nombre de Calamandrei, no sólo continúa vigente, sino que además, permanece estrechamente asociado, por su actitud a lo largo de toda su vida pública y privada; a la lucha por la libertad y la democracia.

RESEÑA HISTORICA
Jurista italiano (1889- 1956, Toscana- Florencia), hijo de Rodolfo Calamandrei y de Laudomía Pimpinelli. Graduado en Pisa. Profesor de las universidades de Messina, Módena, Siena y Florencia (en esta última, nombrado Rector). 
Gran discípulo de Carlos Lessona y de Guiseppe Chiovenda. Fue parte (junto con Redenti y Carnelutti) de la pléyade de procesalistas y  de la célebre Escuela Italiana, la que nació al alero de Chiovenda.
Fue Director del Instituto de Derecho Procesal Comparado de la Universidad de Florencia, también Director con Carnelutti de la “Revista de derecho procesal”, con Finzi, Lessona e Paoli de la revista “El Foro toscano” y con Alessandro Levi del “Comentario sistemático de la Constitución italiana”, en abril de 1945 fundó la revista político-literaria “El Puente”; y junto con Francesco Carnelutti y Enrico Redenti, uno de los principales inspiradores del Código de Procedimiento Civil italiano de 1940.
Su obra fué rica en cantidad y calidad. Mauro Cappelletti, quien fuera uno de sus discípulos dilectos y uno de los más destacados procesalistas de fines del siglo XX, autor del no superado Proyecto de Acceso a la Justicia Florencia, publicó en “In memoria de Piero Calamandrei”, como testimonio de admiración por él.

FASES DE SU PENSAMIENTO Y OBRA 
FASE LESSONIANA (TRANSICIÓN).- Caracterizada por la marcada influencia de su maestro Carlos Lessona. Destacan los ensayos la “Llamada en garantía” y la “Génesis lógica de la sentencia civil”.

FASE CHIOVENDIANA.- Que se caracterizó por la influencia de Guiseppe Chiovenda. Entre sus obras propiamente procesales destacan: “La Casación Civil”, “La Introducción al Estudio Sistemático de las Providencias Cautelares” y “Las Instituciones de Derecho Procesal Civil”. 
Respecto de su obra “La Casación Civil” podemos mencionar que él definía la casación como un binomio entre: el recurso de casación y la corte de casación. Sin embargo, para Salvatore Satta, significaba únicamente el proceso. 
Finalmente el doctor José Antonio Silva Vallejo advierte su tetradimensionalidad, es decir, que implica: i) El Recurso, ii) La Corte (guardián ad corpus, supremo intérprete y de naturaleza hermenéutico política y nomofiláquio jurídica), iii) El Procedimiento y iv) La Función de Casación. 

FASE HUMANA Y SOCIOLÓGICA DEL PROCESO.-  Se caracteriza por el lugar no menor que ocupan sus trabajos vinculados con sus inquietudes profesionales y sociales, entre ellas, sin duda, “Demasiados Abogados”, “La Universidad del Mañana” y, por sobre todo, “El Elogio de los Jueces escrito por un Abogado”, textos que sorprenden por sus agudas reflexiones, cuya actualidad aún permanece viva en los análisis jurídicos.
“Demasiados Abogados” fue publicado al poco de cumplir Calamandrei los treinta años. En dicha obra, el joven autor denuncia la “decadencia intelectual y moral de la abogacía italiana”.
“La Universidad del Mañana”, a su vez, publicada un lustro más tarde, profundiza en la crisis de la enseñanza institucional del Derecho, destacando como un punto central la necesidad de superar las lecciones catedráticas por un método socrático y, a su vez, acercar a los alumnos a la práctica de la profesión.
Concluye esta trilogía, verdadera radiografía de la actividad jurídica italiana en la Academia y el Foro, con la publicación del “Elogio de los Jueces escritos por un Abogado”, donde sus líneas reflejan una fe en los jueces y abogados, recuperada en una edad madura, la cual subsiste no obstante los avatares de un tránsito histórico marcado por las directrices del gobierno fascista. En dicha obra desarrolla temas como la administración de justicia en sistemas autoritarios, el decoro de los magistrados en su vida privada y el carácter necesariamente dinámico de la jurisprudencia, entre otras muchas materias
Santiago Sentís Melendo, uno de sus traductores, señala que acaso lo más conveniente habría sido tan solo “Jueces y Abogados”, ya que “no están, en el libro, enfrentados los unos a los otros, sino entremezclados y confundidos”.

BREVE PASAJE POR SU OBRA “ELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO”
Sin embargo, más allá de las evidentes diferencias, subyace en la obra una fe en la justicia, que constituye al Elogio de los Jueces en “el libro de la justicia y de sus sacerdotes; no el abogado, viendo, contemplando, al juez, sino la mutua contemplación, con serenidad, con imparcialidad, con suave ironía, de tintas melancólicas.
En lo concerniente a la “fe en los jueces”, primer requisito del abogado, se revela una convicción en la justicia que, aun después de los años difíciles, indica que para hacerse dar la razón por el juez basta la honesta convicción en el fundamento de la causa y el respeto de las formas procesales adecuadas, eliminando las malas artes del foro.
En el estudio de la urbanidad (o de la discreción) en los jueces una especial referencia se hace a la probidad (puntualidad) y se refiere a que el oficio judicial que no demanda vociferaciones y supone la consideración profesional.
El estudio de ciertas semejanzas y de ciertas diferencias entre jueces y abogados indica que el abogado es la bullidora y generosa juventud del juez, en tanto que el juez es la ancianidad reposada y ascética del abogado. A su vez, mientras el abogado, al asumir una defensa tiene su camino trazado, el juez se enfrenta a un solo deber: el juzgar, más allá de las naturales limitaciones del alma humana.
En su estudio de “la oratoria forense” señala finalmente que es mejor que quien gane sea la justicia aun en desmedro de la oratoria forense.
También critica la somnolencia de los magistrados, cuyo disimulo no pocas veces logran al asistir a las audiencias con anteojos negros.
En lo referido a ciertas relaciones entre los abogados y la verdad, Calamandrei analiza la obligada parcialidad del defensor, en ese sentido señala “el abogado, como el historiador, traicionaría su oficio si alterase la verdad relatando hechos inventados; no la traiciona en cambio mientras se limita a recoger y a coordinar, de la cruda realidad, sólo aquellos aspectos que favorecen su tesis”.
Luego Calamandrei desnuda la “diferencia existente entre el gran abogado según el público y aquel que en realidad lo es”, este último debe ayudar a los jueces a decidir según justicia y a los clientes a hacer valer sus propias razones.
En el estudio de la “litigiosidad”, destacando que “el abogado probo debe ser, más que el clínico, el higienista de la vida judicial”.
En el análisis de las predilecciones de abogados y jueces por las cuestiones de derecho o por las de hecho Calamandrei reivindica la importancia de la cuestión probatoria, base para una sentencia justa y no meramente bella.
En la revisión del sentimiento y de la lógica en las sentencias, Calamandrei se cuestiona la tradicional lógica del silogismo, destacando el rol que tienen al juzgar la intuición y el sentimiento (enemigo del carácter genuflexo de muchos jueces respecto de la ley), lo que le lleva a sugerir que más de alguno diría que “sentencia deriva de sentir”. 
Refiere también acerca del respeto mutuo que debe existir entre abogados y jueces y viceversa, y de la admiración profunda de los abogados por el oficio judicial, principalmente.
En el análisis del sentido de responsabilidad y del amor a la vida tranquila o del orden judicial, que en palabras de Calamandrei no es una rama de la burocracia sino una orden religiosa, relata las mayores exigencias que supone el oficio judicial, al decir que “tan elevada es en nuestra estimación la misión del juez y tan necesaria la confianza en él, que las debilidades humanas que no se notan, o se perdonan en cualquier otro orden de funcionarios públicos, parecen inconcebibles en un magistrado”.
Finalmente en la revisión de ciertas tristezas y de ciertos heroísmos de la vida de los abogados, Calamandrei nos presenta a los tribunales como aquellos grises hospitales de toda la humana corrupción, en los cuales los jueces se enfrentan al drama de su soledad, la contemplación de las tristezas humanas y la llegada de la costumbre, hábito que hace perder el sentimiento casi religioso que representa el juzgar.

CONCLUSIONES Y 
SUGERENCIAS
A mas de medio siglo del fallecimiento del Maestro Piero Calamandrei, el tiempo no ha borrado la fuerza de su obra (expresada con una genialidad y una pasión que exhala vida, así como con un estilo extremadamente diáfano como poético), por el contrario, la ha potencializado, transformándola en ícono de la ciencia jurídico procesal mundial. 
Así, parafraseando al Dr. Arturo Onfray Vivanco, la misma  permanece tan vigente (como viva crítica de problemas que todavía afectan el ámbito jurídico global de hoy) que pareciera como si el maestro Calamandrei aún estuviera entre nosotros, sus “alumnos”. 
Su obra ha devenido en un clásico, la que es posible asociar a la pluma de autores (muy importantes los de los cinco primeros items), que han contribuído a construir una suerte de oda a la profesión jurídica, tales como: i) Eduardo Couture, con: “Los Mandamientos del Abogado”; ii) Ángel Osorio, con: “El Alma de la Toga”; iii) Jorge Witker V., con: “Metodología de la Enseñanza del Derecho; iv) El Maestro Carlos Fernández Sessarego, con: “Aproximación al Escenario Jurídico Contemporáneo”; v) Mario Castillo Freyre, con: “Tentaciones Académicas: La Reforma del Código Civil Peruano de 1984” y “La Reforma de la Enseñanza Jurídica en Debate” (este último en coautoría con Ricardo Vásquez Kunze; vi) El nuestro (modestia aparte): “Hacia una Política de Formación, Capacitación y Especialización Jurídica en el Perú”; entre otros. 
Una prueba palpable de la inspiración que generó la vida, pensamiento y obra del maestro Calamandrei en Eduardo Couture la tenemos en la dedicatoria de puño y letra de su obra “Vocabulario Jurídico” en la que este último señaló: “A F. Carnelutti y P. Calamandrei, maestros, amigos y ejemplares compañeros en la aventura del pensamiento jurídico dedico este instrumento de trabajo para la ciencia que ellos me enseñaron”.
Finalmente, nos queda no solamente el camino de la obligada lectura, critica, análisis y difusión de la obra del maestro Calamandrei, sino que también, principalmente, la puesta en practica de sus enseñanzas, así como la permanente continuación de su ejemplar pensamiento mediante la producción jurídica (docencia, artículos, ensayos, investigaciones, libros...) en dicha temática.  
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de dos interrupciones en el servicio eléctrico.

 LUGAR: Espalda del Coliseo Lolo Fernandez - San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Urb. Santa Rosalía y Cliente WESTERN COTTON del Distrito de San Vicente.
ALIMENTADOR: CÑ-04.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-04.
DIA: Viernes 16 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 22:47 hrs. Viernes 16 Enero de 2009.
HORA FINAL: 02:26 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

LUGAR: San Vicente 
ZONAS AFECTADAS: Zona Céntrica de San Vicente, Av. 28 de Julio, Fdo. Sta. Rosita, C.P. Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, C.P. La Encañada, C.P. Inmaculada Santa. Rosa, C.P. H. Unanue, C.P. La Esmeralda, C.P. La Pampilla, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo,  Zaire, San Juan,  C.P. Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al  distrito de San Vicente.
ALIMENTADOR: CÑ-03.
CIRCUITOS: CÑ-03 Total – Por Seguridad.
DIA: Sábado 17 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 00:14 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.
HORA FINAL: 02:21 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

 LUGAR: Panamericana Sur Km. 147- San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Urb. Santa Rosalía y Cliente WESTERN COTTON del Distrito de San Vicente.
ALIMENTADOR: CÑ-04.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-04.
DIA: Sábado 17 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 05:55 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.
HORA FINAL: 15:59 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

LUGAR: San Vicente 
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Sta. Rosita, C.P. Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, C.P. La Encañada, C.P. Inmaculada Santa. Rosa, C.P. H. Unanue, C.P. La Esmeralda, C.P. La Pampilla, C.P. San Pedro, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo,  Zaire, San Juan,  C.P. Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03.
CIRCUITOS: CEPS 3000 – Por Seguridad.
DIA: Sábado 17 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 07:09 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.
HORA FINAL: 15:44 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por Acto vandálico y Afectación por Terceros (Impacto Vehicular contra estructura de Media Tension), lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.