19 febrero 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA Nº 001-2007-MDSL

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis,

VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de Febrero del 2007, y estando al informe presentado por el despacho de Secretaría General Nº 01-2007-SG-MDSL, de fecha 19 de Enero del 2007, respecto a la Expedición de Certificados Domiciliarios por la Municipalidad Distrital de San Luis, y:

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

Que, el Art. 40 de la norma legal antes señalada, tipifica que las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban la organización interna, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias específicas en que la Municipalidad tiene competencia; de la misma forma el tercer párrafo de este mismo cuerpo legal, señala que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales;

Que, mediante Ley 28862, se le ha concedido a los Gobiernos Locales las facultades en cuanto a la Expedición del Certificado Domiciliario, motivo por el cual resulta de suprema importancia el de emitir disposiciones legales orientados a establecer las formalidades que se deben de realizar en este procedimiento administrativo;

Estando a lo expuesto, y al amparo de las facultades conferidas por el numeral 9) del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, con el voto mayoritario de los señores Regidores, y con la dispensa de lectura y aprobación del acta; se aprueba lo siguiente:

ORDENANZA
Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento para la Expedición de los Certificados Domiciliarios en el distrito de San Luis que cuenta con 01 Título, 03 Capítulos, 09 Artículos y Tres Disposiciones Complementarias y Finales.

Artículo 2º.- REMITIR la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Cañete, a efectos de que proceda a ratificar los nuevos tributos aprobados conforme a Ley.

Artículo 3º.- ENCARGUESE al despacho de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza y su difusión entre los órganos administrativos de la Municipalidad.

Artículo 4º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Arturo Antezana Urbina
Alcalde

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