01 diciembre 2006

DETRACCIONES SE APLICAN A TODO EL TRANSPORTE DE CARGA…

A partir de la fecha, el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) o régimen de detracciones, destinado a garantizar el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) en sectores con alto grado de informalidad, se aplica a todas las empresas de transporte de carga por vía terrestre, siempre que el importe de la operación o valor referencial sea mayor a 400 nuevos soles.
Esto al cumplirse el período de suspensión dispuesto por la Resolución Suprema Nº 158-2006. La norma determinó que el sistema de detracciones para el servicio de transporte de carga, que tenga como punto de origen y destino Arequipa, Moquegua, Tacna y Puno, entra en vigencia desde hoy 1º de diciembre. Mientras que para el resto del país, el régimen ya se aplica desde octubre pasado.
Para la puesta en vigencia de esta obligación se debe atender la modificación aprobada por el DS Nº 033-2006-MTC, el cual establece que para los servicios prestados en los lugares citados, salvo Matarani y Mollendo, no se tomará en cuenta la tabla de valores referenciales en la determinación de la detracción, sino que la tasa de 4 por ciento se aplicará sobre el importe de la operación si ésta es superior a 400 nuevos soles.
El régimen cuenta con un esquema temporal de gradualidad, de modo tal que no se aplicarán las sanciones cometidas entre el 17 de julio y el 28 de febrero de 2007, siempre que se cumpla con subsanar la infracción y efectuar el depósito de la detracción hasta el 7 de marzo de 2007.
El sistema de detracciones de transporte de bienes por vía terrestre consiste, básicamente, en la detracción (descuento) que efectúa el usuario del servicio de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para después depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del prestador del servicio.
Éste, por su parte, utilizará los fondos depositados en su cuenta con el fin de efectuar el pago de sus obligaciones tributarias.

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