20 enero 2007

Según algunos jueces los bienes heredados pueden ser arrebatados por cualquier vecino…
PREDIO ADQUIRIDO POR HERENCIA VENDIO SEGUNDA PERSONA Y JUEZ NO HACE CUMPLIR EL DERECHO DE REIVINDICACIÓN…

Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

En realidad las cargas procesales son resultados de la lentitud con que actúan los jueces a la que también coadyuvan algunos “arreglos” de los secretarios judiciales con la finalidad de alargar los procesos judiciales o encaminarlos hacia la prescripción… en otros casos indebidamente se les da la razón de litigar sin cumplir las mínimas formalidades para aperturar el proceso, como es el artificioso hecho, motivo de este enfoque periodístico ocurrido en el distrito de Cerro Azul.

VENDE SIN TENER TITULO DE PROPIEDAD…
Hace siete años realizaron una supuesta compra – venta de un terreno agrícola 3 y ½ hectáreas a un costo de 30 mil soles, entre una señora, la vendedora, que no es propietaria y la Municipalidad de Cerro Azul, la compradora, lo que realmente es una ingenuidad e infantilismo. Para todo acto de esta naturaleza el municipio debió exigir la exhibición del titulo de propiedad de la vendedora, lo que no hizo. El municipio para estos casos tiene un asesor legal, que tampoco intervino; además este documento de compra – venta se debió celebrar ante un Notario Público. Sin embargo, firmaron un contrato privado en un papel simple, sin las formalidades legales del caso, y es más, sin la comprobación de hechos concretos, como la titularidad del bien a vender. Es decir, fácilmente vendió un terreno que no es suyo.

PROPIETARIO SE OPUSO A LA COMPRA ILEGAL
El verdadero dueño del predio Cosme Damián Gonzáles Anapán es el único heredero universal hijo de quien fuera don Jorge Gonzáles Pachas fallecido el 21 de junio de 1987 y así está inscrito en Registros Públicos, como también dicho terreno agrícola está reconocido con el mismo nombre en la Unidad Catastral N° 10280 del Ministerio de Agricultura. Amparado por estos documentos fehacientemente probatorios, el propietario antes de la supuesta compra comunicó al municipio mediante Carta Notarial para que se abstenga de celebrar cualquier contrato con la presunta vendedora, la que no se tomó en cuenta.

DOS JUECES ORDENARON LA REIVINDICACION
Durante el proceso judicial de este dilatado caso, considerando la autenticidad de los documentos probatorios presentado por el demandante Cosme Damián Gonzáles que obran en el expediente, el Juez Especializado en lo Civil Dr. Jacinto Cama Quispe, mediante Resolución N° 44 de 01 de Febrero del 2003 declaró fundada la demanda y ordenó que se le restituya el inmueble a su legítimo propietario incluso con lanzamiento. Posteriormente, el Juzgado Mixto de Cañete a cargo del Dr. José Dulanto Santini; en mérito a la Resolución N° 83 de 11 de Julio del 2006, ha declarado por segunda vez sobre el mismo terreno, fundada la demanda de reivindicación y que el municipio entregue el predio a su propietario; y declare nulo el contrato de compra – venta de fecha 15 de Setiembre de 1999. Sin embargo, no se ha dado el fiel cumplimiento al mandato judicial.

DEMANDADA SE DECLARO EN REBELDIA INDEFINIDA..
La presunta vendedora, desde la primera y única diligencia a la que concurrió hace siete años – afirma Cosme Gonzáles - nunca más volvió a los ambientes judiciales sobre esta causa; ni ha presentado recurso alguno; es porque no tiene ningún documento probatorio ni argumento a su favor. Entonces nos preguntamos: Si no existe litigante contrario ni pruebas en contra, ¿Por obra de qué misterios se viene dilatando injustamente este proceso?, de igual manera, jurídicamente no existe otra persona que tenga derecho a disponer el predio motivo de reivindicación; por eso en nuestro país la justicia se llama INJUSTICIA y el que tiene la razón es víctima de todo.
Ahora, para el colmo de la injusticia, el expediente de esta causa ha sido elevada curiosamente a la Sala Civil de la Corte Superior de Cañete. Según el resumen de esta crónica, en la actualidad los bienes adquiridos por herencia estarían en riesgo de que cualquier vecino lo puede vender o disponer de ello ilegalmente y el poder judicial los ampara brindándole el derecho a litigar como en el presente caso.

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