05 enero 2007

SUNAT SIMPLIFICA USO DE LIBROS CONTABLES PARA LAS PEQUEÑAS EMPRESAS...
Se reducen costos y facilita cumplimiento de obligaciones de los contribuyentes...

Con el objetivo de reducir los costos y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la SUNAT flexibilizó los procedimientos sobre el uso de libros contables para las pequeñas empresas, según lo establece la Resolución de Superintendencia N° 234-2006, publicada en el diario oficial. Con esta medida se agilizan los trámites que deben realizar los contribuyentes.

La norma establece que los contribuyentes con ingresos anuales menores a 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT’s) podrán optar por llevar una contabilidad simplificada, que permitirá reemplazar el uso de los libros contables obligatorios por libros simplificados para efectos tributarios.

Por ejemplo, el "Libro Diario Simplificado" reemplazaría el Libro Diario, el Libro Mayor y el Libro Caja y Bancos, facilitando el registro de la información que se debe declarar a la SUNAT. Esta medida permitirá, además, un control más eficiente de los contribuyentes, por parte del ente recaudador.

También se uniformiza, en un solo cuerpo legislativo, todas las normas vigentes sobre los libros y registros contables y establece nuevas disposiciones para estandarizar la información que éstos deben contener. Es importante indicar que la legislación sobre libros contables está contenida en el Código de Comercio, norma que data del año 1902.

Por otro lado, se ha definido que entre los libros y registros que integran la "contabilidad completa" se encuentran los siguientes: Libro Diario, Libro Mayor, Libro Caja y Bancos, Libro de Inventarios y Balances, Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos.

En forma similar se han establecido disposiciones referidas al procedimiento para la autorización de uso de libros y registros contables, la forma en la cual deben ser llevados, los plazos máximos de atraso, la pérdida o destrucción de los mismos, así como la información mínima que éstos deben contener y los formatos que lo integran.

Lo dispuesto con relación a la contabilidad completa y el uso de los formatos que debe contener cada libro o registro contable, entrarán en vigencia a partir del 1 de enero del 2008. Sin embargo, los contribuyentes podrán aplicar lo establecido en la norma si lo desean, pero una vez que hayan optado por ello, no podrán volver a usar los libros y registros contables según la legislación anterior.

Finalmente, se debe resaltar que este dispositivo es el resultado de la labor conjunta que realiza la SUNAT con los principales gremios empresariales, a través del Grupo de Trabajo de Tributos Internos, que mensualmente evalúa aspectos vinculados a la simplificación de procedimientos administrativos, devolución de impuestos y libros contables.

Precisamente a fin de buscar una solución eficiente para aquellos contribuyentes con gran cantidad de información, se ha conformado un nuevo equipo de trabajo para evaluar la posibilidad de llevar libros contables de manera electrónica bajo ciertos requisitos que establecerá la SUNAT en coordinación con los gremios.

1 comentario:

Wilson C. M. dijo...

SOBRE LA NORMA EMITIDA POR SUNAT RESPECTO A LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS. EN LA PRACTICA NO EXISTE TAL SIMPLIFICACION. SINO MAS BIEN LOS GENIOS DE SUNAT HAN CREADO UN MONTON DE NUEVOS FORMATOS DENOMINADOS ANEXO Y NUEVOS REGISTROS QUE CASI AGOTAN EL ABECEDARIO. CON ESTAS NUEVAS EXIGENCIAS, ALGUIEN TENDRÁ LA VOLUNTAD DE FORMALIZARSE? NADIE CREO, MAS AÚN, CUANDO MUCHOS CONTRIBUYENTES SON FISCALIZADOS INCURREN ESTÁ EN ATRAZO SU CONTABILIDAD, CON ESTAS NUEVAS EXIGENCIAS. CREO QUE SUNAT, SI VA HA INCREMENTAR LA RECAUDACION TRIBUTARIA "POR CONCEPTO DE MULTAS".
LA SUNAT Y EL EJECUTIVO, SE HAN CARACTERIZADO EN EMITIR NORMAS PERSECUTORIAS HACIA EL CONTRIBUYENTE. CREO QUE EL CONGRESO HA PERDIDO AUTORIDAD.
SOLO LES FALTA A ESTOS GENIOS TOMAR EL CONTROL Y ADMINISTRAR LAS EMPRESAS.
DEBE ELIMINARSE ESTAS EXIGENCIAS O NUEVOS FORMATOS Y REGISTROS.