06 febrero 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2007-MDSA

San Antonio 10 de Enero del 2007

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO-CAÑETE

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2006-MDSA de fecha 16.FEB.2006, se aprobó el Texto Unico de Procedimiento Administrativo de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, para el año 2006-TUPA, compuesto de 145 procedimientos;

Que, mediante Cédula de Notificación Nº 0938-2006/CAM el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, ha observado de oficio el rubro Nº 126 del TUPA Institucional, concerniente a los requisitos para la obtención de la Licencia de Funcionamiento Temporal; por no encontrarse dentro de los lineamientos establecidos por la Ley Nº 28015-Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Reglamento Decreto Supremo Nº 009-2003-TR; observación que debe de ser regularizado en cumplimiento a los dispositivos legales acotados;

Que, de acuerdo al numeral 38.2 del Artículo 38 de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, el TUPA aprobado por la Municipalidad Distrital de San Antonio, y publicado debidamente en el Diario Matices – Diario Oficial de la Provincia de Cañete, tiene vigencia de dos años; sin embargo en dicha aprobación se encuentra consignado su validez sólo para el año 2006; asimismo se ha omitido dejar especificado en cuanto lo referente a la modificación automática de la Unidad Impositiva Tributaria-UIT; omisión que asimismo debe de regularizarse en cumplimiento a las leyes vigentes para su validez;

Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, señala que, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1 del mismo texto acotado;

Que, es voluntad política de la gestión municipal tomar decisiones dentro del marco de las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio.

Que, para ello se hace necesario promover el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones;

Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, y facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

SE DECRETA :
ARTICULO PRIMERO.- Modificar el procedimiento Nº 126 del Texto Unico de Procedimiento Administrativo – TUPA 2006, de la Municipalidad Distrital de San Antonio, concerniente a los requisitos establecidos para el otorgamiento de la LICENCIIA DE FUNCIONAMIENTO TEMPORAL, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 28015, y su Reglamento D.S. Nº 009-2003-TR; el mismo que forma parte anexa del presente Decreto.

ARTICULO SEGUNDO.- Modificar el termino TEXTO UNICO DE PROCEMIENTO ADMINISTRATIVOS – TUPA 2006, por TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA 2006-2007, así como precisar lo concerniente al cambio automático del porcentaje de la UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA, por ser modificada cada año.

ARTICULO TERCERO.- Poner de conocimiento de INDECOPI, lo actuado por la presente Administración Municipal, con relación al TUPA institucional, luego de su publicación.

Regístrese, comuníquese y archìvese

Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde

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