01 diciembre 2006

MUNICIPIOS POBRES SE VERAN BENEFICIADOS CON CANCELACION DEL 50% DE IGV DE OBRAS DE SANEAMIENTO, PAVIMENTACION Y ELECTRIFICACION…
Proyecto de Ley, Fue Aprobado Por Unanimidad… En Comisión… De Ser Aprobado Por El Pleno Estaría En Vigencia Todo El Año 2007…


La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera aprobó el miércoles 29 por unanimidad el proyecto de ley que propone la emisión de documentos cancelatorios para el pago del impuesto general a las ventas (IGV) que grave las obras de saneamiento, pavimentación de pistas y veredas y electrificación que realicen las municipalidades distritales, cuyo costo total por cada una de ellas no supere los 500 mil nuevos soles.
El presidente de este grupo de trabajo legislativo, Martín Pérez Monteverde (UN), explicó que la iniciativa, presentada por el Ejecutivo, beneficiaría a 1,359 municipios de todo el país que perciban menos de un millón de soles y tengan niveles de pobreza que superen el 15% de su población, requisitos que la norma propone para hacerse beneficiario de esta medida.
Los documentos cancelatorios serán por un monto equivalente al 50% del IGV, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007, según lo propone el dictamen aprobado, que amplía en cuatro meses la vigencia de la norma en relación con la propuesta inicial del Ejecutivo que establecía el 31 de agosto como fecha tope.
La propuesta demandará una partida adicional de 141 millones de soles en el presupuesto de la República para el próximo año, y busca promover la realización de obras de desarrollo local en los municipios distritales más pobres del país, dijo Juan Miguel Cayo, viceministro de Economía, quien acudió a la sesión para explicar la propuesta legal.
El funcionario precisó que sería el Estado, a través del MEF, el que asumiría el pago del 50% del IGV, y de destinar los recursos liberados a los mismos municipios para la ejecución de nuevas obras públicas, con la expresa prohibición de usar esos fondos para gastos corrientes (pago de planillas), como precisa la norma.
El dictamen señala, además, que el monto total de los documentos cancelatorios a ser emitidos a favor de cada municipio distrital no deberá superar el 40% del presupuesto que tenga como fuente de financiamiento el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMÚN).

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